Document related concepts
no text concepts found
Transcript
RESOLUCIÓN Nº 302/ME-2012 Emisión: 29/3/2012 BO (Tucumán): 3/4/2012 VISTO la modificación introducida por Ley N° 8490 a la Ley N° 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que el tercer párrafo del artículo 50 del Código Tributario Provincial faculta al Ministro de Economía a establecer la tasa de interés resarcitorio previsto por el citado artículo, es que corresponde establecer la misma mediante el dictado del instrumento legal correspondiente; Que a tales efectos y teniendo presente los parámetros fijados por el citado artículo 50, es que corresponde establecer la misma en el TRES POR CIENTO (3%) mensual, equivalente a la fijada oportunamente por Resolución N° 1570/ME-2010; Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMÍA RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer la tasa de interés a que se refiere el artículo 50 del Código Tributario Provincial en el TRES POR CIENTO (3%) mensual.Artículo 2º.- Para la cancelación de cada una de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, se deberán aplicar las tasas de interés resarcitorio vigentes durante cada uno de los períodos alcanzados por la misma.Artículo 3º.- Las disposiciones de la presente Resolución entrarán en vigencia a partir del 1º de Abril de 2012, inclusive.Artículo 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y pasar a sus efectos a la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS.FIRMANTE: Jorge Gustavo Jiménez “2012 – Bicentenario de la Batalla de Tucumán”