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ACTA DE REUNIÓN SOBRE ASUNTOS JURISDICCIONALES DE LA SALA
REGIONAL ESPECIALIZADA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
En la Ciudad de México, Distrito Federal, a las diecinueve horas con treinta
minutos del ocho de mayo de dos mil quince, con la finalidad de celebrar
reunión de resolución de diversos asuntos jurisdiccionales, previa
convocatoria, se reunieron el Magistrado Clicerio Coello Garcés, en su
carácter de Presidente, así como la Magistrada Gabriela Villafuerte Coello y el
Magistrado Felipe de la Mata Pizaña, integrantes de la Sala Regional
Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante
el licenciado Francisco Alejandro Croker Pérez, Secretario General de
Acuerdos.
Existiendo quórum, el Magistrado Presidente dio inicio a la reunión, y sometió
a consideración del Pleno los proyectos de Acuerdo de Sala, en los términos
que se precisan a continuación:
1.
Cuaderno
Antecedentes:
SRE-CA-198/2015
de
ÚNICO. Remítase el expediente a la
Unidad Técnica de lo Contencioso
Electoral de la Secretaría Ejecutiva del
Instituto Nacional Electoral, para los
efectos precisados en el presente
acuerdo.
de
ÚNICO. Remítase el expediente a la
Unidad Técnica de lo Contencioso
Electoral de la Secretaría Ejecutiva del
Instituto Nacional Electoral, para los
efectos precisados en el presente
acuerdo.
Especial
órgano
PRIMERO.
Esta
Sala
Regional
Especializada es incompetente para
conocer la denuncia presentada en
contra del Partido Verde Ecologista de
México, en los términos del presente
acuerdo.
Magistrado Ponente:
Clicerio Coello Garcés
2.
Cuaderno
Antecedentes:
SRE-CA-200/2015
Magistrado Ponente:
Clicerio Coello Garcés
3. Procedimiento
Sancionador
de
distrital:
SRE-PSD-139/2015
Magistrado Ponente:
Clicerio Coello Garcés
SEGUNDO. Remítase la denuncia y
sus anexos al Instituto de Elecciones y
de
Participación
Ciudadana
de
Chiapas, en los términos precisados
en la parte final de este acuerdo,
previa copia certificada que obre en el
archivo de este órgano jurisdiccional.
A continuación el Magistrado Felipe de la Mata Pizaña presentó al Pleno los
siguientes asuntos:
4.
Cuaderno
Antecedentes:
SRE-CA-199/2015
Magistrado Ponente:
Felipe de la Mata Pizaña
ACTA.RI.29.15
GAHH/JEC
de
ÚNICO. Remítase el expediente y sus
anexos a la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría
Ejecutiva
del
Instituto
Nacional
Electoral, para los efectos precisados
en el presente acuerdo.
5.
Cuaderno
Antecedentes:
SRE-CA-201/2015
de
ÚNICO. Remítase el expediente y sus
anexos a la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría
Ejecutiva
del
Instituto
Nacional
Electoral, para los efectos precisados
en el presente acuerdo.
de
ÚNICO. Remítase el expediente y sus
anexos a la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría
Ejecutiva
del
Instituto
Nacional
Electoral, para los efectos precisados
en el presente acuerdo.
7. Procedimiento Especial
Sancionador
de
órgano
central del Instituto Nacional
Electoral:
SRE-PSC-46/2015
ÚNICO. Remítanse las constancias de
mérito relacionadas con la queja
presentada por el representante
propietario del Partido Acción
Nacional ante el 05 Consejo Distrital
del Instituto Nacional Electoral en el
Estado de Sonora a la Unidad
Técnica de lo Contencioso Electoral
del Instituto Nacional Electoral,
previa copia certificada que obre en el
archivo de este órgano jurisdiccional,
para los efectos precisados en la parte
final considerativa de este acuerdo.
Magistrado Ponente:
Felipe de la Mata Pizaña
6.
Cuaderno
Antecedentes:
SRE-CA-204/2015
Magistrado Ponente:
Felipe de la Mata Pizaña
Magistrado Ponente:
Felipe de la Mata Pizaña
8. Procedimiento
Sancionador
de
distrital:
SRE-PSD-140/2015
Especial
órgano
Magistrado Ponente:
Felipe de la Mata Pizaña
9. Procedimiento
Sancionador
de
distrital:
SRE-PSD-146/2015
Especial
órgano
Magistrado Ponente:
Felipe de la Mata Pizaña
PRIMERO.
Esta
Sala
Regional
Especializada es incompetente para
conocer del procedimiento contra el
Partido Revolucionario Institucional y el
Partido Verde Ecologista de México.
SEGUNDO. Remítase al Instituto de
Elecciones y de Participación
Ciudadana del Estado de Chiapas el
procedimiento especial sancionador,
para efecto de que, en plenitud de
facultades, determine lo que en
Derecho corresponda.
PRIMERO.
Esta
Sala
Regional
Especializada es incompetente para
conocer de la denuncia presentada en
contra del Partido Acción Nacional y el
municipio de Tierra Blanca, Veracruz.
SEGUNDO. Remítase al Instituto
Electoral Veracruzano, la denuncia y
sus anexos en los términos precisados
en la parte final del último
considerando.
ACTA.RI.29.15
GAHH/JEC
2
Posteriormente la Magistrada Gabriela Villafuerte Coello propuso los
siguientes acuerdos:
10.
Cuaderno
Antecedentes:
SRE-CA-202/2015
de
ÚNICO. Remítase el expediente y sus
anexos a la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría
Ejecutiva
del
Instituto
Nacional
Electoral, para los efectos precisados
en el presente acuerdo.
de
PRIMERO. Remítase el expediente y
sus anexos a la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría
Ejecutiva
del
Instituto
Nacional
Electoral, para los efectos precisados
en el considerando segundo de este
acuerdo.
Magistrada Ponente:
Gabriela Villafuerte Coello
11.
Cuaderno
Antecedentes:
SRE-CA-203/2015
Magistrada Ponente:
Gabriela Villafuerte Coello
SEGUNDO. Se envía copia certificada
de la denuncia a la Unidad Técnica de
lo Contencioso Electoral de la
Secretaría Ejecutiva del Instituto
Nacional Electoral para los efectos
precisados en el considerando tercero
de este acuerdo.
12. Procedimiento Especial
Sancionador
de
órgano
central del Instituto Nacional
Electoral:
SRE-PSC-84/2015
Magistrada Ponente:
Gabriela Villafuerte Coello
13. Procedimiento Especial
Sancionador
de
órgano
central del Instituto Nacional
Electoral:
SRE-PSC-91/2015
PRIMERO. Esta Sala Especializada es
incompetente
para
conocer
la
denuncia presentada por el Partido
Político Morena.
SEGUNDO. Remítase al Instituto
Electoral del Distrito Federal, la
denuncia y sus anexos en los términos
precisados en esta resolución.
ÚNICO. Remítase el expediente y sus
anexos a Instituto Electoral y de
Participación Ciudadana de Jalisco,
para los efectos precisados en el
presente acuerdo.
Magistrada Ponente:
Gabriela Villafuerte Coello
14. Procedimiento Especial
Sancionador
de
órgano
distrital:
SRE-PSD-155/2015
Magistrada Ponente:
Gabriela Villafuerte Coello
PRIMERO.
Esta
Sala
Regional
Especializada es incompetente para
conocer la denuncia presentada en
contra del Partido Verde Ecologista de
México, en términos del presente
acuerdo.
SEGUNDO. Remítase la denuncia y
sus anexos al instituto de elecciones y
participación ciudadana de Chiapas en
los términos precisados en la parte
final de este acuerdo, previa copia
certificada que obre en los archivos de
este órgano jurisdiccional.
ACTA.RI.29.15
GAHH/JEC
3
15. Procedimiento Especial
Sancionador
de
órgano
distrital:
SRE-PSD-159/2015
Magistrada Ponente:
Gabriela Villafuerte Coello
ÚNICO. Remítase el expediente y sus
anexos a la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría
Ejecutiva
del
Instituto
Nacional
Electoral, para los efectos precisados
en el presente acuerdo.
Los proyectos de acuerdos fueron aprobados por unanimidad de votos.
La reunión concluyó a las veintiún horas del día de la fecha.
MAGISTRADO PRESIDENTE
CLICERIO COELLO GARCÉS
MAGISTRADO
MAGISTRADA
FELIPE DE LA MATA PIZAÑA
GABRIELA VILLAFUERTE COELLO
SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS
FRANCISCO ALEJANDRO CROKER PÉREZ
ACTA.RI.29.15
GAHH/JEC
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