Download la razón del derecho y el derecho a la razón en la demanda médica

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
LA RAZÓN DEL DERECHO Y EL DERECHO A LA RAZÓN
EN LA DEMANDA MÉDICA
DR. NICOLÁS BAÑUELOS DELGADO
Comisionado Médico CECAMED
Colima 251 Col San Antonio C.P 63159 Tepic Nay
[email protected]
La principal obligación del personal de salud es la de emplear todos los
medios que estén a su alcance y los conocimientos científicos actualizados en
busca de la recuperación de la salud perdida, o bien el de fortalecer el derecho a la
protección de la salud. El paciente tiene el derecho de ser informado sobre su
estado de salud, de los riesgos propios de su enfermedad, los tratamientos
posibles con sus posibles riesgos de cada uno de ellos y con conocimiento de
causa decidir libremente y sin presión lo que mejor convenga, entre las posibles
alternativas de tratamiento, y con la opinión del facultativo, como la parte asesora;
el paciente ante la duda razonable tiene el derecho a una segunda opinión, que le
permita decidir con mayor certeza.
El médico éticamente debe tener la vocación de servicio al individuo
enfermo, en este actuar siempre debe prevalecer la beneficencia, la no
maleficencia, autonomía y justicia.
El profesional de la salud, como integrante de la sociedad, tiene la
“obligación” de dar cuenta ante la sociedad por las consecuencias de un hecho o
acto. Esta responsabilidad puede ser personal, profesional y jurídica. La
responsabilidad personal es aquella en la cual respondemos ante nuestra propia
conciencia de un acto inmoral.
La responsabilidad profesional consiste en dar cuenta ante organismos
especializados encargados de vigilar que el cumplimiento de normas de
comportamiento de una ciencia o un arte se cumplan.
La responsabilidad jurídica es aquella que obliga a responder ante la
sociedad, en cabeza de sus jueces por una trasgresión a la ley. La responsabilidad
jurídica puede ser civil, cuando se atenta contra un bien o derecho privado, lo cual
obliga a resarcir en forma patrimonial o pecuniaria; o penal cuando se afecta un
derecho catalogado como bien social, el cual incluye la vida e integridad de los
individuos, de modo que cuando se viola se obliga a pagar mediante sanción o
pena que la sociedad impone, y responsabilidad administrativa cuando el
responsable es un servidor público.
El médico al prestar sus servicios profesionales no puede prometer,
asegurar ni garantizar la cura del enfermo.
Las obligaciones del profesional de salud son:
Obligación de medios. O sea la correcta aplicación de medios de sostén
terapéutico en cada caso particular, sustentado en términos de la lex artis, de
acuerdo a tiempo y lugar.
Obligación de medidas de seguridad. Este consiste en el deber de evitar
siniestros.
Obligación de resultados. Este se sustenta sustancialmente en la protección del
derecho de contratación de las partes.
El profesional de la salud deberá ofrecer que pondrá todo su empeño,
diligencia, pericia, conocimiento, prudencia y cuidado para una correcta ejecución
en la atención de sus pacientes.
La inobservancia de este deber conlleva a que le sea demandada la
obligación de responder del acto (s), cuando el paciente ha sufrido daño y/o
perjuicio como consecuencia de un actuar negligente, imprudente, o de impericia,
o bien de dolo.
La medicina moderna además de sus grandes progresos, ha traído grandes
cambios condicionado por deficiencias en la comunicación médico paciente, ante la
demanda de servicios y las limitaciones en su capacidad de cobertura de atención,
así como traslocación de valores, deshumanización del personal de salud, lo que
aunado a una mayor cultura médica y el deterioro de la credibilidad del médico
han conducido a una pérdida de una relación médico paciente adecuada y por
consiguiente un incremento en las inconformidades por la prestación de los
servicios médicos.
La relación médico- paciente es, por definición, una relación jurídica y por lo
tanto coexisten derechos, obligaciones y cargas recíprocas. La interpretación de
estos derechos propicia o supone el surgimiento de puntos de vista distintos e
intereses contrario o diferente, que aunados a los cambios sociales y económicos
ya mencionados, favorece un incremento en el número de las reclamaciones
jurídicas ante los tribunales, las contralorías internas y los organismos protectores
de los derechos humanos. Estos hechos necesariamente modifican en forma
desfavorable la relación médico- paciente, generan desconfianza en los servicios
de salud, producen denigración de los prestadores de servicio, y finalmente el
desarrollo de una medicina defensiva. Si consideramos además que estas
controversias son atendidas en los órganos tradicionales de procuración de justicia,
instancias no especializadas con rezagos en la atención de los conflictos derivados
de la atención médica, la magnitud y la trascendencia de este problema, implica
la búsqueda de soluciones que no solo contemplen el ángulo procesal del
problema, sino que también considera la mejoría de la calidad en la atención y
prevención del conflicto en la atención médica. Es así como en junio 03 de 1996 el
entonces Presidente de la República, Dr. Ernesto Zedillo Ponce de León, decreta la
creación de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED). En nuestro
Estado, la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico fue creada por el Decreto
8292, el 16 de diciembre del 2000.
Durante sus casi cinco años de funcionamiento de la Comisión Estatal de
Conciliación y Arbitraje Médico en Nayarit se han atendido los siguientes asuntos
relacionados con la atención en salud, los cuales muestran un importante
incremento.
PRODUCTIVIDAD
ASUNTOS
ORIENTACIÓN Y ASESORÍA
Proceso arbitral
Gestión
Etapa conciliatoria
DICTAMEN TÉCNICO
Total
Incremento demanda de servicios %
anual
2002
2003
2004
2005
34
94
227
231
9
13
5
61
16
16
4
130
30
22
9
288
74
52
8
365
113
121
600
La Comisión Nacional y las Estatales de Arbitraje Médico fueron establecidas
para:
◊
◊
◊
◊
◊
Evitar la medicina defensiva
Evitar la cultura litigiosa en la atención médica
Fortalecer la relación médico paciente
Buscar la solución negociada de las controversias jurídicas entre prestadores
y usuarios de servicios médicos
Mejorar la calidad de la atención
Las políticas que tienden a mejorar la relación médico- paciente, a buscar la
medicina asertiva, y el respeto a los derechos humanos del enfermo, serán
fundamentales para brindar una atención médica de calidad.
LECTURA RECOMENDADA
1.- Responsabilidad en el Ejercicio de la Medicina. Sonia Angélica Choy García.
OGS, Editores México 1997.
2.-La Comunicación Humana y el Derecho Sanitario. Octavo Simposio
Internacional. Editor Carlos Tena Tamayo. 1ª Edición CONAMED 2004.
3.- Criterios para Definir la Responsabilidad Civil del Acto Médico en Colombia.
Dr. Fernando Guzmán Mora. Revista CONAMED. Vol. 10, No. 21; 2001.
4.- La Comunicación Humana en la Relación Médico Paciente. Editores. Carlos Tena
Tamayo y Francisco. Hernández Orozco Editorial Prado 2005.