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MANIFIESTA. SOLICITA
Señor Fiscal:
Gerardo Rubén MORALES, en mi carácter de Senador Nacional y en mi calidad de denunciante, ratificando el domicilio legal constituído en la calle Hipolito Yrigoyen
1708 piso 5to. ofic. 503 de esta Ciudad Autónoma de Bs.As., en la causa: "MICELLI, Felisa,
MORENO, Guillermo y PAGLIERI, Beatriz s/ abuso de autoridad, violación de deberes de
funcionario público, violación de secretos, falsificación de documento público, defraudación
por desbaratamiento de derechos acordados, y asociación ilícita" -Exp. nro. 5747 del registro
de Secretaría del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nro. 6- a V.S. me presento y respetuosamente digo:
I.En fecha 18 de abril del año 2007, efectué conjuntamente con el Senador Nacional Ernesto Sanz formal denuncia contra MICELLI Felisa, MORENO Guillermo y PAGLIERI
Beatriz en orden a la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad, violación de deberes de funcionario público, violación de secretos, falsificación de documento público, defraudación por desbaratamiento de derechos acordados y asociación ilícita, delitos tipificados
en los artículos 248, 293, 173 inciso 11 y 210 del Código Penal de la Nación, y ante la presunta comisión del delito de amenaza y coacción art. 149 Código Penal de la Nación, por
parte de la denominada "patota del INDEC", liderada por Hernán Brahim, quien responde directamente a Guillermo Moreno y Ana Edwin, todo ello tal cual surge del expediente referenciado.
II.Lo expuesto, surge del escrito cabeza de estas actuaciones y su posterior ampliación; como consecuencia de ello se practicaron una serie de diligencias que analizadas
en su conjunto llevaron a la convicción tanto del Fiscal Manuel Garrido -por entonces Fiscal a
cargo de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas- como del ex titular de esta Fiscalía
actualmente a su cargo, que se encontraban reunidos los extremos fácticos y jurídicos a los
que hace referencia el artículo 294 y ccdtes. del C.P.P.N. respecto de GUILLERMO MORENO, BEATRIZ PAGLIERI, ULISES VALENTIM, MARCELA FILIA, CELESTE CÁMPORA
AVELLANEDA y ANA MARIA EDWIN, lo que lo llevó a solicitar la declaración indagatoria de
estas
personas.
III.A la fecha nada se ha dispuesto en tal sentido, y hasta donde es de mi conocimiento, aquel cuadro probatorio reunido en su oportunidad no se ha visto desvirtuado con
elemento alguno, muy por el contrario la situación se ha agravado, como es de público conocimiento las estadísticas emanadas del INDEC, resultan no creíbles para cualquier actor de
la economía nacional, aún más, los organismos y foros económicos mundiales cuestionan las
cifras inflacionarias oficiales de nuestro país.
El daño producido a la economía nacional a través de este grosero manoseo
de las estadística e índices es irreparable, y a su vez se agrava ante la manifiesta inacción
de la justicia, que lo que hace es profundizar el descrédito de las instituciones repúblicanas.
Es el Poder Judicial quien a través de sus jueces debe sustanciar mediante la
aplicación de la ley de fondo y procesal, las investigaciones necesarias tendientes a la materialización de una solución de este grave conflicto, ello con la correlativa sanción a quienes
resulten penalmente responsables de dicha investigación.
El juez interviniente en la referida causa, casi bordeando la irresponsabilidad y
desoyendo el pedido de indagatoria formulado por el Dr. Carlos Stornelli, no ha hecho más
que citar a prestar declaraciones testimoniales a los perseguidos trabajadores del instituto
estadístico; dilatando de forma casi grosera el llamado a prestar declaración indagatoria a los
funcionarios denunciados.
Corresponde destacar que de las referidas declaraciones surgen otros elementos de prueba a los ya aportados; representando las mismas por sí solas, un elemento mas
que suficiente para dictar la medida solicitada, ya que los hechos denunciados fueron claramente expuestos por las personas que los sufrieron, y sufren en carne propia, tal como se
destacara en los fundamentos de la resolución que solicitara la referida medida.
IV.Petitorio: Por lo expuesto solicito:
1. Se arbitren las medidas procesales conducentes a fin de dar impulso a la acción penal pertinente en la denuncia incoada ante esta Fiscalia por quien suscribe la presente.
2. Se cite a prestar declaración Indagatoria a las personas indicadas en el capítulo II del presente.
Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA.