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FICHA URBANISTICA DEL
AREA 11, “HONDARTZA”
DATOS GENERALES
CLASIFICACION
SUELO URBANO
CALIFICACION
ZONA RESIDENCIAL DE BAJA DENSIDAD
LIMITE
LOS DEFINIDOS EN LA HOJA GRAFICA Nº 11
SUPERFICIE TOTAL M2.
124.742
SUPERFICIE NETA M2.
124.742
SISTEMAS GENERALES
SISTEMA GENERAL DE PUERTOS
E-2
m2.
SISTEMA GENERAL DE VIALES
E-1
m2.
SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES
F-1
m2.
SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS
G
m2.
ZONA RESIDENCIAL
A
124.742 m2.
SUPERFICIE TOTAL
124.742 m2.
Nº DE VIVIENDAS
ACTUAL
NUEVAS
SUSTITUIDAS
0
307
0
CRECIMIENTO
DENSIDAD SOBRE LA SUPERFIC
TOTAL
307
0
24,61 VIV/Ha
MEDIA
EQUIPAMIENTOS
COMERCIAL
ESCOLAR
SANITARIO
SOCIO-CULTURAL
ADMINISTRATIVO
RELIGIOSO
DEPORTIVO
EDIFIC.
PARC.
EDIFIC.
PARC.
EDIFIC.
PARC.
EDIFIC.
PARC.
EDIFIC.
PARC.
EDIFIC.
PARC.
EDIFIC.
1.300
6.005
2.131
0
0
3.055
1.310
0
0
0
0
7.065
1.294
ESPACIOS PUBLICOS
SUPERFICIE
Nº DE
VIALES
APARCAMIENTOS
SUPERFICIE LIBRE VERDE PUBLICO
APARCAMIENTOS
EN SUPERFICIE
ACERAS Y PLAZAS
JARDINES
23.485
489
18.640
39.843
PARQUES Y
APROVECHAMIENTOS
SECTOR
SUP. M2.
M2
RESIDENCIAL
28.186
COMERCIAL
1.053
TOTAL
1.806
31.045
Orioko Arau Subsidiarioak - iñaki echeverria izaguirre (arkitektoa) josé maría abad urruzola (abokatua)
PREVIO
Tramitado mediante modificación puntual de NNSS, cuenta con Plan Parcial y Proyecto de
Urbanización aprobados.
Se ha realizado parte de las edificaciones.
Desde el presente documento se asumen las condiciones del Plan Parcial, en caso de contradicción
de algún dato o aspecto, prevalecerá el Plan Parcial
2.- CRITERIOS Y OBJETIVOS DE LA PROPUESTA
• Reordenación del espacio situado entre la playa de la Antilla y el viaducto de la autopista A-8
• Eliminación del campo de fútbol y de una parte del camping para la recuperación de la zona de
dunas como espacio libre. Ello lleva consigo la desviación del vial de acceso a la playa.
• Disposición de la edificación en dos ámbitos, uno conformando una línea paralela ala espacio de
borde de playa y otro en U apoyado en la carretera a Txanka y el edificio escolar existente,
desarrollado con un espacio libre central.
• Complementación I de los equipamientos escolares y creación de uno deportivo. Así como la
creación de un futuro museo.
• Cración de un bidegorri paralelo al trazado del nuevo vial.
3.- CONDICIONES DE EDIFICACION Y USO
3.1.- EDIFICABILIDAD
Se admite una edificabilidad máxima sobre rasante de 31.045,50 m2 de los cuales 1.806,50 m2 están
destinados a Hotel y 2.415 m2 corresponden a Residencial común (VPO), 16.780 m2 a Residencial
común , 6.675 m2 a Residencial adosadas y 3.369 a viviendas Tasadas.
3.2.- USOS
Los usos de las construcciones se atendrán a lo señalado en el Plan Parcial.
3.3.- PARCELACION, OCUPACION, ALINEACIONES Y PERFILES
La ordenación es la señalada en la hoja Nº4 , coincidente con las establecidas en el Plan Parcial,
considerándose vinculante.
Se permiten pequeños ajustes para adaptar las viviendas de VPO a sus propias condiciones técnicas
Se consolidan las edificaciones construidas o con licencia concedida con las condiciones en las que
se emitido ésta.
4.-CONDICIONES DE EQUIPAMIENTO Y URBANIZACION
El Ayuntamiento estudiará la procedencia de promover la ejecución de obras de mejora de
urbanización y de las redes generales de servicio.
Corresponderá a los propietarios particulares costear la ejecución y mantenimiento de las acometidas
y accesos a las citadas infraestructuras generales y adaptar las redes interiores de servicio a las
directrices municipales.
Orioko Arau Subsidiarioak - iñaki echeverria izaguirre (arkitektoa) josé maría abad urruzola (abokatua)
5.- CONDICIONES DE PLANEAMIENTO Y ACTUACIÓN
El Ayuntamiento redactará, en su caso, los Proyectos de Obras Ordinarias de Urbanización que se
prevean para la mejora y complemento de esta Area.
En el hipotético caso de desaparición o derribo de un edificio consolidado, la ocupación de sustitución
deberá atenerse a los aprovechamientos y características del edificio preexistente.
No obstante, si el Ayuntamiento lo estimara conveniente para una mejor solución de ordenación de la
zona, podrá reestudiar las alineaciones u otros parámetros urbanísticos consolidados, respetando,
siempre, los topes de aprovechamiento establecidos por esta Ficha, para lo cual redactará un Plan
Especial de Ordenación Urbana o un Estudio de Detalle, según proceda, a tenor de la naturaleza de
los reajustes que se pretendan realizar.
MEDIDAS AMBIENTALES PROTECTORAS Y CORRECTORAS
ƒ
El planeamiento de desarrollo deberá tener en cuenta los criterios de sostenibilidad y las medidas
correctoras generales recogidas en los apartados 6.3.2 y 6.3.3. del estudio de evaluación conjunta de impacto
ambiental de julio de 2005.
ƒ
Sin perjuicio del cumplimiento de otras disposiciones de la Ley 7/1990, de Patrimonio Cultural Vasco, si en
el transcurso de cualquier actuación en el ámbito se produjera algún hallazgo que suponga un indicio de carácter
arqueológico, se suspenderán preventivamente los trabajos en la zona y se informará inmediatamente al
Departamento de Cultura de la Diputación Foral de Gipuzkoa, que será quien indique las medidas que se deben
adoptar.
ƒ
Se establecerán sistemas de ahorro de agua y consumo energético en las nuevas edificaciones, así como
en los espacios públicos. Los edificios de nueva construcción deberán disponer, al menos, del certificado de
eficiencia energética (Real Decreto 47/2007, de 19 de enero).
ƒ
Se preservará el grado de protección existente en relación con el enclave de ranita meridional (Hyla
meridionalis), ubicado en el área, según lo establecido en las Órdenes Forales de 10 de noviembre de 1999, 28
de mayo de 2001, de 23 de mayo de 2003, 14 de mayo de 2004 y 23 de diciembre de 2005.
Orioko Arau Subsidiarioak - iñaki echeverria izaguirre (arkitektoa) josé maría abad urruzola (abokatua)