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PROCEDIMIENTO PARA CASOS DE INCUMPLIMIENTO DE PAGOS Mora: 1. El cliente quedará automáticamente constituido en mora desde el día siguiente de la fecha en que debió haberse efectuado el pago del documento descontado, o desde que debió efectuarse la recompra del mismo, de ser el caso, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Décimo Segunda del Contrato Marco de Operaciones de Descuento, no siendo necesaria intimación alguna al cliente para que éste quede constituido en mora. El cliente tiene la obligación de comunicar al área de cobranzas del pago efectuado a través de envío por fax al 7102321, correo electrónico remitido a la Sra. Rosalía Bello y/o entrega física de la copia del voucher de pago. 2. Se conviene en fijar los intereses moratorios y compensatorios aplicables a la tasa que según el tarifario de Factoring Total esté vigente en la fecha de ocurrencia de la mora, el tarifario estará a disposición en las oficinas de la empresa y publicado en su página Web. Factoring Total efectuará una capitalización diaria de los intereses moratorios hasta el día en que se efectúe el pago. La tasa moratoria podrá ser variada por Factoring Total debiendo ser comunicada a el cliente con una anticipación de 15 días calendario a la fecha en que dicha variación surtirá efecto. A los efectos indicados en el presente párrafo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley No 27287, las letras aceptadas por el cliente tendrán anotadas la cláusula de interés moratorio correspondiente. 3. Todo pago del cliente se imputará, en primer término, a los gastos de protesto, cobranza y penalidades, en segundo lugar, a los intereses moratorios correspondientes y por último a la amortización del pago del documento descontado y/o del precio de recompra del mismo, de ser el caso. Resolución 1. El incumplimiento de cualquier obligación derivada del Contrato Marco de Operaciones de Descuento, facultará a Factoring Total a resolver el contrato, sin necesidad de declaración judicial previa y sin perjuicio del cobro de la indemnización por los daños y perjuicios que se originen y que serán de cargo exclusivo del cliente. 2. Para tales efectos, bastará que Factoring Total envíe una comunicación al cliente resolviendo el contrato, por telegrama, telex, fax, correo electrónico o cualquier otro medio, señalándose haberse producido la resolución del contrato, la cual operará automáticamente a las 48 horas desde la fecha de recepción de la referida comunicación, según lo dispuesto en el Contrato Marco de Operaciones de Descuento según se detalla a continuación: 15.2) En cualquier momento y a su solo criterio, FACTORING TOTAL podrá resolver el presente Contrato y las transferencias de los Documentos realizadas al amparo del mismo, para lo cual deberá enviar una comunicación escrita a EL CLIENTE, con una anticipación de quince (15) días calendario, procediendo FACTORING TOTAL a efectuar la liquidación de los importes pendientes de Abril 2013 pago o de devolución, según sea el caso. Asimismo, el presente Contrato y las transferencias de los Documentos realizadas al amparo del mismo quedarán resueltos automáticamente en caso de incumplimiento, o de cumplimiento parcial, tardío o defectuoso de parte de EL CLIENTE en las obligaciones a su cargo establecidas en el presente Contrato. En este caso FACTORING TOTAL podrá dar por vencidos todos los plazos y exigir a EL CLIENTE el reembolso inmediato de todo y cualquier importe adeudado por EL CLIENTE y los Deudores de los Documentos, incluyendo principal, intereses compensatorios y moratorios, comisiones y gastos aplicables, según liquidación que practique FACTORING TOTAL a la fecha de incumplimiento de EL CLIENTE, la cual tendrá mérito ejecutivo, de conformidad con la Ley No. 26702. Para efectos de la resolución por incumplimiento del presente contrato, FACTORING TOTAL remitirá una comunicación a EL CLIENTE notificando el incumplimiento producido y otorgando un plazo de 02 días calendario para la efectiva resolución del contrato. 3. Del mismo modo en caso de resolución del Contrato Marco de Operaciones de Descuento, se aplica la Aceleración, mediante la cual Factoring Total podrá dar por vencidos todos los plazos concedidos al cliente y cobrar el íntegro de los montos adeudados, incluido el valor de recompra, intereses, gastos y otros conceptos debiendo en tal caso Factoring Total otorgar por escrito al cliente un plazo máximo para que cumpla con los pagos respectivos, adjuntando la liquidación correspondiente. Vencida la fecha de pago antes indicada si el Cliente no ha procedido al pago, Factoring Total procederá además al cobro de los intereses moratorios correspondientes, los mismos que deberán ser igualmente cancelados por el cliente según liquidación que practique Factoring Total a la fecha efectiva de pago, quedando el cliente constituido en mora sin necesidad de intimación previa alguna. Abril 2013