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Caracas, Enero 2014
Pág. 1
CEDICE LIBERTAD
SEGUNDO PLAN SOCIALISTA DE DESARROLLO
ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN 2013-2019
Av. Andrés Eloy Blanco
(Este 2) Edif. Cámara
de Comercio de Caracas. Nivel Auditorio, Los
Caobos.
C a r a c as ,
Venezuela. 1050-A.
Telf: +58(212) 5713357
RESUMEN EJECUTIVO
En el marco de la campaña electoral para la elección de Alcaldes y Concejales (representantes
ante los parlamentos locales) en los más de 300 Municipios existentes en Venezuela, realizada a
finales de 2013 y que tuvo una inusual trascendencia nacional, al ser asumida tanto por el
Gobierno Nacional y su partido (PSUV) como por los partidos y las organizaciones políticas que
integran la Mesa de la Unidad Democrática, como una elección de aprobación o desaprobación de
Nicolás Maduro Moros como Presidente de la República, se publicó en la Gaceta Oficial No.
Extraordinario 6.118, de 04.12.13, el denominado Plan de la Patria. Segundo Plan Socialista de
Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019 (en lo que sigue, Plan de la Patria), con el
fin de que “surta efecto jurídico y sea de obligatorio cumplimiento en todo el territorio de la
República Bolivariana de Venezuela”. Este Plan integra un Acuerdo parlamentario sin forma de
Ley (no es una Ley, tal y como se explica en: http://goo.gl/K03nYE) de la Asamblea Nacional
(aprobado sólo por los diputados del partido de Gobierno).
Los supuestos fines y beneficios que arrojaría la puesta en vigencia del Plan de la Patria sería:
defender, expandir y consolidar la Independencia Nacional; continuar construyendo el Socialismo
Bolivariano del siglo XXI en Venezuela, como alternativa al capitalismo; convertir a Venezuela en
un país potencia en lo social, lo económico y lo político; contribuir al desarrollo de una nueva
geopolítica internacional en la cual tome cuerpo mundo multicéntrico y pluripolar; y contribuir con
la preservación de la vida en el planeta y la salvación de la especie humana.
La investigación realizada al contenido del Plan Patria publicado en Gaceta Oficial permitió
comprobar que el mismo no es otra cosa que la aplicación plena del proyecto de reforma
constitucional rechazado por la mayoría de los electores por referéndum realizado el 02 de
diciembre de 2007, en lo que concierne a materias como la nueva Geometría del Poder, el Modelo
productivo Socialista y la nueva ética socialista, con el agravante de que introduce un estado de
excepción permanente y aumenta el carácter militarista del funcionamiento del Gobierno y de la
Administración Pública, aspectos también violatorios de la Constitución de 1999, que básicamente
es suspendida en buena parte de su articulado por ella, tal y como lo expresó la Academia de
Ciencias Políticas y Sociales en un comunicado reciente (ver: http://goo.gl/UvoUai).
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Elaborado por:
Luis Alfonso Herrera O.
Licenciado en Filosofía.
Abogado. Especialista en
Derecho Administrativo
(UCV)..Profesor de las
Universidades Central de
Venezuela y Católica
Andrés Bello . Investigador
del Observatorio Económico
Legislativo de CEDICE
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CONTEXTO Y CRITERIOS DE PUESTA EN VIGENCIA DEL PLAN DE LA PATRIA. SEGUNDO PLAN
SOCIALISTA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN 2013-2019:
En el marco de la campaña electoral para la elección de
Alcaldes y de Concejales (representantes ante los parlamentos
locales) en los más de 300 Municipios existentes en el territorio
de Venezuela, la cual tuvo una inusual trascendencia nacional al
ser asumida tanto por el Gobierno Nacional y el partido de
Gobierno (PSUV) como por los partidos y las organizaciones
políticas que integran la Mesa de la Unidad Democrática como
una elección de aprobación o desaprobación de Nicolás Maduro
Moros como Presidente de la República, se publicó en la Gaceta
Oficial No. Extraordinario 6.118, de 04.12.13, como parte de un
Acuerdo parlamentario sin forma de Ley (no es una Ley, tal y
como se explica en: http://goo.gl/K03nYE) de la Asamblea
Nacional (aprobado sólo por los diputados del partido de
Gobierno), el denominado Plan de la Patria. Segundo Plan
Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 20132019 (en lo que sigue, Plan de la Patria), con el fin de que “surta
efecto jurídico y sea de obligatorio cumplimiento en todo el
territorio de la República Bolivariana de Venezuela”.
Según el texto del Plan de la Patria (que difiere en
contenido al presentado en 2012, durante la campaña
presidencial, por el fallecido Hugo Chávez, pues fue
ampliado considerablemente), sus objetivos son:
defender, expandir y consolidar la Independencia
Nacional; continuar construyendo el Socialismo
Bolivariano del siglo XXI en Venezuela, como alternativa
al capitalismo; convertir a Venezuela en un país potencia
en lo social, lo económico y lo político; contribuir al
desarrollo de una nueva geopolítica internacional en la
cual tome cuerpo mundo multicéntrico y pluripolar; y
contribuir con la preservación de la vida en el planeta y la
salvación de la especie humana. A decir del Presidente
de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, este Plan
es "el documento más importante luego de la
Constitución Nacional” (ver declaración en: http://goo.gl/
JXD3Eu).
Según el entonces candidato oficialista, el motivo por el cual
él solicitó a la Asamblea Nacional que aprobara el Plan de la
Patria y lo publicara en Gaceta Oficial es por ser éste “uno de los
legados dejados por el máximo líder de la Revolución
Bolivariana, Hugo Chávez, para proteger a los pobres e impulsar
el desarrollo del país (…) El Plan de la Patria es mi plan para
proteger a los pobres, para ayudar al que necesita, para darle
agua al que tiene sed, para darle trabajo a quien lo necesita,
para darle vivienda a las familias, para hacer patria” (ver la
declaración en: http://laradiodelsur.com/?p=161286).
Considerando que según académicos y expertos el
objetivo real de ese Plan es sustituir la Constitución de la
República y servir de base de toda la legislación y
regulación violatoria de aquélla ya en vigencia y por
dictarse bajo la vigencia de la Ley Habilitante otorgada al
Presidente de la República para dictar Decretos con
rango de Ley (ver http://goo.gl/UvoUai), así como
aumentar el poder militar sobre la vida civil, el propósito
de este Análisis Costo-Beneficio preparado por CEDICELibertad es identificar qué beneficios podría generar su
puesta en vigencia, así como los costos que generará al
ser asumido como Ley fundamental de la República.
PRINCIPALES ASPECTOS DEL PLAN DE LA PATRIA:
Como es frecuente en las fuentes jurídicas venezolanas
desde hace años, el lenguaje del Plan de la Patria no es
normativo, no contiene enunciados con la estructura propia de
las normas jurídicas, ni con el lenguaje que éstas deben emplear
para proveer certeza, confianza, seguridad y evitar tanto la
excesiva discrecionalidad como los tratos discriminatorios. Los
enunciados son abiertos y declarativos, el lenguaje que usa es
ideológico,
emotivo,
lleno
de
adjetivos,
elogios
y
descalificaciones, más propio de un panfleto político o de un
relato mítico que de un acto jurídico. En tal sentido, a efectos
informativos, se indica de seguidas el contenido básico de los
cinco objetivos del Plan:

“Defender, expandir y consolidar el bien más preciado
que hemos reconquistado después de 200 años: la
Independencia Nacional: se refiere al conjunto de
objetivos nacionales y estratégicos en los órdenes
político,
económico,
social
y
cultural,
principalmente, cuyo alcance nos permitirá sentar
las bases de la irreversibilidad de la soberanía
nacional (…) se incluye en este primer gran
objetivo el fortalecimiento del poder defensivo
nacional, consolidando la unidad cívico militar e
incrementando el apresto operacional de la Fuerza
Armada Nacional Bolivariana para la defensa
integral de la Patria”.

“Continuar construyendo el socialismo bolivariano
del siglo XXI, en Venezuela, como alternativa al
sistema destructivo y salvaje del capitalismo y con
ello asegurar la mayor suma de seguridad social,
mayor suma de estabilidad política y la mayor
suma de felicidad para nuestro pueblo: se
prefigura en las formas de construcción del
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socialismo nuestro para alcanzar la suprema felicidad
social del pueblo, esto pasa, en primer lugar, por
acelerar el cambio del sistema económico,
trascendiendo el modelo rentista petrolero capitalista
al modelo económico productivo socialista , dando
paso a una sociedad más igualitaria y justa, rumbo al
socialismo (…) se relaciona con la necesaria
promoción de una nueva hegemonía ética, moral y
espiritual que nos permita superar los vicios, que aún
no terminan de morir, del viejo modelo de sociedad
capitalista [ello] mediante la consolidación y
expansión del poder popular a través de las Misiones
y Grandes Misiones Socialistas y el autogobierno en
poblaciones y territorios específicos conformados
como Comunas, entre otras políticas”.

“Convertir a Venezuela en un país potencia en lo
social, lo económico y lo político dentro de la Gran
Potencia Naciente de América Latina y el Caribe, que
garanticen la conformación de una zona de paz en
Nuestra América: (…) se orienta hacia la
consolidación del poderío político, económico y social
para lo cual se requiere entre otras metas, la
definitiva irrupción del Estado Democrático y Social,
de Derecho y de Justicia, y el fortalecimiento de la
estabilidad y la paz de la Nación (…) se propone
ampliar el poderío militar para la defensa de la Patria,
fortaleciendo la industria militar venezolana, y
profundizando la nueva doctrina militar bolivariana y
el desarrollo geopolítico nacional”.

“Contribuir al desarrollo de una nueva Geopolítica
Internacional en la cual tome cuerpo un mundo
multicéntrico y pluripolar que permita lograr el
equilibrio del Universo y garantizar la paz planetaria:
(…) continuar transitando el camino en la búsqueda
de un mundo multicéntrico y pluripolar, sin
dominación imperial y con respeto irrestricto a la
autodeterminación de los pueblos”.

“Preservar la vida en el planeta y salvar a la especie
humana: (…) construir un modelo económico
productivo ecosocialista, basado en una relación
armónica entre el hombre y la naturaleza, que
garantice el uso y aprovechamiento racional y óptimo
de los recursos naturales, respetando los procesos y
ciclos de la naturaleza. En tal sentido, es necesario
ratificar la defensa de la soberanía del Estado
venezolano sobre los recursos naturales vitales. Este
quinto gran objetivo histórico, convoca a sumar
esfuerzos para el impulso de un movimiento de
carácter mundial para contener las causas y revertir
los efectos del cambio climático que ocurren como
consecuencia del modelo capitalista depredador”.
EFECTOS SOBRE LA PROPIEDAD:
Considerando que las bases jurídicas para ejecutar
buena parte de lo que propone el Plan de la Patria en
materia económica ya están en vigencia, podría afirmarse
que su más directo impacto sobre la propiedad privada es
que incrementará la inseguridad jurídica así como la
impunidad de las violaciones respecto al derecho
constitucional, ya que en cada caso que se denuncia la
violación de la propiedad, el Gobierno y los demás Poderes
Públicos invocarán el Plan de la Patria como fundamento de
su actuación, acto que prevé como Objetivo estratégico y
general 2.1.1.3 (como parte del “GRAN OBJETIVO
HISTÓRICO 2”) “democratizar los medios de producción,
impulsando nuevas formas de propiedad, colocándolas al
servicio de la sociedad”. El acto asume que la propiedad
privada no está al servicio de la sociedad, por lo cual se
debe cambiar esta situación.
Sobre el tema, el profesor Marcos Carrillo ha señalado
que: “Como es de esperarse, el concepto de propiedad
privada es también execrado del plan. La propiedad es
comunal, colectiva o pública. Se establece que ‘se trata
entonces de impulsar y consolidar una economía productiva,
redistributiva, post-rentista, post-capitalista sobre la base de
un amplio sustento público, social y colectivo de la propiedad
sobre los medios de producción’. El Estado deberá abarcar
toda la economía y para ello debe ‘...ampliar los centros de
acopio y de venta de productos’. Esto implica la
exterminación de la empresa privada y, en definitiva, de
cualquier forma de propiedad privada, incluyendo la de su
propia vivienda o vehículo” (ver: http://goo.gl/yBCsSc).
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COSTOS - BENEFICIOS:
Establece un estado de emergencia permanente, que
libera al Gobierno Nacional de los límites tradicionales
que la Constitución le fija en su trato con las personas y
los demás Poderes Públicos Territoriales (Estados y
Municipios):
El Plan de la Patria, asumiendo como un hecho cierto la
llamada “guerra económica” (supuesta acción concertada
de las empresas privadas para desestabilizar la economía
y obstaculizar las medidas adoptadas por el Gobierno
Nacional a favor de los más pobres), creó por una vía
distinta a la prevista a la Constitución un estado de
excepción, tal y como lo señala la experta en materia de
seguridad y defensa Rocío San Miguel: “…tras el anuncio
de la supuesta guerra económica, el gobierno de Nicolás
Maduro puso en marcha, de hecho, un estado de
excepción sin que se cumplieran los requisitos
constitucionales. Ahora el plan dispone reglamentar las
requisitorias, cuando eso es competencia de la Asamblea,
crea un ente regulador, crea un fondo especial. Todas
estas acciones lo que buscan que este un estado de
excepción sea permanente” (ver: http://goo.gl/MBPJos).
Tal situación, unida a la vigencia de la Ley Habilitante
(sobre esta Ley: http://cedice. org.ve/?p=14628), podría
considerarse beneficiosa en tanto libera al Gobierno
Nacional de cumplir con la reserva legal, de la
consideración de múltiples derechos constitucionales
como límites a su Poder (entre ellos la propiedad y la libre
empresa), atenúa el ya precario y en casos inexistente
control judicial sobre él y le da mayor discrecionalidad y
opacidad en el manejo de los fondos públicos. El costo de
tal situación será el incremento de la inseguridad jurídica
como consecuencia del cese formal de parte de la
Constitución, la multiplicación de violaciones a derechos
constitucionales que podrán ser usados como medios
para sus fines (instrumentalizados) por el Gobierno
Nacional, el debilitamiento del Poder Legislativo como
contrapeso del Ejecutivo y aumento de la corrupción e
ineficiencia en el manejo de los fondos públicos.
Aumenta el poder de control y decisión de la Fuerza
Armada Nacional sobre el Gobierno Nacional y la
economía, así como sobre la política internacional y
la seguridad interna:
La vigencia de una situación de excepcionalidad,
derivada de una supuesta amenaza a las instituciones del
Estado, de la estabilidad económica y de la soberanía
nacional (como sería la causada por la supuesta guerra
económica), implica que la autoridad civil cede su
protagonismo a favor de la autoridad militar, para que sea
ésta, con sus códigos y hábitos orientados a la guerra y
no a la convivencia democrática, la que tome decisiones
sobre las libertades y derechos de los ciudadanos.
Esta circunstancia podría considerarse beneficiosa si
se asume como dogma que la Fuerza Armada está mejor
capacitada que la autoridad civil y democrática para
ejercer labores de Gobierno y Administración Pública, y
que con el marco de excepcionalidad que crea el Plan de
la Patria los funcionarios militares pasarán a tener mayor
poder de acción y de decisión en los asuntos cotidianos,
internos y externos, de Venezuela, disminuyendo con ello
la ineficiencia y la corrupción. El costo, en cambio, será la
pérdida, quizá definitiva, de la sujeción de lo militar a lo
civil y democrático, esto es, el desconocimiento de la
soberanía popular y el tránsito definitivo a un Gobierno
militar y no democrático, el mayor riesgo de que se
cometan violaciones a derechos humanos, así como el
aumento de la ineficiencia y de la corrupción, pues desde
hace varios años son funcionarios de la Fuerza Armada y
no civiles quienes están al frente de múltiples
instituciones del Estado (por ejemplo, empresas del
Estado, autoridad cambiaria, distribuidoras de alimentos,
etc.), que han sido señaladas como fuentes de corrupción
e ineficiencia.
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COSTOS - BENEFICIOS:
Permite profundizar el modelo de planificación
centralizada de la economía ya vigente en Venezuela,
con apoyo en un lenguaje ideologizante que excluye
términos técnicos con los cuales describir los
problemas y soluciones económicas:
Consolida el proceso de centralización de competencias
en el Gobierno Nacional, a través del fortalecimiento de
órganos del Ejecutivo Nacional como son las instancias
del Poder Popular, y del debilitamiento de Estados y
Municipios:
Señala la Exposición de Motivos del Plan de la Patria en
cuanto al “segundo gran objetivo histórico” que éste “se
prefigura en las formas de construcción del socialismo
nuestro para alcanzar la suprema felicidad social del pueblo,
esto pasa, en primer lugar, por acelerar el cambio de sistema
económico, trascendiendo el modelo rentista petrolero
capitalista al modelo productivo socialista, dando paso a una
sociedad más igualitaria y justa, rumbo al socialismo”, donde
por socialismo no cabe sino interpretar estatización de los
bienes de producción y planificación central de la economía
(las preguntas ¿qué se produce?, ¿cuánto se produce?,
¿para quién se produce?, ¿cómo se distribuye?, ¿cuánto se
distribuye?, etc., no se responden desde la oferta y la
demanda, esto es, desde las preferencias de personas
libres, sino desde la subjetiva y unilateral preferencia de los
burócratas planificadores).
Para lograr los fines hercúleos del Plan de la Patria
(derrotar la guerra económica y lograr la suprema felicidad
social), es indispensable que el Gobierno Nacional acumule
en sí la mayor cantidad de poderes, recursos y decisiones, y
que en la misma medida, vayan disminuyendo los poderes,
recursos y decisiones de otros Poderes Públicos, en
especial de los Estados y de los Municipios, debido al
pluralismo político que aún se observa en ellos, y que es
contrario a la visión dogmática de la política del partido de
Gobierno.
El beneficio de tal medida podría considerarse la
eliminación de la “incertidumbre económica” que en forma
natural se observa en los mercados libres, abiertos a la
oferta, la demanda y la competencia, así como el “logro” de
una asignación eficiente e igualitaria de recursos por parte
del Gobierno Nacional, de modo que cada persona (al
margen de sus capacidades y méritos) tenga por igual los
bienes y servicios mínimos (a esto se llama en Derecho
Administrativo “procura existencial”) para vivir, y acabar así
como la desigualdad.
El costo, desde luego, es la liquidación de la libertad
individual, y con ella, de las libertades políticas y civiles, no
sólo de las económicas, ya que quien suministrará lo
necesario para subsistir será el Estado, no el libre
intercambio entre personas sin potestades públicas, siendo
por otro lado más que refutado por la experiencia el que se
logre eliminar la incertidumbre (ver la escasez, inflación,
desabastecimiento, etc. que existe en el país) y se asignen
en forma eficiente los recursos, pues lo que ocurre es que la
desigualdad permanece y es agravada por los privilegios y la
discriminación.
En tal sentido, un beneficio que se puede considerar de
la aplicación del Plan es que ya sea a través de la
Administración central tradicional, o a través de la no
tradicional (las llamadas instancias del Poder Popular, que
no son entes descentralizados, ni tampoco formas
autónomas de participación, sino órganos de acción del
Gobierno Nacional debido a su subordinación administrativa
y presupuestaria), el Gobierno Nacional acumulará más
poder para lograr los fines antes indicados disminuyendo la
importancia de los Estados y los Municipios (que en este
supuesto, se consideran fuentes de corrupción, ineficiencia,
de indiferencia hacia los problemas de las comunidades,
etc.), avanzando más rápido hacia la igualdad material
absoluta y la eliminación de los “enemigos del pueblo”. El
costo es el alejamiento definitivo de los centros de tomas de
decisión de los ciudadanos, la muerte de la centralización y
del Estado federal, la inutilidad de las elecciones y con ellas
de la democracia, así como el agravamiento de las
condiciones para ejecutar actividades económicas privadas,
ya que las regulaciones y controles municipales, por
ejemplo, poco a poco estarán en manos del Poder central,
que actúa con discrecionalidad y ausencia de certeza
jurídica, ya que no depende de los tributos que pagan las
empresas privadas, como sí lo hacen los Municipios
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Como conclusión general se puede señalar, con fundamento en los beneficios y costos antes
identificados, que el Plan de la Patria no es otra cosa que la aplicación plena del proyecto de reforma
constitucional rechazado por la mayoría de los electores por referéndum realizado el 02 de diciembre de 2007,
en lo que concierne a materias como la nueva Geometría del Poder, el Modelo productivo Socialista y la nueva
ética socialista, con el agravante del estado de excepción permanente y el carácter militarista que añade a
aspectos ya en sí mismos violatorios de la Constitución de 1999, que básicamente es suspendida en buena
parte de su articulado por ella, tal y como lo expresó la Academia de Ciencias Políticas y Sociales en un
comunicado: “[los académicos] advierten que el plan es incompatible con la Constitución, la cual es ignorada o
adulterada: ‘Como observación general es preciso señalar que dicho texto se perfila más como una declaración
de principios ideológicos o un programa de partido que como un Plan de Desarrollo Económico y Social de la
Nación’. Sostienen que corresponde a los planes de gobierno focalizarse en políticas económico-sociales
relacionadas con objetivos de esa naturaleza inscritos dentro de los parámetros esbozados en la Constitución o
compatibles con ella. ‘El documento examinado pretende trazar un marco valorativo y principista alternativo al de
la Constitución, la cual resulta en buena medida ignorada o adulterada’” (ver: http://goo.gl/UvoUai).
En vista de lo anterior, CEDICE expresa una profunda preocupación por la innecesaria y muy riesgosa
publicación en Gaceta Oficial, para darle carácter vinculante al Plan de la Patria (el Presidente de la República
ha condicionado el “diálogo” con los Alcaldes y demás representantes de los sectores democráticos de oposición
al más cumplimiento y obediencia al Plan (ver la declaración en: http://goo.gl/9qQdj8), pues con este documento,
que es contrario a la Carta Magna, se avanzará no sólo en la centralización, la militarización y la ideologización
del Estado y la sociedad, sino también y especialmente, en la destrucción de la economía, pues es ya sabido por
experiencia histórica que allí donde no se respeta la propiedad y la libre empresa, ni hay prosperidad ni hay
libertad alguna, sino pobreza y sumisión, por lo que se recomenda al Gobierno Nacional reconsiderar la
aplicación del Plan de la Patria y en su lugar observar respeto por la Constitución, y a los sectores democráticos
reflexionar sobre las graves consecuencias que tendría el legitimar y validar la aplicación del Plan en función del
llamado “diálogo”.
Si desea citar este documento:
ANALISIS COSTO BENEFICIO SEGUNDO PLAN SOCIALISTA DE DESARROLLO
ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN 2013-2019?
Documento “Promoción del Dialogo Democrático a través del Análisis Legislativo Económico.
CEDICE-CIPE Enero 2014
Pueden ser consultados en www.cedice.org.ve