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PROCEDIMIENTO PARA CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE PAGOS
Mora:
1. El cliente quedará automáticamente constituido en mora desde el día siguiente de la
fecha en que debió haberse efectuado el pago del documento descontado, o desde
que debió efectuarse la recompra del mismo, de ser el caso, de conformidad con lo
dispuesto en la Cláusula Décimo Segunda del Contrato Marco de Operaciones de
Descuento, no siendo necesaria intimación alguna al cliente para que éste quede
constituido en mora.
El cliente tiene la obligación de comunicar al área de cobranzas del pago efectuado a
través de envío por fax al 7102321, correo electrónico remitido a la Sra. Rosalía Bello
y/o entrega física de la copia del voucher de pago.
2. Se conviene en fijar los intereses moratorios y compensatorios aplicables a la tasa
que según el tarifario de Factoring Total esté vigente en la fecha de ocurrencia de la
mora, el tarifario estará a disposición en las oficinas de la empresa y publicado en su
página Web. Factoring Total efectuará una capitalización diaria de los intereses
moratorios hasta el día en que se efectúe el pago. La tasa moratoria podrá ser variada
por Factoring Total debiendo ser comunicada a el cliente con una anticipación de 15
días calendario a la fecha en que dicha variación surtirá efecto. A los efectos indicados
en el presente párrafo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley No
27287, las letras aceptadas por el cliente tendrán anotadas la cláusula de interés
moratorio correspondiente.
3. Todo pago del cliente se imputará, en primer término, a los gastos de protesto,
cobranza y penalidades, en segundo lugar, a los intereses moratorios
correspondientes y por último a la amortización del pago del documento descontado
y/o del precio de recompra del mismo, de ser el caso.
Resolución
1. El incumplimiento de cualquier obligación derivada del Contrato Marco de
Operaciones de Descuento, facultará a Factoring Total a resolver el contrato, sin
necesidad de declaración judicial previa y sin perjuicio del cobro de la indemnización
por los daños y perjuicios que se originen y que serán de cargo exclusivo del cliente.
2. Para tales efectos, bastará que Factoring Total envíe una comunicación al cliente
resolviendo el contrato, por telegrama, telex, fax, correo electrónico o cualquier otro
medio, señalándose haberse producido la resolución del contrato, la cual operará
automáticamente a las 48 horas desde la fecha de recepción de la referida
comunicación, según lo dispuesto en el Contrato Marco de Operaciones de Descuento
según se detalla a continuación:
15.2) En cualquier momento y a su solo criterio, FACTORING TOTAL podrá resolver
el presente Contrato y las transferencias de los Documentos realizadas al
amparo del mismo, para lo cual deberá enviar una comunicación escrita a EL
CLIENTE, con una anticipación de quince (15) días calendario, procediendo
FACTORING TOTAL a efectuar la liquidación de los importes pendientes de
Abril 2013
pago o de devolución, según sea el caso. Asimismo, el presente Contrato y las
transferencias de los Documentos realizadas al amparo del mismo quedarán
resueltos automáticamente en caso de incumplimiento, o de cumplimiento
parcial, tardío o defectuoso de parte de EL CLIENTE en las obligaciones a su
cargo establecidas en el presente Contrato. En este caso FACTORING TOTAL
podrá dar por vencidos todos los plazos y exigir a EL CLIENTE el reembolso
inmediato de todo y cualquier importe adeudado por EL CLIENTE y los
Deudores de los Documentos, incluyendo principal, intereses compensatorios y
moratorios, comisiones y gastos aplicables, según liquidación que practique
FACTORING TOTAL a la fecha de incumplimiento de EL CLIENTE, la cual
tendrá mérito ejecutivo, de conformidad con la Ley No. 26702. Para efectos de
la resolución por incumplimiento del presente contrato, FACTORING TOTAL
remitirá una comunicación a EL CLIENTE notificando el incumplimiento
producido y otorgando un plazo de 02 días calendario para la efectiva resolución
del contrato.
3. Del mismo modo en caso de resolución del Contrato Marco de Operaciones de
Descuento, se aplica la Aceleración, mediante la cual Factoring Total podrá dar por
vencidos todos los plazos concedidos al cliente y cobrar el íntegro de los montos
adeudados, incluido el valor de recompra, intereses, gastos y otros conceptos
debiendo en tal caso Factoring Total otorgar por escrito al cliente un plazo máximo
para que cumpla con los pagos respectivos, adjuntando la liquidación correspondiente.
Vencida la fecha de pago antes indicada si el Cliente no ha procedido al pago,
Factoring Total procederá además al cobro de los intereses moratorios
correspondientes, los mismos que deberán ser igualmente cancelados por el cliente
según liquidación que practique Factoring Total a la fecha efectiva de pago, quedando
el cliente constituido en mora sin necesidad de intimación previa alguna.
Abril 2013