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Forma de pago de las prestaciones
Prestaciones
económicas
El pago se efectuará por periodos vencidos, a partir del
último parte médico de confirmación de baja presentado
y mediante transferencia bancaria.
Lugar de tramitación de la
prestación
Para su mayor agilidad, puede presentar la documentación
relacionada en este escrito en cualquier centro asistencial
de nuestra Mutua.
Pago directo
Si tiene alguna duda, puede ponerse en contacto con:
Centro asistencial
Teléfono
120576 -08/2013
Persona de contacto
¿Quién puede solicitar la prestación
económica de pago directo?
Cualquier trabajador de una empresa acogida a la Mutua
Asepeyo para la cobertura de accidentes de trabajo/enfermedad
profesional y/o contingencias comunes que se encuentre en
situación de incapacidad temporal, en cualquiera de los siguientes supuestos:
1.
Forma de pago de las prestaciones
El pago se efectuará por periodos vencidos, a partir del
último parte médico de confirmación de baja presentado
y mediante transferencia bancaria.
Lugar de tramitación de la
prestación
Para su mayor agilidad, puede presentar la documentación
relacionada en este escrito en cualquier centro asistencial
de nuestra Mutua.
Si tiene alguna duda, puede ponerse en contacto con:
Centro asistencial
Teléfono
Persona de contacto
Finalización o extinción del contrato (cualquiera que sea la
causa) mientras dure el período de incapacidad temporal y
con independencia del tiempo transcurrido desde la baja
médica.
Si la baja médica es por Contingencias Comunes, tiene
derecho a una prestación equivalente al subsidio de desempleo -Conocida como IT Desempleo- calculada a partir
de las cantidades cotizadas en los últimos 180 días anteriores a la baja de empresa. El importe será del 70% durante los primeros 180 días y del 50% los restantes, hasta el
alta médica o extinción del derecho a la prestación. En todo
caso, se descontará del período de percepción de la prestación por desempleo, como ya consumido, el tiempo que
hubiera permanecido en situación de incapacidad temporal.
Si la baja médica es por Contingencias Profesionales, la
prestación que recibirá será el 75% de la base reguladora
diaria del mes anterior a la baja (no es equivalente al subsidio del desempleo y no se consumirá desempleo).
2. Por incumplimiento del pago delegado por parte de la empresa. El importe de la prestación será de:
75% de la base reguladora diaria, en el caso de accidente
de trabajo y enfermedad profesional
En el caso de contingencia común:
60% de la base reguladora, entre los días 4 y 20 de la
baja
75% de la base reguladora, a partir del día 21
Los trabajadores autónomos en situación de incapacidad temporal recibirán una prestación económica de:
Accidente de trabajo y enfermedad profesional:
75% de la base reguladora diaria
Contingencia común:
60% de la base reguladora, entre los días 4 y 20
de la baja
75% de la base reguladora, a partir del día 21
La empresa puede solicitar el pago de la prestación directamente desde la Mutua, sin tramitar la baja de empresa del trabajador, y permaneciendo la obligación de cotizar. Aquellas
empresas de menos de 10 trabajadores y con un empleado en
incapacidad temporal, con una duración de la baja médica superior a 6 meses consecutivos, podrán trasladar en cualquier
momento la obligación del pago directo de la misma a la Mutua.
La empresa cotizará la cuota empresarial y la Mutua la cuota
obrera.
El cálculo de la prestación en supuesto
de extinción del contrato de trabajo
Forma de pago de las prestaciones
El pago se efectuará por periodos vencidos, a partir del
último parte médico de confirmación de baja presentado
y mediante transferencia bancaria.
Lugar de tramitación de la
prestación
Para su mayor agilidad, puede presentar la documentación
relacionada en este escrito en cualquier centro asistencial
de nuestra Mutua.
Sólo aplicable a las situaciones de IT por contingencias comunes o por contingencias
profesionales con fecha de baja médica posterior al 14/7/2012.
1. Cálculo de la base reguladora diaria:
Es el promedio de las bases de cotización por contingencias
profesionales y desempleo (sin horas extraordinarias), de los
180 días cotizados anteriores a la extinción de la relación
laboral dentro de los últimos seis años.
2. Aplicación del porcentaje:
El 70% de la base reguladora diaria durante los primeros
180 días de subsidio.
El 50% de la base reguladora diaria a partir del día 181.
3. Aplicación de los topes máximos y mínimos de la prestación:
Topes máximos
Sin hijos a cargo: 175% del indicador público de renta de
efectos múltiples.
Con un hijo a cargo: 200% del indicador público de renta
de efectos múltiples.
Con dos o más hijos a cargo: 225% del indicador público
de renta de efectos múltiples.
Si tiene alguna duda, puede ponerse en contacto con:
Centro asistencial
Teléfono
Persona de contacto
Topes mínimos
Sin hijos a cargo: 80% del indicador público de renta de
efectos múltiples.
Con hijos a cargo: 107% del indicador público de renta de
efectos múltiples.
Se entiende que son hijos a cargo los que tengan menos de 26
años o mayores incapacitados, carezcan de renta de cualquier
naturaleza superior al indicador público de renta de efectos múltiples y convivan con el beneficiario.
La cantidad efectivamente pagada por día deberá estar entre los
límites que se establecen en el Boletín Oficial del Estado.
4.
El tiempo transcurrido en situación de incapacidad temporal se descontará del periodo de percepción de la prestación por desempleo.
Documentación necesaria
Situación
Dónde obtenerla
A. En todos los casos
Solicitud pago directo Prestación I.T. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Mutua
DNI vigente (fotocopia) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Interesado
Baja médica, partes de confirmación y alta médica (fotocopia). Sólo
contingencias comunes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Interesado
Forma de pago de las prestaciones
Modelo IRPF original . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
IRPF Retenciones sobre rendimientos del trabajo
“Comunicación de datos al pagador" (art.82 del Reglamento del IRPF)
(cumplimentado y firmado por el interesado)
Mutua
B. En casos de I.T. derivada de Contingencias Profesionales y extinción de contrato
El pago se efectuará por periodos vencidos, a partir del
último parte médico de confirmación de baja presentado
y mediante transferencia bancaria.
TC2, nómina o certificado de empresa del mes anterior a la baja . . . . . . . . . . . . . .
Empresa
Vida laboral actualizada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Mutua
C. En casos de I.T. por Contingencias Comunes y extinción del contrato
Lugar de tramitación de la
prestación
Para su mayor agilidad, puede presentar la documentación
relacionada en este escrito en cualquier centro asistencial
de nuestra Mutua.
Si tiene alguna duda, puede ponerse en contacto con:
Vida laboral actualizada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Mutua
Si a la vista del informe de vida laboral se acredita que en el último año percibió
una prestación por desempleo:
Certificado expedido por el SEPE, con expresión del período reconocido, consumido
y base reguladora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
SEPE
Certificado de bases de cotización . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Tesorería
Si el certificado de bases de cotización no comprende los últimos 180 días cotizados,
aportar 2 de los siguientes documentos, del periodo no acreditado:
Certificado de empresa original de los últimos 180 días cotizados anteriores
a la extinción de la relación laboral (cumplimentado/s, sellado/s y firmado/s
Centro asistencial
Teléfono
Persona de contacto
por la empresa) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Empresa
Fotocopias de los modelos TC2 de cotización de los últimos 180 días cotizados
anteriores a la extinción de la relación laboral o nóminas del mismo período . . . .
Empresa
Nóminas de los últimos 180 días cotizados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Empresa
D. En el supuesto de despido o ERE (Expediente Regulación Empleo)
Carta de despido (original y fotocopia) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Interesado
Acta de conciliación ante el CMAC (original y fotocopia) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
CMAC
Resolución ERE y relación de afectados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Empresa
E. En el caso de trabajadores por cuenta propia y autónomos
Declaración de actividad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Interesado
Últimos 3 boletines de cotización (original y copia) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Interesado
Certificado de situación de abono de cuotas y solicitud o copia del acuerdo de
aplazamiento de las mismas (en caso que proceda) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
F. Otra documentación (añadir lo que proceda)
Tesorería
Muy importante: La inclusión de datos falsos en esta comunicación y la no comunicación de variaciones en los datos que hubieran
significado una mayor retención, constituye infracción tributaria
grave, sancionable con multa del 50 al 150% de las cantidades que
se hubieran dejado de retener por esta causa.
Forma de pago de las prestaciones
Forma de pago de las prestaciones
El pago se efectuará por periodos vencidos, a partir del
último parte médico de confirmación de baja presentado
y mediante transferencia bancaria.
El pago se efectuará por periodos vencidos, a partir del
último parte médico de confirmación de baja presentado
y mediante transferencia bancaria.
Lugar de tramitación de la
prestación
Lugar de tramitación de la
prestación
Para su mayor agilidad, puede presentar la documentación
relacionada en este escrito en cualquier centro asistencial
de nuestra Mutua.
Para su mayor agilidad, puede presentar la documentación
relacionada en este escrito en cualquier centro asistencial
de nuestra Mutua.
Si tiene alguna duda, puede ponerse en contacto con:
Si tiene alguna duda, puede ponerse en contacto con:
Centro asistencial
Centro asistencial
Teléfono
Teléfono
Persona de contacto
Persona de contacto
Urgencias 24 h
900 151 000
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900 151 000
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al Usuario
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