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Nuevos contratos y relaciones
de trabajo en México y América
Latina
carlos reynoso castillo
Aspectos a desarrollar
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1. Introducción
2. Evolución del contrato de trabajo
3. Características del modelo tradicional
4. Contexto de los cambios
5. Justificaciones para los cambios
6. Fuentes del nuevo régimen contractual
7. Tendencias en el mundo
8. Propuestas de reforma en México
9. Los efectos de los cambios
10. Conclusiones
1. A manera de introducción:
. Idea básica en la historia del DT: ¿cómo
regular la relación trabajador-empleador?
. Tendencia hacia el alejamiento de las figuras
jurídicas de “relacionamiento” entre dos
personas.
. Hoy se asiste a la crisis de los modelos
jurídicos de relación obrero-patronal, a
partir de la explosión de sus elementos.
2. Evolución del contrato de trabajo
o  Antecedentes romanistas
o  Ubicación en el derecho civil
o  Debate sobre el tipo de contrato civil
o  Surgimiento del contrato de trabajo
o  Surgimiento del concepto “relación de
trabajo”
3. Características del modelo
tradicional
Principio general y eje articulador
Tiempo indeterminado
Excepciones
Tiempo determinado
Obra determinada
Inversión de capital determinado
o  Las excepciones ya señalas en la LFT:
-Regímenes laborales especiales
- Excepciones establecidas en la
práctica.
4. Contexto de cambios
o  La idea de “cambio” como constante en el
mundo del trabajo
o  Cambios en procesos productivos
o  Cambios en la conformación de la fuerza de
trabajo (aspectos demográficos, mujeres,
menores, discapacitados).
o  Cambios en la estructura del empleo
o  Crecimiento del desempleo
o  Cambios en la conformación política:
nacional e internacional
o  Políticas de ajuste estructural desde
los años 80 y 90.
o  Propuestas de organismos
internacionales para reformar la
legislación laboral (BM, OCDE).
o  Sindicalismo débil
o  Hoy, crisis económica mundial y
nacional: PIB, exportaciones, divisas
(petróleo, remesas, etc).
o  En este contexto se sugiere tomar
acuerdos para reactivar la economía.
o  Entre esos acuerdos estarían la
“adecuación” del marco jurídico
laboral.
o  Concretamente el régimen
contractual.
La crisis del “contrato de trabajo”
o  Debilitamiento de su papel
protagónico
o  Afectación por fenómenos de
externalización, terciarización,
subcontración.
o  El sector informal
o  El “regreso” del derecho privado
El “exotismo” contractual
o  Contratos de llamada
o  Calls centers
o  Teletrabajadores
o  Outsourcing, interno, externo
o  Crowdsourcing
Efecto: distorsiones jurídicas
o  Se parte de un planteamiento lineal:
o  Cambios a la legislación laboral, vgr.
en el régimen contractual
----------se traduciría--------------o  Activación económica y aumento del
empleo.
Debilitamiento del contrato
o  Datos estadísticos hoy en México
(2o.
trim. 2012)
o  PEA 51 mill.
o  De ese total: 31 mill. no tienen
prestación básica
o  De ese total 15 mill. no tiene
“contrato legal”.
(Fuente: Centro de Investigación en Economía y Negocios del ITESM.)
o  48.4 de la PEA tienen una ocupación
o  13.59% reciben hasta un sal. min.
o  6.31% no recibe ingresos (incluye
dependientes no remunerados,
actividades de subsistencia).
(Fuente Encuesta Nacional de Empleo y Ocupación. ENOE, 2o Trim 2012).
La idea de la “flexibilidad”
o  Premisa de rigidez en la legislación
laboral
o  Avance en varios países
o  Diferentes significados de la
flexibilidad: desregulación,
adaptación, acumulación.
Teoría de la “flexibilidad”
o  Diferentes tipologías:
o  a) Por momentos de la relación
laboral: de ingreso*, de estancia y de
salida.
o  b) Por el espacio en que se
manifiesta:
o  externa (terciarización)
o  interna (polivalencia, horaria, etc.)
o  Debates de fondo
*
Concepción proteccionista del DT
vs. Concepción flexibilizadora
*
Derecho del trabajo - Derecho del empleo
*
Derecho del trabajo instrumento de la economía vs.
Derecho del trabajo como garantía social y humana
*
Futuro del Derecho del Trabajo.
* Autonomía de la voluntad absoluta vs
Autonomía de la voluntad relativa
* Reducción de espacio de influencia del
DT.
* Debilitamiento de la subordinación
5. Justificaciones para los cambios
o  Justificaciones sociales: aumento del
desempleo
o  Justificaciones económicas: mejorar
la competitividad de las empresas,
nacional e internacionalmente
o  Justificaciones estrictamente
jurídicas: esquema rígido de
contratación e inhibidor del empleo.
Los espacios de las modificaciones
al régimen contractual:
o  Al inicio de la relación contractual :
flexibilidad de entrada (tipos de
contrato) *
o  En la ejecución del contrato
o  Al término de la relación contractual:
flexibilidad de salida (régimen de
extinción, causales de despido,
indemnizaciones, etc).
6. Fuentes del nuevo régimen
contractual
o  A Nivel constitucional
o  A Nivel de leyes reglamentarias
o  A nivel de contratación colectiva
o  A nivel jurisprudencia
7. Tendencias en el mundo
“precariedad laboral como la constante”
o  En Europa
o  En América Latina
El modelo español inspirador
o  Reformas al art. 15 del ET y RD 2720/98
o  Suprime la presunción de tiempo
indeterminado
o  Reconoce: contrato de obra o servicios
determinados
o  Contrato eventual por circunstancias de la
producción (máximo 1 año o mas por CC.)
o  Contrato de interinidad (por sustitución o
vacante)
o  Contrato por lanzamiento de nueva
actividad (de 6 meses a 3 años).
Contratos formativos
o  Contrato de prácticas.- para personas con
título universitario (medio o superior), de
seis meses a dos años.
o  Contrato de aprendizaje.-para jóvenes (16
a 21 años). Objetivo formar para inserción
al mercado (de seis meses a tres años).
Min.15% de la jornada dedicada a
enseñanza. Hay límite de aprendices, por
tamaño de empresa.
o  Contratos para fomento al empleo.- para
inscritos como desempleados, sin exigir
causa (Regulación 1976, 1984, 1994).
o  Contrato a tiempo parcial.-servicios por
horas, inferior al 77% del total de la
jornada. Puede ser TD o TI.
o  Contratos para trabajos fijos-discontinuos.para actividades en ciertos periodos fijos
o  Contratos de relevo.- caso alguien accederá
a su jubilación, hay reducción parcial de
jornada, y se contrata otro desempleado.
En América Latina
o  Tendencia a privilegiar la
temporalidad limitada.
o  Argentina(1991y 1995):estímulos a
contratos por lanzamiento de nuevas
actividades, contratos para
desempleados, prácticas laborales
para jóvenes y de empleo-formación
o  Perú (reforma de 1991) nueve modalidades
de contratación por tiempo determinado.
o  Brasil (reforma de 1998), contrato de
duración determinada con duración máxima
de dos años, con algunos requisitos.
o  Colombia, posible contrato de duración
determinada por tres años, con salvedades.
o  Ecuador (reformas al código, año 2000),
reconoce el contrato a tiempo parcial
Diversidad de modalidades
contractuales :
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País
Argentina
Chile
Colombia
Tipos de contrato
Tiempo parcial, plazo fijo,
temporada, por grupos,
eventual
Aprendizaje, agrícola
permanente,
plazo fijo de profesional de la
educación privada,
temporada
Termino fijo, obra,
aprendizaje, ocasional
de trabajo.
o  Guatemala
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o  Panamá
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o  Perú
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Tiempo indefinido,
plazo fijo, obra
determinada
Fijos o discontinuo,
minusválidos, eventual por
circunstancia de la empresa,
de grupo, tiempo parcial,
inserción.
Por necesidades del mercado,
por reconversión empresarial,
ocasional, de suplencia, de
emergencia, intermitente.
Casos especiales :
*Venezuela
Tiempo
indeterminado,
tiempo determinado
y obra determinada
(protección de estabilidad y
“eliminación” de
terciarización).
Constatación frente a los cambios
o  Subsistencia de los problemas que se
buscaba atender con las reformas:
desempleo, etc.
o  Aumento de trabajadores sin
prestaciones ni seguridad social
o  Diversificación de las modalidades de
contratación individual, con
resultados inciertos.
Implicaciones en derechos
colectivos
o  Difícil ejercicio de la libertad sindical
o  Volatilidad laboral y negociación
colectiva
o  Afectaciones al derecho de huelga
La paradoja : la vía de regreso
o  En razón de resultados no positivos
en materia de empleo:
o  Reformas para favorecer la
contratación estable (tiempo
indeterminado)
o  Posiciones de OCDE y OIT en el
mismo sentido
o  Caso de España (año1997).- se abandonan
modalidades temporales, salvo necesidades
objetivas de la empresa y fomento al
empleo.
o  Caso Argentina (Ley no. 25250 año 2000)
hay exención parcial de contribuciones para
contratación estable).
8. Propuestas de reforma en
México
o  Las propuestas atienden a los tres
momentos:
o  Inicio del contrato, tipos
o  Ejecución del contrato: flexibilidad
o  Disolución del vinculo contractual:
renuncia, terminación, despido.
Inicio del contrato, debate en torno
a nuevas modalidades
o  Contrato
o  Contrato
o  Contrato
o  Contrato
o  Contrato
de temporada
a prueba
por labores discontinuas
a tiempo parcial
de capacitación inicial
Algunos rasgos propuestos:
o  Periodo de prueba improrrogable de
30 días para trabajos generales y 180
para puestos directivos.
o  En capacitación inicial, de 3 meses
para trabajos generales y 6 meses
para puestos directivos.
o  No se podrían celebrar estos
contratos al mismo trabajador en
forma simultánea o sucesiva, ni en
mas de una vez.
o  Si subsistiera la relación laboral se
consideraría por tiempo
indeterminado
o  Se permitiría en ciertos casos el
contrato por temporada por
excepción para labores discontinuas.
o  Para labores fijas y periódicas de
carácter discontinuo
Debates pendientes en las
propuestas:
o  Tema de la proporcionalidad de las
prestaciones
o  Los efectos colaterales: Seg. Social, sindical
o  Tema de la adecuación del marco laboral
ante empleos “precarios”
o  Tema de los costos de “salida” o medidas
compensatorias ausentes
Debates sobre la ejecución del
contrato
o  Flexibilidad en las prestaciones:
vacaciones, salario, jornada, etc.
o  Debate de fondo: bileteralidad vs.
unilateralidad
Debates sobre la disolución de los
contratos
o  Discusión economicista centrada en el
costo de salida:
o  Indemnización
o  Salarios caídos*
9. Los efectos de las nuevas
contrataciones
o  Positivos:
o  Mayor flexibilidad el manejo de
recursos humanos
o  Adaptación de las empresas a la
coyuntura
o  Promueve la productividad
o  Fomento del empleo
9. Los efectos de las nuevas
contrataciones
o  Negativos:
o  Se limitan derechos en seguridad social
(cotizaciones parciales).
o  Falta de especialización de los trabajadores
o  Falta de integración a la empresa
o  Se limitan indemnizaciones por ruptura
o  En algunos casos aumento de la
siniestralidad
o  Dificultad para la libertad sindical
10. Conclusiones
o  Necesaria reflexión profunda antes de avanzar en las
reformas
o  Aprender de las experiencias de otros países.
o  Se puede seguir pr¡vilegiando al tiempo indeterminado
como principio rector e incorporar periodos de inicio de
contrato regulados*
o  Debatir el tema del empleo no solo desde el ángulo
cuantitativo sino también cualitativo (Base OIT-idea
trabajo decente).
o  Incluir “candados” para el uso abusivo de
nuevas contrataciones.
o  Necesaria “visión dual” de las reformas
o  Necesario rescate de la visión laboralista:
“equilibrio entre factores de la producción”
fin