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FOL DERECHO LABORAL 1/1 Cálculo del salario/día a los efectos indemnizatorios Conviene conocer la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 30 de junio de 2008 que unifica doctrina respecto a la forma de cálculo del salario/día a los efectos indemnizatorios en extinciones de contrato, y resuelve el recurso 2639/2007. Hasta esta sentencia la práctica utilizaba indistintamente el cálculo del salario mensual entre 30 días o el cálculo del salario anual entre 360 o 365 días. El Tribunal Supremo establece que “los parámetros que establece el artículo 56.1 ET para cuantificar la indemnización que corresponde son el salario diario y el tiempo de prestación de servicios… y el primero de aquellos no puede sino consistir en el cociente que resulte de dividir…esta retribución global por los 365 días que al año corresponden (366 para el caso de año bisiesto)”. Por lo tanto el cálculo tiene que respetar el cociente de 365 días pues el Tribunal Supremo aclara que el año tiene 365 días y no 360 como habitualmente se usaba. Se puede consultar el texto íntegro de la sentencia en el pdf adjunto o en el siguiente enlace http://www.poderjudicial.es/search/index.jsp http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&r eference=20701&links=%222639/2007%22%20%22%22LUIS%20FERNANDO%20D E%20CASTRO%20FERNANDEZ%22%22&optimize=20080925