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Jurisprudencia, RRDGRN
y bases gráficas registrales
Dra. Calzadilla Medina
[email protected]
Facultad de Derecho - ULL
15 de diciembre de 2009
Nuevas tecnologías
Mejora de la calidad
del servicio
Modernización del
Registro de la Propiedad
Geoportal
  Es
un punto de acceso vía Internet a
información geográfica.
  «Geoportal
Inspire»: un sitio internet o
equivalente que preste servicios de
proveedor de acceso a los servicios
mencionados en el artículo 11, apartado 1
de la Directiva.
La base gráfica registral
  Es
la traducción gráfica de la inscripción
registral, o sea es la planimetría
registralmente inscrita en el folio.
 
Sin inscripción no puede haber base gráfica.
  Constituyen
una herramienta
importante para el Registrador.
eficaz
e
 
Proyecto Geobase
Programa informático para la Implantación de
Bases Gráficas Registrales en España
 
Proyecto Igriam
Información gráfica registral iberoamericana
http://www.igriam.org/
Procedimiento
El título presentado a inscribir es revisado por el Registrador para
determinar si, en base a los datos identificativos aportados, es aceptable o
no el estudio de la representación gráfica de la finca registral.
 
Si no es aceptable, se prescinde de llevar a cabo ninguna operación gráfica.
 
Si es aceptable, el técnico configura (traza digitalmente un perímetro gráfico
sobre la ortofotografia o cartografía del terreno) la base gráfica de la finca
registral en base al material identificativo aportado en el título presentado a
inscribir.
 
Terminada la configuración, el técnico somete su trabajo a la consideración
del Registrador para que este “valide” la base gráfica registral o decida no
hacerlo.
 
La validación es aquella operación jurídica de carácter registral en virtud de la cual
el Registrador manifiesta que la base gráfica creada es coincidente en su identidad
con la descripción alfanumérica o literaria que de la misma se hace en los libros
registrales.
 
Las bases gráficas validadas quedan en el archivo de bases gráficas de cada
Registro y se expiden con el resto de publicidad a los ciudadanos.
 
Las bases gráficas no validadas quedan con carácter provisional, sin producir de
manera directa efecto jurídico alguno.
Algunas ventajas de las bases
gráficas registrales
 
Evita la doble inmatriculación
 
Facilita la apreciación registral de los “excesos de
cabida”
 
Permite acumular una visión histórica de las
fincas
 
Ayuda a la identificación de las fincas (sobre todo
de las viales y de las discontínuas) pues permiten
saber dónde se encuentran las mismas y cuáles
son sus linderos exactos
 
Etc.
Pero…
… en la práctica,
se plantean dos problemas diferentes
i.- LA APLICACIÓN
DE LAS BASES GRÁFICAS
  ¿Aplicarán
en un supuesto de hecho
concreto nuestros tribunales y/o la DGRN
lo que las bases gráficas registrales
reflejan?
¿Puede
un
geoportal
jurisprudencia?
  ¿Se
aplicarse
en
ha aplicado ya en alguna ocasión?
la
ii.- De aplicarse ¿qué efectos tendrán?
¿Tienen o pueden llegar a tener efectos
jurídicos propios?
La aplicación…
… prácticamente
momento
no
existe
hasta
el
Estudio desde la óptica de INSPIRE
  temas
relacionados con la información
territorial,
  el catastro y su tradicional necesidad de
coordinación con el Registros de la
Propiedad (lo cuál cobra aún mayor
importancia en el tema de la delimitación
de la finca),
  la inmatriculación de las fincas,
  los límites de la publicidad de los datos de
puro hecho,
  etc.
LA DGRN
RDGRN, 13-10-2009,
“(…) puede ser que la descripción que
ahora
se
pretende
registrar
sea
totalmente coincidente con el Catastro,
pero no sólo no se acredita que sea la
misma finca inscrita, sino que todas las
deducciones lógicas llevan a la conclusión
que la finca catastral nada tiene que ver
con la finca registral”.
RDGRN, 17-2-2009
 
Se dirige recurso gubernativo contra la
negativa del Registrador de la Propiedad a la
constancia registral de la superficie de una
finca urbana al existir contradicciones con lo
que señala la certificación catastral de la finca.
 
no es posible que la superficie construida, de 297
metros se sitúe en solo dos plantas, siendo la
superficie del solar de 66 metros cuadrados.
LA JURISPRUDENCIA
  TSJ
Madrid de 6 de febrero de 2008
Se menciona el programa GEOBASE pero no se
utiliza ni analiza.
  AP
Sta Cruz de Tenerife, Sección 3ª, S
575 de 15 de Diciembre de 2008
Permuta de finca como cuerpo cierto (se define
por los linderos y no por la cabida).
Se utiliza la base gráfica como una prueba
documental más.
EFECTOS
 
Existen opiniones contradictorias.
 
Dependiendo de cómo haya sido validada la base gráfica
ésta tendrá un valor diferente:
 
Como mero dictamen profesional u opinión del Registrador: en
los casos en los que el titular registral no está de acuerdo.
 
Con efectos identificativos similares a los de la inscripción
registral: cuando está de acuerdo el titular registral.
 
Con efectos descriptivos: cuando estén de acuerdo el titular
registral y los colindantes y se utilice soporte cartográfico
oficial.
Conclusiones
1.- El sistema de bases gráficas registrales
se erige en un pilar básico en el sistema
registral en España, con una proyección
exterior y hacia el futuro enorme.
2.- Con carácter general, los geoportales,
las bases gráficas van a poder ser
utilizados como medios de prueba en los
Tribunales y, probablemente, dada su
digitilización
y
dinamismo,
irán
consolidándose
en
nuestro
sistema
jurídico.
3.- Hasta el día de hoy, dada su reciente
creación, ni la DGRN ni la Jurisprudencia
(salvo las excepciones mencionadas) han
tenido ocasión de pronunciarse sobre
cómo deben ser aplicados y sobre cuál es
exactamente su valor probatorio.
MUCHAS GRACIAS