Download guía para las entidades benéficas participante en el plan de ayuda

Document related concepts

Política alimentaria wikipedia , lookup

Transcript
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTIA AGRARIA
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACION
Y MEDIO AMBIENTE
GUÍA PARA LAS ENTIDADES BENÉFICAS PARTICIPANTE EN EL PLAN DE
AYUDA ALIMENTARIA A LAS PERSONAS MÁS NECESITADAS DE LA UNIÓN
EUROPEA
OBJETIVO DE ESTE DOCUMENTO
Este documento tiene como objetivo exponer mediante un formato de preguntas y
respuestas, de una manera clara y sencilla los puntos fundamentales que toda
entidad benéfica que participe o que quiera participar en el plan de ayuda a las
personas más necesitadas de la Unión Europea debe conocer.
El documento se ha estructurado en dos partes:
I.
Generalidades del Plan
II.
Requisitos y condiciones que deben cumplir las entidades benéficas
CORREO ELECTRÓNICO:
[email protected]
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
C/JOSÉ ABASCAL
C/ALMAGRO,
33 4
28010 - MADRID
28003
TEL: 91 347 49 18
FAX: 91 34747 07
I.
GENERALIDADES DEL PLAN
1
QUÉ ES EL PLAN DE AYUDA ALIMENTARIA A LAS PERSONAS MÁS
NECESITADAS DE LA UNIÓN EUROPEA
El Plan de ayuda alimentaria a las personas más necesitadas de la Unión Europea
(UE), se viene desarrollando desde 1986, cuando el Consejo de la UE aprobó las
normas que permitieron utilizar los productos agrícolas almacenados por los
organismos públicos de intervención como ayuda alimentaria destinada a las
personas más necesitadas. El Plan de ayuda alimentaria nació por tanto con el
doble objetivo de facilitar la salida de los productos agrícolas almacenados1 por los
organismos de intervención en el marco de la Política Agrícola Común (PAC) y, al
mismo tiempo, poner a disposición de las personas más necesitadas alimentos
básicos de calidad.
Durante estos años, el importe obtenido de la subasta pública de los productos de
intervención, ha permitido a los Estados miembros que participan en el Plan,
adquirir productos de primera necesidad directamente en el mercado para su
posterior distribución a las personas más necesitadas a través de entidades
benéficas.
Con el paso del tiempo, la PAC ha ido evolucionando, de manera que la cantidad
de productos almacenados por los organismos de intervención ha ido reduciéndose
progresivamente, hasta la situación actual en la que las existencias son
prácticamente nulas en la UE. Al mismo tiempo, para compensar la reducción de
existencias de productos de intervención, la UE ha ido incrementando la partida
financiera asignada a los Estados miembros destinada a la compra de alimentos,
de manera que, actualmente, la mayor parte de los recursos del Plan proceden
directamente del presupuesto de la UE en lugar del valor de las existencias de los
productos agrícolas almacenados por los organismos de intervención.
2
QUIÉN ES EL RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DEL PLAN EN ESPAÑA
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través del Fondo
Español de Garantía Agraria (FEGA).
3
1
CÓMO SE OBTIENEN Y SE DISTRIBUYEN LOS ALIMENTOS DEL PLAN DE
AYUDA ALIMENTARIA
En la actualidad, cereales, mantequilla y leche desnatada en polvo
Página 2 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente publica anualmente
una licitación dirigida a empresas agroalimentarias con el fin de obtener alimentos y
hacerlos llegar a las personas más necesitadas.
Los alimentos se obtienen a través del intercambio de productos en poder de la
intervención pública (cereales, mantequilla y leche desnatada en polvo) o bien
mediante la compra directa a las empresas del sector agroalimentario que hayan
resultado adjudicatarias cuando resultan escasas las existencias de productos de
intervención.
La distribución territorial de los alimentos se realiza de forma equitativa en base a
indicadores objetivos que tienen en cuenta la tasa de paro, índice de pobreza y
exclusión social y número de personas con menos recursos en cada provincia.
4
QUIENES SON LAS ORGANIZACIONES DESIGNADAS
Son organizaciones caritativas que colaboran con el Plan y cuya participación es
indispensable para poder hacer llegar los alimentos hasta las personas más
necesitadas.
En la actualidad la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL) y Cruz
Roja Española, vienen colaborando con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente en las labores de almacenamiento y distribución de los alimentos
adquiridos por el FEGA, a través de los almacenes que disponen en todas las
provincias los Bancos de Alimentos y los centros provinciales de Cruz Roja
Española. Además, gracias a la extensa experiencia de estas organizaciones en la
asistencia a las personas más necesitadas, son ellas las que se encargan de velar
para que los alimentos se destinen finalmente a quienes más lo necesitan. En el
desempeño de esta labor, informan y asesoran al FEGA para garantizar la correcta
ejecución del Plan, a través de comisiones de seguimiento permanentes.
5
QUIENES SON LAS ENTIDADES BENÉFICAS
La Federación Española de Bancos de Alimentos y Cruz Roja Española,
distribuyen los alimentos que reciben del FEGA a través de más de 8.000
entidades benéficas que, a su vez, atienden a 2.000.000 de personas cuya
situación económica o familiar de necesidad, les impide adquirir alimentos de forma
regular.
Estas entidades benéficas entregan los alimentos de forma gratuita de dos formas:
-
Mediante el reparto de los alimentos de forma directa a las personas que
acuden a sus locales, como parroquias, fundaciones, servicios sociales de
ayuntamientos, etcétera, o
Página 3 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
-
6
Mediante el consumo directo de los productos en sus instalaciones donde se
preparan los alimentos para ser consumidos, tanto en comedores como en
casas de acogida.
QUIENES SON LOS DESTINATARIOS FINALES DE LOS ALIMENTOS
Las personas más necesitadas que acudan a las entidades benéficas autorizadas
para participar en el Plan de Ayuda.
Se entiende por personas más necesitadas las personas físicas, individuos y
familias o agrupaciones compuestas por estas personas, cuya situación de
dependencia social y financiera está juzgada con relación a los criterios utilizados
por organizaciones caritativas y aprobados por las autoridades competentes.
Así, las entidades benéficas, deben distribuir los alimentos entre colectivos cuya
situación de dependencia social y financiera haya sido debidamente justificada.
Los criterios utilizados por las entidades benéficas para juzgar dicha dependencia
social y financiera deberán ponerse en conocimiento de las organizaciones
designadas o del FEGA bien directamente o a través de las unidades de control.
7
QUIENES SON LAS UNIDADES DE CONTROL
Son las autoridades competentes que tratan de garantizar el buen funcionamiento
del Plan a nivel provincial o autonómico, según los casos. Realizan los controles
sobre los centros de almacenamiento y distribución de las organizaciones
designadas y sobre las entidades benéficas a través de un acuerdo con el FEGA
que es el responsable último de la gestión y control del Plan.
Su actuación está supervisada por el FEGA.
8
QUÉ ES REDABAL
Es una herramienta informática de gestión del plan de ayuda puesta a disposición
de las organizaciones designadas y de las unidades de control.
9
QUÉ ES EL COMITÉ DE SEGUIMIENTO
Es un Comité formado por el FEGA, FESBAL y Cruz Roja Española y los
organismos pagadores de País Vasco y Navarra, en el cual se estudian las
solicitudes de alta, baja y modificaciones de entidades benéficas además de velar
por el buen funcionamiento del Plan de ayuda alimentaria.
Página 4 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
Este Comité se reúne al menos, una vez antes del inicio de cada una de las fases
de distribución de alimentos.
Tras cada Comité, el FEGA autoriza las altas, bajas y modificaciones de entidades
benéficas correspondientes a la fase que comienza.
10 QUÉ ALIMENTOS SE DISTRIBUYEN EN EL PLAN
Los alimentos que se distribuyen en el Plan son alimentos variados, de calidad,
básicos, de fácil manipulación y conservación, que no necesiten refrigeración y que
permitan realizar comidas completas.
11 POR QUÉ PASA CIERTO TIEMPO ENTRE LA ÚLTIMA DISTRIBUCIÓN DE
ALIMENTOS DE UN PLAN Y LA PRIMERA DEL PLAN SIGUIENTE
Para poder obtener alimentos es necesario que el FEGA tenga la aprobación y
asignación de dinero de la Unión Europea.
Una vez obtenida dicha aprobación el FEGA tiene que obtener los alimentos de las
empresas agroalimentarias mediante contratación pública dentro del año natural.
La duración del proceso de contratación desde la publicación de la licitación
correspondiente a los mismos hasta la firma de los contratos es aproximadamente
de 5 meses.
Por último, el FEGA tiene que designar a las organizaciones caritativas para que
puedan almacenar y distribuir los alimentos. La duración de este proceso es de
aproximadamente 3 meses
II.
REQUISITOS Y CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES
BENÉFICAS
1
QUÉ REQUISITOS MÍNIMOS DEBE CUMPLIR UNA ENTIDAD PARA
PARTICIPAR EN EL PLAN
Los establecidos en la Resolución del 20 de febrero del FEGA publicada en el BOE
el 28 de febrero de 2013.
A continuación se indican algunos aspectos considerados de relevancia
relacionados con el cumplimiento de estos requisitos mínimos
a) Todas las entidades benéficas dadas de alta en el Plan deben ser entidades sin
ánimo de lucro.
Página 5 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
b) No podrán recibir alimentos del Plan aquellas entidades que estén constituidas
como sociedades mercantiles
c) Las entidades que participen en el Plan deben estar legalmente registradas.
Para ello deben estar inscritas en el registro correspondiente (Ministerio del
Interior, Registro de Fundaciones, Ministerio de Justicia, registro de su
comunidad autónoma, etc.). Están exentas de registro las parroquias,
circunscripciones territoriales y diócesis de la Iglesia católica.
d) Las entidades deben prestar asistencia social y atención a personas y
colectivos desfavorecidos y este requisito se debe encontrar entre los fines
estatutarios de la entidad.
e) Las entidades deben distribuir los alimentos a los beneficiarios, de forma
gratuita (más información en el apartado II. 14)
f) Las entidades deben atender a un mínimo de 10 beneficiarios. Si, por cualquier
motivo y en cualquier momento del Plan, el número de beneficiarios es menor
de 10 se dará de baja a esa entidad y sus beneficiarios podrán pasar a ser
atendidos por cualquier otra entidad autorizada.
g) Las entidades deben disponer de personal suficiente y, a ser posible, con la
formación necesaria para poner los alimentos del Plan a disposición de los
beneficiarios de manera adecuada.
h) Las entidades deben disponer también de personal suficiente y, a ser posible
con la formación necesaria para realizar las labores administrativas
relacionadas con el Plan, entre las que se encuentran:





i)
Elaboración del listado de beneficiarios a los que atiende la entidad en
entidades de reparto.
Valoración de la situación de necesidad de los beneficiarios
Comprobación del adecuado cumplimiento de las notas de entrega a los
beneficiarios finales
Información a los beneficiarios finales de la ley de protección de datos.
Otras labores administrativas relacionas con el Plan (conservación de
documentación, elaboración de documentos de apoyo para la entidad, etc)
Las entidades deben disponer de medios materiales suficientes para realizar la
correcta distribución de alimentos, observándose en lo que se refiere a los
almacenes y forma de almacenar lo siguiente:

Es fundamental que las entidades dispongan de almacenes adecuados para
contener los alimentos.
Página 6 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013

Los almacenes deberán disponer de dimensiones adecuadas con capacidad
suficiente para almacenar la cantidad de alimentos que se vayan a recibir en
cada una de las fases.

Los almacenes deberán tener unas condiciones higiénicas adecuadas que
impidan que los alimentos sufran alteraciones o deterioros

Los alimentos no podrán almacenarse al aire libre.

Los alimentos deberán estar debidamente protegidos de agentes que
puedan poner en riesgo el buen estado de los alimentos (roedores u otros
animales, temperaturas extremas, humedad…).

Se deberá evitar un apilamiento excesivo de los alimentos que provoque
roturas innecesarias de los envases y embalajes.
j) Las entidades deben justificar el número de beneficiarios que declara atender.
k) Las entidades deben valorar la situación de necesidad de los beneficiarios a los
que atiende en función de unos criterios que confirmen su situación de
dependencia social y financiera.
l) Las entidades deben ser capaces de justificar los criterios de selección de los
beneficiarios que declara atender. Los criterios utilizados por las entidades
benéficas para juzgar dicha dependencia social y financiera deberán ponerse en
conocimiento de las organizaciones designadas a través de la propuesta de
distribución. Las organizaciones designadas los pondrán en conocimiento del
FEGA a través de la aplicación informática Redabal y serán aprobados en el
Comité de seguimiento.
m) Las entidades de reparto deben disponer de un listado actualizado de los
beneficiarios a los que atiende que contenga al menos nombre y apellido del
beneficiario y su NIF-NIE-NºPasaporte.
El listado de beneficiarios deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo 1
de esta guía con el fin de facilitar las labores de control. En el anexo 1 también
se indican las instrucciones precisas para el adecuado cumplimiento de estos
ficheros por parte de las entidades benéficas. En caso de que una entidad no
dispongan de medios para cumplimentar dicho listado de acuerdo al modelo
establecido podrá contactar con el CAD correspondiente para solicitar apoyo en
la cumplimentación del mismo.
n) Las entidades de reparto deben disponer de los documentos justificativos de
las entregas de los alimentos. Deberán ajustarse al modelo establecido en la
Resolución del FEGA del 20 de febrero de 2013 o a un modelo que contenga, al
menos, los puntos establecidos en dicho anexo. En el anexo 3 de esta guía se
incluye un posible modelo a utilizar como nota de entrega para el Plan 2013. En
Página 7 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
las notas de entrega deben figurar las cantidades de alimento recibidas
(preferentemente expresadas en kilo/litro), la fecha de recepción del alimento y
la firma de los beneficiarios como prueba de haberlos recibido. Este documento
será el justificante de las entregas realizadas a los beneficiarios. La entidad
benéfica deberá cumplimentar los datos de la nota de entrega antes de ser
firmada por los beneficiarios finales. El beneficiario no deberá, en ningún caso,
firmar notas de entrega en blanco. Es conveniente que el beneficiario final se
quede con una copia de la nota de entrega como prueba de la recepción de los
alimentos.
En caso de que al cabeza de familia no le sea posible recoger los alimentos,
podrá autorizar a otra persona, bien mediante la autorización establecida en la
nota de entrega o bien presentando una autorización similar, a que retire los
alimentos en su nombre. Para ello, dicha autorización deberá ser presentada
junto a una fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte del cabeza de familia así como del
DNI/NIE/Pasaporte de la persona autorizada
o) Las entidades de reparto deben poder justificar el sistema de reparto de
alimentos entre los beneficiarios. Los alimentos se deben distribuir de manera
homogénea en función del número de beneficiarios a los que se atiende sin
ningún tipo de discriminación.
En casos excepcionales y debidamente justificados se podrán utilizar otros
criterios de reparto
p) Las entidades deberán recabar el consentimiento de los beneficiarios para que
sus datos puedan ser comunicados a las autoridades competentes en materia
de gestión y control del Plan, de acuerdo con la normativa vigente en la materia
(Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal). (Más información en el apartado 21 de esta Guía).
q) Las entidades deberán colaborar con las autoridades competentes en la
realización de actuaciones de control a fin de supervisar el correcto desarrollo
del Plan de ayuda. En particular, deberán facilitarles el acceso a los locales
donde se almacenen y se consuman o repartan los alimentos y a la información
que justifique el destino final de los alimentos así como el listado de los
beneficiarios a los que atiende.
r) Las entidades deberán conservar los documentos y justificantes relacionados
con el Plan de ayuda durante un periodo mínimo de 5 años, permitiendo a las
autoridades competentes el acceso a los mismos para efectuar los controles
necesarios.
Página 8 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
s) Las entidades deben conocer la normativa que regula el Plan de ayuda
alimentaria y aceptar de forma expresa e incondicional todos sus requisitos y
condiciones, que se compromete a asumir. Toda la información relativa al Plan
de ayuda alimentaria podrá consultarse en la página web del FEGA
(www.fega.es) en el apartado “Ayuda alimentaria a las personas más
necesitadas”.
t) Las entidades deben exponer claramente en sus instalaciones un cartel
informativo, que le será facilitado al efecto, (ver apartado II.13). En caso de no
disponer de dicho cartel deberá solicitárselo a la organización designada que le
distribuya los alimentos.
2
QUÉ DEBE HACER UNA ENTIDAD BENÉFICA QUE DESEE RECIBIR
ALIMENTOS DEL PLAN POR PRIMERA VEZ
1. En primer lugar deberá dirigirse bien a la sede de Cruz Roja Española
o al Banco de Alimentos de su provincia, pero únicamente a uno de
ellos.
2. En segundo lugar deberá cumplimentar la solicitud de participación
(Anexo 2: Propuesta de distribución)
A continuación la organización designada valorará si dicha entidad cumple con los
requisitos mínimos exigidos y, en caso de ser así, propondrá al FEGA su
participación en el Plan y será este el que finalmente autorice o no a la entidad en
cuestión a que reciba alimentos del Plan.
3
¿SE PODRÍA RECIBIR UNICAMENTE UNOS TIPOS DE ALIMENTOS Y
RENUNCIAR A OTROS?
En casos debidamente justificados sí.
Por ejemplo, si una entidad benéfica únicamente proporciona desayunos deberá
solicitar alimentos propios de un desayuno como galletas, leche, cacao soluble…y
renunciar a alimentos como judías verdes en conserva, pasta o atún en conserva o,
si una entidad no atiende a niños ni a lactantes no solicitará cereales infantiles,
leche de continuación infantil o potitos salvo excepciones justificadas
4
COMO DEBE RETIRAR UNA ENTIDAD BENÉFICA LOS ALIMENTOS DEL
ALMACÉN
Las entidades deben retirar los alimentos con un vehículo apto para el transporte
de alimentos.
Página 9 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
A la hora de retirar los alimentos, la entidad debe, enviar a una persona autorizada
para poder llevar a cabo la recogida la cual tendrá que identificarse con el DNI o
autorización, firmar y sellar el acta de distribución
Las entidades deben comprobar que los alimentos que se llevan corresponden con
el acta de distribución ANTES de trasladarlos a sus almacenes.
5
a)
QUÉ HACER SI LOS ALIMENTOS RECIBIDOS ESTÁN DETERIORADOS
Si el deterioro se produce como consecuencia de un defecto de fabricación
en la empresa, el responsable de la entidad benéfica comunicará al centro de
almacenamiento y distribución (CAD) qué alimentos se han deteriorado y en
qué cantidades y este lo pondrá en conocimiento de la unidad de control
correspondiente.
El alimento, en este caso, podrá ser retirado y repuesto por la empresa, si así lo
autoriza el FEGA.
En estos casos, los gastos de retirada y destrucción de los alimentos correrán a
cargo de la empresa.
La unidad de control deberá estar presente en el momento retirada del alimento en
la entidad benéfica y levantará la correspondiente acta de retirada.
Ningún alimento deteriorado podrá ser retirado ni repuesto por la empresa una vez
finalizado el Plan correspondiente, aunque su deterioro sea por causas atribuibles a
una empresa. Por ejemplo, un alimento correspondiente al Plan 2011, deteriorado
por causas atribuibles a la empresa que lo ha suministrado no podrá ser retirado ni
repuesto por la empresa una vez sobrepasada la fecha de finalización de dicho
Plan (30 de abril de 2012).
El FEGA es el encargado de comunicar a las organizaciones designadas la fecha
de finalización del Plan para que estas a su vez lo pongan en conocimiento de las
entidades a las que distribuyen alimentos.
b) Si el deterioro se produce como consecuencia de un mal manejo de la
mercancía y no por causas atribuibles a la empresa fabricante el
responsable de la entidad benéfica comunicará al centro de almacenamiento y
distribución (CAD) qué alimentos se han deteriorado y en qué cantidades y este
lo pondrá en conocimiento de la unidad de control correspondiente.
En estos casos, los gastos de retirada y destrucción de los alimentos correrán a
cargo de la entidad benéfica.
En este caso se deberá proceder según lo indicado en el apartado II.8.
Página 10 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
6
QUÉ HACER CUANDO LOS ALIMENTOS ESTÁN PRÓXIMOS A LA FECHA
DE CONSUMO PREFERENTE
Es muy importante para el buen funcionamiento del plan que la entidad se asegure
de que los alimentos almacenados no superan la fecha de consumo preferente.
Para ello es conveniente que se realice una revisión periódica de las existencias.
Cuando un alimento esté próximo a la fecha de consumo preferente la entidad
benéfica deberá:
o
o
7
Distribuirlos inmediatamente para que sean consumidos antes de que se
sobrepase dicha fecha.
Si esto no fuese posible la entidad deberá contactar con el centro de
almacenamiento y distribución (CAD) y devolver los alimentos para que
sean distribuidos a otras entidades que sí puedan utilizarlos rápidamente.
QUÉ HACER SI LOS ALIMENTOS HAN SOBREPASADO LA FECHA DE
CONSUMO PREFERENTE
Se debe proceder a su destrucción que, en todo caso, debe estar supervisada por
el representante de la unidad de control para que levante el acta de retirada
correspondiente.
Para ello, el representante de la entidad tendrá que ponerlo en conocimiento del
centro de almacenamiento y distribución (CAD) correspondiente quien lo pondrá en
conocimiento del representante de la unidad de control. El representante del centro
de almacenamiento y distribución (CAD) informará a la entidad benéfica de los
pasos a seguir.
8
COMO SE DEBE PROCEDER A LA DESTRUCCIÓN DE LOS ALIMENTOS
DEL PLAN
Cuando en una entidad se detecten alimentos deteriorados como consecuencia de
un inadecuado almacenamiento o manipulación en dicha entidad, el procedimiento
para retirar y destruir dicho alimento seguirá los siguientes pasos:
1) La entidad benéfica comunicará al responsable del Centro de almacenamiento y
distribución (CAD) que se ha detectado alimento deteriorado.
2) El CAD comunicará a la Unidad de control dicha incidencia.
3) La Unidad de control comunicará la incidencia al FEGA, quien facilitará a la
entidad benéfica el contacto de un transportista autorizado, en el caso de que la
propia entidad benéfica tenga dificultades para conseguir algún transportista
autorizado para la retirada de mercancía objeto de destrucción.
4) Asimismo el FEGA concretará con la unidad de control, la entidad benéfica y el
transportista autorizado la fecha y hora para que realice la retirada del alimento
Página 11 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
deteriorado de la entidad benéfica, y su transporte hasta una planta de
transformación autorizada:
a. Incineradora en el caso de alimentos de origen animal.
b. Vertedero orgánico en el caso de alimentos de origen vegetal
La unidad de control deberá estar presente en el momento en el que el
transportista autorizado realice la retirada del alimento de la entidad benéfica, con
el objetivo de levantar el acta correspondiente.
Los gastos de retirada y destrucción (transporte y tasas de destrucción) correrán a
cargo de la entidad benéfica responsable de un mal almacenamiento o inadecuada
manipulación de los alimentos.
9
SI ME SOBRAN ALIMENTOS LOS PUEDO ENTREGAR A OTRA ENTIDAD
BENÉFICA
No, en ningún caso.
Los alimentos que no vayan a ser utilizados por el motivo que sea, deben ser
devueltos al centro de almacenamiento y distribución (CAD) de origen para su
redistribución entre entidades que puedan utilizar dichos alimentos.
10 CUÁNDO SE TRAMITAN LAS SOLICITUDES DE ALTA, MODIFICACIÓNES
E INTERRUPCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES
BENÉFICAS
Las solicitudes de las entidades benéficas se tramitan únicamente antes del
comienzo de cada una de las fases de distribución de alimentos. En caso de que,
por cualquier motivo, no fuese posible tramitar una autorización antes de una de las
fases se deberá esperar al comienzo de la siguiente fase para su tramitación.
11 CÓMO PUEDO SABER SI UNA ENTIDAD BENÉFICA HA SIDO
AUTORIZADA PARTICIPAR EN EL PLAN DE AYUDA
La relación de entidades benéficas autorizadas se publicará en la página web del
FEGA (www.fega.es) en el apartado “Ayuda alimentaria a las personas más
necesitadas”.
Página 12 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
No obstante, las organizaciones designadas comunicarán a las entidades benéficas
su participación en la distribución de alimentos del Plan.
Si una entidad no aparece en el listado de entidades de la web del FEGA ésta no
está autorizada y por tanto no recibirá alimentos.
Cuando se detecte que una entidad benéfica no cumple con los requisitos
establecidos en la Resolución indicada en el apartado II.1, el FEGA comunicará a
la entidad benéfica las incidencias comprobadas y le otorgará un plazo para
presentar alegaciones en virtud del artículo 84 de la Ley 30/1992 de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común. Transcurrido dicho plazo y previo examen en el Comité de Seguimiento, el
FEGA podrá interrumpir la participación de dicha entidad y procederá a
comunicárselo al interesado.
12 A QUÉ ENTIDADES BENÉFICAS SE LES INTERRUMPIRA SU
PARTICIPACION EN EL PLAN
Aquellas que lo soliciten de manera voluntaria a través de su organización
designada o aquellas que no cumplan con los criterios mínimos de entidades
benéficas establecidos en el apartado II.1
13 CARTEL DEL PLAN DE AYUDA ALIMENTARIA DE LA UNIÓN EUROPEA
La colocación de este cartel en un lugar claramente visible es un requisito
obligatorio para que una entidad pueda recibir alimentos del Plan.
Página 13 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
La ausencia de este cartel supondrá que esta entidad no pueda seguir recibiendo
alimentos del plan
a) ¿Quién me proporcionará el cartel?
La Organización designada, Cruz Roja Española o el Banco de Alimentos, a
la que esté asociada la entidad.
b) ¿Dónde se debe poner el cartel?
En un lugar claramente visible para los beneficiarios, en los locales
donde se realice la distribución o el consumo de los alimentos del plan.
Se entiende por un “lugar claramente visible” aquel en el que los
beneficiarios de los alimentos puedan verlo y leerlo con claridad
c) ¿Qué se debe hacer con el cartel si la entidad se ha dado de baja en el
plan?
Se debe devolver al Centro de almacenamiento y distribución (CAD) de la
organización designada que ha suministrado el alimento.
14 SE PUEDE COBRAR AL BENEFICIARIO POR DARLE ALIMENTOS DEL
PLAN
No, en ningún caso.
Las entidades benéficas se comprometen a poner los alimentos a disposición de
los beneficiarios de forma gratuita.
Las entidades benéficas no podrán, en ningún caso, cobrar dinero a los
beneficiaros por la entrega alimentos del Plan, ni antes ni después de la misma.
Por tanto la entidad no recibirá contraprestación económica, ni de ningún otro tipo,
por las tareas que lleve a cabo en la distribución de alimentos. No obstante, en
caso de que exista una aportación económica en forma de cuota esta no estará
vinculada en ningún caso a la entrega de alimentos que será siempre gratuita.
Algunos de los ejemplos de actuaciones por las que no está permitido cobrar
alimentos a los beneficiarios son los siguientes: no está permitido cobrar dinero a
los beneficiarios ni por la recogida de alimentos, ni por su almacenamiento, ni por
su transporte, ni por la preparación de bolsas de alimentos, ni por el cocinado de
los mismos, etc.
15 PUEDE UNA ENTIDAD BENÉFICA SER INSPECCIÓNADA
Sí, en cualquier momento.
Página 14 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
La falta de colaboración de la entidad en la realización de las actuaciones de
control, dará lugar a que se interrumpa la participación de la entidad benéfica en la
distribución de alimentos del Plan de ayuda alimentaria.
16 ¿QUÉ PUEDO HACER SI NO ES POSIBLE RETIRAR LOS ALIMENTOS DEL
CENTRO DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN (CAD) EN LA FECHA
HORA Y LUGAR ACORDADO CON LA ORGANIZACIÓN DESIGNADA?
La entidad debe retirar los alimentos en la fecha, hora y lugar que le comunique el
centro de almacenamiento y distribución (CAD) de la organización designada que
le corresponda.
En caso de no poder cumplir con dicha planificación debe comunicárselo al centro
de almacenamiento y distribución (CAD) correspondiente para que se vuelva a
planificar la entrega.
17 QUE DEBO HACER SI TENGO ALGUNA DUDA O SE HA PRODUCIDO UNA
INCIDENCIA DE CUALQUIER TIPO
A la mayor brevedad posible, ponerme en contacto con el centro de
almacenamiento y distribución que me haya suministrado los alimentos
18 QUE DEBO HACER SI SE HAN PRODUCIDO CAMBIOS EN LOS DATOS DE
LA ENTIDAD
A la mayor brevedad posible, comunicárselo al centro de almacenamiento y
distribución que me haya suministrado los alimentos
19 ¿QUÉ PASA SI LA ENTIDAD BENÉFICA REALIZA TANTO LABORES DE
REPARTO COMO DE CONSUMO?
En caso de que una entidad realice labores tanto de reparto como de consumo
deberá ser dada de alta en el Plan como entidad de reparto y como entidad de
consumo.
En este caso será considerada como dos entidades diferentes por lo que la gestión
y entrega de alimentos deberá ser realizada de forma independiente.
Los beneficiarios a los que atienden una y otra entidad deberán estar claramente
diferenciados.
Página 15 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
20 COMO SE DEBEN CONTABILIZAR LOS BENEFICIARIOS Y QUÉ TIPOS DE
BENEFICIARIOS HAY EN EL PLAN EN FUNCIÓN DE LOS TIPOS DE
ALIMENTOS A ENTREGAR/CONSUMIR
En las entidades de reparto se contabilizará el número promedio de personas a las
que se entregan los alimentos (no de familias, de parejas, etc. sino de personas
individuales) Por ejemplo: Si una familia tiene 4 miembros se contabilizarán 4
beneficiarios y no uno.
En las entidades de consumo, el número promedio de personas a las que se da de
comer al día.
Cada persona se contabilizará una única vez, aunque se le entreguen o consuma
alimentos en más de una ocasión.
Cuando una entidad actúe al mismo tiempo como entidad de consumo y reparto,
deberá justificar los beneficiarios de cada una de ellas.
En relación con los alimentos que se van a entregar/consumir, existen tres tipos de
beneficiarios:
1. Lactantes (menores de 2 años).
2. Población infantil (niños entre 2 y 8 años y adultos que requieran una
alimentación especial)
3. Población adulta (mayores de 8 años)
a) ¿Cómo se debe contabilizar los beneficiarios de los alimentos destinados
a la población lactante?
Se deberá indicar el número de beneficiarios de la población lactante, es decir, el
número de niños menores de 2 años. Los lactantes únicamente podrán recibir
alimentación infantil, es decir, cereales infantiles y potitos
b) ¿Cómo se debe contabilizar el número de beneficiarios que consumen los
alimentos destinados a la población infantil?
Se deberá indicar el número de beneficiarios de la población infantil es decir, el
número de niños entre 2 y 8 años. En este grupo también se podrá contabilizar a
los adultos que requieran una alimentación especial, generalmente ancianos, en
aquellos casos debidamente justificados. Los adultos que requieran una
alimentación especial deberán contabilizarse en este grupo y no en el de “población
adulta”
Los beneficiarios incluidos en este grupo podrán recibir todos los alimentos excepto
los potitos que están destinados únicamente a lactantes.
Página 16 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
c) ¿Cómo se debe contabilizar el número de beneficiarios que consumen los
alimentos destinados a la población adulta?
Se deberá indicar el número de beneficiarios de la población adulta, es decir, el
número de personas mayores de 8 años. En este grupo no se deben contabilizar
los adultos que requieran una alimentación especial y que se hayan incluido en el
apartado b) La población adulta podrá recibir todos los alimentos a excepción de
potitos, cereales infantiles y leche de continuación en polvo.
El número total de beneficiarios de una entidad deberá ser siempre superior a 10.
Es recomendable que la entidad benéfica informe a los beneficiarios de que
únicamente podrán recibir alimentos de la Unión Europea a través de una
sola entidad benéfica autorizada y que, en ningún caso, podrán acudir a
varias entidades para recibir estos alimentos.
21 COMO CUMPLIR CON LA LEY ORGÁNICA 15/1999, DE 13 DE DICIEMBRE,
DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
1) La entidad benéfica deberá cumplir con las obligaciones establecidas en dicha
norma que se pueden consultar en la web de la Agencia Española de Protección de
Datos: www.agpd.es dentro de “canal responsable” pinchando en “obligaciones”.
2) Entre estas obligaciones está la de dar de alta el fichero de datos personales de
los beneficiarios en el Registro General de Protección de datos de la Agencia
Española de Protección de Datos. Se entiende por fichero, el conjunto de toda la
información concerniente a los beneficiarios de los alimentos del Plan. Para dar de
alta un fichero en dicho Registro se deberán seguir los pasos establecidos en el
apartado “Inscripción de ficheros” dentro del apartado “canal responsable” de la
web: www.agpd.es
Para más información se podrá contactar con el teléfono de atención al ciudadano
de la Agencia Española de Protección de datos:
901 100 099
912 663 517
.
Página 17 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
ANEXO 1: FICHERO DE BENEFICIARIOS
REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN EL
FICHERO DE BENEFICIARIOS
A. REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR LA INFORMACIÓN A INCLUIR EN EL
FICHERO “PLANTILLA DE BENEFICIARIOS EB”
El fichero está compuesto por las siguientes columnas que deben cumplir
escrupulosamente con los siguientes requisitos formales:

Nº ORDEN: es el número secuencial con el que se detallan las distintas
unidades familiares incluidas en el fichero (P.e: 1, 2, 3,4, etc...)

NOMBRE DE ENTIDAD: se debe introducir el nombre completo de la
entidad benéfica.

BENEFICIARIO/ APELLIDOS Y NOMBRE: se debe incluir los apellidos y el
nombre del representante de la unidad familiar que recibe/consume los
alimentos. Se debe introducir los datos en ese orden, primero los apellidos y
luego el nombre. Este campo debe ser rellenado obligatoriamente.

NIF/NIE/PASAPORTE: se debe incluir el dato del documento identificativos
del representante de la unidad familiar. Este campo debe ser rellenado
obligatoriamente.
Página 18 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013

< 2 años: se deben reflejar el número de miembros menores de dos años
que compongan la unidad familiar.

2-8 años: se deben reflejar el número de miembros de la unidad familiar
entre 2 y 8 años y adultos que requieran alimentación especial.

RESTO: se deben reflejar el número de miembros de la unidad familiar
mayores de 8 años excluyéndose los adultos que requieran alimentación
especial contabilizados en el grupo anterior

TOTAL: se deben reflejar el número total de miembros de la unidad familiar
incluido el representante de la unidad familiar y la pareja.

PAREJA/ APELLIDOS Y NOMBRE: se debe incluir los apellidos y el
nombre de la pareja del representante de unidad familiar que
recibe/consume el alimento Se deben introducir los datos en ese orden,
primero los apellidos y luego el nombre

NIF/NIE/PASAPORTE: se debe incluir el dato del documento identificativos
de la pareja del representante de la unidad familiar. .
NOTA IMPORTANTE: NO SE DEBERÁ INCLUIR O INCORPORAR NINGÚN
CAMPO ADICIONAL A LOS ESTABLECIDOS EN EL MODELO DE FICHERO
PROPORCIONADO POR EL FEGA
Página 19 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
ANEXO 2
PROPUESTA DE DISTRIBUCION DE ALIMENTOS DEL PLAN 2013 DE AYUDA
ALIMENTARIA A LAS PERSONAS MAS NECESITADAS DE LA UE
ENTIDAD BENEFICA
Para que la entidad reciba los alimentos del Plan, es imprescindible que facilite
la información precedida de un asterisco (*) y marcada en negrita. La
aportación del resto de la información se podrá tener en cuenta para priorizar la
propuesta.
DATOS GENERALES
*Denominación:……………………………………………………………………………..
* CIF: …………………………………………
* Domicilio social………………………………………………………………………….
Municipio (social): …………………………Provincia:………………………………….
* Código postal (domicilio social): ……………………………
* Domicilio donde se almacenan/reparten o consumen los alimentos2…….……
……………………….……………………………………………………………………….
*Municipio (almacén): ……………………………………* Provincia (almacén):
…………………………………..* Código postal (almacén): ………………………
Señalar con una X lo que proceda:
* Entidad legalmente registrada
*Entidad exenta de registro3
Si la entidad no está exenta de registro:
* Nº de Registro4: …………………………….
* Autoridad registral5:……………………………………………………………………
* Representante legal:
* Nombre y Apellidos …...............…..………………………………………….
* DNI ………………………………….
Indicar, al menos, uno de los tres medios de comunicación siguientes:
Teléfono: …………………………………….
Fax: ……………………………………
2
En caso de que coincida con el domicilio social, indicar simplemente “el mismo”.
Están exentas las parroquias, circunscripciones territoriales y diócesis de la Iglesia católica.
4
Este será un dato obligatorio siempre que se marque la casilla entidad legalmente registrada.
5
Este será un dato obligatorio siempre que se marque la casilla entidad legalmente registrada.
3
Página 20 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
Correo electrónico: ………………………………………………………………………...
*Persona de contacto:
* Nombre y Apellidos …...............…..………………………………………….
* DNI ………………………………….
Indicar, al menos, uno de los tres medios de comunicación siguientes
Teléfono: …………………………………….
Fax: ……………………………………
Correo electrónico: ………………………………………………………………………...
DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD ASISTENCIAL
* Tipo de entidad (señalar con una X lo que proceda)
Servicios sociales de la Administración
Entidad religiosa católica
Entidad religiosa otras confesiones
Asociación
Fundación
Asamblea de Cruz Roja Española
Otros (especificar)
……………………………………………………………………..
* Tipo de distribución6 (señalar con una X lo que proceda)
Reparto
Consumo
*Tipo de beneficiario al que se atiende (señalar con una X lo que proceda y
únicamente se deberá señalar una opción)
Personas mayores.
Infancia y juventud.
Mujeres.
Transeúntes, sin techo y no domiciliados
Inmigrantes.
6
En caso de que la entidad proponga ambas formas de distribución se cumplimentarán dos propuestas, una
para cada actividad.
Página 21 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
Drogodependientes
Grupos étnicos.
Enfermos.
Personas con discapacidad
Atiende a distintos colectivos, (familias, etc), con dificultades
económicas que conllevan a una exclusión social.
* Número de beneficiarios de los alimentos7
Adultos8 ……………………………………….
Población infantil/alimentación adulta especial9 ……………………..
Lactantes10 …………………………………….
Condiciones de la distribución
Solo para entidades de reparto (señalar con una X lo que proceda)
Periodicidad del reparto (a un mismo beneficiario)
Semanal
Mensual
Trimestral
Una vez por cada fase del Plan
Otros (especificar)
………………..………………………….
Solo para entidades de consumo
Tipo de comida/-s que se sirven diariamente (señalar con una X lo que
proceda)
Desayuno
Almuerzo
Merienda
7
En las entidades de reparto se contabilizará el número promedio de personas a las que se entregan los
alimentos. En las de consumo, el número promedio de personas a las que se da de comer al día. Cada persona
se contabilizará una única vez, aunque se le entreguen o consuma alimentos en más de una ocasión. El número
total de beneficiarios deberá ser superior a 10.
8 Indicar el nº de beneficiarios de + de 8 años. No se deberá incluir en este apartado los adultos que requieren
alimentación especial que se incluirán en el grupo población infantil. Este grupo podrá recibir todos los
alimentos a excepción de cereales infantiles y potitos. .
9
Indicar el nº de beneficiaros entre 2 a 8 años + el nº de personas adultas que requieran una alimentación
especial: (por ejemplo, ancianos).) Este grupo podrá recibir todos los alimentos a excepción de potitos
10
Indicar el número de beneficiarios menores de 2 años. Este grupo podrá recibir únicamente cereales
infantiles y potitos
Página 22 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
Cena
Para todas las entidades (señalar con una X lo que proceda)
*La entidad distribuye los alimentos entre las personas necesitadas de
acuerdo a unos criterios de selección de los beneficiarios
SI
NO
En caso afirmativo, indicar la relación de los criterios empleados
…………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………
.
*La entidad dispone de una valoración de la situación de necesidad de
los beneficiarios (realizada por la propia entidad, los servicios sociales,
etc)
SI
NO
Existe vinculación de los beneficiarios a la entidad (socio, afiliado, etc)
SI
NO
La entidad presta otros servicios asistenciales (sanidad, formación, etc)
SI
NO
Otra información de interés que la entidad desee manifestar ………………………..
………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………
Página 23 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
ALIMENTOS A DISTRIBUIR
* Alimentos que la entidad propone distribuir entre los beneficiarios (señalar
con una X lo que proceda)
Arroz
Lentejas
Garbanzos
Harina
Leche UHT
Queso parafinado
Aceite de oliva
Tomate frito en conserva
Pasta alimenticia
Galletas
Cereales infantiles
Judías verdes en conserva
Fruta en conserva sin azúcar
añadido
Potitos
COMPROMISOS QUE CONLLEVA LA DISTRIBUCION
Es imprescindible que la entidad conozca y asuma los siguientes compromisos,
cuyo cumplimiento podrá ser comprobado por las autoridades competentes.
1. La entidad está legalmente constituida como entidad sin ánimo de lucro y no
es una sociedad mercantil.
2. La entidad está inscrita en el registro correspondiente (Ministerio del
Interior, Registro de Fundaciones, Ministerio de Justicia, registro de su
comunidad autónoma, etc.), o es una entidad benéfica religiosa exenta de
registro (parroquias, circunscripciones territoriales y diócesis de la Iglesia
católica).
3. Entre sus fines estatutarios se encuentra la prestación de asistencia social y
la atención a personas y colectivos desfavorecidos.
4. Los alimentos se pondrán a disposición de los beneficiarios de forma
gratuita, sin repercutir cantidad económica alguna sobre los mismos.
Asimismo, la entidad no recibirá contraprestación económica, ni de ningún
otro tipo, por las tareas que lleve a cabo en la distribución de alimentos. En
caso de que exista una aportación económica en forma de cuota esta no
Página 24 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
estará vinculada en ningún caso a la entrega de alimentos que será siempre
gratuita.
5. La entidad puede justificar el número de personas necesitadas a las que
declara atender, así como los criterios de selección y de valoración de la
situación de necesidad de las mismas y, en el caso de entidades de reparto,
el sistema de reparto de los alimentos entre todas ellas.
6. La entidad dispone de medios, humanos y materiales suficientes para
realizar la correcta distribución de los alimentos entre los beneficiarios a los
que atiende.
7. En el caso de las entidades de reparto, la entidad dispone de una relación
actualizada de los beneficiarios destinatarios de los alimentos del plan, así
como de los documentos justificativos de entrega de los mismos
debidamente cumplimentados, que debe ajustarse, al menos, al modelo
establecido en el anexo 2 de la Resolución de 20 de febrero de 2013, del
Fondo Español de Garantía Agraria, por la que se establece el
procedimiento para la designación de las organizaciones caritativas y los
requisitos que deben cumplir las entidades benéficas, encargadas de la
distribución de alimentos en el marco del Plan 2013 de ayuda alimentaria a
las personas más necesitadas de la Unión Europea.
8. La entidad se compromete a retirar los alimentos en la fecha, hora y lugar
que le comunique el centro de almacenamiento y distribución (CAD) de la
organización designada que le corresponda, a devolver a dicho CAD los
alimentos que no vaya a utilizar con una antelación suficiente a su caducidad
para que puedan ser redistribuidos a otras entidades; a no ceder por su
cuenta los alimentos a ninguna otra entidad aunque también distribuya
alimentos del Plan; a comunicar al CAD, con la mayor brevedad posible,
cualquier tipo de incidencia en la distribución, sin tomar ninguna decisión
individual sin el consentimiento del CAD, y a informar al CAD de cualquier
cambio en los datos recogidos en la presente propuesta.
9. La entidad realiza el tratamiento de los datos de carácter personal
relacionados con el Plan de ayuda alimentaria de conformidad con la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal. En particular, informa a los beneficiarios y recaba su
consentimiento para que sus datos sean comunicados a las autoridades
competentes en materia de control encargadas de verificar el correcto
desarrollo del Plan.
10. La entidad se compromete a colaborar con las autoridades competentes,
debidamente acreditadas, en la realización de actuaciones de control a fin
de supervisar el correcto desarrollo del Plan de ayuda alimentaria,
facilitándoles el acceso a los locales donde se almacenen y se consuman o
repartan los alimentos y a la información que justifique el destino final de los
alimentos.
11. La entidad se compromete a conservar los documentos y justificantes
relacionados con el Plan de ayuda alimentaria durante un periodo mínimo de
Página 25 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
5 años, permitiendo a las autoridades competentes el acceso a los mismos
para efectuar los controles necesarios.
12. La entidad se compromete a exponer claramente en sus instalaciones un
cartel informativo que le será facilitado a tal efecto.
13. La entidad conoce la normativa que regula el Plan de ayuda alimentaria, que
está a su disposición, entre otros, en la página web del FEGA
(www.fega.es), y acepta de forma expresa e incondicional todos sus
requisitos y condiciones que se compromete a asumir.
El incumplimiento de los requisitos anteriores así como la falta de
colaboración de la entidad en la realización de las actuaciones de control
dará lugar a que se interrumpa la distribución de alimentos del Plan de
ayuda alimentaria a través de la entidad benéfica, sin perjuicio de las
demás responsabilidades que se deriven del incumplimiento.
Señalar con una X
*
Declaro que conozco y asumo los compromisos que conlleva la
distribución de alimentos del Plan de ayuda alimentaria a las personas más
necesitadas de la Unión Europea, en mi calidad de representante de la
entidad benéfica que formula la presente propuesta.
* En ………………………………….., a … de ……………….. de 2…….
* Firma del representante legal de la entidad benéfica
*
Fdo.
……………………………………………………………………………………….
por
* Sello de la entidad benéfica
Página 26 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
Las entidades que presenten una propuesta por primera vez deberán acompañarla
de:
- Copia de los estatutos de la entidad
- DNI del representante legal
- Copia del NIF
- Documentación acreditativa de que la entidad está legalmente
registrada
-
Última memoria de actividades realizada
- Un compromiso de disponer de listado actualizado de beneficiarios a
los que atiende11
Posteriormente, deberán presentar esta documentación únicamente cuando haya
cambios.
Esta propuesta consta de (8) páginas.
11
Este listado deberá ser puesto a disposición de las autoridades competentes cuando así lo soliciten.
Página 27 de 28
MINISTERIO
DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN
Y MEDIO AMBIENTE
FONDO ESPAÑOL DE
GARANTÍA AGRARIA
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
ANEXO 3
NOTA DE ENTREGA DE ALIMENTOS PLAN 2013 AYUDA ALIMENTARIA UE
DATOS DE LA ENTIDAD BENÉFICA
NOMBRE ENTIDAD BENÉFICA:
…………………………………………………………………..
DIRECCIÓN DE LA ENTIDAD BENÉFICA:
……………………………………………………………….….
…………………………………………………………....…….
DATOS DE LA UNIDAD FAMILIAR
NOMBRE Y APELLIDOS DEL CABEZA DE FAMILIA:
………………………………………………………………..…...
D.N.I./N.I.E/Pasaporte.…..………...…… Teléfono: …….......
DOMICILIO:
Calle: ……………….……………….………………………….
Localidad: ……………………..………… CP: ………………
MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR
Bebés (menores de 2 años)
Niños (de 2 a 8 años)
Adultos (mayores de 8 años)
Nº TOTAL MIEMBROS UNIDAD FAMILIAR
AUTORIZACIÓN PARA RETIRAR LOS ALIMENTOS si
quién los retira no es el cabeza de familia. En este caso, el cabeza
de familia debe cumplimentar esta autorización por escrito y se
debe adjuntar una fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte del mismo.
La persona que retire los alimentos deberá identificarse con su
DNI/NIE/Pasaporte.
NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA AUTORIZADA……….
………………………....................................... ….……………
DNI/NIE/Pasaporte….……………………………………...
FIRMA DEL CABEZA DE FAMILIA:
●LAS ENTIDADES BENÉFICAS ESTÁN
SOMETIDAS A CONTROLES POR LAS
AUTORIDADES COMPETENTES.
●LOS ALIMENTOS RECIBIDOS SON
GRATUITOS.
●ESTÁ PROHIBIDA SU VENTA.
●ESTÁ PROHIBIDA SU CESIÓN O ENTREGA A
OTRAS ENTIDADES BENÉFICAS.
●LOS ALIMENTOS RECIBIDOS SON PARA LA
UNIDAD FAMILIAR DE LA PERSONA QUE HA
RECOGIDO LOS ALIMENTOS.
ALIMENTOS RECIBIDOS
LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en la ley Orgánica
15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal, se le informa que los datos personales
obtenidos mediante la cumplimentación de este
documento, van a ser incorporados, para su tratamiento,
en un fichero cuyo titular es la entidad benéfica.
Asimismo se le informa que la recogida y tratamiento de
dichos datos tiene como finalidad exclusiva el control de
los alimentos entregados y de las familias que los reciben
dentro del Plan de ayuda alimentaria a las personas más
necesitadas llevada a cabo por el Fondo Español de
Garantía Agraria (FEGA).
De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica,
puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición dirigiendo un escrito a esta
entidad benéfica.
Arroz
Lentejas
Garbanzos
Harina
Leche UHT
Queso parafinado
Aceite de oliva
Tomate frito en conserva
Pasta alimenticia
Galletas
Cereales infantiles
Judías verdes en conserva
Fruta en conserva sin azúcar
añadido
Potitos
CONFORMIDAD
En ____________________, a ________ de _______________________ de ________
Recibí,
Fdo.:
Código documento 251109188041927831
Validación en www.sede.fega.gob.es
Firmado por:YENES GARCIA PEDRO PASCUAL Fecha: 30/04/2013
ALIMENTOS CORRESPONDIENTES AL PLAN……..
Entregué,
Responsable entidad benéfica
(1)Se entiende por envase el número de unidades incluidas en cada caja o paquete de alimentos.
Nº
ENVASES (1)