Download FAQ- Fin de la Vida - Diocese of Salt Lake City

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
FAQ- Fin de la Vida
1. ¿Cuándo se puede permitir el rechazo de tratamientos médicos? Es válido que una persona rechace un tratamiento médico “cuando la muerte es inminente y no se puede prevenir
por los remedios usados” (Eutanasia, CDF, 1980) o cuando “loe medios[tratamientos médicos] son aquellos que a parecer del paciente, no ofrecen una esperanza razonable o un beneficio o que significan una carga excesiva, o imponen un gasto excesivo en la familia o en la
comunidad” (ERD, 57)
2. ¿Cuál es la diferencia entre retención de tratamiento y suicidio asistido? El suicidio
asistido es quitar la vida intencionalmente y nunca es permisible. El retener [medios extraordinarios” de tratamiento médico es moralmente permisible, permitiendo que la naturaleza
siga su curso y que la muerte ocurra de manera natural. Los tratamientos que ofrecen esperanzas razonables que pueden ser obtenidos sin dolor, gastos o cargas excesivas son considerados medios extraordinarios.
3. ¿Puede un paciente terminal rechazar ser alimentado artificialmente? El termino técnico para “un tubo de alimentación” es “alimentación e hidratación artificial” en donde la comida y el agua se dan por medios alternativos a un paciente que no puede comer y beber por
su boca. La provisión de comida y agua no se considera tratamiento médico sino un cuidado
básico. Sin embargo, la alimentación de un paciente moribundo puede ser no en los mejores
intereses del paciente si su muerte es inminente o si el paciente no puede asimilar tal nutrición. Sin embargo, el agua debe de ser siempre ofrecida. La alimentación artificial puede ser
temporal si es insertada a través de la conexión de la nariz hacia el estómago para medicinas,
hidratación y nutrición. La alimentación artificial a largo tiempo requiere de que un tubo sea
quirúrgicamente insertado en el estómago.
“Debe de existir la presunción a favor de proveer la nutrición e hidratación a todos los pacientes que requieren de alimentación artificial, mientras que esta sea un beneficio suficiente
que sobrepasa la carga involucrada en el paciente.” (ERD, 58) 10.
4. ¿Cuál es la enseñanza de la Iglesia en cuanto a mantener a personas inconscientes vivas? Le debemos a quienes están permanentemente inconscientes los cuidados básicos los
cuales incluyen alimentos y agua.
“La persona en estado vegetativo…tiene el derecho a los cuidados de salud básicos
(nutrición, hidratación, higiene, calidez), y la prevención de las complicaciones asociados
con su estado... En particular, quiero enfatizar que la administración de agua y comida, aun
cuando es administrada artificialmente, siempre representa un medio natural de preservar la
vida, no una intervención médica. Sus usos son así considerados… moralmente obligatorios… “(Papa Juan Pablo II acerca de Tratamientos de mantenimiento vital y Estado Vegetativos,20 de marzo, 2004).
5. ¿Puede un sustituto de una persona en un (estado vegetal permanente), rechazar la nu-
CATHOLIC DIOCESE OF SALT LAKE CITY
1
trición artificial e hidratación de esa persona? ¿Puede una persona firmar un testamento en vida que pide que no se le administre ninguna nutrición artificial ni hidratación si
él o ella caen en un estado de inconciencia permanente? La respuesta legal a ambas preguntas es sí. La respuesta moral a ambas puede ser no.
Legalmente, un representante de cuidados de salud u otra persona legalmente reconocida o
nombrada para la persona en estado vegetal permanente puede rechazar o detener la nutrición artificial y la hidratación.
Legalmente una persona puede realizar tal solicitud en un testamento, aunque, el juicio medico puede prevalecer y anular la solicitud si se duda del diagnóstico de “permanente”. Moralmente, le debemos a quienes se encuentran permanentemente inconscientes comodidades y
cuidados básicos, los cuales incluyen alimentos y agua ‘a menos que el darles tales nutriciones-hidrataciones les haga daño.
6. ¿Qué es lo que está mal con el suicidio asistido? Aquellas personas que defienden la legalización del suicidio asistido no distinguen entre “asesinar” y “dejar morir.” El punto de la ley
que permite que un paciente terminal muera pro rechazar tratamiento, incluyendo la alimentación e hidratación artificial y argumenta que debido q que un paciente terminal puede morir por rechazar tratamiento médico y-o cuidados, la elección “compasiva” seria prescribir
drogas letales y hacerlas disponibles para los pacientes terminales. Ellos claman que los individuos deben de tener control del “tiempo y lugar” de su muerte.
Nosotros creemos que hay una distinción entre “asesinar” y “dejar morir.” La iglesia nos enseña que la vida humana es sagrada ya que somos “la imagen y semejanza” de Dios, y la vida terrenal es un regalo precioso, aunque no es el regalo último, el cuales s la vida eterna.
Este acercamiento también fractura la relación entre el paciente y el médico, cuando su papel se cambia a uno en que se apresura la muerte intencionalmente en lugar de hacer todo lo
posible para aliviar todos los aspectos del sufrimiento.
“En el lecho de la muerte—para muchos, en un tiempo cuando parece que la esperanza está
perdida—la Iglesia es testigo de su creencia de que Dios crea a cada persona para la vida
eterna…La verdad de esa vida es un regalo precioso de Dios y tiene implicaciones profundas
para la pregunta de la corresponsabilidad sobre la vida humana. No somos dueños de nuestras vidas y, por lo tanto, no tenemos el poder absoluta sobre la vida. Tenemos el deber de
preservar nuestra vida u de usarla para glorificar a Dios, pero el deber de preservar la vida no
es absoluto…” (ERD, Quinta Parte, Introducción)
7. ¿No es el goteo de morfina tan solo una forma más de apresurar la muerte de un paciente terminal? ¿Cuál es la diferencia entre eso y un suicidio asistido? La morfina (un
opiáceo muy fuerte, el cual ofrece el mas común alcance para aliviar el dolor severo) “goteo”
o infusión continua (una manera eficiente y conveniente de aplicación intravenosa) es frecuentemente utilizado en ´pacientes terminales que experimentan dolor intensivo o progresivo. Una infusión de morfina (goteo) no se prescribe para apurar la muerte del paciente, sino
para darle confort al paciente. Existe un método el cual gradualmente incrementa la fuerza
de las medicinas conforme el dolor cambia conforme el progreso de la enfermedad. Ambos
CATHOLIC DIOCESE OF SALT LAKE CITY
2
de la dosis y el tipo de medicina pueden ser cambiados para solventar las necesidades de alivio,
prevención de dolor e incomodidad únicos de cada persona. Comenzando con leves, moderadas y
fuertes medicamentos, el doctor tiene opciones para mantener el control sobre el dolor del paciente.
Existe una diferencia distintiva entre la acción de prescribir medicinas para el dolor a un paciente
terminal y prescribir una dosis de medicinas letal para un paciente terminal. En el primer caso, la
intención dela prescripción alivia el dolor y la elección de la droga es un opiáceo tal como la morfina. En el segundo caso la intención de la prescripción es apresurarla muerte y la elección de la
medicina frecuentemente es un barbitúrico. Mientras que es cierto que la vida del paciente terminal puede de alguna manera ser reducida como resultado de la ingestión de un opiáceo —esa no
es la intención de la prescripción. La teología de la Moral Católica reconoce y acepta la situación—llamándola la “regla del doble efecto “ (Vea la discusión más adelante.) Frecuentemente la
persona que ha luchado contra el dolor por algún tiempo puede finalmente ser capaz de “dejar ir”
y morir pacíficamente una vez que ya no están sufriendo. Esto puede suceder simultáneamente
pero raramente es un resultado directo de la medicina. Los proveedores de salud deben evaluar y
monitorear y ajustar el medicamento para lograr la dosis apropiada y el balance para la comodidad.
“Vale la pena recordar aquí una declaración del Papa Pio XII la cual es todavía valida. Un grupo
de doctores preguntaron: ‘¿“¿Se permite suprimir el dolor y el estado consciente por medio de narcóticos…tanto al médico como al paciente, aunque esto pueda tener efectos secundarios y si uno
anticipa que el uso de narcóticos reducirá la vida?’ La respuesta del Papa: ‘En el caso de las personas que no pueden expresarse por su propia cuenta, se puede suponer legítimamente que estas
personas desean tomar analgésicos y que se los suministren conforme a lo que los médicos han
aconsejado.’” Eutanasia, CDF, 1980
8. ¿Cuál es la regla del “doble efecto”? La regla del doble efecto, encontrada en la teología de la
moral Católica, tiene una antigua historia de uso por los bioéticos y filósofos como un medio para
resolver un tipo particular de conflicto ético en casos clínicos. Básicamente la regla entra en juego
cuando una acción propuesta tal como la administración de morfina a un paciente terminal que
sufre de dolor) tiene dos resultados. Uno de ellos es intencional y deseado (aliviar el dolor). El
otro resultado no es ni deseado ni intencional (apresurar la muerte), aunque puede ser anticipado.
9. ¿Está mal ofrecer dosis mayor de morfina a un paciente terminal que sufre de Dolores severos? ¿Se hará el paciente adicto? No, no está mal—aun sabiendo que la medicina puede, aunque
no intencionalmente, disminuir la vida del paciente terminal (Vea la discusión en “efecto doble.”) Un doctor bien informado no se preocupara acerca de la “adicción” sino de brindar alivio
adecuado para el dolor. La adicción es solo un problema para quienes reciben cuidados curativos y
que anticipan resumir su vida, o para quienes no tienen causas para el dolor y toman medicamentos para el dolor para tener cambios emocionales o para escapar de la euforia.
Uno de los propósitos primarios de la medicina en cuanto al cuidado de los moribundos es el Alivio del dolor y del sufrimiento que están pasando. El manejo efectivo del dolor en todas sus formas es crítico en el cuidado adecuado del moribundo. ERD, Quinta Parte, e Introducción.
Los pacientes deben de mantenerse libres de dolor tanto como sea posible para que así puedan morir confortablemente y con dignidad, y en el lugar en donde desean morir. Ya que una persona tiene el derecho de prepararse para su muerte cuando están totalmente consientes, él o ella no debe
CATHOLIC DIOCESE OF SALT LAKE CITY
3
de ser privado de su conciencia sin una razón imperiosa. Las medicinas capaces de aliviar o suprimir el dolor pueden ser dadas a un moribundo, aun si esta terapia puede indirectamente disminuir la vida de la persona, esto si la intención no es acelerar la muerte. Los pacientes que sufren que no pueden ser aliviados de su dolor deben de recibir ayuda para poder apreciar el entendimiento Cristiano del sufrimiento redentor. ERD, No. 61. Cuando una persona está más cómoda tienen la energía y la habilidad de enfocarse en la familia, en las relaciones, en vivir tan
bien como sea posible dentro del tiempo que sea que tengan. El alivio del dolor puede mejorar
el tiempo y la duración de la vida así como dar una ventana para una celebración significativa
de la vida. La familia puede así utilizar este tiempo para compartir historias, tener reuniones,
crear memorias cariñosas, usar bien el tiempo con un buen alivio del dolor. Las familias se benefician del alivio del dolor tanto como lo hace el paciente. Cuando uno sufre, los demás también lo hacen.
10. ¿Qué si el doctor de un paciente no percibiera una medicina para el dolor adecuada? Desafortunadamente algunos doctores no están adecuadamente informados sobre medicinas que
alivian el dolor o tienen miedos irracionales de crear “adicción” en sus pacientes. Usualmente
por regla general no tratan a moribundos, pero tales doctores se proponen “curar” al paciente.
Un paciente terminal (o aquellas personas que los defienden) deben de buscar a un doctor que
este bien informado acerca del manejo del dolor. Una de las ventajas de los hospicios es que el
personal médico están bien informados y bien entrenados en la aplicación adecuada y apropiada
de medicinas para el dolor. En California los doctores tienen que recibir educación continua sobre el manejo del dolor la cual les brinda la valoración, uso y opciones disponibles adecuadas
para los varios tipos de dolor. El alivio del dolor adecuado es un derecho de todas las personas y
se espera en un buen hospicio o en cuidados para el término de la vida así como en cualquier
fase del tratamiento, conforme sea necesario.
11. ¿Qué es ayudar en la muerte y “muerte con dignidad?” Estos son eufemismos del suicidio
asistido. Ambos términos son usados para obscurecer el hecho de que una o más personas tendrían el poder legal de asistir en el suicidio de una persona.
RECURSOS:
ERD: http://www.usccb.org/issues-and-action/human-life-and-dignity/health-care/upload/EthicalReligious-Directives-Catholic-Health-Care-Services-fifth-edition-2009.pdf
Enseñanzas de la Iglesia e información sobre la Eutanasia: http://www.usccb.org/issues-and-action/
human-life-and-dignity/end-of-life/euthanasia/
La Vida Importe: Hasta El Fin De Nuestros Días: http://www.usccb.org/about/pro-life-activities/
respect-life-program/2011/life-matters-to-the-end-of-our-days-2011-spn.cfm
Declaración de la posición de la Diócesis Orange: http://www.lifejusticepeace.org/wp-content/
uploads/2014/05/331415_AssistedSuicide_Spanish_Packet.pdf
Puntos de vista de la Diócesis de Salt Lake City sobre el Suicidio Asistido: http://www.dioslc.org/
images/government%20liaison/assisted-suicide/Parish_Assisted_Suicide_espanol_handout.pdf
CATHOLIC DIOCESE OF SALT LAKE CITY
4