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REGLAMENTO INTERNO CONCURSOS
FESTIVAL DE MUSICA VALLENATA EN GUITARRA DE CODAZZI
La Junta Directiva de la Fundación Fiestas Patronales, Folclóricas y Culturales de Codazzi FIPACOD,
cumpliendo lo establecido en su Cuerpo de Estatutos y teniendo en cuenta la necesidad de organizar,
implementar y contextualizar los derroteros que regirán la legalidad y formalidad de los diferentes
concursos que se desarrollen en las distintas versiones del Festival Vallenato Interpretado en
Guitarra que se lleva a cabo a mediados del mes de Agosto de cada año en esta ciudad, se permite
expedir los Reglamentos que deberán acoger, cumplir, acatar y respetar todos y cada uno de los
participantes inscritos a las respectivas Versiones del Festival de Música Tradicional Vallenata en
Guitarras en la Modalidad de Tríos en los ritmos de: Merengue, Paseo, Son; Canción Inédita en
cualquiera de los cuatro (4) aires del Género Vallenato y Piquería.
TITULO I
CONCURSOS DE TRIOS TIPICOS DE MUSICA TRADICIONAL VALLENATA EN GUITARRA
CAPITULO I
DE LA DEFINICION DE TRIOS Y SUS CATEGORIAS
ARTICULO 1° Un Trio Típico de Música Tradicional Vallenata en Guitarra es un grupo de tres personas,
que en forma melodiosa y armónica interpretan Música Tradicional Vallenata en Guitarra con los tres
instrumentos organológicos: Guitarra Puntera, Guitarra acompañante y Guacharaca en tres de los
cuatro aires tradicionales: Paseo, Merengue y Son.
ARTICULO 2° Los instrumentos musicales de estos Tríos serán necesariamente, la Guitarra Española
o de cajón electroacústica (en cualquiera de sus marcas, tamaños y tonos) y la Guacharaca de caña
brava o caña lata, que se han venido utilizando tradicionalmente en la elaboración de este instrumento
musical.
ARTICULO 3° Instrumentos que no se ajusten rigurosamente a estas especificaciones no podrán ser
utilizados por los Tríos inscritos en este concurso.
ARTICULO 4° En el presente concurso los Tríos se han clasificado en tres (3) categorías que son:
Profesional, Aficionados e Infantil, cuyas características están definidas en los siguientes artículos:
ARTICULO 5° En la Categoría Profesional se ubican aquellos Tríos cuyos integrantes de manera
individual o grupal interpretan Música Tradicional Vallenata en Guitarra como una actividad de
trabajo remunerado, de manera habitual o esporádica; son los que de manera regular se lucran con
la firma de contratos, grabaciones de discos o cualquier otro medio de índole comercial, recibiendo
ingresos a través del ejercicio profesional de la actividad musical.
ARTICULO 6° En la Categoría de Aficionados se encuentran los Tríos cuyos integrantes de manera
individual o grupal interpretan la Música Tradicional Vallenata en Guitarra como una mera afición, sin
que se constituya necesariamente esta actividad como medio de subsistencia, y que habiendo hecho
esporádicamente , grabaciones o presentaciones comerciales, no tienen esta actividad como su
fuente de sustento permanente. Estos concursantes deben ser mayores de dieciocho (18) años.
ARTICULO 7° La Categoría Infantil corresponde a los Tríos cuyos integrantes son mayores de siete
(7) y menores de catorce (14) años, que ejecutan la Música Tradicional Vallenata en Guitarra como
simple afición y con miras al perfeccionamiento musical. En esta Categoría el acompañante solo
debe participar en esta única categoría y se le permitirá acompañar a otros Tríos
ARTICULO 8° Cada Trio deberá estar integrado por personas de igual categoría musical a la que se
inscriben. Un guacharaquero de nivel Profesional no podrá acompañar a guitarristas Aficionados. Sin
embargo como excepción previa autorización por la Coordinación General del concurso, un
acompañante del nivel Aficionado si podrá acompañar en la categoría Profesional, siempre y cuando
no se encuentre inscrito en el certamen. Con la claridad que una vez participe en la categoría
Profesional no podrá regresar a la categoría Aficionado en el desarrollo del evento.
PARAGRAFO 1° los integrantes que conforman los Tríos inscritos en las categorías: Profesional,
Aficionado e Infantil, deberán permanecer integrados sin disolución alguna desde el momento de su
inscripción hasta su participación final en el concurso; lo que implica que cada participante debe
integrar un solo Trio. La no observación de esta norma, será causal de descalificación del grupo. Solo
se permitirá el cambio de un integrante en los casos de fuerza mayor o casos fortuitos debidamente
probados y autorizados por la Coordinación General del concurso, con la observación de que el nuevo
participante del grupo no debe estar inscrito en ninguna de las categorías del certamen. No se
admiten inscripciones a través de terceros en ninguna de las categorías.
PARAGRAFO 2° Todos los miembros participantes, en las diferentes categorías, deben permanecer
durante el concurso y la final del mismo en el rango de edad respectivo exigidos dentro de los
Artículos 5°, 6° y 7° como requisito de cada categoría. Si durante el concurso y la final sobrepasan
los límites de las edades respectivas quedarán automáticamente descalificados, perdiendo su
condición de participantes
CAPITULO II
DE LOS OBJETIVOS
ARTICULO 9° Los objetivos fundamentales del concurso de Tríos Típicos de Música Tradicional
Valllenata en Guitarra son:
1.
Conservar, difundir y preservar la auténtica Música Tradicional Vallenata en Guitarra que la
interpretan dentro y fuera del país.
2. Estimular, la creatividad interpretativa, difusión y conocimiento dela Música Tradicional
Vallenata en Guitarra con sus tres instrumentos típicos: Guitarra puntera, Guitarra
acompañante y Guacharaca y en tres (3) de sus cuatro (4) aires tradicionales: paseo,
merengue y son, a nivel nacional e internacional.
3. Ofrecer la oportunidad de dar a conocer ampliamente en el ámbito cultural y artístico del
país y fuera de él, a los juglares, guitarristas, compositores, músicos, cantantes, gestores e
intérpretes de la Música Tradicional Vallenata en Guitarra, fomentando el respeto,
reconocimiento y solidaridad que merecen en su calidad de hacedores de cultura.
4. Propender por el bienestar de los compositores, juglares, guitarristas, músicos, cantantes,
gestores e intérpretes de la Música Tradicional Vallenata en Guitarra y de su entorno familiar.
CAPITULO III
DEL REQUISITO INDISPENSABLE
Artículo 10° Para poder participar en este concurso de Tríos Típico de Música Tradicional Vallenata
en Guitarra es indispensable que todos los integrantes del Trio conozcan bien, admitan y pongan en
práctica las normas que contienen los Reglamentos correspondientes.
ARTICULO 11° Cumplido este requisito y decidida la participación deben solicitar, llenar debidamente
y firmar, consignando el número de su documento de identidad, la planilla de inscripción que expide
FIPACOD, donde aceptan y se someten a lo que aquí se establece.
CAPITULO IV
DE LAS INSCRIPCIONES
Artículo 12° Las inscripciones son personales para los Tríos residentes en el municipio de Agustín
Codazzi, en línea [email protected] o por correo certificado para aquellos no
residentes o que estén imposibilitados para hacerlo personalmente.
Para efectuar estas inscripciones se establece un tiempo amplio y suficiente en fechas y horas
estipuladas previamente por FIPACOD. Después de esta fecha y horas no se aceptan inscripciones.
ARTICULO 13° los Tríos: Profesionales, Aficionados e Infantiles, deben inscribirse a través del
Guitarrista Puntero, quien será responsable del Trio, solo en casos excepcionales, FIPACOD acepta
las inscripciones por intermedio de cualquier otro integrante del Trio previa autorización notarial del
Guitarrista puntero.
1. Los Tríos deben diligenciar el formulario y llenar los requisitos que podrán descargar de la
página, aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía dimensión al 150% y dos fotografías
impresas tamaño documento de cada uno de los integrantes.
2. En el caso de los Tríos Infantiles, los menores de edad deben aportar el Registro Civil o
fotocopia de la Tarjeta de Identidad ampliada al 150%.
CAPITULO V
DE LA COMPETENCIA PRELIMINAR
ARTICULO 14° Los integrantes de los Tríos deben estar presentes en las oficinas de la FIPACOD, o
en cualquier sitio que ésta determine, a reclamar las credenciales que los acreditan como
participantes, y a recibir instrucciones precisas sobre el desarrollo de la competencia.
ARTICULO 15° Una vez recibida credencial e iniciado el Festival, los Tríos deberán estar atentos y
pendientes de las informaciones que por medio de boletines de prensa emitida por la FIPACOD, donde
serán difundidos los cambios o modificaciones a que haya lugar durante el desarrollo preliminar del
evento.
ARTICULO 16° El orden de presentación de los Tríos para las competencias preliminares y finales,
se establece, dentro de cada categoría, por grupos de número indeterminado, de acuerdo con la
cantidad de participantes y por estricto orden alfabético en cuanto al apellido del representante de
cada Trio
PARAGRAFO. El Coordinador de los concursos fijará en cartelera en lugar visible los nombres y el
orden en que deberán presentarse los Tríos. Los presentadores anunciarán en las diferentes tarimas
el turno correspondiente de los Tríos concursantes
ARTICULO 17° los Tríos deben estar en el sitio indicado, ante el jurado correspondiente, en los días
señalados y a la hora establecida por la organización FIPACOD y competirán en igualdad de
condiciones ejecutando los tres aires tradicionales de la Música Tradicional Vallenata en Guitarras
por estricto orden alfabético: Merengue, Paseo y Son.
ARTICULO 18° Los Tríos no podrán adquirir compromisos particulares para presentaciones privadas
o públicas que interfiera sus presentaciones en las competencias; como también deberán respetar
a los jurados asignados, horas y sitios escogidos por la organización.
PARAGRAFO. La Agrupación o Trio de Codazzi, que intervenga en los conciertos, no podrán participar
en los concursos.
ARTICULO 19° En caso de rotura o daño en algún instrumento del Trio que está compitiendo, debe
ser autorizado su cambio por el coordinador de concurso de la FIPACOD, autorizando la oportuna
sustitución por otro que esté en buen estado y de las mismas características al instrumento dañado.
CAPITULO VI
DEL JURADO Y DE LAS CALIFICACIONES DE LOS TRIOS DE MUSICA TRADICIONAL VALLENATA EN
GUITARRAS EN TODAS SUS CATEGORIAS
ARTICULO 20° Para escuchar, analizar y calificar las actuaciones de los competidores, tanto en las
rondas preliminares como en la noche final, la Junta Directiva de la FIPACOD nombrará un
Coordinador General de Concursos que se encargará de proponer un listado de personas idóneas
para que la Junta Directiva elija el grupo de jurado de rondas preliminares. En relación con las finales
de los concursos la designación de los jurados estará bajo la responsabilidad del Presidente Ejecutivo
y/o la Junta Directiva. Serán impares de cinco (5) o siete (7) integrantes conformados por personas
honorables de reconocidos conocimientos sobre la Música Tradicional Vallenata en Guitarras y de
absoluta solvencia ética y moral que garanticen a organizadores, competidores y público en general
una calificación idónea.
ARTICULO 21° Para la correcta prestación de su valiosa colaboración, los jurados se ciñen a lo
establecido en el presente Reglamento y se regirán por el Manual para el Jurado emitido por la
FIPACOD, donde se contemplan minuciosamente sus obligaciones y deberes, así como las causales
por las que podrán ser recusados o removidos. Este Manual debe ser leído y analizado por los
Jurados y concursantes días antes de su presentación.
PARAGRAFO. En el evento de presentarse alguna causal de recusación en contra de uno o de los
jurados, el concursante presentará la respectiva queja escrita al Coordinador de Concurso o en su
defecto al Coordinador General de Concursos que en asocio con la Junta Directiva las resolverá.
ARTICULO 22° Los Jurados, para las competencias preliminares, calificarán con base en, un puntaje
mínimo de 50 puntos en una escala numérica consecuencial que llegue máximo hasta 100; las casillas
deben llenarse en números arábigos (ejemplo 51, 52, 53…100) en forma clara y precisa. Esto de
acuerdo, con las explicaciones contenidas en las planillas de calificación se anotará, de manera
consciente y justa el puntaje que, a juicio de cada jurado, merezcan los interpretes de cada
instrumento y armonía.
PARAGRAFO. El máximo puntaje para cada uno de los aires (Merengue, Paseo y Son) es de 300
puntos. Es decir, que el acumulado deberá arrojar un máximo de 900 puntos. El tiempo máximo
reglamentario para cada canción es de cuatro (4) minutos. Si la duración de alguna de las canciones
interpretadas sobrepasa el tiempo límite, la calificación total del Trio correspondiente bajará a un
20%.
ARTICULO 23° las planillas antes dichas, pueden ser observadas en la Secretaría de la FIPACOD, o
en las oficinas que la Fundación designe, por los participantes antes de que se inicie el concurso.
Los concursantes además pueden y deben solicitar a la Secretaría de la FIPACOD una amplia y
detallada explicación sobre el funcionamiento de las planillas para que conozcan perfectamente el
sistema por medio del cual se les califica.
PARAGRAFO 1. Para la calificación de las tres categorías: Profesional, Aficionado e Infantil, las
planillas además del nombre y apellido de los concursantes o Treos contiene los respectivos espacios
para la calificación de: Guitarrista Puntero; Guitarrista Acompañante, Guacharaquero y armonía del
Trio; ritmo, categoría, nombre y firma del jurado calificador, firma del Coordinador de tarima y fecha.
PARAGRAFO 2. Los jurados calificarán únicamente en las planillas numeradas y anotarán en cada
casilla el puntaje que le asignen a cada intérprete y armonía.
PARAGRAFO 3. En caso de la utilización de tabletas digitales, la FIPACOD, optará el mismo sistema
de calificación de las planillas, los cuales irán al centro de cómputo y/o a las planillas que mostrarán
las sumatorias de las calificaciones al público de manera inmediata. No obstante lo anterior, es
obligatorio y de estricto cumplimiento mantener el soporte físico de dichas calificaciones.
ARTICULO 24° Cada Trio se considera como un todo musical, pero sus integrantes se van calificando
individualmente de acuerdo con la inspiración, destreza y calidad que demuestren en la interpretación
de los instrumentos que se ejecutarán y la armonía del Trio.
ARTICULO 25° En el evento de presentarse empate en las preliminares, en lo tocante a la primera
ronda, la Junta Directiva de la FIPACOD, determinará en su saber y entender la forma más idónea
para solucionar dicho empate. Para las demás rondas se tendrá en cuenta para efecto de desempate
las calificaciones acumuladas de los concursantes en las anteriores eliminatorias.
ARTICULO 26° El Coordinador de Concurso será el único encargado de recoger las planillas
calificadas por los jurados y entregarlas al centro de cómputo.
ARTICULO 27° Una vez la Fundación digite los puntaje individuales, dará a conocer por medio de su
Jefe de Prensa, o del Funcionario designado para ello, con la debida anticipación los nombres de los
Tríos clasificados para las siguientes rondas preliminares y la final, que no serán más de cinco (5),
a fin de que el público los conozca de antemano y ellos mismos se dispongan para la presentación
final ante el Jurado en la velada especial en la que se escogerá Rey de Música Tradicional Vallenata
en Guitarras en las tres (3) categorías.
CAPITULO VII
DEL JURADO Y LA COMPETENCIA FINAL REY DE MUSICA TRADICIONAL VALLENATA EN
GUITARRA
ARTICULO 28°. Una vez publicado los cinco (5) finalistas clasificados en las tres (3) categorías, la
FIPACOD, realizará los preparativos a que haya lugar para garantizar una competencia justa,
profesional y transparente, que lleven a coronar nuevos Reyes de la Música Tradicional Vallenata en
Guitarra.
PARAGRAFO. En la competencia final que se llevará a cabo en la Tarima “Augusto Quintero” del
Parque de la Guitarra “Eloy Quintero Martínez” no se tendrán en cuenta los puntajes acumulados
que traían los Tríos clasificados. En este sentido, los Tríos frente al Jurado y público, tendrán que
demostrar su destreza, habilidad, maestría, versatilidad, armonía y conocimiento de la auténtica
Música Tradicional Vallenata en Guitarra para allí coronarse Reyes en su categoría.
ARTICULO 29° el Jurado de la competencia final para escoger Rey de Música Tradicional Vallenato
en Guitarra, es un grupo impar conformado por tres (3) o cinco (5) integrantes: Personas honorables
de las que se saben poseen sólidos conocimientos sobres los Aires Musicales Tradicionales Vallenatos
en Guitarra y reconocida independencia conceptual que les permita, con absoluta idoneidad y en
forma justa, escuchar, analizar y calificar la interpretación que hacen los Tríos durante la
competencia final para obtener el título de Rey de Música Tradicional Vallenata en Guitarra.
PARAGRAFO. La persona que haya obtenido el título de Rey en cualquiera de las tres (3) categorías
en el año inmediatamente anterior, no podrá ejercer como jurado para la ronda final o elección del
Rey en el año siguiente.
ARTICULO 30° el Jurado, acorde con su dignidad, es también la más alta autoridad durante la
competencia en la Tarima del Parque de la Guitarra o en cualquier otro lugar que, por decisión de la
Junta Directiva haya sido escogido para tal efecto. Sin embargo los participantes y cualquier otra
persona que por excepción, tengan acceso a la Tarima durante el desarrollo del concurso, están
sometidas a las órdenes y deben acatar la coordinación del concurso o Coordinador General si así lo
amerita.
ARTICULO 31° El Jurado, que estará en la Tarima, por excepción, en el lugar que designe la FIPACOD
para este acto, y que tiene a su cargo el escogimiento del Trio que obtendrá el título de Rey en cada
una de las tres (3) categorías, se regirá estrictamente por las normas que contiene este Reglamento
para otorgar dicho título y por las que están establecidas dentro del Manual para Jurados para
ejercer idóneamente sus funciones.
ARTICULO 32° los Tríos finalistas con sus respectivos instrumentos y en perfecta disponibilidad
física, deberán estar al pie de la Tarima en el Parque de la Guitarra, por excepción en cualquier otro
lugar que previamente se haya establecido para este acto, por lo menos con una hora de anticipación,
el día y hora señalados para la velada final.
ARTICULO 33° una vez se dé comienzo al espectáculo final y empiece la última competencia que
definirá al Rey de Música Tradicional Vallenata en Guitarra en cada categoría, al Trio que le
corresponda competir será llamado tres (3) veces con un intervalo de un minuto entre cada llamado;
si la totalidad de los integrante del Trio no han subido a la Tarima, éste quedará descalificado
automáticamente y se llamará al Trio que siga en orden alfabético.
PARAGRAFO. Todos y cada uno de los miembros de la Junta Directiva de la FIPACOD tienen la
obligación y están en disposición permanente de atender y resolver las preguntas., dudas y
problemas que respecto de su atención se les presenten tanto a los Jurados como a los participantes
en los concursos establecidos por la FIPACOD.
ARTICULO 34° para la final de los Tríos de Música Tradicional Vallenata en Guitarra en la categoría
Profesional el jurado calificador podrá utilizar al azar el sistemas de balotas para la escogencia de
máximo dos (2) temas en cualquiera de los aires tradicionales de la Música Tradicional Vallenata en
Guitarra Merengue, Paseo y Son para interpretar en dicha final; el jurado en su saber y entender
determinará el tipo de interpretación que hará cada uno de los Treos concursantes.
ARTICULO 35° no podrá ser Jurado para las preliminares y las finales en todos los concursos
instituidos por la Fundación las personal que tengan parentesco de hasta 4° grado de consanguinidad,
segundo de afinidad y primero civil con los concursantes.
CAPITULO VIII
DE LAS CAUSALES DE DESCALIFICACION
ARTICULO 36° son causales de descalificación automática en el concurso los Tríos Típicos de
Música Tradicional Vallenata en Guitarra las siguientes infracciones:
1. Incumplir, omitir o desconocer voluntaria o involuntariamente cualquiera de las normas
establecidas en este Reglamento.
2. La adulteración de documentos para la inscripción de las diferentes categorías
3. Presentarse a competir con instrumento musical diferentes a los establecidos en estos
mismo instrumento tales como: Guitarra puntera o Requinto, Guitarra acompañante o
armonizante y Guacharaca de caña brava o caña lata.
4. Presentarse a competir, alguno o todos los miembros del Trio, en estado de embriaguez, o
de alteración del mal comportamiento, o bajo los efectos de drogas, estimulantes, o luciendo
vestidos vulgares, escandalosos o insinuantes que riñan con la decencia y las buenas
costumbres del pueblo codacense y de los visitantes.
5. No estar los integrantes de cada Trio en el sitio y horas en el que le corresponde participar
durante las rondas preliminares y finales, no atendiendo con la debida oportunidad los tres
(3) llamados reglamentarios.
6. Convertir en show personal haciendo gestos, contorciones, pases de bailes y movimientos,
las interpretaciones musicales que el Reglamento establece y que el Jurado necesita
escuchar para poder calificar.
7. Suspender el toque o separar las manos de los instrumentos mientras se está ejecutando
una presentación, para hacer con ellas gestos o movimientos teatrales que nada tiene que
ver con el concurso en sí.
8. Es prohibido saludar y hacer versos a los miembros de la FIPACOD, a los miembros del
Jurado, a las autoridades, a los amigos personales del intérprete o a cualquier otra persona
ausente o presente en el público.
9. Dirigirse o referirse a los integrantes del Trio o uno solo de ellos, a los miembros de la
FIPACOD, como a cualquiera de los funcionarios de la Fundación en sus diferentes
actividades y categorías, a los miembros de los Jurados preliminares o finales, a las
autoridades eclesiásticas y militares, en privado o en público, con frases irrespetuosas,
ultrajantes o calumniosas que agredan y lesionen el buen nombre y la moral de las personas
a quien van dirigidas.
10. Agredir de palabras o de hechos, con las manos, con objetos o con armas de cualquier tipo
a cualquier persona dentro de cualquier persona dentro del desarrollo del festival. Propiciar
escándalo público o participar en hechos que atenten contra la normalidad y la tranquilidad
que en medio de la alegría y la confraternidad, ha sido características destacadas del
desarrollo de los festivales del pueblo codacense.
11. La Junta Directiva de la FIPACOD será inflexible en la aplicación de los Reglamentos. Por lo
tanto cualquiera de los participantes que no reúna un mínimo de decencia, buenos modales
y comportamiento digno tanto en lo personal como en lo artístico, será descalificado sin
contemplaciones, así hayan clasificado para la competencia final o aún dentro de ella misma.
12. Las causales de descalificación son automáticas y se harán cumplir por los miembros de la
Junta Directiva de la FIPACOD, por cualquiera de los funcionarios del Festival o por los
Jurados nombrados para los diferentes concursos. En caso de que los infractores presenten
problemas para retirarse una vez haya sido descalificado la Organización de la FIPACOD
recurrirá a las autoridades competentes para que colaboren y hagan respetar este
Reglamento y la buena marcha del certamen.
CAPITULO IX
DE LOS PREMIOS INSTITUIDOS PARA CADA CONCURSOS
ARTICULO 37° La FIPACOD, ha instituido los trofeos xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx en tres categorías:
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX , como el máximo galardón como en su orden, respectivamente, se hacer
acreedores los tres primeros tríos ganadores de cada concurso, (Primero, Segundo y Tercero en las
categorías Profesional, Aficionado e Infantil), independientemente del premio del dinero en efectivo
que la FIPACOD entrega conjuntamente con el trofeo.
ARTICULO 38° En virtud a que el concurso de Música Típica Tradicional Vallenata en Guitarra, la
premiación en dinero se le entregará al Guitarrista quien figura como responsable del Trio.
PARAGRAFO. Se entiende que como el ganador del concurso es el Trio Típico de Música Tradicional
Vallenata en Guitarra, se tendrán como Reyes el Guitarrista Puntero, el Guitarrista Acompañante y al
Guacharaquero, lo cual implica que el Guitarrista Acompañante y el Guacharaquero tendrán su
respectiva premiación como tal.
ARTÍCULO 39° El valor, y los mecanismos para conseguir estos últimos premios, los establece la
Junta Directiva de la FIPACOD, mediante las facultades Estatutarias que posee para la financiación
del Festival.
Definidas las cuantías y su origen, ambos, serán profusamente divulgados en un boletín de prensa.
CAPITULO X
DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS REYES DE MUSICA TRADICIONAL VALLENATA EN
GUITARRA
ARTICULO 40° Es obligación y deber de los Reyes de Música Tradicional Vallenata en Guitarra de
todos los concursos cumplir con la agenda programada por la FIPACOD, durante el año de su reinado.
Esta programación se les informará con la suficiente anticipación.
PARAGRAFO. El Rey que sin mediar una justa causa incumpla reiterativamente hasta tres (3) faltas
con la agenda establecida con la Fundación, durante el año de su Reinado podrá ser sancionado o en
su defecto destituido de su condición de ganador.
ARTICULO 41° Es obligación y deber de todos los Reyes de Música Tradicional Vallenata en Guitarra,
durante la vigencia del Reinado, observar y cumplir las reglas de buenas costumbres y conducta, de
buen comportamiento moral y ético, y el no consumo en público de sustancias sicoactivas y
alucinógenas. La no observancia del presente Artículo es causal de destitución de su condición de
Rey.
TITULO II
CONSURSO DE LA CANCIÓN VALLENATA INEDITA TRADICIONAL
CAPITULO I
DE LA DEFINICION DE LA CANCIÓN VALLENATA INEDITA TRADICIONAL
ARTICULO 42° Entiéndase por Canción Vallenata Inédita aquella que, guardando fielmente las
características propias de este género musical, no ha sido divulgada al público por medio de la radio,
televisión, páginas web o cualquier otros medios de difusión sonora; que no ha sido grabada por la
industria discográfica ni cinematográfica, ni presentadas anteriormente en este Festival ni en
eventos similares
ARTICULO 43° Las canciones Inéditas a participar en el Festival de Música Tradicional Vallenata
deberán ser acompañadas con Guitarra.
ARTICULO 44° Todas las canciones Vallenatas Inéditas que se presenten a este concurso deben ser
originales en música y letra, y ni en lo literario, ni en lo musical podrán incluir parcial ni totalmente
versos o melodías de otros cantos vallenatos o de otros géneros haciéndolos pasar como propios.
ARTICULO 45°. Cuando los Autores, en las letras y melodías de sus canciones, recurran a versos,
frases o expresiones literarias y musicales de otros Autores, deben hacerlo dejando, dentro de la
estructura literaria y musical de la composición, de modo claro y explícito, constancia de que se trata
de una cita que hace de los versos y la música de otro Autor. Valga, a modo de ejemplo, versos que
se nos ocurre:
“Yo pensaba cogé el camino
Que hizo Escalona para subir
Cuando le estaba construyendo
La casa en el aire a su hija mayor
Pero veo que ya no voy a ir
Porque han ido a construí en el sol
Y más allá no voy a subir
Porque pienso hacer algo mejor…
Aquí el Autor hace su propia composición, y como recurso literario perfectamente válido, cita o
inserta un verso ajeno, dejando claro que es ajeno y dándole crédito a su legítimo Autor.
ARTÍCULO 46° los temas o argumento de las canciones son de libre escogimiento de los Autores
pero deben ceñirse a las elementales normas de respeto y consideración, y en general al buen
comportamiento que toda persona de bien debe a los ciudadanos, a las autoridades y a la ciudad en
que reside.
ARTICULO 47° las canciones que aun conservando uno de los cuatro (4) aires clásicos del canto
tradicional Vallenato, incluyan temas o argumentos que se salgan de los parámetros anteriormente
citados, no serán tenidas en cuenta así estén impecablemente construidas en lo musical y en lo
literario. Por lo tanto, no se aceptan canciones que ultrajen o menoscaben a las personas, que salten
o difundan vicios por muy aceptados que estén socialmente, que describan y pretendan encomiar
situaciones sociales irregulares o que tiendan a ensalzar a personas o “personajes de dudosos
méritos“.
CAPITULO II
DE LOS OBJETIVOS
ARTICULO 48° los objetivos de este concurso son: Defender, fomentar, estimular y promocionar la
creación de nuevos cantos Vallenatos que guarden fielmente las características tradicionales de
estos aires musicales; tanto en su contenido como en su construcción y mensajes, dentro de los
cuatro (4) géneros clásicos de la Música Tradicional Vallenata como son: el Merengue, el Paseo, La
puya y el Son.
ARTICULO 49° las Obras que se presenten en este concurso y no guarden ninguna relación con las
condiciones enunciadas en el Artículo anterior, no serán tenidas en cuenta. La Fundación propende
por fomentar el folclor tradicional de la auténtica Música Vallenata, como expresión propia de la
cultura musical de la región; no patrocinando el aumento y proliferación de composiciones en otros
aires, que aunque igual de importantes no calificarían como Auténticos Vallenatos Tradicionales.
Como las Charangas, Paseboles, Baladas, Rancheras y Merengues Dominicanos.
ARTICULO 50° Promover directamente y/o respaldar la divulgación de estas composiciones en el
ámbito Nacional e Internacional, como un justo reconocimiento a los Autores ganadores ya
consagrados y como estímulo a los Autores ganadores nuevos para que tengan la oportunidad de
darse a conocer en el campo artístico y cultural de País y fuera de Él.
ARTICULO 51 brindar a los Compositores consagrados y nuevos el patrocinio directo, cuando la
Fundación así lo considere conveniente para sus intereses y/o la asesoría necesaria para la
divulgación y comercialización de las obras ganadoras dentro de las mejores condiciones legales y
económicas para el Autor y para la Obra misma
CAPITULO III
DEL REQUISITO INDISPENSABLE Y DE LAS INSCRIPCIONES
ARTICULO 52° para poder participar en el Concurso de Canción Vallenata Inédita es indispensable
que los compositores consagrados y nuevos, admitan y pongan en práctica las normas que contienen
el presente Reglamento. Cumplido esta obligación y decidida su participación, debe solicitar y
diligenciar con todos los datos firmando la planilla de inscripciones que expide la FIPACOD, donde
aceptan y se someten a lo que aquí se establece.
ARTICULO 53° la inscripción de la Canción debe ser realizada personalmente por el Compositor, en
línea [email protected] o por correo certificado para aquellos que estén
imposibilitados para hacerlo personalmente. Los Compositores locales lo harán personalmente en la
oficina de FIPACOD.
Para efectuar estas inscripciones se establece un tiempo amplio y suficiente en fechas y horas
estipuladas previamente por la FIPACOD. Después de estas fechas y horas no se aceptan
inscripciones.
ARTICULO 54° las inscripciones se hacen por medio de comunicación dirigida a la Junta Directiva
de la FIPACOD enviada por correo certificado o entregada personalmente, en la cual se manifiesta
expresamente el deseo de participar, indicando claramente el título de la canción, nombre del Autor
y aire de la misma.
PARAGRAFO. Cada Compositor concursante podrá inscribirse en cualquiera de los cuatro (4) aires
del género Vallenato Merengue, Paseo, Puya y Son.
ARTICULO 55° Esta carta debe venir dentro de un sobre de manila cerrado adjuntando lo siguiente:
1. Original y cuatro (4) copias de la letra de la canción
2. CD, DVD o memoria USB, con la grabación musical, al inicio de la cual se dirá el nombre de la
canción, el autor y el aire de la misma. Luego la interpretación de la música y letra de la
canción.
3. En sobre cerrado, una hoja con los siguiente datos:
 Título de la canción
 Nombre del compositor
 Fotocopia de la cédula de ciudadanía al 150%
 Dirección y número de celular
 Breve reseña biográfica del autor
PARAGRAFO 1. Una vez hecha la preselección los compositores seleccionados, además de cumplir
con los requisitos señalados deben hacer llegar a la FIPACOD los siguientes otros documentos: dos
fotografías tamaño documento del compositor y los integrantes del Trio acompañante si tuviere y
fotocopia de la cédula al 150% de los acompañantes.
PARAGAFO 2. Como puede darse el caso que una misma canción tenga la Autoría musical de una
persona y la autoría literaria de otra, se debe explicar esto, y suministrar por igual los datos de cada
uno de los autores.
PARAGRAFO 3. La FIPACOD se reserva el derecho de investigar la veracidad de la canción e
información suministrada por los compositores.
CAPITULO IV
DE LAS PARTICIPACIONES
ARTICULO 56° Podrán concursar personas naturales, autores o compositores de Colombia y /o del
extranjero que tenga la capacidad y la inspiración para componer temas que guarden las
características ya descritas de construcción y mensaje de los aires o Géneros de la Música
Tradicional Vallenata.
ARTICULO 57° Todos los participantes quedan, de hecho, sometidos por igual a lo establecido en
este Reglamente, independientemente que sean autores consagrados o nuevos.
ARTICULO 58° Los participantes y en especial los compositores, guardarán la debida discreción y
compostura ante los Jurados, se evitarán los todos saludos personales, mención, todos los gestos
de afecto o agresividad.
PRAGRAFO. El Compositor que no intervenga en la interpretación podrá subir inicialmente para que
sea identificado por el Jurado y público presente, pero una vez inicie la interpretación de su canción
es obligatorio retirarse de la tarima.
ARTICULO 59° Los Miembros de la Junta Directiva de la FIPACOD, el Coordinador General del
concurso y Coordinadores de Concursos, velarán porque se cumplan estrictamente estas y otras
Normas que solo buscan imprimirle la más absoluta diafanidad y responsabilidad al evento, y para
ello, su representantes estarán en el sitio de las competencias a la hora y días señalados para
garantizar a los concursantes y al público en general el normal desarrollo del concurso.
CAPITULO V
DE LA SELECCIÓN PREVIA DE LAS CANCIONES
ARTICULO 60° El objeto de esta preselección es el de organizar y facilitar la tarea de los jurados
preliminares, a los cuales se les entregará, para calificar, un material de canciones Vallenatas
auténticas de acuerdo con la definición que establece este Reglamento. Evitando que las canciones
que no encajen dentro de las características de la Música Tradicional Vallenata, pasen a concursar
sin tener las cualidades mínimas para competir en este concurso.
ARTICULO 61° La Junta Directiva de la Fundación designará un grupo de Jurados de cinco (5) o siete
(7) personas de reconocida idoneidad en la Música Tradicional Vallenata para hacer la preselección
de las canciones Vallenatas Inéditas. A este grupo de Jurados se unirán por derechos propios dos
(2) Miembros de la Junta Directiva que tendrán voz y voto, el Coordinador del Concurso hará las
veces de veedor. Al finalizar la preselección se levantará un acta para dar a conocer el veredicto.
ARTICULO 62° el grupo encargado de esta preselección escuchará las canciones en su totalidad
inscritas y procederá a escoger las que se ajusten rigurosamente a cada uno de los cuatro (4) aires
clásico del Vallenato. Para la labor de preselección se cuenta con un tiempo amplio y suficiente de
los días escogidos por la Fundación.
ARTICULO 63° Cumplida la labor de preselección, el material escogido queda en manos y bajo la
responsabilidad de la FIPACOD, quien convocará al Jurado de las rondas preliminares para escuchar
la estructura melódica y literaria de las composiciones seleccionadas.
ARTICULO 64° El día de la apertura del concurso la Junta directiva a través de su Coordinador,
entregará al Jurado preliminar, el paquete de canciones debidamente seleccionadas, clasificadas por
aires en riguroso orden alfabético en canto al apellido del Autor.
CAPITULO VI
DEL JURADO PRELIMINAR, LAS INTERPRETACIONES Y LAS CALIFICACIONES
ARTICULO 65° La Junta Directiva dela FIPACOD, escoge y nombra un Jurado preliminar de
conformación impar, integrado por personas de absoluta idoneidad para la apreciación y valoración
de las Canciones Inéditas de la Música Tradicional Vallenata, el cual tendrá a su cargo la audición y
calificación de las mismas.
ARTICULO 66° Los Jurados, para las competencias preliminares, calificarán con base en un puntaje
mínimo de 50 puntos en una escala numérica consecuencial que llegue máximo hasta 100; las casillas
deben llenarse en números arábigos (ejemplo 51, 52, 53…100) en forma clara y precisa. Esto de
acuerdo, con las explicaciones contenidas en las planillas de calificación donde se anotará, de manera
consciente y justa el puntaje que, a juicio de cada Jurado, merezcan las canciones participantes.
PARAGRAFO 1. El máximo puntaje para cada una de las canciones es de 400 puntos por ronda,
acumulables para la selección de las siguientes rondas que generarán en su efecto las cinco (5)
canciones finalistas.
PARAGRAFO 2. Para la calificación de la canción Vallenata Inédita en cualquiera de sus aires
tradicionales, las planillas además de nombre de la canción, ritmo y autor, contiene los espacios de
música, letra, contenido folclórico e interpretación; así como el nombre del Jurado, firma del mismo,
fecha y hora.
PARAGRAFO 3. Los Jurados calificarán únicamente en las planillas numeradas y anotarán en cada
casilla el puntaje que le asigne a cada elemento objeto de calificación.
PARAGRAFO 4. En caso de la utilización de tabletas digitales, la FIPACOD, optará el mismo sistemas
de calificación de las planillas, las cuales irán al centro de cómputo y/o a las pantallas que mostrarán
las sumatorias de las calificaciones al público de manera inmediata. No obstante lo anterior, es
obligatorio y de estricto cumplimiento mantener el soporte físico de dichas calificaciones.
ARTICULO 67°. En el evento de presentarse empate en las preliminares, en lo tocante a la primera
ronda, la Junta Directiva de la FIPACOD, determinará en su saber y entender la forma más idónea
para solucionar dicho empate. Para las demás rondas se tendrá en cuenta para efecto de desempate
las calificaciones acumuladas de las canciones concursantes en las anteriores eliminatorias.
ARTICULO 68° para la correcta prestación de su valiosa colaboración, los Jurados se ciñen a lo
establecido en el presente Reglamento y se regirán por el Manual para Jurado emitido por la FIPACOD,
donde se contemplan minuciosamente sus obligaciones y deberes, así como las causales por las que
podrán ser recusados o removidos. Este Manual debe ser leído y analizado por los Jurados y
concursantes días antes de su presentación.
PARAGRAFO En el evento de presentarse alguna causal de recusación en contra de uno o de los
Jurados, el concursante presentará la respectiva queja por escrita al Coordinador de Concurso o en
su defecto al Coordinador General de concursos que en asocio con la Junta Directiva las resolverá.
ARTICULO 69° Los concursante también podrán recusar o impugnar a los Jurados, en caso de que
su conducta como tal produzca la justa causa para ello.
PARAGRAFO. No podrán ser Jurado para las preliminares y la final de la Canción Vallenata Inédita
las personas que tengan parentesco de hasta cuarto (4°) de consanguinidad, segundo (2°) de afinidad
y primero (1|) civil, o relación en actividades de tipo económico y enemistad manifiesta con los
compositores.
ARTICULO 70° Los participantes podrán concursar con sus propios Tríos de Música Tradicional
Vallenata (guitarrista puntero, guitarrista acompañante y Guacharaquero, voz líder, dos coristas) y
la interpretación podrá ser ejecutada por el mismo autor o por quien éste designe. No obstante, la
FIPACOD pondrá a disposición del participarte que lo requiera un Trio Típico de la Música Tradicional
Vallenata el vual interpretará la canción de acuerdo con el gusto y las orientaciones del autor.
ARTICULO 71° Sea que el participante tenga su propio Trio que interprete la canción. O sea que
participe utilizando el Trio de planta que a disposición de los mismos coloca la Fundación, de cualquier
forma, deberá estar en el sitio indicado, ante los Jurados correspondientes, en los días señalados y
a la hora establecida por la organización del concurso y competirá en igualdad de condiciones.
ARTICULO 72° Una vez se dé comienzo a la competencia y se inicie la presentación de las canciones,
sus autores y sus intérpretes serán llamados tres veces, con un intervalo de un (1) minuto entre cada
llamada. Pasados tres minutos sin que la totalidad de los integrantes del Trio hayan subido a la tarima,
la canción quedará descalificada y se llamará a presentar la composición y los intérpretes que siguen
en orden alfabético.
ARTICULO 73 ° La interpretación de las canciones se hará en estricto orden alfabético en relación
con el apellido del autor, y el concurso se desarrollará en dos o más etapas o rondas durante las
cuales el Jurado irá calificando, de inmediato, a cada canción que se presente.
PARAGRAFO. En la primera ronda eliminatoria se seleccionarán las primeras 20 canciones que
obtengan el mayor puntaje; en la segunda ronda eliminatoria se seleccionará las 15 canciones que
obtengan el mayor puntaje de acuerdo a la calificación de los Jurados; para escoger en la semifinal,
las cinco finalistas que competirán por el título del Rey de la canción Vallenata
ARTICULO 74° El sitio para llevar a cabo este concurso será convenientemente escogido por la Junta
Directiva y se comunicará con suficiente anticipación a los participantes, al Jurado y al público en
general.
ARTICULO 75° Terminada completamente su labor, el Jurado preliminar entregará las planillas de
calificación al Coordinador del concurso, quien se encargará de trasladarla a las oficinas de la
FIPACOD, donde se levantará un acta que una vez hecha y firmada será profusamente divulgada por
la oficina de prensa de la Fundación.
CAPITULO VII
DEL JURADO Y LA PRESENTACION FINAL
ARTICULO 76° El Jurado final del concurso de la Canción Vallenata Inédita es un grupo de tres (3) o
cinco (5) personas honorables con profundos conocimientos sobre la Música Tradicional Vallenata,
solvencia moral y reconocida independencia que, en el marco de la velada final, deberá escuchar las
canciones finalistas que compiten por el título de ganadoras, y dar, mediante acta firmada, su
veredicto sobre las mismas. Los autores e intérpretes de las canciones finalistas, con sus
respectivos instrumentos y en perfecta disponibilidad física deberán estar al pie de la tarima o, por
excepción en cualquier otro lugar que previamente se haya establecido para este acto, con, por los
menos, una hora de anticipación en el día y hora señalados para la final de este concurso.
ARTICULO 77° Una vez se dé comienzo al espectáculo final y se inicie la presentación de las
canciones, sus autores y sus intérpretes serán llamados tres veces, con un intervalo de un minuto
entre cada llamada, por los presentadores del evento y por las estaciones radiales que estén
transmitiendo. Pasados tres minutos después de la última llamada sin que la totalidad de los
integrantes del Trio hayan subido a la tarima, la canción quedará descalificada por sustracción de
materia y se llamará a presentar la composición y los interpretes que siguen en orden alfabético.
Cuando el autor no sea intérprete de la canción o integrante del Trio que lo acompaña, solo podrá
permanecer en la tarima mientras el presentador anuncia la canción y sus detalles, después esto
procede a bajarse de la tarima.
ARTICULO 78° El Jurado final, que estará en la tarima, o por excepción, en el lugar que designe la
Junta Directiva de la FIPACOD para este acto, se regirá estrictamente por las normas de este
Reglamento y por las que están establecidas dentro del Manual de Jurados, para ejercer
idóneamente sus funciones.
El compositor que haya obtenido el título de Rey de la Canción Inédita en el año inmediatamente
anterior, no podrá ejercer como Jurado para la ronda final o elección del Rey de la Canción Vallenata
Inédita.
PARAGRAFO. El Coordinador del concurso tiene la obligación de atender y resolver las preguntas,
dudas y problemas que respecto de su normal participación se les presente a quienes compiten en
este o en cualquiera de los demás concursos establecidos por la Fundación.
CAPITULO VIII
DE LAS CAUSALES DE DESCALIFICACION
ARTICULO 79° Son causales de descalificación automática del concurso de la Canción Vallenata
Inédita, las siguientes infracciones:
1. Incumplir, omitir o desconocer voluntaria o involuntariamente cualquiera de las normas
establecidas en este Reglamento.
2. Enviar el material de inscripción incompleto, adulterado en una o en todas sus partes o fuera
del tiempo límite establecido para su envío.
3. Plagiar, adulterar, la letra de la canción, así como la información del compositor.
4. Argumentar que la canción es inédita cuando ya ha sido presentada en otros concursos, o
que tiene versos y/o melodías de otras composiciones musicales o literarias, nacionales o
extranjeras, sin que el autor haya dejado, en su composición, constancia expresa de lo mismo.
5. Modificar, adulterar o agregar durante la competición final uno o varios versos o ritmo
adicionales a los que originalmente se entregaron como texto de la canción.
6. Valerse o alardear de la amistad cierta o falsa con los miembros del Jurado y/o lanzar en
público o privado expresiones y frases que comprometan la imparcialidad del jurado
calificador.
7. Presentarse a competir alguno o todos los miembros del Trio, en estado de embriaguez o
bajo los efectos de sustancias psicoactivas o alucinógenos o luciendo vestidos vulgares,
escandalosos o insinuantes que riñan con la decencia y las buenas costumbres del pueblo
codacense y de los visitantes.
8. No estar los integrantes de cada Trio, en el sitio y horas en que les corresponde participar
durante las rondas preliminares y finales, no atendiendo con la debida oportunidad los tres
llamados reglamentarios.
9. Convertir en show personal haciendo gestos, contorciones, pases de bailes y movimientos,
las interpretaciones musicales que el Reglamento establece y que el Jurado necesita
escuchar para poder calificar.
10. Saludar y hacer versos a los miembros de la FIPACOD, a los miembros del Jurado, a las
autoridades, a los amigos personales del intérprete o a cualquier otra persona ausente o
presente en el público.
11. En la presentación dirigirse, a los miembros de la FIPACOD, a los miembros de los Jurados
preliminares o finales, a las autoridades eclesiásticas y militares, en privado o en público,
con frases irrespetuosas, ultrajantes o calumniosas que agredan y lesionen en buen nombre
y la moral de las personas a quien van dirigidas.
12. Agredir de palabra o de hechos con las manos, con objetos o con armas de cualquier tipo a
cualquier persona dentro del desarrollo del Festival. Propiciar escándalo público o participar
en hechos que atenten contra la normalidad y la tranquilidad que, en medio de la alegría y la
confraternidad, ha sido características destacadas del desarrollo de los festivales y del
pueblo codacense.
13. La FIPACOD es clara y será inflexible en el sentido que los compositores de la Canción
Vallenata Inédita que no reúnan un mínimo de decencia, buenos modales y comportamiento
digno tanto en lo personal como en lo artístico, serán descalificados sin contemplaciones así
hayan clasificados para la competencia final o aún dentro de ella misma.
14. No acatar debidamente cualquier insinuación o sugerencia que para el mejor desarrollo del
concurso les hagan los miembros del Jurado o de la FIPACOD.
PARAGRAFO. Cualquiera de los compositores que incurran en alguna de las causales de
descalificación arriba mencionadas perderá automáticamente la calidad de ganadores, serán
despojados de su título de Rey; se les exigirá la devolución de los premios y dineros recibidos,
antes de entrar a reclamarlos en forma legal.
CAPITULO IX
DE LOS PREMIOS INSTITUIDOS
ARTICULO 80 ° La FIPACOD ha instituido el Trofeo XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en tres categorías
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, como el máximo galardón a que, en su orden, se hacen acreedores
tres (3) primeros ganadores, independientemente del premio en dinero efectivo que la Fundación
entrega conjuntamente con el Trofeo a cada ganador.
ARTÍCULO 81° El valor, y los mecanismos para conseguir estos últimos premios en efectivo, los
establece la Junta Directiva de la FIPACOD, mediante las facultades Estatutarias que posee para
la financiación del Festival. Definidas las cuantías y su origen, ambos serán profusamente
divulgados, en los Boletines de Prensa.
CAPITULO X
DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS REYES DE LA CANCION VALLENATA INEDITA
ARTICULO 82° Es obligación y deber del Rey de la Canción Vallenata Inédita cumplir con la
agenda programada por la FIPACOD, durante el año de su reinado. Esta programación se les
informará con la suficiente anticipación.
PARAGRAFO. El Rey que sin mediar una justa causa incumpla reiterativamente hasta tres faltas
con la agenda establecida por la Fundación, durante el año de su reinado podrá ser sancionado o
en su defecto destituido de su condición de ganador.
ARTICULO 83° Es obligación y deber del Rey de la Canción Vallenata Inédita, durante la vigencia
del reinado, observar y cumplir las reglas de las buenas costumbres y conductas, de buen
comportamiento moral y ético, y el no consumo en público de sustancias psicoactivas y
alucinógenas. La no observancia del presente artículo es causal de destitución de su condición
de Rey.
TITULO III
CONCURSO DE PIQUERIA
CAPITULO I
DE LA DEFINICIÓN DE PIQUERIA
ARTICULO 84°. La Piqueria palabra grave que no lleva acento en la última sílaba como
equivocadamente escriben y pronuncian algunos; es, en la Música Tradicional Vallenata, la
expresión más rica y jocunda de las muchas que se encuentran en este hermoso Género musical.
Sus cultores ancestrales, en su gran mayoría analfabeta, descollaron por la casi increíble
agilidad mental, la perfección gramatical en la construcción del verso y un talento excepcional
para la rima que es, en síntesis, lo que le da su característica única a la Piqueria.
Definida como un duelo musical en el cual las armas de los contrincantes no son otras que su
inteligencia y su natural disposición para desafiar y responder cantando en cuartetas o décimas
(versos de cuatro o diez palabras, decimos por aquí), la Piqueria, que en algún momento de la
historia del Vallenato fue el emblema del juglar nuestro, estuvo inexplicablemente olvidada y
marginada del desarrollo social de la Música Tradicional Vallenata.
CAPITULO II
DE LOS OBJETIVOS
ARTICULO 85° Los objetivos del concurso de la Piqueria son rescatar y difundir uno de los
Géneros más alegres y auténticos de la Música Tradicional Vallenata como lo es el desafío o pique
que se establece entre dos verseadores repentistas que, sobre un tema determinado, se disputan
el título de mejor en este Género.
ARTICULO 86° Promocionar y estimular a los exponentes de la Piqueria a que contribuyan, con
su participación en el Festival de Música Vallenata en Guitarra, a la divulgación y vigencia de este
Género a fin de que él mismo recupere la popularidad que en antaño tuvo.
ARTICULO 87° Promover entre la juventud y la infancia el cultivo de la Piqueria como una de las
expresiones del folclor vallenato.
CAPITULO III
DE LAS INSCRIPCIONES
ARTICULO 88° Las inscripciones son personales para los concursantes, verseadores
repentistas residentes en la ciudad, en línea [email protected] o por correo
certificado para aquellos que estén imposibilitado para hacerlo personalmente.
Para efectuar estas inscripciones se establece un tiempo amplio y suficiente en fechas y horas
estipuladas previamente por la FIPACOD. Después de estas fechas y horas no se aceptan
inscripciones.
Los concursantes, verseadores repentistas deben diligenciar el formulario y llenar los requisitos
que podrán descargar de la página web de FIPACOD, aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía
dimensión al 150% y dos fotografías impresa tamaño documento.
ARTICULO 89° Una vez inscrito el verseador como le llama el pueblo estará dispuesto a
intervenir en el día, hora, lugar y bajo la modalidad que imponga el Jurado nombrado por la Junta
Directiva de la FIPACOD.
ARTICULO 90° El número total de inscritos se enfrentarán entre sí, de dos en dos en cada una
de las rondas.
CAPÍTULO IV
DE LAS PARTICIPACIONES
ARTICULO 91° En el concurso de piqueria pueden participar hombres o mujeres mayores de 18
años, que se consideren capaces de improvisar con agilidad, gracia y exactitud métrica y rítmica,
en versos de cuatro palabras (cuartetas) o de diez palabras (décima) para desafiar o responder
el requerimiento musical que en la misma forma le hace un contrincante de iguales condiciones.
ARTICULO 92° Todos los participantes quedan, de hecho, sometidos por igual a lo establecido en
estos Reglamentos y en las demás Normas estatutarias de la Fundación
ARTICULO 93° Los concursantes verseadores repentistas deben estar presentes en las oficinas
de la FIPACOD, o en cualquier otro sitio que ésta determine, a reclamar las credenciales que
los acreditan como participantes, y a recibir instrucciones precisas sobre el desarrollo de la
competencia.
ARTICULO 94° Una vez recibida la credencial e iniciado el Festival, los concursantes verseadores
repentistas deberán estar atentos y pendientes de las informaciones que por medio de Boletines
de Prensa emita la FIPACOD, donde serán difundidos los cambios o modificaciones a que haya
lugar durante el desarrollo preliminar del evento.
ARTICULO 95° El orden de los concursantes verseadores repentistas para las competencias
preliminares y finales, será determinado por el Jurado en asocio con el Coordinar de Concurso
o Coordinador General por parejas, de acuerdo con la cantidad de participantes.
ARTICULO 96° Los concursantes verseadores repentistas deben estar en el sitio indicado, ante
el Jurado correspondiente, en los días señalados y a la hora establecida por la organización del
Festival y competirán en igualdad de condiciones.
El primer día de concurso se seleccionará un número tal de parejas dependiendo del número de
concursante inscrito y según el mayor puntaje obtenido; quienes en la segunda ronda se
enfrentarán nuevamente. De esta segunda eliminatoria se seleccionará las siguientes parejas
clasificadas según puntajes obtenidos a la semifinal y a la final respectivamente según los
puntajes y número de participantes que competirán por el título de Rey de la Piqueria.
PARAGRAFO. Para efectos de desempate en este concurso se tendrá en cuenta la acumulación
de los puntajes desde la primera ronda para seleccionar las parejas finalistas que competirán
por el Titulo de Rey de la Piqueria.
ARTIRULO 97° Los concursantes no podrán adquirir compromisos particulares para
presentaciones privadas o públicas durante la competencia; como también deberán respetar a
los Jurados asignados horas y sitios escogidos por la organización.
ARTICULO 98° La Junta Directiva de la FIPACOD a través de sus miembros velará porque se
cumplan estrictamente estas y otras normas que solo buscan imprimirle la más absoluta
diafanidad y responsabilidad al concurso, y para ello sus representantes estarán prestos a
garantizar el normal desarrollo del mismo, tanto a los participantes como al público en general.
CAPITULO V
DE LOS JURADOS PRELIMINARES Y DE LAS CALIFICACIONES
ARTICULO 99° Para el adecuado desarrollo de este concurso la Junta Directiva nombrará un
Jurado calificador de absoluta idoneidad y contratará un Trio de Música Tradicional Vallenata en
Guitarra de óptima calidad que tendrá la función específica de acompañar a los verseadores en
su intervención y un presentador que orientará el desarrollo del concurso.
ARTICULO 100° Bajo la dirección del Jurado antes dicho se lleva a cabo el enfrentamiento o
piqueria que, por decisión de ese mismo Jurado, puede tener como punto de partida un solo verso
de cuatro (4) palabras con un tema determinado, una décima de tema libre o un pie forzado, todo
lo cual deberá ser desarrollado por los verseadores en la competencia propiamente dicha. El
Jurado puede imponer cualquiera de estas tres modalidades o imponerlas todas
consecutivamente, si así lo desea.
ARTICULO 101° Una vez el Jurado establezca la modalidad para el enfrentamiento, las parejas de
verseadores escogidas comienzan su participación y así alternativamente hasta cuando
intervengan todos los concursantes inscritos y sean calificados.
ARTICULO 102° La agilidad, la gracia, la precisión idiomática, el contenido y la rima de los versos
son la base fundamental para la calificación de los mismos.
ARTICULO 103° Para escuchar, analizar y calificar las actuaciones de los competidores, tanto
en las rondas preliminares como en la noche final, la Junta Directiva de la FIPACOD escoge y
nombra Jurados integrados por personas honorables de reconocidos conocimientos sobre la
música Tradicional Vallenata en Guitarra y de absoluta solvencia ética y moral que garanticen a
Organizadores, Competidores y Público en general una calificación idónea.
ARTICULO 104 ° Para la correcta prestación de su valiosa colaboración, los Jurados se ciñen a
lo establecido en el presente Reglamento y se regirán por el Manual de Jurados emitido por la
FIPACOD, donde se contemplan minuciosamente sus obligaciones y deberes, así como las
causales por las que podrán ser recusados o removidos. Este Manual debe ser leído y analizado
por los Jurados y Concursantes días antes de su presentación.
PARAGRAFO. En el evento de presentarse alguna causal de recusación en contra de uno de los
Jurados, el Concursante presentará la respectiva queja por escrito al Coordinador de Concurso
o en su defecto al Coordinador General de Concursos que en asocio con la Junta directiva las
resolverá.
ARTICULO 105° Los Jurados, para las competencias preliminares, calificarán con base en un
puntaje mínimo de 50 puntos en una escala numérica consecuencial que llegue máximo hasta 100;
las casillas deben llenarse en números arábigos (ejemplo 51, 52, 53… 100) en forma clara y
precisa. Esto de acuerdo, con las explicaciones contenidas en las planillas de calificación donde
se anotará, de manera consciente y justa el puntaje que, a juicio de cada Jurado, merezcan los
concursantes.
PARAGRAFO. El máximo puntaje para cada uno de los concursantes es de 400 puntos. Es decir,
que el acumulado deberá arrojar un máximo de 1.200 puntos.
ARTICULO 106° Las planillas antes dichas, pueden ser observadas en la Secretaría de la
FIPACOD, o en las Oficinas que la Fundación designe, por los participantes antes de que se inicie
el concurso. Los concursantes además pueden y deben solicitar a la Secretaría de la FIPACOD
una amplia y detallada explicación sobre el funcionamiento de las planillas para que conozcan
perfectamente el sistema por medio del cual se les califica.
PARAGRAFO 1. Para la calificación de los concursantes, las planillas además del nombre y
apellido de los concursantes contiene los respectivos espacios para la calificación de: rima,
mensaje del verso, afinación, métrica, nombre y firma del Jurado calificador, firma del
Coordinador de Tarima, hora y fecha.
PARAGRAFO 2. Los jurados calificarán únicamente en las planillas numeradas y anotarán en cada
casilla el puntaje que le asignen a cada concursante.
PARAGRAFO 3. En caso de la utilización de Tabletas digitales, la FIPACOD, optará el mismo
sistema de calificación de las planillas, los cuales irán al centro de cómputo y/o a las pantallas
que mostrarán la sumatoria de las calificaciones al público de manera inmediata. No obstante lo
anterior, es obligatorio y de cierto cumplimiento mantener el soporte físico de dichas
calificaciones.
ARTICULO 107°. En el evento de presentarse empate en las preliminares, en lo tocante a la
primera ronda, la Junta Directiva de la FIPACOD, determinará en su saber y entender la forma
más idónea para solucionar dicho empate. Para las demás rondas se tendrán en cuenta para
efecto de desempate las calificaciones acumuladas de los concursantes en las anteriores
eliminatorias.
ARTICULO 108° El Coordinador del Concurso será el único encargado de recoger las planillas
calificadas por los Jurados y entregarlas al centro de Cómputo.
ARTICULO 109° Después de escucharlos todos, teniendo en cuenta las anteriores condiciones y
de acuerdo con las normas establecidas en las planillas de puntuación, se escogerá un máximo
de diez (10) y un mínimo de seis (6) verseadores que en parejas serán los que pasarán a la
competencia final en la velada en que se define al Rey de la Piqueria
ARTICULO 110° Una vez terminada las confrontaciones preliminares entre los concursantes el
Jurado entregará las planillas de calificación a la Junta Directiva y se levantará un acta con los
nombres de los que pasan a la final, la cual será difundida profusamente por lo menos, con dos
horas de anticipación de la velada decisorio.
PARAGRAFO. El escenario escogido para el concurso preliminar de la Piqueria será seleccionado
e informado amplia y oportunamente por la FIPACOD. Cualquiera que sea el escenario, en la
tarima solo podrán permanecer el Jurado calificador, el Maestro de ceremonia y el Trio de planta
que acompañará a los verseadores. Los participantes esperarán en un lugar previamente
asignado y serán llamados al escenario por el Maestro de ceremonia.
ARTICULO 111°. Una vez la Fundación digite los puntajes individuales, dará a conocer por medio
de su Jefe de Prensa o del funcionario designado para ello, con la debida anticipación, los
nombres de los concursantes clasificados para las siguientes rondas preliminares y la final, a fin
de que el público la conozca de antemano y ellos mismos se dispongan para la presentación final
ante el Jurado en la velada especial en la que se escogerá Rey Vallenato de la Piqueria.
CAPITULO VI
DEL JURADO Y LA COMPETENCIA FINAL
ARTICULO 112° La Junta Directiva de la FIPACOD escoge y nombra un Jurado Final de
conformación impar integrado por personas de reconocida honorabilidad, idoneidad e
independencia en la apreciación y valoración del Género de la Piqueria, el cual tendrá a su cargo
la audición y análisis de los versos y la calificación de los mismos.
ARTICULO 113° Una vez publicado los nombres de los concursantes finalistas clasificados la
FIPACOD, realizará los preparativos a que haya lugar para garantizar una competencia justa,
profesional y transparente, que lleven a coronar el nuevo Rey de la Piqueria.
PARAGRAFO. En la competencia final se llevará a cabo en la tarima del Parque de la Guitarra no
se tendrán en cuenta los puntajes acumulados que traían los concursantes clasificados. En este
sentido, los verseadores frente al Jurado y Público, tendrán que demostrar su destreza,
habilidad, maestría, versatilidad, armonía para allí coronarse Rey.
ARTICULO 114°. El Jurado de la competencia final para escoger Rey de la Piqueria, es un grupo
impar conformado por tres (3) o cinco (5) integrantes: personas honorables de las que se sabe
poseen sólidos conocimientos sobre el Género de la Piqueria y reconocida independencia
conceptual que les permita, con absoluta idoneidad y en forma justa, escuchar, analizar y calificar
la interpretación que hacen los verseadores durante la competencia final para obtener el título
de Rey.
PARAGRAFO. La persona que haya obtenido el título de Rey de la Piqueria en el año
inmediatamente anterior, no podrá ejercer como Jurado para la Ronda Final o elección del Rey
en el año siguiente.
ARTICULO 115° El Jurado, acorde con su dignidad, es también la más alta autoridad durante la
competencia en la tarima o en cualquier otro lugar que, por decisión de la Junta Directiva haya
sido escogido para tal efecto. Sin embargo los participantes y cualquier otra persona que por
excepción, tengan acceso a la tarima durante el desarrollo del concurso, están sometidas a las
órdenes y deben acatar al Coordinador de Tarima.
ARTICULO 116° El Jurado, que estará en la Tarima por excepción, en el lugar que designe la
FIPACOD para este acto, y que tiene a su cargo el escogimiento del Rey de la Piqueria, se regirá
estrictamente por las Normas que contiene este Reglamento para otorgar dicho título y por las
que están establecidas dentro del Manual del Jurado para ejercer idóneamente sus funciones.
ARTICULO 117° Los concursantes finalistas, deberán estar al pie de la Tarima en el Parque de la
Guitarra, por excepción en cualquier otro lugar que previamente se haya establecido para este
acto por lo menos con una hora de anticipación, el día y hora señalados para la velada final.
ARTICULO 118° una vez se dé comienzo el espectáculo final y empiece la última competencia que
definirá al Rey de la Piqueria, al verseador que le corresponda competir será llamado tres veces
con un intervalo de un minuto entre cada llamado, si no ha subido a la tarima, éste quedará
descalificado automáticamente y se llamará al verseador que siga en el orden establecido.
ARTICULO 119°. No podrá ser Jurado para las preliminares y las finales para este concurso las
personas que tengan parentesco de hasta cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad
y primero civil con los concursantes.
ARTICULO 120° En el evento de que por causa de descalificación u otra razón el número de
participante quede impar, tanto en las preliminares como en la final; el Jurado en su saber y
entender debe convocar la participación de un tercero con las mismas capacidades del
verseador, solo para que le sirva de apoyo en el concurso ya que éste no tendrá la calidad de
concursante para el momento.
PARAGRAFO. Todos y cada uno de los miembros de la FIPACOD tienen la obligación y están en
disposición permanente de atender y resolver las preguntas, dudas y cualquier problema
respecto a su participación tengan los competidores en cualquiera de los concursos.
CAPITULO VII
CAUSALES DE DESCALIFICACIÓN
ARTICULO 121° Son causales de descalificación automática en el concurso de Piqueria las
siguientes infracciones:
1. Lleguen con atraso al sitio y horas señalados para la competición preliminar y/o para la
Ronda Final.
2. No respondan al contendor con agilidad, dentro de la modalidad de construcción literaria y
musical ordenada por el Jurado.
3. Desafinen con la línea melódica previamente acordada entre los concursantes y el Trio
acompañante.
4. Se nieguen a competir con el contrario señalado por el Jurado.
5. Hagan en sus intervenciones alusión irreverente a situaciones y/o personas que merecen
respeto y consideración.
6. Desacaten, en términos generales las instrucciones del Jurado.
7. Incumplir, omitir o desconocer voluntaria o involuntariamente cualquiera de las Normas
establecidas en este Reglamento.
8. Presentarse a competir en estado de embriaguez, o de alteración del normal
comportamiento, o bajo los efectos de drogas, estimulantes, o luciendo vestidos vulgares,
escandalosos o insinuantes que riñan con la decencia y las buenas costumbres del pueblo
codacense y de los visitantes.
9. Convertir en show personal haciendo gestos, contorsiones, pases de bailes y movimientos
agresivos en contra de su contendor e irrespetando al Jurado y público presente.
10. Dirigirse o referirse a los demás concursantes, a los miembros de la FIPACOD, a cualquiera
de los funcionarios de la Fundación en sus diferentes actividades y categorías, a los
miembros de los Jurados preliminares o finales, a las autoridades eclesiásticas y militares,
en privado o en público, con frases irrespetuosas, ultrajantes o calumniosas que agredan y
lesionen el buen nombre y la moral de las personas a quien van dirigidas.
11. Agredir de palabras o de hecho con las manos, con objetos o con armas de cualquier tipo a
cualquier persona dentro del desarrollo del Festival. Propiciar escándalo público o participar
en hechos que atenten contra la normalidad y la tranquilidad que, en medio de la alegría y la
confraternidad, ha sido características destacadas del desarrollo de los Festivales y del
pueblo codacense.
PARAGRAFO. La Junta Directiva de la FIPACOD será inflexible en el sentido que de los participantes
de cualquiera del concurso de la Piqueria que no reúnan un mínimo de decencia, buenos modales y
comportamiento digno tanto en lo personal como en lo artístico, serán descalificados sin
contemplaciones así hayan clasificado para la competencia final o aún dentro de ella misma.
Estas causales de descalificación son automáticas y se harán cumplir por los miembros de la Junta
Directiva de la FIPACOD, por cualquiera de los funcionarios del Festival o por los Jurados nombrados
para los diferentes concursos. En caso de que los infractores presenten problemas para retirarse
una vez hayan sido descalificados, la organización del Festival recurrirá a las autoridades
competentes para que colaboren y hagan respetar este Reglamento y la buena marcha del certamen.
CAPITULO VIII
DE LOS PREMIOS INSTITUIDOS
ARTICULO 122° La FIPACOD ha instituido los trofeos xxxxxxxxxxxxxxxxxxx como máximo galardón a
que, en su orden, se hacen acreedores los tres primeros ganadores de este concurso,
independientemente del premio en dinero efectivo que se entrega conjuntamente con el trofeo.
ARTICULO 123° El valor y los mecanismos para conseguir estos últimos premios, los establece la
Junta Directiva de la FIPACOD mediante las facultades Estatutarias que posee para la financiación
del Festival. Definidas las cuantías y su origen, ambos, serán profusamente divulgados por los
Boletines de Prensa.
CAPITULO IX
DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS REYES DE LA PIQUERIA
ARTICULO 124° Es obligación y deber del Rey de la Piqueria cumplir con la agenda programada por
la FIPACOD, durante el año de su reinado. Esta programación se le informará con la suficiente
anticipación.
PARAGRAFO. El Rey que sin medir una justa causa incumpla reiterativamente hasta tres faltas con
la agenda establecida por la Fundación, durante el año de su reinado podrá ser sancionado o en su
defecto destituido de su condición de ganador.
ARTICULO 125° Es obligación y deber del Rey de la Piqueria, durante la vigencia del reinado, observar
y cumplir las reglas de buenas costumbres y conductas, de buen comportamiento moral y érico, y el
no consumo en público de sustancias psicoactivas y alucinógenas. La no observancia del presente
Artículo es causal de destitución de su condición de Rey.
TITULO VIII
GENERALIDADES
CAPITULO UNICO
DEL REGLAMENTO DE LOS CONCURSOS
ARTICULO 126° En caso de situaciones no regladas en un capítulo específico, se aplicará por analogía
para el caso, lo normado en otro capítulo de estos mismos Reglamentos o en su defecto las que
contengan el Manual de Jurado.
ARTICULO 127° El presente Reglamento de los concursos deroga en su totalidad al anterior existente
o Normas que les sean contrarias.
ARTICULO 128° De la sigla FIPACOD siempre que se escriba Fundación Fiestas Patronales,
Folclóricas y Culturales de Codazzi se podrá usar la sigla FIPACOD.
FABIO ÁVILA ARAUJO
Presidente Ejecutivo Fipacod.
JESUALDO GUTIÉRREZ CÁRDENAS
Secretario General.