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Fechas de caducidad y consumo preferente
Si utilizas este material por favor cita al boletín electrónico Brújula de compra de
Profeco (www.profeco.gob.mx)
El realizar la compra de alimentos y bebidas envasados en el supermercado implica
además de revisar su precio, leer cuidadosamente sus etiquetas, debido a que éstas
proporcionan información importante sobre el periodo de consumo, como es el caso de
la fecha de caducidad o de consumo preferente, que para muchos tienen el mismo
significado, cuando en realidad son diferentes.
Los minutos que se detienen a leer las etiquetas, revisar los empaques y la fecha de
caducidad de cada producto que se va consumir son un buen principio para cuidar la
economía y la salud de las familias.
Para el Lic. Jose Luis Alba, Director General de Verificación y Vigilancia de la
Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la mayoría de los consumidores que
compra su despensa en un autoservicio confía en la buena reputación del
establecimiento y en la calidad de las marcas de los productos que están a la venta,
dando por hecho que no es posible encontrar productos a la venta, cuya fecha de
caducidad o de consumo preferente haya vencido.
La diferencia
Cuando los consumidores acuden a comprar su despensa están al pendiente de
revisar la fecha del empaque, aunque la mayoría de ellos no está consiente de la
diferencia que existe entre la fecha de caducidad y la fecha de consumo preferente,
por lo que consideran que tienen el mismo significado, dijo a Brújula de Compra, la
Q.F.B. Carolina Jaramillo, Directora Ejecutiva de Dictamen Sanitario de la Comisión
Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios de la Secretaría de Salud
(Cofepris).
Agregó que tanto la fecha de caducidad como la de consumo preferente indican la vida
útil alimentaría de cada producto, pero tienen un significado distinto, el cual es
importante conocer antes de realizar la compra.
La Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI-1994 “Especificaciones generales de
etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados”, las define de la
siguiente manera:
a) Fecha de caducidad: Es la fecha límite en la que se considera que las
características sanitarias y de calidad del producto se eliminan. Después de esta fecha
no deben ser comercializados ni consumirse, porque su ingestión representa un riesgo
a la salud.
Es requisito obligatorio poner en la etiqueta de los alimentos y bebidas no alcohólicas
preenvasadas su fecha de caducidad, excepto de aquellos productos enlatados o
envasados en blister al alto vacío.
b) Fecha de consumo preferente. Es la fecha a partir de la cual el producto deja de
presentar todas sus cualidades integras, por lo que su color, sabor o consistencia
pueden verse alteradas. A pesar de esto su consumo no representa ningún riesgo
para la salud.
Qué venden en el súper
De acuerdo con un monitoreo para identificar problemas de etiquetado realizado por la
Dirección General de Estudios sobre Consumo en 62 establecimientos de la Ciudad de
México, del 21 de mayo al 06 de junio del presente año, se identificaron 1,817
alimentos y bebidas envasados que presentaban alguna deficiencia en su etiquetado,
de éstos, 262 (14.4%) tenían vencida la fecha de caducidad y 227 (12.5%) la de
consumo preferente.
Por tipo de producto, el huevo, la leche, sus productos y derivados, así como la carne
empacada encabezan la lista de productos caducos en los supermercados, como se
observa a continuación:
Productos con fecha de caducidad vencida
Categoría
Con fecha de
Participación
Número
de caducidad
%
productos (a) vencida
(c=b/a)
(b)
8
5
62.5
Huevo
Leche, sus productos y
71
derivados
Carne (empacada)
50
Bebidas no alcohólicas,
agua envasada, productos
70
para
prepararlas
y
congelados de las mismas
Pescado
fresco
seco
72
congelado o empacado
Aceites
y
grasas
9
comestibles
Frutas
y
vegetales
36
(empacados)
Jugos y néctares
23
Alimentos preparados o
70
semipreparados
Cacao, café, té y sus
25
derivados
Embutidos
29
Condimentos y aderezos 283
Frutas
y
vegetales
455
(enlatados)
Total
1,201
42
59.2
26
52.0
35
50.0
30
41.7
3
33.3
11
30.6
6
26.1
15
21.4
5
20.0
5
43
17.2
15.2
36
7.9
262
21.8
Fuente: Elaboración propia con datos recabados en 62 establecimientos del 21 de mayo al 6 de junio de
2007 por la Dirección General de Estudios sobre Consumo. Profeco.
Mientras que las galletas y los cereales son los productos en los que se encontró que
estaba vencida su fecha de consumo preferente.
Productos con fecha de consumo preferente vencida
Con fecha de
Número de consumo
Participación
Categoría
productos preferente
(c=b/a)
(a)
vencida
(b)
Harina, pan, tortillas y galletas 124
57
46.0
Cereales, leguminosas, sus
223
97
43.5
productos y botanas
Edulcorantes, sus derivados y
269
73
27.1
productos de confitería
Total
616
227
36.9
%
Fuente: Elaboración propia con datos recabados en 62 establecimientos del 21 de mayo al 6 de junio de
2007 por la Dirección General de Estudios sobre Consumo. Profeco.
Qué dice la Ley
Para los comercios en general, la fecha de caducidad y la fecha de consumo
preferente son un indicador del tiempo en el cual un producto debe estar a la venta,
precisó el Lic. Alba de Profeco.
Agregó que cuando se comercializan productos con fecha de caducidad vencida
Profeco procede a la inmovilización de estos productos, evitando su comercialización,
en virtud de que representan un riesgo a la salud de los consumidores, de acuerdo con
los artículos 1° y 25 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Cuando expira cualquiera de estas dos fechas el producto se debe retirar
inmediatamente de los anaqueles o exhibidores. De lo contrario el establecimiento
estará incurriendo en una infracción al Reglamento de Control Sanitario de la
Secretaría de Salud.
El artículo 21 de este reglamento advierte que no se podrán importar ni comercializar
productos que presenten fecha de caducidad vencida.
Con respecto a las sanciones por la venta de productos caducos, la Cofepris precisa
que podrían alcanzar multas de hasta por 10 mil salarios mínimos.
Por su parte, la NOM-051-SCFI-1994 establece que los alimentos y bebidas no
alcohólicas preenvasados, de origen nacional o extranjero deben especificar en la
etiqueta la siguiente información:
a) El nombre o la razón social y domicilio fiscal del fabricante o la empresa
responsable de la fabricación.
b) La fecha de caducidad, la cual no debe alterarse en ningún caso ni bajo ninguna
circunstancia.
c) La fecha de caducidad en la etiqueta correspondiente debe especificar las
condiciones especiales que se requieran para la conservación del alimento, por
ejemplo, leyendas como “manténgase en refrigeración, “consérvese en congelación”,
“una vez descongelado no deberá volverse a congelar”, “una vez abierto, manténgase
en congelación” u otras análogas.
El siguiente cuadro incluye productos que están obligados a incluir la fecha de
caducidad en su etiqueta:
Normas aplicables en alimentos y bebidas envasados
Productos
NOM
Información
En la etiqueta de los
productos objeto de esta
Productos cárnicos curados y
norma debe figurar la
cocidos,
curados NOM-092-SSA1-1994
leyenda "Consérvese en
emulsionados y cocidos
refrigeración" y la fecha de
caducidad.
En la etiqueta de los
productos objeto de esta
norma debe figurar la
leyenda "Manténgase en
Quesos frescos, madurados y
NOM-121-SSA1-1994 refrigeración" o "Consérvese
procesados
en refrigeración". Además
debe tener "Fecha de
caducidad" citando la fecha,
señalando día y mes.
En la etiqueta de los
productos objeto de esta
Productos de la pesca,
norma debe figurar la
pescados frescos refrigerados NOM-027-SSA1-1993
leyenda
de
fecha
de
y congelados
caducidad señalando día,
mes y año
En los productos objetos de
esta norma, deben figurar la
fecha de caducidad, en la
cual los productos con una
Productos
lácteos
durabilidad menor a 3
condensados
azucarados,
meses, deberán ostentarla
productos lácteos fermentados NOM-185-SSA1-2002 señalando al menos día y
y acidificados y dulces a base
mes.
En
cambio
los
de leche
productos cuya durabilidad
sea mayor a 3 meses,
deberán
ostentarla
señalando al menos mes y
año.
Fuente: Elaborado por la Dirección General de Estudios sobre Consumo de Profeco.
Qué hace Profeco
La Dirección General de Verificación y Vigilancia tiene un programa permanente de
verificación de productos, principalmente alimentos y bebidas envasados, comentó el
Lic. Alba. Del 1 de enero al 25 de junio de este año se han verificado más de 13.5
millones de productos, de los cuales se han inmovilizado 302,499. Los productos
inmovilizados son los siguientes:
Productos verificados e inmovilizados aplicando la NOM-051-SCFI-1994 durante el
periodo del 1 de enero al 25 de junio 2007
Producto
Verificados
Inmovilizados
Part. %
Miel de abeja
176
176
100.0
Carne molida
154
154
100.0
Producto sin denominación
genérica
140
140
100.0
Carne de res
110
110
100.0
Legumbres naturales
96
96
100.0
Desayunos
79
79
100.0
Mariscos
247,719
222,300
89.7
Comida rápida
232
181
78.0
Sin especificar
7
5
71.4
Pescado fresco
12,530
3,900
31.1
Frijoles
149,704
36,427
24.3
Productos enlatados
60,082
12,564
20.9
Masa,
tortillas,
tostadas,
harinas prep.
544
75
13.8
Suplemento alimenticio
1,384
181
13.1
Envases de comida
2,305
141
6.1
Jugos
39,317
1,953
5.0
Tortillas de maíz
383
17
4.4
Legumbres enlatadas
999
30
3.0
Productos lácteos
50,250
1,527
3.0
Salsa casera
3,905
19
0.5
Productos alimenticios
5,008,643
14,774
0.3
Alimentos preparados
20,955
68
0.3
Pan
83,528
162
0.2
Dulces y golosinas
7,661,068
7,369
0.1
Agua purificada
199,928
30
0.0
Azúcar
81,215
21
0.0
Otros
229,598
0
0.0
Fuente: Dirección General de Verificación y Vigilancia de Profeco.
Y los consumidores…
Al momento de tomar un producto alimenticio del anaquel, el consumidor tiene en sus
manos la posibilidad de revisar la información de etiquetas y el contenido de los
productos y no comprar aquellos con fechas vencidas. A esta primera medida
defensiva se suma la posibilidad de denunciar esta situación en Profeco.
“De que se desperdicie…que me haga daño” reza una frase utilizada en ocasiones
para ingerir alimentos, que por una razón u otra permanecieron en el refrigerador o
alacena más del tiempo permitido, o que debido a un descuido se adquirieron sin
revisar la fecha de caducidad, o aún cuando ésta ya había vencido.
La Quím. Jaramillo comentó que es preferible desechar los alimentos envasados cuya
fecha de caducidad ya venció, porque después de ésta los alimentos comienzan a
desarrollar bacterias que causan infecciones estomacales.
El consumo de alimentos cuya fecha de caducidad ha expirado pone en riesgo la salud
de quienes los ingieran debido a que dichos alimentos ya se encuentran en proceso de
descomposición, aún cuando no se aprecie a simple vista en su olor o sabor, detalló.
Las principales enfermedades que se llegan a adquirir por su consumo son infecciones
intestinales, entre las que Jaramillo mencionó:
a) Gastroenteritis: Infección que se distingue por la inflamación del estómago
y los intestinos. Náuseas, diarrea y vómito, son algunos de los principales
síntomas.
b) Salmonelosis: Es un grupo de infecciones producidas por microorganismos
que se adquieren por ingerir alimentos o bebidas contaminadas. Entre los
principales síntomas destacan fiebres altas, vómito y dolores abdominales
intensos.
Los síntomas de estas enfermedades pueden presentarse desde unos minutos hasta
incluso días después de haberse ingerido el alimento. Todo depende de factores como
el grado de descomposición del producto y el tipo de microorganismos de que se trate.
Por ello, Jaramillo insistió que los consumidores en casa deben extremar las medidas
de seguridad al almacenar conservas “hechas en casa”, debido a que estas pueden
causar botulismo, -enfermedad severa cuyos principales síntomas son la parálisis de
los músculos, vértigo, repulsión a la luz y dificultad para hablar- y que por lo general se
adquiere por el consumo de conservas caseras envasadas de forma incorrecta.
En la alacena
Además de revisar la fecha de caducidad o de consumo preferente antes de adquirir
cualquier producto perecedero, es necesario que los alimentos se encuentren
almacenados en casa bajo condiciones adecuadas, por lo que la Secretaría de Salud
recomendó tomar en cuenta lo siguiente:
1. Carnes, pescados y mariscos: Estos alimentos deben almacenarse en bolsas
de plástico a prueba de filtraciones y colocarse en la parte más fría del
refrigerador. En caso de que requiera más tiempo para su consumo, es
necesario colocarlos en el congelador.
2. Alimentos enlatados: Deben almacenarse en lugares frescos, limpios y secos.
Asimismo, se debe desechar cualquier lata que se encuentre abollada,
oxidada, inflada o con escurrimiento.
3. Frutas y verduras: Las frutas deben almacenarse en gabinetes con
temperaturas ambientales frescas, mientras que las verduras conviene
refrigerarlas o congelarlas para su óptima calidad.
4. Huevo: Puede ser almacenados dentro del refrigerador o en su cartón original a
temperatura ambiente.
5. Productos lácteos: Toda la línea de productos lácteos deben ser almacenados
en el refrigerador, debido a que son propensos a deteriorarse rápidamente.
Los productos lácteos ultrapasteurizados (UHT) no requieren de refrigeración,
mientras el envase no se abra
6. Artículos de repostería: Cualquier alimento que contenga glaseado, natilla,
crema batida, queso o huevo debe mantenerse en refrigeración.
De esta manera se podrá garantizar la máxima calidad de los alimentos, así como su
frescura y valores nutrimentales, aunque una vez vencida su fecha de caducidad no
deben ser ingeridos.
A dónde acudo
El Lic. Alba recomendó que si un comercio vendió al consumidor un producto caduco o
si éste se da cuenta que está en exhibición para su venta en algún comercio, acuda a
presentar una denuncia en la delegación Profeco más cercana a su domicilio.
Cualquier persona puede presentar una denuncia, sin necesidad de ser directamente
el afectado, no está obligado a presentar pruebas de las operaciones que denunció, ni
a proporcionar sus datos. Simplemente tendrá que proporcionar los datos completos
que permitan identificar al proveedor y conocer su actividad comercial.
Si desea hacer alguna denuncia o requiere asesoría puede acudir a la Delegación de
Profeco más cercana a su domicilio. En el Distrito Federal llámar al 55-68-87-22, o de
cualquier otro lugar de la República Mexicana, mediante el servicio de larga distancia
sin costo: 01-800-468-87-22. O enviar un correo a: [email protected]
También, puede ingresar una denuncia ciudadana en las oficinas de la Cofepris
ubicadas en la calle de Monterrey Núm. 33, Col. Roma en la Ciudad de México, en la
que se especifique lo sucedido, el producto que se compró y de preferencia que vaya
acompañado del ticket de compra o desde cualquier parte de la Republica Mexicana al
01-800-00-92-800. O mediante un correo a: [email protected]
Recomendaciones
Con el fin de llevar un control adecuado de los productos alimenticios que almacena,
se sugiere poner en práctica las siguientes recomendaciones, las cuales ayudarán a
mantener la alacena libre de productos caducos y en las mejores condiciones.
1. Antes de adquirir cualquier alimento es importante revisar que su fecha de
caducidad o consumo preferente no haya vencido.
2. Tomar en cuenta que la fecha de caducidad se reduce si el empaque se
encuentra deteriorado o fuera de su envoltura original.
3. No aceptar productos que tengan olores desagradables o presenten rastros de
descomposición, aún cuando la fecha esté vigente.
4. Almacenar la mercancía en condiciones adecuadas, dependiendo el tipo de
producto (alacena, refrigeración o congelamiento).
5. No sobresaturar el refrigerador con mercancía, porque esto evita que el aire
circule libremente y que los alimentos se conserven en condiciones óptimas.
6. Colocar hasta delante de la despensa la mercancía con fecha de caducidad
más próxima.
7. Revisar periódicamente la alacena y en caso de encontrar productos con fecha
de caducidad vencida es necesario desecharlos de la siguiente manera:
a) Productos líquidos: Se deben abrir y vaciarlos directamente al
drenaje.
b) Productos enlatados: Se deben de abrir para drenarlos y vaciar el
contenido sólido en bolsas de plástico. De esta manera se evita su
consumo accidental.