Download Certificado de discapacidad - Centro de Recursos de Educación
Document related concepts
Transcript
¿Qué es el certificado de discapacidad? ¿Quién y cómo valoran el grado de discapacidad? ¿Cómo se solicita el certificado de discapacidad? ¿Cuándo y dónde se solicita? ¿Qué beneficios obtengo? 1 El certificado de discapacidad es un documento oficial que otorga derecho a la persona con discapacidad o a sus familiares para acceder a determinados beneficios sociales y económicos (servicios de salud, formación, empleo, ocio, transporte, vivienda, adaptaciones, prestaciones, etc.). Dicho certificado presenta el grado de discapacidad obtenido a partir de una valoración. La valoración del porcentaje de discapacidad se regula por el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Sirve para todo el Estado. Existe un equipo de profesionales que se denomina Equipo de Orientación y Valoración compuesto por médico/a, psicólogo/a y trabajador/a social que son quienes realizan los dictámenes técnico-facultativos para el reconocimiento del grado de discapacidad. Estos profesionales pertenecen a la Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas (ANAP) de Política Social del Gobierno de Navarra. El procedimiento de valoración se lleva a cabo a través de una entrevista inicial y una valoración médica si procede y a través de una valoración psicológica que comprende los siguientes apartados: a. Entrevista con los padres o acompañantes. b. Entrevista con el interesado. c. Exploración: psicométrica, test grafico/proyecto, aprendizajes instrumentales. d. Contacto telefónico con profesionales implicados. El grado de discapacidad se establece en % que se obtiene a partir de la aplicación de un baremo que determina las limitaciones en la actividad y un baremo de contenido social. Cuando el porcentaje obtenido en la valoración de la discapacidad, alcance al menos el 25 por 100, se le sumará la puntuación obtenida en el baremo de factores sociales complementarios. 2 Cumplimentando un impreso de solicitud de valoración del grado de discapacidad. (Formulario de solicitud) que puede recogerse en: Los Servicios Sociales de Base. Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas. C/ González Tablas, 7. Sección de Valoración situada en: C/ Teodoro Ochoa de Alda s/n (antiguo Centro San José). Además se debe adjuntar la siguiente documentación: Fotocopia del D.N.I. de la persona interesada o, en su defecto si es menor de edad, fotocopia del Libro de Familia. En caso de no tener nacionalidad española, fotocopia de la tarjeta de Residente. Fotocopia de todos los informes médicos y psicológicos que posea. En caso de revisión por agravamiento: fotocopia de los informes que acrediten dicho agravamiento. Documentación opcional: En su caso, fotocopia del D.N.I. del representante legal. En Pamplona todos los días laborables del año de lunes a viernes. En Tudela todos los jueves laborables del año. 3 Tener este certificado supone más ventajas que desventajas. Es una acreditación que resulta útil para acceder a determinados recursos. Existen ayudas a nivel estatal a las que hay que añadir las que se proponen desde nuestra Comunidad. El reconocimiento del tipo y grado de discapacidad puede dar derecho, entre otras, a las siguientes medidas de protección social: 1. 2. 3. 4. 5. Pensión no contributiva por invalidez. Prestación familiar por hijo a cargo. Orientación para ingreso en centros. Tratamientos. Beneficios fiscales: Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) (2000-5000€). Impuesto sobre sociedades (IS). Impuesto sobre el valor añadido (IVA) para la adquisición de un vehículo para personas discapacitadas y silla de ruedas así como en la adquisición de aparatos de prótesis, ortesis e implantes internos. (4%). Exención de impuesto de circulación. 6. Impuesto especial sobre determinados medios de transporte (IEDMT). 7. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. 8. Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad. 9. Compra de vivienda: subsidiación de los intereses del préstamo para la compra de VPO y una ayuda para la entrada de 900€ a nivel estatal según el Plan de Vivienda. Cupo reservado y adaptación en su caso, del 3% de las VPO y puntuación específica en el baremo. 10. Bono-taxi Consiste en una ayuda económica para reducir el coste del transporte a aquellas personas discapacitadas con grave dificultad para acceder al transporte público. La concede en Navarra diferentes ayuntamientos según determinados requisitos y consiste en una ayuda económica mensual. 11. Solicitud de ayudas públicas. 12. Reducción en medios de transporte. 13. Becas y ayudas de Educación Especial. 14. Reserva de un 3% de plazas en la Universidad para discapacitados con grado del 65% o más. 15. Exención de tasas en algunas Universidades. 4 16. Tarjeta dorada de la RENFE Otorga descuentos del 25 o 40% en el coste de los viajes a los titulares mayores de 18 años y pensionistas de la Seguridad Social o de PNC. 17. Descuentos en determinadas empresas privadas y centros culturales. EN NAVARRA: Para poder acceder a estos servicios se necesita un grado de discapacidad declarado del 33%. Renta básica. Pensiones no contributivas de invalidez. Asistencia sanitaria odontológica a disminuidos psíquicos y físicos en Navarra. Servicio de transporte adaptado y asistido para personas con discapacidad. Asistencia sanitaria odontológica. Servicio de transporte adaptado y asistido para personas con discapacidad. Adquisición, reparación y renovación de productos ortoprotésicos. Adquisición, reparación y renovación de prótesis auditivas. Ayudas técnicas para personas con discapacidad. Servicio de piso tutelado residencial. Servicio de rehabilitación del lenguaje. Servicio de atención residencial. Empleo 1. Subvenciones y bonificaciones a la empresa ordinaria por la contratación laboral de discapacitados. Medidas de fomento del empleo: contrato indefinido trabajadores minusválidos, contrato temporal, contrato de formación, contrato en prácticas, contrato de interinidad… 2. Subvenciones y bonificaciones para el autoempleo. 3. Centros Especiales de Empleo. 4. Cuota de reserva del 2% en empresas de 50 o más trabajadores (y medidas alternativas). 5. Registro especial en el INEM para demandantes de empleo discapacitados. 6. Jubilación de trabajadores minusválidos. 7. Acceso al empleo público: Exención de pago de tasas para acceder a las pruebas selectivas, obligación de reservas de puestos de trabajo para discapacitados del 5%, adaptación de medios/tiempos en las pruebas. Convocatorias independientes. Plazas restringidas en las oposiciones. 5 TIPO DE PRESTACIÓN A NIVEL ESTATAL PRESTACIONES DERIVADAS DE LA LISMI (Ley Integración Social de los Minusválidos) Ayuda de movilidad y compensación Prestación económica periódica para desplazamientos fuera del domicilio habitual para aquellos que tengan graves dificultades para el uso de transportes colectivos. Asistencia sanitaria y farmacéutica NORMATIVA Ley 13/1982, de 7 de abril, (BOE nº 103 de 30/04/1982), de integración social de los minusválidos. Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero (BOE nº 49 de 27/02/1984), por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril. REQUISITOS FORMALIZACIÓN Documentación obligatoria Solicitud en impreso específico debidamente cumplimentada y firmada. Tener un grado de minusvalía igual o Certificado negativo de Seguridad Social de superior al 33%. que no tiene derecho a la prestación sanitaria de No tener derecho ni como titular ni como la Seguridad Social. beneficiario/a, a las prestaciones Certificado oficial de minusvalía. sanitarias o farmacéuticas del régimen general o especial de la Seguridad Social. Certificado de empadronamiento y de convivencia. No desarrollar una actividad laboral. No ser beneficiario/a o no tener derecho por edad o por cualquier otra circunstancia, a prestación o ayuda de análoga naturaleza y finalidad y en su caso, de igual o superior cuantía otorgada por otro organismo público. Fotocopia del D.N.I. De la persona solicitante y de todos los miembros con los que conviva. En caso de extranjeros: fotocopia compulsada del pasaporte y de la tarjeta, permiso o justificante de residencia en España, referente tanto a la residencia actual, como a los períodos que se alegan. En caso de incapacidad, resolución judicial de incapacidad legal y designación de tutor. Lugar y tiempo de tramitación Centro social Base de Barrio Dirección General de Asuntos Sociales C/ González Tablas, 7. Teléfono: 902 165 170 6 TIPO DE PRESTACIÓN RENTA BÁSICA Es una medida para garantizar ingresos mínimos a personas con una discapacidad reconocida y que no cuenten con ingresos económicos propios o que estos sean inferiores a la pensión no contributiva de invalidez (PNC de invalidez) y que se incorporen a un centro ocupacional o a un centro de día. REQUISITOS NORMATIVA DE REFERENCIA Disposición Adicional del Decreto Foral 120/1999, de 19 de abril, (BON nº 54, de 03/05/1999) por el que se regula la renta básica. Orden Foral 58/1999, de 17 de agosto, por la que se desarrolla el Decreto Foral 120/1999. (BON nº 113, de 10/09/1999). Orden Foral 18/2007, de 26 enero, (BON nº 32, de 14/03/2007) sobre cuantías de renta básica. Alcanzar un grado de discapacidad de entre 33 y 64%. Carecer de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas. Ser mayor de 18 años y menor de 65 años. Acreditar la residencia efectiva en Navarra con una antigüedad mínima de 2 años. Haber solicitado previamente de cualquiera de las administraciones y de la Seguridad Social las ayudas, pensiones, prestaciones o subsidios de cualquier índole que pudieran corresponder por derecho, incluidas las acciones legales derivadas del impago de pensiones por alimentos. Estar integradas en programas de ajuste personal, participando en un centro ocupacional o en un centro de día. FORMALIZACIÓN Documentación obligatoria Solicitud en impreso específico debidamente cumplimentada y firmada por la persona interesada. Informe social elaborado por el Servicio Social de Base o Unidad de Barrio que corresponda al domicilio de la persona solicitante. Fotocopia DNI, permiso de residencia o en su defecto pasaporte de la persona solicitante. Justificante de ingresos económicos del solicitante. Acuerdo de Incorporación Sociolaboral En supuesto de separación o divorcio convenio regulador o sentencia judicial y, en su caso, acciones legales iniciadas por impago de la pensión establecida, si no constaran ya en el expediente del Servicio Social de Base. Solicitud de abono por transferencia. Servicio Social de Base Registro de la Dirección General de Política Social y Consumo C/ González Tablas, 7 31005 Pamplona 7 TIPO DE PRESTACIÓN REQUISITOS ASISTENCIA SANITARIA ODONTOLÓGICA A DISMINUIDOS PSÍQUICOS Y FÍSICOS EN Disminuidos psíquicos y físicos que cumplan NAVARRA las tres circunstancias siguientes: Grado de minusvalía igual o mayor del NORMATIVA DE REFERENCIA 75%. Decreto Foral 70/2003, de 7 de abril, por En mayores de 18 años, tener un mínimo de 15 puntos en "necesidad de asistencia el que se modifica el programa de atención de tercera persona". dental a minusválidos (BON núm.54, de 30 de Cumplir los criterios de Riesgo Dental, abril). según el SNS-O. Orden Foral 51/2003, de 9 de mayo, del Consejero de Salud, por el que se desarrolla el programa de atención dental a minusválidos (BON núm. 65, de 23 de mayo). SERVICIO DE TRANSPORTE ADAPTADO Y ASISTIDO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Ofertar transporte adaptado y/o de apoyo personal para facilitar la asistencia a los servicios y programas de promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia para evitar el desarraigo familiar, intentando prevenir, en la medida de lo posible, el internamiento en centros. Se lleva a cabo a través de Cruz Roja. FORMALIZACIÓN 1. DE 6 a 18 años: Mediante el Programa de Atención Dental Infantil y Juvenil (PADI) (tfno. 848429338). 2. > 18 años. Existen dos posiblidades: Atención directa por un dentista de SNS-O. Atención por un dentista privado con posterior tramitación de un "Reintegro de Gastos". Lugar de tramitación Sección Salud Bucodental Centro Sanitario Conde Oliveto, 1ª Planta, Plaza de la Paz s/n Teléfono: 848 429338 Personas menores de 65 años con Documentación obligatoria en impreso específico discapacidad física y/o intelectual y/o Solicitud debidamente cumplimentado, firmado por daño cerebral. la persona interesada o representante y Tener reconocido un grado de minusvalía por el Servicio Social de Base igual o superior al 33%. correspondiente acreditando los requisitos Acreditar residencia efectiva y continuada exigidos. en Navarra durante el año anterior a la Fotocopia del D.N.I. solicitud. Lugar de tramitación Informe de idoneidad del ANAP en Agencia Navarra para la Autonomía de las función de la posibilidad o imposibilidad Personas (ANAP).C/ González Tablas, 7 de utilizar otros medios de transporte. Servicio Social de Base correspondiente. 8 TIPO DE PRESTACIÓN REQUISITOS FORMALIZACIÓN NORMATIVA DE REFERENCIA. Decreto Foral 69/2008, 17 de junio (BON nº 84 de 09/07/2008), por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General. Acuerdo, (BON nº 105 de 26/08/2009), del Consejo de Gobierno de la Agencia Navarra para la Dependencia, por el que se modifican las tarifas y las normas de aplicación de las mismas por la prestación de servicios gestionados directa o indirectamente por este Organismo autónomo. ADQUISICIÓN, REPARACIÓN Y RENOVACIÓN DE DIVERSOS PRODUCTOS, ORTOPROTÉSICOS Solicitud de reintegro de gastos. cumplimentada. Informe del médico, con la comprobación (si es necesaria). TIS. En los casos de lesión producida por accidente, declaración escrita indicando el origen del mismo. Ayuda para Adquisición de diversos productos Haber sido valorada la necesidad desde el ortopédicos. Quedan excluidas sillas de ruedas Servicio Navarro de Salud. eléctricas y prótesis auditivas. NORMATIVA Decreto Foral 17/1998, de 26 de enero por el que se regula la prestación ortoprotésica Lugar de tramitación del Sistema Navarro de Salud. Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea Decreto Foral 233/2001, de 27 de Sección: Servicio de Prestaciones y agosto, por el que se modifica el Decreto Foral Conciertos. 17/1998, de 26 de enero. Teléfono: 848 429004 - Fax: 848 429055 Real Decreto 1030/2006, de 15 de Dirección: Ambulatorio Conde Oliveto, 3ª septiembre, por el que se establece la cartera de Planta, Plaza de la Paz s/n. servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. 9 TIPO DE PRESTACIÓN REQUISITOS ADQUISICIÓN, REPARACIÓN Y RENOVACIÓN DE PRÓTESIS AUDITIVAS NORMATIVA Decreto Foral 17/1998, de 26 de enero por el que se regula la prestación ortoprotésica del Sistema Navarro de Salud. SERVICIO DE REHABILITACIÓN DEL LENGUAJE Intervenciones dirigidas a la rehabilitación de patologías del lenguaje y la comunicación. NORMATIVA Ley 12/1982, de 7 de abril, (BOE nº 103 de 30/04/1982), de Integración Social de Minusválidos. Decreto Foral 69/2008, 17 de junio (BON nº 84 de 09/07/2008), por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General. Personas mayores de 17 años. Haber sido valorado en el SNS. El producto incluido en el listado de recursos ofertados. FORMALIZACIÓN Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea Sección: Servicio de Prestaciones y Conciertos. Tfn: 848 429004 Fax: 848429055 Ambulatorio Conde Oliveto, 3ª Planta, Plaza de la Paz s/n Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14:30h. Mayores de 16 años que tengan algún Departamento de Asuntos Sociales, Familia, grado de minusvalía y para quienes el Juventud y Deporte. Equipo de Valoración y Orientación (EVO) del Centro de Atención Temprana haya Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas (ANAP) prescrito la necesidad. C/ González Tablas, nº 7 Residir en Navarra. Teléfono: 902 165 170 No estar escolarizada. Sección de Valoración Tener declarado un grado de minusvalía C/ Concepción Benítez, 12 igual o superior al 33% con alguna Teléfono: 948 269 800 discapacidad para la comunicación igual o superior al 24%. No recibir tratamiento en otros servicios públicos o entidades subvencionadas por ANAP. 10 TIPO DE PRESTACIÓN SERVICIO DE ATENCIÓN RESIDENCIAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Servicio prestado en establecimiento público o concertado por la Administración, de carácter residencial, para ofrecer atención integral a las necesidades básicas, rehabilitadoras y socioculturales. Esta atención puede prestarse con carácter definitivo o por un período de tiempo limitado. NORMATIVA Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, (BON núm. 152 de 20/12/2006), de Servicios Sociales. Decreto Foral 69/2008, 17 de junio (BON nº 84 de 09/07/2008), por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General. Orden Foral 210/2009, de 1 de junio, (BON nº 89 de 20/07/2009), de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se regulan las prestaciones económicas vinculadas a servicio. REQUISITOS Fotocopia del DNI de los convivientes. (Sólo para los recursos dirigidos a personas menores de 65 años). Informe médico/psiquiátrico actual constando: Diagnóstico, tratamiento, historia médica y necesidad del recurso, así como cualquier dato relevante relativo a conductas, lesiones y/o problemas de movilidad o sensoriales. Informe servicio social de base. FORMALIZACIÓN Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte. Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas (ANAP) C/ González Tablas, nº 7 Teléfono: 902 165 170 Documentación específica para todos los recursos dirigidos a menores de 18 años con discapacidad física o intelectual: Informe de idoneidad emitido por el CREENA. La documentación económica necesaria para la comprobación de los datos aportados, en caso de considerarlo necesario, le será requerida con posterioridad. 11 TIPO DE PRESTACIÓN SERVICIO DE PISO TUTELADO / FUNCIONAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Servicio prestado en una vivienda normalizada, donde la dinámica de relación y convivencia es de tipo familiar. Ofrece atención integral a las necesidades básicas para mantener o mejorar la autonomía personal, facilitando la integración y participación social. Se presta con carácter garantizado dependiendo del grado de minusvalía de la persona solicitante. NORMATIVA Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, (BON núm. 152 de 20/12/2006), de Servicios Sociales. Decreto Foral 69/2008, 17 de junio (BON nº 84 de 09/07/2008), por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General. Orden Foral 210/2009, de 1 de junio, (BON nº 89 de 20/07/2009), de la Consejera de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, por la que se regulan las prestaciones económicas vinculadas a servicio. REQUISITOS Personas con una edad comprendida entre los 18 y los 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral. Requisitos de acceso: Tener autonomía de funcionamiento en medio normalizado. Requerir supervisión y tutela para la realización de las actividades básicas de la vida diaria. Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 55% para el servicio garantizado y un grado de minusvalía igual o superior al 33% para el servicio no garantizado. Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud. Llevar a cabo una actividad en un centro de estudios, centro o unidad ocupacional, centro especial de empleo, contrato de trabajo en empleo ordinario o cualquier otra actividad aceptada por la Agencia Navarra para la Dependencia. Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Dependencia. FORMALIZACIÓN Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte. Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas (ANAP) C/ González Tablas, nº 7 Teléfono: 902 165 170 12 TIPO DE PRESTACIÓN SERVICIOS DE ATENCIÓN DIURNA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Servicio prestado en un establecimiento, público o concertado, específico (centro de día) o residencial (servicio de estancias diurnas), para ofrecer durante el día atención a las necesidades personales básicas, de rehabilitación y socioculturales, facilitando la permanencia en el entorno habitual y apoyando a las personas cuidadoras. REQUISITOS Personas menores de 65 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral. Tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%. Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud. Informe de idoneidad de la Agencia Navarra para la Autonomía de las personas. FORMALIZACIÓN Agencia Navarra para la Autonomía de las Personas (ANAP) 902 165 170 C/ González Tablas, 7. Servicio Social de Base o Unidad de Barrio que le corresponda por su lugar de residencia. NORMATIVA Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, (BON núm. 152 de 20/12/2006), de Servicios Sociales. Decreto Foral 69/2008, 17 de junio (BON nº 84 de 09/07/2008), por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General. 13 Este documento ha sido elaborado a partir de la siguiente bibliografía y Web grafía: - Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos (LISMI). España. (1982). Boletín Oficial del Estado, nº 103, 30-4-1982, 11.106-11.112 (en línea), <https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1982-9983> acceso octubre 2013. - Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. España. (2000). Boletín Oficial del Estado, nº 22, 26-1-2000,3316-3410 (en línea), <http://www.boe.es/boe/dias/2000/01/26/pdfs/A03317-03410.pdf.> acceso octubre 2013. - Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre. España (2009): Boletín Oficial del Estado, nº311, 26-12-2009, 110413-110415 (en línea), <http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-20891> acceso octubre 2013. - Olite, Mª. J. y Jiménez, A. (2013). La valoración de la discapacidad y la valoración de la idoneidad laboral. Jornadas para formación del profesorado en Navarra: Metodologías activas y recursos en la práctica de los PCPIE. La aceptación de la discapacidad en la adolescencia: aportaciones de diferentes entidades, expertos y profesionales. CREENA. Gobierno de Navarra. - Política Social. http://www.navarra.es/home_es/Temas/Asuntos+sociales/Discapacidad/ 14