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REPUBUCA DOMNlCANA
TR8uNAL CONSTITUCIONAL
PRESIDENCIA
PTC-AI-065-20 15
03 dejunio de 2015
Licenciada
Cristina Lizardo Mézquita
Presidenta
Senado de la Repüblica
Su Despacho
Distinguida y honorable señora Presidenta:
Cortésmente y en atenciOn a lo establecido en el articulo 39
de Ia Ley Orgánica
del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucion
ales, Ley No.
137-11, del 13 dejunio de 2011, modificadaporlaLey 145-11
, tenemos abien
remitirle el expediente anexo relativo a la acción directa en incons
titucionalidad
incoada por el Partido Fuerza Nacional Progresista (FNP),
el Dr. Marino V.
Castillo Rodriguez, y el Diputado Vinicio Aristeo Castillo Semán
contra la Ley
24-15, de fecha dos (02) de junio de dos mu quince (2015)
, por vulnerar los
articulos 2, 124, 127, 77.4, 208, 270, y 272 de la Constitución
de Ia Repüblica.
En dicha acciOn se solicita la adopción de medida caute
lar y provisional
consistente en la inmediata suspension temporal de los efectos
de la Ley No.
24-15 de Convocatoria de la Asamblea Nacional Revisora.
SolicItole su opiniOn sobre la solicitud de medida cautelar
y provisional, la cual
deberã ser remitida a este Tribunal Constitucional, en
un plazo de ocho (08)
horas, a partir de la recepciOn de esta comunicaciOn.
Atentameni
-
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Anexo: lo indicado.
Avenida 27 de Febrero esquina Avenida Luperón. Plaza de Ia
Bandera y del Soldado Deseonocido,
Santo Domingo, Repübliea Dominicana, www.tiibunalconstitucional.gob.do
Teléfonos 809-274-4445 y 809-274-4446
REPUBLICA DOMINICANA
TRIBUNAL CoNsTrrucIoNAL
PRESIDENCIA
PTC-AI-066-20 15
03 dejunio de 2015
Licenciado
Abel Atahualpa MartInez Durán
Presidente
Cãmara de Diputados de la Republica
Su Despacho
Distinguido y honorable señor Presidente:
Cortésmente y en atenciOn a lo establecido en el articulo 39 de la Ley Orgánica
del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, Ley No.
137-11, del 13 dejunio de 2011, modificada por la Ley 145-11, tenemos a bien
remitirle el expediente anexo relativo a la acciOn directa en inconstitucionalidad
incoada por el Partido Fuerza Nacional Progresista (FNP), el Dr. Marino V.
Castillo Rodriguez, y el Diputado Vinicio Aristeo Castillo Semán contra la Ley
24-15, de fecha dos (02) de junio de dos mu quince (2015), por vulnerar los
artIculos 2, 124, 127, 77.4, 208, 270, y 272 de la ConstituciOn de la Repüblica.
En dicha acción se solicita la adopciOn de medida cautelar y provisional
consistente en la inmediata suspensiOn temporal de los efectos de la Ley No.
24-15 de Convocatoria de la Asamblea Nacional Revisora.
Solicitole su opiniOn sobre la solicitud de medida cautelar y provisional, la cual
deberã ser remitida a este Tribunal Constitucional, en un plazo de ocho (08)
horas, a partir de la recepción de esta comunicaciOn.
Atentamente,
Anexo: lo indicado.
Avenida 27 de Febrero esquina Avenida Luperón, Plaza de Ia Bandera y del Soldado Desconocido,
Santo Domingo, RepOblica Dominicana, wwwtribunalconstitucionalgob.do
Teléfonos 809-2744445 y 809-274-4446
REPUBLICA DOMINICANA
TRIBuNAL CoNsmucIoNAL
PRESIDENCIA
PTC-AI-067-20 15
03 dejunio de 2015
‘457/
Licenciado
Francisco DomInguez Brito
Procurador General
Procuraduria General de la Repüblica
Su Despacho
Distinguido y honorable señor Procurador:
Cortésmente y en atenciOn a lo establecido en el articulo 39 de la Ley Orgánica
del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, Ley No.
137-11, del 13 dejunio de 2011, modificada por la Ley 145-11, tenemos a bien
remitirle el expediente anexo relativo a la acción directa en inconstitucionalidad
incoada por el Partido Fuerza Nacional Progresista (FNP), el Dr. Marino V.
Castillo RodrIguez, y el Diputado Vinicio Aristeo Castillo Semán contra la Ley
24-15, de fecha dos (02) de junio de dos mu quince (2015), por vulnerar los
articulos 2, 124, 127, 77.4, 208, 270, y 272 de la Constitución de la Repüblica.
En dicha acciOn se solicita la adopción de medida cautelar y provisional
consistente en la inmediata suspensiOn temporal de los efectos de Ia Ley No.
24-15 de Convocatoria de la Asamblea Nacional Revisora.
Solicitole su opiniOn sobre la solicitud de medida cautelar y provisional, la cual
deberã ser remitida a este Tribunal Constitucional, en un plazo de ocho (08)
horas, a partir de la recepciOn de esta comunicaciOn.
Anexo: lo indicado.
-
Avenida 27 de Febrero esquina Avenida Luperón, Plaza de Ia Bandera y del Soldado Desconocido,
Santo Domingo, RepOblica Dominicana. www.tribunalconstitucional. ob do
Teléfonos 809-274-4445 y 809-274-4446