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EN LA CIUDAD DE YAHUALICA DE GONZÁLEZ GALLO, JALISCO; CELEBRAN EL PRESENTE CONVENIO POR UNA PARTE EL EX TRABAJADOR C. CARLOS GUTIERREZ DE LOZA, Y POR LA OTRA PARTE EL C. LEONARDO MERCADO ORTIZ, EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE YAHUALICA DE GONZÁIEZ GAttO, JALISCO, Y EL CUAL MANIFIESTAN QUE TIENEN CAPACIDAD LEGAL Y JURÍDICA PARA CELEBRAR EL PRESENTE CONVENIO Y EL CUAL SE AJUSTAN A LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN EL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 1260, 1264, 12ó6, 12ó7, 1269, 1271 Y DEMÁS Y APLICABLES A LA LEY SUSTANTIVA CIVIL DEL ESTADO DE .JALISCO. EXPUESTO LO ANTERIOR, LAS PARIES SE SUJETAN A LO ESTABLECIDO, Y A LOS ARTÍCULOS 4 Y 5 DE LA LEY DE SERVIDORES PÚBLICOS Y SUS MUNICIPIOS, RELATIVOS SUJETÁNDOSE EN LAS SIGUIENTES. CLAUSUTAS: PRIMERA.- Ambos portes se reconocen mutuomente concurren o Io celebroción del presente convenio. lo copocidod con lo que que poro los efectos del presente convenio, respecto o su prestociones de ley fueron cubiertos codo uno de los preslociones que le puedon corresponden por el tiempo que loboro poro esto lnsiitución, solo se quedó pendienle el pogo referente o su oguinoldo del 01 de enero ol 30 de septiembre de oño del 2015. SEGUNDA.- Monifiesto el ex trobojodor C. CARLOS GUTTERREZ DE LOZA, Lo Entidod Público se obligo o cubrir ol ex trobojodor del H. Ayuntomienlo Constitucionol de Yohuolico de Gonzólez Gollo, Jolisco., lo porle TERCERA.- proporcionol de oguinoldo el ex lrobojodor C. CARLOS GUTTERREZ DE LOZA,lo conlidod de $19,922.18 (DIECINUEVE MIL NOVECIENÍOSVETNTTDOS PESOS l8/100 monedo nocionol) mismo que seró liquidodo en lo Hociendo Municipol. CUARTA.- Decloro el ex troboiodor C. CARLOS GUTIERREZ DE LOZA, que no t¡enen ninguno prestoción que reclomor en lo futuro por lo reloción loborol que existió entre los portes dóndose por liquidodo o finiquitodo de todos sus derechos o conformidod y que duronle el tiempo que prestó sus servicios no sufrió ningún occidente ni enfermedod de tipo loborol, que no se le odeudo ninguno contidod y por ello otorgo o fovor del polrón "H. Ayunlomiento", el mós omplio y totol finiquito loborol como en derecho correspondo. Así mismo decloro el H. Ayuntomienio que no tiene reclomoción olguno que hocer ol ex trobojodor duronte el iiempo que loboro poro esto lnstitución. de lo interpretoción, ejecución y cumplimienlo de los disposiciones contenidos en el presente controlo, los portes se someten o lo QUINTA.- Poro los efectos jurisdicción del Tribunol del fuero común de esto jurisdicción osí como o cuolquier otro Tribunol que corespondo, renunciondo ol fuero que por rozón de su domicilio presente o futuro pudiero correspo En lo ciudodl'é Yohuoli lisco: o 18 de T erp , G C. CARL TR ONARDO MERCADO ÓRIIZ IERREZ DE LOZ AJADOR ii, lt teor¿r,r-É REPRESENTANTE LEGAL