Download Ochavas Salientes en Planta Baja

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Transcript
OBRAS PARTICULARES –OFICINA TECNICA
NORMATIVAS DE CONSULTA
Ochavas
Fijase como línea de edificación de las esquinas de calles y pasajes las
ochavas correspondientes que serán perpendiculares a la bisectriz del ángulo
que forman las líneas comunales.
Es de utilidad pública la formación y ensanche de las ochavas y por tanto la
Comuna exigirá su ejecución de acuerdo a las medidas reglamentarias , a
medida que se solicite permiso para la construcción de nuevos edificios,
cercos o refacciones.
-Dimensiones de las ochavas
4,25m
L.E
L.E
4,25m
EXCEPCION
Se podrán proyectar ochavas con trazos curvos y poligonales siempre que
estas no rebasen las líneas oficiales. Estas ochavas tendrán que ser sometidas a
la Comuna para su aprobación.
Edificios fuera de la línea o sin ochava reglamentaria
Queda terminantemente prohibido, ocupar las ochavas con especies
arbóreas de cualquier tipo, u ornamentos que dificulten la visual, además
también hacer refacciones de cualquier clase en edificios o cercos que se
hallen fuera de la línea comunal o que no tengan la ochava correspondiente.
Salientes en Planta Baja
En las fachadas no se permitirá ninguna estructura fija o movible
exceptuando toldos, marquesinas y salientes en ochava a una altura no menor
a dos metros del nivel de vereda y que salga del perfil.
Fosas sépticas:
Una fosa séptica tendrá una capacidad interior mínima de 750 litros y de 250
litros por persona, hasta los 10 ocupantes , de 200 litros por persona entre 10 y
50 ocupantes y de 150 litros por persona cuando exceda de 50 ocupantes.
En caso de cámaras sépticas hechas en el lugar, la altura del líquido dentro de
la fosa oscilará entre 1metro y 3 metros dejando entre el nivel superior del
líquido y la cara inferior de la tapa un espacio libre de 0,20metros.
Los gases tendrán salida a la atmósfera por medio de caños de ventilación.
El conducto de entrada de las aguas servida a la fosa, deberá quedar
sumergido en el líquido por lo menos en una profundidad no menor de 0,40
metros ni mayor de 0,80 metros. Iguales características tendrá el caño de
salida y además colocará un conducto de ventilación comunicado con la
salida de aire anteriormente determinado.
La tapa o cubierta de la fosa tendrá una boca de acceso de 0,60 m por
0,60m , con ajuste hermético.
La fosa séptica puede ser sustituida por un pozo de 1m de diámetro y unos 3
metros de profundidad que llenen las mismas características de la cámara.
A corta distancia de la fosa y formando un conjunto con ella se colocará el
pozo absorbente, que llegará como mínimo hasta 1 metro bajo el nivel de la
primera napa y que irá munido de boca de acceso hermética y recalce.
Estos pozos distarán por lo menos 1,50 metros de la línea divisoria entre los
predios y 10 metros mínimos de cualquier pozo de captación de agua.
Para hacer nuevo pozo es necesario solicitar permiso a la Comuna.
Absorbente
1,50m
1,10m
1,10m
0m
DEPENDIENDO DEL SECTOR EN
QUE SE UBIQUE DE LA LOCALIDAD
Pozo
ALTURA : ANTES DE NAPAS.
LINEA DE EDIFICACION
NIVEL DE TIERRA
Forestación
El o los propietarios deberán proveer el arbolado de las vías proyectadas,
de acuerdo a las normas que en cuanto a cantidad y especie establezca la
comuna.
El distanciamiento del árbol, respecto de la línea cordón de la vereda, de la
línea de edificación, tamaño de las cazuelas, determinación de los lugares
con vereda jardín, características de las barreras protectoras a construir a fin
de evitar que las raíces levanten la vereda, distanciamiento entre ejes de
árboles, especies y variedades aptas para ser implantadas, serán propuestas
por la Oficina Tecnica de Obras Particulares de la Comuna, conforme a la
experiencia, planes y estudios técnicos que posea, a las características del
sector, a las variedades predominantes del lugar, al ancho de calzada, de la
vereda, a las redes de infraestructura existentes y a cualquier otro elemento de
equipamiento urbano.
En la planificación del arbolado público futuro, todos los servicios públicos y
entre ellos el arbolado.
Especies dispuestas por Oficina Tecnica:
-ARCE CAMPESTRE
Características
>> Hojas: Sus hojas suelen tener una tonalidad que combina colores
blancos y verdes, pero también podemos encontrarlas en tonalidades
rojizas. Algunas tienen formas son alargadas con bordes dentados y
otras con puntas más redondeadas.
>> Flores: Las flores del arce crecen agrupadas en racimos con pétalos
alargados.
>> Estilo: Es un árbol caducifolio de crecimiento rápido.
>> Altura: Puede llegar a medir hasta 12 metros de altitud.
>> Poda: A finales del invierno o en primavera se sanean las ramas secas
y dañadas.
>> Multiplicación: Se multiplica por semillas, que deben sembrarse
después de la recolección pues si se almacenan hay que estratificarlas
antes de la siembra.
>> Floración: Su época de máximo color y floración se da en el otoño.
>> Durante el otoño los arces se lucen al presentar coloridos
verdaderamente espectaculares que van desde los ocres hasta los
tonos rojizos pasando por intensos dorados.
-LIQUIDAMBAR
- Uno de los árboles más decorativos.
- Hermoso árbol caducifolio con hojas en forma de arce que ofrecen
una de las más vistosas tonalidades otoñales de color.
- Altura: 10-20 m. Diámetro 10 m. De hoja caduca.
- Porte: piramidal o cónico. De forma estrecha y cónica en los primeros
años, se ensancha cuando envejece.
- Su tronco es muy característico, por las profundas hendiduras
corchosas de la corteza.
- Sus hojas adquieren en otoño los colores amarillo, rojo y burdeo,
siempre que reciban abundante sol, siendo más dramáticos los colores
cuando los otoños son luminosos y fríos y sin lluvias tempranas que boten
las hojas.
- Floración: primavera. Discreta, sin importancia ornamental.
- Es un buen ejemplar para alineaciones de calle y adorna con
frecuencia muchos parques. Es una buena elección para cualquier
jardín de dimensiones medias o grandes.
- Su rápido crecimiento y su gran tolerancia lo convierten en un árbol
idóneo para proporcionar sombra y frenar la acción del viento.
- Tiene las raices delicadas y no conviene plantarlo hasta que éstas
estén bien desarrolladas.
- Es resistente a los fuertes fríos.
- No necesita poda regular. Si se poda puede perder su hermosa forma
piramidal con ramas creciendo desde la base del tronco.
- Multiplicación: Mediante la siembra de semillas en otoño, por esquejes
en el verano o por acodo en primavera.
-FRESNO
-El fresno es un árbol caducifolio.
-Este árbol tiene un tamaño mediano ya que alcanza una altura entre 8
a 12 metros y en algunos ejemplares hasta 20m.
-Este árbol es muy usado como árbol urbano ya que da mucha sombra
y se adapta bien a las ciudades.
-Clima: se desarrolla bien en climas templados, pero es bastante
resistente al frio y al viento.
-El tronco es recto y duro con forma cilíndrica, da mucha sombra por
eso es usado en arbolado público y en jardines o parques.
-Las hojas son lanceoladas en color verde oscuro.
-Las ramas son finas y junto a las hojas forman una copa redondeada.
-Las flores son muy simples y pequeñas, tienen forma d filamentos que
cuelgan y su color es blanco.
-El fresno es uno de los árboles que mejor se adecua al espacio urbano.
LAS PROHIBICIONES SANCIONES Y MULTAS
- Queda prohibido a toda persona, empresa privada o estatal efectuar
cortes, despuntes, poda aérea o radiculares, talas o erradicaciones del
arbolado público. Estas tareas en caso de ser necesarias serán
realizadas por personal pertenecientes al organismo de aplicación de
esta Ordenanza. Si el mismo, resultara, insuficiente, dicha labor podrá ser
realizada por particulares, previa autorización y bajo contralor de la
Oficina Técnica de la Comuna de Alvarez.
- Cuando no exista una solución alternativa, se permitirá la escamonda
a empresas interesadas en el mantenimiento de líneas de electricidad,
teléfono, televisión, música o redes subterráneas de gas, agua, etc.,
cuando las ramas o raíces del arbolado público afecten la
infraestructura existente. El organismo de aplicación de esta Ordenanza,
determinará la magnitud de la práctica autorizada, los recursos
agronómicos a adoptar en defensa del arbolado existente y labrará
actas por las infracciones que se cometan.
- Queda prohibido fijar en el arbolado público, elementos tales como
clavos, alambre, hierros, ganchos, parlantes, artefactos eléctricos,
letreros, avisos, enredaderas o plantas trepadoras, etc. Asimismo queda
prohibido encalar, barnizar o pintar, cualquiera sea los elementos
usados, troncos y/o ramas; así como también arrojar residuos o
elementos extraños en la cazuela (detergentes, grasas, ácidos, álcalis,
etc.) y efectuar apilamientos de materiales de cualquier naturaleza en
el área que ocupan las raíces, ya sea en carácter de transitorio o
permanente.
- Queda prohibido proceder al rellenado, revestimiento u hormigonado
de las cazuelas construidas con la finalidad de contener plantas
pertenecientes al arbolado público.
- La Comuna no aprobará plano alguno de edificación, refacción o
modificación de edificios cuyos accesos vehiculares o cocheras sean
proyectadas frente a árboles existentes. La solicitud de permiso de
edificación de obra nueva, refacción o modificación obliga al
proyectista y al propietario a fijar con precisión los árboles existentes en
el frente, no siendo causal de su erradicación, el proyecto ni los
requerimientos de la obra.
En casos excepcionales y cuando la disposición de los árboles fuese tal
que su extirpación se hiciera imprescindible la Oficina Técnica definirá al
respecto.
Los causales que justifican las extracciones de árboles pertenecientes al
arbolado público, además de las enunciadas en el Art. 20º serán las
siguientes:
a) Decrepitud o decaimiento de su vigor, irrecuperables.
b) Cuando imposibiliten obras de apertura o ensanche de calles,
siempre y cuando no exista una solución alternativa.
c) Cuando la inclinación del fuste amenace con su caída o provoque
trastorno al tráfico vehicular o de peatones (casos no recuperables
mediante otra solución técnica).
d) Cuando las raíces pongan en peligro la estructura de obras civiles.
Las solicitudes de erradicación que reciba la Comuna presentadas por
los vecinos frentistas, deberán serlo a título personal, no dándose curso a
peticiones colectivas de juntas, asociaciones vecinales, donde no
conste la conformidad personal de cada propietario frentista.
.- La Oficina Técnica de la Comuna de Alvarez, previa evaluación
técnica dictará a cada caso una resolución, autorizando o denegando
el pedido de extracción. La no respuesta en un plazo mayor a los 60
días, será considerada respuesta favorable.
Por cada árbol cuya extracción autorice el frentistas deberá plantar
otro ejemplar arbóreo, en proximidad del que ha sido extraído en lugar
determinado por el organismo de aplicación de esta Ordenanza.
- Establéese como época en toda la localidad para realizar trabajos de
poda previamente autorizados, los meses de Mayo, Junio, Julio y
Agosto. En las especies caducifolias la poda sólo podrá realizarse en la
época mencionada precedentemente, una vez producida la completa
caída de las hojas, de acuerdo a lo establecido por el artículo del
Decreto Provincial 0763, reglamentario de la Ley Provincial 9004.
Subdivisión o loteo dentro de la manzana
Se distinguen los dos casos siguientes:
No se admitirán subdivisiones con lotes internos y las medidas
mínimas serán:
a) Lotes intermedios:
Frente: diez(10)metros
Fondo: veinte (20) metros
Superficie mínima: 200metros cuadrados
b) Lotes de esquina: Frente menor: quince (15) metros
Sup. Mínima: 300 metros cuadrados
En lotes cuyos lados no sean normales a la línea de edificación se
conservara dichas medidas mínimas y además, sus superficie, no
deberán ser inferiores a doscientos (200) metros cuadrados para los lotes
intermedios y trescientos (300) metros cuadrados para los lotes de
esquina.
Subdivisión de lotes existentes
Cuando el número de lotes no exceda de cuatro, dos de los
lotes podrán tener dimensiones menores.
En el caso de lotes intermedios el frente mínimo será de 8 metros
y su superficie no será menor de ciento sesenta (160) metros cuadrados.
En el caso que resultara un lote en esquina, las dimensiones
mínimas serán, frente menor: 12 metros; superficie :200 metros
cuadrados.
Cordones y Veredas
En todos los casos en que la calzada no se pavimente o se
efectúe sólo parcialmente en lo que respecta a su ancho, se exigirá la
construcción de un cordón de mampostería o similar a dos (2) metros de la
línea de edificación y el abovedamiento y el zanjeo correspondiente. En todos
los casos se someterá a la aprobación respectiva por parte de la oficina
técnica comunal, el tipo, características y dimensiones de cordones, veredas y
senderos en pasajes peatonales, admitiéndose su ejecución por etapas
(4.10.7).
LAS PROHIBICIONES SANCIONES Y MULTAS
- La oficina técnica comunal, no aprobará planos de loteo o fraccionamiento
frente a caminos o calles, cuya apertura haya sido dispuesta por ordenanza
especial de la Comuna fundada en razones de interés público, hasta tanto el
propietario de cumplimiento a los requisitos que establece en cada caso la
presente ordenanza.
- No se aprobaran planos de urbanización o subdivisión en zonas declaradas
por ley como de utilidad pública y sujetas a expropiación.
-Queda terminantemente prohibida la venta de fracciones o lotes de terreno
ubicados en jurisdicción de la Comuna de Alvarez, sin plano previamente
visado y aprobado por la respectiva oficina técnica comunal y registrado en
el Departamento topográfico de la Provincia.
- El propietario que venda o remate , al contado o a plazos terrenos en
infracción a lo dispuesto en la presente ordenanza , se hará posible de una
multa equivalente del 20% del valor de las ventas , sin perjuicio de las acciones
legales que correspondan.
En ningún caso la multa a aplicar podrá, ser inferior al 20% del valor de la
tasación fiscal del inmueble.