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DERECHOS, RESPONSABILIDADES Y POLÍTICA DE CONDUCTA DERECHOS PADRES/TUTORES: Los padres/tutores tienen derecho a esperar que sus hijos reciban un programa integral y provechoso, a que la escuela les informe el progreso académico y las calificaciones de sus hijos, y a ser notificados si sus hijos no han asistido a la escuela o han sido retirados de la escuela por alguna persona. Si surge algún problema con un estudiante, ya sea disciplinario o académico, los padres tienen derecho a cuestionar y apelar las decisiones que consideren injustas. Los padres tienen derecho a realizar una consulta con el personal de la escuela y a acceder e interpretar los registros de su hijo. Asimismo, deberán ser tratados con cortesía en lo que respecta a todos los asuntos relacionados con el distrito escolar. MAESTROS: Los maestros esperan desempeñar sus funciones, conforme a lo especificado en la política del distrito y dentro del marco del Código de Educación Estatal, sin acoso, abuso ni amenazas cometidos por persona alguna. En el desempeño de dichas funciones, los maestros tienen derecho a usar métodos razonables y legales para mantener el orden y el control adecuados dentro y fuera del salón de clases. En lo que respecta a estas acciones, esperan la colaboración de los estudiantes, los padres y el personal de la escuela. Asimismo, deberán ser tratados con cortesía y respeto en el desempeño de sus funciones. ADMINISTRADORES: La administración tiene derecho a administrar las políticas, normas y reglamentaciones del Jefferson Union High School District y del Estado de California. Los administradores tienen derecho a que padres, estudiantes y personal les informen de inmediato los posibles problemas que surjan en la escuela, a fin de poder mediar en dichas situaciones. Asimismo, deberán ser tratados con cortesía y respeto en el desempeño de sus funciones. PERSONAL CLASIFICADO: El personal clasificado tiene derecho a ser tratado con cortesía y respeto mientras desempeña sus funciones. ESTUDIANTES: Los estudiantes tienen derecho a recibir una educación beneficiosa y útil. Conforme a lo establecido por la ley, "los estudiantes de las escuelas de enseñanza pública tienen derecho a ejercer la libre expresión, lo cual incluye, entre otras cosas, el uso de pizarras de anuncios, la distribución de materiales impresos o peticiones, y el uso de placas, distintivos u otras insignias, con la excepción de que estarán prohibidas aquellas expresiones que, de acuerdo con las normas legales vigentes, sean obscenas, difamatorias, calumniosas o estén relacionadas con pandillas, o que inciten a los estudiantes a generar el peligro claro y presente de cometer actos ilícitos en las instalaciones escolares, violar las reglamentaciones escolares o perturbar significativamente el funcionamiento ordenado de la escuela". Los estudiantes tienen derecho a la confidencialidad y a tener acceso a sus propios registros con la autorización escrita de sus padres o tutores. Asimismo, tienen derecho a realizar una consulta personal con todos los miembros del personal de la escuela. También podrán acceder a un procedimiento de presentación de quejas que estará establecido y deberá estar disponible en cada una de las escuelas. Así como a las demás personas de la comunidad escolar, los estudiantes deberán ser tratados con cortesía y respeto. RESPONSABILIDADES Los PADRES son responsables de que sus hijos asistan a la escuela con regularidad y se comporten de manera aceptable. Los padres tienen la obligación moral, la cual se espera que cumplan, de colaborar plenamente con la escuela manteniéndose informados y asistiendo a las reuniones de padres que traten cuestiones relacionadas con la educación de sus hijos. La ADMINISTRACIÓN de cada escuela es responsable ante el superintendente, a través del director, en lo que respecta a la conducta de los estudiantes, la gestión operativa y la coordinación de todo el programa. El director tiene a su cargo la responsabilidad y la autoridad de formular los procedimientos que sean necesarios para cumplir con la política del distrito. El director y/o sus representantes delegados, en cuestiones de medidas disciplinarias, convocarán a los padres de los estudiantes que se comporten de manera contraria a la política del distrito. El director y sus representantes designados serán responsables de asegurar que se respeten los derechos de los padres, los estudiantes y los maestros. Los MAESTROS son responsables de llevar adelante con un programa de estudio y de mantener un clima escolar que propicie el aprendizaje eficaz y permita a los estudiantes alcanzar su propio potencial. Se espera que los maestros mantengan un control adecuado y correcto dentro y fuera del salón de clases. Todos los días, los maestros deberán hacer cumplir las normas y reglamentaciones, informar la falta de progreso de los estudiantes y notificar las violaciones a la política de asistencia. Asimismo, deberán informar de inmediato a la autoridad delegada los actos de mala conducta de los estudiantes. El PERSONAL CLASIFICADO deberá actuar en aquellas cuestiones que le hayan sido específicamente autorizadas y asignadas por el superintendente y/o el director, relacionadas con la conducta de los estudiantes. Los ESTUDIANTES son responsables de completar todas las tareas escolares asignadas lo mejor posible. Se espera que cada estudiante se comporte de manera tal que cumpla con las normas y reglamentaciones del estado, el distrito y la escuela. Asimismo, se espera que cada estudiante asista a la escuela en forma regular y puntual. También se espera que los estudiantes cumplan de buena gana todos los pedidos razonables del personal certificado y clasificado. POLÍTICA DE CONDUCTA DE LOS ESTUDIANTES El Código de Educación de California establece que todos los niños que tengan entre 6 y l8 años están sujetos a recibir educación obligatoria de tiempo completo. No obstante, para que un estudiante continúe inscripto en dicho programa, debe asistir a la escuela en forma regular y cumplir con todas las normas, reglamentaciones y expectativas desarrolladas por el Distrito y el Estado que rigen la conducta de los estudiantes. En una democracia, existen muchos derechos y responsabilidades que dependen del estricto cumplimiento de una serie de expectativas de conducta. Debe quedar bien claro que cualquier estudiante puede perder su derecho a recibir educación pública gratuita por no cumplir con las reglamentaciones escolares. Por lo tanto, los estudiantes que tengan problemas de conducta estarán sujetos a una medida disciplinaria inmediata. Según la gravedad de la conducta exhibida, la administración de la escuela aplicará de inmediato una respuesta disciplinaria conforme a la escala de consecuencias que se indica a continuación. EXPULSIONES OBLIGATORIAS Cód. Ed. Calif., Sección 489l5 (c) De acuerdo con el Código de Educación de California, los siguientes delitos exigen la suspensión inmediata seguida de una recomendación obligatoria para la expulsión, seguida de la expulsión obligatoria de la escuela durante un año calendario, siempre que los hechos confirmen el delito: l. 2. 3. 4. 5. Tenencia, venta o suministro bajo cualquier forma de un arma de fuego en las instalaciones escolares o en un evento patrocinado por la escuela. Blandir un cuchillo ante otra persona. Venta ilegítima de una sustancia de dispensación controlada, según se especifica en el Capítulo 2 (a partir de la Sección 11053) de la División 10 del Código de Salud y Seguridad. Acoso o agresión sexual, o tentativa de acoso o agresión sexual. Tenencia de explosivos según se define en 18 USC 921. PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS GENERALES Área problemática Escala de medidas a tomar Alcohol o cualquier otra bebida de dispensación controlada: uso, influencia, tenencia, suministro. Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Amenaza de agresión y/o agresión contra un estudiante Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Amenaza de agresión y/o agresión contra un empleado de la escuela Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, denuncia policial obligatoria. Amenaza de agresión con un arma mortal Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, denuncia policial obligatoria. Daño a bienes de la escuela o de propiedad privada Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Solicitud de resarcimiento. Tenencia o uso de objeto peligroso: incluye cualquier objeto peligroso que no tiene un uso educativo razonable para el estudiante. Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Desafío a la autoridad Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Conducta desordenada Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión. Tenencia de artículos asociados con drogas Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Uso, influencia o tenencia de drogas o cualquier sustancia de dispensación controlada. Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Venta o suministro de drogas o sustancias de dispensación controlada. Intervención de los padres, suspensión obligatoria, expulsión obligatoria, remisión a programas alternativos, denuncia policial obligatoria. Dispositivos explosivos: conforme a lo establecido en 18 USC 921, un explosivo es un dispositivo destructivo e incluye, entre otros, cualquier explosivo, bomba incendiaria, bomba de gas venenoso, granada o proyectil con una carga propulsora de más de cuatro onzas, misil con una carga explosiva o incendiaria de más de un cuarto de onzas, mina o dispositivo similar. Un dispositivo destructivo también incluye cualquier otro tipo de arma que podría ser convertida para proyectar un explosivo. Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, denuncia policial obligatoria. Peleas Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Tenencia o suministro de un arma de fuego. Se define como arma de fuego a cualquier dispositivo diseñado para ser usado como arma, desde el cual se expulsa un proyectil a través de un barril, por la fuerza de un explosivo u otra forma de combustión. Esto incluye cualquier pistola, escopeta/rifle y lanzaproyectiles propulsado por cohetes. Intervención de los padres, suspensión obligatoria, expulsión obligatoria, remisión a los funcionarios encargados de la aplicación de la ley Arma de fuego de imitación. Se define como una réplica de un arma de fuego cuyas propiedades físicas son tan similares a las de un arma de fuego verdadera, que pueden llevan a una persona razonable a pensar que la réplica es un arma de fuego verdadera. Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Falsificación Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía* Blandir un cuchillo ante otra persona: según se utiliza en esta sección, cuchillo se refiere a cualquier puñal, daga u otra arma con una hoja de filo anexada diseñada principalmente para dar estocadas, un arma con una hoja anexada diseñada principalmente para dar estocadas, un arma con una hoja mayor a 3 ½ pulgadas, una cuchilla plegable con una hoja de filo que se traba en su posición, o una navaja con la hoja de filo hacia adentro. Intervención de los padres, suspensión obligatoria, expulsión obligatoria, remisión a programas alternativos, denuncia policial obligatoria. Aceptación intencional de bienes robados de la escuela o propiedad privada robada. Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Solicitud de resarcimiento Robo, extorsión Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, denuncia policial obligatoria. Agresión sexual o tentativa de agresión sexual Intervención de los padres, suspensión obligatoria, expulsión obligatoria, remisión a programas alternativos, denuncia policial obligatoria. Consumo o tenencia de tabaco o productos a base de tabaco Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, suspensión, remisión a un programa para dejar de fumar patrocinado por la escuela. Amenazas terroristas: amenazar con cometer un delito que causará la muerte o una lesión física grave, con intención específica de que dicha declaración sea tomada como una amenaza, incluso si no se tiene la intención real de llevarla a cabo. Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, denuncia policial obligatoria. Hurto Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Ausencia sin permiso, llegadas tarde Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, retención, remisión a programas alternativos. Abuso verbal, actos obscenos, lenguaje profano, conducta motivada por el odio, violencia, novatadas, acoso, acoso racial, acoso sexual dirigido a estudiantes o a personal de la escuela. Esto incluye acoso, amenazas o intimidación contra personal del distrito o estudiantes lo suficientemente graves o invasivas como para provocar el efecto real y razonablemente esperado de perturbar el desempeño académico, crear un trastorno significativo e invadir los derechos del personal de la escuela o de los estudiantes creando un ambiente escolar intimidatorio u hostil. Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* Tenencia, venta o suministro de armas distintas a un arma de fuego. Incluye escopetas de perdigones y armas BB. Audiencia de revisión de conducta/incidente, intervención de los padres, remisión a programas alternativos, suspensión, expulsión, notificación a la policía.* * Se notificará a la policía y la escuela puede requerir el arresto o la aplicación de otra medida para el cumplimiento de la ley, luego de realizada una consulta con la policía y según la gravedad del incidente en cuestión. ESCUELAS SIN TABACO: Procedimientos de aplicación de la política sobre el tabaco en la escuela La tenencia, el uso, la venta o el suministro de cualquier producto a base de tabaco en las instalaciones escolares o en cualquier instalación del distrito constituye una violación de la Sección 48901 del Código de Educación y a la Política del Consejo Escolar y, por lo tanto, dichas actividades están prohibidas en todo momento. Los estudiantes que violen esta política estarán sujetos a la siguiente escala de medidas disciplinarias y correctivas: Escala de consecuencias para el primer incidente: 1. 2. 3. Reunión del estudiante con el administrador de la escuela pertinente. Comunicación del hecho a los padres/tutores y/o reunión con ellos. El estudiante deberá asistir a un Grupo de Educación sobre el Tabaco de dos horas, que se realizará después del horario escolar en el campus y estará a cargo de un Coordinador del Distrito, del Programa de Educación de Prevención del Consumo de Tabaco. Escala de consecuencias para el segundo incidente: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Reunión del estudiante con el administrador de la escuela pertinente. Comunicación del hecho a los padres/tutores y/o reunión con ellos. Remisión al personal escolar adecuado para recibir asesoramiento. El estudiante deberá asistir a uno de los siguientes grupos de educación sobre el tabaco: a. Una sesión de dos horas, después del horario escolar en el campus. b. Una sesión escolar de cuatro horas, un día sábado, fuera del campus. El estudiante puede ser suspendido de la escuela si no asiste al Grupo de Educación sobre el Tabaco. Posible suspensión en la escuela. Escala de consecuencias para el tercer incidente: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Reunión del estudiante con el administrador de la escuela pertinente. Comunicación del hecho a los padres/tutores y/o reunión con ellos. Remisión al personal escolar adecuado para recibir asesoramiento. Si el estudiante es menor de 18 años, puede recibir una citación de los funcionarios encargados de la aplicación de la ley locales por dicha violación del Código Penal, Sección 308B: Tenencia ilegítima de productos a base de tabaco por una persona menor de 18 años. Con el fin de llevar esto a cabo, la escuela invitará a un oficial de policía para que emita la citación en el campus, en un lugar privado. Si el estudiante tiene más de 18 años, se le puede exigir que asista a una sesión escolar patrocinada por el distrito, de cuatro horas de duración, un día sábado. Posible suspensión de la escuela. NOTIFICACIÓN A LOS ORGANISMOS ENCARGADOS DE LA APLICACIÓN DE LA LEY PERTINENTES La comisión de alguno de los actos enumerados a continuación tendrá como resultado la notificación inmediata del director o la persona que éste designe a los organismos encargados de la aplicación de la ley pertinentes antes de la suspensión o la expulsión del estudiante que cometa dicho acto. Código de Educación, Sección 48906, Entrega de un alumno a un oficial de las fuerzas de seguridad: exige que los funcionarios escolares tomen medidas inmediatas para notificar a los padres cuando un niño es llevado bajo custodia por un oficial de las fuerzas de seguridad, excepto cuando es llevado bajo custodia como presunta victima de abuso de menores. En tales casos, los funcionarios encargados de la aplicación de la ley asumirán todas las responsabilidades de notificación a los padres. 1. Amenaza de agresión con un arma mortal 2. Tenencia o suministro de un arma de fuego 3. Blandir un cuchillo ante otra persona 4. Venta ilegal de una sustancia de dispensación controlada 5. Agresión sexual o tentativa de agresión sexual 6. Amenaza de agresión y/o agresión contra algún empleado de la escuela 7. Causar lesiones graves a otra persona, salvo que sea en defensa propia 8. Robo o extorsión 9. Amenazas terroristas 10. Tenencia de explosivos DEFINICIÓN DE LAS MEDIDAS Y CONSECUENCIAS AUDIENCIAS DE REVISIÓN DE CONDUCTA/INCIDENTE: Intervención de la administración del distrito para determinar el nivel de conducta inaceptable y/o la gravedad de un incidente cometido por un estudiante. El resultado de esta audiencia podría ser una audiencia de expulsión ante el Consejo Administrativo. RETENCIÓN: Los estudiantes pueden ser retenidos durante y hasta una hora después de finalizada la jornada escolar (incluso la de máxima duración) bajo las siguientes condiciones: (l) Un estudiante que es transportado por el autobús escolar podrá ser retenido únicamente hasta el horario de partida del autobús. (2) Cuando un estudiante que no es transportado por el autobús escolar debe cumplir una retención, se harán todos los esfuerzos posibles para notificar esto a sus padres/tutores. (3) Durante el período de retención, el estudiante permanecerá bajo la supervisión de un empleado certificado. EXPULSIÓN: Medida tomada por el Consejo Administrativo, a través de la cual se retira a un estudiante de una escuela del distrito durante un período establecido. Durante el período de expulsión, se proporcionará un programa educativo alternativo adecuado para todos los estudiantes expulsados. SUSPENSIÓN: El retiro de un estudiante de la clase o de la escuela por cualquier miembro certificado del personal durante un plazo especificado conforme a lo establecido por la ley. La Sección 48911 del Código de Educación requiere que se realicen todos los esfuerzos razonables para notificar personalmente o por teléfono a los padres al momento de la suspensión, y exige que se proporcione una notificación por escrito. (Las autoridades correspondientes a las secciones mencionadas en el presente se han tomado de códigos gubernamentales oficiales). PROCESO DE APELACIÓN DE LOS PADRES Conforme a lo indicado en la política, “Si surge algún problema con un estudiante, ya sea disciplinario o académico, los padres tienen derecho a cuestionar y apelar las decisiones que consideren injustas”. Se han proporcionado vías para que los padres traten sus problemas con el personal de la escuela de manera informal. NIVEL INFORMAL: PASO 1: Conversación del tema en cuestión con el personal certificado o clasificado directamente involucrado. PASO 2: Conversación con el subdirector pertinente. PASO 3: Conversación con el director. Si la apelación no se resuelve dentro del nivel informal, los padres pueden apelar por escrito de acuerdo al nivel formal. Los tres pasos del nivel formal deberán completarse en un plazo de treinta (30) días escolares. NIVEL FORMAL: PASO 1: Apelación ante el administrador del distrito del nivel pertinente. PASO 2: Apelación ante el superintendente del distrito. PASO 3: Apelación ante el Consejo Administrativo (en las reuniones regulares programadas del Consejo). Estos pasos se explican para que los padres estén informados al respecto. Es importante que los padres estén al tanto de los pasos del proceso de apelación del distrito.