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FOL
DERECHO LABORAL
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Cálculo del salario/día a los efectos indemnizatorios
Conviene conocer la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, de 30 de junio de 2008 que unifica
doctrina respecto a la forma de cálculo del salario/día a los efectos
indemnizatorios en extinciones de contrato, y resuelve el recurso
2639/2007.
Hasta esta sentencia la práctica utilizaba indistintamente el cálculo
del salario mensual entre 30 días o el cálculo del salario anual entre
360 o 365 días.
El Tribunal Supremo establece que “los parámetros que establece el
artículo 56.1 ET para cuantificar la indemnización que corresponde
son el salario diario y el tiempo de prestación de servicios… y el
primero de aquellos no puede sino consistir en el cociente que resulte
de dividir…esta retribución global por los 365 días que al año
corresponden (366 para el caso de año bisiesto)”. Por lo tanto el
cálculo tiene que respetar el cociente de 365 días pues el Tribunal
Supremo aclara que el año tiene 365 días y no 360 como
habitualmente se usaba.
Se puede consultar el texto íntegro de la sentencia en el pdf adjunto
o en el siguiente enlace
http://www.poderjudicial.es/search/index.jsp
http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&r
eference=20701&links=%222639/2007%22%20%22%22LUIS%20FERNANDO%20D
E%20CASTRO%20FERNANDEZ%22%22&optimize=20080925