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REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO EN LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DE ARGANDA DEL REY BOC 14/04/1998 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución Española, en su artículo 9.2, establece el deber de los poderes públicos de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, cultural y social. Este mismo principio se recoge en el artículo 69.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases de Régimen Local, dentro del ámbito de las Corporaciones Locales. En este sentido, el desarrollo de toda comunidad se sustenta en una convivencia que dé sentido a la idea de cómo ciudadanos somos agentes protagonistas de la dinámica social. La iniciativa privada para cooperar en la atención a las necesidades de otros es hoy una realidad cotidiana que expresa el compromiso de todos con todos en la solución de los problemas. El voluntariado social, como actividad benévola y gratuita a favor de otros, especialmente de los sectores más necesitados, es eminentemente manifestación de solidaridad. En cuanto tal, su marco jurídico general no puede ser otro que el de la participación ciudadana en la vida social, particularmente en el de los servicios sociales. En esta línea normativa, la Ley 11/1984, de 6 de junio, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, impone el fomento del voluntariado social, así como la regulación de su función colaboradora con la administraciones públicas, en las tareas de prestación de servicios sociales (artículo 28). Así, en el mismo sentido, la Ley 3/1984, de 19 de mayo, del Voluntariado Social en la Comunidad de Madrid, que centra su regulación en el ámbito general de las actividades de la acción social. Por ellos, se hace necesario establecer un instrumento normativo que regule la participación del Voluntariado Social, estableciendo tanto el procedimiento de incorporación y desvinculación, así como el contenido de la colaboración voluntaria. En su virtud, a propuesta de la concejala- delegada de Asuntos Sociales. DISPONGO TITULO I Disposiciones generales Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 1. El presenta Reglamento tiene por objeto regular la actuación del Voluntario Social en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Arganda y el contenido de la misma, instituyendo tanto el procedimiento de incorporación y desvinculación de los voluntarios de los centros respectivos. 2. Su ámbito de aplicación se circunscribe al término municipal de Arganda del Rey. Artículo 2. Concepto de Voluntario Social. 1. A los efectos de este Reglamento, se considera voluntario toda persona física, que por libre determinación sin media obligación o deber, por motivaciones inspiradas en principios de solidaridad y participación, se vincula a los programas del Servicio, implicándose directamente en el desarrollo de alguna de sus actividades de acción social, siempre que de tal integración no 1 REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO EN LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DE ARGANDA DEL REY BOC 14/04/1998 derive de relación laboral, mercantil o funcionarial ni medie remuneración de ningún tipo (económica o en especie). 2. En ningún caso se entenderán por voluntarios las siguientes personas: - Estudiantes en prácticas. - Objetores de conciencia. Artículo 3. Principios básicos de la actuación del Voluntariado. La actuación del Voluntariado Social en el Centro de Servicios Sociales correspondiente se llevará a cabo con arreglo a los proyectos y programas que se promuevan en el mismo, de acuerdo con su área de actuación y en consonancia con los siguientes principios: 1. Solidaridad con las personas o grupos a los que se dirija la acción social específica. 2. Coordinación y complementariedad respecto al trabajo realizado por los profesionales de la acción social del centro. En ningún caso el voluntario podrá asumir funciones ni actividades que se deriven de éstas, que correspondan a un profesional del centro. 3. Gratuidad, no buscando en el servicio que se presta ningún beneficio propio de tipo económico. 4. Aceptación de las normas y criterios de actuación del centro, conforme se recoge en el Acuerdo de Incorporación. TÍTULO SEGUNDO Estatuto del Voluntariado Social en los Centros de Asuntos Sociales Artículo 4. Contenido de la acción voluntaria. 1. El voluntario social: a) Será informado de la organización del Centro de Servicio Sociales y de las actividades que puede llevar a cabo, respetándose las preferencias del voluntario en relación con las actividades a realizar. b) Recibirá la formación necesaria para la tarea que vaya a asumir y ser orientado hacia las actividades para las que reúna las mejores aptitudes. c) Participará activamente en el desarrollo y evaluación del programa al que esté adscrito. De igual modo el voluntario tiene derecho a ser consultado en todas las decisiones que afecten a su tarea y a disponer por parte del centro del apoyo necesario para el ejercicio de las funciones que le sean asignadas. d) Será acreditado como voluntario social mediante carné expedido, revisado anualmente, al efecto por el servicio. e) Recibirá acreditaciones de su participación en los programas y/o proyectos. f) Será asegurado contra los riesgos de la actividad que desempeñe como voluntario, mediante seguro por el servicio. g) Será compensado económicamente por todos los gastos de transporte, originados durante el desempeño de sus funciones como voluntario. h) Obtendrá el respeto y reconocimiento a su contribución por parte del centro y ser tratado sin discriminación y con justicia. 2 REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO EN LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DE ARGANDA DEL REY BOC 14/04/1998 i) j) Cesará libremente en su condición de voluntario. Obtendrá del Ayuntamiento de Arganda del Rey las bonificaciones que se establezcan en las ordenanzas municipales. 2. Corresponderá al voluntario: a) Cumplir los compromisos adquiridos con el Centro de Servicios Sociales. b) Realizar la acción voluntaria conforme a los principios establecidos en el presente Reglamento. c) Acatar las instrucciones que reciba para el desarrollo de su labor, incluyendo la asistencia a las sesiones de formación y reuniones de trabajo previamente establecidas, además de respetar las decisiones o modificaciones respecto de la tarea acordada o el cese de la misma, si el técnico responsable lo considera necesario. d) Respetar las normas, internas de funcionamiento del centro, observando las medidas de seguridad e higiene que se adopten. e) Mantener la confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de la actividad. f) Comprometerse a dedicar un tiempo mínimo determinado para el desempeño de la acción voluntaria. g) Tratar con la debida deferencia y cortesía tanto a sus compañeros como a las personas a las que se dirija su actividad, respetando las diferencias culturales e ideas filosóficas, políticas o religiosas de las mismas. h) Comunicar con antelación mínima de quince días la no asistencia a las actividades. TÍTULO TERCERO Procedimiento de incorporación del voluntario Artículo 5. Solicitud de incorporación. Las personas que desean ingresar en el voluntariado deberán cumplimentar una hoja de solicitud, que facilitará en el mismo centro, haciendo constar los siguientes datos; nombre y apellidos, fecha de nacimiento, profesión u ocupación, domicilio y teléfono de contacto. Dicha solicitud se entregará formalizada en el Centro de Servicios Sociales, desde el que se le citará para una entrevista con el jefe del centro o persona en quien delegue, en una plazo no superior a veinte días. Artículo 6. Entrevista con el jefe del centro. 1. A lo largo de esta entrevista el solicitante responderá un cuestionario, que servirá como ficha personal del mismo si se produce la admisión como voluntario, en el que se expresará los siguiente: - Identificación personal y documento nacional de identidad. - Razones que motivan al solicitante a formar parte del voluntariado del centro. - Profesión u ocupación del mismo, aficiones personales y experiencia (en su caso) en actividades de carácter social, asimismo expresará si pertenece a alguna asociación, etcétera. - Preferencias de actividades. - Tiempo que podría dedicar a las labores de voluntario. - Otras cuestiones que se considere de interés. 3 REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO EN LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DE ARGANDA DEL REY BOC 14/04/1998 2. Asimismo, en dicha entrevista se le ofrecerá al solicitante una información general sobre los proyectos del centro en los que intervengan, o se tenga prevista la intervención de voluntarios, aclarándole cuantas cuestiones e interrogantes pudieran planteársele acerca de que significa ser voluntario y sobre las tareas que podría realizar. Artículo 7. Admisión del solicitante en el Voluntariado del Centro de Servicios Sociales. 1. El jefe del centro o persona en quien delegue y los profesionales responsables de los programas de voluntariado del mismo dispondrán de un plazo de diez días a contar desde la celebración de la entrevista con el solicitante para estudiar su solicitud y los datos aportados en aquella decidiendo sobre la incorporación o no del solicitante al voluntariado del centro, atendiendo a los siguientes criterios: - Situación actual de los programas o proyectos en que puedan participar los voluntarios. - Disponibilidad de tiempo del solicitante y su correspondencia con el horario de la actividad a desarrollar. - Aptitudes y actitudes del solicitante en relación con dichos proyectos o programas, y posibilidades de ofrecerle una ocupación efectiva de acuerdo con las mismas. 2. No se podrá exigir al voluntario ninguna cualificación especial para el desempeño de las actividades que se promuevan, pero sí unas aptitudes mínimas y una actitud conveniente en relación con las mismas, lo cual quedará al criterio de los profesionales que hayan estudiado cada caso. 3. La edad mínima exigible para pertenecer al voluntariado del centro será de dieciocho años. 4. Llevar a cabo una labor de promoción y organización del voluntariado social en los términos que se recogen en el título quinto de este Reglamento. TÍTULO CUARTO Obligaciones del centro de Servicios Sociales Artículo 8. Obligaciones del Centro de Servicios Sociales 1. Asegurar el cumplimiento y respeto a los derechos de los voluntarios. 2. Garantizar unas condiciones higiénicas, sanitarias y de seguridad, equivalentes a las que disfrute el personal del centro. 3. Llevar a cabo una labor de promoción y organización del voluntariado social en los términos que se recogen en el título quinto de este Reglamento. TÍTULO QUINTO Promoción y organización del voluntariado social Artículo 10. Formación de los voluntarios 4 REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO EN LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DE ARGANDA DEL REY BOC 14/04/1998 Con independencia de la información inicial y formación básica que reciban en el momento de su incorporación los voluntarios, éstos participarán periódicamente en un proceso formativo que abarcará los siguientes estadios: a) Formación continua: tendrá por objeto la actualización de conocimientos de los voluntarios que participan en programas, motivándoles en la continuidad de su labor social y en la necesidad de la misma. b) Formación especializada: su finalidad será la de formar a los voluntarios que se designen en cada centro, al objeto de que puedan desempeñar las siguientes tareas: - La coordinación de los equipos o grupos de trabajo en que se distribuya el voluntariado del centro, en su caso. - La impartición de charlas, organización de coloquios y reuniones de voluntarios. - El apoyo y coordinación con las personas responsables de los programas de voluntariado en el desarrollo de los mismos. El conocimiento más específico del sector de población o problemática sobre la que en concreto se vaya a actuar por parte del voluntario. Dicha información se llevará a cabo a través de la celebración de charlas y jornadas impartidas por profesionales relacionados con el trabajo social. Artículo 11. Seguimiento de las actividades de los voluntarios. La supervisión y evaluación de la acción voluntaria en los diversos centros se llevará a cabo con la finalidad de verificar la consecución de los objetivos propuestos en general, y en particular la adecuación de la labor realizada al desarrollo de los programas. La competencia de estas funciones corresponderá al director del Área de Servicios Sociales, pudiendo delegar, éste la evaluación concreta de cada programa. TÍTULO SEXTO Causas y formas de desvinculación entre el centro y el voluntario Artículo 12. Desvinculación entre el voluntario y el centro. a) Renuncia del voluntariado. b) Incumplimiento, por parte del voluntario, de los compromisos adquiridos con el centro, conforme a lo establecido en el presente Reglamento y el Acuerdo de Incorporación. c) Pérdida por parte del voluntario de las aptitudes necesarias para el desempeño de la actividad que realice. d) Imposibilidad sobrevenida de dar ocupación efectiva al voluntario o de continuar con el desarrollo del programa al que esté adscrito. En este caso, cuando las circunstancias lo permitan, el centro dará aviso al voluntario de que puede volver al mismo para continuar con sus labores anteriores o con otras diferentes, según los programas que se estén desarrollando. e) Declaración de incapacidad del voluntario. 5 REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO EN LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DE ARGANDA DEL REY BOC 14/04/1998 f) Quedar incurso en situación de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos. Artículo 13. Pérdida de la condición de voluntario. Cuando el voluntario que incurra en cualesquiera de las circunstancias determinantes de baja le sea imposible continuar en un futuro con la prestación del voluntariado, una vez haya cesado aquella circunstancia, se le sustituirá recurriendo a una lista de sustitutos existente a tal efecto. Cualesquiera que sea la causa que determine la baja voluntaria, acarreará para éste la pérdida de todos sus derechos como voluntario. DISPOSICIÓN FINAL Este Reglamento, una vez haya sido aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno, entrará en vigor a los quince días de la inserción de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49, 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Arganda del Rey, a 21 de abril de 1997.- El alcalde, Ginés López Rodríguez. ANEXO I Solicitud de ingresos como voluntario social en el centro de servicios sociales..............................., del Ayuntamiento de Arganda del Rey. D./Dª............................................, con domicilio en........................................................, calle o plaza...................................................., con....................años de edad, y teléfono de contacto............................ SOLICITA Ser admitido como Voluntario Social del Centro de Servicios Sociales........................................ para participar en el desarrollo de alguna de las actividades que se deriven de los distintos programas y proyectos de dicho centro, encaminados a distintos programas y proyectos de dicho centro, encaminados a la intervención en nuestra comunidad, entendiendo que tal vinculación al mismo no deriva de relación laboral, mercantil ni funcionarial, y que no percibiré remuneración de ningún tipo. En Arganda, a ............ de ............................ de ............ Fdo.: ANEXO II Entrevista- cuestionario para el aspirante a Voluntario Social Centro Municipal de Servicios Sociales...................................... Datos personales: Nombre.................................................. 6 REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO EN LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DE ARGANDA DEL REY BOC 14/04/1998 Primer apellido:.......................................................... Segundo apellido:..................................................... Documento nacional de identidad:........................................ Edad:.......... Nivel de estudios:................................................................ Profesión u ocupación: ........................................................................... Domicilio:................................................................................................ Teléfono de contacto:..................................... Cuestiones: 1. Motivo del contacto con el Centro de Servicios Sociales: 2. ¿Le gustaría realizar trabajo individual o grupal? ¿Por qué? Individual.......................Grupal .....................Ambos.......................... 3. ¿Tienen experiencia o ha participado como voluntario? Sí.................. No...................... ¿Dónde?.................................................................. Tipo de actividad:................................................... Duración:................................................................ 4. ¿Pertenece a alguna Asociación o Entidad? Sí....................No....................... ¿Cuál?...................................................................... 5. Aficiones/habilidades: ........................................ 6. Áreas o sectores preferentes en los que le gustaría participar: Infancia...................Minorías..................Mayores..................Otros grupos.................... 7. Tipo de actividad que le gustaría desempeñar dentro del sector/es escogido/s: 8. ¿Cuánto tiempo podría dedicar? Semanal.......................Mensual................................Fines de semana..........................Festivos.......................... Días:..................................Horas................................ Mañana:................................ Tarde:.....................................Ambas:................................ 9. ¿Tiene cobertura sanitaria de la Seguridad Social o de alguna otra Institución o Mutualidad?. Sí........... No............. 10. Observaciones:................................. ANEXO III Acuerdo de incorporación del Voluntario al Centro de servicios Sociales...............................del Ayuntamiento de Arganda del Rey D/Dª................................................................., de ..............años de edad, me comprometo de forma voluntaria a participar en el desarrollo de las actividades que se deriven de los programas o proyectos de Acción Social del Centro de Servicios Sociales.................................................., con un período semanal de....................horas, los días..........................., en horario de .............................. horas, en el programa/s........................., siendo el responsable del centro D/Dª..................................... entendiendo que esta actividad la realizó sin que medie relación laboral, mercantil o funcionarial con el centro, ni exista remuneración de ningún tipo, y responsabilizándome de: 1. Cumplir los compromisos adquiridos con el centro. 2. Realizar la acción voluntaria conforme a los siguientes principios: 7 REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO EN LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DE ARGANDA DEL REY BOC 14/04/1998 • • • • Solidaridad con las personas o grupos a los que se dirija mi actividad. Coordinación y complementariedad respecto al trabajo realizado por los profesionales del centro. Gratuidad, no buscando en el servicio que se presta ningún beneficio económico propio. Aceptación de las normas y criterios de actuación del centro. 3. Acatar las instrucciones que reciba para el desempeño de mi labor, incluyendo: • • La asistencia a los servicios de formación y reuniones de trabajo previamente establecidas. El respeto a las decisiones o modificaciones respecto a la tarea acordada o el cese de la misma, si el técnico responsable del programa lo considera necesario. 4. Respetar la confidencialidad de la información recibida y conocida en el desempeño de mi actividad. 5. Mantener la confidencialidad de la información recibida y conocida en el desempeño de mi actividad. 6. Tratar con respeto y cortesía, tanto a mis compañeros como a las personas a las que se dirija mi actividad, respetando las diferencias culturales e ideas filosóficas, políticas o religiosas de las mismas. 7. Comunicar con antelación la no asistencia a las actividades. Por su parte, el Centro Municipal de Servicios Sociales de ....................................... se compromete a: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. Ofrecer al voluntario la información y formación necesaria en todos los aspectos............................... realizar, respetando en lo posible las preferencias de actividades del mismo, y orientándole hacia aquellas labores para las que reúna mejores aptitudes. Asegurarle la participación activa en el desarrollo del programa al que está adscrito y consultarle en todas las decisiones que afecten a su tarea, ofreciéndole el apoyo necesario para el ejercicio de las funciones que le sean asignadas. Proporcionarle carné en donde se refleje su condición de voluntario, así como acreditaciones de su participación en los programas o proyectos donde participe. El personal voluntario de todos los Centros de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Arganda del Rey quedará asegurado mediante póliza de seguros de responsabilidad civil ante terceros, por los daños que estos pudiesen causar en el desempeño de su función voluntaria. Compensar al voluntario, por los gastos que le cause el desempeño de su labor, excluyendo los de transporte desde su domicilio hasta el centro y viceversa. Respetar o reconocer la contribución del voluntario al centro, y tratarle sin discriminación y con justicia. Establecer los mecanismos de coordinación, supervisión y evaluación del personal voluntario. Garantizar unas condiciones higiénicas y de seguridad equivalentes a las que disfrute el personal del centro. Este acuerdo se extinguirá por las siguientes causas: - Por libre decisión del voluntario. - Por incumplimiento por parte del mismo de los compromisos adquiridos con el centro conforme al presente acuerdo. 8 REGLAMENTO DEL VOLUNTARIADO EN LOS SERVICIOS SOCIALES MUNICIPALES DE ARGANDA DEL REY BOC 14/04/1998 - - Por pérdida, por parte del voluntario, de las aptitudes necesarias para el desempeño de la actividad que realice. Por imposibilidad sobrevenida del centro de dar ocupación efectiva al voluntario o continuar con el desarrollo del programa al que este adscrito; en este caso, cuando las circunstancias lo permitan, el centro dará aviso al voluntario de que pueda volver al mismo para continuar con sus labores anteriores o con otras diferentes, según los programas que se estén desarrollando. Por incapacidad del voluntario en el desarrollo de las actividades encomendadas. Por quedar incurso el voluntario en situación de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos. En cualquier caso, al producirse la baja, el voluntario deberá devolver su acreditación como tal al centro. 9