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DOCUMENTOS DE TRABAJO
LA CUESTIÓN CATALANA, HOY
ORIOL AMAT
Catedrático de Economía Financiera y Contabilidad
Universidad Pompeu Fabra
DONATO FERNÁNDEZ NAVARRETE
Catedrático de Economía Aplicada
Universidad Autónoma de Madrid
VALENTÍN PICH
Presidente del Consejo General de Colegios de Economistas de España
CLEMENTE POLO
Catedrático de Fundamentos del Análisis Económico
Universidad Autónoma de Barcelona
ALMUDENA SEMUR CORREA
Coordinadora del Servicio de Estudios
Instituto de Estudios Económicos
JOAQUÍN TRIGO
Director General
Instituto de Estudios Económicos
JUAN TUGORES
Catedrático de Teoría Económica
Universidad de Barcelona
INSTITUTO DE ESTUDIOS ECONÓMICOS
© Instituto de Estudios Económicos
© Los Autores
Impreso por FRAGMA
Depósito Legal: M-38.476-2012
Noviembre 2012
ÍNDICE
ORIOL AMAT
Radiografía del tejido empresarial catalán y posibles impactos del debate
independentista…………………………………………………………………..
5
DONATO FERNÁNDEZ NAVARRETE
Las falsas premisas del Estado catalán……………………………………….
19
VALENTÍN PICH
Régimen de financiación de la Generalitat de Cataluña. Modelo impositivo
comparado con el resto de las CC.AA…………………………………………
37
CLEMENTE POLO
El peso de las exportaciones en la economía catalana………………………..
57
CLEMENTE POLO
Las facturas de la independencia: “eurización”, capital público
y deuda pública…………………………………………………………………
77
ALMUDENA SEMUR CORREA
La perversidad de las balanzas fiscales……………………………………….
93
JOAQUÍN TRIGO
El año de las decisiones discutidas……………………………………………..
101
JUAN TUGORES
Perspectivas económicas: realidades, incertidumbres y temas en la agenda…. 107
La cuestión catalana, hoy
5
Radiografía del tejido empresarial catalán y posibles impactos del
debate independentista
Oriol Amat
Catedrático de la Universidad Pompeu Fabra
1. Introducción
Este trabajo tiene dos objetivos. En primer lugar, se trata de analizar las
principales características económico-financieras del tejido empresarial catalán. Para
ello, se presentan las principales conclusiones del Informe Anual de la Empresa
Catalana1.
En segundo lugar, se pretenden apuntar posibles impactos que se pueden
producir en relación con el debate independentista. Este debate se ha ido acrecentando a
partir de la sentencia de 2010 del Tribunal Constitucional que anuló diversos artículos
del Estatuto de Autonomía que había sido aprobado por el Parlamento catalán, por las
Cortes españolas, y refrendado en el Referéndum de 2006. Posteriormente, la intensidad
del debate creció exponencialmente a partir de 2012 tras la manifestación del 11 de
Septiembre y la convocatoria de elecciones autonómicas del 25 de noviembre.
2. Coyuntura económica catalana
El entorno económico en el que se mueven las empresas catalanas continúa muy
complicado, al igual que sucedió en los años anteriores. A pesar de que ya queda lejos la
caída del PIB del 3,73 % del año 2009, el incremento del PIB ha sido sólo del 0,32 % el
1
Este trabajo se basa en el Informe Anual de la Empresa Catalana del año 2011 publicado por el Consejo
General de Cámaras de Cataluña. Una versión parcial y previa de este trabajo se ha publicado en Cataluña
Económica en octubre de 2012.
La cuestión catalana, hoy
6
año 2010 y del 0,82 % en 2011. Estos porcentajes de crecimiento son muy bajos pero,
al menos, son positivos.
Según los datos del Departamento de Economía y Conocimiento de la
Generalitat de Catalunya, la mejora que se inició en 2010 se explica por varios factores:
-Buen comportamiento de la industria. La recuperación de la actividad del sector
se ha visto favorecida por su apertura exterior, que le ha permitido beneficiarse
del mayor dinamismo de las principales economías europeas.
-El sector servicios también mostró una recuperación, sobre todo por el mayor
dinamismo de la actividad turística.
-Sin embargo, la construcción todavía mantiene una fuerte contracción y no
ofrece síntomas de recuperación. La caída de la actividad del sector refleja el
ajuste en curso del mercado residencial y el impacto de las restricciones
presupuestarias sobre la obra civil.
De cara a 2012, los datos que van llegando son peores, puesto que se espera de
nuevo un decrecimiento del PIB, aunque con valores bajos. Por lo tanto, la recuperación
iniciada en 2010 puede frenarse, entre otros motivos, por las medidas de contención de
gasto e inversión de las administraciones públicas, por los aumentos de impuestos y por
la desaceleración que se está produciendo a nivel internacional. La evolución del
entorno económico debe tener lógicamente su reflejo en las cuentas de las empresas.
3. Número de empresas no financieras por tamaños y sectores
El número de empresas con establecimiento en Cataluña que han desaparecido a
lo largo de los últimos años es significativo, especialmente en la industria (figura 1).
Por dimensiones, donde ha disminuido más el número de empresas es en los
segmentos de empresas medianas y grandes (ver figura 2).
La cuestión catalana, hoy
7
Número de empresas por sector
2007
2010
2011
Variación 20072011
Industria
50.114
44.776
42.584
-15,02%
Construcción
90.857
97.019
91.087
+0,25%
Servicios
480.420
477.883
478.080
-0,48%
Total
621.391
619.678
611.751
-1,55%
Fuente: IDESCAT.
Figura 1. Número de empresas en Cataluña por sector.
Número
de
trabajadores
de
la
2007
2010
2011
empresa
Menos de 50 trabajadores
Variación
2007-2011
613.058
611.894
604.051
-1,4%
Más de 50 y menos de 199 trabajadores
5.993
5.593
5.511
-8,0%
Más de 200 trabajadores
2.340
2.191
2.189
-6,4%
621.391
619.678
611.751
-1,5%
Total
Fuente: IDESCAT.
Figura 2. Número de empresas en función del número de trabajadores
Seguidamente, se presentan los datos principales que explican la evolución de las
empresas catalanas durante estos últimos años. El análisis se fundamenta en las bases de
datos de la Central de Balances del Banco de España. El volumen de negocio de las
2.394 empresas que integran la muestra en la que se basa este estudio equivale al 18,8%
del valor añadido bruto generado por las empresas no financieras catalanas.
4. Capacidad de generar riqueza y situación financiera
Después de unos años muy negativos (2008 y 2009) en los años 2010 y 2011 la
evolución de la actividad ha sido positiva. En 2010 el volumen de ventas de las
empresas catalanas aumentó un 4,5 % y en 2011 un 2 %.
La cuestión catalana, hoy
8
De acuerdo con los datos de la figura 3, la evolución de las ventas en el mercado
interior y exterior experimentó un cambio en el año 2010, si tenemos en cuenta la
evolución de los años anteriores. Del 2000 al 2009, a excepción de tres años (2000,
2005 y 2009), las tasas de crecimiento de las ventas en el mercado español son
superiores a las de las ventas en el extranjero. En 2010, la tasa de variación de las ventas
en el extranjero fue muy positiva y mucho más elevada que la de las ventas en España.
Lo mismo ha sucedido en 2011. Por lo tanto, ha sido la actividad exportadora la que ha
tirado más de las ventas. Este dato explica el repunte de la intensidad exportadora, sobre
todo en 2010. La intensidad exportadora es el peso de las ventas en el exterior sobre las
ventas totales.
La mejora de las ventas en el extranjero es consecuencia de varios factores, entre
los cuales se puede destacar que los países a los que se exporta se están recuperando
más rápidamente de la crisis. También señalamos la importante actividad que están
llevando a cabo muchas empresas en los mercados exteriores, para compensar la caída
de las ventas en el mercado nacional. El resultado está permitiendo reducir el déficit
exterior. Este déficit es, precisamente, uno de los principales desequilibrios que tiene el
patrón de crecimiento de la economía catalana, al igual que la española.
La evolución del empleo es muy desfavorable. Por lo tanto el aumento de las
ventas no está sirviendo para generar ocupación. En todos los años analizados, desde
2008 hasta 2011, ha continuado la reducción en el número de trabajadores, a pesar de
que los porcentajes de destrucción de empleo ya son menores que los de los años
anteriores.
La reducción ha seguido afectando sobre todo a los trabajadores no fijos. A
finales de 2011, el paro registrado era de 600.930 personas. En 2012 también ha
continuando destruyéndose empleo y a finales de septiembre el paro registrado era de
632.457 personas, lo que representa más del 22 % de la población activa.
La inversión en activos inmovilizados e inversiones inmobiliarias siguió
creciendo durante el año 2010, aunque menos que en los años anteriores. En 2011, en
cambio, se vio reducida. Por lo tanto, muchas empresas han optado por posponer
inversiones en inmovilizado a la espera de tiempos mejores. Esto también puede ser
consecuencia de las restricciones crediticias que imposibilitan a muchas empresas a
financiar sus planes de inversión.
La cuestión catalana, hoy
Ventas en España
9
Ventas fuera de España
Intensidad exportadora
32
28
24
20
16
12
8
4
0
-4
-8
-12
-16
-20
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011
Fuente: Consejo General de Cámaras de Cataluña (2012).
Figura 3. Evolución de las ventas en España y en el extranjero
En términos de eficiencia hay evoluciones divergentes. Así, en 2010 aumentó la
productividad laboral, pero en 2011 volvió a disminuir, a pesar de la reducción de los
salarios en términos reales. La causa está relacionada con la caída de los márgenes y el
valor añadido, que ha sido superior a la caída de los salarios.
Con respecto a la eficiencia en la gestión de los activos, ha habido mejoras en la
rotación del inmovilizado en 2010 y en 2011 y, en cambio, ha empeorado la rotación del
activo corriente en 2011. En conjunto, la rotación del activo mejoró en 2010 y también,
aunque menos, en 2011. Por lo tanto, las empresas son más eficientes en la utilización
de activos.
Los costes reales de la financiación disminuyeron tanto en 2010 como en 2011,
como consecuencia de la bajada de tipos que se ha producido en estos años.
De acuerdo con los datos de la figura 4, hasta el año 2009 las empresas catalanas
habían ido perdiendo rendimiento del activo. La explicación estaba en la menor rotación
de los activos y el menor margen. En cambio, en 2010 cambió la tendencia y tanto la
La cuestión catalana, hoy
10
rotación como el margen contribuyeron a mejorar el rendimiento del activo. El efecto
positivo del apalancamiento financiero también contribuyó a incrementar la rentabilidad
de los fondos propios. En 2011, el margen ha vuelto a bajar y, aunque la rotación de los
activos ha mejorado ligeramente, se ha reducido el rendimiento de los activos y también
la rentabilidad de los fondos propios.
Este es un tema muy importante, puesto que uno de los objetivos principales de
cualquier empresa, inclusive en el caso de las organizaciones sin ánimo de lucro, es
generar riqueza financiera para poder crecer y retribuir adecuadamente a todas las partes
interesadas (socios, trabajadores, proveedores, comunidad...). La rentabilidad de la
empresa mide su capacidad de generación de beneficios en relación con la inversión y,
por lo tanto, es un indicador del beneficio generado a partir de los recursos disponibles.
La figura 4 informa de la evolución de la rentabilidad de los fondos propios y del
rendimiento del activo. La rentabilidad de los fondos propios ha estado bajando desde el
año 2001, a excepción del año 2010, en que experimentó un repunte. En 2011 la
rentabilidad de los fondos propios ha sido algo superior al 5 %. A pesar de ser positiva,
es inferior al coste de oportunidad de muchos accionistas, que está normalmente entre el
8 % y el 12 %. El rendimiento del activo ha tenido una evolución similar. También ha
ocurrido más o menos lo mismo con el apalancamiento, que mide si la deuda es rentable
para la empresa. El hecho de que el apalancamiento sea superior a cero significa que la
deuda es rentable, puesto que su coste es inferior al rendimiento de los activos.
Rentabilidad de los fondos propios
Rendimiento del activo
16
12
8
4
0
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011
Fuente: Consejo General de Cámaras de Cataluña (2012).
Figura 4. Evolución de la rentabilidad de los fondos propios (Beneficio neto / Fondos propios) y
del rendimiento del activo (Beneficio antes de intereses e impuestos / Activo)
La cuestión catalana, hoy
11
La figura 5 muestra la evolución de la rentabilidad del patrimonio neto
(rentabilidad financiera) y sus determinantes. Se comprueba que la rentabilidad ha caído
como consecuencia de la bajada del rendimiento del activo. Este rendimiento ha bajado
debido a la caída de los márgenes, consecuencia de la menor productividad y las rebajas
en los precios de venta, puesto que las empresas han aumentado ventas a expensas de
rebajar precios.
La dimensión ha influido en la marcha de las empresas. La evolución ha sido
más favorable para las empresas medianas y grandes, puesto que han aumentado más las
ventas y han reducido menos los márgenes que las empresas pequeñas. En cambio, el
empleo se redujo en todos los casos.
Durante los años 2010 y 2011 la estructura del activo de la empresa catalana se
ha mantenido bastante estable. Donde ha habido cambios es en la financiación, puesto
que ha continuado el proceso de desapalancamiento en el que están inmersas la
economía catalana y la española. No hemos de olvidar que una de las debilidades más
importantes de nuestra economía es la dependencia de la financiación exterior, dado que
el ahorro interno ha sido insuficiente para financiar todas las inversiones que se han
hecho durante los años de la burbuja inmobiliaria. En estos últimos años, tanto los
particulares como las empresas están reduciendo su volumen de deuda. Por ello, en la
parte de financiación las empresas han seguido priorizando los fondos propios, lo cual
es bastante razonable. Como ya hemos recordado, sin duda a ello han contribuido las
restricciones generadas por la crisis del sistema financiero.
Las empresas catalanas tienen un perfil económico y financiero similar al de las
empresas del resto de España, aunque hay algunas diferencias. Así, las empresas del
resto de España han tenido una mejor evolución de la actividad y valor añadido en los
últimos años. Por otra parte, las empresas españolas están más endeudadas, y al igual
que las empresas catalanas, disponen de un apalancamiento financiero favorable, hecho
que explica que la deuda sea rentable. En las empresas catalanas, el mayor
apalancamiento financiero ha permitido que en 2011 la rentabilidad financiera sea algo
más elevada que la que obtienen las empresas españolas.
5.- Posibles impactos del debate independentista en las inversiones, comercio
con el resto de España y deslocalización de empresas
La cuestión catalana, hoy
12
El debate independentista abre muchos interrogantes cuya respuesta condiciona los
impactos económicos:
Figura 5. Factores que explican la reducción de la rentabilidad de los fondos
propios en el 2011
Actividad:
Gastos:
Ventas en
Coste de personal
España
Productividad,
Tipos
Deuda a corto
plazo con
de
interés
coste
Amortizaciones
y en el extranjero
Coste
Rotación activo
Márgenes
financiero
Proporción
entre deuda
con coste y
fondos
propios
Rendimiento
del activo
Apalancamiento
+
Rentabilidad
financiera
-¿Se producirá la independencia? Este es un tema esencialmente político que no
abordamos en este trabajo.
-En caso de independencia: ¿Se saldrá de la Unión Europea? De nuevo se trata de un
tema jurídico y político que escapa de los objetivos de este trabajo.
La cuestión catalana, hoy
13
-Si Cataluña se sale de la Unión Europea: ¿Cuándo volverá a reingresar? ¿Abandonará
el euro? ¿Habrá nuevas fronteras y aranceles? En este caso, parece que lo más razonable
en un escenario de abandono de la Unión Europea es que Cataluña siguiese con el euro
(otros estados que no son de la UE tienen el euro) y no hubiese aranceles para facilitar
un reingreso más rápido en la UE.
Dada la dificultad de visualizar las características de los escenarios que se abren
no es posible cuantificar de manera precisa y creíble los impactos que se producirán. De
todas formas, seguidamente, apuntamos algunos de ellos.
El análisis de los posibles impactos del debate independentista para las empresas
puede hacerse considerando el corto plazo o un horizonte temporal más largo, en caso
de que Cataluña pasase a ser un estado independiente. Estos impactos pueden afectar a
temas como el comercio entre Cataluña y el resto de España, al comercio entre Cataluña
y el resto de la Unión Europea, a la deslocalización de empresas o al aumento de sedes
de empresas multinacionales, entre otros.
Impactos durante el debate independentista
La etapa actual tiene grandes incertidumbres en lo que se refiere a su duración y a cómo
acabará, ya que puede ser que al final se descarte la independencia (tanto si se producen
cambios en la relación con España como si sigue todo igual que hasta ahora) o bien que
Cataluña pase a ser un estado independiente.
En esta etapa, el principal impacto puede ser consecuencia de boicots
comerciales por parte de empresas y consumidores del resto de España. Ya ha habido
otros precedentes de boicots. Por ejemplo, durante el debate de la reforma del Estatuto,
las empresas de vino y cava informaron de una reducción de ventas en 2005 en el resto
de España de entre un 10 % y 15 %. Algunas empresas han informado recientemente de
que aún no han recuperado a todos los clientes que se perdieron durante dicho boicot.
Para identificar qué parte de las ventas puede verse afectada por este boicot, es útil la
información de la figura 6, en la que se aprecia que las ventas de bienes al resto de
España representan una tercera parte de las ventas totales. Este porcentaje se ha ido
reduciendo
en
los
últimos
internacionalización (figura 7).
años
como
consecuencia
del
aumento
de
la
La cuestión catalana, hoy
14
Cataluña
38.136
(26,6%)
Resto España
49.389
(34,5%)
Extranjero
55.525
(38,9%)
Total (millones de euros)
143.050
(100%)
Fuente: CEPREDE (2012). Datos de 2011.
Figura 6. Distribución entre Cataluña, resto de España y extranjero de las ventas de bienes
por parte de empresas catalanas
Resto España
Extranjero
Total
1995
75,8%
24,2%
100%
2011
47,1%
52,9%
100%
Fuente: DATACOMEX (2012).
Figura 7. Peso de las ventas realizadas por empresas catalanas al resto de España y al
extranjero
De los datos anteriores se desprende que el impacto de este tipo de boicot es
menor al que se habría producido hace unos años. Sin embargo, a la vista de los
antecedentes expuestos, parece claro que habrá boicot. De hecho, en el momento de
redactar estas notas (noviembre 2012), diversas empresas ya han comunicado que no
comprarán a proveedores catalanes y son varias las empresas catalanas que han
anunciado que algunos clientes les han anulado pedidos.
Sobre la reacción de los empresarios ha habido opiniones diversas. Desde
empresarios que han manifestado que si hay boicot deberán cerrar la empresa, hasta
empresarios que han hecho público que este tema puede tener un impacto mínimo.
Otros empresarios han manifestado que los beneficios de la independencia (desaparición
del déficit fiscal, corrección de déficits en infraestructuras...) son mayores que las
posibles pérdidas de ventas. Lógicamente, esto depende mucho del peso de las ventas
realizadas al resto de España para cada empresa. Una encuesta de la patronal CECOT
La cuestión catalana, hoy
15
realizada en 2012 entre sus socios muestra que el 66 % de los empresarios no tiene
miedo a un posible boicot.
Impactos en caso de independencia de Cataluña
En caso de que Cataluña se independice, parece obvio que el boicot sería mayor. Sobre
este tema, se han efectuado diversos estudios. Guinjoan y Cuadras (2011), tras analizar
diferentes escenarios de impacto en el PIB de la reducción de ventas a empresas y a
consumidores finales concluyen que el escenario más factible es el de una reducción de
ventas a empresas del 20 % y una reducción de ventas a consumidores finales del 40 %,
lo que implicaría una reducción del PIB catalán del 4 % (ver figura 8).
Más negativos son los impactos previstos por otros estudios como el realizado
por Comerford, Myers y Rodríguez (2012), que diagnostican un proceso gradual de
caída del comercio entre Cataluña y España (en total una caída del 80 %) para llegar a
los niveles de la relación existente con Portugal. También prevén un aumento del
comercio entre Cataluña y el resto del mundo del 10 %, por lo que el impacto conjunto
sería de una caída del 9 % del PIB catalán.
Fuente: Guinjoan y Cuadras (2011).
Figura 8. Impacto en el PIB de diferentes escenarios de boicot comercial
La cuestión catalana, hoy
16
Según otro estudio elaborado por el Ministerio de Asuntos Exteriores el impacto
en el PIB catalán sería una caída del 19 % por la disminución de 28.000 millones de
euros en el comercio entre Cataluña y España, como consecuencia de la instalación de
fronteras y una caída de 7.400 millones de euros en el comercio con la Unión Europea,
como consecuencia de la salida de Cataluña de la UE.
En cualquier caso, el boicot comercial puede tener un efecto indeseado para los
contrarios a la independencia, y es que la menor dependencia de las compras efectuadas
desde el resto de España puede dar más alas a los independentistas.
Otro aspecto a tener en cuenta es que el boicot a productos catalanes puede
provocar un boicot en sentido inverso, si consumidores catalanes sustituyen productos
del resto de España por productos de empresas catalanas. Dada la reducción gradual en
el saldo comercial entre Cataluña y el resto de España (ver figura 9), en caso de que se
produzca este contra boicot, podría reducir de forma significativa el impacto global de
un boicot.
Otra consecuencia de la independencia serían las deslocalizaciones, ya que hay
empresas (Planeta, por ejemplo) que han anunciado que en un escenario de
independencia se marcharían de Cataluña. Sin embargo, diversas multinacionales
(BASF, Dow...) han comunicado que no tienen intención de marcharse en caso de
independencia.
Fuente: IDESCAT.
Figura 9. Saldo comercial entre Cataluña y el resto de España
La cuestión catalana, hoy
17
Finalmente, un estado independiente podría atraer a sedes de multinacionales
que en estos momentos tienen la sede española fuera de Cataluña, pero que podrían
estar interesadas en abrir una sede en este nuevo Estado. Esto se ha observado en
Estados de nueva creación, como Eslovenia o Eslovaquia, por ejemplo.
Todos estos impactos dependen también de cómo reaccionen las empresas a las que
pueden perjudicar o beneficiar, ya que pueden poner en marcha estrategias
empresariales (apertura de filiales en otras ciudades, potenciación de nuevas marcas...)
para afrontar este tipo de retos.
6. Conclusiones
Este trabajo ha descrito, en primer lugar, las principales características económicofinancieras del tejido empresarial catalán. Hasta el año 2011, las empresas catalanas han
tenido una buena evolución de las ventas, sobre todo gracias a la exportación. A pesar
de ello, se ha reducido el número de empresas y, sobre todo, el empleo. Desde el punto
de vista financiero, las empresas están más capitalizadas puesto que han seguido
reduciendo el endeudamiento. En cambio, han perdido rentabilidad puesto que para
vender más han funcionado con un margen menor. Este diagnóstico hace evidente que
cualquier reducción de ventas puede ser altamente perjudicial, y más en estos momentos
en que muchas empresas están sufriendo las negativas consecuencias de una crisis que
está durando más de lo previsto.
A continuación se han apuntado impactos que se pueden producir en relación
con el debate independentista. La cuantificación creíble de los mismos no es posible, ya
que requiere utilizar hipótesis demasiado subjetivas. Esto explica las grandes
discrepancias en los estudios publicados hasta la fecha. Los estudios elaborados por
personas que simpatizan con la independencia muestran que los impactos son poco
negativos o incluso favorables para las empresas catalanas y que quien más tiene que
perder es España. En cambio, los estudios realizados por personas u organismos
contrarios a la independencia concluyen con impactos extremadamente perjudiciales
para Cataluña y sus empresas.
Independientemente de las hipótesis utilizadas, el debate puede estar
produciendo impactos negativos desde el momento en que se ha abierto, como
La cuestión catalana, hoy
18
consecuencia de la incertidumbre y de los boicots a productos catalanes y posibles
boicots hacia productos del resto de España. También se pueden producir efectos
negativos (deslocalizaciones de empresas) o positivos (aumentos de sedes de
multinacionales en Cataluña). El resultado final de estos impactos depende mucho de
cómo actúen a partir de hoy las empresas, ya que pueden adoptar estrategias para
protegerse ante impactos negativos y beneficiarse de los impactos positivos.
Teniendo en cuenta el diagnóstico efectuado de las empresas catalanas con
fortalezas significativas, pero también debilidades como la caída de la rentabilidad y el
empleo, es conveniente incidir en todo lo que pueda contribuir a reducir incertidumbres
que pueden retrasar inversiones. Por ello, es fundamental conseguir un nivel de diálogo
que permita organizar de una forma adecuada el proceso que lleve a una solución de los
problemas existentes, tanto si Cataluña sigue en España como si se acaba
independizando. La duda es si los que deberían conseguir pactos y consensos para
conseguir situaciones win-win (en las que las dos partes ganen) están por la labor. La
historia de los últimos años recuerda que, en la mayoría de temas relevantes, esto no es
fácil... y así nos va.
Referencias bibliográficas
Amat, O. y Genescà, E. (2012): Informe Anual de l’Empresa Catalana, Consell
Superior de Cambres de Comerç de Catalunya.
Argelaguet, J. (2008): “Consideracions sobre la independència de Catalunya”, Revista
del Centre d’Estudis Jordi Pujol, 10.
Comerford, D., Myers, N. y Rodríguez, J.V. (2012): “Measuring Costs and Benefits of
Independence”, Papel de trabajo.
Guinjoan, M. i Cuadras, X. (2011): Sense Espanya, Editorial Portic, Barcelona.
Ministerio de Asuntos Exteriores (2012): Impacto de la independencia de Cataluña,
Madrid.
Tremosa, R. y Pons, J. (2005): Macroeconomic effects of catalan fiscal deficit with the
Spanish state (2002-2010), Applied Economics, volume 37, núm. 13.
La cuestión catalana, hoy
19
Las falsas premisas del Estado catalán
Donato Fernández Navarrete
Catedrático de Economía Aplicada
1. Planteamiento general
Desde que Cataluña consiguiera su primer Estatuto de autonomía en la Segunda
República (que fue abolido por el franquismo), dicha Región ha aspirado a tener una
cierta autonomía que finalmente fue conseguida con el Estatuto de Sau de 1979, al
amparo de la Constitución de 1978. Cataluña nunca ha aspirado a ser un Estado
independiente porque forma parte del corazón de España, a la que históricamente ha
contribuido a crear. La reivindicación del soberanismo por los partidos nacionalistas
catalanes es, pues, una cuestión artificial y absolutamente novedosa que arranca de la
sentencia del Tribunal Constitucional que declaró parcialmente inconstitucional el
Estatuto catalán de 2006 (que reforma al de 1979). La crisis económica, que es muy
profunda en Cataluña, ha contribuido a agravar la situación debido a las elevadas cotas
alcanzadas por el presupuesto de dicha autonomía, que no son financiables con los
recursos disponibles en épocas de crisis. Este es, bajo mi punto de vista, el fondo de la
cuestión que ahora se debate.
La Generalitat viene elaborando balanzas fiscales con el fin de demostrar el
supuesto expolio que sufre Cataluña por parte del Estado2. Aparte de señalar la escasa
utilidad práctica de estos trabajos en un Estado unitario –con independencia de que esté
regionalizado- con un sistema fiscal unificado –a pesar de los matices que puedan
hacerse- en el que el sujeto de los tributos es el ciudadano -con independencia de donde
viva- y no los territorios, la metodología aplicada por la Generalitat deja mucho que
desear. Al no encontrar la réplica y difusión adecuada por otras investigaciones que
contrasten sus resultados, tales trabajos, avalados y financiados por una institución
2
. Véase al respecto, el trabajo editado por el Departamento de Economía y Conocimiento de la Generalitat.
Resultados de la balanza fiscal de Cataluña con el Sector Público central 2006-2009. Generalitat de Catalunya.
Monografies número 14, 2012.
(http://www20.gencat.cat/docs/economia/70_Economia_Catalana/arxius/MN_2012_14_es.pdf). Y para una
comparación internacional, véase Montasell Piñol, Gerard i Sánchez Rata, Esther “Comparació internacional de les
balances fiscals de les regions amb el sector públic central: una anàlisi de l’efecte redistributiu”. Generalitat de
Cataluya, Papers de Treball, número 1, 2012.
(http://www20.gencat.cat/portal/site/economia/menuitem.9924bb17bdcd2bdaf813ae92b0c0e1a0/?vgnextoid=50ccb8
2198649210VgnVCM1000008d0c1e0aRCRD&vgnextchannel=50ccb82198649210VgnVCM1000008d0c1e0aRCR).
La cuestión catalana, hoy
20
pública, se convierten en la verdad establecida3. A este propósito debe recordarse que
Cataluña es una de las 15 comunidades autónomas a la que se le aplica el régimen
común de financiación que regula la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades
Autónomas (LOFCA). Dicha Ley, promulgada en 1980, en buena parte está inspirada
en el Estatuto catalán de 1979. Las reformas posteriores lo han sido, en todos los casos,
por iniciativa y a plena satisfacción de los gobiernos catalanes aprovechando los
sucesivos pactos de los nacionalistas con el PSOE o con el PP.
Con la actual crisis económica, en la que se ha producido una fuerte caída de los
ingresos tributarios, el gobierno catalán ha dejado de sentirse cómodo en el régimen
LOFCA y aspira a conseguir el de Concierto, que es el que se aplica al País Vasco y a
Navarra; un modelo, por lo demás, absolutamente insolidario con el resto de las
comunidades autónomas, que no debió reconocer la Constitución de 1978 para las dos
comunidades citadas.
Como la cuestión está planteada, no parece existir otra alternativa viable que la
de consensuar algún tipo de acuerdo político, que puede implicar la reforma de la
Constitución, para darle una salida a este problema. Una solución que debe ser
equitativa para todas las regiones y que no debe suponer privilegio para ninguna de
ellas; esto pasa por suprimir el sistema de conciertos, lo que puede abrir otro frente de
conflicto. Si dicho acuerdo no se consigue y el pueblo catalán realmente desea la
independencia de España y sigue un procedimiento escrupulosamente democrático,
Cataluña no puede ser condenada eternamente a permanecer en España. Ahora bien,
debe quedar absolutamente claro que la independencia no es gratuita o que incluso
puede resultar muy rentable, como hacen creer los nacionalistas. Por el contrario, la
3
. Una de las excepciones la constituye Convivencia Cívica de Cataluña, que en su trabajo “Las trampas de la balanza
fiscal de Cataluña”,
(http://www.math.temple.edu/~gimenez/NAD/Las%20trampas%20de%20la%20balanza%20fiscal%20de%20Catalu
%C3%B1a.pdf), denuncia la falta de objetividad de la Generalitat en la metodología de cálculo de los saldos fiscales:
maximiza los impuestos pagados en Cataluña hacia el Estado, minimiza los gastos del Estado en Cataluña, incluye el
déficit fiscal con Europa en el del Estado, maquilla los datos obtenidos mediante la denominada “neutralización” y
emplea otras técnicas discutibles. Este estudio concluye señalando que “…en el año 2009 según el método de cálculo
de “flujo del beneficio” o “carga-beneficio”, que es el método más empleado internacionalmente, Cataluña no tuvo
déficit fiscal, sino superávit fiscal de 4.015 millones de euros, lo que representa un 2.1% del PIB”. Otro de los
trabajos que también cuestiona la metodología aplicada, es el Fernández, Pascual La balanza fiscal de Cataluña
2006-2009. Análisis del estudio de la Generalitat de Cataluña, que forma parte del estudio El mito fiscal. Razones
para un debate. Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), Madrid, 2012. Insiste este autor en que la
aplicación preferente que hace la Generalitat del enfoque del flujo monetario sobre el de carga-beneficio, contiene
inconsistencias técnicas que conducen a sesgar los resultados.
La cuestión catalana, hoy
21
independencia tiene un coste tan elevado que puede suponer para Cataluña su ruina
económica por muchos años. Y también la de España, que pagaría un alto precio.
En los dos epígrafes que siguen me propongo debatir por qué son falsas las dos
premisas de las que parte el nacionalismo para reivindicar una Cataluña independiente:
su permanencia en la Unión Europea (UE) y que será un Estado próspero.
2. Una Cataluña independiente no encaja en la UE
El nacionalismo no cuestiona la permanencia de una Cataluña independiente en
la Unión: la da por supuesta. ¿Una Cataluña independiente podría continuar en la UE?
La respuesta es rotundamente no. Y no podría hacerlo porque Cataluña no ha firmado
los tratados de la Unión y por lo que no es parte contratante de la misma. Sí lo es
España en función de su soberanía y en función de ésta, al igual que el resto de los
Estados, le atribuye competencias a dicha Organización internacional. Como Cataluña
no es un Estado, ni nunca lo ha sido, de conseguirlo en un futuro, tendría que pedir su
ingreso en la Unión como país tercero. Y otro tanto ocurriría con el resto de las
organizaciones internacionales.
Los tratados comunitarios no contemplan el supuesto de que uno de sus Estados
miembros se fraccione en nuevos Estados, ni tampoco el encaje de esos nuevos Estados
segregados en la estructura de la Unión. Por el contrario, lo que sí se encargan de
regular es que tal supuesto no se dé: “La Unión respetará la igualdad de los Estados
miembros ante los Tratados, así como su identidad nacional, inherente a las estructuras
fundamentales políticas y constitucionales de éstos, también en lo referente a la
autonomía local y regional. Respetará las funciones esenciales del Estado,
especialmente las que tienen por objeto garantizar su integridad territorial, mantener el
orden público y salvaguardar la seguridad nacional. En particular, la seguridad
nacional seguirá siendo responsabilidad exclusiva de cada Estado miembro” (Art. 4.2
del TUE).
La garantía de la integridad territorial de los Estados es un elemento central en la
filosofía de los tratados de la UE. Y lo es por razones históricas: los nacionalismos, que
proliferan por doquier en Europa, han sido el germen de los conflictos bélicos del
pasado. Tratar de construir una Unión sobre las autodenominadas naciones sin Estado
significaría la ruina del proceso de integración debido a la defensa que hacen de todo
La cuestión catalana, hoy
22
tipo de intereses mezquinos: la ideología nacionalista es un galimatías conceptual que
se fundamenta en actos colectivos de fe, en afirmaciones y creencias, pero no en ideas;
y en el victimismo, la irracionalidad y la negación del otro. En fin, el modelo de
integración comunitario no contempla a las regiones como entidades políticas –sí
administrativas- sobre las cuales se vertebre el futuro político de la UE; incluso en una
situación federalista de la misma, su base continuarían siendo los Estados, que no
desaparecerían.
Hasta el vigente Tratado de Lisboa (TL), ninguno de los precedentes
contemplaba el abandono de un Estado miembro de dicha Organización internacional.
Lo hace por primera vez el TL (que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009), en el
apartado 1 del Art.50 del TUE que estipula: “Todo Estado miembro podrá decidir, de
conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión”. El procedimiento
de retirada se desarrolla en los apartados siguientes del mencionado artículo.
Hasta el momento, ningún Estado miembro ha solicitado su retirada de la Unión;
por lo tanto, no contamos con memoria histórica a este respecto. Sí existen dos casos,
ambos de carácter regional, que pueden servir de ejemplo: uno de retirada de la Unión y
otro de entrada en la misma. El primero corresponde a Groenlandia, que solicitó salir de
la Unión (entonces Comunidades Europeas) en 1985, pero no de Dinamarca de la cual
dependía y depende políticamente (Groenlandia no es un Estado independiente). La
solución que adoptó la Unión fue la de concederle a esta región el estatus de
“Asociación de los Países y Territorios de Ultramar” (que se regula en la Cuarta Parte
del TFUE), territorios que si bien tienen vínculos especiales con la UE, no son parte de
la misma.
El segundo supuesto es de ampliación, fue el que se dio con la reunificación de
Alemania en 1990. En este caso, se produjo la absorción por parte de la República
Federal -que ya era miembro de la UE-, de la República Democrática, pero no como tal
Estado –que dejó de existir- sino de sus cinco Länder que se integraron en la Federal
para formar la Alemania reunificada. Fue una ampliación encubierta de la Unión.
Cataluña constituiría un ejemplo diametralmente opuesto a los dos anteriores. En
este caso, se trata de una región de un Estado miembro (España) que aspira a
constituirse en Estado soberano. De culminar con éxito dicho acto de independencia,
Cataluña no solo dejaría de formar parte del Estado al que pertenece sino también de
La cuestión catalana, hoy
23
todos los organismos internacionales en los que España participa, entre ellos la UE, en
los que tendría que pedir su ingreso. Cataluña, de lograr su pretensión de constituirse en
Estado soberano, se autoexcluye de la representación del Estado de origen (España), que
dejaría de representarla tanto en la Unión como en cualquier otra organización
internacional.
Centrándonos en el caso de la Unión, la pertenencia de Cataluña a la misma
depende mucho de cómo se produjese su separación de España. A mí modo de ver se
presentan tres grandes alternativas, que paso a considerar.
Primera opción: Cataluña se constituye como Estado asociado de España. En tal
supuesto, Cataluña continuaría formando parte de la Unión sin solución de continuidad.
España seguiría ostentando la representación en las instituciones de la misma e
internamente podría negociarse su reparto. El problema aquí reside en que no es un
procedimiento constitucional; y con toda seguridad la Constitución española, de
reformarse, tampoco contemplaría este supuesto confederal. Una iniciativa similar ya
fue intentada por el gobierno Ibarreche del Partido Nacionalista Vasco (PNV) en su
proyecto de Estatuto de 2005, bajo el subterfugio de una Comunidad libremente
asociada al Estado Español pero con derecho a decidir libremente su organización y sus
relaciones públicas. El proyecto Ibarreche fue rechazado por abrumadora mayoría: ni
tan siquiera fue admitido a trámite por el Congreso. Es posible que el futuro gobierno
catalán esté en la idea de presentar una propuesta de este tipo. De hacerlo, correrá la
misma suerte.
Segunda opción: Cataluña negocia su independencia con España. Como la
actual Constitución no admite la posibilidad de celebrar un referéndum sobre la cuestión
solo en Cataluña, previamente sería necesario reformar la misma y someterla a
referéndum en toda España para su refrendo. Si esa nueva Constitución lo admite,
habría que celebrar otro referéndum sobre la independencia, en este caso solo en
Cataluña. De lograr ésta su pretensión, vendría obligada a abandonar la Unión (y por
supuesto el euro y el espacio de Schengen) y a solicitar -siguiendo el procedimiento
previsto por el Art.49 del TUE- su ingreso como país tercero. De ser admitida su
solicitud de candidato a Estado miembro, que con bastante probabilidad seria vetada por
más de un Estado miembro (y que España de alguna forma se vería obligada a celebrar
un referéndum al respecto), las negociaciones, una vez cubierto este trámite, podrían
La cuestión catalana, hoy
24
prolongarse entre cinco y diez años, que es la media que se viene dando en los nuevos
candidatos (España y Portugal, 8 años; la ampliación a los Estados del Este y del
Mediterráneo, entre 10 y 14 años; Croacia, 10 años, etc.). Dicho ingreso en la UE no
implicaría que lo hiciese simultáneamente en la Eurozona ya que son dos actos
diferentes: el primero es una condición necesaria pero no suficiente. El ingreso en la
unión económica y monetaria se produciría con posterioridad y dependería del
cumplimiento de los criterios establecidos en el Tratado de Maastricht. En el interregno,
a lo máximo que podría aspirar Cataluña sería a un acuerdo cambiario de su peseta con
el euro (no sería posible un acuerdo monetario) con la Unión, acuerdo que sería
administrado por España.
Tercera opción: Cataluña se separa de España por un acto unilateral de
secesión. En este tercer supuesto (que suele darse en Estados federales o confederales,
pero no en los unitarios como lo es España), entrarían en funcionamiento los
mecanismos previstos por la Constitución en numerosos de sus artículos, entre otros, el
Art.1.2 “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los
poderes del Estado” y el Art. 2 “La Constitución se fundamenta en la indisoluble
unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y
reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la
integran y la solidaridad entre todas ellas”.
El ejercicio del derecho de autodeterminación de Cataluña para constituirse en
Estado soberano es legalmente muy cuestionable por varias razones, entre las que
destacan las dos siguientes: la primera, porque a diferencia, por ejemplo, de Escocia que
fue Estado independiente hasta 1707, Cataluña nunca lo ha sido; y la segunda porque
tampoco ha sido ni es una colonia de España, supuesto para el que ha sido previsto el
derecho de autodeterminación4.
Como es sobradamente conocido, Cataluña formó parte del Reino de Aragón
que, conjuntamente con el de Castilla, crearon la nación española a finales del siglo XV
iniciando a partir de entonces la construcción del Estado, uno de los más viejos de
Europa. El matrimonio entre Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón permitieron la
alianza de las dos coronas participando ambas en la conquista, primero, del Reino de
4
. Véase al respecto el articulo de artículo Solozábal, Juan José, “La autodeterminación y los derechos”. El País, 8
noviembre de 2012.
La cuestión catalana, hoy
25
Granada (1492) y, posteriormente, del de Navarra (1512), así como en el
descubrimiento de América. A partir de la unión de dichas coronas, la historia de
España ha sido común y nunca se ha vuelto a diferenciar entre las antiguas coronas de
Aragón y de Castilla y mucho menos entre Cataluña y el resto de España.
España ha sido históricamente el común denominador sobre el que se ha
cimentado el espacio económico (el mercado interior) a lo largo de varios siglos a través
de un prolongado proceso de reformas de todo tipo. Entre estas cabe citar los
denostados –por los nacionalistas catalanes- Decretos de Nueva Planta de Felipe V (en
la segunda década del siglo XVIII) que permitieron la reorganización de la
administración territorial y acabar con muchos privilegios feudales de los reinos.
Afectaron al de Aragón, al de Castilla y al Consejo de Indias y fue excluido de las
mismas el Reino de Navarra y las provincias vascas. Por dichos Decretos perdieron
parte de sus instituciones propias. El de Aragón, que en la Guerra de Sucesión había
apoyado mayoritariamente las pretensiones a la corona del Archiduque Carlos, perdió
sus fueros y en el de Castilla quedaron suprimidos, entre otros, los privilegios
municipales.
Un siglo después, a partir de la Constitución 1812, comenzaron a sentarse las
bases para la modernización de España. Se abolió la Inquisición, los señoríos
jurisdiccionales, los mayorazgos, los gremios, la Mesta, etc.; se prosiguió con la
desamortización de la propiedad rústica y urbana (eclesiástica y civil) y la del subsuelo
(legislación de minas); se estableció, en 1841, el arancel común; la unidad fiscal,
teóricamente se consiguió con la reforma de Alejandro Mon y Ramón de Santillán de
1845; el sistema de pesas y medidas común (el sistema métrico decimal), fue
implantado por el ministro de Hacienda, Bravo Murillo, en 1849; la unión monetaria se
consiguió en 1868 tomando como base la peseta de cien céntimos (la peseta es de origen
catalán y la primera peseta fue acuñada en Barcelona en 1808); etc.
Todas las reformas citadas, y otras muchas que se omiten, fueron comunes y
afectaron –salvo alguna excepción puntual- a todo el territorio español. Y muchas de
ellas fueron impulsadas por insignes catalanes, que afortunadamente han proliferado en
la historia de España; baste citar, a mero título de ejemplo, a Juan Prim, Laureano
Figuerola, Francisco Cambó, Agustina R.M. Zaragoza y Domènech (Agustina de
La cuestión catalana, hoy
26
Aragón), Andreu Nin, Marcelino Domingo, Joan Sardà i Dexeus, Juan Antonio
Samaranch, etc.
Por lo que respecta a la Unión Europea, Cataluña, lo mismo que en el caso
precedente, tendría que abandonarla y pedir su ingreso en la misma como país tercero.
Pero en este caso, el proceso se complicaría de manera considerable ya que Cataluña no
tendría ni tan siquiera la opción de solicitar su ingreso en muchos años. Al producirse
tal independencia por un acto de secesión, no sería reconocida durante un largo periodo
por ninguno de los Estados de la Unión, puesto que España invocaría la aplicación del
ya mencionado párrafo segundo del Art. 4 del TUE. Y el Consejo Europeo, la
Comisión, el Parlamento Europeo y el Tribunal de Justicia de la Unión, entre otras
instituciones, tendrían que pronunciarse al respecto.
Cataluña pasaría por un amplio periodo de hibernación quedando como Estado
aislado hasta que fuese reconocido por la comunidad internacional y en particular por
los Estados de la Unión. Una vez logrado tal reconocimiento por todos los Estados que
formen parte de la Unión en ese momento, Cataluña tendría la posibilidad de solicitar su
ingreso en la misma. España, y con alta probabilidad otros Estados, vetarían su entrada
durante muchos años; incluso el gobierno español, con más razón que en el supuesto
precedente, se vería moralmente obligado a celebrar un referéndum para dar su
aprobación. En fin, para restañar las heridas producidas, no es descabellado pensar que
Cataluña tendría que esperar no menos de 30 años para ser parte de la UE y otros
cuantos más para entrar en la Eurozona.
3. El presupuesto de la independencia: el nacionalismo promete un paraíso
económico que no existe
La segunda de las premisas de la que parte el nacionalismo, que una Cataluña
independiente solucionaría sus problemas económicos, también es falsa. Esto equivale a
decir que España es una rémora para el desarrollo catalán y que le impide ser uno de los
Estados más ricos de Europa. En este extremo, la estrategia nacionalista pasa por el
establecimiento de un presupuesto sólido y por pactar con los principales países
mundiales, y destacadamente con los de la UE, un rápido reconocimiento de Cataluña
como Estado independiente.
La cuestión catalana, hoy
27
El presupuesto para el futuro Estado Catalán ha sido elaborado por el Cercle
Catalàn de Negoces5. Lleva por el título de El Pressupost de l’Estat Català6 y toma
como base el ejercicio de 2012 (como comunidad autónoma) y partir del mismo se hace
una proyección, ya como Estado independiente, para los ejercicios 2013 a 2017. En esta
simulación, se presume que, en 2013, Cataluña habría recuperado la totalidad de los
tributos hoy en poder de España y, naturalmente, se haría cargo de la totalidad de los
gastos públicos. El escenario que se expone en el documento presupuestario para el
nuevo Estado catalán, no puede ser más prometedor. Sus principales características las
voy a agrupar en las siguientes cuatro categorías:
- Fuerte crecimiento económico. A partir del 2016, se prevé que el PIB de
Cataluña se incremente anualmente entre el 4 y 5%, una tasa muy superior a la media de
la UE y de la OCDE, que sitúa entre 0,9 y 2,2%. Un crecimiento de este tipo permitiría
la creación de mucho empleo y la reducción drástica del paro; sobre lo primero no
ofrece previsiones, pero en lo relativo al paro indica que en cinco o seis años se
reduciría a la mitad (pasaría de los actuales 822.000 parados a poco más de 400.000).
Ello sería posible por el fuerte crecimiento previsto, por la progresiva reducción del
déficit presupuestario, por el incremento de las inversiones en infraestructuras, territorio
y sostenibilidad (de 1.563 millones de euros en 2013, se pasa a 3.105 en 2017) y por el
incremento de funcionarios (hasta situarlo en una cota por cada 1.000 habitantes similar
a los pequeños y ricos países europeos).
- Un presupuesto sólido y saneado. En estas condiciones de intenso crecimiento
económico, el presupuesto de Cataluña pasaría de los 29.727 millones que tiene en 2012
como Comunidad a 67.393, en 2013 y a 76.062 en 2017, ya como Estado independiente.
Esto es, en solo cinco años el presupuesto se multiplicaría por 2,6 veces gracias al fuerte
crecimiento del PIB y a que todos los tributos serían recaudados por la hacienda
catalana. Se produciría un fuerte incremento en la recaudación por impuestos directos,
en particular en IRPF, cuotas de la seguridad social y sociedades; y también en los
indirectos, señaladamente en IVA e impuestos especiales.
5
. Cercle Catalàn de Negoces se autodefine como una asociación empresarial independiente y sin ánimo de lucro que
fue constituido en Bigues i Riells, el 26 de novembre de 2008. Entre sus fines figura el de “Conscienciar als
empresaris de la necessitat que Catalunya esdevingui un estat propi ens els propers anys, per tal de garantir la
futura prosperitat empresarial de Catalunya” (Articulo 2, apartado b, de sus estatutos). Está presidida por Ramon
Carner i Alivés y su secretario es Joan Canadell i Bruguera.
6
. El lector interesado podrá encontrar el referido trabajo en:
http://www.ccncat.cat/sites/default/files/Dmes1.El%20Pressupost%20de%20Estat%20Catal%C3%A0.pd.
Septiembre, 2012.
La cuestión catalana, hoy
28
Por lo que respecta al déficit y endeudamiento público de Cataluña, se prevé, en
cuanto al primero, que sería del 3,7% del PIB en 2013, se incrementaría hasta el 5,4%
en 2014 y a partir de ahí se iría reduciendo hasta lograr el 2,7% del PIB en 2017 (y
1,4% en 2018); es decir, en 2017, Cataluña ya cumpliría en este extremo con lo
estipulado por el Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) de la UE. Y por lo que
respecta al endeudamiento público, el estudio lo sitúa en el 75,3% del PIB catalán en
2013, incrementándose hasta el 81% en 2015 en que iniciaría un decrecimiento hasta al
78,7% en 2017 (y del 75,8% en 2018); si bien Cataluña no cumpliría con lo previsto por
el PEC, sí se situaría por debajo de la media comunitaria.
Como resultado de la favorable situación económica y presupuestaria, de la
eliminación del expolio fiscal español y de la acción de la Agencia Tributaria catalana
en persecución del fraude fiscal y de la economía sumergida, el Estado Catalán podría
reducir los actuales tipos impositivos con el fin de favorecer el consumo privado y la
competitividad empresarial. A tal efecto, se estima que, entre 2013 y 2016, se podrían
disminuir en un 10% los tipos impositivos del IRPF, del de sociedades y las
cotizaciones de los empresarios, asalariados y autónomos a la seguridad social.
- Reducido efecto de un posible boicot comercial de España. El informe admite
que es previsible que, por parte de España, pudiera producirse un cierto boicot
comercial a determinados productos catalanes. En todo caso, dicho boicot sería pasajero
y poco importante: elevado en el primer año, moderado en el segundo y residual en el
tercero y posteriores. Para paliar sus efectos, se prevé una partida de 1.750 millones de
euros en el presupuesto de gastos, a razón de 1.000, 500 y 250 millones de euros para
los tres años de su duración.
- Un Estado catalán rico y solidario. Es evidente que con una situación como la
expuesta, el Estado Catalán será rico, situándose entre los pequeños y desarrollados
Estados europeos. Ello le permitirá pagar sin problemas las pensiones de sus ciudadanos
(cuyo coste se situará en el entorno de los 23.000 millones de euros anuales),
prestaciones por desempleo (de unos 7.000 millones de euros anuales, con tendencia a
la baja por la disminución del desempleo), la defensa (1.176 millones de euros anuales),
asuntos exteriores (de 313 millones de euros en 2013, pasa a 540 en 2017) y la
contribución a la Unión Europea, que se prevé en una cantidad fija de 2.127 millones de
euros anuales (de los cuales y a través del presupuesto de la UE -vía fondos
estructurales y otros-, retornarían a España 1.475 millones).
La cuestión catalana, hoy
29
El esplendor económico del nuevo Estado catalán sería rápidamente apreciado
por las agencias internacionales de calificación, que le otorgarían su máximo grado:
(entre AA/AAA, en las ratios de las agencias S&P y Fitch, según el trabajo que
comentamos) situándola entre los primeros quince países más solventes del mundo, con
una prima de riesgo (respecto al bono alemán a 10 años) de solo 140. España, por el
contrario, continuaría relegada –y por añadidura intervenida- en su baja calificación de
BBB y con una prima de riesgo de 517.
Frente a este idílico paraíso que dibuja el estudio del Círculo Catalán de
Negocios para una Cataluña independiente, la situación real es muy otra: su actual
crecimiento es prácticamente nulo y así es previsible que continúe en el corto plazo
(digamos en los próximos cinco años), el paro superaba los 820.000 personas a
mediados de 2012 y la deuda pública autonómica es asfixiante: hasta el extremo de que,
al carecer de fuentes alternativas de financiación, Cataluña se ha visto obliga a solicitar,
como bastantes otras comunidades autónomas, su rescate por el Estado a través del
recién creado Fondo de Liquidez Autonómica.
La metodología utilizada en la estimación del Presupuesto del Estado Catalán
por parte del Círculo incurre en los mismos sesgos que la seguida por la Generalitat en
las balanzas fiscales: escaso rigor. Adicionalmente, al basar dicho presupuesto en la
continuidad de Cataluña en la Unión sin prever escenarios alternativos, todo este
artificio se desmorona irremediablemente. Las principales objeciones que se le pueden
hacer a este trabajo, son las siguientes:
- Sobrevalora los ingresos y minusvalora los gastos. En las estimaciones
realizadas y según convenga a los intereses catalanes en cada caso, se utiliza la ratio de
PIB de Cataluña sobre España, el de población y o el de la media de ambos.
- Crea un Estado prácticamente sin costes. Así para la rúbrica “Unión Europea,
Asuntos Exteriores e Inmigración” se presupuestan 3.696 millones de euros en 2013
aumentando hasta 3.923 en 2017. Si se tiene en cuenta que aproximadamente un 55%
de esta cantidad se destina a contribuciones de Cataluña al presupuesto de la UE, con el
resto es altamente improbable que se puedan atender con un mínimo de eficacia los
otros compromisos que entraña el funcionamiento de un Estado, tales como la defensa,
fronteras, relaciones internacionales, etc.
La cuestión catalana, hoy
30
- Subestima la deuda pública. El documento que comentamos del Círculo
Catalán de Negocios, no menciona ni una sola vez la deuda generada por Cataluña
como comunidad autónoma que, a mediados de 2012, se situaba en 44.000 millones de
euros, a la que hay que añadir la que también ha generado la maraña de empresas
públicas creadas, que en dicha fecha era de 6,4 miles de millones. No obstante,
implícitamente sí la tiene en cuenta al estimar la deuda total inicial que correspondería a
Cataluña. Dicha deuda ascendería a 149.368 millones de euros en 2013 (75,3% del
PIB), iría creciendo hasta situarse en los 181.108 en 2017 (78,7% del PIB) y 183.724 en
2018 (75,8 del PIB). Aunque la deuda total continuaría incrementándose anualmente
sobre la inicial de 2012 (que es la misma con la que comenzaría a operar a partir de
2013), su proporción sobre el PIB catalán descendería a partir de 2016 habida cuenta de
los importantes incrementos que prevé para este último.
Pero lo que ocurre en realidad es que en este, como en otras tantas estimaciones
que realiza el documento presupuestario del Círculo, las cuentas no están bien hechas. A
junio de 2012, la deuda pública generada por la Comunidad de Cataluña ascendía a
43.954 millones de euros y la que le correspondería del Estado, según mis propios
cálculos, sería de otros 142.243,6 (según la ratio de PIB de Cataluña sobre España) o
bien 121.705,8, utilizando el de población; cantidades ambas bastante alejadas de la
prevista por dicho documento, que sitúa dicha herencia en 97 mil millones7. De manera
que la deuda pública total inicial de Cataluña se situaría, en la fecha de referencia, entre
186.197,6 millones de euros (hipótesis máxima) y 165.659,8 (hipótesis mínima) en
lugar de los ya mencionados 149.368 millones que refleja el referido documento.
El trabajo del Círculo Catalán no hace referencia alguna a la deuda privada
catalana que, si bien no corresponde propiamente al presupuesto público, no deja de ser
también deuda. En tiempos de crisis como los actuales, es práctica cotidiana que, por el
principio de socialización de pérdidas, una parte creciente de dicha deuda se vaya
convirtiendo en pública. La deuda privada correspondiente a Cataluña (utilizando la
ratio de PIB) era, a mediados de 2012, de 389.280,4 millones de euros; de ellos,
226.405,8 correspondían a empresas no financieras y 162.874,6 a las familias.
7
. En la cuestión de la deuda pública, el presupuesto editado por el Círculo se muestra cauteloso. Si bien aplica la
ratio de población, subraya (en este caso, con toda su lógica), que la que asuma el Estado catalán dependerá de sus
negociaciones con España. No obstante, sí advierte que será inferior a la que le correspondería por la ratio PIB
debido a que la deuda pública española se ha invertido mayoritariamente en otras comunidades autónomas.
La cuestión catalana, hoy
31
- Ignora la gravedad de las repercusiones económicas. En este punto sigo el
trabajo realizado por Convivencia Cívica de Cataluña8, bajo el título de Las cuentas
claras de Cataluña9. Las principales conclusiones a las que llega pueden resumirse en
las siguientes:
En primer lugar, una separación de Cataluña del resto de España implicaría una
disminución de su PIB en 42.266 millones de euros, que se desglosa así: 12.155 por
disminución del saldo comercial; 13.632 por deslocalización de empresas y 16.478 por
la contracción de la demanda interna (consumo e inversión). Esto significaría una caída
del PIB de Cataluña en un 20,5% respecto del que tenía en 2010.
En segundo lugar, todo Estado implica la creación de un efecto frontera, incluso
-aunque mitigado- dentro de la UE y máxime si no se pertenece a la misma (moneda
propia, barreras arancelarias y no arancelarias y otras normas que afectan al comercio).
El efecto frontera sería muy negativo para los intereses catalanes. Está ampliamente
comprobado que las fronteras nacionales afectan a todo tipo de comercio y
señaladamente al de bienes: favoreciéndolo cuando no existen y obstaculizándolo en
caso contrario. Los ejemplos que existen a escala internacional, demuestran que la
separación política de un territorio y la consiguiente aparición de nuevas fronteras,
originan una caída del comercio bilateral entre los nuevos Estados que oscila entre un
tercio y dos tercios sobre el que existía cuando estaban unidos. A este respecto baste
citar los casos de las viejas repúblicas de la ex-Yugoslavia, de Checoslovaquia o de las
repúblicas de la antigua URSS.
En 2010, el saldo comercial en bienes de Cataluña con el resto de España fue
positivo en 21.937 millones de euros, lo que repercutió en una mejora de su PIB
equivalente a un 10,5% (el que obtuvo con el resto del mundo fue negativo). En el
trabajo de Convivencia Cívica puede leerse que: “En el año 2010 las ventas exteriores
de las empresas catalanas fuera de Cataluña sumaron 130.629 millones de euros. De
ellas, más de la mitad, 66.304 millones de euros, fueron compras del resto de España
mientras las demás, 64.325 millones de euros, procedieron del resto de los países del
8
. Según puede leerse en su página web, Convivencia Cívica de Cataluña es una Entidad que coordina entidades
cívicas y ciudadanos, con la finalidad de “promover el respeto a los derechos y libertades fundamentales de las
personas, fomentar las virtudes cívicas, fortalecer los valores democráticos, actuar contra todo tipo de discriminación,
ya sea por causa de sexo, raza, origen, lengua, opinión o credo, y defender la pluralidad cultural, educativa y
lingüística en el espíritu de los principios recogidos en la Constitución Española de 1978”. Fue constituida en
Barcelona el 22 de febrero de 1998.
9
. Este riguroso trabajo elaborado y publicado por Convivencia Cívica de Cataluña, fue presentado en Barcelona, el 6
de noviembre de 2012 con datos referidos a 2010. Puede consultarse en:
http://www.math.temple.edu/~gimenez/NAD/Las%20cuentas%20claras%20de%20Catalu%C3%B1a.pdf.
La cuestión catalana, hoy
32
mundo. De los 15 principales mercados donde venden las empresas catalanas, 10 son
comunidades autónomas españolas. Por citar sólo algunos ejemplos, Cataluña vende
más a Murcia que a Estados Unidos, de la misma manera que vende más a Aragón que
a Alemania”. En una hipotética independencia de Cataluña, en el supuesto de que las
empresas catalanas vendieran en el resto de España lo mismo que actualmente venden a
Francia (su otra frontera), sus ingresos se desplomarían en unos 40.000 millones de
euros anuales. Los sectores más directamente afectados por el efecto frontera con
España serían –señala este Informe- los de la industria agroalimentaria, la textil, la
química y la metalúrgica, con una reacción en cadena que se iría transmitiendo a los
demás sectores, incluido el público. Esto, unido a la probable deslocalización de
grandes empresas, pondría en peligro a 1 de cada 6 empleos actualmente existentes en
Cataluña (solo con la deslocalización de SEAT se perderían unos 40.000 empleos
directos e indirectos).
En tercer lugar, la deshonestidad política del nacionalismo. Los partidos
nacionalistas catalanes transmiten a la sociedad datos sesgados e inflados sobre el
déficit fiscal de Cataluña con el resto de España; repetida esta información de forma
machacona, como se hace constantemente en todo tipo de medios, acaban influyendo
sobre la población y de manera determinante a la hora de emitir el voto. La cantidad de
16.409 millones de euros de déficit fiscal de Cataluña en el año 2009, se ha obtenido
mediante artificios contables que tratan de enmascarar la drástica caída de impuestos
pagados en Cataluña por efectos de la crisis económica. De las cuentas elaboradas por
Convivencia Cívica, se desprende que para dicho año lo que realmente hubo fue un
superávit de 4.015 millones de euros favorable a Cataluña10.
En cuarto y último lugar, la independencia generaría costes económicos
difícilmente evaluables pero que sí son muy importantes. Entre ellos están la
incertidumbre política que se generaría; las tensiones sociales de todo tipo que surgirían
y de manera particular entre la comunidad nacionalista y no nacionalista; la
desconfianza que se originaría en los mercados internacionales con la introducción de
una nueva moneda provocaría la deslocalización de las grandes empresas instaladas en
10
. Según Convivencia Cívica, esta cifra ha sido reconocida por Consell de Treball Econòmic i Social de Catalunya,
un organismo consultivo del gobierno catalán, en un informe de junio de 2012 al que no se le ha dado la debida
publicidad.
La cuestión catalana, hoy
33
Cataluña, que huirían a otros lugares (ya lo han anunciado el Grupo Planeta, SEAT y
Volkswagen-Audi España) y la fuga de capitales buscando refugios más seguros; etc.
En fin, y como conclusión final y general, una Cataluña al margen de la UE, con
moneda y fronteras propias, con estancamiento económico y con un paro y una deuda
pública y privada insoportables, tendría considerables dificultades económicas para
constituirse en Estado independiente. Su presupuesto inicial, que en las actuales
circunstancias de crisis le impediría acudir a los mercados financieros internacionales,
no podría superar los 48.000 millones de euros; es decir, un 28% inferior al previsto por
el presupuesto estimado por el Círculo Catalán para 2013.
4. El realismo de los hechos. Las soluciones posibles
Es obvio que, tras más de treinta años de andadura, el Estado de las autonomías
no funciona. No ha logrado su principal finalidad: la cohesión política española y la
solidaridad entre las regiones que pretendía la Constitución de 1978. Los nacionalismos
catalán y vasco, con sus insaciables reivindicaciones, no cesan de retar al Estado en
todos sus frentes provocando conflictos permanentes al pretender diferenciarse del resto
de las comunidades autónomas.
En el ámbito económico, las comunidades autónomas y señaladamente las dos
citadas, han puesto en cuestión la unidad de mercado nacional que tantos siglos ha
llevado conseguir. Es obvio que la libre movilidad de las personas en lo relativo al
mercado laboral ya no está garantizada en todo el territorio nacional, desde el momento
en que el idioma se ha convertido en una barrera de entrada. También está cuestionada
la libre circulación de mercancías y la de servicios mediante una maraña normativa que
ha compartimentado el espacio económico español en diecisiete mercados regionales en
todo. Los costes de transacción para empresas y ciudadanos son muy elevados debido a
las duplicidades –y a veces triplicación- de servicios absolutamente innecesarios que
nada añaden en beneficio de la sociedad pero que sí son muy costosos de mantener:
representaciones en el exterior -embajadas encubiertas-, empresas públicas deficitarias y
otros muchos servicios que ya presta el Estado y que han duplicado las comunidades
autónomas sin añadir nada (piénsese, por ejemplo, en los servicios de meteorología,
cartográficos, centros de estudios de opinión, agencias autonómicas de protección de
datos, control de la competencia y tantos otros).
La cuestión catalana, hoy
34
Las comunidades autónomas han contribuido de manera decisiva a incrementar la
corrupción en todos sus frentes, en particular en el político. Son las responsables más
directas de la burbuja inmobiliaria que se fue generando desde mediados de los años
noventa del siglo pasado hasta el estallido de la crisis en 2008. A través del control
político que han ejercido sobre las cajas de ahorro, han pervertido sus fines y
manipulado su gestión hasta que las han acabado arruinando, provocando la quiebra de
la mayoría de ellas que han tenido que ser intervenidas por el Banco de España (estos
son los casos de las que han constituido Bankia, Banco CAM, Caja Castilla-La Mancha,
Cajasur, Catalunyacaixa, Novacaixagalicia y Unnim). Una de las razones principales del
incremento de la prima de riesgo de España (y de su intervención por la Unión Europea)
radica en la falta de control de los presupuestos autonómicos, que han provocado el
recelo y la desconfianza de los mercados financieros internacionales y de la propia
Unión Europea.
En estas condiciones, y ante el reto soberanista que ha lanzado el nacionalismo
catalán, la Constitución debe ser reformada profundamente y de manera consensuada
entre todos los partidos políticos, en particular entre el PP y el PSOE. Las principales
opciones que se plantean son estas dos: continuar con el Estado de las autonomías o
constituir un Estado federal.
Si la opción por la que se optase fuese por continuar con el Estado de las
autonomías, que personalmente considero la más acertada, la reforma constitucional,
con independencia de que se aprovechase para actualizar todo aquello que se estimase
conveniente, se centraría prioritariamente sobre su título VIII: “De la Organización
Territorial del Estado”. En sentido estricto, sería una reforma de la actual Constitución.
Aprovechando dicha reforma, tal vez fuese conveniente revisar la actual delimitación
autonómica procediendo a reducir su número y, desde luego, habría que precisar con
absoluta claridad las competencias administrativas, políticas y financieras que pueden
asumir las comunidades. Habría que poner fin de una vez a los conciertos económicos
vasco y navarro, uno de los frentes de agravio comparativo más importantes que existen
con el resto de las comunidades de régimen común, aún a riesgo de provocar otro
conflicto con dichas comunidades. Mientras que se continúen manteniendo privilegios
financieros de unas comunidades frente a otras, el nacionalismo siempre encontrará
razones para sus reivindicaciones.
La cuestión catalana, hoy
35
Si la alternativa fuese constituir un Estado federal, la reforma de la Constitución
afectaría a gran parte de la misma, hasta el extremo de que se convertiría en una nueva
Constitución. Con independencia de que se clarificasen las competencias, incluso de
manera más precisa que en el caso precedente –sin que ello significase necesariamente
su incremento-, el Estado dejaría de ser unitario y la reivindicación nacionalista añadiría
argumentos muy sólidos para lograr sus pretensiones soberanistas, entre ellos, el
derecho de autodeterminación. Por otra parte, no existe memoria histórica de Estados
unitarios que se transformen en federados –sí, y numerosos, del caso contrario- y el
experimento podría resultar traumático para España. Y mucho más si fuese asimétrico.
36
La cuestión catalana, hoy
La cuestión catalana, hoy
37
Régimen de financiación de la Generalitat de Cataluña.
Modelo impositivo comparado con el resto de las CC.AA.
Valentín Pich Rosell
Presidente del Consejo General de Colegios de Economistas de España
0.
Introducción
Con este artículo pretendemos aproximarnos a cómo el gobierno de la Generalitat de
Cataluña ha venido, y está, utilizando su capacidad de financiación comparándola con la
del resto de las administraciones autonómicas vía impuestos. Dada la amplitud que
supondría realizar un análisis en profundidad sobre la influencia de todos los recursos
de ésta, vamos a centrarnos en señalar los de mayor peso específico e impacto social,
como son los ingresos tributarios.
No nos toca valorar si el actual sistema de financiación es el más adecuado o si
es o no necesaria su modificación, lo que pretendemos es detectar cómo está siendo
utilizado por las autonomías y las consecuencias prácticas de todo ello. Lo que sí nos
toca, desde un aspecto puramente técnico, es poner de manifiesto e incluso criticar
algunos aspectos que consideramos que no se están realizando conforme lo que
establecen algunos principios tributarios esenciales como el de eficiencia. Por estos
motivos, además de comparar la situación de Cataluña con las demás autonomías nos
atrevemos también a esbozar algunas conclusiones a modo de resumen.
Ante todo, debe precisarse que en relación con la financiación de las
Comunidades Autónomas, en España existen dos modelos: el régimen común y el
régimen foral. A su vez, dentro del régimen común, Canarias posee un régimen
económico y fiscal peculiar por razones históricas y geográficas, que ha sido adaptado,
respetando sus particularidades, como región ultraperiférica dentro de la Unión
Europea. Junto a ella, Ceuta y Melilla son dos ciudades que participan de la financiación
autonómica, de conformidad con sus Estatutos de Autonomía y según el régimen de
financiación de las Haciendas Locales. Asimismo, disponen de un régimen de fiscalidad
indirecta especial, en virtud del cual recaudan el Impuesto sobre la Producción, los
Servicios y la Importación. Nosotros trataremos sólo sobre el denominado régimen
común.
La cuestión catalana, hoy
38
1.
Breve reseña histórica del modelo de financiación
Hasta el año 1997, la capacidad normativa de las Comunidades Autónomas quedaba
circunscrita a los tributos propios, es decir, a los creados por las propias
Administraciones territoriales. No será hasta el cercano ejercicio 2003 cuando las
Comunidades Autónomas tengan un marco normativo sobre aquellos tributos cuyas
competencias son cedidas por el Estado, el cual les otorga facultades de gestión y
recaudación.
El fundamento legal que posibilita un modelo de financiación autonómico se
encuentra esencialmente reconocido en el artículo 156 de la Constitución Española
cuando establece que “las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera
para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de
coordinación con la Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles. Las
Comunidades Autónomas podrán actuar como delegados o colaboradores del Estado
para la recaudación, la gestión y la liquidación de los recursos tributarios de aquél, de
acuerdo con las leyes y los Estatutos”. Y el artículo 157 de la Carta Magna es el que
enumera los recursos de las Comunidades Autónomas, determinando que estarán
constituidos por los impuestos cedidos total o parcialmente por el Estado; recargos
sobre impuestos estatales y otras participaciones en los ingresos del Estado.
Actualmente es la Ley Orgánica 3/2009, de 18 de diciembre, de modificación de
la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades
Autónomas –LOFCA- la que enumera los recursos de las Comunidades Autónomas. En
concreto estarán constituidos por los ingresos procedentes de su patrimonio y demás de
derecho privado; sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales; los tributos
cedidos, total o parcialmente, por el Estado; la participación en el Fondo de Garantía de
Servicios Públicos Fundamentales; los recargos que pudieran establecerse sobre los
tributos del Estado; las participaciones en los ingresos del Estado a través de los fondos
y mecanismos que establezcan las leyes; el producto de las operaciones de crédito; el
producto de las multas y sanciones en el ámbito de su competencia y, finalmente, sus
propios precios públicos. También pueden obtener igualmente ingresos procedentes de
las asignaciones que se establezcan en los Presupuestos Generales del Estado y por las
transferencias de los Fondos de Compensación Interterritorial.
La cuestión catalana, hoy
39
Una vez establecido de manera sucinta el marco legal vamos a detenernos sobre
cómo Cataluña y el resto de Comunidades Autónomas han hecho uso en el ámbito del
régimen común de la capacidad normativa que les reconoce el marco legislativo actual.
2.
Modelo de financiación: tributos propios y cedidos
2.1. Tributos propios
La mayor parte de los ingresos de las Comunidades Autónomas son el resultado de la
parte de recaudación obtenida de los grandes impuestos estatales: Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuestos Especiales.
La recaudación conjunta de los tres reportaba a las autonomías en 2009 el 79,69 %, casi
4/5 partes. Concretamente, el 42,79 % lo aporta el Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas.
En Cataluña, en el año 2011 dentro del total de ingresos, los impuestos
representaban un 80 %. No obstante, debido al oscuro mecanismo de financiación
territorial, este porcentaje puede variar sensiblemente de un año a otro. Por otro lado, el
peso específico de las otras dos grandes figuras tributarias, como son la tasa por
abastecimiento de agua potable y la de residuos, son directamente recaudados por los
organismos autónomos asignados para ello. Finalmente, hay que traer a colación la
nueva figura tributaria por servicios turísticos que ha entrado en vigor recientemente y
cuya eficacia no veremos desplegada enteramente en su capacidad recaudatoria hasta el
año que viene.
Los “tributos propios” suponen un porcentaje muy pequeño sobre los recursos
financieros de las Comunidades Autónomas, asumiendo, en determinadas ocasiones,
una finalidad distinta a la estrictamente recaudatoria, como es la de financiar
determinadas políticas, por ejemplo, medioambientales. La realidad de que no se persiga
solo un fin recaudatorio es debido, en gran medida, a que la LOFCA limita bastante su
creación, ya que no podrán recaer éstos sobre hechos imponibles que ya sean gravados
por los tributos estatales. Tampoco podrán sujetarse elementos patrimoniales situados,
rendimientos originados ni gastos realizados fuera del territorio de la respectiva
La cuestión catalana, hoy
40
Comunidad Autónoma. Ni suponer, tampoco, un obstáculo para la libre circulación de
personas, mercancías, servicios y capitales, ni afectar de manera efectiva a la fijación de
residencia de las personas o a la ubicación de empresas y capitales dentro del territorio
español, ni comportar cargas trasladables a otras Comunidades Autónomas.
Ante este contorno limitativo, las autonomías tienen escaso margen de maniobra
para establecer tributos y, en numerosas ocasiones, la creación de nuevas figuras ha ido
acompañada de recursos de inconstitucionalidad (tales como el impuesto balear sobre el
medio ambiente, hoy derogado). Recientemente, en el mes de julio de 2012, el Tribunal
Constitucional ha rechazado el recurso interpuesto contra el Impuesto de Grandes
Establecimientos creado en Cataluña donde el recurrente invocaba que se vulneraba el
bloque de constitucionalidad, concretamente el art. 6.3 de la LOFCA, que establece la
imposibilidad de regular tributos en la legislación de Régimen Local de aquellas
materias reservadas al Estado, en el supuesto de hecho concreto, por coincidir con el
hecho imponible del Impuesto sobre Actividades Económicas.
No obstante, se han establecido nuevos hechos imponibles que han supuesto la
aparición de diversos impuestos propios que recaen, entre otros, sobre los premios del
bingo (Asturias, Baleares, Galicia y Murcia); las tierras infrautilizadas (Andalucía y
Asturias);
aprovechamientos
cinegéticos
(Extremadura);
depósitos
bancarios
(Extremadura) y, el ya citado, sobre grandes establecimientos comerciales (Cataluña,
Asturias o Aragón). Cataluña fue la pionera en crear y regular el canon de saneamiento
del agua en el año 1981. Fue el primer paso de una Comunidad Autónoma en el ámbito
de la fiscalidad del agua, fiscalidad que, progresivamente, ha ido extendiéndose entre un
número considerable de Comunidades Autónomas, asumiendo un papel principal en el
campo de la imposición propia.
Respecto de los Impuestos ambientales, es la modalidad más ampliamente
desarrollada por las autonomías en los últimos años. Así, se han creado impuestos que
recaen sobre residuos, emisión de gases a la atmósfera o vertidos a las aguas litorales.
En cualquier caso, y con carácter general y salvando ciertas particularidades, los tributos
propios de las autonomías no han supuesto una elevada recaudación en prácticamente
ningún caso y, en numerosas ocasiones, los gastos de gestión del tributo casi superan la
recaudación obtenida por el mismo, por lo que, en la actualidad, no representan una
fuente de financiación apreciable para las Comunidades Autónomas. Es más, algunas de
La cuestión catalana, hoy
41
ellas han optado por suprimir ciertos tributos. Tal es el caso de la Comunidad de Madrid
que había creado un impuesto sobre los premios del bingo y un impuesto sobre la
modalidad de juegos colectivos de dinero y azar simultáneos y, recientemente, los ha
suprimido, llegando a modificar los tipos de gravamen de la tasa sobre el juego para
adaptarlos a la nueva situación. Se suma a la causa el caso de Extremadura, que ha
decidido suprimir para 2011 el Impuesto sobre el suelo sin edificar y edificaciones
ruinosas que había creado con anterioridad.
A continuación se muestra un resumen de los principales tributos creados por cada
Comunidad Autónoma:
CC AA
TRIBUTOS PROPIOS

Andalucía






Aragón



Asturias




Baleares

Canarias



Cantabria



Castilla – La
Mancha

Impuesto sobre tierras Infrautilizadas
Impuesto sobre depósito de residuos peligrosos
Impuesto sobre emisión de gases a la atmósfera
Impuesto sobre vertidos a las aguas litorales
Impuesto sobre depósito de residuos radiactivos
Canon de saneamiento
Impuesto sobre el daño medioambiental causado por la instalación de
transportes por cable
Impuesto sobre el daño medioambiental causado por la emisión de
contaminantes a la atmósfera
Impuesto sobre el daño medioambiental causado por las grandes áreas de
venta
Canon de saneamiento
Impuesto sobre fincas o explotaciones agrarias infrautilizadas
Impuesto sobre el juego del bingo
Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales
Recargo sobre el IAE
Canon de saneamiento
Impuesto sobre los Premios del juego del bingo
Canon de vertido
Impuesto especial sobre combustibles derivados del petróleo
Canon de saneamiento
Recargo sobre el IAE
Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos
Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio
ambiente
La cuestión catalana, hoy
42


Cataluña






Extremadura




Galicia




Madrid




Murcia




La Rioja


Valencia


Canon del agua
Canon sobre la deposición controlada de residuos municipales
Canon sobre la deposición controlada de residuos de la construcción
Canon sobre la incineración de residuos municipales
Gravamen de protección civil
Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales
Impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos
Impuesto sobre depósitos de las entidades de crédito
Impuesto sobre instalaciones que inciden en el medio ambiente
Canon de saneamiento
Impuesto sobre el juego del bingo
Impuesto sobre la contaminación atmosférica
Impuesto sobre el daño medioambiental causado por determinados usos y
aprovechamientos del agua embalsada
Canon eólico
Tarifa de depuración de aguas residuales
Impuesto sobre la instalación de máquinas en establecimientos de
hostelería autorizados
Impuesto sobre depósito de residuos
Recargo sobre el IAE
Canon de saneamiento
Impuesto sobre los premios del juego del bingo
Impuesto sobre el almacenamiento o depósito de residuos en la Región de
Murcia
Impuesto sobre vertidos a las aguas litorales
Impuesto por emisiones de gases contaminantes a la atmósfera
Recargo sobre el IAE
Canon de saneamiento
Recargo sobre el IAE
Canon de saneamiento
Recargo sobre la tasa que grava los juegos de suerte, envite o azar
Cataluña ha ido creando importantes tributos propios, como por ejemplo, el ya
citado canon del agua, heredero del canon de infraestructura hidráulica y de
saneamiento. Los ingresos obtenidos han ido a financiar las soluciones al problema del
tratamiento de las aguas residuales, así como a las mejoras de los ríos y el suministro de
agua potable para determinadas poblaciones e industrias. También hacemos referencia
al canon de protección civil, destinado a que determinadas actividades privadas asuman
los costes de una aportación pública a la protección general. Sin olvidar el Impuesto de
grandes establecimientos comerciales, cuyos recursos estaban afectados a la
reordenación del pequeño comercio en las ciudades. Reseñamos el canon sobre la
deposición de residuos destinado a gravar esencialmente aquellos residuos urbanos y
también los industriales que no sean tratados para su posterior reutilización, tratándose
de un tributo medioambiental y, finalmente, la ya mencionada figura tributaria de
servicios turísticos.
La cuestión catalana, hoy
43
En definitiva, aunque el objetivo subyacente de recaudación dista mucho con la
importancia de la protección de los recursos, en todas las comunidades, sí se han
perseguido, no obstante, otros objetivos loables, como la creación de políticas de
tratamientos de agua y de creación de depuradoras y, además, cierta sensibilidad
medioambiental en los ciudadanos.
2.2.
Tributos cedidos
Otra cuestión necesaria de comentar para entender cómo funciona el modelo de
financiación autonómica es determinar cuáles son los tributos que pueden ser cedidos a
las Comunidades Autónomas, así como el porcentaje de los recursos que suponen a las
mismas cada tipo específico. De esta manera, se cede el 100 % del Impuesto sobre el
Patrimonio,
Impuesto
sobre
Transmisiones
Patrimoniales
y
Actos
Jurídicos
Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre la
Electricidad, Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, de los
Tributos sobre el Juego y del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados
Hidrocarburos. Se cede el 58% de los Impuestos Especiales de Fabricación, con
excepción del Impuesto sobre la Electricidad, y el 50% del Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas y del Valor Añadido.
Como es conocido, y no es objeto de estos comentarios, existen otros recursos
no tributarios que completan el sistema de financiación, como las transferencias del
Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales, cuyo fin es asegurar que cada
Comunidad Autónoma recibe los mismos recursos por habitante para financiar los
servicios públicos fundamentales esenciales del Estado de Bienestar. El Fondo de
Suficiencia Global, que es la diferencia, positiva o negativa, entre las necesidades
globales de financiación de la Comunidad Autónoma y la suma de su capacidad
tributaria, más la transferencia positiva o negativa del Fondo de Garantía de Servicios
Públicos Fundamentales o el Fondo de Cooperación que se reparte anualmente entre las
Comunidades Autónomas de régimen común que tengan un PIB per cápita inferior a un
porcentaje de la media. Como ya ha quedado dicho en la introducción, solo será objeto
de análisis la incidencia de los tributos.
La cuestión catalana, hoy
44
Anteriormente hemos apuntado que es a partir de 1997 cuando se fija un modelo
de la financiación autonómica a través de los tributos cedidos, aunque aún con poco
margen de maniobra pues, no es hasta 2003, cuando se tiene un marco normativo. Es a
partir del año 2006 cuando las Comunidades Autónomas se lanzan a aprobar un sinfín
de normativas, encaminadas, en algunos casos, a disminuir la factura fiscal de sus
ciudadanos y, en otros casos, como desde el año 2010, las medidas que se aprueban son,
en su gran mayoría, meramente recaudatorias. Como ejemplo un botón: los aumentos de
los tipos de gravamen de los diferentes impuestos, en los que Cataluña, como a
continuación veremos, ha sido una de las pioneras en elevarlos. Esta Comunidad
Autónoma ha ido regulando, fundamentalmente a través de las denominadas leyes de
acompañamiento de los presupuestos, todo un marco normativo de financiación
respecto a los tributos cedidos.11
Hay que resaltar que las Comunidades Autónomas han acudido con mucha
frecuencia a su capacidad normativa. Previamente constatamos, sin ánimo de
generalizar, que la tendencia va encaminada a promulgar cada vez más normas y, en
muchos casos, sin demasiada trascendencia cuantitativa sino, más bien, con fines de
efecto pantalla. Esta circunstancia se consolida y amplía. El resultado es que existen
verdaderos problemas para el ciudadano, sus asesores, y para las Administraciones
gestoras, no ya sólo en aplicar cada año una nueva norma sobre la que no se han
establecido los criterios doctrinales ni jurisprudenciales, sino que, en muchos casos, ya
es un logro conseguir adivinar la norma o el precepto aplicable. Existen Comunidades
Autónomas que, con buen criterio, publican textos refundidos de sus normas sobre un
determinado impuesto, pero otras, con los mismos niveles de promulgación de normas y
Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de Medidas Administrativas, Fiscales y de Adaptación al Euro (BOE de 2 de febrero de 1999).
Ley 19/1998, de 28 de diciembre, sobre situaciones convivenciales de ayuda mutua (BOE de 10 de febrero de 1999). Ley 21/2001,
de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativa (BOE de 25 de enero de 2002). Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de
Medidas Fiscales y Administrativas (BOE de 17 de enero de 2003).Ley 7/2004, de 16 de julio, de Medidas Fiscales y
Administrativas (BOE de 29 de septiembre de 2004).Ley 12/2004, de 27 de diciembre de Medidas Financieras de Cataluña (BOE de
17 de febrero de 2005). Ley 21/2005, de 29 de diciembre de Medidas Financieras de Cataluña (BOE de 38 de febrero de 2006). Ley
17/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Financieras (BOE de 27 de febrero de 2008). Decreto Ley 1/2008, de 1 de julio,
de medidas urgentes en materia fiscal y financiera. (DOGC de 3 de julio de 2008). Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de Medidas
Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat (BOE de 31de enero de 2009). Ley 26/2009,
de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas (BOE de 18 de enero de 2010). Ley 19/2010, de 7 de junio, de
regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones (DOGC de 7 de junio de 2010). Decreto Ley 3/2010, de 29 de mayo, de
medidas urgentes de contención del gasto y en materia fiscal para la reducción del déficit público (BOE de 28 de junio de 2010).
Ley 24/2010, de 22 de julio, de aprobación de la escala autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (DOGC de
29 de julio de 2010). Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del Impuesto sobre sucesiones y donaciones (BOE de 8 de julio de
2010). Ley 3/2011, de 8 de junio, de modificación de la Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del Impuesto sobre sucesiones y
donaciones (BOE de 25 de junio de 2011). Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de
creación del Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos (B.O.E. de 6 de abril).
La cuestión catalana, hoy
45
de cambios en las mismas, ponen a prueba al que quiere saber cuál es la redacción
vigente de una determinada letra o apartado de una ley publicada hace cinco años,
puesto que es harto probable que haya sufrido modificaciones en cuatro ocasiones.
Desde luego, si la Agencia Estatal de la Administración Tributaria no pusiera a
disposición del contribuyente el programa de ayuda para la declaración de la Renta,
dudamos mucho de que un ciudadano medio pudiese cumplir correctamente con los
requisitos exigidos en algunas Comunidades Autónomas con su obligación de presentar
la declaración sin contar con el asesoramiento de un profesional. En el Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados casi siempre se acude a
los profesionales y, no digamos ya, en el de Sucesiones y Donaciones, cuando se debe
utilizar el sistema de autoliquidación.
En definitiva, además de todo lo anterior, el entramado y complejidad de la
normativa de carácter formal que hemos indicado, nos da la sensación de que, en un
principio, la tendencia es rebajar para determinados colectivos la tributación directa y
aumentar la presión fiscal en la imposición indirecta. Todo ello supone que existan
notables diferencias entre las distintas Comunidades Autónomas, abriendo el debate
sobre si es o no conveniente planificar el vivir en uno u en otro territorio a efectos
fiscales o sobre la elucubración teórica o práctica del desarrollo de determinados
proyectos en uno u otro territorio. Seguidamente pasamos a resumir las principales
tendencias que observamos respecto de los impuestos examinados en este estudio de
Cataluña y su comparativa con las del resto de las Administraciones territoriales.
2.2.1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Las Comunidades Autónomas pueden regular el importe del mínimo personal y familiar
aplicable para el cálculo del gravamen autonómico, el cual puede incrementar o
disminuir dentro de una horquilla. La escala autonómica deberá ser progresiva. Las
deducciones por circunstancias personales y familiares. Inversiones no empresariales.
Aplicación de renta. Subvenciones y ayudas públicas no exentas percibidas de la
Comunidad Autónoma y, finalmente, pueden aumentar o disminuir los porcentajes de
deducción por inversión en vivienda habitual.
La cuestión catalana, hoy
46
Cataluña fue pionera en lo que se refiere a la regulación del tramo autonómico
de la deducción en vivienda rebajándolo en general y aumentándolo en determinados
supuestos. En concreto, con carácter general, del 7,5% al 6% e incrementándolo, al 9 %,
para jóvenes, discapacitados, parados o parejas con un hijo al menos. Lo que significa
que sólo en Cataluña el tipo efectivo de algún contribuyente puede ser superior al que
resultaría de aplicar la normativa estatal. En todas las demás Comunidades Autónomas,
el tipo efectivo será inferior o igual, según resulte de aplicación o no alguna de las
deducciones autonómicas establecidas. Otra comunidad que regula algo parecido es
Baleares, que establece un tipo incrementado para obras de adecuación de vivienda a
discapacitados. Respecto a la tarifa autonómica, aunque ya en 2010 cuatro
Comunidades Autónomas habían aprobado tarifas diferentes y rebajándolas, Cataluña
no modifica la misma.
Cataluña también se adelantó al resto de Comunidades Autónomas regulando
una deducción del 20% (límite de 4.000 euros) de las cantidades invertidas en
adquisición de acciones para la constitución o ampliación de capital de una sociedad por
un ángel inversor, siempre que se cumplan una serie de requisitos respecto a la sociedad
y al inversor, entre los que se cuentan que éste no detente la mayoría del capital y que
no realice funciones de dirección o ejecutivas. En paralelo, crea una deducción del 20 %
de la compra de acciones en ampliaciones de capital de las empresas en expansión del
Mercado Alternativo Bursátil (máximo 10.000 euros de deducción). Sometida a
requisitos de participación (inferior al 10%) y mantenimiento (2 años). En años
posteriores, copian estas medidas algunas Comunidades Autónomas.
Es en el año 2011, cuando Cataluña aprueba una nueva tarifa autonómica con
dos nuevos tramos a partir de 120.000,20 euros y de 175.000,20 euros, gravándolos al
23,5% y 25,5%, respectivamente, por lo que un residente en dicha Comunidad puede
llegar a tributar a un marginal máximo conjunto (Estado más Comunidad Autónoma)
del 49%. En este año, la caída de recaudación motivada por la crisis económica parece
que invierte la tendencia y solo tres Comunidades Autónomas rebajan la tarifa que se
aplicaba por defecto, mientras que seis Comunidades Autónomas han subido tipos para
las bases liquidables más elevadas. Esto, unido a la subida estatal de 2 puntos en el
marginal máximo, hará que los contribuyentes con rentas muy elevadas puedan llegar a
pagar un 47% ó 49%. No obstante, con la incorporación de otros dos tramos en la tarifa
estatal y, transitoriamente en 2012 y 2013, con el establecimiento de una tarifa
La cuestión catalana, hoy
47
complementaria estatal con tipos que van desde el 0,75% al 7%, se ha producido una
notable subida del Impuesto. Podría ocurrir que contribuyentes con rentas muy elevadas
tributen, por ejemplo en Cataluña, a un marginal del 56 %.
En 2012, el tramo autonómico de la deducción por adquisición de vivienda solo
es regulado en Cataluña siendo, en general, del 6% (1,5 puntos inferior al que aplican el
resto de Comunidades por defecto -7,5%-), 9% (1,5 puntos superior) para
contribuyentes que tengan 32 o menos años y su base no supere 30.000 euros, hayan
estado en paro en el ejercicio, sean discapacitados o formen parte de una unidad familiar
con un hijo, al menos.
2.2.2. Impuesto sobre el Patrimonio
Las Comunidades Autónomas pueden regular exenciones del patrimonio protegido de
los discapacitados. Mínimo exento. Tipo de gravamen y deducciones y bonificaciones
propias de la Comunidad y complementarias a las del Estado.
Cataluña es una de las Comunidades Autónomas donde se exige este impuesto
tras el restablecimiento del Impuesto para 2011 y 2012. Ninguna Comunidad Autónoma
ha regulado un mínimo exento general diferente del estatal de 700.000 euros, y
únicamente Extremadura ha establecido mínimos exentos más elevados para
discapacitados. En las Islas Baleares, Madrid y la Comunidad Valenciana se ha
establecido una bonificación del 100% de la cuota, con lo que en estos territorios no se
pagará nada por este Impuesto.
2.2.3. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Las Comunidades Autónomas pueden crear reducciones propias, siempre que respondan
a circunstancias de carácter económico o social. Mejorando las de la norma Estatal.
También tiene capacidad para regular la tarifa, la cuantía y los coeficientes del
patrimonio preexistente, así como las deducciones y bonificaciones de la cuota.
La cuestión catalana, hoy
48
En el año 2009, Cataluña continúa siendo una de las Comunidades Autónomas
donde aún se sigue pagando el Impuesto. Prácticamente se ha suprimido en la mayoría
de las Comunidades Autónomas para cónyuges, ascendientes, descendientes, adoptados
y adoptantes en los territorios forales y en las siguientes Comunidades de régimen
común: Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid, La
Rioja y Comunidad Valenciana.
Respecto a las donaciones, en Cataluña se regula un gravamen progresivo del
5% al 9%, como en Galicia. El resto de las Comunidades se encuentran casi liberadas de
tributación entre familiares cercanos, además de en los territorios forales, en Canarias,
Castilla y León (no para ascendientes y adoptantes), Castilla-La Mancha y Madrid. En
Baleares pagan un 7 %, en la Comunidad Valenciana la bonificación del 99 % tiene un
límite de 420.000 euros.
Queremos incidir, en este punto, sobre la complejidad técnica del legislador
catalán, por ejemplo, cuando regula incentivos fiscales por grado de parentesco en el
Impuesto sobre Sucesiones. Véase la redacción tan farragosa a pie de página, nota.12
2.2.4. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Las Comunidades Autónomas pueden regular los tipos de gravamen de las concesiones
administrativas, de las transmisiones de bienes muebles e inmuebles, así como de la
constitución y cesión de derechos reales sobre muebles e inmuebles, excepto los
derechos reales de garantía, de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles. Por
12
Reducciones en adquisiciones “mortis causa”. Por grupos de parentesco.
Grupo I: adquisiciones por descendientes y adoptados menores de 21 años 275.000 €, ampliándose hasta los 33.000 € la cantidad
adicional de reducción por cada año menor de 21 que sea el causahabiente, hasta un límite de 539.000 €.
Grupo II: se diferencia según parentesco: cónyuge: 500.000 €. Hijo o hija: 275.000 €. Resto de descendientes: 150.000 €.
Ascendientes: 100.000 €
Grupo III: adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad 50.000 €.
Grupo IV: en las adquisiciones por colaterales de cuarto grado, grados más distantes y extraños, no se aplica ninguna reducción por
razón de parentesco.
Los importes anteriores se reducen a la mitad en el caso de que el contribuyente opte por aplicar cualquiera de las siguientes
reducciones: por adquisición de empresas o participaciones en empresas. Por la adquisición de bienes del causante utilizados en la
explotación agraria del causahabiente. Por la adquisición de bienes del patrimonio natural. Las exenciones y reducciones reguladas
en la Ley estatal de modernización de las explotaciones agrarias. Cualquiera otra reducción en la base imponible o exención que
requiera solicitud por parte del contribuyente o que dependa de la concurrencia de determinados requisitos cuyo cumplimiento
corresponda exclusivamente a la voluntad del contribuyente.
La cuestión catalana, hoy
49
último, tienen capacidad sobre las deducciones y bonificaciones de la cuota en relación
a los actos anteriores.
En el año 2009, en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, tanto
los territorios forales como el resto de Comunidades aplican a las transmisiones de
inmuebles el tipo del 7% (6% en la norma estatal) salvo Canarias, con el 6,5%. En
muchos casos se prevén tipos reducidos para vivienda protegida o cuando jóvenes,
familias numerosas o discapacitados adquieren la vivienda habitual, incentivando
también el que no se renuncie a la exención de Impuesto sobre el Valora Añadido para
que se satisfaga el impuesto cedido a las Autonomías. En la modalidad de Actos
Jurídicos Documentados, Documentos Notariales, el tipo que se ha generalizado es el
1%, excepto en Canarias, que aplica el 0,75% (0,5% es el establecido por defecto en la
norma estatal). También en esta modalidad se establecen tipos inferiores al 1 % que se
aplican a escrituras de adquisición o de préstamo hipotecario para viviendas habituales
de jóvenes, discapacitados o familias numerosas. Por otra parte, excepto en los
territorios forales, Canarias y Castilla-La Mancha, el tipo se incrementa cuando se
produce la renuncia a la exención en Impuesto sobre el Valor Añadido.
Es en el año 2011, cuando Andalucía, Asturias, Cantabria, Cataluña y
Extremadura aplican un tipo general del 8% o una escala que llega hasta dicho tanto por
ciento o superior, incluso existen marginales del 10%. No obstante, nuevamente es
Cataluña la pionera en subir el Impuesto. Lo mismo ocurre en la modalidad de Actos
Jurídicos Documentados (Documentos Notariales) Asturias, Cataluña y Extremadura
incrementaron el tipo general, al 1,2% las dos primeras, y al 1,15% la última. También
crecen las Autonomías que establecen un tipo mayor del 4% en transmisión de
vehículos potentes. Los territorios forales continúan con el tipo general del 6% y en
transmisiones de viviendas, el 4%. Existen tipos inferiores sobre todo para adquisición
de viviendas por determinados colectivos como jóvenes, discapacitados o familias
numerosas. A partir de 2012 más Comunidades Autónomas se unen al carro de la subida
de este impuesto debido, fundamentalmente, a la corriente contagiosa de subidas de
impuestos, posiblemente condicionada a la situación financiera del momento.
La cuestión catalana, hoy
50
3.
Conclusiones
A continuación recogemos unas series de conclusiones, fruto de todo lo comentado
anteriormente, y que, seguramente, no dejarán a nadie indiferente. La idea de las
mismas es que suscite cierta reflexión, debate e inquietud en el lector, De ser así ya se
justificarían, si cabe aún más, estas humildes reflexiones sobre una realidad cada día
más compleja, oscura y dispar, en la que la Comunidad Autónoma de Cataluña no es
distinta a las demás. Incluso, nos atreveríamos a afirmar que es una de las
Administraciones en donde percepción y realidad coinciden a la hora de abordar el
entramado opaco y dificultoso que es esto de la capacidad normativa y de que,
seguramente, sea la Comunidad Autónoma donde más tributos se exigen a los
ciudadanos.
Inquietante vorágine normativa en tributos cedidos y propios
Las Comunidades Autónomas han utilizado con profusión su capacidad normativa en el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados. Sin embargo, en el Impuesto sobre el Patrimonio se ha legislado poco,
además del hecho de que dicho tributo fue congelado desde 2008 a 2010, ambos
inclusive.
Como hemos podido ver, la Comunidad de Cataluña es una de las áreas
geográficas donde más impuestos se pagan. En este caso, no es sólo una percepción,
sino una realidad. Por poner algunos ejemplos: es la Comunidad que más alto tiene el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, llegando hasta un 56% de tipo
marginal, frente al 52% estatal13. Se paga el Impuesto sobre el Patrimonio. No ha
desparecido con carácter general el Impuesto sobre Sucesiones, como sí ha ocurrido en
la práctica totalidad de las autonomías y aún, aunque con cierta rebaja, se sigue
13
Hay que advertir que el tipo marginal se aplica a rentas superiores a 175.000 €. Lo cuál puede analizarse desde dos perspectivas:
son rentas muy minoritarias y, por lo tanto, con poco recorrido recaudatorio y la otra perspectiva es más inquietante pues se envían
una señales de presión fiscal nada convenientes en un mundo globalizado y competitivo.
La cuestión catalana, hoy
51
tributando por las donaciones14. En lo que se refiere al Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados15, los tipos de gravamen generales son
más altos que en la mayoría de las Comunidades Autónomas16.
Beneficios fiscales insustanciales
Se puede constatar que buena parte de las normas se aplican a muy pocos
contribuyentes por haberse establecido condicionadas al cumplimiento de requisitos
muy estrictos. La regulación de los beneficios fiscales en casi todos los impuestos es
muy restrictiva, sometiendo el disfrute de las ventajas tributarias a condicionantes
estrictos y de regulación complicada. La consecuencia inmediata de lo anterior es que,
en general, el impacto recaudatorio de toda esta regulación es insustancial. Por ejemplo,
en cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se refiere, las deducciones
por circunstancias personales y familiares son muy numerosas y, generalmente, bastante
limitadas en su cuantía. Podemos citar las establecidas por nacimiento de hijos,
discapacidad, cuidado de hijos (en guardería o con persona empleada en el hogar),
estudios (vestuario, libros, etc.) o familias numerosas. Otras deducciones reguladas en
bastantes Comunidades Autónomas se refieren a la adquisición de vivienda o por
segunda residencia, muchas tienen deducciones para emprendedores, también para el
capital semilla y otras por inversiones medioambientales. Cataluña ha seguido esta
política de inventos variopintos como el resto de las Comunidades Autónomas y,
muchas veces, con poco recorrido e innovando situaciones copiadas luego por otras
Administraciones, como así ha ocurrido con los Business Angel por ejemplo.
14
De hecho para la inmensa mayoría de los contribuyentes las donaciones han desaparecido de padres a hijos. No obstante en
Cataluña el proceso tan alambicado de exención envía unas señales muy confusas.
15
Todas las Comunidades Autónomas deberían reflexionar en épocas de crisis y de fragilidad en el mercado inmobiliario si tiene
alguna lógica el mantener altos los tipos de gravamen, dificultando, cuando no impidiendo, el juego normal del mercado
inmobiliario.
16
Véase el estudio sobre la Fiscalidad Autonómica elaborado todos los años por el REAF-CGCEE.
La cuestión catalana, hoy
52
Compleja técnica normativa
Cuando el legislador autonómico hace uso de la capacidad normativa, lo hace pero
complicándolo de manera excesiva; con una legislación que lleva a límites
insospechados lo que provoca en los obligados tributarios un desconcierto y una
inseguridad jurídica a la hora de aplicar las normas. La técnica de la legislación
tributaria autonómica en muchos casos entraña problemas, no sólo porque sea de difícil
comprensión, sino porque, a veces, incumplen principios tributarios básicos o normativa
comunitaria. En definitiva, la financiación autonómica es muy compleja y opaca, lo que
provoca que casi ningún ciudadano la entienda, véase el caso de Cataluña, por ejemplo,
cuando el legislador regula un incentivo fiscal en el caso de sucesiones por grado de
parentesco del causante con los herederos al que ya hicimos mención anteriormente.
Aunque hay Autonomías que publican textos refundidos de las normas que han
dictado, en muchas es difícil encontrar el texto vigente en un momento determinado.
Este problema es cada vez más grave, por un lado, porque se ha ido incrementando la
capacidad normativa y, por otro, porque parece que existe un efecto contagioso y unos
territorios emulan a otros cuando introducen modificaciones novedosas. Cataluña no ha
aprobado un texto refundido, por lo que es complejo acudir a la norma que actualmente
se encuentra en vigor con el desconcierto que ello genera a los contribuyentes.
Además, si bien se observa una tendencia clave a promulgar nuevas normas, sin
embargo no se revisan las existentes, lo que produce que muchas queden desfasadas y
con problemas interpretativos, porque no se corrigen las referencias que quedan
obsoletas. Esto es muy frecuente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
donde nos encontramos referencias, por ejemplo, a la base especial, cuando en el
Impuesto ya no existe este concepto.
La cuestión catalana, hoy
53
Desigualdades normativas y competitividad territorial
En los últimos dos años, coincidiendo con la crisis económica, se ha generalizado la
tendencia a subir tipos impositivos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Los tipos impositivos marginales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se
han colocado entre los cuatro más elevados de Europa, cosa que puede disuadir a
algunas personas a establecer su residencia en nuestro país. Además, son especialmente
delicados y peligrosos los tipos elevados, no sólo para las empresas sino especialmente
para los directivos.
En este punto, es quizás, donde se ve claramente las diferencias de tributación
entre los distintos territorios y, por lo tanto, se produce el debate sobre si es o no
conveniente la movilidad geográfica para disminuir los costes fiscales, ya no sólo
presentes, como la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o
en el Patrimonio, sino también a vistas del futuro, de sucesión de los bienes y derechos
a los herederos para tributar con el menor coste fiscal posible.
No es el objetivo de esta exposición que nos ocupa el determinar la fiscalidad
como un instrumento de competitividad de nuestra economía. No obstante, hay que
reconocer la inquietud creciente de muchos profesionales de la economía que observan
con preocupación cómo los tipos nominales de impuestos en nuestro país ya están en la
media de los países más desarrollados de la Unión Europea, cuando no son superiores,
lo cual no parece conveniente atendiendo a la realidad y posibilidad de nuestro tejido
productivo. Especialmente en el caso de Cataluña, en relación al exagerado tipo
marginal del Impuesto sobre la Renta del 56% a quienes sus rentas superen los 175.000
euros, y la desafortunada gestión de la normativa del Impuesto sobre Sucesiones se ha
hablado
de
las
supuestas
deslocalizaciones
dentro
del
territorio
nacional.
Independientemente de que puedan existir supuestos concretos, el tema de la residencia,
La cuestión catalana, hoy
54
establecida como el territorio de aquella Comunidad Autónoma donde el causante
tuviera su residencia habitual durante el mayor tiempo de los últimos cinco años
anteriores al momento del fallecimiento, tampoco tiene recorrido. Lo cuál no quiere
decir que la imagen de Cataluña como una Comunidad Autónoma con impuestos altos,
tenga efectos devastadores de cara al futuro.
Coste administrativo de control
Otra consecuencia de la extensa y complicada regulación es que el control de los
beneficios fiscales se hace muy difícil, máxime cuando se establecen requisitos de
cumplimiento en ejercicios siguientes al de la autoliquidación en la que se aplican.
Para los contribuyentes no sólo es difícil aplicar correctamente las normas de su
Comunidad, sino que ya es difícil conocer los beneficios fiscales que puede utilizar. Si
para una persona que no se dedique a la materia fiscal ya es complicado seguir la
normativa estatal, creemos que para nada es consciente de las normas autonómicas.
Buen ejemplo de lo anterior es la diferencia de tipos de retención en algún territorio
foral con el que se aplica en el resto del Estado. Los contribuyentes debemos constatar,
con un cierto grado de indignación, que en muchas Comunidades es difícil seguir la
norma vigente en cada ejercicio al sucederse modificaciones y más modificaciones de
una norma antigua. En resumen, se regulan muchos aspectos y, encima, se van
modificando. Por ello se agradece la iniciativa de algunas Autonomías que han
publicado Textos Refundidos.
Las labores en un mundo cada vez más interconectado y complejo se centran en
los organismos de control y de gestión de los impuestos como elemento capital.
Además, paralelamente a las normativas coercitivas, los Organismos encargados de
estas cuestiones deben gestionar el capital más importante: la información. Sin duda,
una de las cuestiones cruciales que deberá abordarse es la consolidación de la
colaboración y coordinación de la Agencia Tributaria con los organismos específicos
autonómicos. Hoy, con los procedimientos digitales y con la avalancha de información,
además de la creciente importancia de los contactos internacionales, constituye, sin
La cuestión catalana, hoy
55
duda, un tema de gran trascendencia, independientemente de la eficiencia global del
sistema, la unidad de criterios, la obtención y gestión de información de una manera
sistemática, el control integral de los contribuyentes o la reducción al mínimo de los
costes indirectos, constituyen variables imprescindibles a tener en cuenta en este
estratégico debate.
La calidad de esta legislación autonómica es, en ocasiones, manifiestamente
mejorable y, no es raro que encontremos referencias a normas estatales obsoletas,
errores de salto o requisitos que la Unión Europea consideraría contrarios a los
principios de no discriminación o libertad de establecimiento.
56
La cuestión catalana, hoy
La cuestión catalana, hoy
57
El peso de las exportaciones en la economía catalana
Clemente Polo
Catedrático de Fundamentos del Análisis Económico
Universidad Autónoma de Barcelona
1. Introducción
Las exportaciones resultan una fuente de crecimiento importantísima en cualquier
economía pero muy especialmente en las economías regionales que, por su relativo
pequeño tamaño, dependen en gran medida del resto del “mundo”, tanto para colocar
una fracción sustancial de su producción (exportaciones) como para adquirir productos
en otras áreas del mundo (importaciones). Cataluña no es una excepción y el objetivo de
este artículo es estimar el papel que juegan en su economía las exportaciones que realiza
a la economía española. Los cálculos se han realizado empleando la tabla input-output
(TIO) de Cataluña elaborada por el Instituto de Estadística de Cataluña (IDESCAT)
para el año 2005. Aunque hay datos de exportaciones e importaciones de bienes y
servicios para años más recientes, hay que lamentar que la TIO de 2011 está todavía en
fase de construcción.
La economía catalana tiene un peso importante dentro de la economía española.
Con una población estimada de 7.539.618 el 1 de enero de 2011, aproximadamente el
16% de la población de España (47.190.493),17 el INE cifra su Producto Interior Bruto
(PIB) en 200.323,5 millones o el 18,7% del PIB español (1.073.383 millones) en
2011.18 El valor añadido bruto asciende a 184.058,1 millones y los impuestos netos
sobre los productos a 16.265,2 millones, el 18,7% de las correspondientes cifras para
España. El valor añadido bruto se desglosa en remuneración de asalariados, 95.737,3
millones, y el excedente bruto de explotación/renta mixta bruta, 81.529,0 millones, que
suponen el 18,9% y el 18,9% de los totales para el conjunto de España. Finalmente, el
INE cifra en 3.266,5 el número de ocupados y en 2.928,7 el número de personas
asalariadas, aproximadamente el 17,7% y de los totales. En conjunto, las cifras apuntan
17
Las cifras de población estimadas a 1 de octubre de 2012 son 7.251.447 para Cataluña y 46.116.779
para España.
18
El IDESCAT estima el PIB de Cataluña en 210.150 millones.
La cuestión catalana, hoy
58
a una economía que aporta algo menos de un quinto del PIB, VAB y empleo a la
economía española.
El hecho de que Cataluña haya formado parte de España durante al menos cinco
siglos, aunque manteniendo algunas peculiaridades, explica la intensidad de las
relaciones comerciales entre España y Cataluña, y la configuración territorial del
proceso de acumulación de capital y distribución de las infraestructuras que ha
producido desigualdades en términos de bienestar y fricciones. La unión aduanera, la
armonización impositiva y la libre circulación de personas bienes y servicios se
alcanzaron en España mucho antes de que algunos países europeos soñaran siquiera con
poner en marcha la CEE en la segunda mitad del siglo XX para lograr esos objetivos,
todavía imperfectamente alcanzados. Por ello resulta paradójico que algunos partidos y
líderes políticos en Cataluña quieran poner fin a esa unión secular con España, al mismo
tiempo que dicen querer formar parte de la UE. Un objetivo inalcanzable en el futuro
previsible. En este artículo se cuantifica la importancia de las exportaciones desde
Cataluña hacia el resto de España y las pérdidas que podría ocasionar la ruptura de las
privilegiadas relaciones existentes hasta ahora si Cataluña se constituyera en Estado
independiente.
2. El mercado español y la acumulación de capital en Cataluña
En Cataluña se ha concentrado históricamente una significativa fracción de la
producción fabril o industrial, términos empleados en distintas etapas históricas, y
durante muchas décadas sus empresas se beneficiaron de la existencia de aranceles y
otras barreras no arancelarias que restringían la competencia exterior y facilitaban la
colocación de sus productos a precios superiores a los que de otro modo habrían
satisfecho al resto de españoles por productos importados equivalentes. No sabemos
cómo se habría desarrollado la historia económica de Cataluña en ausencia de políticas
proteccionistas, pero lo cierto es que los empresarios catalanes y sus dirigentes políticos
siempre las exigieron y consiguieron aprobarlas. El nivel de protección nominal19 se
mantuvo entre el 20% y el 30% la mayoría de los años desde 1850 a 1899, y ese fue
19
Estimaciones de las cifras de protección nominal fiscal desde 1850 hasta 1926 pueden consultarse en
Estadísticas Históricas de España (2005), v. II, pp. 628-29.
La cuestión catalana, hoy
59
precisamente el período en que Cataluña se convirtió en la “fábrica de España”20
pasando su peso en la industria fabril del 28,56%, en 1856, al 38,58% en 1900.21
La protección a las manufacturas se acentuó en el primer tercio del siglo XX,
situándose las tasas de protección nominal entre el 50% y 60% hasta 1929. Aranceles,
controles cuantitativos y barreras no arancelarias se mantuvieron también durante la
dictadura de Franco y de ellos se beneficiaron las regiones donde estaba concentrada la
actividad industrial. A pesar de la destrucción de capital físico y humano que ocasionó
la Guerra Civil, en 1955 Cataluña generaba el 28,65% del valor añadido y el País Vasco
el 11,32% y estas proporciones alcanzaron el 33,32% en Cataluña y el 12,5% en el País
Vasco en 1975. En ese período, decisiones meramente políticas, como localizar la
fábrica de SEAT en la proximidad de Barcelona, resultaron decisivas para el desarrollo
de un sector automovilístico moderno en Cataluña, amparado, primero, en una
protección que limitaba con efectividad la competencia exterior, y más tarde inyectando
dinero público para sanear la empresa antes de transferirla a una empresa extranjera. La
importancia de estas decisiones y ayudas del Estado español han resultado también
decisivas y sin ellas es difícil entender que esta división suponga el 16,1% del total de
bienes exportados al extranjero en 2011.22
Tras la entrada de España en la CEE el 1 de enero de 1986, los impuestos a las
importaciones y otras barreras arancelarias se eliminaron gradualmente hasta la puesta
en marcha del Mercado Único el 1 de enero de 1992. Desde entonces, solo las
importaciones provenientes de países no miembros de la UE están gravadas con el
arancel comunitario y las exportaciones catalanas hacia el resto de España compiten en
igualdad de condiciones con el resto de importaciones provenientes de la UE. Lo mismo
ocurre a la inversa y, lógicamente, la intensidad de los flujos comerciales entre Cataluña
y el resto de España ha disminuido al tiempo que se han incrementado los flujos entre
ambos y el resto de los países que forman parte de la unión aduanera europea.
Hace pocas semanas, Mas, presidente del gobierno catalán, señalaba alborozado
que ahora las exportaciones catalanas hacia el resto del mundo han superado las
exportaciones hacia el resto de España, dando a entender que “en los tiempos que
vienen, es muy bueno que sea de esta manera”, porque así se atenúa el riesgo que
20
Nadal, Jordi (1994): “La industria fabril española en 1900. Una aproximación”, en J. Nadal, A.
Carreras y C. Sudriá (compiladores): La economía española en el siglo XX. Una perspectiva histórica.
Barcelona, Ariel.
21
Estadísticas Históricas de España (2005), v. I, p. 401.
22
La cifra sería todavía mayor si contabilizáramos las exportaciones de Cataluña hacia el resto de España.
La cuestión catalana, hoy
60
comporta su proyecto independentista. Resulta prepotente e injusto olvidar que el
capital físico y humano acumulado en Cataluña y el superior nivel de vida que han
disfrutado durante décadas los catalanes se explica, en buena parte, por los sacrificios y
los elevados costes que pagaron el resto de los españoles, residentes en regiones menos
desarrolladas. Y grotescas suenan las palabras escritas en 1976 por Pujol, presidente del
gobierno catalán entre 1980 y 2003, sobre la “naturaleza” del “hombre andaluz” –“un
hombre poco hecho, un hombre que hace cientos de años pasaba hambre y que vive en
un estado de ignorancia y de miseria cultural, mental y espiritual”–, cuya
preponderancia numérica “introduciría su mentalidad anárquica y pobrísima” y
destruiría Cataluña.
Todo indica que los políticos catalanes, tras la eliminación del manto
proteccionista que tantos beneficios proporcionó a la economía catalana durante más de
un siglo, y comprobar cómo disminuía en el nuevo escenario la dependencia de las
empresas catalanas respecto al resto de España y se estrechaban las diferencias
materiales y culturales entre los residentes en Cataluña y los de otras regiones menos
desarrolladas de España, han llegado a la conclusión de que las beneficios que obtienen
del mercado español ya no compensan la mayor carga impositiva que conlleva la
elevada concentración de la actividad económica en su territorio y el mayor nivel de
renta de sus ciudadanos. Un craso error de cálculo, porque el mercado del resto de
España continúa siendo el mercado más importante de la economía catalana y una
eventual independencia podría poner en riesgo el bienestar de una fracción significativa
de sus ciudadanos.
3. Exportaciones de Cataluña hacia el resto de España y hacia el resto del mundo
A pesar de la mencionada disminución en la intensidad de los flujos comerciales entre
Cataluña y el resto de España, las cifras disponibles indican que el resto de España
continúa siendo, y con gran diferencia, el mercado más importante de las exportaciones
catalanas. Además, la importancia de este mercado excede en mucho el mero valor de
las exportaciones de bienes y servicios realizadas, ya que para producirlas otras
empresas han tenido que producir los bienes intermedios empleados en su producción,
y, a su vez, otras empresas han producido los bienes y servicios intermedios empleados
por las últimas, y así sucesivamente. En otras palabras, para estimar el impacto de las
exportaciones catalanas hacia el resto de España hay que sumar al impacto directo las
La cuestión catalana, hoy
61
producciones indirectas a que dan lugar, algo que, al parecer, no comprenden algunos
empresarios catalanes que, al observar que sus clientes son otras empresas catalanas,
creen que su producción no depende de las exportaciones hacia el resto de España.
Y la historia, como saben muy bien todos los economistas, no acaba aquí,
porque también las rentas generadas directa o indirectamente en la producción para
satisfacer las exportaciones van a parar a familias y empresas catalanas que las utilizan
para financiar el consumo y la inversión. Los comerciantes de Vilobí del Penedès, los
peluqueros de Vic y los gestores de Mataró están, casi con toda seguridad, convencidos
de que la independencia de Cataluña no afectará negativamente a su negocio, sin darse
cuenta de que algunos de sus clientes trabajan en bodegas productoras de cava, en
empresas alimenticias y multinacionales automovilísticas que exportan sus productos al
resto de España y del mundo. Estimar con objetividad el peso real de las exportaciones
catalanas en su economía resulta, por tanto, imprescindible para que los ciudadanos
puedan calibrar lo que realmente está en juego si Cataluña se constituye en un Estado
independiente y queda fuera de la UE, como así ocurriría y durante bastantes años en el
mejor de los casos.
La TIO de Cataluña elaborada por el Institut d’Estadística de Catalunya
(IDESCAT) para 2005 (TIO-CAT05) cifra las exportaciones totales de bienes y
servicios no turísticos de Cataluña en 108.948,8 millones, distribuidos entre
exportaciones al resto de España (XRDE), 62.654,4 millones, y al resto del mundo
(XRDM) 46.294,4. Estas exportaciones constituyen demanda a cada una de las 65
ramas incluidas en la TIO-CAT05, de modo que podemos calcular cuánto hay que
producir para satisfacer la demanda dirigida a cada una de ellas, a algún subconjunto o a
la totalidad de las ramas presentes en la matriz. Como ya se ha indicado, en este estudio
se ha utilizado la información de la TIO-CAT05, por encontrarse todavía en
construcción la TIO-CAT para 2011.
La información más reciente que proporciona el IDESCAT sobre exportaciones
e importaciones de bienes y servicios tampoco permite siquiera actualizar los vectores
XRDE y XRDM de la TIO-CAT05.23 En efecto, las estimaciones del PIB por el lado de
la demanda para 2011 proporcionan el valor de las exportaciones de bienes y servicios
al extranjero que asciende, incluido el consumo de no residentes o turistas, a 72.313
23
Los cuadros de demanda del PIB de Cataluña proporcionan la cifra agregada de exportaciones e
importaciones de bienes y servicios al extranjero. El IDESCAT también proporciona el desglose de flujos
comerciales con el extranjero por ramas, divisiones, etc. Por otra parte, hay estimaciones no oficiales que
tampoco sirven para actualizar los vectores de exportaciones de la TIO-CAT05.
La cuestión catalana, hoy
62
millones, y de las importaciones de bienes y servicios del extranjero que alcanza,
incluido el consumo de residentes en el extranjero o turistas, 68.492 millones. Aunque
el saldo exterior de los flujos con el extranjero es por primera vez positivo, 3.821
millones, la aportación del sector exterior resulta ser bastante mayor, 8.463 millones, al
incluir en el cálculo las exportaciones e importaciones al resto de España, que habrían
arrojado un saldo positivo de 4.642 millones. Este saldo fue incluso mucho mayor en
años anteriores: 8.012 millones en 2009 y 6.431 en 2010.24 En todo caso, se puede
afirmar que el resto de España ha sido, y todavía lo era en 2011, una fuente importante
de crecimiento de la economía catalana.
4. El peso de las exportaciones en Cataluña
Como se ha indicado en la introducción y se explica con detalle en el Apéndice, el peso
de las exportaciones de Cataluña a España y al resto del mundo se ha calculado
empleando el modelo intersectorial de Leontief para tener en cuenta las relaciones
intersectoriales en los procesos productivos y estimar la producción indirecta necesaria
para satisfacer la demanda final de exportaciones de bienes y servicios. Los resultados
que se presentan en este artículo se refieren exclusivamente a las exportaciones de
bienes y servicios tradicionales, esto es, bienes y servicios producidos en un territorio
que satisfacen la demanda en otro territorio, el resto de España (RDE) o el resto del
mundo (RDM).25
El Cuadro 1 en el Apéndice 2 presenta la producción requerida a cada sector
para producir las exportaciones al resto de España en los dos escenarios indicados. En la
columna (2) aparecen las producciones que directa e indirectamente (PDI) se requieren
para producir las exportaciones al resto de España; y en la columna (3) el porcentaje que
representan sobre las producciones totales en la TIO-CAT05 incluidas en la columna
(1). La columna (4) proporciona el valor de las producciones requeridas directa e
indirectamente e inducidas (PDI+I) al tratar al consumo como un bien producido que
cada rama requiere para producir, a su vez, los bienes y servicios; y la columna (5)
24
La falta de información sobre los cálculos realizados para llegar a estos saldos imposibilita hacer un
juicio fundamentado sobre la contracción observada en el saldo exterior con el resto de España.
25
El modelo de Leontief también permite estimar la producción requerida para satisfacer la exportación
de servicios turísticos, esto es, los bienes y servicios adquiridos por turistas del resto de España (XTRDE)
o del resto del mundo (XRDM) como se explica en el Apéndice.
La cuestión catalana, hoy
63
proporciona el porcentaje que representa PDI+I sobre la producción total.26 La
información del Cuadro 1 presenta una radiografía muy interesante del grado de
dependencia de la economía catalana respecto a las exportaciones hacia el resto de
España. Así, por ejemplo, indica que el 36,98% de la producción agrícola y ganadera se
explica por las exportaciones al resto de España, un porcentaje que aumenta hasta el
47,6% cuando el consumo se considera un bien producido.
La información que presenta el Cuadro 1 del Apéndice 2 para la producción se
ha obtenido también para el valor añadido, el empleo total y el número de asalariados.
Aquí vamos a presentar únicamente los resultados agregados para los sectores más
importantes de la economía: Agricultura, Ganadería y Pesca, Industria, Construcción,
Servicios Privados y Servicios Privados y Públicos que incluye los servicios Educativos
y Sanitarios además de los servicios generales de las AA.PP. Los Cuadros 1, 2 y 3
resumen los resultados obtenidos para la producción, el valor añadido bruto y el empleo.
Como puede apreciarse en los resultados globales, las exportaciones de las empresas
catalanas hacia el resto de España explican, por su impacto directo e indirecto, el
26,23% de la producción total, el 21,64% del VAB y el 20,22% del empleo total en
Cataluña.
Cuadro 1: Producción directa, indirecta e inducida por las exportaciones al resto de España, 2005
Grandes sectores
Agricultura, Ganadería y Pesca
Industria
Construcción
Servicios Privados
Servicios Privados/Públicos
Total
26
Producción Producción
PDI en
Producción
PDI+I en
Variación
total
directa e
porcentaje de
directa,
porcentaje de
del
homogénea indirecta
la PTH
indirecta e
la PTH
porcentaje
(PTH)
(PDI) (2) (3)=(2)/(1)*100 inducida (5)=(3)/(1)*100 PRDI+I(1)
(PDI+I)
PDI
(4)
(6)=(5)-(3)
3.927.241
1.450.852
36,94
1.870.686
47,63
10,69
122.366.486
56.134.492
45,87
60.707.645
49,61
3,74
37.981.820
793.141
2,09
1.876.082
4,94
2,85
146.391.870
30.788.421
21,03
56.374.294
38,51
17,48
37.407.653
2.126.975
5,69
5.485.082
14,66
8,98
348.075.070
91.293.882
26,23 126.313.790
36,29
10,06
Véase la explicación que figura en el Apéndice 2.
La cuestión catalana, hoy
64
Cuadro 2: Valor añadido directo, indirecto e inducido por las exportaciones al resto de España, 2005
Grandes sectores
Valor
añadido
bruto total
(VABT)
(1)
Valor
añadido
bruto
directo e
indirecto
(VABDI)
(2)
VABDI en
porcentaje del
VABT
(3)=(2)/(1)*100
Valor
añadido
bruto
directo,
indirecto e
inducido
(VABDI+I)
(4)
VABDI+I en
porcentaje de
la VABT
(5)=(3)/(1)*100
Variación
del
porcentaje
VABDI+IVABDI
(6)=(5)-(3)
Agricultura, Ganadería
y Pesca
1.947.043
721.345
37,05
928.825
47,70
10,66
Industria
37.057.820
17.081.733
46,09
18.430.694
49,73
3,64
Construcción
16.514.981
344.868
2,09
815.745
4,94
2,85
Servicios Privados
82.836.930
16.016.820
19,34
31.241.246
37,71
18,38
Servicios Privados/Públicos
24.073.618
981.480
4,08
3.112.331
12,93
8,85
162.430.392
35.146.246
21,64
54.528.841
33,57
11,93
Empleo total
directo,
indirecto e
inducido
(ETDI+I) (4)
ETDI+I en
porcentaje
del ET
(5)=(3)/(1)*10
Variación
del
porcentaje
ETDI+I ETDI
(6)=(5)-(3)
Total
Cuadro 3: Empleo total directo, indirecto e inducido por las exportaciones al resto de España, 2005
Grandes sectores
Empleo total
(ET)
(1)
Empleo total
ETDI en
directo e
porcentaje del
indirecto
ET
(ETDI) (2) (3)=(2)/(1)*100
0
Agricultura, Ganadería
82.146
30.405
37,01
39.159,40
47,67
10,66
Industria
795.047
372.245
46,82
397.974,71
50,06
3,24
Construcción
349.536
7.299
2,09
17.265,04
4,94
2,85
Servicios Privados
1.756.706
294.280
16,75
655.935,82
37,34
20,59
Servicios
Privados/Públicos
599.931
20.389
3,40
72.092,27
12,02
8,62
3.583.366
724.618
20,22
1.182.427,24
33,00
12,78
y Pesca
Total
La cuestión catalana, hoy
65
Estos porcentajes aumentan en más de 10 puntos porcentuales en todos los casos cuando
el consumo se incluye como actividad productiva, pasando a ser el 36,29% de la
producción, el 33,97% del valor añadido bruto y el 33% del empleo total.
Las cifras agregadas incluyen una considerable dispersión sectorial. Cuando el
consumo se incluye como un factor de producción, el escenario más realista, las
exportaciones de Cataluña al resto de España explican casi el 50% de la producción, el
empleo y el valor añadido generado en Agricultura, Ganadería y Pesca e Industria y
cerca del 40% en Servicios Privados. En contraste, las exportaciones al resto de España
tienen una escasa incidencia en los sectores menos dinámicos como Servicios
Privados/Públicos y Construcción. Como puede observarse en el Cuadro 1 en el
Apéndice 2, hay sectores industriales donde las exportaciones al resto de España
explican más del 50% de la producción (y también del valor añadido bruto y el empleo
total), destacando Productos lácteos y helados, 76,27%; Cemento, cal y yeso, 63,25%;
Servicios de reciclado, 61,28%; Productos del refino, Bebidas, 59,08 %; Madera, corcho
y derivados, 58,54%; Productos editoriales, 57,12%; Vidrio y productos de vidrio,
57,05%; y muchos otros sectores con porcentajes superiores o muy próximos al 50%,
como Carnes y productos cárnicos, Productos alimentarios, Vestido y piel, Cuero,
productos de cuero y calzados, Metalurgia, Productos metálicos, Servicios de transporte
aéreo y espacial, Servicios afines al transporte, Servicios de producción de energía, Gas
manufacturado, Productos químicos, etc.
Resulta evidente que una caída significativa de las exportaciones a España
tendría efectos desastrosos sobre los sectores más dinámicos de la economía catalana. Y
eso es lo que ocurriría en caso de producirse una ruptura no pactada –no veo ninguna
otra manera de que se produzca- y la constitución de un Estado independiente que,
además, quedaría fuera de la UE, y sus entidades financieras inhabilitadas para recurrir
al BCE. En un escenario más bien optimista, la reducción del 50% de las exportaciones
al resto de España supondría la pérdida del 18,1% de la producción, el 16,6% del valor
añadido y el 16,5% del empleo total. Un panorama sencillamente desolador.
5. Conclusiones
Varias son las conclusiones que se pueden extraer de lo expuesto en este artículo.
Primera, la breve incursión histórica ha dejado patente que la acumulación de capital
físico y humano en Cataluña y el consiguiente bienestar relativo que disfrutó su
La cuestión catalana, hoy
66
población durante la segunda mitad del siglo XIX y los primeros dos tercios del siglo
XX se alcanzaron bajo el manto de unas políticas proteccionistas a las empresas fabriles
e industriales que los empresarios y políticos catalanes demandaban al Estado español.
Así fue como Cataluña se convirtió en la “fábrica de España” durante la segunda mitad
del siglo XIX y mantuvo ese estatus hasta el final de la dictadura, a costa, claro está, de
reducir el bienestar económico del resto de los españoles.
Segunda, los resultados presentados en las dos secciones anteriores demuestran
la enorme importancia que tienen todavía las exportaciones catalanas hacia el resto de
España. Cuando únicamente se tienen en cuenta las relaciones intersectoriales, los
sectores manufactureros que disfrutaron de protección durante muchas décadas son los
que más dependen del resto del mercado español. Ahora bien, cuando el consumo se
considera un bien producido más, las exportaciones a España explican hasta el 36% de
la producción total y el 33% del valor añadido bruto y el empleo. En dos grandes
sectores, Agricultura, Silvicultura y Pesca e Industria, esas proporciones se aproximan
al 50% y en el sector Servicios Privados al 40%.
Con el grado de dependencia del mercado español que muestran estos
resultados, resulta evidente que una reducción en el entorno del 50% de la demanda del
resto de España tendría efectos devastadores sobre la producción, el valor añadido y el
empleo generado en los sectores más dinámicos de la economía privada. Se puede
aducir en contra que el comercio con España no tiene por qué verse afectado, pero
quienes así razonan no explican por qué las exportaciones a España en 2005 ascendían a
62.654,4 millones, y al resto del mundo a 46.294,4 millones, ni tampoco por qué
Cataluña exportó a Francia tan sólo 9.285,7 millones en 2011, a pesar de tratarse de un
país miembro de la UE cuya economía es mucho mayor que la del resto de España y
con el que Cataluña comparte frontera. Lo anormal es la intensidad de las
“exportaciones” al resto de España y, si tomamos las exportaciones a Francia como
punto de referencia, la reducción del 50% de las exportaciones al resto de España
resulta ser una hipótesis más bien conservadora.
Pero esto no es todo. Las estimaciones que se han presentado deben tomarse
como relativamente benignas del impacto de la hipotética independencia de Cataluña,
porque a los efectos ya descritos habría que sumar el impacto negativo que tendría el
cambio de régimen sobre otros componentes de la demanda final. En primer lugar, las
exportaciones al resto del mundo podrían registrar caídas significativas al quedar
Cataluña excluida de la UE durante varios quinquenios en el escenario más optimista.
La cuestión catalana, hoy
67
Las exportaciones de Cataluña hacia la UE, cifradas en 36.971,6 millones en 2011,
equivalentes al 65,4% de las exportaciones al resto del mundo, tendrían que soportar los
costes de transacción y aduanas habituales (costes NTB11), que la OCDE estima para
los países desarrollados en el 8,5% de su valor. La repercusión de estos efectos precio
no puede captarse con el modelo de Leontief empleado en este artículo, pero no cabe
duda de que la competitividad de las empresas localizadas en Cataluña se vería afectada
negativamente y reforzaría la pulsión a deslocalizarse hacia otros países miembros de la
UE, libres de este coste, o a países fuera de la UE con costes laborales más bajos.
En segundo lugar, el análisis no incluye el impacto negativo que la constitución
de un Estado independiente tendría sobre el consumo de no residentes procedentes del
resto de España y de otros países europeos. En la TIO-CAT05, el consumo de no
residentes alcanzaba la cifra 10.225,7 millones, 1.550,3 millones realizado por turistas
del resto de España y 8.675,4 millones por turistas del resto del mundo. Pues bien, una
parte de estos ingresos podría perderse como consecuencia de las reacciones negativas
que a buen seguro se producirían en el resto de España, incluida la venta de inmuebles
propiedad de españoles en las costas catalanas, y las fricciones y costes adicionales que
supondría el establecimiento de fronteras con el resto de los países de la UE. En una
ampliación prevista de este trabajo se intentarán cuantificar estos efectos.
Finalmente, el modelo empleado no tiene en cuenta los efectos negativos que la
reducción de la producción y el valor añadido generado tendrían sobre el ahorro y la
inversión. En el Apéndice 1 se presenta un modelo alternativo que incorpora la
inversión de reposición como un coeficiente técnico más en todos los sectores y una
columna de coeficientes de inversión para representar la tecnología de producción del
bien de inversión. Los resultados obtenidos por los autores con este modelo indican que
la reducción de la actividad afectaría también a la demanda de bienes de inversión y
amplificaría notablemente los efectos de la reducción de las exportaciones al resto de
España.
De todo lo dicho se deduce que la independencia de Cataluña puede causar
serios problemas económicos, añadidos a la difícil situación en que ya se encuentra la
economía catalana. El único argumento económico con el que los políticos catalanes
han defendido la independencia de Cataluña ha sido la eliminación del déficit fiscal.
Además de que para reforzar su argumento eligen la cifra más elevada de cuantas tienen
a su disposición, deberían ser, al menos, conscientes de que los beneficios serían muy
inferiores si la independencia tiene un impacto negativo sobre la producción, el valor
La cuestión catalana, hoy
68
añadido generado y el empleo del orden de la magnitud calculada en este artículo. La
recaudación de la nueva administración catalana registraría también caídas importantes
en una administración que, recordemos, tiene ya en estos momentos serios problemas de
liquidez y de financiación. Decía Zabalza (2012), en una columna en el diario La
Vanguardia, que cabía esperar “más costes que beneficios” de la independencia. Los
resultados que se han presentado en este artículo refuerzan considerablemente este
diagnóstico.
Referencias bibliográficas
Estadísticas Históricas de España (2005) Albert Carreras y Xavier Tufunell (Coords.).
3 vols., 2.ª edición revisada y aumentada. Bilbao, Fundación BBVA.
IDESCAT (2005) Tablas input-output de Cataluña.
Leontief, W.W. (1936): “Quantitative input-output relations in the economic system of
the United States”, Review of Economics and Statistics, 18(3).
Nadal, J., A. Carreras y C. Sudriá (1995): La economía española en el siglo XX. Una
perspectiva histórica, 5.ª ed. Barcelona, Ariel.
Pujol i Soley, Jordi (1976): La inmigració, problema i esperança de Catalunya.
Barcelona, Editorial Terranova.
Polo, C. y E. Valle (2009): “Estimating tourism impacts using input-output and SAM
models in the Balearic Islands”, en Matias, A. (ed.): Advances in Tourism
Research: New Developments. Heilderberg, Springer-Verlag.
Polo, C. y E. Valle (2012): “Input-output and SAM models”, en Dwyer, L., A. Gill y N.
Seetaram (eds.): Handbook in Research Methods in Tourism. Quantitative and
Qualitative Approaches. Chetelham, Edward Elgar Publishing Limited.
Wolff E. (1994): “Productivity measurement within an input-output framework”,
Regional Science and Urban Economics 24: 75-92.
Zabalza, A. (2012): “Más costes que beneficios”, La Vanguardia, 25 de octubre.
La cuestión catalana, hoy
69
Apéndice 1. El modelo input-output
Como se ha indicado, el peso de las exportaciones en la economía catalana se va a
examinar empleando el modelo input-output abierto (MIO) desarrollado por Leontief
(1943). Se han empleado dos versiones del modelo. En la primera, los sectores
productivos son las únicas variables endógenas. A continuación, el estudio asume que el
trabajo es un factor de producción más añadiendo una “industria” adicional.
El MIO estándar distingue los flujos de bienes y servicios atendiendo a su origen
interior o procedente del resto del mundo
y  AI y  d I
(1)
donde A I es la matriz interior de coeficientes intermedios y d I es el vector de demanda
final de origen interior. Para obtener el peso de las exportaciones al resto de España o al
I
resto del mundo basta con sustituir el vector d I por los vectores de exportaciones d XRES
I
o d XRDM
. De manera similar, se puede calcular el peso de las exportaciones turísticas o
demanda de no residentes del resto de España empleando los correspondientes vectores
I
I
y d XTREM
, respectivamente, en la ecuación (1).
d XTRES
En cuanto a la matriz interior se han empleado dos modelos.27 En el primero, AI
es una matriz cuadrada con 65 filas y 65 columnas. En cada una de las columnas
I
aparecen únicamente los coeficientes técnicos ASP
de los 65 sectores productivos en la
tabla input-output. En el segundo modelo, la matriz de consumos intermedios de los
sectores se amplía incluyendo una fila y una columna: cada entrada de la nueva fila
indica la cantidad de bien de consumo requerida para producir una unidad en cada
sector y la columna la composición de una unidad de consumo
 AI
A I   ' SI
l c
cI 

0 
Obsérvese que todos los coeficientes se definen incluyendo únicamente los flujos de
origen interior.
27
El lector interesado en el planteamiento del modelo puede consultar Polo y Valle (2009 y 2012).
La cuestión catalana, hoy
70
Para obtener con el primer modelo la producción requerida para satisfacer las
exportaciones al resto de España o al resto del mundo se resuelven los sistemas de
ecuaciones
I
y XRDE  ASI y XRDE  d XRDE
(2)
I
y XRDM  ASI y XRDM  d XRDM
que proporciona el vector de producciones brutas requerido para satisfacer la demanda
de exportaciones al resto de España y al resto del mundo


 I  A d
I
y XRDE  I  ASI d XRDE
y XRDM
I
S
(3)
I
XRDM
Con el segundo modelo, la ecuación oferta igual a demanda se puede expresar ahora así
 y XRDE

 C
  A SI
   ' I
 l c
 y XRDM   ASI

   ' I
 C  l c
c I   y XRDE

0   C
I
  d XRDE
  
  0




(4)
I

c I  y XRDM   d XRDM





0  C   0 
donde C es el consumo total. La producción requerida para satisfacer la demanda de
exportaciones es
 y XRDE   I  ASI

   ' I
 C   l c
 cI 

1 
!
 y XRDE   I  ASI

   ' I
 C   l c
 cI 

1 
!
I
 d XRDE



 0 


(5)
I
 d XRDE



 0 


El valor añadido o el empleo se pueden obtener multiplicando el correspondiente vector
de coeficientes unitarios de valor añadido o empleo por el vector de producción que
proporcionan las ecuaciones (3) o (5).
Aunque no se presentan los resultados, el modelo puede también ampliarse para
incluir la inversión de reposición como una industria más. Siguiendo a Wolff (1994), el
modelo puede plantearse como
La cuestión catalana, hoy
I
 yT   A

 
 C    l'c
 K   k'
  
c i  yT   d TI 
   
0 0  C    0 

 
0 0  K   0 
71
(6)
donde K es el consume de capital fijo, k ' un vector fila de consume de capital fijo por
unidad de producto e i un vector columna de coeficientes de inversión.28
28
“In order to treat capital as an endogenous input, a new (endogenous) industry is created, whose row is
the capital stock replaced in each sector of the economy and whose column consists of the inputs required
to produce the replacement capital stock. Final demand is valued net of replacement investment…”
Wolff, p. 85.
La cuestión catalana, hoy
72
Apéndice 2. Resultados sectoriales
Cuadro 1: Producción directa, indirecta e inducida por las exportaciones al resto de España, 2005: cifras absolutas y
porcentaje sobre el total
Productos/Ramas
Producción Producció
PDI en
total
n directa e porcentaje
homogénea
indirecta
de la PTH
(PTH)
(1) (PDI) (2) (3)=(2)/(1)*1
00
Producción
directa,
indirecta e
inducida
(PDI+I) (4)
PDI+I en
porcentaje
de la PTH
(5)=(3)/(1)
*100
Variación
del
porcentaje
(6)=(5)-(3)
Productos de la agricultura,
01 la ganadería y servicios
relacionados
3.551.942
1.313.405
36,98
1.690.873
47,60
10,63
Productos de silvicultura, la
02 explotación forestal y
servicios relacionados
154.729
65.717
42,47
78.722
50,88
8,40
Productos de la pesca, la
03 piscicultura y servicios
relacionados
220.570
71.731
32,52
101.091
45,83
13,31
04 Productos energéticos
31.210
11.216
35,94
12.806
41,03
5,09
568.645
227.781
40,06
237.338
41,74
1,68
7.104.440
3.208.284
45,16
4.010.579
56,45
11,29
7.712.849
3.685.081
47,78
4.290.912
55,63
7,85
08 Productos lácteos y helados
1.093.991
754.086
68,93
834.390
76,27
7,34
09 Bebidas
3.238.798
1.576.370
48,67
1.913.563
59,08
10,41
10 Productos textiles
4.814.075
2.541.607
52,80
2.612.651
54,27
1,48
11 Vestido y piel
2.223.159
1.152.868
51,86
1.237.671
55,67
3,81
444.994
123.612
27,78
133.780
30,06
2,29
Madera y corcho y
productos derivados
13
(excepto muebles); artículos
de cestería y esparto
1.592.449
883.641
55,49
932.269
58,54
3,05
Pasta de papel, papel y
14 cartón y artículos de papel y
cartón
3.682.930
1.864.360
50,62
1.982.352
53,83
3,20
15
Productos de edición,
impresos y material impreso
5.088.047
2.671.681
52,51
2.906.335
57,12
4,61
16
Coque, productos del refino
de petróleo y combust. nucl.
2.963.950
1.561.278
52,68
1.738.949
58,67
5,99
05
Otros minerales (excepto
productos energéticos)
06 Carne y productos cárnicos
07
12
Otros productos
alimentarios y tabaco
Cuero y productos de cuero
y calzado
La cuestión catalana, hoy
73
16.799.593
8.153.625
48,53
8.367.726
49,81
1,27
5.464.983
2.555.104
46,75
2.669.556
48,85
2,09
19 Vidrio y productos de vidrio
791.197
430.465
54,41
451.409
57,05
2,65
Productos cerámicos,
baldosas, ladrillos, tejas y
20
productos de tierra cocida
para construcción
710.476
309.898
43,62
320.934
45,17
1,55
21 Cemento, cal y yeso
795.725
493.543
62,02
503.275
63,25
1,22
Hormigón, yeso y cemento;
piedra ornamental y para
22
construcción y productos
minerales no metálicos
2.328.311
1.018.373
43,74
1.052.447
45,20
1,46
23 Productos de la metalurgia
3.430.529
1.819.096
53,03
1.842.792
53,72
0,69
Productos metálicos
24 (excepto maquinaria y
equipos)
8.631.567
4.327.114
50,13
4.445.066
51,50
1,37
25
Maquinaria y equipos
mecánicos
7.180.589
2.972.061
41,39
3.123.757
43,50
2,11
26
Máquinas de oficina y
equipos informáticos
169.050
50.746
30,02
73.845
43,68
13,66
27
Maquinaria y materiales
eléctricos
5.007.131
2.596.633
51,86
2.651.524
52,95
1,10
Materiales electrónicos;
28 equipos y aparatos de radio,
televisión y comunicaciones
2.079.957
592.984
28,51
599.297
28,81
0,30
Equipos e instrumentos
29 medicoquirúrgicos, de
precisión, óptica y relojería
1.153.727
421.216
36,51
435.724
37,77
1,26
Vehículos de motor,
30 remolques y semiremolques
14.826.808
5.112.828
34,48
5.228.005
35,26
0,78
31
Otros materiales de
transporte
1.378.680
520.561
37,76
544.373
39,49
1,73
32
Muebles y otras
manufacturas
3.310.121
1.534.151
46,35
1.641.552
49,59
3,24
33 Servicios de reciclado
1.306.662
791.278
60,56
800.705
61,28
0,72
Servicios de producción y
34 distribución de energía
eléctrica
3.503.310
1.331.300
38,00
1.789.483
51,08
13,08
17 Productos químicos
18
Productos de caucho y
plásticos
La cuestión catalana, hoy
74
Gas manufacturado y
servicios de distribución de
combustibles gaseosos,
vapor y agua caliente
1.871.191
756.012
40,40
967.513
51,71
11,30
Servicios de captación,
36 potabilización y
distribución de agua
1.067.343
85.642
8,02
355.067
33,27
25,24
37 Trabajos de construcción
37.981.820
793.141
2,09
1.876.082
4,94
2,85
Servicios de comercio,
38 mantenimiento y reparación
de vehículos de motor
5.719.301
1.386.495
24,24
2.394.361
41,86
17,62
Servicios de comercio al por
mayor e intermediarios
39
(excepto vehículos de
motor)
23.626.352
7.996.481
33,85
10.330.674
43,73
9,88
Servicios de comercio al por
40 menor (excepto vehículos de
motor) y reparaciones
9.327.941
72.754
0,78
2.903.771
31,13
30,35
Hoteles, camping y otros
tipos de alojamiento
2.592.963
61.814
2,38
855.248
32,98
30,60
Servicios de restaurantes,
establecimientos de bebidas,
42
comedores colectivos y
comida preparada
16.156.916
50.445
0,31
5.251.056
32,50
32,19
35
41
43
Servicios de transporte por
ferrocarril
367.811
64.088
17,42
139.583
37,95
20,53
44
Servicios de otros tipos de
transporte terrestre
7.875.741
3.057.665
38,82
3.716.734
47,19
8,37
218.393
59.658
27,32
67.237
30,79
3,47
Servicios de transporte
45 marítimo, cabotaje y vías
interiores
46
Servicios de transporte
aéreo y espacial
1.662.387
831.049
49,99
887.630
53,39
3,40
47
Servicios afines al
transporte
7.404.426
3.685.531
49,77
4.095.011
55,30
5,53
1.704.826
69.442
4,07
540.664
31,71
27,64
6.498.906
1.245.820
19,17
2.408.413
37,06
17,89
Servicios de agencias de
48 viajes y operadores
turísticos
49
Servicios de correos y
telecomunicaciones
La cuestión catalana, hoy
75
Servicios de intermediación
50 financiera (excepto seguros
y planes de pensiones)
7.220.638
1.770.121
24,51
3.002.765
41,59
17,07
Servicios de seguros y
planes de pensiones (excepto
51
Seguridad Social
obligatoria)
2.504.032
404.743
16,16
954.226
38,11
21,94
1.627.936
291.850
17,93
631.661
38,80
20,87
53 Servicios inmobiliarios
23.001.664
1.227.974
5,34
6.741.686
29,31
23,97
Servicios de alquiler de
maquinaria, efectos
54
personales y enseres
domésticos
1.688.907
465.972
27,59
741.574
43,91
16,32
55 Servicios de informática
3.139.638
1.198.887
38,19
1.298.561
41,36
3,17
52
Servicios auxiliares de
intermediación financiera
56
Servicios de investigación y
desarrollo
1.622.474
406.742
25,07
449.340
27,69
2,63
57
Otros servicios
empresariales
20.954.160
6.813.901
32,52
8.407.724
40,12
7,61
Servicios de la
Administración pública,
58
defensa y Seguridad Social
obligatoria
7.922.968
0
0,00
0
0,00
0,00
59 Servicios educativos
7.024.758
121.616
1,73
878.441
12,50
10,77
Servicios sanitarios y
60 veterinarios y servicios
sociales
11.886.893
60.061
0,51
1.180.693
9,93
9,43
1.480.185
160.349
10,83
278.090
18,79
7,95
532.556
45.062
8,46
67.493
12,67
4,21
61
Actividades de saneamiento
público
62
Servicios proporcionados
por asociaciones
63
Servicios recreativos,
culturales y deportivos
6.937.821
1.333.144
19,22
2.631.025
37,92
18,71
64 Otros servicios personales
1.722.100
33.732
1,96
556.282
32,30
30,34
1.376.833
0
0,00
449.433
32,64
32,64
348.075.070
91.293.882
26,23
126.313.790
36,29
10,06
65
Servicios de los hogares con
empleados domésticos
Total
76
La cuestión catalana, hoy
La cuestión catalana, hoy
77
Las facturas de la independencia: “eurización”, capital público y
deuda pública
Clemente Polo
Catedrático de Fundamentos del Análisis Económico
Universidad Autónoma de Barcelona
1. Introducción
La independencia de Cataluña por la que abogan algunos partidos catalanes con gran
insistencia desde hace unos años se ha convertido en el problema político más grave al
que se enfrenta España desde la aprobación de la Constitución en 1978, y lleva trazas de
convertirse en un problema económico de primer orden. Las dudas que ha generado este
debate sobre la futura configuración territorial del Reino de España en los próximas
años constituyen un importante hándicap para los inversores extranjeros, y aumentan la
incertidumbre a la que se enfrentan las entidades financieras y las empresas no
financieras en un momento donde la combinación de una doble recesión y una profunda
crisis financiera han puesto a la economía española contra las cuerdas.
Contra lo que han venido afirmando con grave irresponsabilidad Mas, presidente
en funciones del Gobierno catalán, Mas-Colell, su consejero de Economía, y otros
miembros del mismo, el mero anuncio de su intención de constituir un Estado
independiente, y la incertidumbre que ha generado sobre la futura configuración de
Cataluña y España, ya está teniendo consecuencias indeseables sobre la actividad
económica en Cataluña (y en España) y el bienestar de los catalanes (y españoles). Y si
Mas insiste en seguir adelante con su improvisado y conflictivo proceso de secesión tras
las elecciones del 25 de noviembre, la incertidumbre irá en aumento, e incluso si el
proceso llegara a culminarse con éxito de manera civilizada se puede afirmar que los
catalanes, contra lo que afirman Mas y Pujol, tendrán que pagar un alto coste por ello.
Además de la retracción en la inversión mencionada, algunos empresarios
catalanes ya han manifestado su disposición a trasladarse a España si la eventualidad se
materializa, y otros callan, como les aconseja Mas, temerosos de exponer con franqueza
su posición por temor a las posibles represalias del Gobierno catalán. Por mucho que
La cuestión catalana, hoy
78
Mas cuide la puesta en escena exhibiendo en todas sus apariciones públicas la bandera
de la UE junto a la catalana, y reafirme la voluntad europeísta del ‘pueblo’ catalán,
todos los líderes europeos, conscientes de que la desunión que preconizan Mas y los
independentistas va en contra del espíritu que ha impulsado la constitución de la UE, ya
le han advertido que si Cataluña se independiza quedará fuera de la UE. Por cuánto
tiempo es algo que nadie sabe, pero el proceso de entrada podría demorarse al menos
una década (o incluso no llegar a consumarse) y algunas entidades financieras catalanas,
como la Caixa o el Banc Sabadell, saben que si se constituye un nuevo Estado en
Cataluña tendrán que hacer las maletas para no quedar excluidas del Sistema Europeo
de Bancos Centrales (SEBC).
Las grandes empresas no financieras son también conscientes de los enormes
riesgos que comporta el proceso y temen, con razón, que la secesión de Cataluña,
además de aumentar sus costes de transacción y fiscales, al quebrar la unidad de
mercado, acabe teniendo un impacto muy negativo sobre sus exportaciones al resto de
España. Un mercado que ha desempeñado un papel esencial en los procesos de
acumulación de capital y riqueza en el pasado y del que todavía dependen los sectores
más dinámicos de la economía catalana. Polo y Valle cuantifican, en este mismo
volumen, el peso en la economía catalana de las exportaciones de bienes y servicios al
resto de España, y valoran las negativas consecuencias que tendría la independencia de
Cataluña sobre la producción, el valor añadido y el empleo. A estas pérdidas habría que
sumar otros dos impactos negativos. Primero, la caída de las exportaciones a la UE, al
pasar a estar gravadas las exportaciones catalanas a la UE con el arancel comunitario.
Segundo, la probable reducción del consumo de no residentes del resto de España y
restantes miembros de la UE.
Este artículo aborda las consecuencias económicas de la independencia de
Cataluña desde otros ángulos que ponen de manifiesto los altos costes que tendrán que
pagar los ciudadanos catalanes para alcanzarla. Para empezar, la exclusión de Cataluña
de la UE comportaría también su exclusión de la Eurozona, y el nuevo Estado catalán
pasaría a formar parte del ‘selecto’ club de Estados que utilizan una moneda extranjera
como unidad de cuenta, medio de cambio y depósito de valor. Esta situación se
denomina ‘dolarización’ en la jerga económica y se utiliza para describir la situación de
Estados independientes cuyos residentes mantienen una parte sustancial de sus activos
La cuestión catalana, hoy
79
denominados en moneda extranjera, el euro en el caso de Cataluña.29 La ‘eurización’ de
la economía catalana presenta algunas peculiaridades al formar Cataluña parte de un
Estado que adoptó el euro el 1 de enero de 1999, a diferencia de lo que suele ser el caso
en los procesos de ‘dolarización’, que conllevan la sustitución de la moneda local por
otra moneda, el ‘dólar’.
Otra de las cuestiones que amenaza con convertir la independencia de Cataluña
en un problema económico muy serio es el reparto de los bienes y las deudas comunes
acumulados durante varios siglos, a lo largo de los cuales Cataluña y el resto de España
han compartido gobiernos, mercados, moneda, fiscalidad, etc. El capital público,
entendido en sentido amplio como la suma del capital propiedad de las administraciones
y empresas públicas, localizado en Cataluña, resulta indispensable para el buen
funcionamiento tanto de la economía catalana como del resto de España. La cuestión
que se plantea en la eventualidad de una secesión de Cataluña es cómo repartir de
manera civilizada y equitativa el capital público acumulado en su territorio, y financiado
con los impuestos de todos los ciudadanos. Un problema, en mi opinión, insoluble, al
haberse concebido el capital público como una red indispensable para el buen
funcionamiento de la economía catalana y el resto de España. En el caso de la deuda
pública, el reparto no presenta las mismas dificultades por tratarse de un activo
financiero. Sin embargo, los problemas aquí son de legalidad, factibilidad y reputación.
Me temo que también en este caso nos enfrentamos a un problema insoluble en la
práctica.
2. La ‘eurización’ de la economía catalana
Aceptado que la independencia de Cataluña resultará en la salida de la UE y de la
Eurozona, la pretensión de mantener el euro como unidad de cuenta, medio de cambio y
depósito de valor planteará problemas de diversa índole a la economía catalana. El más
apremiante de todos se presentará a las entidades financieras que hoy tienen su
domicilio fiscal en Cataluña para no quedar excluidas del Sistema Europeo de Bancos
Centrales, “cuyas actividades se desarrollan en conformidad con el Tratado constitutivo
de la Comunidad Europea”30, y poder seguir operando como entidades de contrapartida
29
30
Bofinger (2009).
Banco Central Europeo (2008).
La cuestión catalana, hoy
80
de la institución central del sistema, el Banco Central Europeo (BCE). En otro caso, las
entidades financieras con domicilio fiscal en Cataluña quedarán excluidas de las
facilidades permanentes del Eurosistema y no podrán participar en las operaciones de
mercado abierto, una situación claramente inaceptable para la mayoría de ellas. Cabe
esperar, por tanto, que las entidades financieras catalanas desplacen de manera
inmediata su domicilio fiscal a España tras constituirse Cataluña en un nuevo Estado, y
dejen sus operaciones en Cataluña en manos de filiales cuyas operaciones en Cataluña
estarían sujetas al control de la ‘agencia de supervisión monetaria’ creada a tal efecto en
el nuevo Estado. Un efecto colateral es que estas filiales sólo tributarían al nuevo Estado
por los resultados de sus operaciones en Cataluña.
Una cuestión de más largo alcance es cómo evolucionará la oferta monetaria en
Cataluña. La cantidad de dinero en circulación dependería del saldo de las operaciones
entre residentes y no residentes. Por una parte, si bien Cataluña presenta, por primera
vez,31 un superávit por cuenta corriente en 2011, los resultados de Polo y Valle en este
volumen, indican que el superávit se tornaría en un abultado déficit, tras la caída de las
exportaciones (bienes, servicios no turísticos y consumo de no residentes) al resto de
España y al resto de la UE, que provocaría su salida de la UE. De ser así, el saldo
negativo por cuenta corriente provocaría una contracción de la oferta monetaria.
Cataluña ha sido también receptora de importantes inversiones directas,
principalmente de empresas multinacionales interesadas en establecer centros de
producción en Españ,a tras su ingreso en la Comunidad Europea en 1986. La salida de
Cataluña de la UE también afectaría negativamente a este flujo de inversiones porque
reforzaría las ventajas que ya ofrecen otros Estados que se han incorporado
posteriormente a la UE y presentan costes salariales inferiores. A estos efectos habría
que sumar la salida de capitales que induciría el aumento de la incertidumbre de los
inversores extranjeros sobre la viabilidad del nuevo Estado catalán.
3. El reparto del stock de capital público en Cataluña y de la deuda pública del
Estado
Para los independentistas, como el propio presidente en funciones Mas ha sugerido al
comparar la independencia de Cataluña, primero, con el divorcio civilizado de una
31
IDESCAT (2012), Cuentas económicas anuales de Cataluña. Base 2008.
La cuestión catalana, hoy
81
pareja y, más tarde, con la emancipación de su propia hija, el dilema entre constituir un
Estado independiente en Cataluña o seguir formando parte de España debería resolverse
por cauces estrictamente políticos, permitiendo a los catalanes expresar libre y
civilizadamente en las urnas su opinión al respecto, y aceptando tanto los catalanes que
no quieren la independencia como el resto de los españoles el resultado.
Dos son los problemas que plantea esta fórmula basada en un mecanismo de
decisión estrictamente político. En primer lugar, ni los propios defensores de la
independencia defienden el carácter universal de su propuesta que permitiría a cualquier
grupo de ciudadanos (los vecinos de Barcelona, Hospitalet, Castelldefells o el Vall
d’Aran), organizar consultas para convertirse en un principado como Luxemburgo, una
ciudad independiente como Andorra o un cantón suizo. En segundo lugar, resulta
inadecuado aplicar un mecanismo estrictamente político a un problema en el que están
en juego importantes intereses económicos. Las alusiones que hizo el propio Mas al
divorcio de una pareja o a la emancipación de su hija permiten ilustrar lo absurdo que
resultaría aplicar un mecanismo de decisión democrático para la resolución de
conflictos, incluso en el ámbito familiar. A nadie se le ocurriría resolver por votación en
un caso de divorcio quién se queda con todos los activos adquiridos conjuntamente por
la pareja mientras duró el matrimonio. O que una hija apoyada por su madre
aprovechara su emancipación para exigir al padre que abandonase el hogar familiar.
Estos conflictos no se resuelven ‘democráticamente’ realizando una votación, no porque
no haya cónyuges o hijos dispuestos a perpetrar el expolio del contrincante, sino porque
hay derechos de propiedad y jueces que los interpretan. No parece ser ésta la posición
del presidente Mas que, con gran irresponsabilidad, ha afirmado que “la democracia está
por encima de las constituciones y los tribunales”.
El capital público en Cataluña: del planteamiento político al conflicto de intereses
Mas y los independentistas dan por sentado que si una mayoría de catalanes vota a favor
de la independencia, el resto de catalanes y españoles han de aceptar que todos los
bienes públicos –infraestructuras, edificios civiles, empresas públicas, etc.– concebidos
como una red, y financiados conjuntamente durante al menos 500 años de vida en
común, pasen a ser propiedad del nuevo Estado catalán. Este planteamiento meramente
político de la independencia de Cataluña esconde una transferencia potencial de riqueza
La cuestión catalana, hoy
82
del perdedor al ganador del envite, que se apropiaría de todo el capital, y dejaría al
perdedor las deudas acumuladas. Y como ocurre con el divorcio, si bien cualquier
cónyuge puede solicitar la ruptura del vínculo, son las leyes y los jueces quienes
deciden, en última instancia, a quién se asignan los hijos y cómo se reparten los bienes
comunes y las deudas pendientes del matrimonio.
Los Cuadros 1 y 2 muestran la evolución del valor del stock neto acumulado en
euros corrientes del año 2000 de diversos tipos de infraestructuras, educación, sanidad,
infraestructuras locales y otras infraestructuras de las Administraciones Públicas y otros
entes. El capital público acumulado en Cataluña ha crecido en términos nominales y
reales hasta alcanzar los 80.177 millones en 2005, una cifra que no incluye las
importantes inversiones realizadas para llevar el AVE primero a Barcelona y ahora
hasta la frontera francesa, o la construcción de la nueva terminal del aeropuerto del Prat.
No obstante, el capital neto en términos reales creció un 69,2 % entre 1992 y 2005.
El reparto del capital público es un asunto que, a pesar de su enorme
trascendencia, ha pasado casi inadvertido en el debate sobre la independencia de
Cataluña. Numerosos estudios realizados indican que el capital público aumenta la
productividad privada, y aunque su tasa de rentabilidad social parece haber disminuido
a medida que se incrementaba el stock neto de capital, resulta evidente el importante
papel que desempeñan los servicios de las infraestructuras públicas, el capital social y el
capital de algunas empresas públicas en los procesos de producción, distribución e
inversión en capital humano.32 Financiado con impuestos de todos los ciudadanos y
emisiones de deuda a cuyos pagos tendrán que hacer frente en el futuro, la eventual
independencia de una Comunidad Autónoma como Cataluña plantea el problema de
cómo repartir de manera civilizada y equitativa entre los ‘cónyuges’ el capital público
acumulado. Porque lo que es seguro es que la mera apropiación del mismo por el
Gobierno de una Cataluña independiente, además de constituir un expolio injustificable,
podría provocar graves disfunciones y costes al resto de España.
32
Aschauer (1989), Mamuneas y Nadiri (1995), Fernández y Polo (1998 y 2002) Mamatzakis, (2007) y
Álvarez-Martínez y Polo (2010).
3.382
26.512
K10. TOTAL(C)
1.552
553
286
1.204
77
(A106+A403+A5+A6+A7+A8)
K09. Resto de las Administraciones Públicas
Locales (A401)
K08. Infraestructuras urbanas de Corporaciones
(A3)
K07. Educación de las Administraciones Públicas
K06. Salud de las Administraciones Públicas (A2)
K05. Infraestructuras portuarias (A105+B5)
Administraciones Públicas y otros Entes (A104+B4)
K04. Infraestructuras aeroportuarias de las
Administraciones Públicas y otros Entes (A103+B3)
11.021
3.020
K02. Infraestructuras hidráulicas (A102+A402+B2)
K03. Infraestructuras ferroviarias de las
5.418
K01. Infraestructuras viarias (A101+B1)
1940
1978
1992
2005
231.579
97.169
159.712
87.871
94.478
47.633
417.366
308.376
548.825 2.571.539
950.021 1.576.049
473.523 5.900.652 16.172.507
204.440 1.865.542 5.790.375
349.127 2.557.263 7.333.861
173.074
183.356 1.078.685 3.147.819
83.510
780.418 4.025.141 12.775.716
591.429 2.998.223 6.927.770
756.654 1.344.008 8.420.698 23.882.362
1975
212.658 2.200.838 4.182.885 28.345.050 80.177.999
44.622
11.140
9.964
3.992
12.418
6.892
54.484
30.330
38.816
1959
Cuadro 1. Stock de capital neto nominal en Cataluña (En miles de euros.)
La cuestión catalana, hoy
83
13.250
208.440
40.954
79.045
268.609
536.564
K04. Infraestructuras aeroportuarias de las
Administraciones Públicas y otros Entes (A104+B4)
K05. Infraestructuras portuarias (A105+B5)
K06. Salud de las Administraciones Públicas (A2)
K07. Educación de las Administraciones Públicas
(A3)
K08. Infraestructuras urbanas de Corporaciones
Locales (A401)
K09. Resto de las Administraciones Públicas
(A106+A403+A5+A6+A7+A8)
Fuente: Fundación BBVA-Ivie.
4.514.710
1.907.460
K03. Infraestructuras ferroviarias de las
Administraciones Públicas y otros Entes (A103+B3)
K10. TOTAL (C)
522.714
K02. Infraestructuras hidráulicas (A102+A402+B2)
937.675
1940
1.741.681
800.006
1.158.693
637.498
777.849
392.166
3.436.223
2.538.898
6.229.628
1975
1992
2005
2.181.024
1.007.376
1.512.120
749.612
903.486
411.495
3.845.500
2.914.256
5.508.675
4.604.266
5.797.964
1.245.984
2.503.015
2.044.781
7.807.112 12.834.389
2.491.178
3.399.546
1.262.929
1.440.437
732.881
5.375.029 10.158.719
4.003.719
6.622.579 11.244.698 18.990.263
1978
5.353.419 17.712.642 20.147.447 37.757.528 63.688.056
948.359
296.747
214.740
86.027
330.779
183.574
1.451.316
807.914
1.033.964
1959
Cuadro 2. Stock de capital neto real en Cataluña (En miles de euros de 2000)
84
La cuestión catalana, hoy
La cuestión catalana, hoy
85
¿Hay formas civilizadas y equitativas de repartir el capital público?
Más allá de la imponente cifra que representa el stock de capital público acumulado en
Cataluña, hay otra consideración que no puede olvidarse cuando se buscan fórmulas
para repartir de forma civilizada y equitativa el capital público. A saber, que una parte
sustancial de las infraestructuras públicas han sido concebidas en forma de red y su
productividad depende de que se mantenga su integridad. Los beneficios que derivan los
ciudadanos de la construcción del AVE que conecta Madrid –e indirectamente otras
muchas ciudades integradas en la red ferroviaria– entre los catalanes partidarios de la
independencia y el resto de catalanes, y la mayoría de los españoles que desean seguir
formando parte de España, con la frontera francesa, dependerán de que Cataluña
continúe siendo una Comunidad o pase a ser un Estado independiente.
Algunas posibles soluciones al problema que plantea el reparto del capital
público pueden descartarse enseguida. Cataluña podría dividirse en dos zonas contiguas,
la ‘catalanófona’ y la ‘castellanófona’, como a veces se ha planteado en Bélgica, aunque
esta hipotética solución resulta imposible de poner en práctica al vivir los catalanes
partidarios de la independencia y los partidarios de seguir siendo españoles
entremezclados, compartiendo a veces incluso el mismo rellano de escalera. Tampoco
resultaría factible ni eficiente –los independentistas además tampoco se avendrían a
ello- que en Cataluña convivieran dos Estados, como a veces se ha sugerido para
Palestina, que compartirían el territorio y cada ciudadano podría elegir el Estado al que
pertenece, paga sus impuestos y del que recibe servicios públicos y transferencias. Es
obvio que esta posibilidad, además de introducir duplicidades muy costosas, resultaría
también muy difícil de implementar en la práctica por las fricciones y tensiones que
surgirían entre las dos administraciones y la necesidad de contar, a la postre, con una
administración común para financiar las infraestructuras que proporcionaran servicios a
las dos comunidades.
Descartadas estas dos posibilidades, cabe preguntarse si hay alguna otra fórmula
civilizada y equitativa para repartir el capital público entre los catalanes y españoles que
quieren seguir formando parte de España, y los catalanes que aspiran a lograr la
independencia de Cataluña. Resulta difícil encontrar una solución satisfactoria para
repartir unos activos de naturaleza indivisible, y que en bastantes casos forman una red
integral, salvo que una de las partes renuncie a sus derechos de propiedad a cambio de
una compensación apropiada. Mas, sus consejeros y los independentistas catalanes en
86
La cuestión catalana, hoy
general dan por sentado que la titularidad del capital público en Cataluña pasaría
inmediatamente a manos del nuevo Estado catalán. Y, ¿qué hay de las compensaciones?
Consideran que no harían falta, ya que al mismo tiempo los catalanes renunciarían a sus
derechos sobre el capital público acumulado en el resto de España.
La solución no resulta, sin embargo, satisfactoria, a menos que la distribución
del capital público sea relativamente homogénea en todo el territorio español, y no lo es,
y el reparto deje inafectada la productividad del capital público en los dos Estados, algo
muy difícil de satisfacer cuando algunas infraestructuras forman parte, como ya se ha
indicado, de una red diseñada desde una concepción unitaria del Estado. Que el Estado
español esté ahora invirtiendo, por ejemplo, cientos de millones en perforar túneles para
que el AVE atraviese el subsuelo de Barcelona en lugar de perforar un túnel en el
Pirineo oscense, o anteponga la construcción del corredor ferroviario del Mediterráneo
frente al corredor central, sólo se comprende desde esta perspectiva unitaria. Y resulta
meridianamente claro que la transferencia de éstas y otras infraestructuras localizadas
en Cataluña al nuevo Estado catalán generaría serias disfunciones, y reduciría la
productividad de la red ferroviaria en el resto del Estado. Tampoco esta solución
resultaría satisfactoria para aquellos catalanes que, para seguir viviendo en España, se
verían obligados a dejar sus hogares y empresas en Cataluña.
Estamos ante un conflicto de intereses de gran alcance e insoluble en la práctica,
por lo que sólo si una abrumadora mayoría de catalanes se manifestara a favor de la
independencia –digamos más del 80% del censo– mercería la pena seguir explorando
esta opción, a fin de establecer las indemnizaciones pertinentes que el nuevo Estado
catalán tendría que pagar a los ciudadanos españoles antes de constituirse en Estado
independiente. Y que nadie se engañe, la independencia incluso en este escenario
civilizado resultaría también muy gravosa para el nuevo Estado. Además de quedar
fuera de la UE y perder casi con toda seguridad una parte significativa de los mercados
español y europeo, su Hacienda perdería ingresos por cotizaciones sociales e impuestos
sobre los productos al caer la actividad y el empleo, por la exención del IVA de las
exportaciones al resto de España y por la reducción de los beneficios de las sociedades,
resultante de la menor actividad y deslocalizaciones. Cataluña tendría, además, que
destinar recursos para proporcionar multitud de servicios ahora financiados por el
Estado español, tales como defensa, representación exterior, recaudación de impuestos,
sistema judicial, pensiones, incapacidad temporal, bajas maternales, prestaciones a los
desempleados, inversiones en I+D+I, etc., y pagar a España las indemnizaciones
La cuestión catalana, hoy
87
acordadas. A la vista de este panorama, la afirmación de que la eliminación del ‘déficit
fiscal’ de Cataluña aumentaría entre el 1,35 % y el 2,85% la tasa de crecimiento de
Cataluña (Sala i Martí, 2001, p. 16) resulta francamente ridícula.
Cabe también, claro está, la posibilidad que el Gobierno catalán ya ha insinuado
de declarar unilateralmente la independencia, y proceder a ‘nacionalizar’ las
infraestructuras y empresas públicas propiedad del Estado español y no asumir la parte
de la deuda que le corresponde, un escenario que nos adentraría en un conflicto abierto
cuyas consecuencias podrían resultar trágicas para todos. La independencia como el
divorcio sin mutuo acuerdo y con bienes comunes de difícil reparto no puede tratarse
con la frivolidad con que lo han hecho Mas, sus consejeros y CDC desde que
accedieron al Gobierno a finales de 2010. Su irresponsabilidad nos aboca a un conflicto
de imposible solución –Rajoy ha acusado con razón a Mas de llevar “a un dilema
imposible a los catalanes”– que sólo servirá para añadir más zozobra e incertidumbre a
la ya muy delicada situación que atraviesa la economía española.
El reparto de la deuda pública
Además de los activos que integran el capital público, hay también pasivos de la
Administración Central en circulación por un importe de 685.438 millones al final del
segundo semestre de 2012. Estos pasivos se han acumulado mientras Cataluña formaba
parte de España y, por tanto, y con independencia del acuerdo alcanzado sobre el
reparto del capital público, Cataluña debería asumir la parte que le corresponda en caso
de materializarse su divorcio de España, que podría estimarse en 128.177 millones
aplicando al total de los pasivos el porcentaje del PIB de Cataluña sobre España (18,7
%), una cifra muy respetable.
Hay, para empezar, una dificultad de carácter legal para transferir la titularidad
de la deuda, en tanto que los pasivos emitidos por la Administración Central están mejor
calificados que los de la administración catalana y los acreedores no estarían dispuestos
a aceptar la transferencia. Si Cataluña fuera Dinamarca o la Holanda del Sur, países con
los que los independentistas se comparan con frecuencia, es posible que los acreedores
accedieran complacidos al cambio, pero la deuda de Cataluña ha alcanzado ya la
cotización de bono basura.
88
La cuestión catalana, hoy
4. Conclusiones
A la vista de lo expuesto, el escenario de una Cataluña independiente que ofrecen los
independentistas debería ser motivo de preocupación para todos los catalanes
reflexivos.33 El Gobierno catalán se ha lanzado a una aventura cuya hoja de ruta
comienza y termina con la promesa de celebrar una consulta para preguntar a los
catalanes “si quieren constituir un Estado independiente miembro de la UE”, como si
los deseos pudieran convertirse en realidad. Tras declarar inicialmente que Cataluña
ingresaría en la UE en 24 horas, Mas tuvo que reconocer pocos días después que
quedaría excluida y apuntó, sin base alguna, que podría incorporarse a la UE en 2020.
No obstante, Mas y sus consejeros continúan predicando las enormes ventajas que
reportarían a los catalanes contar con un Estado propio: pagarían menos impuestos, se
reduciría el fraude fiscal, percibirían pensiones más elevadas, se crearía empleo,
mejoraría en dos años la esperanza de vida ‘saludable’, etc. Lo que no les dicen es cómo
van a operar semejante milagro cuando acaban de abortar la legislatura porque no
pueden pagar las nóminas de los empleados públicos y las facturas de los proveedores
del gobierno de la Generalitat.
Algunos economistas abducidos por la fiebre independentista mantienen sin
rubor “que una Cataluña independiente y fuera de la UE no tendría que abandonar el
euro”, todo un logro cuando ya están dentro de la UE y utilizan el euro. Efectivamente,
nadie puede obligar a los catalanes a deshacerse de sus activos denominados en euros –
¡lo seguro es que tendrán difícil deshacerse de sus pasivos!–, aunque la perspectiva de la
‘eurización’ de la economía no resulta especialmente halagüeña. Las entidades
financieras que hoy tienen domicilio fiscal en Cataluña, y operan en todo el territorio
español, se verían obligadas a fijarlo en España para poder seguir operando como
entidades de contrapartida del BCE. Por otra parte, la reducción de las exportaciones al
resto de España y de la UE resultaría en un déficit por cuenta corriente que tendería a
drenar la cantidad de euros en circulación en la economía catalana. Tampoco cabe
esperar que un aumento prodigioso de la inversión directa en una Cataluña excluida
fuera de la UE pudiera compensar el drenaje de liquidez; más bien al contrario, los
inversores preferirán localizarse en Estados miembros de la UE con similares o menores
33
Zabalza (2012).
La cuestión catalana, hoy
89
costes laborales. Por otra parte, tampoco cabe esperar grandes inversiones de cartera en
un mercado de valores como el catalán y con una deuda de la Generalitat calificada
como bono basura.
Los independentistas catalanes dan por hecho que tras la creación de un Estado
independiente la propiedad de todo el capital público en Cataluña se transferiría al
Gobierno del nuevo Estado, sin abonar compensación alguna a quienes hoy ostentan esa
titularidad. El hecho cierto es que el capital público instalado en Cataluña y en el resto
de España ha sido financiado con los impuestos de todos los ciudadanos, y resulta
absurdo creer que su titularidad puede cambiar como resultado de la voluntad expresada
por los catalanes en una consulta política. Desafortunadamente para todos, ni la
partición del territorio en dos Estados, ni la convivencia de dos Estados paralelos en
Cataluña, ni la transferencia de su titularidad al Gobierno catalán, previo
establecimiento de las indemnizaciones que correspondan a los catalanes y resto de los
españoles que quieren que Cataluña continúe siendo parte de España, permiten
solucionar el conflicto de intereses de manera civilizada y equitativa. Nada o poco dicen
tampoco los independentistas acerca de si el nuevo Estado catalán asumirá la fracción
que le corresponde de los pasivos acumulados por la Administración Central hasta el
momento de la independencia, aunque teniendo en cuenta que Cataluña no dispone de
liquidez ni puede acceder a los mercados en busca de financiación, no resulta plausible
que el nuevo Estado asuma una fracción de dicha deuda en los próximos años.
El futuro económico de una Cataluña independiente fuera de la UE y ‘eurizada’
se presenta francamente desolador: caídas significativas de las exportaciones al resto de
España y al resto del mundo, deslocalizaciones de empresas no financieras y
financieras, reducción de los ingresos impositivos y aumento del gasto público,
contracción de la oferta monetaria, menor inversión directa extranjera y escaso atractivo
para la inversión en cartera, etc. Este análisis presupone que el proceso de implantación
del nuevo Estado se desarrolle de manera civilizada y el Gobierno del nuevo Estado
asuma los costes que comporta. Cabe también, claro está, la posibilidad de que el nuevo
Gobierno proceda a lo largo de la próxima legislatura a nacionalizar el capital público
propiedad del Administración Central y las empresas públicas estatales, y rechace
asumir la fracción que le corresponde de los pasivos contraídos por la Administración
Central. En ese caso, nos adentraríamos en un conflicto incivilizado entre dos gobiernos
con consecuencias todavía más negativas para todos.
90
La cuestión catalana, hoy
Examinadas en este artículo algunas de las implicaciones económicas del
proceso de secesión de Cataluña, sorprende sobremanera la frivolidad con la que Mas y
el ex presidente Pujol lo han impulsado, minimizando ante los ciudadanos sus
consecuencias. Una mención especial merece la observación de Mas-Colell, consejero
de Economía, quien en su intento por tranquilizar a un grupo de desasosegados
empresarios les recordó que, aunque las relaciones entre los pueblos pueden pasar por
"momentos más o menos difíciles”, al final se superan, como demuestra que "los croatas
votaron a favor de los serbios" en el último festival de Eurovisión. Desafortunada
referencia donde las haya, habida cuenta de la cruenta y despiadada guerra que libraron
sus ejércitos.
Escribía el nacionalista Hurtado (2008) el 8 de junio de 1934 que “Cataluña no
ha producido, ni por ahora puede producir, ningún otro tipo político que el agitador
propenso a la protesta y diestro en aprovechar cualquier motivo de orden sentimental
para dar miedo al adversario mientras dura la llamarada. Desde la Liga hasta el
sindicalismo, la historia política de Cataluña se ha desarrollado siempre con este mismo
patrón y al mismo ritmo. Puede ser que no valga la pena empeñarse en cambiarlo. Pero
esta vez parecía que por el hecho de tener el Gobierno de una Cataluña autónoma se
había de ir con más cuidado porque la política tradicional ha de traer como
consecuencia dar al pueblo la sensación de que la República, a pesar de haber
reconocido la autonomía catalana, es tan odiable como la monarquía, y eso además de
injusto, puede ser funesto”. Sustituyan ‘Liga’ y ‘República’ por ‘CDC’ y ‘Estado de las
Autonomías’, y el párrafo podría perfectamente describir la situación actual. Si Don
Amadeo levantara la cabeza se quedaría pasmado al constatar lo poco que han cambiado
las cosas con Mas y el Gobierno de los “mejores” en Cataluña.
Referencias bibliográficas
Álvarez Martínez, M.T. y C. Polo (2010): “The long run effects of public capital on the
Spanish private economy: A VAR approach”, manuscrito en evaluación.
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Bofinger, P. (2009): “Monetary Policy under the facto dollarization”, manuscript,
Universdad de Würtzburg.
La cuestión catalana, hoy
91
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una panorámica”, Revista Galega de Economía, 10.
Fernández, M. y C. Polo (2002): “La productividad privada en presencia de capital
humano y tecnológico”, Revista de Economía Aplicada, 29.
Hurtado, A. (2008): Abans del sis d’octubre, 2.ª edició. Barcelona: Quaderns Crema:
Mamatzakis, E.C. (2007): “EU infrastructure investment and productivity in Greek
manufacturing”, Journal of Policy Modeling 29.
Mamuneas, T.P. y M.I. Nadiri (1995): “Public R&D policies and cost behaviour of the
US manufacturing industries”, NBER WP-5059.
Sala i Martín, X. (2001): “Catalanismo obert al sigle XXI: L’economía”, manuscrito.
Zabalza, A. (2012): “Más costes que beneficios”, La Vanguardia.
92
La cuestión catalana, hoy
La cuestión catalana, hoy
93
La perversidad de las balanzas fiscales
Almudena Semur Correa
Coordinadora del Servicio de Estudios
Instituto de Estudios Económicos
1. Introducción
En estos momentos en que la Eurozona no ve la luz al final del túnel y en los que
seguimos inmersos en una crisis de deuda, crisis bancaria y con una recesión galopante,
en la que nuestro país se enfrenta a una contracción en el PIB, ha saltado a la palestra el
debate sobre la financiación autonómica, motivado por las reivindicaciones
secesionistas proclamadas por dirigentes políticos de la comunidad autónoma de
Cataluña a raíz de la negativa del presidente del Gobierno de España a aceptar el Pacto
Fiscal aprobado por el Parlamento de Cataluña el 25 de julio de 2012. En el caso de
haberse aceptado, habría significado un cambio radical en el actual sistema de
financiación autonómica, aprobado y consensuado por todos los grupos políticos
plasmadas en la Ley de Financiación Regional ( Ley 22/2009) y la reforma de la
LOFCA (Ley Orgánica 3/2009).
Merece la pena destacar que durante los últimos treinta años nuestro país se ha
visto inmerso en una gran transformación respecto al grado de descentralización de los
ingresos y gastos. Se ha pasado de tener una estructura centralizada a ponerse a la
cabeza de los países más descentralizados de la OCDE. Así en el año 2007, los
gobiernos regionales llegaban a absorber un 36% del gasto total y un 54% del personal.
Si a esto se añaden los servicios prestados por los entes locales y las Administraciones
Territoriales, nos encontramos con que representan actualmente la mitad del gasto del
Sector Público gestionando los servicios con más incidencia directa sobre el bienestar
del ciudadano, como son todos los gastos relacionados con educación, sanidad y
servicios sociales (Ángel de Lafuente. La financiación de las Comunidades de Régimen
Común. Preliminares).
2. El debate de la Financiación
Tanto Cataluña como otras Comunidades Autónomas, han venido denunciando ciertos
defectos del actual sistema de financiación y que el mismo necesita una revisión dentro
del marco constitucional. Pero cosa bien distinta son las exigencias esgrimidas por la
94
La cuestión catalana, hoy
Generalitat de Cataluña para que el Gobierno central tuviera que aceptar un giro tan
radical y diera el visto bueno a las medidas introducidas en el Pacto Fiscal, medidas que
quedan extramuros de nuestra constitución al pretender extender al Principado catalán
los privilegios del Concierto Vasco y Navarro. Esto es, la Generalitat a través de su
Agencia Tributaria propia, asumiría la regulación, gestión, recaudación e inspección de
los tributos, y como contrapartida aportaría a las arcas del Estado español una cantidad
que se negociaría cada cinco años de una manera bilateral. La cantidad aportada cubriría
el coste de las competencias no transferidas y otra parte se destinaría a cubrir el
porcentaje de solidaridad prefijado por la voluntad de las autoridades catalanas.
La propuesta impulsada por la Generalitat, además, pretendía pasar de un
sistema de relaciones fiscales basado en la Constitución donde las comunidades
autónomas deciden conjuntamente con el Estado a través del Consejo de Política Fiscal,
a un sistema de relaciones bilaterales a través de una comisión mixta EstadoGeneralitat, más propia de estados soberanos.
Cierto es que el sistema de Financiación actual adolece de determinados fallos, y
que necesita una revisión, pero más cierto es que los dirigente políticos de nuestro país
han ido condicionado las sucesivas reformas del modelo a cambio de apoyos políticos
en épocas electorales. Buena parte de la reforma tendría que suplir las carencias que hay
en el actual sistema en cuanto los principios de igualdad de los ciudadanos a la hora de
acceder a los servicios públicos, y de responsabilidad fiscal de nuestras comunidades.
Con la llegada de la crisis, el debate sobre la financiación se ha ido agudizando
en la comunidad autónoma catalana, llegando incluso a convertirse en uno de los
principales argumentos del independentismo. El hecho de que no todos los ingresos
aportados por la comunidad autónoma catalana través de los impuestos pagados por sus
ciudadanos a las arcas del Estado, no reviertan después en la misma proporción en
territorio catalán mediante gastos e inversiones, ha calado en la opinión pública catalana
de tal manera que una gran proporción de la ciudadanía catalana tiene la sensación de
estar injustamente maltratada en materia impositiva al recibir como contrapartida pocos
beneficios del Estado. Bajo su punto de vista, el esfuerzo fiscal que soportan los
catalanes genera un déficit que resulta perjudicial para el desarrollo económico de
Cataluña y España. Y expresiones como “España nos roba “ o “el expolio fiscal” están
en el orden del día de la campaña electoral catalana.
La cuestión catalana, hoy
95
En referencia a los impuestos pagados por los ciudadanos, cierto es que un
ciudadano de Cataluña paga más por IRPF en su comunidad autónoma que un
ciudadano de Logroño, o de Extremadura, con un mismo nivel de ingresos, pero esto es
debido a que nuestro sistema de financiación permite que las CC.AA. tengan capacidad
para poder aumentar la tarifa a tipos impositivos superiores en el tramo autonómico del
impuesto, o puedan elevar los mínimos exentos del impuesto; esta posibilidad no incide
de ninguna manera en la balanza fiscal, ya que la recaudación percibida por el tramo
autonómico va directamente a las arcas de la comunidad autónoma. En cuanto a la parte
estatal recaudada del impuesto, los tres ciudadanos pagarían lo mismo.
Si se analiza la evolución de los impuestos pagados por los ciudadanos catalanes
a las arcas del Estado, se aprecia que la recaudación ha ido disminuyendo durante los
períodos 2007/2009 en un 33 %.
2007
42.165
2008
36.519
2009
28257
Fuente: Informe de la AEAT. Millones de euros.
Por el contrario, los gastos del Estado en territorio catalán se han ido
manteniendo e incluso incrementando.
Habría que recordar, que a pesar de que las CC.AA. de régimen común tienen
cedido total o parcialmente la mayor parte de figuras tributarias con un peso
recaudatorio, no se puede afirmar que se haya logrado alcanzar el objetivo de la
corresponsabilidad fiscal. Las CC.AA. siguen apareciendo a los ojos de sus ciudadanos
como las responsables en el gasto, pero no como recaudadoras de los tributos, por lo
que persiste de manera generalizada la idea de que es el Estado el que recauda la
mayoría de impuestos.
En materia de ingresos nuestra regulación introdujo un aumento significativo
del porcentaje de participación de las CC.AA. en el rendimiento del IRPF, IVA e
Impuestos Especiales, alcanzando dicho porcentaje prácticamente el 50 %. Además
permite la cesión del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados, Sucesiones y Donaciones, Patrimonio y Matriculación. Lo que facilita
96
La cuestión catalana, hoy
la potestad para fijar la escala de gravamen, las deducciones y la recaudación de
determinados impuestos.
En este sentido, en materia de imposición indirecta, las CC.AA. carecen de
competencias normativas sobre los principales impuestos. Tal es el caso del IVA, en el
que por exigencias comunitarias no está permitido modificar el tipo de gravamen por el
hecho de que no puede haber distintos tipos de gravamen entre las regiones.
Con todas estas medidas, se pretendía que las CC.AA. tuvieran un instrumento
que les permitiera obtener unos ingresos adicionales que posteriormente se
compensarían con una reducción equivalente de las transferencias estatales recibidas
del fondo de suficiencia (Ángel de la Fuente. Sistema de Financiación Autonómica).
3. El déficit de la balanza fiscal de Cataluña
Ciertamente existe un déficit con Cataluña hoy, y que ésta aporta más ingresos al
Estado que los que recibe, en forma de transferencias, servicios e inversiones, pero al
fin y al cabo, lo mismo le ocurre en otras comunidades como es el caso de Madrid. Son
las denominadas comunidades ricas que con sus excedentes pagados financian a las
comunidades más pobres. Si aplicáramos la misma regla de tres que aplica el Gobierno
catalán, los contribuyentes que más impuestos pagan al Estado deberían recibir más
contraprestaciones que aquellos que menos pagan.
En el caso que nos ocupa, la Generalitat cifraba su déficit en el ejercicio 2009 en
16.409 millones de euros, equivalente a un 8,4 % del PIB catalán.
Fuente: Generalitat de Catalunya.
Para llegar al cálculo de dicha cifra, la Generalitat utiliza el método del flujo
monetario, mediante el cual únicamente se imputan los ingresos y los gastos en el
La cuestión catalana, hoy
97
territorio en el que se producen. Lógicamente es el método que más beneficia ya que
exagera el déficit fiscal al no tener en cuenta aquellos gastos que, aunque no se hayan
realizado físicamente en el territorio analizado, repercuten en él de alguna forma, como
puede ser el ejército, la política exterior o ciertas infraestructuras.
En cuanto a los ingresos tributarios imputados mediante este método, se
computarán en el territorio donde se localiza la capacidad económica sometida a
gravamen (hecho imponible). Por ejemplo, el IVA pagado por un ciudadano de Oviedo
en un comercio en Mataró se imputaría en Cataluña, que es donde se localiza el hecho
imponible ( Resultados de la balanza fiscal 2006-2009 Generalitat de Catalunya).
Si por el contrario, el método de cálculo de la balanza se realiza bajo el método
del Flujo beneficio, esto es, teniendo en cuenta los gastos pagados por el Estado no
necesariamente incurridos en territorio catalán, pero que benefician a dicha comunidad,
el déficit fiscal disminuirá a 11.261 millones euros, lo que equivale a un 5,8 % del PIB.
Fuente: Generalitat de Catalunya
Por tanto de la cifra inicial, reclamada por la Generalitat no refleja el saldo real
y habría que sustraer de la misma 5.148 millones, que es la parte que corresponde a
Cataluña del coste de los servicios generales prestados por el Estado y que benefician a
Cataluña.
4. La discutida neutralización del saldo
Como se podrá observar en los cálculos recogidos en las tablas la Generalitat, el
saldo está neutralizado por el ciclo económico. Esto es, se tiene en cuenta a la hora de
efectuar el cálculo una hipotética situación de existencia equilibrio presupuestario. La
doctrina no resulta pacifica en este tema. Según Pascual Fernández, que se muestra
contrario a la neutralización de la balanza. En su estudio sobre la Balanza Fiscal de
Cataluña 2006-2009, señala “este es un análisis absolutamente ficticio, que
98
La cuestión catalana, hoy
evidentemente, no tiene nada que ver con la realidad, porque los flujos financieros que
financian el déficit del Estado de cada año se aportan desde mercados de capitales
(nacionales -en cuyo caso, una parte tendrá su origen en Cataluña- y extranjeros). Pero
la hipótesis que realiza la Generalitat es que el déficit de la Administración General del
Estado de cada año, si no se hubiera financiado con deuda, se tendría que haber
financiado con mayores ingresos aportados desde las distintas regiones. Y en el caso de
superávit presupuestario se tendría que haber devuelto el exceso de ingresos”. “Se trata
de un cálculo absolutamente ficticio porque el déficit de cada año (el real no el
inventado) se ha financiado con deuda pública -no con ingresos no financieros
provenientes de las comunidades autónomas-, y se amortizará a lo largo del tiempo”.
En cambio, para Xavier Sala Martín, claro partidario de la neutralización, “las
balanzas fiscales no neutralizadas no reflejan la redistribución que el sistema fiscal
genera entre las diferentes regiones de un Estado. Por lo tanto, son irrelevantes y no
consiguen el objetivo que buscan las balanzas fiscales: estimar la redistribución
interregional que genera el sistema fiscal. Para conseguir estimar la redistribución, se
puede hacer con un cálculo estructural pero para ello hay que esperar a que el Gobierno
central equilibre el presupuesto y pague todo lo que debe. Si no se sabe cuándo el
Estado va a pagar sus deudas y, por lo tanto, no se sabe cuando se acaba su ciclo fiscal,
la alternativa econométrica es calcular el saldo “neutralizado”. Eso es, exactamente, lo
que hace la metodología que usó el conseller Castells en 2008 y lo que ha usado el
conseller Mas Colell en 2012. Y es por eso, exactamente, que no se puede decir (como
dijo la portavoz del PSC) que las estimaciones de las balanzas no neutralizadas tienen el
mismo valor que las neutralizadas. Las no neutralizadas contienen CERO información
sobre lo que realmente uno quiere saber de las balanzas fiscales: la redistribución”
(Xavier Sala Martín. Por qué neutralizar las Balanzas Fiscales).
En definitiva, cuando las cuentas públicas están desequilibradas y existe un
déficit, éste debe financiarse de alguna manera. Es cierto que, para volver a la
senda del equilibrio, las comunidades autónomas y el Estado han aumentado los
impuestos, pero también lo es que el Estado se ha endeudado más, como lo
demuestra que la deuda respecto al PIB se ha disparado desde el inicio de la crisis.
La cuestión catalana, hoy
99
En el cuadro siguiente elaborado por Pascual Fernández en su estudio sobre “La
balanza fiscal de Cataluña 2006-2009” puede observarse la variación que experimenta
el saldo del déficit si no se neutraliza.
Como dice Antonio Zabalza en referencia al cálculo de las balanzas fiscales ( El
País 19 de noviembre de 2012): “No estamos ante un concepto nítido y estadísticamente
acreditado como puede ser por ejemplo, el volumen de deuda pública publicado por el
Banco de España sino ante un cálculo materialmente complejo”. Es por ello que resulta
de gran importancia quitar relevancia a este concepto debido a la gran arbitrariedad
existente a la hora de medir los saldos fiscales así como a la dificultad de imputar los
ingresos y los gastos.
La confección de las balanzas fiscales surgió en España como demanda de las
nacionalidades históricas. El Gobierno, presidido por José Luis Rodríguez Zapatero, se
comprometió públicamente durante su discurso de investidura, el 8 de marzo de 2008, a
publicar las balanzas fiscales de las CC.AA. Desde el momento en que surge la petición
de la publicación de las balanzas fiscales, se alzaron diversas voces críticas. Los
principales argumentos esbozados señalaban que la elaboración de las mismas dentro de
un territorio nacional era un ejercicio técnicamente imposible.
Supongamos una sociedad mercantil cuyo mercado es todo el territorio español,
lógicamente la sociedad mercantil tributara por el Impuesto de Sociedades por el
beneficio conjunto obtenido en todo el territorio español sin detallar la contribución de
cada región al beneficio global de la empresa, hecho que hará técnicamente imposible
100
La cuestión catalana, hoy
imputar el Impuesto de Sociedades a las distintas demarcaciones en que se basan las
balanzas.
Sin embargo la publicación de las balanzas resulta decisiva para la valoración
económica de desequilibrios territoriales, sirviendo de instrumento para la evaluación,
generación y corrección de las políticas redistributivas del Estado. Debe recordarse que
el propio concepto de balanza fiscal territorial es perverso, ya que quienes pagan
impuestos son las personas, no los territorios. La balanza fiscal, vista desde esta
perspectiva, solamente tiene sentido en el plano individual. Cada individuo es quien
tiene una balanza fiscal positiva o negativa, en función de su carga impositiva y de la
valoración de los servicios que recibe del Estado.
La cuestión catalana, hoy
101
El año de las decisiones discutidas
Joaquín Trigo Portela
Director General
Instituto de Estudios Económicos
La presente (aún) legislatura se inició de acuerdo con las pautas estatales y con
las orientaciones de la UE. La Administración catalana fue pionera en decidir recortes
en la retribución del personal a su cargo, en la reducción de gastos, en la introducción
del copago farmacéutico, etc. Sin embargo, tras la reunión fallida del Molt Honorable
Mas con el Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, la vuelta del primero a Barcelona
sin lograr una financiación adicional fue el inicio de un rápido cambio. No era normal
que a la vuelta de una reunión en Madrid, en la que no se lograron los objetivos
deseados, hubiera una recepción de notables en la calle, ni que se hiciera un alegato
doble, en contra del trato a Cataluña y a favor de una ruta propia. Ese cambio fue el
inicio de una serie de acusaciones acerca de los reiterados abusos de España para con
Cataluña que se manifestaban en los intentos reiterados de la primera por debilitar los
ingresos y el nivel de vida de la segunda.
El actual Gobierno catalán, al hacerse cargo de la gobernanza del país, se
encontró con una elevada deuda en un momento de recesión en el que no era posible
aumentar la recaudación ni tampoco mantenerla. El recurso inicial al creciente
endeudamiento fue caro y escaso y la renovación aún más complicada. La salida de la
crisis se veía más lejana y la renovación de la mayoría más incierta. La sugerencia de
llegar a un pacto fiscal -que suavizara la carga fiscal soportada por Cataluña- solo
encontró apoyo en Cataluña.
El Gobierno llegó pronto la convicción de que se podía evitar una renovación
incierta y complicada recurriendo a una anticipación sorpresiva y rápida, lo que daría un
margen de cuatro años en lugar de los dos que faltaban hasta la renovación. La
justificación se apoyaría en cuestionar la gestión de la crisis hecha por el Gobierno y
resaltar la carga sobrevenida a Cataluña. La responsabilidad del Gobierno precedente se
daba casi por supuesta y, para superar el trance, se ofrecía una nueva era al margen de
España que permitiría reducir las cargas fiscales, amentaría los recursos financieros
disponibles, aumentaría las prestaciones públicas, reduciría el paro, mejoraría los
sueldos. La eventual salida de la UE sería breve o, incluso, no sería necesaria si España
102
La cuestión catalana, hoy
compartía sus puestos con Cataluña. Con este nuevo marco se resaltaba la capacidad
exportadora de Cataluña y se minimizaba la importancia de las ventas al resto de
España.
Vista desde el exterior, esta opción puede parece más audaz que lógica. En
realidad tiene mucho de las dos cosas pues, en condiciones normales, eso sería muy
difícil, aunque, es posible gracias a décadas de comunicación y enseñanza que
resaltaban el coste soportado por Cataluña en favor del resto de España, la diferencia del
idioma, que se hacía obligatorio y único. También a la exigencia de rotular en catalán
con multas a los incumplidores y con delatores voluntarios del incumplimiento, si bien
con tolerancia para idiomas como el chino, turco y otros. La exigencia de que los
profesores demostrasen el conocimiento del catalán en nivel tres (un nivel alto); la
creación y mantenimiento de emisoras de televisión y radio por parte de los distintos
niveles de administración del país, que superan en número a otras opciones; el apoyo
público a los diarios en catalán y otras medidas tendentes a facilitar y arraigar el
idioma… todo puede defenderse como encomiable, pero siembre que se respeten las
normas españolas y la pluralidad de puntos de vista.
El aumento de los niveles de las administraciones de la Comunidad Autónoma
que en lugar de reducirse, cuenta con uno más: los “Consejos Comarcales”, que se
ubican entre las Diputaciones y los Ayuntamientos. Para ubicar esta medida cabe decir
que Alemania, que prácticamente duplica a España en población, tiene una quinta parte
de los ayuntamientos con que cuenta España y de Landers, que equivaldrían a nuestras
CC.AA. Los Consejos Comarcales, llegado el caso, podrían agrupar los ayuntamientos
bajo su tutela y asumir las funciones de los Ayuntamientos con mejores prestaciones y
menor coste, pero, por ahora es un nivel adicional lejos de la potencia que podría tener.
Hasta ahora es un nivel que, mantenido entre los otros, tiene una relevancia
prescindible.
Esta base previa facilitó la rápida difusión de acusaciones y afirmaciones en
torno a dos temas básicos: el espolio fiscal del tipo “España nos roba”, y la mejoría
económica que se lograría en breve tiempo con un Estado propio si eso llegase a efecto.
Los dos enfoques son cuestionables.
La afirmación de que España roba a Cataluña se basa en que los impuestos
soportados superan al retorno que vuelve en forma de inversiones y ayudas a Cataluña.
La cuestión catalana, hoy
103
Esto es lógico aquí y en cualquier otro país, porque los mayores ingresos deben soportar
una cuantía más que proporcional, que permite atender a los más necesitados. La queja,
sin embargo, considera que lo pagado supera a lo recibido y esa diferencia es el despojo.
Aquí se prescinde del carácter progresivo de la tributación, con lo que los ingresos más
altos deben pagar más que proporcionalmente. En línea rigurosa con esta consideración
se debería devolver a cada Comunidad el total de los impuestos recogidos y, antes de
asignar esa suma, devolver a los mayores contribuyentes el diferencial entre lo que han
pagado y la media, o algún otro retorno equivalente. Con lo que se habría eliminado la
progresividad y con ello la aportación fiscal a la reducción de la diferencias entre
ciudadanos.
Un alegato parecido, algo más sutil, para aludir al “espolio fiscal“, se apoya en la
balanza fiscal. Ésta se obtiene por uno de dos métodos, el del fijo monetario o el del
flujo del beneficio, pero sin mezclarlos. El primero recoge el coste soportado por los
contribuyentes y el segundo la proporción que representa la devolución fiscal recibida
por cada comunidad autónoma. A este respecto hay que
decir que es cierto que
Cataluña paga más que la media y recibe menos que eso, como ocurre en las regiones
más ricas de la UE y, también, añadir que las filiales de empresas catalanas ubicadas en
otras CC. AA., hasta ahora, pagan en la casa madre, lo que no ocurriría si Cataluña se
desligara de España. Si se mezclan los dos métodos, y en el segundo se prescinde de
una buena parte de las prestaciones genéricas, tales como la representación
internacional, el ejército, o una parte relevante de las mismas, se puede ampliar a
voluntad la brecha entre aportaciones y prestaciones.
Antoni Zabalza (El País, 19 nov. 2012) clarificó los malentendidos del saldo
fiscal catalán. Partiendo de que, según la Generalitat, en 2009 el Estado obtuvo de
Cataluña un saldo fiscal de 16.410 millones de euros, que equivalían al 8,4 % del PIB
catalán. Y utilizando la metodología del flujo monetario, recurriendo a las cifras de la
Generalitat, en ese año los ingresos del Estado en Cataluña fueron 46.195 millones,
mientras que el gasto público del Estado ascendió a 45.403 millones de euros, lo que
rebaja el saldo fiscal del Estado dejándolo en 792 millones. De acuerdo con el método
del flujo del beneficio, y con la misma fuente, los ingresos del Estado en Cataluña
fueron 45.184 millones y el gasto público ascendió a 49.199 millones, lo que deja el
saldo fiscal real negativo para el Estado de -4.015 millones.
104
La cuestión catalana, hoy
Un tema relevante y poco, o nada, mencionado en el marco de las discusiones
previas a la elección, es la financiación bancaria. El Profesor M. Martín Rodríguez
presentó (El País, 18 nov. 2012) las proporciones correspondientes a Cataluña en los
depósitos y los créditos de las entidades de depósitos. El volumen de los depósitos de
sectores residentes en Cataluña representaba, en julio de 2012, el 16,17 % y los créditos
el 19,34 % de los préstamos. La relación entre los depósitos y los créditos era del 55 %,
lo indica que el 45 % de la financiación bancaria de Cataluña viene del resto de España
y, en menor cuantía, del de la financiación mayorista del exterior, lo que supone en
torno a algo más del 75 % del PIB catalán. Atinadamente añade que la secesión cortaría
vías de financiación externa, como los mercados de capitales nacionales y la
financiación de las entidades de depósito en el Banco Central Europeo. La pérdida de
estas fuentes puede dilatarse en el tiempo creando serias dificultades a la actividad
empresarial.
Para justificar la secesión se requiere, por una parte, la presencia de una de tres
cosas: Una presión constante contra la historia y cultura, un expolio continuado o, peor
aún, ambas cosas. Por otra parte, debe haber una razonable certeza acerca de la
capacidad para conseguir el objetivo sin incurrir en costes superiores a las ganancias
esperadas.
Los que, desde Cataluña postulan la bondad de la secesión quitan importancia a
la reducción de ventas al resto de España, que, en plena recesión sigue comprando más
que cualquiera otro país aislado, alegando que lo se venda al resto del mundo es más y
puede aumentar. Es cierto. Sin embargo “olvidan” algo importante. Los ingresos por
ventas al resto de España (49.389 millones de euros en 2011) superan con mucho a las
compras provenientes de ella (26.705 millones en 2011), lo que da un saldo favorable
de 22.684 millones. Con el resto del mundo las ventas fueron de 55.525 millones (en el
mismo 2011) y, en el mismo año, las compras en el extranjero ascendieron a 70.850
millones, lo que aporta un superávit importante que no podría pagarse sin las ganancias
generadas en España. La fuente básica acerca del comercio interregional en España es
C-intereg, promovida por CEPREDE, y patrocinada por seis entidades entre las que está
la Generalitat de Cataluña. Con la misma fuente, el mercado de mayor ingreso de
Cataluña en 2010 fue Francia con 2,28 miles de millones de euros (mm €). Seguían
Andalucía (7,77 mm €), Aragón (6,76 mm €) y la Comunidad Valenciana (6,56 mm €).
A renglón seguido van Italia, Alemania, Comunidad de Madrid, Portugal, el País Vasco,
La cuestión catalana, hoy
105
Baleares, Castilla-La Mancha, Reino Unido, Castilla y León, Canarias y Región de
Murcia.
Tras una secesión las ventas en el resto de España se reducirían, no
necesariamente debido a posibles boicots suscitados por el despecho, sino porque otras
fuentes de aprovisionamiento serían más asequibles que compradas a un país ajeno a la
UE o, también, porque empresas catalanas (y otras con sede social ubicada en terceros
países) querrán continuar donde se mantengan las leyes a las que están habituados y,
además, podrían estar más cerca de sus mercados ya consolidados en el conjunto de
España.
La entrada en la UE es lenta para todos. Incluso para quien proviene de un país
miembro. Requiere unanimidad, cumplir con los requisitos y dedicar tiempo a
conseguirlo. La entrada de Cataluña en la UE podría requerir, a tenor de lo que
necesitaron los últimos países incorporados, entre 8 y 14 años.
Crear una moneda nueva es posible, y “tratar” de ligarla al euro también es
posible, pero conseguirlo es muy difícil, especialmente para un país endeudado que
cuestiona a sus compradores y a quienes tienen con él una historia conjunta desde hace
siglos que, por más que se proclame, no se sabe bien por qué se cuestiona. Crear una
nueva moneda es muy costoso porque no se sabe cómo se gestionará. La voluntad de
ligarla al euro es irrelevante porque la aceptación o no de una moneda depende del
riesgo que se le presume de modo que, desde el momento de su impresión, tendría un
recorte muy importante que dificultaría su uso en los mercados exteriores y, en poco
tiempo, en el propio país emisor.
La experiencia de la ruptura de un país suele ser amarga, especialmente para la
parte menor. La separación de Eslovaquia y Chequia fue rápida y, aparentemente,
indolora, y el comercio entre ambas partes apenas cayó algo más del 6 % en el primer
lustro. Este caso parece avalar la inocuidad de la separación, pero debe considerarse que
ambas partes están en la UE, que se parecen mucho, y que ambas han recibido
importantes inversiones desde Alemania. La divergencia está en otra parte: según datos
de Eurostat, actualizados a 10 de octubre de 2112, la tasa de paro de larga duración en
Eslovaquia, que fue la promotora de la división, fue del 9,2 % la más alta de la UE superando incluso al 9 % de España-, mientras la República Checa estaba en el 2,7 %.
106
La cuestión catalana, hoy
La relación que, hipotéticamente, se puede dar entre España y Cataluña parece
depender de cada uno, pero en realidad tiene un arraigo basado en la proximidad, la
historia y la convivencia. Enfrentar a una parte contra otra puede ser fácil, pero no es
ético ni útil. Ambas partes tienen mucho que perder, incluso desde el punto de vista del
separador, que busca una ganancia fácil malquistando a unos contra otros y pierde más
de lo que obtiene.
Un ejemplo superficial que se repite reiteradamente es el del boicot del cava, que
fue la respuesta ante una intemperancia, decidida por una persona que, aún hablando por
sí misma, tenía un puesto relevante obtenido por votación. La alegación de que España
roba a Cataluña es algo más fuerte pero no ha hecho una mella relevante, aún viniendo
de personas con cargos académicos, lo que puede deberse a falta de conocimiento o,
simplemente, considerarse como una “boutade” irrelevante. No es ninguna de las dos.
Es más importante cuando se trata de una entidad, especialmente si se presenta como
una asociación empresarial que en su web dice: “El Cercle Catalá de Negocis fa una
crida a boicotejar la llet española”… La causa es que una empresa española ha dejado
de comprar leche a una empresa catalana.
Cui prodest?
La cuestión catalana, hoy
107
Perspectivas económicas: realidades, incertidumbres
y temas en la agenda
Juan Tugores Ques
Catedrático de Economía
Universidad de Barcelona
1. Introducción
Ya sabemos que la economía es una parte importante, pero sólo una parte, de las
dimensiones de la vida de las personas y de las sociedades. Y que los mecanismos
económicos deben ser instrumentales para otros objetivos de más alto nivel. Pero ello
no es justificación para la polarizada dualidad que encontramos en las argumentaciones
acerca de los eventuales impactos de una nueva configuración de las relaciones
económicas y políticas entre Cataluña y España, incluido el escenario de un proceso de
independencia. Los maniqueísmos tan asociados a la naturaleza humana conducen a
planteamientos que fluctúan entre lo idílico en un extremo a lo catastrofista en el otro,
degradando los argumentos económicos, presentados de forma selectiva y parcial, a
simples ratificaciones de posiciones, por supuesto legítimas y respetables, adoptadas en
otras esferas.
Más allá de estos enfoques de justificación de preconcepciones, el objetivo de
estas líneas es ofrecer una visión más panorámica de algunos aspectos relevantes –que
no necesariamente coinciden con los que tiene más proyección mediática o política– de
las complejidades de los procesos que podrían ponerse en marcha, presentando algunos
datos, formulando incertidumbres, y, especialmente, introduciendo en la agenda temas
que cualquier vía razonable de reconfiguración o negociaciones debería abordar. Con
ello, tal vez se contribuya a clarificar los problemas que se deben afrontar, prerrequisito
imprescindible para tratar de encontrar las soluciones adecuadas. Y, llegado el caso, a
mejorar la forma en que la ciudadanía pueda expresar sus preferencias y decisiones a
través de los mecanismos democráticos de nuestras sociedades.
El hilo conductor de las siguientes páginas es presentar algunos aspectos
relevantes en los análisis de competitividad y crecimiento, considerando tanto vertientes
108
La cuestión catalana, hoy
importantes (cómo salir de la crisis y fundamentar con solidez la recuperación) como
otras urgentes (problemas de transición entre escenarios de articulación política) e
inquiriendo qué modificaciones, modulaciones o reversiones podrían producirse en las
dinámicas actualmente en marcha. La viabilidad de países de reducida dimensión, el
potencial del tejido empresarial, los lastres que supone el endeudamiento (explícito o,
por ahora, encubierto) eventualmente a repartir de forma negociada, los problemas de
acceso a la financiación y los riesgos para la calidad institucional son los epígrafes que
consideraremos en las siguientes líneas.
2. Viabilidad, competitividad y dimensión de los países
Existen en Europa países con dimensiones –demográficas, territoriales, productivassimilares a las de Cataluña que permiten superar el debate acerca de la viabilidad
económica. Es cierto que a escala global estamos discutiendo el papel de los grandes
actores y que uno de los argumentos más serios a favor de una construcción europea que
supere las graves dificultades actuales es la necesidad de una masa crítica y cohesionada
para aspirar a tener una voz y un peso en la esfera global, en la que competir con
gigantes como Estados Unidos o China, además de otros como India o Brasil. Pero
dentro de Europa hay países-estado de dimensiones más reducidas y con adecuada –
incluso envidiable– performance. Suiza (por citar un país con muchas especificidades
pero que no es miembro de la UE ni de la Eurozona) ocupa desde hace varios años el
primer lugar en el ranking de Competitividad Global que publica el World Economic
Forum
34
con una población y territorio limitados, además de una heterogeneidad
lingüística notable. Y por lo que hace referencia a otros indicadores de competitividad,
si se hace el sencillo ejercicio de comparar, con datos de la Organización Mundial de
Comercio
35
, el ranking de países exportadores de mercancías referido a 2011 con el
mismo ranking referido al año 2000, se obtiene el resultado de que, entre los diez
34
World Economic Forum, Global Competitiveness Report 2012-2013, publicado en septiembre de 2012,
disponible en: www.weforum.org
35
World Trade Organization, International Trade Statistics, varias ediciones, disponibles en www.wto.org
La cuestión catalana, hoy
109
primeros países, los dos únicos europeos que ganan posiciones son los Países Bajos y
Bélgica (que acompañan a China y Corea del Sur como los que mejoran posiciones
dentro del top ten), ambos países de dimensión reducida, mientras que los Estados de la
Unión Europea de mayor dimensión se limitan a mantener o perder posiciones. Otro
importante estudio comparativo de competitividad, el elaborado anualmente por la
escuela de negocio IMD, de Lausanne, hasta 2006 incluía entre los territorios objeto de
análisis no sólo a los Estados en sentido jurídico sino asimismo algunas importantes
economías territoriales, entre ellas Cataluña, así como Baviera, Sao Paulo, RhôneAlpes, Lombardía, Escocia, Maharashtra (la región de Mumbai-Bombay), Zhejiang (la
provincia costera de China en torno a Hangzhou) y otras tan cercanas a las capitales
estatales como la región de Île-de-France, obteniendo la economía catalana
posicionamientos mejores que los referidos a España 36.
3. El papel del tejido empresarial
Si el tejido empresarial es siempre definitorio de una sociedad y un país, su importancia
estratégica pasa aún más a primer plano en momentos como los actuales de crisis,
incertidumbres y transformaciones. Desde hace algún tiempo se reconoce que el
problema de fondo de nuestra economía es encontrar nuevas fuentes de generación de
riqueza, actividad y empleo que tomen el relevo, con más solidez, de las que
protagonizaron la etapa de crecimiento (ahora sabemos que con demasiadas
fragilidades) previa a la crisis. Nuestra economía no se encuentra ante un mero
problema cíclico sino de profunda necesidad de “reasignación de recursos”, por utilizar
la expresión del premio Nobel de Economía 2010, Peter Diamond. Y es aquí donde las
dinámicas emprendedoras, de innovación y creatividad, de asunción de riesgos, se
convierten en activos esenciales. La superposición de incertidumbres a escala global
con las específicas asociadas al tema que estamos comentando, dan todavía un papel
más relevante al comportamiento del tejido empresarial, así como al papel de las
políticas y de las condiciones de entorno sociopolítico que inciden sobre los incentivos
y las capacidades de las empresas.
36
En el “World Competitiveness Scoreboard 2006” de IMD Cataluña figura en el lugar 34 y España en el
36, al tiempo que Île-de-France se ubica en el 28 y Francia en el 35.
110
La cuestión catalana, hoy
A este respecto cabe señalar que Cataluña tiene en su tejido empresarial, de larga
tradición, uno de sus activos esenciales, probablemente el más valioso. Pero también en
muchos sentidos uno de los más maltratados en los últimos tiempos. Preterido ante los
sectores que nos obnubilaron colectivamente antes de la crisis, y ahora sujeto a
dificultades que van desde los problemas de acceso razonable al crédito hasta impagos
de administraciones públicas y particulares, agravados por políticas contractivas mal
orientadas en sus contenidos, pasando por un marco regulatorio que sigue siendo muy
restrictivo y convierte en heroica la asunción de iniciativas emprendedoras. La
referencia comparativa más interesante para Cataluña es el denominado Mittelstand
alemán, el conjunto de empresas no necesariamente grandes sino muy mayoritariamente
medianas y pequeñas. Este Mittelstand es un puntal esencial del éxito exportador de
Alemania y su excelente posicionamiento global al respecto
37
, que permite a ese país,
con una población muy inferior a la de Estados Unidos y China, pugnar desde hace
tiempo con esos países por el liderazgo exportador de mercancías a escala mundial.
La utilidad y pertinencia de la comparación con el Mittelstand catalán no es tan
forzada como algunos podrán estar pensando. Acostumbrados a comparaciones odiosas
entre Cataluña y otros territorios de España debemos constatar que uno de los
indicadores en que la posición catalana se mantiene con más vigor es precisamente en
su papel exportador. Solo por citar datos recientes, entre enero y julio de 2012 las
exportaciones catalanas suponían el 26,5% del total de las españolas, más que
duplicando a las siguientes comunidades autónomas –Madrid con un 11,8% y
Andalucía con un 11,5% – mientras que, por el lado de las importaciones, suponía un
27,5%
38
, lo que, al menos en una significativa porción, refleja asimismo un
posicionamiento interesante en las redes globales de producción. Ello es especialmente
importante en el actual escenario en que las exportaciones –y, en general, los
indicadores de internacionalización– son la principal, y a veces se diría que la única,
fuente de noticias positivas para la economía española.
37
Para una valoración no técnica del modelo alemán y su valor como referente internacional puede verse,
entre otros, el artículo de Steven Rattner, “The Secrets of Germany’s Success – What Europe’s
Manufactirung Powerhouse Can Teach America”, Foreign Affairs, agosto 2011.
38
Según datos del Informe Mensual de Comercio Exterior de julio de 2012, Secretaría de Estado de
Comercio, Ministerio de Economía y Competitividad, disponible en: http://www.comercio.gob.es/esES/comercio-exterior/estadisticas-informes/PDF/estadisticas-comercioexterior/INFORME%20COMEX_2012-07.pdf
La cuestión catalana, hoy
111
Por eso parece claro sostener que el futuro de la economía catalana, bajo
cualquiera de los escenarios alternativos que se puedan imaginar, depende de manera
crítica de la performance del Mittelstand catalán. Su potencial es un sólido punto de
partida pero, como ya se ha dicho, subsisten importantes dificultades que están
impidiendo sacar partido de todo ese potencial. Además de los problemas de
financiación, que se comentan más adelante, cabe señalar también algunas influyentes
orientaciones que priorizan el papel de las grandes empresas más “emblemáticas” –las
denominadas en alguna literatura national champions– proponiendo, en España y
Cataluña, centrar las estrategias en ellas y confiar en su capacidad de arrastre del resto
del empresariado. Enfoques alternativos como los que reinterpretan el Mittelstand en
términos de los denominados “campeones ocultos” –hidden champions– son más
prometedores y relevantes para fundamentar con solidez la recuperación, no repetir
errores del pasado, y conformar unas economías y sociedades más solventes, entre otras
cosas porque la experiencia a menudo demuestra, más allá de cualquier duda razonable,
con qué facilidad se da la transición entre la apuesta por (solo o principalmente) un
conjunto de grandes empresas y la “captura” por parte de éstas de procesos de decisión
político-económica, con resultados que a medio plazo son perjudiciales tanto para la
equidad como para la propia eficiencia o competitividad que se dice querer priorizar con
los planteamientos de national champions.
4. Problemas de transición
Los enfoques más pragmáticos, alejados de interesadas posiciones extremas, tienden a
coincidir a que, en la práctica buena parte de las incertidumbres acerca de eventuales
escenarios se refieren sobre todo a los problemas de transición entre la situación actual y
las nuevas realidades. Algunos de esos problemas están recibiendo tratamientos
específicos por parte de autorizados analistas y no se va a entrar en ellos en estas líneas.
Nos limitaremos a mencionar dos de ellos. Por un lado, los problemas para Cataluña de
eventuales “problemas comerciales” con España, la cuestión coloquialmente
denominada como el problema del boicot. Algún precedente no muy lejano referido a
algún emblemático producto catalán está en la memoria cercana. Asimismo, existen
análisis referidos a problemas similares a escala internacional originados por
112
La cuestión catalana, hoy
circunstancias en que la herramienta del boicot comercial se ha planteado como forma
de represalia. En general, los estudios disponibles sugieren que, incluso cuando están
presentes “efectos frontera”, a medio plazo la racionalidad económica y las pautas de
competitividad acaban imponiéndose, al menos entre los agentes económicos cuyas
pautas de comportamiento requieren pautas económicas objetivas.
Por otra parte, las controversias acerca de la continuidad o no –y en ese caso el
procedimiento para la reintegración– de un eventual nuevo Estado catalán a la Unión
Europea y a la zona euro tienen su propia especificidad y quedan fuera del alcance de
estas líneas, ya que se cuenta con más autorizados especialistas. Sin negar, obviamente,
la trascendencia económica y política de los temas (incluidos los problemas de perder el
acceso a los recursos de la Política Agrícola Común y otras fuentes de financiación
como el Programa Marco de Investigación, que tan buenos réditos ha ofrecido a
Cataluña) cabe recordar que la plena condición de miembro no es la única forma de
beneficiarse del mercado interior de la UE: los acuerdos de asociación de países del
espacio económico europeo son ilustrativos y, en todo caso, tal vez no sea ocioso
recordar que ni Suiza ni Noruega, por ejemplo, son integrantes ni de la UE ni de la zona
euro sin que su performance parezca resentirse. Algunos incluso argumentarían justo lo
contrario…
5. Repartir activos… y deudas
La distribución de activos y pasivos es un ingrediente inevitable de cualquier proceso de
separación y algunos aspectos esenciales deben tenerse previstos incluso como “plan de
contingencia” para evaluar la factibilidad, deseabilidad y capacidad negociadora
bastante antes de llegar a plantearse –o evitarse – la cuestión de fondo.
La situación del endeudamiento público en España se sitúa todavía en niveles
medios en las comparaciones internacionales, pero su rápido ritmo de crecimiento, junto
a las dudas acerca de la capacidad para regenerar las fuentes de creación de riqueza y
crecimiento, está castigando sobremanera, como es de sobra conocido, en los últimos
La cuestión catalana, hoy
113
tiempos el coste del acceso a la financiación de volúmenes importantes de deuda del
conjunto del Estado, mientras que las perspectivas de financiación de la deuda
autonómica de Cataluña son, por ahora, incluso peores.
Los análisis recientes de organismos internacionales apuntan a aspectos
preocupantes a corto y medio plazo que aparecerían con toda crudeza en el escenario de
tener que poner sobre la mesa “todas las cartas”, tanto las ya conocidas como otras más
o menos sigilosamente mantenidas de forma discreta que, eventualmente, aflorarían. Y
no se trata sólo de un tema eventualmente “bilateral” entre España y Cataluña sino que
nuestros acreedores exigirían clarificaciones
importantes al respecto
y sus
requerimientos condicionarían de forma importante los acontecimientos.
Los datos resumidos en el Fiscal Monitor 39 del FMI, en su edición de octubre de
2012, indican que el porcentaje de deuda pública sobre el PIB para España, que era del
40,2% en 2008, podría situarse en 2013 en el 96,9%, aunque concreta que ello sería
incluyendo los 9,4 puntos porcentuales del PIB que supondría el pleno acceso a los
100.000 millones previstos en el plan de “rescate bancario” por parte de la eurozona,
aprobado inicialmente en junio de 2012. Incluso sin el cómputo de esa cifra, se trata de
una dinámica más que delicada.
En esa dinámica del endeudamiento cuya distribución se debería clarificar, la
publicación del FMI nos recuerda que hay tres ingredientes básicos: por un lado, la
evolución de los “déficits primarios”, es decir, los desajustes que persisten entre gastos
públicos e ingresos antes de tener en cuenta los pagos de intereses; por otra parte, el
coste adicional derivado de que el tipo de interés a pagar por la deuda vigente supera a
la tasa de crecimiento del PIB –lo que en la jerga es el componente “r-g”-, que presiona
al alza la ratio carga de la deuda respecto al PIB; y el tercer elemento son otras partidas
denominadas los “ajustes stock-flow” que, en el caso de la economía española, tienen en
las diversas aportaciones de recursos públicos para el rescate de entidades financieras.
Especialmente relevante para dimensionar la magnitud de los problemas es el gráfico 8
del Fiscal Monitor citado en que se muestra cómo, según las previsiones del FMI, entre
2011 y 2013, España sería el país en que la acumulación de deuda bruta como
39
Fondo Monetario Internacional, Fiscal Monitor, octubre 2012, disponible en:
http://www.imf.org/external/pubs/ft/fm/2012/02/pdf/fm1202.pdf
114
La cuestión catalana, hoy
porcentaje del PIB crecería más, incluso por delante de Grecia y Portugal. Se trata pues
de un problema grave en todo caso, sujeto al escrutinio de los acreedores, que debería
clarificarse para ver cómo gravita sobre el proceso de eventual reconfiguración del
marco político. Es cierto que en todo caso se trata de un muy serio problema a afrontar,
incluso si continuase inalterado el statu quo, pero la mera consideración de hipótesis de
tener que negociar al respecto exigiría clarificaciones.
Otro aspecto hasta ahora llevado con discreción, pero cada vez con más
dificultades, son los saldos que los bancos centrales nacionales mantienen en el Banco
Central Europeo, como reflejo de las crecientes asimetrías entre las economías de la
eurozona y la necesidad de financiar los desequilibrios resultantes. Hasta ahora el
principal debate se había originado en Alemania, al alcanzar su posición acreedora en el
denominado TARGET2
40
, un volumen que algunos analistas –encabezados de forma
destacada por Hans Werner Sin – consideraron preocupante e insostenible. No
sorprenderá constatar cómo son los bancos centrales de España e Italia los que lideran
los saldos deudores. Los debates al respecto incluyen las referencias a que se trata de
“rescates encubiertos” que ya habrían alcanzado un volumen notable incluso en
ausencia de un “rescate formal”. Y asimismo se ha abierto la cuestión sobre cómo
podrían Alemania y otros países acreedores recuperar sus saldos acreedores ante
diversas eventualidades, incluida la ruptura de la zona euro. En este clima parece
previsible que una eventual negociación acerca de la distribución de activos y pasivos
del Estado español tuviese que incluir, de alguna forma, que los saldos deudores
acumulados por el Banco de España puedan cifrarse en cientos de millones de euros.
Añadir esa cuantía a los datos de endeudamiento más “visibles” conforma un escenario
que, debe insistirse, requiere una clarificación de alcance.
6. Reabrir el grifo del crédito: urgente e importante
Recordar que el papel esencial del sistema financiero es captar adecuadamente el ahorro
y canalizarlo eficientemente hacia la inversión productiva parecería innecesario si no
fuese por la constatación de que en los últimos tiempos ese aspecto elemental se ha
40
El Informe oficial del BCE sobre “Target Annual Report 2011”
(http://www.ecb.int/pub/pdf/other/targetar2011en.pdf ) publicado en mayo de 2012, ofrece las
informaciones básicas. En el recuadro 1 se resumen las posiciones acreedoras y deudoras de los bancos
centrales nacionales participantes. El debate acerca de las implicaciones potenciales de esos importantes
saldos puede seguirse de forma resumida en las contribuciones de H.W. Sinn y de P. de Grauwe-Y. Ji en
www.voxeu.org (de 22 de octubre y 2 de noviembre, respectivamente).
La cuestión catalana, hoy
115
olvidado, con graves consecuencias. Antes de la crisis, el carácter “productivo” de las
operaciones mayoritariamente financiadas por muchas entidades del sistema quedaba
relegado y tras la crisis el desplazamiento del péndulo hacia severas restricciones en el
acceso al crédito hace que a menudo proyectos potencialmente interesantes queden sin
financiación adecuada. No es ninguna novedad en términos históricos: al menos desde
el análisis de Irving Fisher (en 1933) sabemos que el sobreendeudamiento de unos y el
correspondiente exceso en la concesión de créditos por parte de las entidades financieras
son los elementos comunes más nítidos de todos los episodios de crisis financieras.
También entonces Fisher comentó cómo tras los excesos el péndulo oscila con fuerza
hacia la restricción de créditos durante la dura –y a menudo larga– etapa de
“desendeudamiento”, lo que es uno de los factores explicativos de la mayor gravedad
que, en promedio, presentan los episodios recesivos en cuyo origen se encuentra una
importante “avería” del sistema financiero 41. No es objetivo de estas líneas entrar en el
debate de cómo las políticas públicas deberían ponderar más adecuadamente la
reapertura del acceso al crédito, incluso en presencia de importantes problemas de
balance de las entidades financieras, especialmente en los países en que el
endurecimiento del crédito para el tejido empresarial ha sido más duro 42.
Los estudios comparativos resaltan, además, de forma abrumadora, la asimetría
entre los países de la eurozona por lo que hace referencia no sólo al volumen de crédito
sino asimismo a las condiciones de acceso. Tanto los datos ofrecidos por el Fondo
Monetario Internacional en la edición de octubre de 2012 del Global Financial Stability
Report (GFSR) –en que los habituales análisis comparativos entre, por ejemplo, Estados
Unidos y la zona euro tienen que dejar paso a desagregaciones dentro de ésta,
adquiriendo el dueto “Italia y España” presencia específica 43- como por parte del Banco
41
Schularick, Moritz y Taylor, Alan, “ Credit Boom Go Bust: Monetary Policy, Leverage Cycles and
Financial Crisis 1870-2008”, American Economic Review, abril 2012, es una autorizada formulación
reciente del papel de los factores ya señalados de forma pionera por Irving Fisher.
42
Pese a algunas retóricas de “partes interesadas” los estudios de organismos internacionales evidencian
tasas de crecimiento negativas del crédito en España. Asimismo cabe destacar otro aspecto de “retórica”:
cómo las declaraciones de principios contenidas en los preámbulos de los textos legales en que se han
plasmado sucesivas reformas financieras en España referidas a la importancia de volver a reactivar el
crédito al tejido productivo no suele pasar de esas “exposiciones de motivos”.
43
En esa edición del GFSR son más frecuentes que nunca las particiones de la eurozona, bien entre
“núcleo” y periferia, países “acreedores” y países “deudores”, y, en varias ocasiones, se singularizan los
países más grande de la “periferia Sur”. Italia y España, como en las figuras 1.6, 2.2, 2.3 ó 2.4. Asimismo
la figura 1.6 del World Economic Outlook de octubre de 2012 introduce una inusual referencia a “Italia +
España” en su resumen de principales desarrollos en el ámbito financiero.
116
La cuestión catalana, hoy
Central Europeo en diversas publicaciones, entre las más recientes en el momento de
redactar estas líneas el recuadro con el expresivo título “Heterogeneidad en los tipos de
interés aplicados por las IFM a los préstamos a sociedades no financieras en los
distintos países de la zona del euro” 44, en el Boletín Mensual de noviembre de 2012.
Una pregunta esencial a plantear a la hora de valorar cualquier posible escenario
de futuro es la referida a cómo quedaría la configuración del sistema financiero y, en
especial, cómo podría verse afectada la disponibilidad y el coste del acceso al crédito.
Ello es especialmente importante allí donde el tejido empresarial de mediana y pequeña
empresa tiene más fuerza, no solo por su mayor dependencia a menudo de la
financiación externa sino porque hay evidencias, incluido el reciente artículo del boletín
del BCE en el párrafo anterior que, explícitamente, documentan que son este tipo de
empresas las más negativamente afectada por las restricciones crediticias. El hecho de
que tengan sede en Cataluña, tanto una de las tres entidades más importantes del sistema
financiero español, como otra de las que están escalando posiciones entre las que vienen
a continuación, ambas con notable presencia e intereses en múltiples lugares del
conjunto de España, obliga a plantear dos cuestiones: por un lado, la eventual incidencia
de nuevos escenarios sobre los balances de las entidades financieras con sede catalana
(pasivos, activos, acceso a fuentes de financiación típica de banca central y, en su caso,
mercados internacionales); y por otro lado, clarificar el posicionamiento jurídico y las
perspectivas de negocio bancario de las principales entidades financieras con sede en
otros lugares de España (y del extranjero).
7. La calidad de las instituciones: ¿hacia dónde vamos?
El papel de las instituciones –y de la calidad institucional– hace tiempo que ha ganado
reconocimiento como uno de los factores explicativos del crecimiento económico. El
44
Recuadro 2 del capítulo “Evolución económica y monetaria” del Boletín Mensual del BCE, noviembre
de 212, disponible (versión en castellano) en:
http://www.bde.es/f/webbde/SES/Secciones/Publicaciones/PublicacionesBCE/BoletinMensualBCE/12/Fi
ch/bm1211-2.pdf
La cuestión catalana, hoy
117
premio Nobel de Economía, Douglass North, explicó ya hace décadas cómo las
instituciones tienen importantes impactos económicos al menos en dos cruciales
aspectos: la provisión de los incentivos –más o menos adecuados– a los diferentes
actores de la vida económica y sociopolítica, y además afrontar la resolución de los
conflictos distributivos que se dan de forma prácticamente inevitable en la vida y que
adquieren en épocas de dificultades, incertidumbres y transformaciones una dimensión
especialmente relevante. Contar con instituciones que propicien mecanismos y
soluciones percibidos como razonablemente equitativos es importante, sobre todo,
cuando se hacen llamamientos a participar en proyectos compartidos, a “remar todos en
la misma dirección” extrayendo las implicaciones de que “estamos todos en el mismo
barco”.
De manera especial, Acemoglu y Robinson
45
han venido desarrollando desde
hace años (con otros colaboradores que incluyen al antiguo economista jefe del FMI,
Simon Johnson) unos comprensivos y documentados análisis acerca del papel de las
instituciones en los procesos de crecimiento económico. En su libro “¿Por qué fracasan
las naciones?” concretan cómo diferentes tipos de instituciones contribuyen de forma
decisiva a la prosperidad o al fracaso de los países. Y destacan un factor que puede
ralentizar el progreso: el predominio de unas “élites extractivas” que ponen sus intereses
personales, de lobby o grupo, por delante de los intereses generales del conjunto de la
sociedad, y consiguen “extraer” una porción desproporcionada de la riqueza generada,
incluso a expensas de la eficiencia y equidad del funcionamiento del conjunto del
sistema económico y social. Aunque podría parecer que esas “élites extractivas” tienen
sus arquetipos en economías de bajo nivel de desarrollo (de hecho, contribuyen a ese
rezago) asimismo se pueden detectar manifestaciones de esas pautas en economías con
mayor nivel de PIB per capita, especialmente a la hora de explicar comportamientos
diferenciales. César Molinas
46
ha formulado una propuesta de aplicación del enfoque
de Acemoglu-Robinson para tratar de contribuir a explicar la forma en que se gestó y se
45
Daron Acemoglu y James Robinson, Why Nations Fails–The origens of power, prosperity and poverty,
Crown Publishing Group, Random House, 2012. http://whynationsfail.com/
46
César Molinas, “Una teoría de la clase política española”, El País, versión digital, 10 de septiembre de
2012, accesible en: http://politica.elpais.com/politica/2012/09/08/actualidad/1347129185_745267.html
118
La cuestión catalana, hoy
está afrontando la crisis en España que, pese a la polémica abierta, contiene interesantes
y en algunos puntos sustanciales elementos de validez.
De hecho uno de los argumentos que se esgrimen desde algunas posiciones en
Cataluña es la necesidad de contar con un marco político que permita “desconectar” de
las importantes deficiencias que genera el capitalismo-con-élites-extractivas (políticas,
económicas y financieras) de España. Y ciertamente es importante, para una salida con
solidez de la crisis, modificar sustancialmente aspectos de esas pautas de
comportamiento que, cabe constatar con preocupación, están por ahora superando la
crisis con inmunidad e impunidad, incluso a menudo dando lecciones al conjunto de la
sociedad de cómo afrontar los estropicios que ellos mismos generaron. Pero, desde la
perspectiva catalana, aflora otro importante elemento de preocupación: los importantes
síntomas de que esos argumentos para legitimar la “desconexión” realmente están
siendo la coartada para simplemente el relevo de una élite extractiva por otra que, eso sí,
adopta, o trata de adoptar, formulaciones más “modernas” que resistirían poco el
análisis de sus motivaciones e implicaciones si no tratasen de beneficiarse del clima
emocional generado (entre otras importantes causas, por los errores y excesos de las
élites a escala estatal) y que esas impacientes nuevas élites están tratando de “capturar”.
Es absolutamente legítimo, en mi opinión, plantear todas las opciones de
modificaciones en la articulación jurídico-política de Cataluña y su relación con España,
pero ello debe hacerse con la mayor transparencia y pluralidad, bajo los parámetros
europeos de los países integradores –no patrimonializados por determinados grupos– y
democráticos, que potencien, en vez de propiciar retrocesos, lo que probablemente es el
rasgo más esencial del amenazado modelo europeo: la complementariedad entre
efectiva democracia política, sólido progreso económico y avanzadas políticas de
bienestar social.