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PROYECTO DE DECLARACIÓN
LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN
DECLARA
Repudio a las expresiones del actual Ministro de Economía de la Nación Axel Kicillof
hacia la Diputada Victoria Donda Pérez en la entrevista radial con Radio del Plata con
fecha 16 de septiembre de 2015, que violan la ley 26.485 de Protección integral para
prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que
desarrollen sus relaciones interpersonales.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
El objeto del presente proyecto es expresar repudio ante las expresiones del Ministro de
Economía, Axel Kicillof, quien en el día de la fecha, en una entrevista con Radio del Plata,
expresó: “Si quiere salir en los diarios, que se ponga plumas, se vista de algo, grite”
aludiendo a la diputada Victoria Donda Pérez. En efecto, consideramos alarmante que un
funcionario público viole la ley 26.485. Esos dichos fueron expresados en respuesta a una
solicitud de publicación de datos de interés público. El pedido de la Diputada Donda Pérez,
tendiente a que se publiquen los datos de pobreza en el país, es inherente a su cargo de
representante de la voluntad popular, y no se comprende la razón por la cual Kicillof
respondió con dichas expresiones descalificantes.
Debe destacarse que el agravio que busca deslegitimar la acción judicial emprendida por la
Diputada Donda Pérez se enmarca en una visión discriminatoria de género, que vulnera su
integridad personal como mujer y ciudadana. La ley 26.485 define violencia contra las
mujeres como “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto
en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte
su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial,
como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el
Estado o por sus agentes” y especifica que éstas tienen derecho a una vida sin violencia, al
respeto de su dignidad y la igualdad real de derechos, oportunidades y de trato.
Por otra parte, en el artículo 5º de la ley se define como un tipo de violencia simbólica “la
que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y
reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales,
naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad”. Los dichos en un ámbito radial,
esfera pública donde se construyen discursos sociales, emitidos por un alto funcionario del
gobierno, como lo es un ministro, comprende mayor gravedad y deben llamar a la acción
conjunta de los representantes que velamos por el respeto de los derechos de todos los
habitantes.
Queda así fundamentado el presente proyecto y a consideración de los diputadas y
diputados para su sanción.