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ACTUACIONES PROFESIONALES COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008 AP.~REJADORES ÍNDICE DE ACTUACIONES PROFESIONALES OO. OL CONSIDERACIONES GENERALES EDIFICACIÓN ou 01,2 ou 01A 02. OBRAS GENERALES CONTEMPLADAS POR LA LOE ARQUITECTURA MONUMENTAL CONTEMPLADA POR LA LOE INSTALACIONES DEPORTIVAS NO CONTEMPLADAS POR LA LOE OTRAS CONSTRUCCIONES (INGENIERIA) NO CONTEMPLADAS POR LA LOE REFORMAS 02.1 OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO, REFORMA Y DECORACIÓN 02.2 REFUERZOS, CONSOLIDACIONES Y OBRAS PUNTUALES EN EDIFICACIONES 03. DERRIBOS 04. OBRAS DE URBANIZACIÓN 05. SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 06. CONTROL DE CALIDAD 07. MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN 08. DESLINDES Y REPLANTEOS DE TERRENOS, SOLARES Y EDIFICIOS 09. MEDICIONES DE TERRENOS, SOLARES Y EDIFICOS 10. PARCELACIONES 11. RECONOCIMIENTOS, CONSULTAS, EXAMEN DE DOCUMENTOS Y DILIGENCIAS 12. INFORMES, DICTÁMENES Y CERTIFICACIONES 13. ACTUACIONES PERICIALES 14. INSTALACIONES 15. VALORACIONES 16. CÁLCULO DE ESTRUCTURAS 17. MEDICIONES Y RELACIONES VALORADAS 18. ESTUDIO Y COMPARACIÓN DE OFERTAS 19. TRABAJOS DE RACIONALIZACION, PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN 20. TRABAJOS COMPUTADOS POR TIEMPO EMPLEADO 21. DESPLAZAMIENTOS FUERA DE LA RESIDENCIA DEL APAREJADOR 22. INSPECCIÓN Ti::CNICA DE EDIFICIOS EN DETERMINADOS AYUNTAMIENTOS 23. CONTRATACIÓN Y ADMINISTI'\ACIÓN DE FONDOS 24. REVISION DE PRECIOS UNITARIOS Y REAJUSTE DE PRESUPUESTOS 25. INSTALACIÓN DE GRÜA 26. INSTALACIÓN DE ANDAMIO 27. EXPEDIENTE DE ACTIVIDAD 28. PLAN DE EMERGENCIA 29. GESTION DE PROYECTO 30. ASESORIA A AYUNTAMIENTOS O EMPRESAS 31. INSTALACIONES PUBLICAS (Plazas de toros, encierros, espectáculos, etc) COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS rtCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ fNDICE [odlce- 1/1 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL ACTUACIONES PROFESIONALES OO. CONSIDERACIONES GENERALES 1. CARÁCTER Y ÁMBITO El presente documento establece con carácter orientativo los diversos aspectos de la intervención profesional de los Aparejadores y Arquitectos Técnicos por la realización de diferentes trabajos en el ejercicio de su actividad profesional. Asimismo, se establece el sistema de cálculo a emplear para obtener una cantidad que sirva de base de cálculo de los derechos cole9iales. Es decir, una cantidad a la que aplicar los tipos que cada año se establezcan, de acuerdo con los estatutos colegiales, para obtener como resultado las cantidades a aportar pare mantenm el funcionam'¡ento colegial, según el sistema que los Arquitectos Técnicos han establecido para tal fin. Su ámbito de aplicación territorial coincide con el ámbito de actuación del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Teruel. Cuantas veces en el presente texto aparezca el término Aparejador, se entenderá comprendido en el, el concepto el de Arquitecto Técnico. 2. CONTENIDO Con carácter general, para cada actividad de las contempladas en el presente documento. se concretan los siguientes aspectos: a) Concepto. en el que se expresa el tipo de actividad a que se refiere la actividad profesional. b) Formas de actuación, en el que se expresan las diferentes formas de actuación para las que puede ser contratado el Aparejador, dentro del tipo de actividad al que se refiere. e) Contenido de la actuación, 1:!n el que se establece el contenido normal de las obligaciones del Aparejador para cada forma de actuación. d) Bases de cálculo para el cálculo de los derechos colegiales, estableciéndose además las bases mínimas, a aplicar en los términos que se expresan para cada una de ellas. e) Presupuesto de ejecución mat€1rial mínimo en los casos en que la actuación profesional requiera la redacción de un proyecto. f) Documentación colegial, en el que se establece la documentación administrativa y el contenido de la que compone la actuación profesional, que debe ser presentada en el Colegio para proceder a su visado. 3. CORRESPONDENCIA Los contenidos de cada actuación que se exponen, se corresponden con la actuación normal del Aparejador en orden a la correcta ejecución del trabajo en relación con los conocimientos y la dedicación aportados, con las obligaciones y responsabi!idades que se contraen y con el contenido de la actuación que se ha definido. No obstante, en cada caso el profesional concretará contractualmente con su cliente el alcance concreto de su actuación profesional. 4. CONTRATACIÓN El encargo hecho por el cliente al Aparejador de cualquier trabajo profesional, deberá ser comunicado por éste al Colegio, para su preceptivo visado, mediante la Nota de encargopresupuesto a que se refiere la Ley de Colegios Profesionales, según modelo colegial. Se recomienda presentar en el Colegio, junto a la Nota de encargo-presupuesto, copia del contrato de prestación de servicios que suscriba e! Aparejador con su cliente, pudiéndose emplear a tal fin el correspondiente modelo colegial. Los contratos deberán contar, como mínimo, con los siguientes contenidos: Sujetos: Partes contratantes, sus datos de identificación y condición en la que actúan, con acreditación, en su caso, de la representación en que actúan. COLEGIO OFICIAL DE APAREJi\DORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2009/ CONSIDERACIONES GENERALES 00.1/3 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL Objeto: Servicios profesionales contratados, expresando su contenido con !a mayor precisión posible. Precio: Importe pactado de los servicios profesionales, con expresión, en su caso, de la fórmula empleada o a emplear para su cálculo y forma de pago. Condiciones: Especificaciones respecto a las obligaciones contraídas por ambas partes y forma de resolver las continQEincias que puedan presentarse durante la vigencia del contrato. A título orientativo, estas condiciones pueden clasificarse en tres grupos: Condiciones de índole profesional Declaración por parte del Aparejador de no estar afectado por incompatibilidad de cualquier índole. Referencia a las disposiciones legales o reglamentarias que afectan a los servicios contratados. Documentación que el cliente debe ponnr a disposición del Aparejador para poder llevar a cabo el encargo profesional. Obligación por parte del cliente de notificar con la suficiente antelación el comienzo de obras, en su caso. Condiciones de índole económica: Importe de los honorarios y forma de calcularlos. Distribución del pago de los honorarios, especificándose, en su caso, la cantidad que se conviene como provisión de fondos y la forma de realizar la liquidación al concluir el trabajo. Gastos por desplazamientos, alojamiento y manutención, en su caso. Forma de pago y justificación. Gastos generados por visado, intervención colegial, seguros, etc, indicando quien habrá de satisfacerlos. Condiciones de pago: lugar, plazos para hacerlo efectivo y forma de llevarlo a cabo. Penalizaciones en su caso. Otras condiciones: Procedimiento de comunicación de paralización del trabajo. Procedimiento de comunicación de la fecha en que hayan de tener lugar actos concretos: suscripción de actas de comienzo de obras, de replanteo, de recepción , etc. Sistema de comunicación entre las partes en los supuestos de rescisión del encargo, con expresa mención de que deberá ser comunicada al Colegio. Establecimiento de cláusulas indemnizatorias en caso de rescisión unilateral del ccntrato. Sistema establecido para la resolución de confiictos derivados de la realización del encargo. 5. LEGALIZACIONES En el caso de que la actuación profesional a realizar sea una legalización de una actuación no realizada en su momento, las bases de cálculo dH los derechos colegiales serán las mismas que si la actuación se realizase en el tiempo y la forma debidos, sin perjuicio del costo de las pruebas especiales o extraordinarias que sea preciso realizar, que serán a cargo del cliente. 6. ACTUALIZACIÓN A efectos de obtención de algunas bases de c~1lculo, se incluye en su fórmula el concepto de coeficiente de actualización, CA, que se define como la relación entre el lndice de Precios de Consumo, nacional y general, publicado por le Instituto Nacional de Estadística en el momento de la actualización (1,) y el mismo índice en noviembre de 2001 (lo): CA= 1,/1, Como consecuencia de ello, para el año 2009, el índice CA es 1 '250 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TtCNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20091 CONSIDERACIONES GENERALES oo. 213 El Colegio, periódicamente, hará público el coeficiente de actualización correspondiente al periodo que se inicie. 7. CONCURRENCIA Cuando un encargo contenga varios trabajos incluidos en bases diferentes, !as bases totales del encargo se obtendrán mediante la suma de las obtenidas para cada una de las actuaciones. S. ANALOGÍA Si un trabajo determinado no se corresponde directamente con los comprendidos en este documento, sus bases se determinarán por analogía con la actuación o actuaciones con que guarden más semejanza 9. CASO LÍMITE En aquellos casos en que la canliclad obtenida por la aplicación de una fórmula resulta inferior a la que se obtendría si el trabajo se encontrara comprendido en el tramo inmediatamente inferior de la tabla que le corresponda, la base para el cálculo de derechos colegiales se obtendrá considerando dicho caso límite, de forma que nunca pueda obtenerse una base menor que la que hubiera resultado si no se hubiesen sobrepasado los límites del tramo inmediatamente inferior. 10. INTERVENCIONES EN ELEMENTOS QUE NO SEAN DE NUEVA PLANTA Con carácter general, en todos aquellos casos en que la intervención consista en la reforma, restauración, reparación, ampliación o consolidación de elementos que no sean de nueva planta, y dicho tipo de inte!Vención no cuente con sus propios baremos, la base de cálculo de derechos colegiales se cuantificará de forma similar a como se ha establecido para las intervenciones de nueva planta, multiplicando el coeficiente C por 1 ,20. COLEGIO OFICIAL DE APAREJAOORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2009/ CONSIDERACIONES GENERALES 00· 3/3 1. EDIFICACIÓN 1.1. OBRAS DE EDIFICACIÓN EN GENERAL CONTEMPLADAS POR LA LOE 1.2. OBRAS DE ARQUITECTURA MONUMENTAL CONTEMPLADAS POR LA LOE 1.3. OBRAS DE INSTALACIONES DEPORTIVAS NO CONTEMPLADAS POR LA LOE 1.4. OTRAS CONSTRUCCIONES (INGENIERIA) NO CONTEMPLADAS POR LA LOE 1.1. OBRAS DE EDIFICACIÓN EN GENERAL CONTEMPLADAS POR LA LOE 1.1.1. CONCEPTO Se incluyen en este apartado las obras a las que le es de aplicación el contenido de la Ley 38/1999 de Ordenac'1ón de la Edificación, es decir: 1. Obras de edificación de nueva construcción, excepto aquellas construcciones de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta. 2. Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, o el conjunto del sistema estructural, o tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio. Se entenderá por obras de rehabilitación aquéllas que tengan por objeto actuaciones tendentes a lograr alguno de los siguientes resultados: a). La adecuación estructural, considerando como tal las obras que proporcionen al edificio condiciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad y resistencia mecánica; b). La adecuación funcional, entendiendo como talla realización de las obras que proporcionen al edificio mejores condiciones respecto de los requisitos básicos a los que se refiere este CTE. Se consideran, en todo caso, obras para la adecuación funcional de los edificios, las actuaciones que tengan por finalidad la supresión de barmras y la promoción de la accesibilidad, de conformidad con la normativa vigente. e). La remodelación de un edificio con viviendas que tenga por objeto modificar la superficie destinada a vivienda o modificar el número de éstas, o de un edificio sin ellas que tenga por finalidad crearlas; Se entenderá que una obra es de rehabilitación integral cuando tenga por objeto actuaciones tendentes a todos los fines descritos en este apartado. 3. Obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico.artístico, regulada a través de norma legal o documento urbanístico y aquellas otras de carácter parcial que afecten a los elementos o partes objeto de protección. 1.1.2. FORMAS DE ACTUACIÓN 1.1.2.1. Introducción: La intervención del Aparejador o Arquitecto Técnico se puede desarrollar según se prevé por la Ley, de forma: Obligatoria, como: a) Director de la ejecución, en las obras de construcción del denominado grupo A: aquellas cuyo uso sea administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural. b) Director de la ejecución, cuando el Director de la obra sea Arquitecto, en las obras de construcción del denominado grupo 8: aquellas cuyo uso sea aeronáutico; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; de telecomunicaciones (referido a la ingenieria de telecomunicaciones); del transporte terrestre, marítimo, fluvial y COLEGIO OFICtAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS T(:CNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONAl.ES 2000/ EDIFICACIÓN 01 ·1 f 1 COLEGIO OFICIAL, DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS aéreo; forestal; industrial; naval; de la ingeniería de saneamiento e higiene, y accesorio a las obras de ingeniería y su explotación. Potestativa (puede ser desarrollada por otros técnicos), como: a) Director de la ejecución, en las obras de construcción del grupo 8, cuando el Director de la obra no sea Arquitecto. b) Director de la ejecución, en las obras del denominado grupo C: todas las demás edificaciones cuyos usos no estén expresamente relacionados en los grupos anteriores (A y B), e) Proyectista y/o Director de obra y/o Director de la ejecución, en las obras del denominado grupo C. 1.1 .2.2. Formas de actuación: Las formas de actuación pueden ser: Encargo global: Comprende redacción de proyecto, dirección de obra y dirección de la ejecución de la obra. Redacción de proyecto técnico de ejecución. Dirección de obra. Dirección de la ejecución de la obra. Legalización de todas o cada una de las formas de actuación anteriores. 1,1 ,3, CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 1.1 .3. 1. Redacción del proyecto: Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales. El proyecto deberá contener la siguiente documentación (sin perjuicio de lo que, en su caso, establezcan las Administraciones competentes): (lo señalado con asterisco 'es lo que al menos debe contener el proyecto básico) l. MEMORIA 1.Memoria Descriptiva (Descriptiva y justificativa) 2. Memoria constructiva {Descripción de las soluciones adoptadas) ' 1.1 A entes. • Datos de Promotor ro ectista, otros técnicos. 1.2 Información previa•. Antecedentes y condicionantes de partida, datos del emplazamiento, entorno flsico, normativa urbanfstica, otras normativas, nn su caso. Datos del edificio en caso de rehabilitación, reforma o ampliación. Informes realizados. 1.3 Descripción del proyecto•. Descripción general del edificio, programa de necesidades, uso caracterlstico de! edificio y otros usos previstos, relación con el entorno. Cumplimiento del CTE y otras normativas especfficas, normas de disciplina urban!stica, ordenanzas municipales, edificabilidad, funcionalida<l. etc. Descripción de la geometrla del edificio, volumen, superficies útiles y construidas, accesos y evacuación. Descripción 9eneral de los parámetros que determinan las previsiones técnicas a considerar en el proyecto respecto al sistema estructural (cimentación, estructura portante y estructura horizontal), el sistema de compartimentación, el sistema envolvente, el sistema de acabados, el sistema d8 acondicionamiento ambiental y el de servicios. 1.4 Prestaciones del edificio•. Por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. Se indicarán en particular las acordadas entre promotor y proyectista que superen los umbrales establecidos en el CTE. Se establecerán las limitaciones de uso del edificio en su conjunto y de cada una de sus dependencias e instalaciones. 2.1 Sustentación del edificio*. Justificación de las caracterlsticas del suelo y parc'unetros a considerar para el cálculo de la parte del sistema estructural correspondiente a la cimentación. 2.2 Sistema estructural {cimentación, estructura portante y estructura horizontal). He establecerán los datos y las hipótesis de partida, el programa de necesidades, las bases de cálculo y procedimientos o métodos empleados para todo e! sistema estructural, asl como las caracterlstiCtiS de !os materiales que intervienen. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITI:CTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONElO PROFESIONALES 2008/ EDIFICACIÓN 01.2/2 i1 i i i por en relación con las exigencias básicas del CTE. la justificación se realizará para las soluciones adoptadas conforme a lo indicado en el CTE. las prestaciones del edificio que mejoren los COLEGIO OFIClAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE lAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ EDIFICACIÓN 01· 3/3 ; ;oc,,p;),, a las obras, as! como sus y conservación, almacenamiento y manipulación, las garantlas calidad y el control de recepción que deba realizarse incluyendo el muestreo del producto, los ensayos a realizar, los criterios de aceptación y rechazo, y las acciones a adoptar y los criterios de uso, conservación y mantenimiento. Estas espeCificaciones se pueden hacer por referencia a pliegos sean de Documentos Reconocidos u otros contrata. Incluirá el 1.1 .3.2. Dirección de Obra: Verificar el replanteo y la adecuación de la cimentación y de la estructura proyectadas a las características geotécnicas del terreno. Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto. Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, asi como conformar las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas, con los visados que, en su caso, fueran preceptivos. Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que, en su caso, fueran preceptivos. 1.1 .3.3. Dirección de la ejecución de la obra: Asumir la función técnica de dirigir !a ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado (control de calidad). Verificar la recepción en la obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas. Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones de acuerdo con el proyecto y las instrucciones del director de obra. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFEStONAl.ES 20081 EDIFICACIÓN 01· 414 Consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, as! como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas. Recibir los resultados de los ensayos o pruebas de servicio de materiales, sistemas o instalaciones, que le han de ser entregados obligatoriamente por las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación que, además, han de prestarle asistencia técnica. Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada (Libro del Edificio), aportando los resultados del control realizado. 1.1 .3.4. Legalización: Determinación y control de la realización de pruebas y ensayos precisos, y elaboración de la documentación que corresponda en función de la actuación o actuaciones a legalizar 1.1.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 1. 1.4. 1. Encargo global: La base de cálculo de derechos colegiales (Beo) correspondiente al encargo global en obras contempladas por la L.O.E., puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BEo = P x Ceo /100 Siendo: P: Presupuesto de ejecución material de la obra. Ceo: Coeficiente en función de la superticie total de la edificación, según tabla 1.1. 1. 1.4.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (BRP) correspondiente a la redacción de proyecto en obras contempladas por la L.O.E., puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global (o por aplicación directa de la tabla 1.1 .): BRP = BEG X 0,5385 ó BRP = p X CRP /100 1.1.4.3. Dirección de obra, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (8 00 ) correspondiente a la dirección de las obras en obras contempladas por la L.O.E., puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global (o por aplicación directa de la tabla 1.1 .): Boo = Beo X 0,2308 ó Boo=PxCoo/100 1.1.4.4. Dirección de la ejecución material de la obra, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (Beo) correspondiente a la dirección de la ejecución de las obras en obras contempladas por la L.O.E., puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de las bases de cálculo de derechos colegiales de encargo global (o por aplicación directa de la tabla 1.1 .): Boe = Beo x 0,2308 ó BoE = P X Coe /100 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIAlES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ EDIFICACIÓN 01.515 COLEGIO OFICIAL, DE APAREJADORES ARQUITECTOS TECNICOS TABLA 1,1 EDIFICACióN EN GENERAL L.O.E. CUADROS DE SUPERFICIES Superficie total 2 construida en m • Hasta " " " " " " " " " " " " " " " Mas de 200 400 600 800 1.000 1.500 2.000 3.000 4.000 8.000 12.000 18.000 25.000 35.000 50.000 100.000 100,000 Superficie Encargo global limite 209,09 419,05 630,00 842,11 1.055 56 1.588,24 2.125,00 3.200,00 4,285,71 8.615,38 13,000 00 19.636,36 27.500,00 38,888,89 56.250 00 114.285,71 ~··- Coeficiente C Proyecto Dirección obra Oirec.ejecución Ceo c., Coo Coe 14 95 14,30 13,65 13,00 12,35 11,70 11 ,os 10,40 9,75 9,10 8,45 7,80 7,15 6,50 5,85 5,20 4,55 8 05 7,70 7,35 7,00 6 65 6,30 5,95 5,60 5,25 4,90 4 55 4,20 3 85 3,50 3,15 2,80 2,45 3 45 3,30 3,15 3,00 2,85 2,70 2,55 2,40 2,25 2 10 1,95 1,80 1,65 1,50 1,35 1,20 1,05 3 45 3,30 3,15 3,00 2,85 2,70 2,55 2,40 2,25 2,10 1,95 1,80 1,65 1,50 1,35 1,20 1,05 1.1.5. BASES MINIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 1.1 .5. 1. Encargo global: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por encargo global en obras contempladas por la L.O.E., se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BeGmln = 1.690 X CA euros 1.1 .5.2. Redacción de proyecto,.exclusivamente: La base minima de cálculo de derechos colegiales por redacción de proyecto en obras contempladas por la L.O.E., se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BRPmln = 91 O x CA euros 1. 1.5.3. Dirección de obra, exclusivamente: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por dirección de obra en obras contempladas por la L.O.E., se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BoomJn = 390 x CA euros 1.1 .5.4. Dirección de la ejecución material de la obra, EJXclusivamente: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por dirección de ejecución de obra en obras contempladas por la L.O.E., se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BoEmln = 390 X CA euros 1.1.6. PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL Para los casos en que el encargo comprenda la redacción de proyecto, el coste mínimo orientativo de ejecución material de la obra que se proyecte, será: 1,1 .6, 1, Obras de nueva planta El coste mínimo orientativo (Cmin) de ejecución material de obras de nueva planta en obras contempladas por la L. O.E., se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: Cmln = 90 x (1 ,00 +O, 1 "N) x CA euros COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUIT!:CTOS TECNICOS DE TERUEL CÁlCULO DERECHOS COLEGIAiES DE LAS ACTUACIONEl) PROFESIONALES 2008/ EDIFICACIÓN 01.616 1.2. OBRAS DE ARQUITECTURA MONUMENTAL CONTEMPLADAS POR LA LOE 1.2.1. FORMA DE ACTUACIÓN Y CONTENIDO 1.2.1.1. Dirección de la ejecución de la obra: Asumir la función técnica de dirigir la ejecución de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado (control de calidad). Verificar la recepción en la obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas. Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos. los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones de acuerdo con el proyecto y las instrucciones del director de obra. Consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas. Recibir los resultados de los ensayos o pruebas de servicio de materiales, sistemas o instalaciones, que le han de ser entregados obligatoriamente por las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación que, además, han de prestarle asistencia técnica. Colaborar con los restantes agentes en !a elaboración de la documentación de la obra ejecutada (Libro del Edificio), aportando los resultados del control realizado. 1.2.1.2. Legalización: Determinación y control de la realización de pruebas y ensayos precisos, y elaboración de la documentación correspondiente a la dirección de la ejecución de la obra. 1.2.2. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 1.2.2.1. Obras de nueva planta La base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a la dirección de la ejecución de obras de Arquitectura Monumental, se obtendrá en función del presupuesto de ejecución material de las obras, con arreglo a la siguiente fórmula: B = P x Cm /"100 Siendo: P: Presupuesto de ejecución material de la obra. Cm: Coeficiente obtenido de la tabla 1.2, donde CA: Coeficiente de actualización. TABLA 1.2. ARQUITECTURA MONUMENTAL P.E.M./CA Caso (en mlles de euros) 11mite 127,55 256,67 385,35 515,79 646,00 972 00 . . Hasta 122 245 367 490 612 918 Cm 3,45 3,30 3,15 3,00 2,85 2 70 P.E.M./CA . .. Hasta Caso !Imite 1.224 1.300,50 1.836 1.958,40 2.448 2.622.86 4.896 5.272,62 7.344 7.956,00 11.016 12.017,45 (en miles da euros) Cm 2,55 2,40 2.25 2,10 1,95 1,80 P.E.M./CA (en milos de euros) Hasta . Desde 15.300 21.420 30.600 61.200 61.200 Caso Umite 16.830,00 23.800,00 34.425,00 69.942,86 . Cm 1,65 1,50 1,35 1,20 1,05 1.2.2.2. Obras que no sean de nueva planta Cuando las obras de edificación no sean de nueva planta, consideradas entre ellas las de ampliación, reforma, restauración y reparación, la base de cálculo de derechos colegiales se cuantificará de forma similar a como se ha establecido para las obras de nueva planta, multiplicando el coeficiente Cm por 1,20. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS Ti:CNICOS DE TERUEL CAlCULO DERECHOS COLEGIAlES DE LAS ACTUACIONEH PROFESIONALES 20081 EDIFICACIÓN 01-818 Siendo: Preguntas: 2 Cmin.: Coste mínimo del m construido. CA: Coeficiente de actualización. N: Número de respuestas afirmativas a las siguientes preguntas: 1. ¿La cubierta es plana, en diente de sierra o especial? 2. ¿Tiene pavimento acabado? 3. ¿llene cerramientos de coste elevado? (No bloques, fibrocemento, ladrillo o revocos) 4. 5. 6. 7. 8. 9. ¿Tiene ¿Tiene ¿Tiene ¿Tiene ¿Tiene ¿Tiene puente~grúa instalado? ventilación mecánica o aire acondicionado? calefacción? aparatos elevadores? instalación de vapor y/o aire comprimido y/o transporte neumático? instalación automática de protección de incendios y/o robo? 1.1.7.1NTERVENCIÓN EN OBRAS QUE: NO SEAN DE NUEVA PLANTA Y EN LEGALIZACIONES 1.1.7. 1. Intervenciones en edificios construidos El presupuesto de ejecución material mínimo orientativo de obras en edificios ya construidos se obtendrá por aplicación de lo establecido para obras no L.O.E. según: - Documentación final de obra -Orden/es de gestión de cobro (en su caso). 1.1.7.2. Obras que no sean de nueva planta Cuando las obras de edificación no sean de nueva planta, consideradas entre ellas las de ampliación, reforma y reparación, la base de cálculo de derechos colegiales se cuantificará de forma similar a como se ha establecido para las obras de nueva planta, multiplicando el coeficiente e por 1,20. 1,1 .8. INTERVENCIÓN EN EDIFICACIONES AGROPECUARIAS, INDUSTRIALES YDE ALMACENAJE En las intervenciones en edificaciones agropecuarias, industriales y almacenaje, tanto los porcentajes obtenidos de la TABLA 1.1., como las bases mínimas para la obtención del cálculo de derechos colegiales se reducirán en un 50 % . 1.1.9. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Proyecto (ejemplares según Ayuntamiento, si el encargo lo incluye) Hoja de características resumidas (en su caso, y sólo si el encargo incluye proyecto) Ficha determinación costes (en su caso, y sólo si el encargo incluye proyecto) Notificación encargo dirección/es. Plano de emplazamiento (si el encargo no incluye proyecto). Copia resumen presupuesto de proyecto (si el encargo no incluye proyecto). Libro de órdenes facilitado por el Colegio (si el encargo incluye la dirección de obra) Actas y certificados según LOE (recomendable modelos Consejo General) Documentación final de obra Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAHEJAOORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACnJACIONES PROFESIONALES 20081 EDIFICACIÓN 01 -7/7 Asumir la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado (control de calidad). Verificar la recepción en la obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas. Recibir los resultados de los ensayos o pruebas de servicio de materiales, sistemas o instalaciones, que le han de ser entregados obligatoriamente por las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación que, además, han de prestarle asistencia técnica. Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones de acuerdo con el proyecto aprobado. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas, con los visados que, en su caso, fueran preceptivos. Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que, en su caso, fueran preceptivos. 1.3.3.3. Legalización: Determinación y control de la realización de pruebas y ensayos precisos, y elaboración de la documentación correspondiente a la dirección facultativa de la obra. 1.3.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 1.3.4.1. Encargo global: La base de cálculo de derechos colegiales (8, 0 ) correspondiente al encargo global en obras de instalaciones deportivas, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Beo=PxCd/100 Siendo: P: Presupuesto de ejecución material de la obra. Cd: Coeficiente en función del presupuesto de ejecución material de la instalación, según tabla 1.3. 1.3.4.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (BRe) correspondiente a la redacción de proyecto en obras de instalaciones deportivas, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: BRP = Beo X 0,70 1.3.4.3. Dirección de obra, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (8 00 ) correspondiente a la dirección facultativa de las obras de instalaciones deportivas, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: Boo = Beo x 0,30 TABLA 1.3 INSTALACIONES DEPORTNAS NO LOE P.E.M.ICA Caso (an mllas da euros) lfmite Hasta 25,09 50,29 74,55 100.00 125 61 189,53 . 24 48 71 95 119 179 Cd 11,50 11,00 10,50 10,00 9 50 9,00 P.E.M./CA (an miles de euros) Hasta Caso !Imite 252,88 238 380,80 357 476 510,00 952 1.025 23 1.428 1.547 00 2.142 2.336,73 Cd 8,50 8,00 7,50 7,00 6 50 6,00 P.E.M.ICA (an mlles de ovros) . Hasta Desde Caso llmite 2.975 3.272,50 4.165 4.627,78 5.950 6.693,75 11.900 13.600,00 11.900 COLEGIO OFICtAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS OE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ EDIFICACIÓN 01·10/10 . Cd 5,50 5,00 4,50 4,00 3 50 COLEGIO OFICIAL. DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS 1.2.3. BASES MINIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base mínima de cálculo de derechos colegiales por dirección de ejecución de obra en obras contempladas por la L.O.E., ele Arquitectura Monumental se obtendrán mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Bmin = 390 x CA euros Cuando las obras no sean de nueva planta, la base mmrma de cálculo de derechos colegiales será el resultado de aplicar a la fórmula anterior el coeficiente 1,20. 1.2.4. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo~presupuesto. Contrato/s (recomendable; necesario en caso de gestión colegial de cobro). Notificación encargo dirección. Plano de emplazamiento Copia resumen presupuesto de proyecto. Actas y certificados según LOE (recomendable modelos Consejo General) Orden de gestión de cobro (en su caso). 1.3. OBRAS DE INSTALACIONES DEPORTIVAS NO CONTEMPLADAS POR LA LOE 1.3.1. CONCEPTO Se entiende como instalaciones deportivas, a los efectos de aplicación de este baremo, toda obra cuya utilización sea para la dedicación al deporte, en todas sus facetas, con los edificios anejos que sean necesarios para su práctica, cuyas características no las hagan encuadrables dentro de la consideración de edificación según el articulo 2.2 de la LOE. 1.3.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser; Encargo global: Comprende redacción de proyecto y dirección facultativa de la obra. Redacción de proyecto. Dirección facultativa de la obra. Legalización de todas o cada una de las formas de actuación anteriores. 1.3.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 1.3.3.1. Redacción de proyecto: Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales. El proyecto deberá contener la documentación señalada para las obras de edificación en general contempladas por la LOE. 1.3.3.2. Dirección Facultativa: Verificar el replanteo y la adecuación de la cimentación y de la estructura proyectadas a las características geotécnicas del terreno. Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto. Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto. COLEGIO OFICIAL DE A.PAHEJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 EDIFICACIÓN 01-9/9 1.4. OTRAS CONSTRUCCIONES (INGENIERÍA) NO CONTEMPLADAS POR LA LOE 1.4.1. INTRODUCCIÓN Se incluyen en el concepto "otras construcciones" los siguientes tipos de obras: Dotación de servicios urbanos en general. Construcciones hidráulicas para alumbramiento y abastecimiento de agua a poblaciones. Aprovechamiento de aguas para usos industriales de utilidad privada. Depuración y tratamiento de aguas. Alcantarillado y demás obras de saneamiento de poblaciones. Caminos vecinales y de utilidad privada. Puentes. Embalses. Canales. Acequias y brazales de riego de servicio particular. Acondicionamiento urbano del subsuelo. Trabajos similares. Y todas aquellas obras referidas a los usos relacionados y/o a los contemplados en el articulo 2.b de la Ley de Ordenación de la Edificación. 1.4.2. FORMA DE ACTUACIÓN Y CONTENIDO 1.4.2.1. Dirección de la ejecución de la obra: Asumir la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado (control de calidad). Verificar la recepción en la obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas. Dirigir la ejecución material de la obra comprobando !os replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones de acuerdo con el proyecto y las instrucciones del director de obra. Consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas. Recibir los resultados de los ensayos o pruebas de servicio de materiales, sistemas o instalaciones, que le han de ser entregados por las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación. Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado. 1.4.2.2. Legalización: Determinación y control de la realización de pruebas y ensayos precisos, y elaboración de la documentación correspondiente a la dirección de la eje:cución de la obra. 1.4.3, BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 1.4.3.1. Obras de nueva planta La base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a la dirección de la ejecución material de 11 0tras construcciones", se obtendrán en función del presupuesto de ejecución material de las obras, mediante la aplicación de la siguiente fórmula: B = P x Cg /100 Siendo: P: Presupuesto de ejecución material de la obra. Cg: Coeficiente obtenido de la tabla 1.4, donde CA: Coeficiente de actualización COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITI;CTOS Té:CNICOS DE TERUEL CÁlCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 EDIFICACIÓN 01 -12112 1.3.4.4. Obras que no sean de nueva planta Cuando las obras de edificación no sean de nueva planta, consideradas entre ellas las de ampliación, reforma y reparación, la base de cálculo de derechos colegiales se cuantificará de forma similar a como se ha establecido para las obras de nueva planta, multiplicando el coeficiente e por 1,20. 1.3.5, BASES MÍNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 1.3.5.1. Encargo global: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por encargo global en obras de instalaciones deportivas, se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BeGmln = 1315 X CA euros Cuando las obras no sean de nueva planta, la base mínima de cálculo de derechos colegiales serán el resultado de aplicar a la fórmula anterior el coeficiente 1,20. 1.3.5.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base minima de cálculo de derechos colegiales por redacción de proyecto de instalaciones deportivas, se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BRPmln =91 Ox CA euros Cuando las obras no sean de nueva planta, las bases mínimas de cálculo de derechos colegiales serán el resultado de aplicar a la fórmula anterior el coeficiente 1,20. 1.3.5.3. Dirección facultativa de obra, exclusivamente: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por dirección de obra de instalaciones deportivas, se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Boomln = 585 X CA euros Cuando las obras no sean de nueva planta, las bases mínimas de cálculo de derechos colegiales serán el resultado de aplicar a la fórmula anterior el coeficiente 1,20. 1.3.6. PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL Para los casos en que el encargo comprenda la redacción de proyecto, el coste mínimo orientativo de ejecución material de la obra que se proyecte, se obtendrá por aplicación a las edificaciones del coste mínimo de las mismas y a las instalaciones superficiales los costes mínimos correspondientes a urbanización. 1.3.7. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable; necesaria en caso de gestión colegial de cobro). Proyecto (ejemplares según Ayuntamiento, si el encargo lo incluye) Notificación encargo dirección. Plano de emplazamiento (¡li el encargo no incluye proyecto). Copia resumen presupuesto de proyecto (si el encargo no incluye proyecto). Hoja resumen de superficies del proyecto (si el encargo no incluye proyecto). Libro de órdenes facilitado por el Colegio (si el encargo incluye la dirección de obra) Documentación final de obra (en su caso) Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIA.l DE APAHEJADORES Y ARQUITECTOS TtCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES OE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ EDIFICACIÓN 01 ·11/11 COLEGIO OFICIAL, DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS 2. REFORMAS 2.1, OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO, REFORMA, DECORACIÓN 2.2. OBRAS DE REFUERZO, CONSOLIDACIÓN Y PUNTUALES EN EDIFICACIONES 2.1. OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO, REFORMA, DECORACIÓN 2.1.1, CONCEPTO Comprende los trabajos efectuados en viviendas y/o locales, correspondientes a acondicionamiento, reforma, habilitación, adecuación o rehabílitación 2.1.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser: Encargo global: Comprende redacción de proyecto y dirección facultativa de la obra. Redacción de proyecto técnico de ejecución. Dirección facultativa de la obra. Legalización de todas o cada una de las formas de actuación anteriores. 2.1.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 2.1 ,3, 1, Redacción del proyecto: Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, !a contratación de colaboraciones parciales. El proyecto deberá contener la siguiente documentación: (Lo señalado con asterisco *es lo que, a! menos, debe contener e! proyecto básico) l. MEMORIA 1.Memoria Descriptiva (Descriptiva y justificativa) 2. Memoria constructiva (Descripción de las soluciones adoptadas) 1.1 Agentes.• Datos de Promotor, ro ectista, otros técnicos. 1.2 Información previa". Antecedentes y condicionantes de partida, datos del emplazamiento, entorno ffsico, normativa urbanfstica, otras normativas, en su caso. Datos del edificio. Informes realizados. 1.3 Descripción del proyecto•. Descripción general, programa de necesidades, uso caracter!stico del edificio y otros usos previstos, relación con !ll entorno. Cumplimiento del CTE y otras normativas especificas, normas de disciplina urbanlstica, ordenanzas municipales, funcionalidad, etc. Descripción de la geometrla, volumen, superficies útiles y wnstruidas, accesos y evacuación. Descripción general de los parámetros que detenninan las previsiones técnicas a considerar en el proyecto respecto al sistema estructural, el sistema de compartimentación, el sistema envolvente, el sistema de acabados, el sistema de awndicionamiento ambiental y el de servicios. 1.4 Prestaciones del edificio". Por requisitos básicos y en relación con las exigencias básicas del CTE. Se indicarán en particular las awrdadas entre promotor y proyectista que superen los umbrales establecidos en el CTE. Se establecerán las limitaciones de uso en su conjunto y de cada una de sus dependencias e instalaciones. 2.1 Sistema envolvente. Definición constructiva de los distintos subsistemas de la envolvente del local, con descripción de su wmportamiento frente a las acciones a las que está sometido (peso propio, viento, sismo, etc.), frente al fuego, seguridad de uso, evacuación de agua y wmportamiento frente a la humedad, aislamiento acústico y aislamiento ténnico, y sus bases de cálculo. 2.2 Sistema de compartimentación. Defmición de los elementos de wmpartimentación con especificación de su comportamiento ante el fuego y su aislamiento acústico y otras caracter!sticas que sean exigibles, en su caso. 2.3 Sistemas de acabados. Se indicarán las caracterfsticas y prescripcionos de los acabados de los paramentos a fin de cumplir los requisitos de funcionalidad, seguridad Yhabitabilidad COLEGIO OFlC!AL DE APAREJADORES Y ARQUITI:CTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 REFORMAS 02. \/1 TABLA 1.4. OTRAS CONSTRUCCIONES P.E.M./CA (en mllas de euros) . Hasta " 72 144 216 288 360 540 Caso limite Cg 75,27 150,86 226,80 303,16 380,00 571,76 3.45 3,30 3,15 3,00 2,85 2,70 PEMJCA Caso (an mHas da euros) limite 765,00 1.152,00 1.542 86 3.101,54 4.680,00 7.069,09 Hasta 720 1.080 1.440 2.880 4.320 6.480 Cg 2,55 2.40 2,25 P.E.M./CA (en miles da euros) Hasta 2,10 . 1,95 Desde 9.000 12.600 18.000 36.000 36.000 Caso Hmite 9.900,00 14.000 00 20.250,00 41.142,86 Cg 1,65 1,50 1 35 1.20 1.05 1,80 1.4.3.2. Obras que no sean de nueva planta Cuando las obras de "otras com;trucciones" no sean de nueva planta, consideradas entre ellas las de ampliación, reforma y reparación, las bases de cálculo de derechos colegiales se cuantificarán de forma similar a como se ha establecido para las obras de nueva planta, multiplicando el coeficiente e por 1,20. 1.4.4. BASES MÍNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base mínima de célculo de derechos colegiales por dirección de la ejecución de "otras construcciones", se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Bmln = 390 X CA euros Cuando las obras no sean de nueva planta, las bases mínimas de cálculo de derechos colegiales serán el resultado de aplicar a la fórmula anterior el coeficiente 1 ,20. 1.4.5. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargoMpresupuesto. Contrato/s (recomendable; necesaria en caso de gestión colegial de cobro). Notificación encargo dirección. Plano de emplazamiento Copia resumen presupuesto de proyecto. Actas y certificados. Orden de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGlA!.ES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 EDIFICACIÓN 01. 13113 2.1.3.2. Dirección Facultativa: Verificar el replanteo y la adecuación estructural de lo proyectado a las caracterlsticas del edificio. Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto. Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto. Asumir la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado (control de calidad). Verificar la recepción en la obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas. Recibir los resultados de los ensayos o pruebas de servicio de materiales, sistemas o instalaciones, que le han de ser entregados obligatoriamente por las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación que, además, han de prestarle asistencia técnica. Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones de acuerdo con el proyecto aprobado. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas, con los visados que, en su caso, fueran preceptivos. Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que, en su caso, fueran preceptivos. 2.1.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 2.1.4.1. Encargo global: La base de cálculo de derechos colegiales (B,;o) correspondiente al encargo global de las obras de acondicionamiento, reforma y decoración, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: B, 0 =P X Cr /100 Siendo: P: Presupuesto de ejecución material de la obra. Cr: Coeficiente en función de la superficie afectada, según la tabla 2.1 TABLA2.1 ACONDICIONAMIENTOS Superficie total Superficie afectada en m 2 lfmite Hasta 50 52,63 . 100 200 400 600 800 1.000 109,62 216,67 426,67 627,91 82892 1.064,10 Cr 12,00 11,40 10,40 9 60 9,00 8,60 8,30 Superficie total afectada en m2 2.000 Hasta . Superficie limite 2.136,99 3.000 3.128,57 4.000 4.179,10 6.000 6.184,62 8.000 8.387 10 10.000 10.163,93 12.000 12.200,00 Cr 7,80 7,30 7,00 6,70 6,50 6,20 6,10 Superficie total afectada en m2 Hasta 15.000 Desde 20.000 25.000 30.000 35.000 40.000 40.000 COLEGIO OFICtAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ REFORMAS 02.3/3 Superficie !imite Cr 16.071,43 6,00 20.363,64 5,60 25.462,96 5,50 30.566,04 5,40 35.673 08 5,30 41.600 00 5,20 5,00 COLEGIO OFICIAL, DE APARI'JADORES TECNICOS 1 1 'i en relación con las exigencias básicas del La justificación se realizará para las soluciones adoptadas conforme a lo indicado en el CTE. También se las prestaciones que mejoren los niveles 1 i de ejecución, normas de aplicación, condiciones previas que han de cumplirse antes de su realización, tolerancias admisibles, condiciones de terminación, conservación y mantenimiento, control de ejecución, ensayos y pruebas, garantlas de calidad, criterios de aceptación y , criterios de medición y valoración de , etc. las medidas 1 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TtCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEG~LES OE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ REFORMAS 02-212 · entre los DE APAREJADORES 1 1'13 1,00 1,40 1,81 1,85 1,19 Panaderla, Pastelerla, .. 1.02 Ferreterla, Droguer!a, !avanderla, Pajarerla, En marcaciones Tiendas de ropa, Perfumerla y cosméticos, Floristerías Peluquerla, Informática, Numismática, Filatelia, Fotografía Armarla, Muebles, Instrumentos musicales, Marroquinerla, Electrodomésticos, Administración loterla/apuestas, Estanco Videoclub, Prensa, Papelerla Librarla, Menaje, Mat. deportivo óptica, Farmacia, Ortopedia Bisuterla, Salón de belleza 0,82 0,91 0,91 0,91 0,91 0,91 ft:lnoacene¡sen general, trasteros 0,45 Garajes, Talleres de automoción Exposición de vehlculos a motor Talleres de orfebrerla, de confección, etc. 0,60 Academias de enseñanza Guardarlas y Jardines de Infancia Bibliotecas, Salas de Exposición, Galerlas de Arte Casas de Cultura, Centros Clvicos Salones de actos Religiosos o Confesionales Estudios de Música Autoescuelas 0,88 1,02 1,22 1,24 1,15 1,25 1 1,39 1,31 1,35 1,69 1,31 0,92 1' 2.1.8. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en e! Colegio: - Notals encargo-presupuesto. - Contrato/s (recomendable; necesaria en caso de gestión colegial de cobro). - Proyecto (n' de ejemplares según Ayuntamiento, si el encargo lo incluye) ~ Notificación encargo dirección. -Plano de emplazamiento (si el encargo no incluye proyecto). -Copia resumen presupuesto de proyecto (si el encargo no incluye proyecto). - Hoja resumen de superficies del proyecto (si el encargo no incluye proyecto). -Libro de órdenes facilitado por el Colegio (si el encargo incluye la dirección de obra) -Documentación final de obra (en su caso) - Órden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ REFORMAS 02. 515 2.1.4.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (BRP) correspondiente a la redacción de proyecto de las obras de acondicionamiento, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: BRP = BeG X 0,70 2.1.4.3. Dirección facultativa de obra, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (Boa) correspondiente a la dirección facultativa de las obras de acondicionamiento, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: Boo = BeG x 0,30 2,1 ,5. BASES MÍNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 2.1.5.1. Encargo global: La base mínima de cálculo dEl derechos colegiales por encargo global en obras de acondicionamiento se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BeGmln = 930 x CA euros 2.1.5.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por redacción de proyecto de obra de acondicionamiento se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BRPmln = 651 X CA euros 2.1.5.3. Dirección facultativa de obra, exclusivamente: La base mínimas de cálculo de derechos colegiales por dirección de obra de acondicionamiento se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Boomln = 279 X CA euros 2.1.6. PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL El coste mínimo (Cmin) de ejecución material se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: Cm in= 296 x Siendo: (U x S) x Fax Fs x CA euros U: Coeficiente/sen función del uso o usos del local, según la tabla 2.1.bis S: Superficie construida para cada uso del local. Fa: Factor de accesibilidad (1 ,00 para todos los casos, excepto para aquellos emplazamientos para los que exista una dificultad extrema respecto del acceso de vehículos y medios propios de la construcción (hormigoneras, grúas, etc.) en los que será 1,10). Fs: Factor en función de la superficie a acondicionar (Fs = 1-0,00001 x Sup. Total; mínimo 0,90) CA: Coeficiente de actualización. 2.1.7. OBSERVACIONES. OBRAS PARCIALES Si la obra a realizar constituye una actuación parcial sobre un local ya acondicionado o rehabilitado, deberá expresarse tal circunstancia con claridad, tanto en el proyecto o documentación que la defina, como en su título. La base de cálculo mínima se obtendrá por aplicación al presupuesto de la obra, de la tabla 2.1. Si las características de la obra parcial hiciesen desaconsejable La base de cálculo de derechos colegiales en función de la superficie afectada, se aplicarán las bases de cálculo mínimas definidas en el epígrafe 2.1.5. El coste mínimo de ejecución material se obtendrá por aplicación de los costes de mercado, con la conformidad del servicio colegial de visado. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS OE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2006/ REFORMAS 02· 4/4 COLEGIO OFICIAL DE APARUADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS 2.2. OBRAS DE REFUERZO, CONSOLIDACIÓN Y PUNTUALES EN EDIFICACIONES 2.2.1. CONCEPTO Son obras de refuerzo y consolidación las destinadas a reparar las lesiones o deficiencias de las edificaciones, y las que tienen por objeto recuperar la capacidad resistente de las mismas. 2.2.2. FORMA DE ACTUACIÓN Y CONTENIDO Las formas de actuación pueden ser: Encargo global: Comprende redacción de proyecto y dirección facultativa de la obra. Redacción de proyecto. Dirección facultativa de la obra. Legalización de todas o cada una de las formas de actuación anteriores. 2.2.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 2.2.3.1. Redacción de proyecto: Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a !o que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales. El proyecto deberá contener la parte de la documentación señalada en el apartado 2.1.3.1. que sea coherente con las características de la obra a realizar 2.2.3.2. Dirección Facultativa: La dirección facultativa de obras de refuerzo, consolidación y puntuales en edificios, tiene el contenido señalado en e! ep!grafe 2.1 .3. 1. que sea coherente con las obras a realizar. 2.2.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 2.2.4.1. Encargo global: Las bases de cálculo de derechos colegiales (BeG) correspondientes al encargo global en obras de refuerzo, consolidación y puntuales en edificaciones, pueden obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BeG=PxCc/100 Siendo: P: Presupuesto de ejecución materia! de !a obra. Ce: Coeficiente en función del presup. de ejecución material de la obra, según tabla 2.2. 2.2.4.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: Las bases de cálculo de derechos colegiales (BRe) correspondientes a la redacción de proyecto en obras de refuerzo, consolidación y puntuales en edificaciones, pueden obtenerse mediante la aplicación de la siguient" fórmula, en función de las bases de cálculo de derechos colegiales de encargo global: 2.2.4.3. Dirección de obra, exclusivamente: Las bases de cálculo de derechos colegiales (Boo) correspondientes a la dirección facultativa de las obras de refuerzo, consolidación y puntuales en edificaciones, pueden obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de las bases de cálculo de derechos colegiales de encargo global: Boa = BeG X 0,30 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS OE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIAI.ES OE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 REFORMAS o~- s/6 TABLA2.2 REFUERZO, CONSOLIDACION Y PUNTUALES EN EDIFICACIONES P.E.M./CA (en miles de euros) Hasta . .. 10 14 20 31 41 53 65 81 Caso lfmite 10,53 15,35 21,67 33,07 42,91 54,92 69 17 86,55 Ce 12,00 11,40 10,40 9,60 9,00 8,60 8 30 7,80 P.E.M.ICA (an miles da euros) Hasta . 102 122 143 163 204 244 285 326 Caso 11mite 106,37 127,46 147,40 170,89 207,34 248,07 289,83 331,62 Ce 7,30 7,00 6,70 6,50 6,20 6,10 6,00 5,90 P.E.M.ICA (en miles do euros) Hasta . Desde 367 407 489 570 652 733 733 Caso \imite 380,11 414,40 498,06 580,75 664,54 762,32 . Ce 5,80 5,60 5,50 5,40 5,30 5,20 5,00 2.2.5. BASES MINIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 2.2.5. 1. Encargo global: Las bases m!nimas de cálculo de derechos colegiales por encargo global en obras de refuerzo, consolidación y puntuales en edificaciones, se obtendrán mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Beomtn =980 X CA euros 2.2.5.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: Las bases mínimas de cálculo de derechos coiEJgiales por redacción de proyecto de obras de refuerzo, consolidación y puntuales en edificaciones, se obtendrán mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BRPmln = 685 X CA euros 2.2.5.3. Dirección facultativa de obra, exclusivamente: Las bases mlnimas de cálculo de derechos colegiales por dirección de obra de obras de refuerzo, consolidación y puntuales en edificaciones, se obtendrán mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Boomln = 490 X CA euros 2.2.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Notals encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable; necesaria en caso de gestión colegial de cobro). Proyecto (n°de ejemplares según Ayuntamiento, sí el encargo lo incluye). Notificación encargo dirección. Plano de emplazamiento (si el encargo no incluye proyecto). Copia resumen presupuesto de proyecto (si el encargo no incluye proyecto). Hoja resumen de superficies del proyecto (si el encargo no incluye proyecto). Libro de órdenes facilitado por el Colegio (si el encargo incluye la dirección de obra). Documentación final de obra (en su caso). Órden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL OE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 REFORMAS 02-717 DE APAREJADORES 1 3. DERRIBOS 3.1. CONCEPTO Comprende los trabajos y operaciones destinados a hacer desaparecer, total o parcialmente, una edificación. 3.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser: Encargo global: Comprende redacción de proyecto y dirección facultativa de la obra. Redacción de proyecto técnico de ejecución. Dirección facultativa de la obra. Legalización de todas o cada una de las formas de actuación anteriores. 3.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 3.3.1. Redacción del proyecto: Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales. El proyecto deberá contener la siguiente documentación: i 1 i il ' PRESUPUESTO FOTOGRAFIAS COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS Té.CN\COS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ DERRIBOS Y DEMOLICIONES 03 ·111 3.3.2. Dirección Facultativa: Comprobar los materiales y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones de acuerdo con el proyecto. Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto. Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas, con los visados que fueran preceptivos. Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que fueran preceptivos. Consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas. 3.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 3.4. 1. Encargo global: La base de cálculo de derechos colegiales (B,o) correspondiente al encargo global de las obras de derribo, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: e,. =V x a x t x CA Siendo: BEG: Base de cálculo de derechos colegiales en euros V: a: Volumen de la edificación a demoler 0,77 si el edificio es de altura inferior a 12m. 1,16 si el edificio es de altura mayor a 12m. t" Tipologia del edificio, según tabla 3 CA: Coeficiente de actualización ~!~0~~ ;,RRISOS 1 Entre i ~l!11 11 11 i i i i i 1 1 i 1 ; en re 5. 1 ; en re 1 l y 10.000 m' . IOOy 20.000 01' 3.4.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (BRe) correspondiente a la redacción de proyecto de las obras de derribo, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: BRP = BEG X 0,30 3.4.3. Dirección facultativa de obra, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (8 00 ) correspondiente a la dirección de las obras de derribo, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: Boo =e,. X 0,70 COLEGIO OFICtAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS OE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ DERRIBOS Y DEMOLICIONES 03.212 4. OBRAS DE URBANIZACIÓN 4.1. CONCEPTO Comprende !os trabajos y operaciones destinados a la formación de calles, caminos, vías públicas o privadas y, en general, todas aquellas obras cuyo fin sea acondicionar el suelo urbanizable y dotarlo de las instalaciones e infraestructuras necesarias para su uso como solar, asi como los elementos de ornato, jardinería, etc. 4.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser: Encargo global: Comprende redacción de proyecto y dirección facultativa de la obra. Redacción de proyecto técnico de ejecución. Dirección facultativa de la obra. Legalización de la obra. 4.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 4.3.1. Redacción del proyecto: Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales. El proyecto deberá contener la siguiente documentación: i 1 ~ ¡e¡y LAS OBRAS 1 il . p, '"'ª"'a de • i 1 ; uo i ; 1 i TIERRAS ·~ ' FIRMES Y PAVIMENTOS 1 . b"" y 1 1 ' 1 ¡ i :ii.\'+'!~~y~N~S 1 1 ¡~ ·¡¡ i EXTERIORES ~,,,., 1 il i ''"' '" 1 >de i DE INDOLE TECNICA i b•a" COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 URBANIZACIÓN 04-111 ' lo• de 3.5. BASES MINIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 3.5.1. Encargo global: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por encargo global en obra de derribo se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Beamln = 970 x CA euros 3.5.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base m!nima de cálculo de derechos colegiales por redacción de proyecto de obra de derribo se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BRPmln = 290 x CA euros 3.5.3. Dirección facultativa de obra, exclusivamente: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por dirección de obra de derribo se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Boomln =680 x CA euros 3.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Notafs encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Proyecto (ejemplares según Ayuntamiento, si el encargo lo incluye) Notificación encargo dirección. Plano de emplazamiento (si el encargo no incluye proyecto). Copia resumen presupuesto de proyecto (si el encargo no incluye proyecto). Libro de órdenes Documentación final de obra Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICQS DE TER UEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFES\ONALES 2006/ DERRlBOS Y DEMOLIClONES 03-3/3 COLEGIO OFICIAL, DE APAREJADORES ARQUITECTOS TECNICOS TABLA4. 1 -''"- 1 1 --~~ Cu ~aso Cu 1 10 ' 1 1 Oes(je 4 ~·co Cu . 4.4.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (BRP) correspondiente a la redacción de proyecto de obras de urbanización, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: BRp BEG X 0,70 = 4.4.3. Dirección facultativa de obra, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (Boa) correspondiente a la dirección de obras de urbanización, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo gleba: Boa = Bea x 0,30 4.5. BASES MINIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 4.5. 1. Encargo global: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por encargo global en obra de urbanización se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BeGmln 2.050 X CA euros = 4.5.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por redacción de proyecto de obra de urbanización se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BRPmln = 1.435 x CA euros 4.5.3. Dirección facultativa de obra, exclusivamente: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por dirección de obra de urbanización se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Boomln = 615 X CA euros 4.6. PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL El coste mínimo (Cmin) de ejecución material se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: Cmln =S x 60 x CA x U euros S: Superficie urbanizada tratada (viales: calzadas, aceras, .. y/o jardines) Siendo: CA: Coeficiente de actualización U: Coeficiente obtenido del cuadro 4.6 CUADR04.6 COSTES URBANIZACIÓN TIPO DE TERRENO Llano Ondulado Quebrado Abrupto u 1 00 1,05 1 1o 1'15 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS OE TER UEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES OE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 URBANIZACIÓN 04-3/3 4.3.2. Dirección Facultativa: Verificar el replanteo y la adecuación del terreno a lo proyectado. Comprobar los materiales, la correcta ejecución y disposición de !os elementos constructivos y de las instalaciones de acuerdo con el proyecto. Controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado (control de calidad). Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto. Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas, con los visados que fueran preceptivos. Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con !os visados que fueran preceptivos. Verificar la recepción en la obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas. Consignar en el Libro de órdenes y asistencias las instrucciones precisas. Recibir los resultados de los ensayos o pruebas de servicio de materiales, sistemas o instalaciones, que le han de ser entregados obligatoriamente por las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación que, además, han de prestarle asistencia técnica. 4.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 4.4.1. Encargo global: La base de cálculo de derechos colegiales (BEG) correspondiente al encargo global de obras de urbanización, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BEG = P x Cu 1 100 Siendo: P: Presupuesto de ejecución material de la obra. Cu: Coeficiente en función del presupuesto de ejecución material, según tabla 4. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TER UEL CALCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 URSANIZACION 04· 2/2 5. SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 5.1. CONCEPTO Se considerarán actuaciones en materia de Seguridad y Salud aquellas de las contempladas en el R.O. 1627/1997 que deben observarse en todas las obras de construcción, en las que dicha disposición es de aplicación. 5.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación profesional pueden ser: Encargo global en materia de seguridad y salud Coordinación en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto. Redacción de Estudio o de Estudio Básico de seguridad y salud. Coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución de la obra Asesoramiento técnico al contratista en la redacción del Plan de seguridad y salud. 5.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 5.3.1. Encargo global en materia de seguridad y salud Comprende la coordinación de seguridad durante la elaboración del proyecto, con redacción de Estudio o Estudio Básico de seguridad y salud y la coordinación de seguridad en fase de ejecución de la obra. 5.3.2. Coordinación de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto: Sus funciones son: Coordinar que se tengan en cuenta los principios generales de prevención en materia de seguridad y salud durante las fases de concepción, estudio y elaboración del proyecto y las previsiones contenidas en el Estudio o en el Estudio Básico de seguridad y salud. Elaborar o hacer que se elabore, bajo su responsabilidad, el Estudio o el Estudio Básico de seguridad y salud. 5.3.3. Redacción de Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud El Estudio o Estudio Básico de seguridad y salud se corresponderá con el contenido del proyecto de obra a que corresponda. Deberá contener la siguiente documentación: 1 OBRAS 1 DISPOS!TIVOS DE SEGURIDAD EN EL PROCESO CONSTRUCTIVO PROVISIONALES DE OBRA COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 SEGURIDAD Y SALUD LASORAL 05· 111 i Trabajos parciales: Movimiento de tierras: Red de saneamiento: Abastecimiento de agua: Electricidad, comunicaciones: Pavimento de calzada: Aceras: 10% 25% 10% 15% 25% 15% 4.7. AMPLIACIÓN, REFORMA Y REPARACIÓN DE OBRAS DE URBANIZACIÓN Cuando las obras de urbanización no sean de nueva planta, consideradas entre ellas las de ampliación, reforma y reparación, la base de cálculo de derechos colegiales se cuantificará de forma similar a como se ha establecido para las intervenciones en urbanizaciones de nueva planta, multiplicando el coeficiente Cuque le corresponda por 1,20. 4.8. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Notals encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Proyecto (ejemplares según Ayuntamiento, si el encargo lo incluye) Notificación encargo direcciónfes. Plano de emplazamiento (si el encargo no incluye proyecto). Copia resumen presupuesto de proyecto (si el encargo no incluye proyecto). Libro de órdenes facilitado por el Colegio (si el encargo incluye la dirección de obra) Documentación final de obra Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 URBANIZACIÓN 04-4/4 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS 5.3.5. Asesoramiento técnico al contratista en la redacción del Plan de seguridad y salud. En el Plan de seguridad y salud en el trabajo, cuya titularidad y firma corresponde preceptivamente al contratista, el Arquitecto Técnico que le asesore en su elaboración o que redacte la documentación técnica correspondiente, analizará, estudiará, desarrollará y complementará las previsiones del Estudio o Estudio Básico de seguridad y salud, en función del sistema de ejecución de la obra por la empresa contratista. Las posibles propuestas alternativas al citado Estudio o Estudio Básico deberán estar técnicamente justificadas. 5.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 5.4.1. Encargo global: Comprende la coordinación en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto y durante la ejecución de la obra y la redacción del estudio o estudio básico de seguridad y salud 5.4.1.1. Obras de construcción, excepto las de derribo y demolición La base de cálculo de derechos colegiales (BEG) correspondiente al encargo global de los trabajos de seguridad y salud de una obra de construcción, excepto las de derribo y demolición, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BEG Siendo: = P X Cs /100 BEG: Base de cálculo en euros. P: Presupuesto de ejecución material de la obra. Cs: Coeficiente obtenido de la tabla 5.1. CA: Coeficiente de actualización Se considera que, salvo casos debidamente justificados, el presupuesto orientativo de Ejecución Material del Estudio de Seguridad deberá ser 2,5% del P.E.M. de la obra para todo tipo de obras, excepto para naves, almacenes, obras de urbanización y similares, cuyo presupuesto de seguridad debería ser 2,0% del P.E.M. de la obra. T~B~5.1 1•• ~ ,;,,; ,; ' ,l ~~:.~ ~ ("~.o Cs 1 '""' 11 Cs 1 {oomll;; d; Caso 1 Cs i Hasta ,09 ;,53 Desde - 5.4.1.2.0bras de derribo y demolición La base de cálculo de derechos colegiales (BEo) correspondiente al encargo global de los trabajos de seguridad y salud de derribo y demolición, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Be0 =1,7 x V x a x t x CA Siendo: BEo: Base de cálculo en euros. V: Volumen de la edificación a: O, 12 si la edificación es de altura igual o inferior a 12 m. 0,18 si la edificación es de altura superior a 12m. t: Tipología del edificio, según tabla 5.2. CA: Coeficiente de actualización COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 SEGURIDAD Y SALUD LABORAL 05-3/3 5.3.4. Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. Sus funciones comprenden: Coordinar la aplicación de Jos principios generales de prevención. Coordinar las actividades a desarrollar en la obra para garantizar que se aplique la acción preventiva por parte de las empresas intervinientes así como de los trabajadores autónomos. Aprobar el Plan de seguridad y salud en el trabajo. Organizar la coordinación de las actividades empresariales. Coordinar la aplicación correcta de los métodos de trabajo. Adoptar medidas de control de acceso a la obra. Ser depositario del Libro de Incidencias y hacer anotaciones en el mismo. Formular al contratista instrucciones en materia de seguridad y salud. Remitir copia de las anotaciones del Libro de Incidencias a la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. Paralizar los trabajos en caso de observarse incumplimiento de las medidas de seguridad y salud. COLEGIO OFICIAL OE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2006/ SEGURIDAD Y SALUD LABORAL os -2/2 . 5.5.3. Redacción de Estudio o Estudio Básico de seguridad y salud: La base m!nima de cálculo de derechos colegiales por redacción de Estudio o Estudio Básico de seguridad y salud de cualquier tipo de obra se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: E.S.S BREmlo =600 X CA euros E. B. S.S. BREmlo =200 X CA euros 5.5.4. Coordinación en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra: La base minima de cálculo de derechos colegiales por coordinación en materia de seguridad y salud durante la ejecución de cualquier tipo de obra se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: E. S. S Bcemlo = 1.400 x CA euros E.B.S.S. Bcemlo = 467 x CA euros 5.5.5. Asesoramiento técnico en la redacción del Plan de seguridad y salud en el trabajo: La base minima de cálculo de derechos colegiales por asesoramiento técnico en la redacción del Plan de seguridad y salud en el trabajo de cualquier tipo de obra se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: E.S.S BAPmlo = 400 x CA euros E.B.S.S. BAPmlo = 133 X CA euros 5.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Estudio o Estudio Básico (ejemplares según contrato, si el encargo lo incluye) Plano de emplazamiento (si el encargo no incluye estudio). Copia resumen presupuesto de estudio (si el encargo no lo incluye). Libro de incidencias facilitado por el Colegio (si el encargo incluye la coordinación durante ejecución) Libro de registro de seguridad (recomendable) facilitado por el Colegio (si el encargo incluye la coordinación durante ejecución) Documentación de asesoría para redacción de plan (si e! encargo se refiere a ella} Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIA!.ES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ SEGURIDAD Y SALUD LABORAL os. 515 TABLA5.2 TIPOLOG!A SEGURIDAD DERRIBOS TIPOLOGA Entre medianeras Edificios residenciales aislados Pabellones industriales hasta 5.000 m3. Pabellones industriales entre 5.000 y 10.000 m3. Pabellones industriales entre 10.000 v 20.000 m3. Pabellones industriales de mas de 20.000 m3. t 1.00 0,80 0,70 0,60 0.50 0.40 5.4.2. Coordinación en materia de seguridad y salud durante la elaboración de proyecto: La base de cálculo de derechos colegiales (BcP) correspondiente a la coordinación en materia de seguridad y salud durante la elaboración de proyecto en cualquier tipo de obra, sin incluir la elaboración del Estudio o Estudio Básico de seguridad, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: Bcp =BeG X 0,10 5.4.3. Redacción de Estudio o Estudio Básico de seguridad y salud: La base de cálculo de derechos colegiales (BRe) correspondiente a la Redacción de Estudio o Estudio Básico de seguridad y salud en cualquier tipo de obra, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: BRE = Bea X 0,30 5.4.4. Coordinación en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra: La base de cálculo de derechos colegiales (Bce) correspondiente a la coordinación en materia de seguridad y salud durante !a ejecución de la obra en cualquier tipo de obra, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: Bce = BeG X 0,70 5.4.5. Asesoramiento técnico en la redacción del Plan de seguridad y salud en el trabajo: La base de cálculo de derechos colegiales (BAP) correspondiente a asesoramiento técnico en la redacción del Plan de seguridad y salud en el trabajo en cualquier tipo de obra, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: BAP = BEG X 0,20 5.5. BASES MÍNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 5.5.1. Encargo global: La base minima de cálculo de derechos colegiales por encargo global de los trabajos de seguridad y salud de cualquier tipo de obra se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: E.S.S Beomlo = 2.600 x CA euros E.B.S.S. Beomlo =867 x CA euros 5.5.2. Coordinación en materia de seguridad y salud durante la elaboración de proyecto: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por coordinación en materia de seguridad y salud durante la elaboración de proyecto de cualquier tipo de obra se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: E.S.S BcPmln =200 X CA euros E.B.S.S. BcPmlo =67 x CA euros COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIAlES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ SEGURIDAD Y SAl.UD LABORAL os. 4/4 COLEGIO OFICIAL, DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS 6.3.2. Seguimiento del programa de control de calidad: Dar cumplimiento al programa de control de calidad, mediante la realización de visitas y controles establecidos en el mismo. Comprobar la realización de ensayos y pruebas previstos en el programa de control de calidad. 6.3.3. Documentación de cumplimiento del programa de control de calidad: Redacción y entrega al promotor, con los visados preceptivos, de informe de control en el que habrán de figurar. • • • Recopilación de documentos de idoneidad de materiales. Recopilación de justificantes de ensayos y pruebas realizados Certificación/es de cumplimiento del programa de control de calidad 6.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 6.4.1. Encargo global: La base de cálculo de derechos colegiales (BEG) correspond'1ente al encargo global del control de calidad, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: e.G = P x e, 1100 Siendo: P: Presupuesto de ejecución material de la obra. C,: Coeficiente en función de la superficie afectada, según tabla 6. En caso de tener encargada la dirección de la ejecución o la dirección facultativa de la obra, el coeficiente Ce será el resultado de sumar los correspondientes a redacción de programa y documentación de cumplimiento del programa de dicha tabla. 6.4.2. Redacción de programa, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (BRr) correspondiente a redacción del programa de control de calidad, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BRr=PxC,I100 Siendo: P: e,: Presupuesto de ejecución material de la obra. Coeficiente en función de la superficie afectada, según tabla 6. 6.4.3. Seguimiento del programa de control de calidad: La base de cálculo de derechos colegiales (Bsc) correspondiente a encargo global del control de calidad, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Bsc = P xC,/100 Siendo: P: e,: Presupuesto de ejecución material de la obra. Coeficiente en función de la superficie afectada, según tabla 6. En caso de tener encargada la dirección de la ejecución o la dirección facultativa de la obra, no se percibirán derechos colegiales por este concepto 6.4.4. Documentación del cumplimiento del programa de control de calidad: La base de cálculo de derechos colegiales (Boc) correspondiente a redacción del programa de control de calidad, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Boc = P X C,/100 Siendo: P: e,: Presupuesto de ejecución material de la obra. Coeficiente en función de la superficie afectada, según tabla 6. COLEGIO OFIClAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGlALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 CONTROL DE CALIDAD 06· 212 COLEGIO OFICIAL. DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS 6. CONTROL DE CALIDAD 6.1. CONCEPTO Comprende los trabajos de planificación, programación y establecimiento de condiciones para realizar el control de calidad en la edificación y el seguimiento de dicho controL 6.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser: Encargo global: comprende la redacción del programa, su seguimiento y su documentación Redacción y firma del Programa de Control de Calidad Seguimiento del Programa de Control de Calidad. Documentación del seguimiento del programa de control de calidad. El seguimiento del programa forma parte de las funciones inherentes a la dirección de la ejecución de la obra en obras contempladas por la L.O.E., o de la dirección facultativa en obras no contempladas por la misma. 6.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 6.3. 1. Redacción del Programa de Control de Calidad: Redactar el programa con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales. El programa deberá contener la siguiente documentación: i it COLEGIO QFIClAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ CONTROL DE CALIDAD 06 ·1/1 COLEGIO OFICIAL, DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS TABLA6 CONTROL DE CALIDAD Superficie total 2 construida en m Hasta " " " " " " " " " " " " " " " Mas de 200 400 600 800 1.000 1.500 2.000 3.000 4.000 8.000 12.000 18.000 25.000 35.000 50.000 100.000 100.000 Coeficiente CL Encargo olobal Redacción oroqrama 1,21 1,16 1 '10 1,05 1,00 0,95 0,89 0,84 0,79 0,74 0,68 0,63 0,58 0,53 0,47 0,42 0,37 0,28 0,26 0,25 0,24 0,23 0,22 0,20 0,19 0,18 0,17 0,16 0,14 0,13 0,12 O, 11 0,10 0,08 Seguimiento Documentación oroarama 0,79 0,76 0,72 o69 0,66 0,62 0,59 0,55 0,52 0,48 0,45 0,41 0,38 0,35 o31 0,28 0,24 oroarama 0,14 0,13 O, 13 0,12 O, 11 0,11 0,10 0,10 0,09 0,08 0,08 0,07 0,07 0,06 0,05 0,05 0,04 6.5. BASES MINI MAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 6.5. 1. Encargo global: La base mínima de cálculo de derechos colegiales en materia de control de calidad se obtendrá median1e la aplicación de la siguiente fórmula: BeGmln = 600 X CA euros 6.5.2. Redacción de programa, exclusivamente: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por redacción de programa de control de calidad se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BRPmln =200 X CA euros 6.5.3. Seguimiento del programa de control de calidad, exclusivamente: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por seguimiento del programa de control de calidad se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BsPmrn =200 X CA euros 6.5.4. Documentación del seguimiento del programa de control de calidad, exclusivamente: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por documentación del seguimiento del programa de control de calidad se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Boomrn = 200 X CA euros 6.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Programa (ejemplares según contrato, si el encargo lo incluye) Documentación de cumplimiento del programa Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ CONTROL DE CALIDAD 06· 3/3 COLEGIO OFICIAL, DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS 7. MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN 7.1. LIBRO DEL EDIFICIO 7,1.1. CONCEPTO El Libro del Edificio es una documentación completa que se elabora al final de la obra en los casos de edificios de nueva construcción y en cualquier momento en los casos de edificios en uso. Trata de ser el documento en e! que se recojan todas las vicisitudes del edificio durante su vida útil, y en el que consten las características del mismo, tanto constructivas como patrimoniales o de cualquier otro orden, permanentemente actualizadas. El adquirente en el acto de transmisión de la propiedad, o el presidente de la comunidad de propietarios en la toma de posesión del puesto, deberán recibir de su antecesor el Libro del Edificio. A partir del momento de la entrega, el adquirente o el presidente lo deberán tener a su cargo. Serán los obligados a mantenerlo al día mediante las anotaciones e incorporaciones de documentos, suscritas por ellos, en los diferentes registros de que consta. Las anotaciones e incorporaciones se realizarán en el plazo de un mes desde que se produzcan los hechos que la originen. El Libro del Edificio debe estar a disposición de todos los copropietarios de edificio. 7.1 ,2, CONTENIDO 7.1 .2. 1. Edificios de nueva construcción El Libro del Edificio deberá contener los siguientes apartados: DATOS INICIALES DOCUMENTO DE ESPECIFICACIONES TECNICAS REGISTRO DE INCIDENCIAS CONJUNTO DE DATOS Y Identificación: Dirección completa del inmueble CARACTERlSTICAS DEL Promotor: Nombre, domicilio, teléfono, NIF, etc. INMUEBLE Proyectista/s: Nombre, domicilio, teléfono, NIF, etc. Colaboradores del proyecto: Nombre, domicilio, teléfono, NIF, etc. Director/es obra: Nombre, domicilio, teléfono, NIF, etc. Director/es ejecución: Nombre, domicilio, teléfono, NIF, etc. Constructor/es Nombre, domicilio, teléfono, NIF, etc. Subcontratas: Nombre, domicilio, teléfono, NIF, etc. O.C.T. y laboratorios: Nombre, domicilio, teléfono, NIF, etc. Instaladores: Nombre, domicillo, teléfono, NIF, etc. Licencias: Organismos, clase, fecha Acta de recepción: Referencia a documento acreditativo Declaración de obra nueva: Datos del Notario. N" protocolo, fecha Régimen de propiedad: Tipo, referencia a escritura de división. Estatutos Reglmenes especiales: Tipo, referencia documento acreditativo Cargas reales: Tipo, referencia documento acreditativo Garantla promotor: Art. 19 LOE.: Vencimiento, tipo, ref. doc. acreditativo Garantla constructor; ldem promotor Garantras especificas: _Instalación o equipamiento, vencimiento, tipo, empresa, ref. documentos Unidades registrales: Numeración. coeficiente de participación, destino Observaciones: Las que procedan DATOS DE PROYECTO Y Memoria Técnica del proyecto OBRA Planos del proyecto con sus modificaciones Resultados del Programa de Control de Calidad MANUAL OE uso y Instrucciones para realizar Inspecciones y controles del estado de todas MANTENIMIENTO DEL las partes comunes del edificio: EDIFICIO Periodicidad de las revisiones y de las medidas a adoptar respecto a estructura, fachadas, cubierta, albal'ii\erla en general, carpinterfa, cerrajerla, techos y pavimentos, revestimientos, todas y cada una de las instalaciones. Determinación de persona o tipo de empresa que debe realizar las revisiones y forma de dejar constancia de las mismas. MANUAL DE USO Y IGUAL QUE EDIFICIO MANTENIMIENTO DE CADA VIVIENDA CONJUNTO OE PAGINAS El acto de entrega del Ubre del Edificio al adquirente. PREPARADAS PARA Los cambios de titularidad de la propiedad. ANOTAR INCIDENCIAS {las Los cambios de presidente de la comunidad de propietarios. anotaciones las realizará el Las reformas, rehabilitaciones y cambios de uso que afecten al estado propietario o el presidente de original del edificio. la comunidad) Las que supongan la modificación d alguno de los datos iniciales del edificio. COLEGIO OFICIAL OE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS OE TERUEL CÁLCULO OERECHOS COLEGIALES OE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN 07 ·111 COLEGIO OFICIAL. DE APAREJADORES TECNICOS Las ayudas y beneficios otorgados al edificio, especificando caracterlsticas. Los seguros que afecten a la totalidad del edificio o a sus zonas comunes PROGRAMA DE CALENDARIO CONTROL ANUAL DE REVISIONES MANTENIMIENTO AÑOS DE PARA DIEZ Concreción da Inspecciones y operaciones a realizar en todas y cada una de las partes y/o Instalaciones del edificio, con expresión da la fecha en que se han de realizar, persona o entidad que las debe de realizar. Comprobación del cumplímiento del programa anual de mantenimiento a suscribir por el "técnico de cabecera" y el propietario o presidente de la comunidad. CARPETA CON RELAC.I~~ Licencias relacionadas en Datos Iniciales. DE DOCUMENTOS QUE EN Certificado final de obra Escrituras de obra nueva y de división horizontal. Estatutos en su caso ELLA SE CONSERVEN Certificados de garant!as y pólizas de seguros Documentos que justifiquen cargas Documentos jUstificativos de Qp9raciones de reoaración o mantenimiento ARCHIVO DE DOCUMENTOS 7. 1.2.2. Edificios en uso El contenido del Libro del Edificio elaborado para edificios en uso debería tener el mismo contenido que el elaborado para edificios de nueva construcción, definido en el eplgrafe anterior. No obstante, en el apartado datos iniciales constarán aquellos que sea posible conocer y, en su caso, referencia a obras de rehabilitación integral o intervenciones sustanciales. El manual de uso y mantenimiento de cada vivienda se redactará en caso de que lo contraten sus titulares. 7.2. EDIFICIOS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN 7.2.1. CONCEPTO El mantenimiento de los edificios nace simultáneamente a su primera ocupación, con su entrega a los usuarios. El Libro del Edificio establece de un modo sistemático las operaciones a realizar en el futuro. Dadas sus caracterfsticas, este deberla ser elaborado por el Director de la Ejecución de a Obra, con los datos facilitados por los demás agentes y los que el mismo aporte. No obstante, su elaboración la puede realizar cualquier Arquitecto Técnico. El mantenimiento posterior se concreta en la realización de las inspecciones y controles que se establezcan en las Hojas de Control Anual de Mantenimiento, que, anualmente deberán ser contrastadas por el "técnico de cabecera" y en la realización de las operaciones que, en su caso, sean necesarias. 7.2.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación en materia de mantenimiento de edificios de nueva construcción, son: Elaboración del Libro del Edificio. Control del Programa de Mantenimiento Proyecto y/o dirección de obras consecuencia de los controles realizados. 7.2.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN. 7.2.3. 1. Elaboración del Libro del Edificio Elaborar el Libro del Edificio con el contenido señalado en el epígrafe 7.1 .2. 1. 7.2.3.2. Control del Programa de Mantenimiento 11 Realización de los controles asignados por el Libro del Edificio al "técnico de cabecera • Control anual de la realización de las operaciones establecidas en el Libro de Mantenimiento. 7.2.3.3. Proyecto y/o dirección de obras consecuencia de los controles realizados El contenido determinado en el epígrafe correspondiente según el tipo de obra a realizar. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20QSI MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN 07.212 COLEGIO OFICIAL. DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS 7.3. EDIFICIOS EN USO. En los edificios en uso, el mantenimiento sistemático se debe iniciar una vez aquellos se encuentren en condiciones de ser equiparados a edificios de nueva construcción. Normalmente, para alcanzar tales condiciones, precisarán de actuaciones previas, con las cuales el edificio quede "como nuevo". Normalmente, la actuación del Aparejador dará comienzo con un reconocimiento a fondo del edificio, del que se derivará un informe de "diagnosis y tratamiento", en el que se especificarán los defectos observados y se propondrán las actuaciones a realizar. Aprobadas por la propiedad, en su caso, las actuaciones a realizar, en función de su complejidad y de la normativa vigente se redactará el oportuno proyecto o memoria valorada y/o se dirigirá la obra cuyo fin último será que el edificio quede en condiciones de ser objeto de un mantenimiento sistemático, tal como se plantea en el epígrafe 7.2. Consecuentemente, las formas de actuación, bases de cálculo de derechos colegiales, documentación, etc. de las fases previas: diagnosis y propuesta de actuación, y proyecto y/o dirección de obra, serán las correspondientes al tipo de informe y proyecto-dirección, respectivamente, que se realice. Para la fase de mantenimiento propiamente dicho, !as formas de actuación, su contenido, bases de cálculo de derechos colegiales, bases mínimas de cálculo de derechos colegiales y documentación serán las definidas en el eplgrafe 7.2. 7.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 7.4.1. Elaboración del Libro del Edificio: La base de cálculo de derechos colegiales (BLEN) en euros, por elaboración del Libro del Edificio de edificios de nueva construcción se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: BLEN Siendo: =S X p X T X E X 1,8 X CA S: Superficie construida del edificio P: Factor de ponderación, según el siguiente cuadro: Su~. Const. Edificio (m2) 2 Menor de 500 m 2 Menor de 2.000 m • Mayor de 2.000 m'. T: Tipología dominante del edificio según e! siguiente cuadro: Ti~o edificio Suntuario Comercial Oficinas Viv. unifamiliar aislada, pareada o adosada Viv. colectiva Industrial E: p 1,00 0,60 0,40 T 2,00 1,25 1 '15 1 '10 0,60 0,3 Edad del edificio: Edad del edificio Entre O y 5 años Entre 5 y 25 años Entre 25 y 50 años Más de 50 años E 1,00 2,00 3,00 4,00 CA: Coeficiente de actualización. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS T~CNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN 07- 313 7.4.2. Control del Programa de Mantenimiento: La base de cálculo de derechos colegiales por Control del Programa de Mantenimiento se establecerá en función del número de visitas y/o informes que prevea dicho programa, por aplicación de !as bases de cálculo de derechos colegiales que correspondan para cada tipo de actuación. 7.5. BASES MINIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 7 .5.1. Elaboración del Libro del Edificio: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por elaboración del Libro del Edificio se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: BLENm!n =300 x CA euros 7.5.2. Control del Programa de Mantenimiento: La base minima de calculo de derechos colegiales por Control del Programa de Mantenimiento será la correspondiente a cada tipo de actuación que comporten. 7.6. DOCUMENTACIÓN 7.6.1. Documentos a tramitar en el Colegio en edificios de nueva construcción: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Libro del Edificio. Informes, diligencias, etc. Orden/es de gestión de cobro (en su caso) 7.6.2. Documentos a tramitar en el Colegio en edificios en uso: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Proyecto Libro del Edificio Programa de mantenimiento Documentación de control del programa Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL OE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIAlES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONA!..ES 20081 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN 07-4/4 8. DESLINDES Y REPLANTEOS DE TERRENOS, SOLARES Y EDIFICIOS 8.1. CONCEPTO Deslinde del perfmetro completo o parcial de un terreno o solar es el acto de señalar los Hmites lineales que lo definen en razón de unas condiciones prefijadas que pueden ser de propiedad, de parcelación, de carácter urbano, de servidumbre, de derechos reales, o de cualquier otro tipo. El deslinde de edificaciones consiste en establecer los Hmites que permiten determinar dos o mas construcciones o edificios, incluso las relaciones de copropiedad, servidumbre u otros derechos que puedan existir entre ellos. Replanteo es el acto de trazar a tamaño natural, sobre el terreno o la edificación, una figura geométrica de composición variable y con un significado técnico propio, que previamente ha sido diseñada en un plano o consta su descripción en otro documento con datos suficientes para su correcta interpretación y traslado 8.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser: Deslinde sin amojonamiento Deslinde con amojonamiento Replanteo 8.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 8.3.1. Deslinde sin amojonamiento: Redacción de acta de deslinde que contendrá el objetivo propuesto, las condiciones bajo las que se han desarrollado las operaciones y los fundamentos en que se basa la solución adoptada; irá firmada por los propios interesados, testigos y el facultativo que efectúe el deslinde. Plano de deslinde. a escala y acotado con todos los datos necesarios para un posterior replanteo. Colocación de piquetes en los vértices de la finca, definiendo así los linderos. 8.3.2. Deslinde con amojonamiento El mismo contenido que sin amojonamiento Señalamiento, con hitos o mojones, de los linderos, completando el deslinde sin amojonamiento 8.3.3. Replanteo Señalamiento sobre el terreno, solar o edificio, de la figura a trazar. 8.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 8.4.1. Deslinde sin amojonamiento: A) De terrenos: La base de cálculo de derechos colegiales por deslinde de terrenos amojonamiento, se calculará mediante la siguiente fórmula: B Siendo: =2 x L x Ct 1 sin x CA euros B= Base de cálculo de derechos colegiales total en euros L = Longitud del perímetro a deslindar en metros Ct, = Coeficiente en función del tipo de terreno, según tabla 8.A CA = Coeficiente de actualización COLEGIO OFICiAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTIJACIONES PROFESIONALES 20081 DESLINDES Y REPLANTEOS DE TERRENOS, SOLARES Y EDIFICIOS os ·111 Cuando, para efectuar el trabajo haya que realizar mediciones, levantamientos, etc., las bases de cálculo de derechos colegiales se incrementarán aplicando la base correspondiente. Si, por cualquier causa, no fuera necesaria la confección del plano, las bases de cálculo de derechos colegiales se obtendrán a partir de las fórmulas anteriores, multiplicando por el coeficiente 0,66. 8.5. BASES MfNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 8.5.1. Deslinde sin amojonamiento: A) De terrenos: La base mfnima de cálculo de derechos colegiales por deslinde de terrenos sin amojonamiento, se calculará mediante la siguiente fórmula: Bmin = 700 x CA euros B) De solares: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por deslinde de solares sin amojonamiento, se calculará mediante la siguiente fórmula: Bmln= 290 x CA euros C) De edificaciones: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por deslinde de edificaciones, se calculará mediante la siguiente fórmula: Bmin = 465 x CA euros 8.5.2. Deslinde con amojonamiento: En los deslindes con amojonamiento, los gastos que origine el mismo serán por cuenta del cliente. La base mlnima de cálculo de derechos colegiales será el resultado de aplicar a las correspondientes sin amojonamiento, un coeficiente de 1,50. 8.5.3. Replanteo: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por replanteo es la misma corresponden a los deslindes sin confección de planos (ver 8.4.4.). que 8.6. CLASIFICACIÓN DE LOS TERRENOS Los terrenos se clasifican en llanos, ondulados, quebrados y abruptos con arreglo a la siguiente consideración: Clase de terrenos Llanos Ondulados Quebrados Abruptos Los accidentes topográficos permiten hacer observaciones en distancias De 400 o mas metros Entre 200 y 400 metros Entre 100 y 200 metros Inferiores a 100 metros. 8.7. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Acta/s de deslinde y/o replanteo Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS T!<CNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20061 DESLINDES Y REPLN'JTEOS DE TERRENOS, SOLARES Y EDIFICIOS os. 3/3 COLEGIO OFICIAL. DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS TABLAB.A DESLINDE TERRENOS Tipo de terreno Llano Ondulado Quebrado Abruoto Coeficiente Ct1 0,80 1,00 1,25 1,60 B) De solares: La base de cálculo de derechos colegiales por deslinde de solares amojonamiento, se calculará mediante la siguiente fórmula: B sin = 4 x L x Ct2 x CA euros Siendo: B = Base de cálculo de derechos colegiales total en euros L= Longitud del perímetro a deslindar en metros Ct, = Coeficiente en función del tipo de terreno, según tabla 8.8 CA = Coeficiente de actualización TABLAB.B DESLINDE SO!..ARES Tipo de terreno Llano Ondulado Quebrado Coeficiente Ct, 0,80 1,00 1,25 C) De edificaciones: La base de cálculo de derechos colegiales por deslinde de edificaciones, se calculará mediante la siguiente fórmula: B = 6 x L x CA euros Siendo: B = Base de cálculo de derechos colegiales total en euros L = Longitud del perimetro de la traza sobre la edificación a deslindar, en metros Si hubiera necesidad o conveniencia de deslindar una parte cualquiera del perímetro de las plantas superiores, al resultado de la fórmula anterior habrla que aumentarle el de la siguiente: B' Siendo: B' = L' = =3 x L' x CA euros Base de cálculo de derechos colegiales correspondientes a deslindes en plantas superiores, en euros Suma de las longitudes a deslindar en las plantas superiores, en metros. 8.4.2. Deslinde con amojonamiento: En los deslindes con amojonamiento, los gastos que origine el mismo serán por cuenta del La base de cálculo de derechos colegiales será el resultado de aplicar a las cliente. correspondientes sin amojonamiento, un coeficiente de 1,50. 8.4.3. Replanteo: La base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a replanteos es la misma que corresponde a los deslindes sin confección de planos (ver 8.4.4.). 8.4.4. Observaciones: En las bases de cálculo de derechos colegiales obtenidas por cualquiera de las fórmulas de deslinde no están incluidas las correspondientes a la fase previa de los trabajos, cuando sea necesaria, que trata de poner de acuerdo a los colindantes; dada su naturaleza, la obtención de las bases de cálculo de derechos colegiales se realizará por tiempo. COLEGIO OFICiAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGiALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ DESLINDES Y REPLANTEOS DE TERRENOS, SOlARES Y EDIFICIOS 06.2/2 9. MEDICIONES DE TERRENOS, SOLARES Y EDIFICIOS 9.1. CONCEPTO Comprende los trabajos necesarios para determinar gráfica y/o analíticamente, la superticie en proyección horizontal ocupada por un terreno, solar o edificio cuyos limites están perfectamente definidos, con entrega al cliente de documento acreditativo de la medición y plano/s de lo medido. 9.2. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 1.1.3.1. Redacción del proyecto: Medición del terreno, solar o edificio Redacción y firma de documento acreditativo de la medición efectuada Levantamiento de plano/s del terreno, solar o edificio medido. 9.3. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 9.3.1. Medición de terrenos: La base de cálculo de derechos colegiales (BMr) por medición de terrenos, se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: BMr Siendo: = S x T x Kt x CA /100 euros BMr: Base de cálculo de derechos colegiales total, en euros S: Superficie en m2 . T: Coeficiente en función del tipo de terreno, según tabla 9.A Kt. Factor resultante en función de S, según tabla 9.8 CA: Coeficiente de actualización TABLA9.A MEO!CIÓN TERRENOS 2 Tipo de terreno llano Ondulado Quebrado Abru to Coeficiente T 0,80 1,00 1,2S 1,60 TABLA9.B MEDICIÓN TERRENOS 1 Superficie S, en Ha. Hasta 1,50 3,00 4,50 6,00 7,50 9,00 11,00 . . Caso llmlte 1,57 3,15 4,74 6,50 8,19 9,10 11,76 Kt 4,95 4,72 4,49 4,26 3.93 3,60 3,56 Superficie S, en Ha. Hasta 13,00 1S.OO 18,00 21,00 24,00 27,00 35,00 . Caso llmlte 13.96 16,26 19,S7 23,01 26.54 30,20 39,94 Kt 3,33 3,10 2,86 2,63 2.40 2,17 1,94 Superficie S, en Ha. Hasta 45,00 60,00 80,00 100,00 Desde 100,00 . Caso Kt limite 52,04 1.70 71,13 1,47 98,22 1,24 131,17 1,01 0,77 - 9.3.2. Medición de solares: La base de cálculo de derechos colegiales (BMs) por medición de solares, se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: BMs =S x T x Ks x CA euros Siendo: BMs: S: T: Ks. CA: Base de cálculo de derechos colegiales total en euros 2 Superficie en m . Coeficiente en función del tipo de terreno, según tabla 9.A Factor resultante en función de S, según tabla 9.C. Coeficiente de actualización COLEGIO OFICIAL OE APAREJADORES Y ARQUITECTOS H!CNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ MEDICIÓN DE TERRENOS, SOLARES Y EDIFICIOS 09 ·111 TABLA9.C MEDICIÓN SOLARES Caso Superficie S, en m 2• Hasta .. limite 331,91 422,47 300 400 500 600 700 529,76 63797 747,30 Ks 1.04 0,94 0,89 0,84 o79 Superficie S, . . en m2. Hasta 800 1.000 1.500 2.000 3.000 Caso llmite 822,22 1.074,63 1.703,39 2.185,19 3.240,00 Ks 0,74 0,72 0,67 0,59 0,64 Superficie S, 2 en m • Hasta 4.000 5.000 8.000 10.000 Desde 10.000 Caso Ks Hmite 4.255,32 0.50 5.875,00 0.47 8.648,65 0,40 14.800,00 o 37 o 25 - 9.3.3. Medición de edificaciones: La base de cálculo de derechos colegiales (BME) por medición de edificaciones, se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: BME Siendo: BME: S: Ke. CA: =S x Ke x CA euros Base de cálculo de derechos colegiales total en euros 2 Superficie en m . Factor resultante en función de S, según tabla 9.D. Coeficiente de actualización TABLA9.D MEDICIÓN EDIFICIOS Superficie S, en m2• .. Hasta . 250 300 400 500 600 Caso limite 274,04 331,91 422,47 529,76 633,96 Ke 2,28 2,08 1,88 1,78 1,68 Superficie S, enm 2 . Hasta 700 800 1.000 1.500 2.000 Caso Umíte 746,98 827,78 1.074,63 1.689,08 2.183,49 Ke 1,59 1,49 1,44 1,34 1'19 Superficie S, Caso en m . Hasta 3.000 limite 2 Desde 4.000 5.000 6.000 6.000 Ke 3.303,03 1,09 4.212 77 0,99 5.280,90 0,94 7.216,22 0,89 - 0,74 En el caso de medición de plantas diferentes dentro de un mismo edificio, por cada una de ellas se computará un 50 % de la base de cálculo de derechos colegiales de las de la primera planta, que se añadirá a esta. Si se tratase de repetición de plantas idénticas, por cada una se añadirá el 1O % de la base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a la planta que se repite. Cuando se trate de representar alzados, secciones y detalles, la base de cálculo de derechos colegiales deberá ser objeto de aprobación colegial a propuesta del colegiado, siendo la base resultante, como mínimo, el doble de lo establecido en los apartados anteriores. 9.4. BASES MINIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 9.4. 1. Medición de terrenos: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por medición de terrenos, se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: BMTmln = 700 X CA euros 9.4.2. Medición de solares: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por medición de solares, se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: BMsm!n = 290 x CA euros 9.4.3. Medición de edificaciones: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por medición de edificaciones, se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: BMEmln = 465 X CA euros COLEGIO OFICtAL DE APAREJADORES Y ARQUJTECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ MEDICIÓN DE TERRENOS. SOLARES Y EDIFICIOS 09.2/2 9.5. CLASIFICACIÓN DE LOS TERRENOS Los terrenos se clasifican en llanos, ondulados, quebrados y abruptos con arreglo a la siguiente consideración· Los Clase de terrenos accidentes topográficos permiten hacer observaciones en distancias De 400 o mas metros Entre 200 y 400 metros Entre 100 y 200 metros Llanos Ondulados Quebrados Abruotos Inferiores a 100 metros. 9.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Documentación de la medición Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICtAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2006/ MEDICIÓN DE TERRENOS, SOLARES Y EDIFICIOS 09.3/3 10. PARCELACIONES 10.1. CONCEPTO En general, se entiende por parcelación todo acto de alteración de los límites de los terrenos, sea por división o agrupación, que de lugar a la formación de nuevas fincas susceptibles de utilización y tráfico jurídico independiente. La naturaleza del suelo en que se actúe, según su planeamiento, caracterizará a la parcelación como urbanística o rústica. 10.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser: Encargo global: Comprende redacción de proyecto y seguimiento de la parcelación. Redacción de proyecto de parcelación. Seguimiento de la parcelación. 10.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 10.3.1. Redacción del proyecto: Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales. El proyecto deberá contener la siguiente documentación: 10.3.2. Seguimiento de la parcelación. Dirección del replanteo y definición sobre el terreno de los límites de lafs finca/s resultante/s 10,4, BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 10.4.1. Encargo global: La base de cálculo de derechos colegiales (BEo) correspondiente al encargo global de parcelación, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BEG Siendo: =280x eH xc. XCA BEo: Base de cálculo de derechos colegiales en euros CH: Coeficiente según superficie total actuación, en hectáreas, según tabla 10.1. C": Coeficiente en función del número de parcelas resultantes por Ha., que se determinará por aplicación de la siguiente fórmula c.= 0.035 X S X Np, COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQU!TECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE lAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 PARCEU>.CIONES 10-1/1 11. RECONOCIMIENTOS, DILIGENCIAS CONSULTAS, EXAMEN DE DOCUMENTOS Y 11.1. CONCEPTO 11.1.1. Reconocimientos: Se entiende por reconocimiento el examen técnico de un terreno, solar, construcción o edificación con el fin de obtener los datos necesarios para emitir un pronunciamiento profesional acerca de cualquier cuestión planteada por el cliente. 11.1.2. Consultas: Se entiende por consulta la pregunta que se formula al Aparejador sobre cuestiones que no requieren examen de documentación, ni de elementos de edificación o suelo, sino que se basa en la exposición que hace el cliente. 11.1.3. Examen de documentos: Se entiende por examen de documentos el estudio y análisis de títulos, planos, etc. facilitados por el cliente u obtenidos por el propio Aparejador con el fin de emitir un pronunciamiento profesional acerca de cualquier cuestión planteada por el cliente en base a los datos del documento. 11.1.4. Diligencias Se entienden por diligencias las gestiones realizadas en centros públicos o privados en representación del cliente, siguiendo sus instrucciones, en base a los conocimientos profesionales del Aparejador 11.2. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN En los cuatro casos se~alados, la actuación del Aparejador se materializará en un documento escrito en el que se expondrán: Carácter de la actuación (reconocimiento, consulta, examen .. .) Datos del cf1€mte Datos del Aparejador Objeto del reconocimiento, consulta examen de documentos o diligencias. Cuestión o cuestiones planteadas por el c!Jente Pronunciamiento del Aparejador acerca de las cuestiones planteadas 11.3. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES Las bases de cálculo de derechos colegiales correspondientes a reconocimientos, consultas, examen de documentos y diligencias se obtendrén por aplicación de las bases de cálculo de derechos colegiales correspondientes a trabajos tarifados por tiempo, en función del tiempo empleado, tanto en despacho como en otros lugares, con adición, en su caso, de los gastos por desplazamientos, alojamiento, etc. 11.4. BASES MiNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base mínima de cálculo de derechos colegiales por reconocimientos, consultas, examen de documentos y diligencias, seré: Bmln = 200 X CA euros 11.5. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Documentación sobre el reconocimiento, consulta, documentos examinados o diligencia. Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGLAJ..ES DE lAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 RECONOCIMIENTOS, CONSVL TAS, EXAMEN DE DOCUMENTOS, DILIGENCIAS 11. 111 Siendo: S: Superficie de la actuación en hectáreas N,: Coeficiente en base al número de parcelas por hectárea según tabla 10.2. TABLA 10.1 TABLA 10.2 PARCELACIONES 2 PARCELACIONES 1 Superficie en Ha. Hasta " " " " " " " " " " " " " Mas de 1 3 5 10 15 20 25 30 35 40 45 55 75 100 100 Caso Hmite 1'15 3,46 5,63 10,65 16,10 21,51 27,14 32,67 38,43 44,13 50,71 62,25 85,20 113,08 -- Parcelas por Ha. e" 5,60 4,86 4,22 3,75 3,52 3,28 3,05 2,81 2,58 2,35 2,13 1,89 1,67 1,47 1,30 Hasta " " " " " " " Mas de 2 5 10 15 20 30 40 50 50 Caso limite ---- -- --- ----- N, 13,60 16,80 21,00 25,85 28,75 33,00 35,95 38,05 40,00 10.4.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (BRP) correspondiente a la redacción de proyecto de parcelación, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: BRP BeG X 0,70 10.4.3. Seguimiento de la parcelación, exclusivamente La base de cálculo de derechos colegiales (H 5 ,) correspondiente al seguimiento de la = parcelación, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: Bsp = BeG x 0,30 10.5. BASES MINIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 10.5.1. Encargo global: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por encargo global de parcelaciones se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BMcm!n 850 x CA euros 10.5.2. Redacción de proyecto. exclusivamente: La base mínimas de cálculo de derechos colegiales por redacción de proyecto de parcelación se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: = BRPmln = 600 x CA euros 10.5.3. Seguimiento de la parcelación, exclusivamente La base mínima de cálculo de derechos colegiales por seguimiento de la parcelación se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Boa = 250 x CA euros 10.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Proyecto (ejemplares según Ayuntamiento, si el encargo lo incluye) Órden/es de gestión de cobro (en su caso). El cliente deberá poner a disposición del colegiado, escrituras de propiedad y/o certificados registrales de los terrenos a parcelar COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 PARCElACIONES 10 ·2 12 12. INFORMES, DICTÁMENES Y CERTIFICACIONES 12.1. CONCEPTO 12.1.1. Informe: Se entiende por informe la exposición por escrito de las circunstancias observadas en el reconocimiento de precios, edificios, documentos, etc., o en el examen de la cuestión que se considera, con explicaciones técnicas, económicas, etc. 12.1.2. Dictamen: Se entiende por dictamen la exposición por escrito de la opinión que emite el Aparejador sobre la cuestión sometida a consideración y justificada técnicamente en base al informe. 12.1.3. Certificación: Se entiende por certificación la exposición por escrito de la verdad de un hecho y/o circunstancia relacionados con la edificación o el suelo a efectos de su constancia ante terceros. 12.2. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN En los tres casos señalados, la actuación del Aparejador se materializará en un documento escrito en el que se expondrán: Carácter de la actuación Datos del cliente Datos del Aparejador Objeto del informe, dictamen o certificación. Informe, dictamen o cerlificación propiamente dichos 12.3. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES Las bases de cálculo de derechos colegiales correspondientes a informes, dictámenes y certificaciones se obtendrán en función de la materia objeto de examen y estudio, y se fijarán en relación con el trabajo desarrollado o por aplicación de las bases de cálculo de derechos colegiales correspondientes a trabajos calculados por tiempo, en función del tiempo empleado, tanto en despacho como en otros lugares. 12.4. BASES MINIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES Las bases mfnimas de cálculo de derechos colegiales serán: a) Para informes, sin certificación: B b} = 200 x CA euros Para dictámenes, con informe; B e) = 300 x CA euros Para certificaciones, sin informe: B d} = 200 x CA euros Para certificaciones, con informe: B = 400 x CA euros 12.5. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable}. Informe, dictamen o certificación Orden/es de gestión de cobro (en su caso}. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS Té:CN!COS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEG\ALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2006/ INFORMES, DICTÁMENES Y CERTIFICACIONES 12 ·1/1 13. ACTUACIONES PERICIALES 13.1. CONCEPTO Comprende los trabajos efectuados como peritaciones para los Tribunales de Justicia o la Administración, así como en actuaciones sometidas a arbitrajes o amigables componedores a tenor de la legislación vigente, a Instancia de parte, del Ministerio Fiscal, de la propia Autoridad judicial o arbitral o de los órganos de la Administración. 13.2. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN La actuación tendrá el contenido correspondiente al tipo de pericia encargada, sea informe, valoración o cualquier otro tipo de actuación profesional. Si un trabajo determinado no se corresponde directamente con los comprendidos en este documento, sus caracterlsticas, contenido, bases de cálculo de derechos colegiales, etc. se determinarán por analogla con la actuación o actuaciones con que guarden mas semejanza. 13.3. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 13.3.1. Peritaciones: La base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a peritaciones se obtendrá en función de la materia objeto de examen y estudio, y se fijará en relación con el trabajo desarrollado o por aplicación de la base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a trabajos computados por tiempo, en función del tiempo empleado, tanto en despacho como en otros lugares. 13.3.2. Arbitrajes: Cuando la actuación del Aparejador tenga por objeto resolver por laudo cuestiones de su especialidad que fueran sometidas a su arbitraje por las partes interesadas de acuerdo con la legislación vigente, la base de cálculo de derechos colegiales se determinará con arreglo a la fórmula siguiente: B =485 X CA+ Cj X V Siendo: B: Base de cálculo de derechos colegiales en euros CA: Coeficiente de actualización Cj: Coeficiente de acuerdo con la tabla 13. V: Cantidad en euros que se discute o estimación económica equivalente al derecho en litigio TABLA13 ARBITRAJES V/CA (en miles de euros) Hasta 40 200 " 400 " 2.000 " Desde 2.000 Caso limite Cj 50,00 266,67 600,00 4.000,00 0,05 0,04 0,03 0,02 0,01 .. 13.4. BASES MfNIMAS DE CÁLCULO DE LOS DERECHOS COLEGIALES 13.4.1. Peritaciones: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por peritaciones se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: Bmln =387 x CA euros COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ PERITACIONES Y ARBITRAJES 13· 1/1 14. INSTALACIONES 14.1. CONCEPTO Comprende los trabajos de : cálculo, valoración, grafiado y ejecución de las redes, centralizaciones y acometidas de las instalaciones de: Saneamiento Abastecimiento y Fontanería interior Electricidad Telefonía y Telecomunicaciones Climatización y Ventilación Prevención de Incendios 14.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser: Encargo global: comprende la redacción del Proyecto y Dirección Facultativa de la/s instalación/es. Redacción del Proyecto de la/s instalación/es. Dirección Facultativa de la ejecución de la/s instalación/es. Legalización de la/s instalación/es. 14.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 14.3.1. Redacción del Proyecto: Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales. CTE. PRESUPUESTO Resumen de Presupuesto especificando: • Presupuesto de Ejecución Material • Beneficio Industrial Gastos generales COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/INSTALACIONES 14 ·1/1 13.4.2. Arbitrajes: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por arbitrajes se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: Bmln = 780 X CA euros 13.5. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable}. Documentación de la pericia o arbitraje. Orden/es de gestión de cobro (en su caso}. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ PERITACIONES Y ARBITRAJES 13.212 TABLA14 INSTALACIONES Presupuesto de ~jecución material Caso limite en miles de euros\ Hasta " " Mas de 30 90 150 210 270 400 400 34,29 105 00 180,00 262,50 360,00 450,00 -- Coeficiente Ci 6,00 5,25 4,50 3,75 3 00 2,25 2,00 14.4.2. Redacción del proyecto, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (BRP) correspondiente a la redacción de proyecto de instalación/es, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente formula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: BRP Beo x 0,70 = 14.4.3. Dirección facultativa de obra, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (Bao) correspondiente a la dirección de la/s instalación/es, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente formula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: Boa = BeG X 0,30 14.5. BASES M(NIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 14.5.1. Encargo global: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales correspondiente al encargo global del proyecto y dirección de la/s instalación/es se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BeGmln = 61 O x CA euros 14.5.2. Redacción del proyecto, exclusivamente: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales correspondiente a la redacción de proyecto de instalación/es, se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente formula: BRPmln = 427 X CA euros 14.5.3. Dirección facultativa de obra, exclusivamente: La base mlnima de cálculo de derechos colegiales correspondiente a la dirección de la/s instalación/es, se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente formula: Boomln = 183 x CA euros 14.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Proyecto (ejemplares según contrato, si el encargo lo incluye) Notificación encargo dirección/es. Plano de emplazamiento (si el encargo no incluye proyecto). Copia resumen presupuesto de proyecto (si el encargo no incluye proyecto). Libro de órdenes facilitado por el Colegio (si el encargo incluye la dirección de obra) Documentación final de obra Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/INSTALACIONES 14.313 PLANOS UBICACION PLANTAS ALZADOS Y SECCIONES ESQUEMAS DE INSTALACIONES Plano/s de Situación Em lazamiento. So rafiarán todas las lantas diferentes del edificio a escala 11100. Se grafiarán todos los alzados y secciones del edificio a escala 11100, DE FONTANERIA: Grafiando con claridad !as instalaciones que van desde la conexión a la red hasta los puntos de consumo. Especificando diámetros de conductos v aoaratos sanitarios. DE SANEAMIENTO: Grafiando las redes horizontales, bajantes y acometidas. Especificando diámetros y desagües de aparatos. DE CALEFACCI~~: Grafiando con claridad las redes de distribución y montantes, especificando diámetros de conductos as[ como ubicación de: Calderas, Depósitos, Radiadores, Chimeneas, Ventilaciones y Depósitos de combustibles. DE ELECTRICIDAD: Grafiando en planos : Unea de puesta a tierra, Acometida, Cuadro general de protección, Linea repartidora, Centralización de contadores, Derivaciones individuales, Cuadros do protección Circuitos interiores y Mecanismos. Esauemas unifilares. DE GAS: Grafiando en planos : Acometida, Cuadro de regulación, Ubicación de contadores, Deposito {en su caso), Puntos de consumo, Esquema de montantes, Esquema de distribución Ventl!ación y rejillas. DE AIRE ACONDICIONADO Y/O VENTILACION: Grafiando planos: Unidades climatlzadoras, Extractores, Redes de conductos y RejiHas. Indicando secciones de conductos 1 ootenclas. DE PREVENCION DE INCENDIOS: Grafiando en planos: Sectores de incendios, Resistencias RF. de cerramientos y estructurales, medios de protección y prevención. los necesarios para la total definición y ejecución de la instalación proyectada. '" DETALLES ESTUDIO ó ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD PROGRAMA DE CONTROL DE CALIDAD EN SU CASO 14.3.2. Dirección de Obra: Verificar el replanteo y la adecuación de las instalaciones proyectadas a las características de! edificio. Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de ordenes y asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto. Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto. Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que, en su caso, fueran preceptivos. Controlar cualitativa y cuantitativamente los materiales y sistemas instalados. (control de calidad) Verificar la recepción en la obra de los componentes y productos de las instalaciones, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas. Recibir los resultados de los ensayos o pruebas de servicio de las instalaciones ejecutadas, que le han de ser entregados obligatoriamente por las entidades y laboratorios de control de calidad de la edificación que, además, han de prestarle asistencia técnica. Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la instalación ejecutada. 14.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 14.4.1. Encargo global: La base de cálculo de derechos colegiales (Beo) correspondiente al encargo global del proyecto y dirección de !a/s instalación/es puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Be• P x Cl/100 = Siendo: P: Presupuesto de ejecución material de la/s instalación/es proyectadas. Ci: Coeficiente en función del Presupuesto de ejecución material, según tabla 14. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONAlES 20(}6/INSTALACIONES 14.2/2 15. VALORACIONES 15.1. CONCEPTO Se entiende por valoración o tasación de solares, terrenos y edificios, la determinación de su valor · 15.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Redacción y firma del documento en el que se determine el valor objeto de la valoración o tasación, una vez obtenidos los datos necesarios 15.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 15.3.1. Solares: Elaboración de la valoración o tasación, que deberá contener la siguiente documentación: DEL SOlAR) 1 1 y desarrollo. Calificación del solar (cédula urbanlstlca). 1 urbanlstlco. Administración actuante. 15.3.2. Terrenos: Elaboración de la valoración o tasación, que deberá contener la siguiente documentación: DEL TERRENO) término municipal, paraje, comarca, provincia. Nombre por el que se la de linderos. Superficie: según escritura, real, adoptada. Datos Registrales y viales. Accidentes geográficos. Infraestructuras COLEGIO OFICiAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁlCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/VALORACIONES 15-1/1 15.3.3. Edificios: Elaboración de la valoración o tasación, que deberá contener la siguiente documentación: {DESCRIPCIÓN DEL EDIFICIO) 1, etc. Comunicaciones. Actividad Tipificación: Tipo urbano, suburbano, rural. Conslidación y desarrollo. caracterización: residencial, comercial, industrial, etc. Uso principal de las viviendas: primera o segunda residencia. Ordenación: manzana cerrada, bloque aislado, .. Alturas en plantas. Calidad: lujo, media, modesta. Infraestructuras: Pavimentación, alcantarillado, alumbrado público, abastecimiento de agua, suministro eléctrico, gas ciudad, servicio telefónico, zonas ajardinadas. Equipamiento y comunicaciones: grado de equipamiento comercial,. plazas de 1 ~¡~¡~~c~r'~u~;oa_,;ór•es , asistencia médica, actividades lúdicas. Carácter socio- 15.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES Las bases de cálculo de derechos colegiales correspondientes a la valoración o tasación de un solar, terreno o edificio, se obtendrán en función del VALOR resultado del trabajo, con arreglo a la siguiente fórmula: B=VxCv/100 Siendo: V: Valor del solar, terreno o edificio objeto de la tasación. Cv: Coeficiente en función del valor corregido (V/CA), según las siguientes tablas: CA: Coeficiente de Actualización COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE lAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 VALORACIONES 15.212 16. CÁLCULO DE ESTRUCTURAS 16.1. CONCEPTO Se considera cálculo de estructuras la obtención de los datos numéricos y gráficos para determinar el dimensionado de elementos estructurales de una edificación 16.2. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN El cliente deberá aportar estudio geotécnico del terreno en el que se vaya a asentar la estructura objeto de cálculo. Elaboración y firma del cálculo de la estructura: Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales. El proyecto deberá contener la siguiente documentación: PRESUPUESTO Resumen de Presupuesto especificando : Presupuesto de Eíecución Material Beneficio Industrial Gastos generales i 11 ' i 16.3. BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base de cálculo de derechos colegiales, B, correspondiente al cálculo de la estructura, se obtendrá en función del presupuesto de ejecución material de la estructura y de la superficie construida, con arreglo a la siguiente fórmula: B=PxCe/100 Siendo: P: Presupuesto de ejecución material de la estructura. Ce: Coeficiente en función de la superficie afectada, según la tabla 16. COLEGIO OFIClAL OE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TtCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 CÁLCULO DE ESTRUCTURAS 16 ·111 COLEGIO OFICIAL, DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS TABLA 15 A ¡ SOLARES Y TERRENOS Valor corregido (V 1 CA) (miles de euros) Hasta " " " " " " " " " " " " " " " " Mas de 100 130 160 190 220 250 280 310 390 620 780 930 1.250 1.860 2.480 3.410 4.650 4.650 Caso Hmite Coeficiente 110,71 145 60 173 91 198 64 230 48 262,50 294 74 346,47 414,38 661,33 835,71 1.001,54 1.354,17 2.029,09 3.031,11 4.384,29 8.137,50 0,31 0,28 0,25 o23 0,22 0,21 0,20 0,19 0,17 0,16 0,15 0,14 o 13 o 12 O, 11 o 09 0,07 o04 .. J,~~~~ 15 B ~ rmua:~~~L.11 Cv -H"''" " " Caso Hmite 111' 146 Coeficiente Cv i4 " " 295, 338, " ~ 808,; --,,-" " 965, " " " 1. !89,6 1' )25, 2.1 '2, 2.: 04. " " '111' 3.93' -,, 1.685. --, -"""'"" '.466, .00( .. 15.5. BASES MÍNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES Las bases mínimas de cálculo de derechos colegiales por valoración o tasación de solares, terrenos o edificios se obtendrán mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BMc = 240 x CA euros 15.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota encargo~presupuesto. Contrato/s (recomendable). Documentación de la valoración Órden de gestión de cobro (en su caso). El cliente deberá poner a disposición del colegiado: Para cualquier tipo de valoración, documentación registra!: escritura, nota simple .. Para valoraciones periciales contradictorias, justiprecios, valoración efectuada por la Administración. Para valoraciones de bienes en arrendamiento, contrato de arrendamiento y último recibo. COLEGIO OFICiAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIAlES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/VALORACIONES 15.3/3 17. MEDICIONES Y RELACIONES VALORADAS 17.1. CONCEPTO 17.1.1. Medición: Comprende los trabajos de medición de unidades de obra sobre plano. El cliente facilitará los planos y las especificaciones de las distintas unidades de obra. 17.1.2. Relación valorada: Comprende la aplicación a una medición determinada de los precios unitarios correspondientes y el cálculo del resultado final. 17.2. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 17.2.1. Medición: Elaboración y entrega al cliente en soporte papel y/o informático de la relación de unidades de obra descritas según especificaciones recibidas, medición detallada de cada una de ellas, y sus resultados parciales y totales. 17.2.2. Relación valorada: Cálculo de la descomposición de los precios unitarios con que se valoren las distintas unidades de obra. Valoración de cada partida, capítulo y total. 17.3. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 17 .3.1. Medición: 17.3.1.1. Edificación: La base de cálculo de derechos colegiales puede obtenerse en función de la superficie construida total de la edificación a medir, por aplicación de la siguiente fórmula: B =S Siendo: X € X CA S: Superficie total del edificio afectada por la medición. €: Euros/m2 obtenidos de la tabla 17 .1. CA: Coeficiente de actualización 17.3.1.2. Urbanización: La base de cálculo de derechos colegiales puede obtenerse por aplicación de la siguiente fórmula: B=PxCu/100 Siendo: P: Presupuesto de ejecución material de la urbanización. Cu: Coeficiente obtenido de la tabla 17 .2. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 MEDICIONES Y RELACIONES VALORADAS 17 ·111 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES ARQUITECTOS TÉCNICOS TABLA16 ESTRUCTURAS Supert1cie en m 2• Hasta " " " " " " " " " " " " " " " Mas de Caso l!mite 315,79 200 506,67 400 600 705,88 906,67 800 1.000 1.216,22 1.500 1.590,26 2.000 2.121 58 3.000 3.204,55 4.000 4.277,78 8.000 8.629,21 12.000 12.971,66 18.000 19.672,57 25.000 27.427,18 35.000 38.972,97 50.000 56.402,44 100.000 113.888,89 100.000 -- Coeficiente Ce 12.00 7 60 6,00 5,10 4,50 3,70 3,49 3,29 3,08 2,88 2 67 2,47 2,26 2,06 1,85 1,64 1,44 16.4, BASE MÍNIMA DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES la base mínima de cálculo de derechos colegiales por cálculo de estructura se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: B"'" = 1.000 x CA euros 16.5, PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL El coste mínimo (Cmin) de ejecución material de la estructura, excepto naves, se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: Cmln =S x 45 x CA euros El coste mínimo (Cmin) de ejecución material de la estructura de naves, se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: Cmln = S x 30 x CA euros Siendo: S: Superficie total de la estructura. CA: Coeficiente de actualización. 16.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Proyecto Órden de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 CÁLCULO OE ESTRUCTURAS 16-2/2 18. ESTUDIO Y COMPARACIÓN DE OFERTAS 18.1. CONCEPTO Comprende la realización de los trabajos necesarios para efectuar el estudio comparativo de varias ofertas de ejecución de una misma obra. 18.2. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN Emisión de informe respecto a todas y cada una de las ofertas comparadas, con expresión de las ventajas y los inconvenientes de cada una de ellas respecto a las demás. 18.3. BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a la comparación de ofertas, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: B Siendo: = 4x Ofx U xCAeuros Of: Número de ofertas comparadas. U: Número de partidas que comprende la oferta. CA: Coeficiente de actualización 18.4. BASE MiNIMA DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base minima de cálculo de derechos colegiales por comparación de ofertas se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: B"'" = 390 x CA euros 18.5. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contratols (recomendable). 1nforme del estudio comparativo Órden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CÁ.LCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 ESTUDIO Y COMPARACIÓN DE OFERTAS 16- 111 COLEGIO OFICIAL, DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS TABLA 17.2 MEDICIONES URBANIZACIÓN P.E.M./CA en miles de € Hasta 100 200 500 1.000 . Caso llmite Cu 104,71 0,89 209,8 0,85 547,3 0,81 1.057,1 0,74 P.E.M./CA en miles de€ Hasta 2.000 5.000 10.000 20.000 Caso Umite 2.333,33 6.521,74 11.500,00 25.806,45 Cu 0,70 0,60 0.46 0,40 P.E.M./CA en miles de € Hasta 50.000 Desde 50.000 Caso Cu !Imite 57.407,41 0,31 0,27 - 17.3.2. Relaciones valoradas: La base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a los trabajos de valoración de unidades de obra se obtendrá por aplicación de los sistemas establecidos para mediciones e independientemente de estos. Cuando la valoración no requiera de la descomposición de precios unitarios, las base de cálculo de derechos colegiales se minorará multiplicando el resultado obtenido de la forma señalada por 0,4 17.4. BASES MÍNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 17.4,1. Mediciones: 17.4.1. 1.Edificación: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por mediciones de edificaciones sobre planos se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: H = 160 x CA euros 17 .4. 1.2.Urbanización: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por mediciones de urbanización sobre planos se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: H= 290 x CA euros 17.4.2. Relaciones valoradas: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por trabajos de valoración de unidades de obra se obtendrá por aplicación de los sistemas establecidos para mediciones e independientemente de estos. 17.5. PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL El coste mínimo (Cmin) de ejecución material de obras de urbanización, a efectos del cálculo de las bases de cálculo de derechos colegiales correspondientes, será el establecido en el epígrafe 4.3. de la base 4. Obras de urbanización. 17.6, DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargoMpresupuesto. Contrato/s (recomendable), Medición y/o relación valorada Órden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TtCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 MEDICIONES Y RELACIONES VALORADAS 17. 2!2 19. TRABAJOS DE RACIONALIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN 19.1. CONCEPTO Por racionalización se entiende reducir a normas o conceptos racionales, o bien organizar la producción o el trabajo de manera que se aumenten los rendimientos o se reduzcan costos con el mínimo esfuerzo. Por planificación se entiende el estudio de las determinaciones necesarias para la ejecución de la obra. Por programación se entiende el establecimiento del calendario de la obra, en función de sus fases y de los elementos y medios con los que se cuenta. 19.2. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN Redacción y firma de programa de obra y los trabajos de su seguimiento, con elaboración de informes periódicos en los que se analice la marcha de la obra comparando la realidad con las previsiones establecidas. Los sistemas de planificación y control a utilizar serán los que considere adecuados el Aparejador en cada caso. 19.3. BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base de cálculo de derechos colegiales se determinará de acuerdo con la siguiente fórmula: B= PxCf/100 Siendo: 1 P: Presupuesto de ejecución material de la obra Cf: Coeficiente en función de la superficie construida de la obra, según tabla 19 !~.~.L~,~2, ' ' :.::;: 'en ·~~~~~, . · He"". " ' oull~:; •oc IOC iOO 10[ Hosta 1.056 " " 2.550 2 1.5 ilenrr 8. IOC 12. 10[ ,00[ -,, -ÜJ55: " 1,50[ Cf 209 419 R 8 limite . 15. .,24 ,1' 56~.0( t 14.285,71 Mas de 4:000 428 tiT .26 .ooc -3 i.OOC 5;00 3.00C -¿; OC O, -· 19.4. BASE MÍNIMA DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base minima de cálculo de derechos colegiales se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: B"'" =390 x CA euros 19.5. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contratols (recomendable). Programa e informes periódicos Órden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2.0081 RACIONALIZACIÓN, PLANIFICACióN Y PROGRAMACIÓN 19 ·11 \ COLEGIO OFICIAL, DE APAREJADORES TECNICOS 20. TRABAJOS COMPUTADOS POR TIEMPO EMPLEADO 20.1. CONCEPTO Se computarán por el tiempo empleado en su realización, aquellos trabajos que, realizados sin mediar contrato laboral, por sus caracterlsticas no permiten ser encuadrados en otros tipos del catálogo de actuaciones profesionales. 20.2. BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base de cálculo de derechos colegiales se determinará de acuerdo con la siguiente fórmula: B = (Nn x 31 + Ne x 46) x CA Siendo: Nn: Número de horas empleadas en jornada normal de trabajo de ocho horas, incluidas las de desplazamientos. Ne: Número de horas empleadas fuera o además de la jornada normal de trabajo de ocho horas, excluidas las de desplazamientos CA: Coeficiente de actualización 20.3. BASE MiNIMA DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base mínima de cálculo de derechos colegiales se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: B"'" = 230 x CA euros 20,4, DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable). Justificación del tiempo empleado Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEG1ALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 TRABAJOS COMPUTADOS POR TIEMPO 20· 111 21. DESPLAZAMIENTOS FUERA DE LA RESIDENCIA DEL APAREJADOR 21.1. CONCEPTO Constituye el objeto de este apartado la consideración de las actuaciones profesionales que consistan en el desplazamiento del Aparejador a sitio diferente de su lugar de residencia profesional (término municipal) habitual. 21.2. BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base de cálculo de derechos colegiales originados por actuaciones profesionales consistentes en desplazamientos del Aparejador fuera del término municipal de su residencia, se determinará en función de dos conceptos: base de transporte y base de estancia, de acuerdo con la siguiente fórmula: B Siendo: B: n: K: = n x [K (0,3+0,4) + 90 N] x CA Base total en euros para el cálculo de derechos colegiales. Número de visitas realizadas a la obra Distancia en kilómetros (ida + vuelta), desde la residencia profesional del Aparejador. 0,3: Coste estimado por Km. de combustible, mantenimiento, amortización y seguros del vehiculo. 0,4: Repercusión económica del tiempo empleado en el desplazamiento, considerando una velocidad media de 80 Km/h. N: Número de noches que pernocta fuera de la residencia. CA: Coeficiente de actualización. En la tabla siguiente se puede obtener la base 8 en las obras de edificación según el número de visitas mínimo establecido para ellas en función de su superficie TABLA21 DESPLAZAMIENTOS FUERA DE LA RESIDENCIA DEL APAREJADOR Superficie en m2 Hasta " " " " " " .. 50 100 200 400 600 800 1.000 1.500 2.000 NO visitas n 1 4 5 6 7 10 13 16 18 20 Base para cálculo B 0,70 X~ i+v xCA 2 80 xK i+v xCA 3,50 X K i+v xCA 4,20 X K i+v xCA 4,90 X K i+v xCA 7,00 X K i+v xCA 9,10 xK i+v xCA 11,20 xK i+v xCA 12,60 xK i+v xCA 14,00 X K i+v xCA Superficie en m2 Hasta " " " " " Desde 3.000 4.000 8.000 12.000 18.000 25.000 35.000 50.000 100.000 100.000 N° visitas n 25 30 40 50 60 70 80 90 100 110 Base para cálculo B 17,50 xK i+v xCA 21,00 xK i+v xCA 28,00 X K i+v xCA 35,00 X K i+v xCA 42,00 X i+v xCA 49,00 X K(i+v xCA 56,00 XK i+v xCA 63,00 X K(i+v xCA 70,00 XK i+v xCA 77.00 x K(i+v xCA Basta de esta manera multiplicar el n' de Kilómetros "K" de distancia (ida+vuelta) por el coeficiente CA de actualización y por la cantidad que corresponda en función de la superficie de actuación reflejada en la tabla 21 para obtener directamente la Base de cálculo de derechos colegiales (solamente cuado no se pernocta fuera de la residencia habitual). Para intervenciones en las que se requiera un número distinto de visitas, se establece la Base para una sola visita, efectuándose el cálculo final de derechos colegiales en función de las visitas realmente realizadas. Cuando los Km. de ida+vuelta sean superiores a 100, el Colegiado, en función de las características de la intervención y según su criterio, podrá reducir la distancia aplicable a la fórmula hasta un mínimo de 100 km. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 DESPLAZAMIENTOS FUERA DE LA RESIDENCIA DEL APAREJADOR 21-111 Sí en una misma localidad o trayecto, el Colegiado está dirigiendo simultáneamente varias obras, podrá reducir hasta 113 el baremo aplicable en función del número de obras coincidentes. En este caso, en la hoja de comunicación del encargo al Colegio, el aparejador hará referencia al no de visado y localidad de las obras con las que se comparten los desplazamientos. Ambas reducciones son excluyentes y por tanto no se podrán aplicar ambas a un mismo supuesto, debiendo optar en su caso el Colegiado por una u otra La forma de justificación de cualquier otra singularidad o método para obtención de estas bases se fijará por convenio entre el Aparejador y el Colegio y constará su detalle en la comunicación del encargo a que corresponda. 21.3. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargoMpresupuesto. Contrato/s (recomendable). Justificación del desplazamiento efectuado Orden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS T~CN\COS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 200S/ DESPLAZAMIENTOS FUERA DE LA RESIDENCIA DEL APAREJADOR 21.2/2 COLEGIO OFICIAL. DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS 22. INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS EN DETERMINADOS AYUNTAMIENTOS 22.1. CONCEPTO Comprende \a realización de los trabajos necesarios para la emisión del Informe de la Inspección Técnica de la Edificación a que se refiere la Ordenanza Reguladora del Deber de Conservación, Edificación e Inspección Técnica de Edificios de determinados Ayuntamientos. 22.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser: Informe de la Inspección Técnica de la Edificación con dictamen inicial favorable. Informe de la Inspección Técnica de la Edificación con dictamen inicial negativo. 22.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN Inspección organoléptica de los elementos a que se refiere la Ordenanza y se concretan en el formulario aprobado por el Ayuntamiento correspondiente, en las partes accesibles del edificio. Toma de datos y fotografías del exterior e interior del edificio, representativas de su estado. Análisis de los datos obtenidos y conclusiones, preferentemente documentados. Cumplimentación de documentación a entregar a propietario. Alternativamente: a) Modelo oficial, en soporte papel e informático, de cuestionario de inspección aprobado por el Ayuntamiento con dictamen favorable, fotografias y plano de emplazamiento a escala. b) Informe con análisis de los datos obtenidos, conclusiones y determinación de operaciones a efectuar como condición para expedir el Informe de la Inspección Técnica de la Edificación con dictamen favorable, fotograflas y plano de emplazamiento a escala. NOTA: En caso de que, como consecuencia de la inspección se detecten circunstancias que impidan la expedición del informe con dictamen favorable y se requiera para subsanarlas !a realización de obras, el técnico director de las mismas, realizadas con objeto de dar cumplimiento a la Ordenanza, incluirán en !a documentación de final de obra la necesaria para tal cumplimentación, señalada en el apartado a). 22.4. BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base de cálculo de derechos colegiales correspondiente al Informe de la Inspección Técnica de la Edificación ITE, se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BrrE= 320 xV x L x H xAx Ex CA Siendo: V: L: Factor en función del número de viviendas del edificio, según tabla. Factor en función de la superficie construida del edificio dedicada a usos distintos del de vivienda , según tabla. H: Factor en función del número de plantas del edificio, según tabla. A: Factor en función de la edad del edificio, según tabla. E: Factor en función de la estructura del edificio, según tabla. CA: Coeficiente de actualización. !TABLAS 22 FACTORES I.T.E FACTOR N° VIVIENDAS N° de viviendas V 1,00 Hasta 5 10 1,10 1,30 30 50 1,50 Mas de 50 1,70 FACTOR SUP. NO VIVIENDAS. sUoerticieTm"'lf L 1,00 Hasta 500 1,10 1.000 3.000 1,30 5.000 1,50 1,70 Mas de 5.000 . FACTOR N° PLANTAS A\tura--(n° lantas. H Hasta 1 Mas de 2 4 6 6 . COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CAlCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/INSPECCIÓN Té:CNICA DE EDIFICIOS 22 ·111 1,00 1,10 1,30 1,50 1,70 FACTOR EDAD Edad arios Hasta 75 100 Mas de 100 A 1 00 1,30 1,60 FACTOR ESTRUCTURA Ti estructura E Hormiqón 1,00 1,10 Metálica 1mixta 1,20 Muro carg_ª_y madera 22.5. BASE MiNIMA DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por Informe de la Inspección Técnica de la Edificación, se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BMIN =580 x CA euros 22.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota-encargo y presupuesto. Contrato (recomendable). Documentación según epígrafe 22.3. Justificación (análisis de datos y conclusiones) del dictamen (recomendable). Órden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS 22.212 24. REVISIÓN DE PRECIOS UNITARIOS Y REAJUSTE DE PRESUPUESTOS 24.1. CONCEPTO Comprende los trabajos de reajuste de precios unitarios y la aplicación de los mismos a una determinada medición de unidades de obra, con objeto de obtener una valoración total de obra predeterminada. 24.2. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN Elaboración y entrega al cliente en soporte papel y/o informático de la relación de precios revisados y la relación valorada correspondiente, con memoria explicativa de los criterios empleados en su elaboración. 24.3. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base de cálculo de derechos colegiales por revisión de precios unitarios y reajuste de presupuestos puede obtenerse por aplicación de la siguiente fórmula: B Siendo: = 5 x N x CA euros N: número de partidas que comprende el presupuesto Cuando el reajuste de presupuesto no requiera de la descomposición de precios unitarios, la base de cálculo de derechos colegiales se minorará multiplicando el resultado obtenido de la forma señalada por 0,4 24.4. BASE MINIMA DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base mínima de cálculo de derechos colegiales por revisión de precios unitarios y reajuste de presupuestos se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Bmln =250 x CA euros 24.5. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable; necesario en caso de gestión colegial de cobro). Memoria, precios y presupuesto ajustados. 6rden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 REVISIÓN DE PRECIOS UNITARIOS Y REAJUSTE DE PRESUPUESTOS 24 ·1/1 23. CONTRATACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE FONDOS 23.1. CONCEPTO Y CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 23.1.1 Contratación: Se entienden por labores de contratación a los efectos de este catálogo, las realizadas por el Arquitecto Técnico en ausencia de Contratista Principal en una obra, contratando, programando, coordinando y controlando las actuaciones de los diferentes oficios que intervienen en la misma. 23.1.2. Administración de fondos: Se entienden por labores de administración de fondos, a los efectos de este catálogo, los realizados por el Arquitecto Técnico, revisando, comprobando y aprobando las facturas correspondientes a los fondos consumidos en la obra 23.2. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 23.2.1. Contratación: La base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a contratación según se define en las presentes bases se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: Be= 0,04 XC Siendo Be: Base de cálculo de derechos colegiales en euros C: Coste de ejecución material real de la obra contratada 23.2.2. Administración de fondos: La base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a administración de fondos según se define en las presentes bases se obtendrá por aplicación de la siguiente fórmula: B.= Siendo o,o1 x e BA: Base de cálculo de derechos colegiales en euros C: Coste de ejecución material real de la obra administrada 23.3. BASES MÍNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 23.3.1. Contratación: La base minima de cálculo de derechos colegiales por contratación se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Bcmln = 980 X CA euros 23.3.2. Administración: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por administración se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BAmlo =490 x CA euros 23.4. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota encargo~presupuesto. Contrato (recomendable; necesario en caso de gestión colegial de cobro). Órden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 CONTRATACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE FONDOS 23 ·1/1 COLEGIO OFICIAL. DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS 25.3.2. Supervisión del montaje: Dirigir, supervisar y controlar el montaje de la grúa. Emitir y firmar certificado de montaje 25.4. BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 25.4.1. Encargo global: La base de cálculo de derechos colegiales (BEc) correspondiente al encargo global de instalación de grúa, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BEG = 800 X R X H X CA Siendo: R: Coeficiente en función del radio de acción de la pluma según la tabla 25.R H: Coeficiente en función de la altura de la grúa según la tabla 25. H CA: Coeficiente de actualización TABLA25.R TABLA25.H INSTALACIÓN DE GRÚAS Radio de acción en m. Hasta 10 . .. .. .. .. .. Mas de 15 20 25 30 35 40 40 INSTALACIÓN DE GRÚAS Coeficiente R 0,85 0,89 o 93 o97 1 00 1,06 1 1o 1,18 Altura en m. Hasta " .. " . . Mas de Coeficiente H 10 15 20 30 35 40 40 0,89 0,93 0,97 1,00 1,06 1,10 1,181 25.4.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (BRP) correspondiente a la redacción de proyecto de instalación de grúa, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: BRP =BEG X 0,70 25.4.3. Supervisión del montaje, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (BsM) correspondiente a la supervisión del montaje de grúa, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula, en función de la base de cálculo de derechos colegiales de encargo global: BsM = BeG X 0,30 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES CE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/INSTALACIÓN DE GRÚA 25- 212 25. INSTALACIÓN DE GRÚA 25.1. CONCEPTO Comprende !os trabajos que son competencia de los Arquitectos Técnicos, referidos a la instalación de grúas desmontables para utilizar en obras. Se entiende como grúa el aparato de funcionamiento discontinuo destinado a elevar y distribuir en el espacio, las cargas suspendidas de un accesorio de sujeción. Dentro de esta definición entran, entre otras, las denominadas grúas~pluma, las grúas torre desmontables, las grúas torre autodesplegables, las grúas torre desplazables en servicio, las grúas torre trepadoras, etc. 25.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser: Encargo global: Comprende redacción y firma del proyecto de instalación de grúa, supervisión y certificación del montaje. Redacción y firma del proyecto de grúa exclusivamente. Supervisión del montaje y certificado de montaje exclusivamente. 25.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 25.3.1. Redacción del proyecto: Redactar el proyecto con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales. El proyecto deberá contener la siguiente documentación: 1 CONDICIONES PRESUPUESTO presupuesto de ejecución generales, beneficio industrial e COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁlCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONAl..ES 2006/INSTALACIÓN DE GRÚA 25 ·111 26. INSTALACIÓN DE ANDAMIO 26.1. CONCEPTO Comprende los trabajos que son competencia de los Arquitectos Técnicos, referidos a la instalación de andamios para su utilización en obra. 26.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser: Redacción y firma del plan de montaje, de utilización y de desmontaje, en actuación única. Dirección del montaje, exclusivamente 26.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 26.3.1. Redacción del plan de montaje: Redactar el plan con sujeción a la normativa vigente y a lo que se haya establecido en el contrato y entregarlo, con los visados preceptivos. Acordar, en su caso, con el promotor, la contratación de colaboraciones parciales. El plan deberá contener la siguiente documentación: INTRODUCCION MEMORIA Autor del proyecto. Promotor. Dirección de la obra. Empresa responsable del montaje del andamio. Fabricante de las piezas del andamio y caracterlsticas técnicas facilitadas por el fabricante. SOLUCION ADOPTADA Descripción del andamio, su ubicación, caracter!sticas particulares del lugar donde debe colocarse, sistemas de nivelación de la base, sistema de fijado vertical y horizontal, tipo de andamio, medidas de este, medidas de sus elementos, escaleras, barandillas. Condiciones limites de uso del andamio. Cargas máximas. Nota de cálculo de resistencia y estabilidad Justificación del cumplimiento de la norma especifica sobre andamios que tuviera el municipio. Medidas de segÚridad que deberá cumplir el andamio PLIEGO DE CONDICIONES NORMATIVA DE APLICAC_!C?_N CONDICIONES TéCNICAS QUE DEBE REUNIR EL ANDAMIO. CONDICIONES FACULTATIVAS, LEGALES Y ECONÓMICAS. LISTA DE NORMAS A CUMPLIR. PRESUPUESTO Presu uesto de monta e retirada del andamio. DOCUMENTACiuN Plano de situación y emplazamiento. GRÁFICA Planta, alzado y sección del andamio. Situación de las escaleras de acceso y de los montacargas o sistemas de elevación. Sistema de anclaje y f1jación del andamio. Medidas de SeQurldad. ESTUDIO ó ESTUDIO BASICO DE SEGURIDAD 26.3.2. Certificado del montaje: Emitir y firmar certificado de correcta instalación del andamio y autorización de puesta en servicio. 26.4. BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 26.4.1. Redacción de proyecto: La base de cálculo de derechos colegiales (B) correspondiente al encargo de proyecto de instalación de andamio y establecimiento de los controles de las medidas de seguridad mientras el andamio está montado durante un mes o fracción, en actuación única, puede obtenerse en función de la superficie del andamio medido en el plano vertical, mediante la aplicación de la fórmula siguiente: B= [380 +(S x Cn)] x CA COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/INSTALACIÓN DE ANDAMIO 26-111 25.5. BASES MiNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 25.5.1. Encargo global: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por encargo global de instalación de grúa se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BeGmln =500 x CA euros 25.5.2. Redacción de proyecto, exclusivamente: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por redacción de proyecto de instalación de grúa se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BRPmln =350 X CA euros 25.5.3. Supervisión del montaje, exclusivamente La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por supervisión del montaje de grúa se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BsMmln = 150 X CA euros 25.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Notals encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable; necesario en caso de gestión colegial de cobro). Proyecto Certificado de montaje Órden/es de gestión de cobro (en su caso}. COLEGIO OFICIAL OE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL • CÁl.CULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ INSTAlACióN DE GRUA 25· 313 27. EXPEDIENTE DE ACTIVIDAD 27.1. CONCEPTO Comprende los trabajos que son competencia de los Arquitectos Técnicos, referidos a la redacción de los documentos necesarios para tramitar los expedientes de actividades clasificadas. 27.2. FORMAS DE ACTUACIÓN La actuación consiste en la redacción y firma del proyecto, memoria o expediente de actividad. 27.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN Redacción del proyecto o memoria, que deberá contener la siguiente documentación: MEMORIA Titular de la petición y persona que le represente legalmente. Caracterlsticas del local o edificio: Situación y superficies ocupadas con indicación de las dedicadas al proceso de producción, oficinas, almacenes, etc. Sobrecargas admisibles y otras caracterlsticas constructivas. PLANOS Descripción detallada de la actividad haciendo referencia a los posibles procesos intermedios. Clasificación. Materias primas: Relación exhaustiva de primeras materias y productos intermedios: consumo anual y almacenamiento máximo previsto para cada una y sus condiciones, con indicación de sus caracterlsticas flslcas y qulmicas, efectos aditivos entre si. Relación de maquinaria, con indicación de las caracterlsticas y potencias eléctrica y/o térmica de cada una en Kw. Instalaciones. Especificación de las instalaciones que afectan al proceso (atta y baja tensión, gas natural, GLP, Fue\, Gasoil, Vapor, Aire comprimido, etc. Proceso Industrial, con descripción de las diferentes fases que comprende y las transformaciones necesarias de la primera materia hasta !\egar a los productos acabados. Producción: Cantidad producida, almacenaje máximo previsto y naturaleza de los productos acabados y residuales. Instalaciones de ventilación e higiene. Descripción del sistema de ventilación propuesto {natural o forzado), asl como las Instalaciones de higiene previstas. Agua potable. Se mencionará la procedencia del agua potable, enumerando las medidas para garantizar el mantenimiento de calidad sanitaria en el supuesto de que no proceda de la red general. Repercusiones en el medio ambiente y medidas correctoras en cuanto a: Ruido y vibraciones. Se especificarán las medidas correctoras propuestas que se acompal'larán de los cálculos justificativos, Indicándose el nivel sonoro máximo y medio que produzca la actividad y el transmitidos viviendas o actividades afectadas. Cuando la maquinaria pueda producir vibraciones se enumerarán los disposltivos antivibratorlos y las cimentaciones o bancadas adoptadas. Emisiones contaminantes a la atmósfera. Identificación de los diferentes procesos y/o focos emisores de gases, part!culas, etc. Caracterización de las emisiones producidas en cada foco emisor. Sistemas de depuración previstos y niveles de emisión resultantes. Aguas residuales. Identificación de los procesos y puntos de vertidos de aguas residuales. Caracterización de los vertidos. Medio receptor: colector, cauce público, etc. Sistemas de depuración previstos, cantidad de lodos generados y caracterfsticas del vertido resultante. Residuos sólidos asimilables a urbanos. Residuos producidos en las operaciones de limpieza, restos de embalajes, palets, etc. Cuantificación y gestión prevista para \os mismos (sistema de almacenamiento provisional y destino final). Residuos Inertes e inertiz.ados. Descripción de los procesos generadores de residuos inertes, descripción de los residuos Inertes, cantidad generada anualmente, gestión prevista, nombre del vertedero autorizado y/o nombre del gestor autorizado. Residuos tóxicos y peligrosos. Descripción de los procesos generadores de residuos tóxicos y peligrosos, descripción de los residuos tóxicos y 'peligrosos. cantidad anual generada, gestión prevista y nombre del gestor autorizado. Protección contra incendios. Estudio completo, basado en la normativa aplicable en cada caso, de las medidas contra-incendios adoptadas para la protección del local. Cálculos justificativos de los agentes de extinción elegidos (BIE,s, extintores, etc.). Asimismo se presentará cálculo del nivel del riesgo intrlnseco y caracterlsticas y comportamiento al fuego de los materiales de compartimentación y delimitadores de la actividad. Plano de situación y de emplazamiento con delimitación de los edificios y terrenos propios y colindantes, los usos de los mismos y de las vlas públicas inmediatas. Plano de planta de distribución con sel'lalización de moblliario, maquinaria, accesos, almacenamiento de materias primas y productos acabados, almacenamiento provisional de residuos. oficinas, vestuarios, aseos, etc. Plano de instalaciones con inclusión en cada uno de ellos de la instalación afectada y su correcta definición. Plano de evacuación sel'ialando los recorridos, protecciones y medios dispuestos. Plano de sección y fachadas cuando fuere necesaria su definición. COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CAl.CUl.O DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACnJAClONES PROFESIONALES 2006/ EXPEDIENTE DE ACTIVIDAD 27. \ /1 COLEGIO OFICIAL. DE APAREJADORES ARQUITECTOS TECNICOS Siendo: S: Superficie del andamio Cn: Coeficiente en función de la superficie del andamio según la tabla 26 CA: Coeficiente de actualización TABLA26 INSTALACIÓN DE ANDAMIO Superficie del 2 andamio en m . Hasta 50 " " " " " " " " " " Mas de 100 200 300 400 500 600 700 800 900 1.000 1.000 Coeficiente Cn 1,00 o95 0,90 0,86 0,83 0,81 o79 0,77 o74 0,72 0,70 0,68 Cuando el andamio quedare colocado por periodo superior al mes desde su instalación inicial, las bases de cálculo de derechos colegiales se incrementarán un 2% del resultado inicial, por cada semana o fracción que sobrepase el mes. 26.4.2. Certificado de instalación, exclusivamente: Se aplicará la base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a certificados. 26.5. BASES MiNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 26.5.1. Redacción de proyecto: La base minima de cálculo de derechos colegiales por redacción de proyecto de instalación de andamio se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BMtN = 400 x CA euros 26.5.2. Certificado de instalación, exclusivamente: Se aplicará la base de cálculo de derechos colegiales correspondiente a certificados. 26.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Notals encargo-presupuesto. Contratols (recomendable; necesario en caso de gestión colegial de cobro). Plan de montaje, de utilización y de desmontaje Certificado de instalación, autorización de puesta en servicio. Órdenles de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJAOORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2006/INSTALACIÓN DE ANDAMIO 2$.212 28. PLAN DE EMERGENCIA 28.1. CONCEPTO Comprende los trabajos que son competencia de los Arquitectos Técnicos, referidos a la redacción de planes de emergencia. 28.2. FORMAS DE ACTUACIÓN La actuación consiste en la redacción y firma del plan de emergencia. 28.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN Redacción del plan, que deberá contener la siguiente documentación: Poli el a Sanidad y ambulancias Directorio del personal del establecimiento: Establecimiento Titular o propietarios Responsables de área (se entiende por área cada uno de los diferentes departamentos, secciones o locales en que se organiza el establecimiento Directorio de los servicios de mantenimiento: Aseguradores EMERGENCIAS 1 EDIFICIO 1 i indicación de vlas de salida, sistemas de alarma y COLEGIO OFICtAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS T~CNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 PLAN DE EMERGENCIA 28 ·1/1 27.4. BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base de cálculo de derechos colegiales (B) correspondiente a la redacción de proyecto o memoria de actividad, puede obtenerse en función de la superficie, mediante la aplicación de la fórmula siguiente: B=SxTxCA Siendo: S: Superficie total construida Coeficiente en función de la superficie total construida según la tabla 27 CA: Coeficiente de actualización T: TABLA27 EXPEDIENTE DE ACTIVIDAD Superficie total 2 construida en m . Hasta " " " " " " " " " " " Mas de 100 200 300 400 500 600 800 1.000 1.500 2.000 3.000 5.000 5.000 Coeficiente T (euros) 5,58 4,46 3 91 3,35 2 79 2,23 1,95 1.67 1,40 1,23 1,00 0,84 0,67 27.5. BASE MINIMA DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base mlnima de cálculo de derechos colegiales por redacción de proyecto o memoria de actividad se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BMIN = 400 x CA euros 27.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable; necesario en caso de gestión colegial de cobro). Proyecto Órden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CAl. CULO DERECHOS COLEGIAI.ES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 201}8/ EXPEDIENTE DE ACTIVIDAD 27.212 29. GESTIÓN DE PROYECTO 29.1. CONCEPTO Se entiende por Gestión de Proyecto el conjunto de actividades profesionales a desarrollar por un Arquitecto Técnico, en cuanto a análisis y fijación de objetivos de un proyecto inmobiliario previo al desarrollo de un proyecto de construcción, y al seguimiento de este en las fases de concepción y desarrollo. 29.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Las formas de actuación pueden ser: Encargo global de gestión de proyecto. Planificación del proyecto Auditoría de proyecto 29.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN 29.3.1. Planificación del proyecto: Comprende los trabajos necesarios para definir, en la fase conceptual del proyecto, los objetivos a alcanzar, el programa de necesidades, la viabilidad inicial, el análisis de vías alternativas para cumplir los objetivos y la identificación de los recursos humanos y materiales que se requieran: Definición de los objetivos a conseguir y de las necesidades que se derivan. Criterios de costes, plazos y calidades. Establecimiento de un diseño que permita evaluar el coste. Evaluación económica inicial de la inversión. Estudio de mercado y viabilidad, si es necesario. 29.3.2. Auditoría del proyecto: Auditarla de proyecto es el instrumento por el que se comprueban la adecuación del desarrollo del proyecto inmobiliario a los objetivos establecidos en la planificación, el cumplimiento del programa de necesidades, la calidad final del proyecto y de los documentos que lo componen: Confección del programa de auditarlas. Confección de la lista de comprobación Auditoría del proyecto Auditarla de finalización o cierre al terminar el proyecto Redacción de informe/s de la auditoría 29.4. BASES DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 29.4.1. Encargo global: La base de cálculo de derechos colegiales (Beo) correspondiente al encargo global de gestión de proyecto, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Beo = G X P 1100 Siendo: G: Coeficiente obtenido de la tabla 29. P: Presupuesto estimativo de costo de la promoción inmobiliaria 29.4.2. Planteamiento del proyecto, exclusivamente: La base de cálculo de derechos colegiales (Bp) correspondiente a la redacción de planteamiento de proyecto, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: B,=CpxP/100 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TECNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTIJACIONES PROFESIONALES 20081 GESTIÓN DE PROYECTO 29- 111 COLEGIO OFICIAL, DE APAREJADORES ARQUITECTOS TECNICOS 28.4, BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base de cálculo de derechos colegiales (B) correspondiente a la redacción de plan de emergencia, puede obtenerse mediante la aplicación de la fórmula siguiente: B =S Siendo: X Ch X CA S: Superficie total construida Ch: Coeficiente en función de la superficie total construida según la tabla 28. CA: Coeficiente de actualización TABLA28 PLAN DE EMERGENCIA Superficie total Coe ~cien:~ Ch construida en m 2. euros Hasta " " " " " " " " " " " Mas de 100 200 300 400 500 600 800 1.000 1.500 2.000 3.000 5.000 5.000 1 5,58 4,46 391 3,35 2,79 2,23 1,95 1,67 1,40 1,23 1,00 0,84 0,67 28.5. BASE MINIMA DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base mínima de cálculo de derechos colegiales por redacción de plan de emergencia se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: B"'" =400 x CA euros 28.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable; necesario en caso de gestión colegial de cobro). Plan de emergencia Órden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2.008/ PLAN DE EMERGENCIA 28-2/2 30. ASESORÍA A AYUNTAMIENTOS O EMPRESAS 30.1. CONCEPTO Comprende los trabajos propios de los Arquitectos Técnicos desarrollados a tiempo parcial al servicio de la Administración o entidades privadas. 30.2. BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base de cálculo de derechos colegiales mensual (8) correspondiente a los trabajos desarrollados al servicio de entidades públicas o privadas, se obtiene en función de la dedicación mensual contratada, mediante la aplicación de la siguiente fórmula: B=NxCyxCA Siendo: N: Número de horas trabajadas al mes Cy: Coeficiente por hora, en función del número de horas según tabla 30 CA: Coeficiente de actualización TABLA30 ASESOR!A Horas/mes Cy contratadas Hasta 40 (euros) 31,00 29,00 28.00 27,00 " " Mas de 80 120 120 30.3. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable; necesario en caso de gestión colegial de cobro). Órden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS T~CNICOS DE TERUEL CÁLCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/ ASESOR!A A AYUNTAMIENTOS O EMPRESAS 30 ·1/1 COLEGIO OFICIAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS Siendo: Cp: Coeficiente obtenido de la tabla 29. P: Presupuesto estimativo de costo de la promoción inmobiliaria 29.4.3. Auditoría del proyecto, exclusivamente La base de cálculo de derechos colegiales (BA) correspondiente a la auditoría del proyecto, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: s. =A X p /100 Siendo: A: Coeficiente obtenido de la tabla 29 P: Presupuesto estimativo de costo de la promoción inmobiliaria TABLA29 GESTIÓN DE PROYECTO PICA Coeficiente G (~uros) Hasta " " " " " " " Mas de 50.000 100.000 180.000 270.000 330.000 420.000 780.000 1.170.000 1.170.000 1,93 1,04 0,75 0,58 0,54 0,50 0,35 0,30 0,24 Coeficiente Coeficiente Cp 1,29 0,70 0,53 0,40 0,37 0,34 0,25 0,22 0,18 A 0,64 0,34 0,22 O, 18 0,17 0,16 0.10 0,08 0,06 29.5. BASES MÍNIMAS DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES 29.5.1. Encargo global: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por encargo global de gestión de proyecto se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BEGmlo = 900 x CA euros 29.5.2. Planteamiento del proyecto, exclusivamente: La base mínima de cálculo de derechos colegiales por planteamiento del proyecto se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BPmtn =600 x CA euros 29.5.3. Auditoría del proyecto, exclusivamente La base mínima de cálculo de derechos colegiales por contratación del proyectista se obtendrá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: BAm1o = 300 x CA euros 29.6. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable; necesario en caso de gestión colegial de cobro). Documentaciones correspondientes a planteamiento y auditarla del proyecto. Órden/es de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICIAL OE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TÉCNICOS DE TERUEL CALCULO DERECHOS COLEGIALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 20081 GESTIÓN DE PROYECTO 29-212 31. INSTALACIONES PÚBLICAS 31.1. CONCEPTO Comprende la realización de los trabajos de inspección y comprobación técnica necesarios para la emisión de certificado de seguridad y/o de idoneidad técnica de instalaciones públicas o situadas en la vía pública. 31.2. FORMAS DE ACTUACIÓN Emisión del correspondiente certificado según determine la normativa vigente para cada situación. 31.3. CONTENIDO DE LA ACTUACIÓN Realización de la inspección y comprobación técnica del estado de la Instalación. Emisión de certificado con el resultado de la inspección. 31.4. BASE DE CÁLCULO DE DERECHOS COLEGIALES La base de cálculo de derechos colegiales (B) correspondiente a la emisión de certificado de Instalaciones Públicas, puede obtenerse mediante la aplicación de la siguiente fórmula: B=245xCkxCA Siendo: Ck: Factor según tabla 31 CA: Coeficiente de actualización TABLA31 INSTALACIONES PUBLICAS TIPO DE INSTALACION Coeficiente Ck Plazas de toros tras 1,65 2,00 2,30 1,65 2,00 1,00 Vallas publicitarias de hasta 15 m" (1) 1,30 Vallas publicitarias de mas de 15 m' (1 (1) Cuando las vallas sean contiguas se aplicará la formula para la pnmera valla y a cada valla contigua, el 30 % de los honorarios correspondientes a la primera. Plazas de toros portátiles Plazas de toros portátiles v recorridos de encierros Recorridos de encierros Instalaciones provisionales para esoectáculos públicos 31.5. DOCUMENTACIÓN Documentos a tramitar en el Colegio: Nota/s encargo-presupuesto. Contrato/s (recomendable; necesario en caso de gestión colegial de cobro). Certificado I.T.E. Orden de gestión de cobro (en su caso). COLEGIO OFICiAL DE APAREJADORES Y ARQUITECTOS TéCNICOS DE TERUEL CÁlCULO DERECHOS COLEGiALES DE LAS ACTUACIONES PROFESIONALES 2008/INSTALACIONES PÚBLICAS 31-1/ 1