Download ÿþ2 0 1 6 - 0 5 - 2 0 ( 1 ) - Presidencia del Concejo
Document related concepts
Transcript
41. DEPARTAMENTO LEGISLATIVO MUNICIPIO DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA "Dudad de las Esculturas' PROVINCIA DEL CI-VritC0 "2016 año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Argentina " 11 ORDENANZA N° h ' Resistencia, 03 HAY 2015 ACTUACIÓN SIMPLE N° 33763-C-16 VISTO: Ley Provincial N° 7.391, y los Artículos 136°) y 137°) de la Carta Orgánica Municipal; y CONSIDERANDO: Que la Ley Provincial N° 7.391 instituye de Interés Provincial el día 5 de mayo de cada año, como "Día Provincial de la Enfermedad Celíaca", en todo el territorio de la Provincia del Chaco; e Que las personas que padecen de celiaquía tienen necesidades diferentes en cuanto a que la dieta que ingieren es más costosa en relación al resto de las personas. La dieta que deben realizar para evitar los síntomas de esta enfermedad consiste en la ingesta de todo tipo de alimentos, que incluye harinas y premezclas que no contengan gluten; Que la enfermedad celíaca es una condición permanente de intolerancia al gluten contenido en diversos alimentos, que ocurre en individuos genéticamente predispuestos, y se manifiesta como una enteropatía mediada por mecanismos inmunológicos, cuyo único tratamiento disponible, hasta el momento, es una dieta libre de gluten. En este sentido, la detección temprana y el tratamiento oportuno revisten fundamental importancia para evitar complicaciones secundarias de esta patología; Que la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, ha sancionado la Ley N° 6.509, a través de la cual adhiere a la Ley Nacional N° 26.588, y la Ley Provincial N° 6.828, la cual Declara de Interés Provincial el estudio, prevención, tratamiento e investigaciones relacionadas con la enfermedad cellaca; Que habiendo establecido por Ley, el día 5 de mayo de cada año, como "Día Provincial de la Enfermedad Celiaca", tiene como objetivo fortalecer el trabajo que se viene realizando en la Provincia del Chaco, desde el Centro Provincial del Celiaco, en la información y difusión de esta temática, a fin de promover durante todo el mes de mayo jornadas, encuentros, talleres que sirvan para poner en conocimiento de la sociedad todo lo que hace a ésta enfermedad, todo lo referido a los métodos de diagnósticos de tratamiento, los servicios de atención especializada, la legislación vigente, etc.; Que dicha campaña de promoción y difusión tiene como objetivo principal el de crear conciencia acerca de la celiaquía; legal; Que por lo expuesto resulta procedente el dictado del presente instrumento Que la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Resistencia en su Artículo 137°), Inciso 2) faculta al Concejo Municipal para el dictado de la presente; Que por ello y lo resuelto por el Cuerpo Colegiado Municipal de la ciudad de Resistencia, en Sesión Ordinaria de fecha 03 de mayo de 2016.- III ,C157: 4> DEPARTAMENTO LEGISLATIVO MUNICIPIO DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA Ciudad de las Esculturas" PROVINCIA DEL CHACO r "201B ailo del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Argentina" 155. ORDENANZA N° 1 1 Resistencia, e 03 hAY 2016 III EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: ARTÍCULO 1°),- ADHERIR a la Ley Provincial N° 7.391 por la cual se declara de Interés Provincial la Institución que, el día 5 de mayo de cada año como "Día Provincial de la Enfermedad Celíaca", en todo el territorio de la Provincia del Chaco.ARTÍCULO 2°).- ADHERIR a todas las actividades que se realicen en conmemoración del Día Provincial de la Enfermedad Celíaca con el objetivo de promover el conocimiento de la enfermedad y sensibilización de la sociedad, las cuales estarán a cargo del Centro del.Celíaco Provincial.• ARTÍCULO 3°).- COMUNICAR y hacer saber la adhesión del Municipio de la ciudad de Resistencia a los organizadores.ARTÍCULO 4°).- REFRENDE la presente la Señora Secretaria del Concejo Municipal.ARTICULO 5°).- REGÍSTRESE, notifíquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su Promulgación y Publicación en forma sintetizada en el Boletín Oficial Provincial, y una vez promulgado, dése conocimiento por Secretaría del Concejo Municipal a las áreas, Instituciones, Organismos o personas interesadas, cumplido, archívese.- • \ I. LAURA AUCIA BALT SECRETAR; Con In Municipal d, SS''Y. MARTINEZ 119 1' i ENTE ,/ PR Sle Reaistencla dii b "2 de abril Dia del Ex-Combatiente de las Malvinas e Islas del Atlántico Sur" Ley -3076 We7;01~ W e 3 itkf 201 ..o e "2014 Allo de la concordia, el diálogo la p &S. Francisco" esTyuda4 64 wacc, i_914-sel2-~ ~jis c‘ cS& %ro-. 7391 ARTÍCULO 1°: Instituyese el día 5 de mayo de cada alío com enfermedad Celíaca", en todo el territorio de la Provincia 1 ARTÍCULO 2°: La autoridad de aplicación de la creado por ley 6.828, que coordinará con o públicos las actividades a realizarse. d rante dy promover el conocimiento de la enfe • ARTÍCULO 3°: Registres de la Centro gel Celíaco, stituciones y organismos ri de mayo , con el objetivo de ilización de la socieda . se al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Cámara de Diputados de la Provincia del a haco, a los , treinta días del mes de abril del año dos mil catorce. / D. B A CAMA S DE DIP Bea VICE Á ID NTA 1 DE DIPUTA OS 7 O ORE la rr AciOu MOSIIMUPO IWW WWUMUM 1144 -S. fr.ing,Ictr 15y "2014, Alio de la r.altarliaCL:br,D. y In MOVINCIA DEL CHACO ODER EJECUTIVO n1 RESISTENCIA, A A 1;2 :014 VISTO: La sanción legislativa N°7.391; y CONSIDERANDO: tonales, las emanadas de procede su premulgación; Que conforme a las dispos la Ley N° 4.647, y no habiendo obseNacion Por ello; DOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO EN EJERCICIO DECRETA: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Checo, la sanción A ° 7.391, cuya fotocopia autenticada forma parte integrant'e del presente leg I Decr o Articulo 2° archívese Comuníquese, dése al Registro Provincial, publiquese eh el holetin Oficial y DECRETÓ N° 7 16 or. tuktcaos Ogárn CIA 00 ØE LA p:OV;M gC1tJ0 non . 0M0 0 -'91111000 91/0715 MORO (O CBWID ES FOTOCOPIA EL DEL ORIGINAL IZ DIAZ NtiOtI MAUI« YR° mitoltinvo. ooptIkAeloN mogiunmers1113 , Mit tall. I 1f Wrolfillar Municipio de Resistencia FROVINCIA DEL CHACO Ciudad de las Esculturas 0537 RESOLUCIÓN N° Resistencia, 0 9 MAY 2016 VISTO: La Actuación Simple N° 33763-C-16 y la Ordenanza N° 11790; y CONSIDERANDO: Que por la Ordenanza citada en el Visto, se adhiere a la Ley Provincial N°7391 por la cual se declara de Interés Provincial la institución del día 5 de Mayo de cada año como "Día Provincial de la Enfermedad Celíaca", en todo el territorio de la Provincia del Chaco. Que habiendo tomado conocimiento el Departamento Ejecutivo Municipal del contenido de dicha Ordenanza, y en virtud de fortalecer el trabajo que se viene realizando en la provincia sobre el conocimiento de la enfermedad y sensibilización de los ciudadanos, considera procedente adherir a todas las actividades que se realicen en conmemoración. Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 159° inciso 12 de la Carta Orgánica Municipal, se considera pertinente su promulgación dictando el instrumento legal correspondiente. Por ello: EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA RESUELVE: PRIMERO: PROMULGAR la Ordenanza N? 11790 de fecha 03 de Mayo de 2016. SEGUNDO: REFRENDAN la Señora Secretaria General y el Sr. Secretario de Cultura, Turismo y Deporte. TERCERO: REGISTRESE, notifíquese, comuníquese a las partes y dependencias interesadas a sus efectos. Cumplido. Archívese. 01 t.JORGE MILT DAN. BENITEZ MOLAS Witrlb de Culture, ,› Cifttainte y Deporte MudIcidio de Resistencia pETRIV ora•TNR1 A G ENsPflii- secREulEstsubicia MUNICIPIO D NO TE MUNICIPIO DE RESISTENCIA