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arquitecto
agcAr, S.L.P.
.
ARNALDO GUAL CAPLLONCH
(AUTOR MATERIAL Y REPRESENTANTE LEGAL)
promotor
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGARITA.
trabajo
PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE EDIFICIO DE CENTRO CULTURAL DE SON SERRA
DE MARINA.
emplazamiento
C/ DEL ANCLA, C/ DE LA OLIVERA, C/ DEL DOCTOR FLEMING. SON SERRA DE MARINA.
TÉRMINO MUNICIPAL DE SANTA MARGARITA.
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DOCUMENTO 1. MEMORIA DESCRIPTIVA.
arquitecto
agcAr, S.L.P.
.
ARNALDO GUAL CAPLLONCH
(AUTOR MATERIAL Y REPRESENTANTE LEGAL)
promotor
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGARITA.
trabajo
PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE EDIFICIO DE CENTRO CULTURAL DE SON SERRA
DE MARINA.
emplazamiento
C/ DEL ANCLA, C/ DE LA OLIVERA, C/ DEL DOCTOR FLEMING. SON SERRA DE MARINA.
TÉRMINO MUNICIPAL DE SANTA MARGARITA.
arquitecto
agcAr, S.L.P.
.
ARNALDO GUAL CAPLLONCH
(AUTOR MATERIAL Y REPRESENTANTE LEGAL)
23.01.2009
15/00037/09
promotor
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGARITA.
208564C051C7A9D41452414D5272FC23611AE0BD
trabajo
PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE EDIFICIO DE CENTRO CULTURAL DE SON SERRA
DE MARINA.
emplazamiento
C/ DEL ANCLA, C/ DE LA OLIVERA, C/ DEL DOCTOR FLEMING. SON SERRA DE MARINA.
TÉRMINO MUNICIPAL DE SANTA MARGARITA.
1. MEMORIA DESCRIPTIVA.
1.1 AGENTES PARTICIPANTES.
1.1.1 PROMOTOR.
El promotor es el Exmo. Ayuntamiento de Santa Margarita, con NIF P0705500G y domicilio en la
Avenida des Pouas, 23 de Santa Margarita (07450).
1.1.2 ARQUITECTO.
Arnaldo Gual Capllonch, con DNI 43066589D y domicilio en la calle Bisbe Pont, 6, bajos, del Puerto
de Alcudia (07400). Está colegiado en el COAIB con el nº 323.950.
Es autor material del trabajo y actúa como representante legal de la sociedad profesional de
arquitectura agcAr, S.L.P., con NIF B57243636 y mismo domicilio.
1.1.3 OTROS TÉCNICOS Y/O AGENTES PARTICIPANTES.
Teniendo en cuenta que se me ha encargado la misión completa y estudio de seguridad y salud en el
trabajo, en la totalidad del proceso de elaboración de proyecto básico y ejecución de los trabajos de
construcción se precisarán los siguientes técnicos y/o agentes participantes, en este momento
todavía no definidos:
Arquitecto técnico director de las obras.
Coordinador de seguridad y salud.
Geólogo.
Ingeniero redactor y director de la actividad.
Ingeniero redactor y director de la instalación de electricidad.
Ingeniero redactor y director de la instalación de climatización.
Empresa constructora.
No definido todavía.
No definido todavía.
Blau – Q
Sie Balear, S.L.
Sie Balear, S.L.
Sie Balear, S.L.
No definido todavía.
1.2 INFORMACIÓN PREVIA.
1.2.1 ANTECEDENTES.
Se trata del encargo de la misión completa para la construcción de un edificio destinado a centro
cultural Se me ha encargado igualmente la redacción del estudio de seguridad y salud en el trabajo,
además de la coordinación del resto de agentes participantes descritos anteriormente a excepción de
la empresa constructora.
Se adjunta a continuación la resolución municipal de dicho encargo hacia mi estudio de arquitectura.
No hay más antecedentes.
1.2.2 EMPLAZAMIENTO.
La parcela en la cual se construye este edificio queda definida por las calles del Ancla, calle de la
Olivera y calle del Doctor Fleming de Son Serra de
Marina, en el15/00037/09
término municipal de Santa
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Margarita.
1.2.3 DESCRIPCIÓN DEL TERRENO.
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Tal y como se ha explicado anteriormente, el solar en el que se ha de construir el edificio queda
definido por las calles del Ancla, calle de la Olivera y calle del Doctor Fleming de Son Serra de
Marina, presentando entonces una forma rectangular de dimensiones 128 m en sus lados
perpendiculares a la costa y 65 m en sus lados paralelos a la costa. La superficie es pues de 8.320
m2.
La parcela cumple con las dimensiones mínimas de parcela establecidas para la zonificación
urbanística en la que se encuentra.
Se han comprobado y tomado in situ las medidas, desniveles, ancho de los viales adyacentes y
demás condiciones físicas que puedan afectar al desarrollo de los proyectos.
Mientras que las calles paralelas a la costa presentan una topografía prácticamente plana, la calle
perpendicular a la misma presenta un desnivel de considerable entre las calles paralelas a la costa,
aspecto que no influye en el desarrollo de este proyecto por situarse el edificio junto a la calle próxima
al mar, siendo prácticamente plano en su entorno.
La parcela presenta una abundante vegetación de pinos, que serán conservados en la medida de lo
posible.
El solar se encuentra libre de edificación.
La parcela presenta aparentemente todos los servicios urbanos que le otorgan condición de solar. Sin
embargo, debe realizarse consulta a los servicios técnicos del Ayuntamiento de Santa Margarita a fin
de determinar, si es necesaria, alguna medida especial para completar o mejorar dichos servicios.
1.2.4 FOTOGRAFÍAS DE LA PARCELA.
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1.2.5 MEMORIA URBANÍSTICA.
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La parcela presenta aparentemente todos los servicios urbanos que le otorgan condición de solar
según el artículo 82 de la Ley del Suelo. Sin embargo, debe realizarse consulta a los servicios
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técnicos del Ayuntamiento de Santa Margarita a fin de determinar, si es necesaria, alguna medida
especial para completar o mejorar dichos servicios.
El edificio proyectado cumple con lo especificado en el artículo 73.a del texto refundido de la Ley del
Suelo de 1976 y en el artículo 138.b del texto refundido de la Ley del Suelo de 1992.
La Normativa aplicable son las NNSS 86 de Santa Margarita. La zonificación es docente cultural,
perteneciente al núcleo urbano de Son Serra de Marina.
La parcela cumple con las dimensiones mínimas de parcela determinadas por las NNSS 86 para esta
zonificación, que son de 2.000m2 de superficie y 40 m de fachada.
Además, se deja constancia de que por las dimensiones de la parcela y las dimensiones del edificio
proyectado, será posible la división posterior de la parcela de este encargo siempre cumpliendo los
mínimos previstos para esta zonificación, ya que el edificio proyectado no agota ni de lejos los
parámetros urbanísitocs de una parcela mínima. Aún reservando una superficie de parcela de 2.000
m2 para este edificio, es susceptible de ampliación en el futuro.
La edificación se ajustará a la alineación establecida en las NNSS de Santa Margarita.
En el cuadro anexo a la memoria urbanística quedan indicadas las características aplicables y
aplicadas.
FOTOPLANO
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NN.SS. 86 DE SANTA MARGARITA
1.2.5 DATOS DEL EDIFICIO EN CASO DE REHABILITACIÓN, REFORMA O AMPLIACIÓN.
Este proyecto contempla la construcción de edificio destinado a centro cultural de obra nueva, y por lo
tanto no es de aplicación este apartado.
1.3 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
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1.3.1 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO.
PROGRAMA DE NECESIDADES. USOS.
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RELACIÓN CON EL ENTORNO.
El edificio proyectado resuelve un programa de 2 salas de uso polivalente situadas cada una de ellas
en las dos plantas del edificio.
Además cada planta presenta un núcleo de comunicaciones verticales y un núcleo de aseos y
servicios.
Se ha resuelto el edificio de tal manera que en las salas proyectadas se puedan coger el máximo
número de actividades que se puedan realizar.
El edificio se integra en la zona de pinar del solar del que forma parte, respetándos este en la medida
de lo posible.
Volumetricamente el edificio es un paralelepípedo perfecto, con unos huecos verticales irrepetitivos
en la zona de sala polivalente. La entrada al edificio queda marcada por una gran obertura de vídrio.
Gran parte de la cubierta es inclinada y de teja árabe y presenta un vuelo que protege la zona de
acceso del edificio. Existen partes de cubierta plana donde se ubicarán las instalaciones generales.
1.3.2 INTERVENCIÓN EN EDIFICIO EXISTENTES. TIPO DE OBRA.
Este proyecto contempla la construcción de edificio destinado a centro cultural de obra nueva, y por lo
tanto no es de aplicación este apartado.
1.3.3 DESCRIPCIÓN DE LA GEOMETRÍA, SUPERFICIES CONSTRUIDAS.
Planta baja
Superficie construida cerrada
Superficie construida de porches
177.36 m2
7.50 m2
Planta piso
Superficie construida cerrada
177,36 m2
1.4 NIVEL DE CUMPLIMIENTO DEL CTE Y LAS PRESTACIONES DEL EDIFICIO.
1.4.1 NIVEL DE CUMPLIMIENTO DEL CTE.
Al solicitarse licencia de obras con posterioridad al 29/03/07, el CTE se aplica íntegramente (parte I y
parte II).
1.4.2 PRESTACIONES DEL EDIFICIO.
A continuación se indican las prestaciones del edificio proyectado a partir de los requisitos básicos
indicados en el Art. 3 de la LOE y en relación con las exigencias básicas del CTE.
Requisitos
básicos:
Seguridad
Habitabilidad
Según CTE
En proyecto
DB-SE
Seguridad
estructural
DB-SI
Seguridad
caso
incendio
en
de DB-SI
DB-SU
Seguridad
utilización
de
DB-HS
DB-HR
DB-HE
Salubridad
DB-SE
DB-SU
DB-HS
Protección
NBE CA88
frente al ruido
Ahorro
de
energía
y
DB-HE
aislamiento
térmico
Prestaciones según el CTE
en proyecto
De tal forma que no se produzcan en el edificio, o partes del mismo, daños
que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los
forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que
comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del
edificio.
De tal forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones
seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del propio edificio y
de los colindantes y se permita la actuación de los equipos de extinción y
rescate.
De tal forma que el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente
para las personas.
Higiene, salud y protección del medioambiente, de tal forma que se alcancen
condiciones aceptables de salubridad y estanqueidad en el ambiente interior
del edificio y que éste no deteriore el medio ambiente en su entorno
inmediato, garantizando una adecuada gestión de toda clase de residuos.
De tal forma que el ruido percibido no ponga en peligro la salud de las
personas y les permita realizar satisfactoriamente sus actividades.
De tal forma que se consiga un uso racional de la energía necesaria para la
adecuada utilización del edificio.
Otros aspectos funcionales de los elementos constructivos o de las
instalaciones que permitan un uso satisfactorio del edificio
Funcionalidad
-
Habitabilidad
D145/1997
D20/2007
-
Accesibilidad
L 3/1993
D 20/2003
-
Acceso a los RDL1/1998
servicios
RD401/2003
De tal forma que la disposición y las dimensiones de los espacios y la
dotación de las instalaciones faciliten la adecuada realización de las
funciones previstas en el edificio.
De tal forma que se permita a las personas con movilidad y comunicación
reducidas el acceso y la circulación por el edificio en los términos previstos en
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su normativa
específica.
De telecomunicación audiovisuales y de información de acuerdo con lo
establecido en su normativa específica.
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En el segundo y si procede, se indican las prestaciones
del edificio acordadas entre el promotor y el
proyectista que superen los umbrales establecidos en el CTE.
Requisitos
básicos:
Según CTE
Seguridad
DB-SE
En proyecto
Prestaciones que superan el CTE
en proyecto
No procede
DB-SU
Seguridad estructural
DB-SE
Seguridad en caso de
DB-SI
incendio
Seguridad de utilización
DB-SU
Habitabilidad
DB-HS
DB-HR
DB-HE
Salubridad
Protección frente al ruido
Ahorro de energía
DB-HS
DB-HR
DB-HE
No procede
No procede
No procede
Funcionalidad
-
Habitabilidad
Accesibilidad
Acceso a los servicios
D145/1997 D20/2007
L 3/1993 D 20/2003
RDL1/1998 RD401/2003
No procede
No procede
No procede
DB-SI
No procede
No procede
Finalmente, en el tercer apartado se relacionan las limitaciones de uso del edificio proyectado
Limitaciones
El edificio solo podrá destinarse a los usos previstos en el proyecto. La dedicación de algunas de sus
dependencias a uso distinto del proyectado requerirá de un proyecto de reforma y cambio de uso que será
Limitaciones de uso del
objeto de licencia nueva. Este cambio de uso será posible siempre y cuando el nuevo destino no altere
edificio:
las condiciones del resto del edificio ni sobrecargue las prestaciones iniciales del mismo en cuanto a
estructura, instalaciones, etc.
Limitaciones de uso de Las distintas dependencias solo podrán destinarse al uso previsto para ellas en el presente proyecto.
las dependencias:
Limitación de uso de las Las instalaciones sólo podrán utilizarse según las condiciones para las mismas planteadas en este
instalaciones:
proyecto, y que serán detalladas en el proyecto de ejecución.
1.5 DATOS DE PROYECTO SOLICITADOS EN EL DECRETO LEY 9/2008, DE 28 DE
NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA UN FONDO ESTATAL DE INVERSIÓN LOCAL Y UN
FONDO ESPECIAL DEL ESTADO PARA LA DINAMIZACIÓN DE LA ECONOMÍA Y DE LA
OCUPACIÓN.
El REAL DECRETO-LEY 9/2008, de 28 de noviembre, por el que se crean un Fondo Estatal de
Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la Dinamizacion de la Economía y el Empleo y
se aprueban créditos extraordinarios para atender a su financiación, prevé en su artículo 5 que la
solicitud de recursos del fondo la tramitará el Ayuntamiento frente a la Delegación de Gobierno, y
constará, entre otros, de la siguiente documentación:
1. Modelo oficial de la solicitud. (a rellanar por el Ayuntamiento de Santa Margarita)
2. Memoria explicativa del proyecto de inversión en la que se especifique:
2.1. Contenido del proyecto.
Se trata del proyecto básico y de ejecución para la construcción de un edificio destinado a
centro cívico en la localidad de Son Serra de Marina, perteneciente al término municipal de
Santa Margarita.
Por tanto, a la vista del artículo 3 de REAL DECRETO-LEY 9/2008, de 28 de noviembre, por
el que se crean un Fondo Estatal de Inversión Local y un Fondo Especial del Estado para la
Dinamizacion de la Economía y el Empleo y se aprueban créditos extraordinarios para
atender a su financiación, las obras pueden clasificarse dentro del punto 3:
“3. Las de construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de edificios y equipamiento
sociales, sanitarios, funerarios, educativos, culturales y deportivos.”
Este edificio presenta una superficie de aproximadamente 354 m2 sobre rasante repartidos
en planta baja y en planta primera, y desarrolla un programa de salas multifuncionales, una
por planta, a fin de atisfacer de la manera más amplia las necesidades culturales de la
población en la que se ubica el edificio.
Forman parte de este trabajo igualmente todos los proyectos complementarios que posibilitan
la aprobación de este proyecto, la contratación de los trabajos de construcción y en
consecuencia el inicio de las obras.
2.2. Presupuesto del proyecto de inversión y plazo de adjudicación previsto.
El presupuesto del proyecto es el siguiente:
PEM (edificio + instalación):
Presupuesto de seguridad:
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321.472,66 €
6.520,00 €
Total presupuesto:
327.992,66 €
BI (6%)
GG (13%)
Total (PEM + BI + GG)
IVA (16%)
Total contrata
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19.679,56 €
42.639,04 €
390.311,26 €
62.449,80 €
452.761,06 €
Se prevé que el proceso de contratación y adjudicación de las obras quede resuelto el 15 de
abril de 2.009, de tal manera que se puedan iniciar las obras el 25 de abril de 2.009. Se
estima que las obras se desarrollen en un plazo de 7 meses, y en consecuencia terminen el
25 de noviembre de 2.009.
2.3. Previsión de personas a ocupar en la ejecución del proyecto.
Las diferentes fases de construcción del edificio requieren un número variable de
trabajadores dependiendo del avance de la obra.
Se estima que la media de trabajadores que han de intervenir en la construcción de este
edificio es de 8.
2.4. Certificación de que es una obra no prevista en el presupuesto de la Entidad para el año
2009. (a aportar por el Ayuntamiento de Santa Margarita)
3. Acuerdo del Pleno o de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento, según proceda, en el que se
apruebe el proyecto. (a aportar por el Ayuntamiento de Santa Margarita)
1.6 DOCUMENTACIÓN ADICIONAL PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJOS DE
CONSTRUCCIÓN.
1.6.1 FASES DEL PROYECTO.
Este proyecto contempla la realización íntegra de un solo edificio.
Debido a ello, es imposible dividir este proyecto en fases, debiéndose de ejecutar en una fase única.
Se trata por tanto de una obra completa.
1.6.2 PROGRAMA DE DESARROLLO DE LOS TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN.
Se prevé que el edificio se construya en siete meses.
Fecha de inicio prevista: 25 de abril de 2.009
Fecha de finalización prevista: 25 de noviembre de 2.009.
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OBRA: CENTRO CULTURAL C/ del Ancla, C/ de Olivera C/ Del Doctor Fleming- Son Serra
CAPITULOS
MOVIMIENTO DE TIERRAS
CIMENTACION
ESTRUCTURA
CUBIERTA
CERRAMIENTOS
TABIQUERIA
INSTALACIONES
ACABADOS
FACHADA
CARPINTERIA ALUMINIO
CARPINTERIA MADERA
URBANIZACIÓN
AYUDAS
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
1.6.3 EXPROPIACIONES.
Según manifestación de los responsables municipales, la titularidad de la totalidad de la parcela en la
que se desrrolla el trabajo es municipal, y por tanto, no es necesaria expropiación alguna.
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1.6.4 CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA.
A la vista del artículo 54 de la ley 30/07, de 30 de octubre, de contratos del sector público, para la
ejecución de la obras contempladas en este proyecto se exigirá clasificación al contratista, al
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presentar el proyecto un presupuesto superior a 350.000 €.
Esta clasificación debe ser:
Grupo
Subgrupo
Categoría
C
I
J
2
9
2
C
A
A
Estructuras de fábrica u hormigón
Instalaciones eléctricas sin cualificación específica
Ventilación, calefacción y climatización
A pesar de ello, en cumplimiento del artículo 54 de la ley 30/07 de 30 de octubre, de contratos del
sector público, debido a que sólo parte de los trabajos de construcción deben realizarse por empresas
especializadas, la clasificación en los grupos distintos al C podrá suplirse por el compromiso del
empresario por subcontratar dichos trabajos a otros empresarios que dispongan de la clasificación
aquí expuesta siempre que el importe de estos trabajos no excda del 50% del precio del contrato.
1.6.5 CLASIFICACIÓN ESTADÍSTICA DE PRODUCTOS POR ACTIVIDADES (CPA) EN LA
COMUNIDAD ECONÓMICA EUROPEA.
Las obras que se describen en este proyecto se clasifican, a la vista del reglamento CE 451/2008, de
23 de abril de 2.008, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por
actividades (CPA) […], de la siguiente manera:
F
41.00
41.00.20
Construcciones y trabajos de construcción
Edificios y trabajos de construcción de edificios
Edificios no residenciales
Según el reglamento 213/2008, de 28 de noviembre de 2.007, […] por el que se aprueba el
vocabulario común de contratos públicos (CPV), corresponde la siguiente clasificación:
45215222-9
Trabajos de construcción de centros cívicos
1.6.6 REVISIÓN DE PRECIOS.
Se revisarán los precios cuando proceda a la vista del artículo 77 de la ley 30/07, de 30 de octubre,
de contratos del sector público.
La fórmula tipo a aplicar es la número 19 del decreto 3650/1970, de 19 de diciembre.
Alcudia, 12 de enero de 2009.