Download Certificado de discapacidad - Centro de Recursos de Educación

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¿Qué es el certificado de discapacidad?
¿Quién y cómo valoran el grado de discapacidad?
¿Cómo se solicita el certificado de discapacidad?
¿Cuándo y dónde se solicita?
¿Qué beneficios obtengo?
1
El certificado de discapacidad es un documento oficial que otorga derecho a
la persona con discapacidad o a sus familiares para acceder a determinados
beneficios sociales y económicos (servicios de salud, formación, empleo, ocio,
transporte, vivienda, adaptaciones, prestaciones, etc.). Dicho certificado presenta el
grado de discapacidad obtenido a partir de una valoración.
La valoración del porcentaje de discapacidad se regula por el Real Decreto
1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento,
declaración y calificación del grado de discapacidad. Sirve para todo el Estado.
Existe un equipo de profesionales que se denomina Equipo de Orientación y
Valoración compuesto por médico/a, psicólogo/a y trabajador/a social que son
quienes realizan los dictámenes técnico-facultativos para el reconocimiento del
grado de discapacidad. Estos profesionales pertenecen a la Agencia Navarra para la
Autonomía de las Personas (ANAP) de Política Social del Gobierno de Navarra.
El procedimiento de valoración se lleva a cabo a través de una entrevista
inicial y una valoración médica si procede y a través de una valoración psicológica
que comprende los siguientes apartados:
a. Entrevista con los padres o acompañantes.
b. Entrevista con el interesado.
c. Exploración: psicométrica, test grafico/proyecto, aprendizajes
instrumentales.
d. Contacto telefónico con profesionales implicados.
El grado de discapacidad se establece en % que se obtiene a partir de la
aplicación de un baremo que determina las limitaciones en la actividad y un baremo
de contenido social. Cuando el porcentaje obtenido en la valoración de la
discapacidad, alcance al menos el 25 por 100, se le sumará la puntuación obtenida
en el baremo de factores sociales complementarios.
2
Cumplimentando un impreso de solicitud de valoración del grado de
discapacidad.
(Formulario de solicitud) que puede recogerse en:



Los Servicios Sociales de Base.
Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas. C/ González Tablas, 7.
Sección de Valoración situada en: C/ Teodoro Ochoa de Alda s/n (antiguo
Centro San José).
Además se debe adjuntar la siguiente documentación:




Fotocopia del D.N.I. de la persona interesada o, en su defecto si es menor de
edad, fotocopia del Libro de Familia. En caso de no tener nacionalidad
española, fotocopia de la tarjeta de Residente.
Fotocopia de todos los informes médicos y psicológicos que posea.
En caso de revisión por agravamiento: fotocopia de los informes que
acrediten dicho agravamiento.
Documentación opcional:
En su caso, fotocopia del D.N.I. del representante legal.
En Pamplona todos los días laborables del año de lunes a viernes.
En Tudela todos los jueves laborables del año.
3
Tener este certificado supone más ventajas que desventajas. Es una
acreditación que resulta útil para acceder a determinados recursos.
Existen ayudas a nivel estatal a las que hay que añadir las que se proponen
desde nuestra Comunidad.
El reconocimiento del tipo y grado de discapacidad puede dar derecho, entre
otras, a las siguientes medidas de protección social:
1.
2.
3.
4.
5.
Pensión no contributiva por invalidez.
Prestación familiar por hijo a cargo.
Orientación para ingreso en centros.
Tratamientos.
Beneficios fiscales:
 Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) (2000-5000€).
 Impuesto sobre sociedades (IS).
 Impuesto sobre el valor añadido (IVA) para la adquisición de un
vehículo para personas discapacitadas y silla de ruedas así como en la
adquisición de aparatos de prótesis, ortesis e implantes internos. (4%).
 Exención de impuesto de circulación.
6. Impuesto especial sobre determinados medios de transporte (IEDMT).
7. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
8. Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
9. Compra de vivienda: subsidiación de los intereses del préstamo para la
compra de VPO y una ayuda para la entrada de 900€ a nivel estatal según el
Plan de Vivienda. Cupo reservado y adaptación en su caso, del 3% de las
VPO y puntuación específica en el baremo.
10. Bono-taxi Consiste en una ayuda económica para reducir el coste del
transporte a aquellas personas discapacitadas con grave dificultad para
acceder al transporte público. La concede en Navarra diferentes
ayuntamientos según determinados requisitos y consiste en una ayuda
económica mensual.
11. Solicitud de ayudas públicas.
12. Reducción en medios de transporte.
13. Becas y ayudas de Educación Especial.
14. Reserva de un 3% de plazas en la Universidad para discapacitados con grado
del 65% o más.
15. Exención de tasas en algunas Universidades.
4
16. Tarjeta dorada de la RENFE Otorga descuentos del 25 o 40% en el coste de
los viajes a los titulares mayores de 18 años y pensionistas de la Seguridad
Social o de PNC.
17. Descuentos en determinadas empresas privadas y centros culturales.
EN NAVARRA:
Para poder acceder a estos servicios se necesita un grado de discapacidad
declarado del 33%.












Renta básica.
Pensiones no contributivas de invalidez.
Asistencia sanitaria odontológica a disminuidos psíquicos y físicos en
Navarra.
Servicio de transporte adaptado y asistido para personas con discapacidad.
Asistencia sanitaria odontológica.
Servicio de transporte adaptado y asistido para personas con discapacidad.
Adquisición, reparación y renovación de productos ortoprotésicos.
Adquisición, reparación y renovación de prótesis auditivas.
Ayudas técnicas para personas con discapacidad.
Servicio de piso tutelado residencial.
Servicio de rehabilitación del lenguaje.
Servicio de atención residencial.
Empleo
1. Subvenciones y bonificaciones a la empresa ordinaria por la contratación
laboral de discapacitados. Medidas de fomento del empleo: contrato
indefinido trabajadores minusválidos, contrato temporal, contrato de
formación, contrato en prácticas, contrato de interinidad…
2. Subvenciones y bonificaciones para el autoempleo.
3. Centros Especiales de Empleo.
4. Cuota de reserva del 2% en empresas de 50 o más trabajadores (y medidas
alternativas).
5. Registro especial en el INEM para demandantes de empleo discapacitados.
6. Jubilación de trabajadores minusválidos.
7. Acceso al empleo público: Exención de pago de tasas para acceder a las
pruebas selectivas, obligación de reservas de puestos de trabajo para
discapacitados del 5%, adaptación de medios/tiempos en las pruebas.
Convocatorias independientes. Plazas restringidas en las oposiciones.
5
TIPO DE PRESTACIÓN
A NIVEL ESTATAL
PRESTACIONES DERIVADAS DE LA LISMI
(Ley Integración Social de los Minusválidos)

 Ayuda de movilidad y compensación

Prestación
económica
periódica
para
desplazamientos fuera del domicilio habitual
para aquellos que tengan graves dificultades
para el uso de transportes colectivos.

 Asistencia sanitaria y farmacéutica

NORMATIVA

Ley 13/1982, de 7 de abril, (BOE nº
103 de 30/04/1982), de integración social de
los minusválidos.

Real Decreto 383/1984, de 1 de
febrero (BOE nº 49 de 27/02/1984), por el
que se establece y regula el sistema especial
de prestaciones sociales y económicas
previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril.
REQUISITOS
FORMALIZACIÓN
Documentación obligatoria
 Solicitud en impreso específico debidamente
cumplimentada y firmada.
Tener un grado de minusvalía igual o
 Certificado negativo de Seguridad Social de
superior al 33%.
que no tiene derecho a la prestación sanitaria de
No tener derecho ni como titular ni como
la Seguridad Social.
beneficiario/a,
a
las
prestaciones
 Certificado oficial de minusvalía.
sanitarias o farmacéuticas del régimen
general o especial de la Seguridad Social.  Certificado de empadronamiento y de
convivencia.
No desarrollar una actividad laboral.
No ser beneficiario/a o no tener derecho
por edad o por cualquier otra
circunstancia, a prestación o ayuda de
análoga naturaleza y finalidad y en su
caso, de igual o superior cuantía otorgada
por otro organismo público.
 Fotocopia del D.N.I. De la persona solicitante
y de todos los miembros con los que conviva. En
caso de extranjeros: fotocopia compulsada del
pasaporte y de la tarjeta, permiso o justificante de
residencia en España, referente tanto a la
residencia actual, como a los períodos que se
alegan.
 En caso de incapacidad, resolución judicial de
incapacidad legal y designación de tutor.

Lugar y tiempo de tramitación
 Centro social Base de Barrio
Dirección General de Asuntos Sociales
C/ González Tablas, 7.
Teléfono: 902 165 170
6
TIPO DE PRESTACIÓN
RENTA BÁSICA
Es una medida para garantizar ingresos
mínimos a personas con una discapacidad
reconocida y que no cuenten con ingresos
económicos propios o que estos sean
inferiores a la pensión no contributiva de
invalidez (PNC de invalidez) y que se
incorporen a un centro ocupacional o a un
centro de día.
REQUISITOS




NORMATIVA DE REFERENCIA


Disposición Adicional del Decreto
Foral 120/1999, de 19 de abril, (BON nº 54,
de 03/05/1999) por el que se regula la renta
básica.

Orden Foral 58/1999, de 17 de
agosto, por la que se desarrolla el Decreto
Foral 120/1999. (BON nº 113, de
10/09/1999).


Orden Foral 18/2007, de 26 enero,
(BON nº 32, de 14/03/2007) sobre cuantías
de renta básica.
Alcanzar un grado de discapacidad de
entre 33 y 64%.
Carecer de recursos económicos para
cubrir sus necesidades básicas.
Ser mayor de 18 años y menor de 65
años.
Acreditar la residencia efectiva en
Navarra con una antigüedad mínima de 2
años.
Haber
solicitado
previamente
de
cualquiera de las administraciones y de la
Seguridad Social las ayudas, pensiones,
prestaciones o subsidios de cualquier
índole que pudieran corresponder por
derecho, incluidas las acciones legales
derivadas del impago de pensiones por
alimentos.
Estar integradas en programas de ajuste
personal, participando en un centro
ocupacional o en un centro de día.
FORMALIZACIÓN
Documentación obligatoria
 Solicitud en impreso específico debidamente
cumplimentada y firmada por la persona
interesada.
 Informe social elaborado por el Servicio Social
de Base o Unidad de Barrio que corresponda
al domicilio de la persona solicitante.
 Fotocopia DNI, permiso de residencia o en su
defecto pasaporte de la persona solicitante.
 Justificante de ingresos económicos del
solicitante.
 Acuerdo de Incorporación Sociolaboral
 En supuesto de separación o divorcio
convenio regulador o sentencia judicial y, en
su caso, acciones legales iniciadas por
impago de la pensión establecida, si no
constaran ya en el expediente del Servicio
Social de Base.
 Solicitud de abono por transferencia.
Servicio Social de Base
Registro de la Dirección General de Política
Social y Consumo
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona
7
TIPO DE PRESTACIÓN
REQUISITOS
ASISTENCIA SANITARIA ODONTOLÓGICA A
DISMINUIDOS PSÍQUICOS Y FÍSICOS EN Disminuidos psíquicos y físicos que cumplan
NAVARRA
las tres circunstancias siguientes:
 Grado de minusvalía igual o mayor del
NORMATIVA DE REFERENCIA
75%.

Decreto Foral 70/2003, de 7 de abril, por  En mayores de 18 años, tener un mínimo
de 15 puntos en "necesidad de asistencia
el que se modifica el programa de atención
de tercera persona".
dental a minusválidos (BON núm.54, de 30 de
 Cumplir los criterios de Riesgo Dental,
abril).
según el SNS-O.

Orden Foral 51/2003, de 9 de mayo, del
Consejero de Salud, por el que se desarrolla el
programa de atención dental a minusválidos
(BON núm. 65, de 23 de mayo).
SERVICIO DE TRANSPORTE ADAPTADO Y 
ASISTIDO
PARA
PERSONAS
CON
DISCAPACIDAD
Ofertar transporte adaptado y/o de apoyo 
personal para facilitar la asistencia a los
servicios y programas de promoción de la 
autonomía personal y prevención de la
dependencia para evitar el desarraigo familiar,
intentando prevenir, en la medida de lo posible, 
el internamiento en centros. Se lleva a cabo a
través de Cruz Roja.
FORMALIZACIÓN
1. DE 6 a 18 años: Mediante el Programa de
Atención Dental Infantil y Juvenil (PADI)
(tfno. 848429338).
2. > 18 años. Existen dos posiblidades:
 Atención directa por un dentista de SNS-O.
 Atención por un dentista privado con
posterior tramitación de un "Reintegro de
Gastos".
Lugar de tramitación
Sección Salud Bucodental
Centro Sanitario Conde Oliveto, 1ª Planta,
Plaza de la Paz s/n
Teléfono: 848 429338
Personas menores de 65 años con Documentación obligatoria
en
impreso
específico
discapacidad física y/o intelectual y/o  Solicitud
debidamente
cumplimentado,
firmado
por
daño cerebral.
la persona interesada o representante y
Tener reconocido un grado de minusvalía
por el Servicio Social de Base
igual o superior al 33%.
correspondiente acreditando los requisitos
Acreditar residencia efectiva y continuada
exigidos.
en Navarra durante el año anterior a la
 Fotocopia del D.N.I.
solicitud.
Lugar de tramitación
Informe de idoneidad del ANAP en
Agencia Navarra para la Autonomía de las
función de la posibilidad o imposibilidad
Personas (ANAP).C/ González Tablas, 7
de utilizar otros medios de transporte.
Servicio Social de Base correspondiente.
8
TIPO DE PRESTACIÓN
REQUISITOS
FORMALIZACIÓN
NORMATIVA DE REFERENCIA.

Decreto Foral 69/2008, 17 de junio
(BON nº 84 de 09/07/2008), por el que se
aprueba la Cartera de Servicios Sociales de
Ámbito General. Acuerdo, (BON nº 105 de
26/08/2009), del Consejo de Gobierno de la
Agencia Navarra para la Dependencia, por el
que se modifican las tarifas y las normas de
aplicación de las mismas por la prestación de
servicios gestionados directa o indirectamente
por este Organismo autónomo.
ADQUISICIÓN,
REPARACIÓN
Y
RENOVACIÓN DE DIVERSOS PRODUCTOS,
ORTOPROTÉSICOS



Solicitud de reintegro de gastos.
cumplimentada.
Informe del médico, con la comprobación
(si es necesaria).
TIS.
En los casos de lesión producida por
accidente, declaración escrita indicando el
origen del mismo.
Ayuda para Adquisición de diversos productos
 Haber sido valorada la necesidad desde el 
ortopédicos. Quedan excluidas sillas de ruedas
Servicio Navarro de Salud.

eléctricas y prótesis auditivas.
NORMATIVA

Decreto Foral 17/1998, de 26 de enero
por el que se regula la prestación ortoprotésica
Lugar de tramitación
del Sistema Navarro de Salud.
Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea

Decreto Foral 233/2001, de 27 de
Sección: Servicio de Prestaciones y
agosto, por el que se modifica el Decreto Foral
Conciertos.
17/1998, de 26 de enero.
Teléfono: 848 429004 - Fax: 848 429055

Real Decreto 1030/2006, de 15 de
Dirección: Ambulatorio Conde Oliveto, 3ª
septiembre, por el que se establece la cartera de
Planta, Plaza de la Paz s/n.
servicios comunes del Sistema Nacional de
Salud y el procedimiento para su actualización.
9
TIPO DE PRESTACIÓN
REQUISITOS
ADQUISICIÓN,
REPARACIÓN
Y

RENOVACIÓN DE PRÓTESIS AUDITIVAS


NORMATIVA

Decreto Foral 17/1998, de 26 de
enero por el que se regula la prestación
ortoprotésica del Sistema Navarro de Salud.
SERVICIO DE REHABILITACIÓN DEL

LENGUAJE
Intervenciones dirigidas a la rehabilitación de
patologías del lenguaje y la comunicación.
NORMATIVA

Ley 12/1982, de 7 de abril, (BOE nº
103 de 30/04/1982), de Integración Social de
Minusválidos.

Decreto Foral 69/2008, 17 de junio
(BON nº 84 de 09/07/2008), por el que se
aprueba la Cartera de Servicios Sociales de
Ámbito General.




Personas mayores de 17 años.
Haber sido valorado en el SNS.
El producto incluido en el listado de
recursos ofertados.
FORMALIZACIÓN
Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea
Sección: Servicio de Prestaciones y
Conciertos.
Tfn: 848 429004
Fax: 848429055
Ambulatorio Conde Oliveto, 3ª Planta,
Plaza de la Paz s/n
Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30h.
Mayores de 16 años que tengan algún Departamento de Asuntos Sociales, Familia,
grado de minusvalía y para quienes el Juventud y Deporte.
Equipo de Valoración y Orientación (EVO)
del Centro de Atención Temprana haya Agencia Navarra para la Autonomía de las
Personas (ANAP)
prescrito la necesidad.
C/
González
Tablas, nº 7
Residir en Navarra.
Teléfono: 902 165 170
No estar escolarizada.
Sección de Valoración
Tener declarado un grado de minusvalía
C/
Concepción Benítez, 12
igual o superior al 33% con alguna
Teléfono: 948 269 800
discapacidad para la comunicación igual o
superior al 24%.
No recibir tratamiento en otros servicios
públicos o entidades subvencionadas por
ANAP.
10
TIPO DE PRESTACIÓN
SERVICIO DE ATENCIÓN RESIDENCIAL
PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Servicio prestado en establecimiento público
o concertado por la Administración, de
carácter residencial, para ofrecer atención
integral a las necesidades básicas,
rehabilitadoras y socioculturales. Esta
atención puede prestarse con carácter
definitivo o por un período de tiempo limitado.
NORMATIVA

Ley Foral 15/2006, de 14 de
diciembre, (BON núm. 152 de 20/12/2006),
de Servicios Sociales.

Decreto Foral 69/2008, 17 de junio
(BON nº 84 de 09/07/2008), por el que se
aprueba la Cartera de Servicios Sociales de
Ámbito General.

Orden Foral 210/2009, de 1 de junio,
(BON nº 89 de 20/07/2009), de la Consejera
de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y
Deporte, por la que se regulan las
prestaciones económicas vinculadas a
servicio.
REQUISITOS



Fotocopia del DNI de los convivientes.
(Sólo para los recursos dirigidos a
personas menores de 65 años).
Informe médico/psiquiátrico actual
constando: Diagnóstico, tratamiento,
historia médica y necesidad del recurso,
así como cualquier dato relevante relativo
a conductas, lesiones y/o problemas de
movilidad o sensoriales.
Informe servicio social de base.
FORMALIZACIÓN
Departamento de Asuntos Sociales, Familia,
Juventud y Deporte.
Agencia Navarra para la Autonomía de las
Personas (ANAP)
C/ González Tablas, nº 7
Teléfono: 902 165 170
Documentación específica para todos los
recursos dirigidos a menores de 18 años
con discapacidad física o intelectual:


Informe de idoneidad emitido por el
CREENA.
La documentación económica necesaria
para la comprobación de los datos
aportados, en caso de considerarlo
necesario, le será requerida con
posterioridad.
11
TIPO DE PRESTACIÓN
SERVICIO DE PISO TUTELADO /
FUNCIONAL PARA PERSONAS CON
DISCAPACIDAD
Servicio prestado en una vivienda
normalizada, donde la dinámica de relación y
convivencia es de tipo familiar. Ofrece
atención integral a las necesidades básicas
para mantener o mejorar la autonomía
personal, facilitando la integración y
participación social. Se presta con carácter
garantizado dependiendo del grado de
minusvalía de la persona solicitante.
NORMATIVA

Ley Foral 15/2006, de 14 de
diciembre, (BON núm. 152 de 20/12/2006),
de Servicios Sociales.

Decreto Foral 69/2008, 17 de junio
(BON nº 84 de 09/07/2008), por el que se
aprueba la Cartera de Servicios Sociales de
Ámbito General.

Orden Foral 210/2009, de 1 de junio,
(BON nº 89 de 20/07/2009), de la Consejera
de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y
Deporte, por la que se regulan las
prestaciones económicas vinculadas a
servicio.
REQUISITOS
Personas con una edad comprendida entre los
18 y los 65 años con discapacidad física y/o
intelectual y/o daño cerebral.
Requisitos de acceso:
 Tener autonomía de funcionamiento en
medio normalizado.
 Requerir supervisión y tutela para la
realización de las actividades básicas de la
vida diaria.
 Tener reconocido un grado de minusvalía
igual o superior al 55% para el servicio
garantizado y un grado de minusvalía igual
o superior al 33% para el servicio no
garantizado.
 Acreditar residencia efectiva y continuada
en Navarra durante el año anterior a la
solicitud.
 Llevar a cabo una actividad en un centro
de estudios, centro o unidad ocupacional,
centro especial de empleo, contrato de
trabajo en empleo ordinario o cualquier
otra actividad aceptada por la Agencia
Navarra para la Dependencia.
 Informe de idoneidad de la Agencia
Navarra para la Dependencia.
FORMALIZACIÓN
Departamento de Asuntos Sociales, Familia,
Juventud y Deporte.
Agencia Navarra para la Autonomía de las
Personas (ANAP)
C/ González Tablas, nº 7
Teléfono: 902 165 170
12
TIPO DE PRESTACIÓN
SERVICIOS DE ATENCIÓN DIURNA PARA
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Servicio prestado en un establecimiento,
público o concertado, específico (centro de
día) o residencial (servicio de estancias
diurnas), para ofrecer durante el día atención
a las necesidades personales básicas, de
rehabilitación y socioculturales, facilitando la
permanencia en el entorno habitual y
apoyando a las personas cuidadoras.
REQUISITOS




Personas menores de 65 años con
discapacidad física y/o intelectual y/o
daño cerebral.
Tener reconocido un grado de minusvalía
igual o superior al 33%.
Acreditar residencia efectiva y continuada
en Navarra durante los dos años
anteriores a la solicitud.
Informe de idoneidad de la Agencia
Navarra para la Autonomía de las
personas.
FORMALIZACIÓN


Agencia Navarra para la Autonomía de las
Personas (ANAP) 902 165 170 C/
González Tablas, 7.
Servicio Social de Base o Unidad de
Barrio que le corresponda por su lugar de
residencia.
NORMATIVA

Ley Foral 15/2006, de 14 de
diciembre, (BON núm. 152 de 20/12/2006),
de Servicios Sociales.

Decreto Foral 69/2008, 17 de junio
(BON nº 84 de 09/07/2008), por el que se
aprueba la Cartera de Servicios Sociales de
Ámbito General.
13
Este documento ha sido elaborado a partir de la siguiente bibliografía y Web
grafía:
-
Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos (LISMI). España.
(1982). Boletín Oficial del Estado, nº 103, 30-4-1982, 11.106-11.112 (en línea),
<https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1982-9983> acceso octubre 2013.
-
Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento,
declaración y calificación del grado de minusvalía. España. (2000). Boletín Oficial del
Estado, nº 22, 26-1-2000,3316-3410 (en línea),
<http://www.boe.es/boe/dias/2000/01/26/pdfs/A03317-03410.pdf.> acceso octubre 2013.
-
Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento,
declaración y calificación del grado de discapacidad, y por el que se modifica el Real
Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre. España (2009): Boletín Oficial del Estado,
nº311, 26-12-2009, 110413-110415 (en línea),
<http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-20891> acceso octubre 2013.
-
Olite, Mª. J. y Jiménez, A. (2013). La valoración de la discapacidad y la valoración de la
idoneidad laboral. Jornadas para formación del profesorado en Navarra: Metodologías
activas y recursos en la práctica de los PCPIE. La aceptación de la discapacidad en la
adolescencia: aportaciones de diferentes entidades, expertos y profesionales.
CREENA. Gobierno de Navarra.
-
Política Social. http://www.navarra.es/home_es/Temas/Asuntos+sociales/Discapacidad/
14