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Transcript
25 de noviembre de 2014
COMERCIO EXTERIOR
Creación de la Unidad de Seguimiento y Trazabilidad de las Operaciones de Comercio Exterior
Mediante Decreto Nº 2103 publicado en el Boletín Oficial de fecha 13 de noviembre de 2014, el Poder
Ejecutivo dispuso la creación de la Unidad de Seguimiento y Trazabilidad de las Operaciones de Comercio
Exterior, cuya función será la implementación de un sistema de verificación de precios y cantidades de
bienes y servicios exportados e importados por el país conjuntamente con el ingreso y el egreso de
divisas.
A tal fin, el organismo tendrá entre sus funciones: a) el monitoreo de las operaciones de comercio exterior,
procurando su seguimiento y trazabilidad; b) la coordinación del acceso de los organismos competentes a
los reportes de las operaciones de comercio exterior a los efectos de verificar el cumplimiento de los
requisitos formales y sustanciales exigidos por la normativa vigente; c) el seguimiento de los ajustes y
denuncias formuladas por los organismos de control relacionadas con las operaciones de comercio
exterior; y d) la solicitud y entrega de información a otras jurisdicciones sobre los temas de su
competencia.
La Unidad funcionará bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros y estará formada por
representantes de dicha Jefatura, el Ministerio de Economía a través de la Subsecretaria de Coordinación
Económica y Mejora de la Competitividad y la Secretaría de Comercio; la AFIP con la participación de la
Dirección General de Aduanas, la Dirección General Impositiva y la Dirección General de Recursos de la
Seguridad Social; el Banco Central a través de la Superintendencia de Entidades Financieras y
Cambiarias, la Comisión Nacional de Valores, la Superintendencia de Seguros de la Nación, la Unidad de
Información Financiera y la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos.
En caso de necesitar mayor información no dude en ponerse en contacto con Alejandro Messineo, Ariadna
Artopoulos, Fermín Caride, Marcelo den Toom o Mercedes de Artaza.
Esta síntesis de información no constituye asesoramiento legal
y no implica un tratamiento comprensivo de todas las cuestiones referidas en la materia
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