Download circular dgt-151-2007

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
www.hacienda.go.cr/aduanas
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
DIRECCIÓN DE GESTION TECNICA
DPTO. TÉCNICA ADUANERA
TEL/FAX: 522-9123
San José, 02 de noviembre
2007
CIRCULAR DGT-151-2007
Señores
Directores y Departamentos, Gerentes de Aduanas,
Agencias de Aduana, Agentes de Aduana, Funcionarios
Servicio Nacional de Aduanas, Policía Control Fiscal
ASUNTO: Clasificación arancelaria “Reproductores de
música y video formato, MP3, MP4 u otro”
Estimados señores:
Para uniformar la clasificación arancelaria de los aparatos denominados
“Reproductores de música y video, formatos MP3, MP4 u otro”, se brinda a
continuación el criterio técnico para su aplicación:
MERCANCÍA: “Aparatos electrónicos del tipo iPod (Nano 2G, 5.5G, 6G” o “iPod
clásico), ZEN micro u otros, capaces de almacenar en memoria entre 0.5 a 80 o más GB,
en formatos diferentes (MP3, MP4 u otro), música, vídeos, imágenes digitales, Windows
2000 SP4 o XP Home o Profesional (SP2), etc. Poseen una pantalla de cristal líquido
(LCD) para visualizar la información almacenada y/o videos, botones para seleccionar
la operación deseada; algunos son capaces de desarrollar un programa, que hace
posible observar un vídeo musical o un juego perfectamente. Normalmente se
presentan acompañados con auriculares para escuchar la música, cable USB 2.0 u
otro, sistema de conexión para ser acoplado a una máquina automática para
tratamiento y procesamiento de datos.
Con base en consultas DGT-DTA-472-2006 de fecha 18 de octubre de 2006 DGTDTA-411-2007 de fecha 17 de julio 2007, la Organización Mundial de Aduanas (OMA),
mediante oficios 06NL0806-RH, del 04 de diciembre 2006 y 07NL0655–RH, del 10
octubre 2007 respectivamente), indica lo siguiente:
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA: Aparatos presentados por lo general en un
“paquete”, acompañado con auriculares para escuchar música, cable USB 2.0 u otro,
un sistema de conexión para ser acoplado a una máquina automática para tratamiento
y procesamiento de datos, por lo que en este caso, se debe considerar el paquete
aplicando la Regla General para la Interpretación del Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías 3 (b), como el paquete acondicionado para
la venta al por menor, en el que el aparato indudablemente da a dicho paquete su
carácter esencial.
Ahora bien, de acuerdo con las características de estos aparatos, a continuación
se emite la clasificación arancelaria y su base legal.
a. Los paquetes que posean un aparato capaz de almacenar únicamente
información y música (en cualquier formato), que poseen los dispositivos
esenciales para escuchar la música almacenada, algunos capaces de exhibir
una imagen. La grabación audio y las funciones de reproducción son las
funciones principales que definen el carácter esencial del artículo, por lo que
el artículo clasifica arancelariamente en la partida 85.19, sub partida 8519.81,
inciso 8519.81.59. Como indica la OMA en su respuesta “la exhibición de la
“HACIENDA PUBLICA Y ACTIVA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL"
1
______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
EDIFICIO LA LLACUNA, AVE. CENTRAL Y 1, CALLE 5, SAN JOSÉ, COSTA RICA
www.hacienda.go.cr/aduanas
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
DIRECCIÓN DE GESTION TECNICA
DPTO. TÉCNICA ADUANERA
TEL/FAX: 522-9123
imagen, es claramente secundaria a las funciones audio puesto que el
tamaño de pantalla es muy pequeño y la baja resolución hacen más
conveniente el aparato para exhibir imágenes de datos de las pistas y de la
cubierta del álbum”.
BASE LEGAL: Regla General para la Interpretación del Sistema Arancelario
Centroamericano 3 (b) y 6 “mutatis mutandis” y D.
b. Los paquetes que posean un aparato con las características apuntadas en el
apartado a) precedente, y además posean sintonizador para emisoras de
radio clasifican en el inciso arancelario centroamericano 8527.13.90.
BASE LEGAL: Regla General para la Interpretación del Sistema Arancelario
Centroamericano 3 (b) y 6 “mutatis mutandis” y D.
c. Los paquetes que incluyen un aparato el cual comparte muchas de las
funciones descritas en el apartado a). Pero que además, contiene cualidades
más sofisticadas de exhibición: una pantalla (de cristal líquido u otra) más
grande, una resolución más pequeña de puntos de pixeles y
consecuentemente una mayor cantidad de píxeles -por-pulgada de cualquier
producto, gran capacidad de grabar y reproducir videos, capacidad de
almacenar información, reproducir música en cualquier formato y videos,
además es capaz de proyectar un video o película. La OMA indica que la
partida 85.28, describe “monitores y proyectores, aparatos que no incorporen
receptor de televisión; aparatos de recepción de televisión; aparatos
receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión o
grabación o reproducción de sonido o imagen incorporado”, no excluye los
monitores que pueden grabar o reproducir el vídeo e incluye específicamente
los receptores de televisión que pueden grabar o reproducir los archivos
vídeo, en opinión de la OMA ninguna partida describe el aparato en estudio
en forma exacta, por lo que considera que el artículo se debe clasificar
arancelariamente en la partida 85.28, subpartida 8528.59, inciso
centroamericano 8528.59.19.
BASE LEGAL: Regla General para la Interpretación del Sistema Arancelario
Centroamericano 3 (c) y 6 “mutatis mutandis” y D.
FUENTE BIBLIOGRAFICA: Organisation Mondiale Des Douanes, Directorio
de Asuntos de Aranceles y Comercio, 06NL0806-RH y 07NL0655 – RH de fechas 04
diciembre 2006 y 10 octubre 2007.
Se deja sin efecto la circular DGT-108-2006 de 18 de setiembre de 2006.
Rige a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.
Atentamente,
Desiderio Soto Sequeira
Director General de Aduanas
mu/yf/sf
“HACIENDA PUBLICA Y ACTIVA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL"
2
______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
EDIFICIO LA LLACUNA, AVE. CENTRAL Y 1, CALLE 5, SAN JOSÉ, COSTA RICA
www.hacienda.go.cr/aduanas
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
DIRECCIÓN DE GESTION TECNICA
DPTO. TÉCNICA ADUANERA
TEL/FAX: 522-9123
c: web hacienda/información especializada
“HACIENDA PUBLICA Y ACTIVA PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL"
3
______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
EDIFICIO LA LLACUNA, AVE. CENTRAL Y 1, CALLE 5, SAN JOSÉ, COSTA RICA