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Médicos, penalistas y teólogos debaten sobre si se trata de un caso de eutanasia
(ABC, 16 de marzo de 2007)
1. La muerte de Inmaculada Echevarría, ¿puede ser considerada eutanasia o no? ¿Por
qué?
2. ¿Cree que este caso servirá para abrir un debate acerca de la eutanasia en España?
¿Es conveniente dicho debate?
¿Eutanasia, suicidio inducido, limitación legítima del esfuerzo terapéutico? La. Muerte de
Inmaculada Echevarría, muy diferente a la del gran icono de los defensores de la eutanasia,
Ramón Sampedro ha reabierto el debate sobre la posible legalización de la «buena muerte» en
España. Diversos expertos en bioética, moral y cuidados paliativos reflexionan sobre la
cuestión en ABC.
Xavier Gómez Batiste
Presidente de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos
1.- Es una situación en la que ha habido sufrimiento por parte de la enferma y de un equipo
competente, en parte debida al impacto mediático, y deberíamos promover respeto por ambos.
No es eutanasia ni clínica, ni ética, ni jurídicamente. Se trata de una decisión individual legítima
de limitación del esfuerzo terapéutico en una paciente atendida por un equipo competente, la
intervención de un comité dé ética, y consulta legal. Este caso tiene características que lo
hacen más impactante, por el hecho de que la relación entre el abandono de tratamiento y la
muerte es inmediata (y mediática), comparada con un enfermo que decide abandonar la
hemodiálisis o no tratarse de una obstrucción intestinal.
2.- Este debate, como el de otras situaciones polémicas (Leganés, Ramón Sampedro, caso
del suicidio asistido, etc...), conlleva un debate social sobre los valores en el final de la vida,
que no debe asustarnos si lo hacemos con respeto.
Miguel Bajo
Catedrático de Derecho Penal. Universidad Autónoma de Madrid
1.- No contesto directamente a la pregunta porque es equívoca. Lo que afirmo es que la
muerte de la señora Echevarría no es punible porque existe un derecho a rechazar el
tratamiento. Según el artículo 2.4 de la nueva Ley de Autonomía del Paciente, «todo paciente o
usuario tiene derecho a negarse al tratamiento,. La conexión a un respirador artificial es un
tratamiento médico. Luego, al igual que un paciente hospitalizado puede rechazar en cualquier
momento la ingestión del medicamento mediante una decisión racional, quien mantiene sus
constantes vitales mediante aparatos técnicos puede igualmente oponerse a la conexión.
Sobre esto no creo que pueda haber duda alguna.
2.- Este caso servirá para abrir un debate público sobre la regulación de la eutanasia en
España en mejores condiciones en las que nos encontramos cuando ocurrió la muerte de
Ramón Sampedro, entre otras razones porque la sensibilidad publica ha aumentado y la
recepción del problema es muy superior. En todo caso, se trata exclusivamente de saber si el
derecho a rechazar el tratamiento se lleva o no a sus últimas consecuencias en el sentido de
considerar lícito, por justificado, cooperar activamente en la muerte, de un sujeto que se
encuentra. en un contexto «eutanásico», cuando existe el convencimiento (por parte del
paciente y el médico) de que no hay otro medio alternativo y se produce un deterioro de la
salud que conduce a situaciones inhumanas, degradantes o de dolor insoportable. En estas
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circunstancias la Ley penal debe de permanecer al margen, no puede considerarse delito y
tiene que apreciarse un comportamiento licito. La necesidad de regular unos controles al estilo
de Bélgica y Holanda parece, en todo caso, ineludible.
Enrique Molina
Profesor de Teología Moral de la Universidad de Navarra
1.- En términos generales, retirar a un paciente en estado terminal los medios terapéuticos
que le mantienen con vida, no puede ser considerado eutanasia: no se causa o induce directa
ni indirectamente su muerte. La dificultad está en si los medios que permiten que conserve su
vida son proporcionados o no al fin que se pretende. La respiración asistida es un medio que
puede tener mucho más de desproporcionado que de proporcionado. En consecuencia, parece
razonaba pensar que hay menos dificultades éticas para retirar ese medio en esos casos, que
para retirar otros. A la hora de la verdad, sólo quien conoce muy bien la situación médica del
enfermo y su evolución pasada y previsible, está en condiciones de valorar el carácter del
medio terapéutico y por tanto, si la actuación médica que lo retira, contando siempre con el
paciente, es o no una eutanasia.
2- Me parece que el hecho de que se abra o no un debate en torno a la eutanasia en España
por este caso, depende mucho del tratamiento informativo que se le dé. He visto en no pocas
ocasiones que sin una argumentación médica ni ética solvente, se han presentado situaciones
dolorosas como éstas a la opinión publica induciendo una opinión favorable a la eutanasia
como tal desde motivos puramente emotivos. A veces se tiene la impresión de una campaña
organizada a favor de la eutanasia o de otros temas difíciles y susceptibles de un tratamiento
fundamentalmente emotivo. No es una cuestión a dilucidar sólo ni principalmente en la calle ni
en los medios de comunicación. Si se hace así, nuestra sociedad podría correr el riesgo de
«condenar» a morir a quiénes, en el fondo, no querían morir o no debían morir de esos modos.
Marcos Gómez Sancho
Director de la Unidad de Cuidados Paliativos del Doctor Negrín
1 y 2.- No estamos ante un caso de eutanasia, ni siquiera de la llamada eutanasia «pasiva».
Era una enferma y como tal tenía derecho a rechazar un tratamiento con el que no estaba de
acuerdo. Pudo rechazarlo en su momento y no lo hizo pero quizá este era el momento para
hacerla. Nadie puede ser obligado a someterse a someterse a recibir un tratamiento, salvo
algunas excepciones y ninguna es el caso que nos ocupa. Sólo ha ejercido un derecho que le
corresponde como paciente.
Natalia López Moratalla
Doctora en Ciencias Biológicas y Catedrática de Bioquímica
1.- Tal como se ha llevado el caso hay que decir que si. Más aún, que es de nuevo una
campaña orquestada para preparar la legalización del suicidio asistido, con los típicos
ingredientes: una persona que tiene una enfermedad grave e incurable, que vive una vida dura
y limitada, y que le incitan a pedir la muerte convirtiéndola en propaganda pro�eutanasia. A su
alrededor, la Asociación Derecho a Morir Dignamente hace el montaje mediático, buscando la
confusión con el derecho de autonomía del paciente y sin respetar su intimidad. Pienso que es
imprescindible saber por qué se le ofreció a Inmaculada Echevarría el respirador, por qué
motivos lo aceptó y si el suyo fue un consentimiento informado. La autonomía del paciente es
para aceptar, o no, un medio que no cura pero alarga la vida. No existe ni moral ni legalmente
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(al menos por ahora) autonomía para decidir suicidarse con asistencia médica (que la
desconecten el respirador) porque la vida se le hace, y es, dura.
2.- Es necesario. Pero otra cuestión distinta es si somos o no capaces de debatir
racionalmente. La Ley de Autonomía del paciente debería ser ocasión de apelar al buen juicio
del ejercicio de la medicina que impida usar tratamientos inútiles. Que permita poner los
medios para que se realice siempre un consentimiento informado verdadero y preciso que guíe
la decisión del paciente de poner o no medios que sólo alargan la vida.
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