Download POLICY AND PROCEDURE - The Valley Hospital
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
POLÍTICA Y PROCEDIMIENTOS POLÍTICA #: 53.05 ASUNTO: POLÍTICA DE ASISTENCIA FINANCIERA POLÍTICA: Es una política de The Valley Hospital el proporcionar servicios de salud médicamente necesarios a todos los pacientes, tomando en cuenta con cuidadosa consideración la capacidad financiera del paciente para pagar por tales servicios. El Hospital ofrece asistencia financiera a pacientes elegibles que no están asegurados, tienen seguros insuficientes, no son elegibles para ningún programa gubernamental de atención médica o que de otra manera son incapaces de pagar por atención médicamente necesaria en base a su situación financiera individual. En concordancia con la Patient Protection and Affordable Care Act [Ley de Protección y Atención Médica Asequible para Pacientes] (PPACA), a los pacientes elegibles para recibir asistencia financiera bajo la Política del Hospital no se les cobrarán más por los servicios de emergencia o atención médicamente necesaria que el monto generalmente facturado a pacientes asegurados. PROPÓSITO: Proporcionar guías para la determinación de elegibilidad del programa de asistencia financiera del Hospital para pacientes que no están asegurados, tienen seguros insuficientes, no son elegibles para ningún programa gubernamental de atención médica o que de otra manera son incapaces de pagar por atención médicamente necesaria en base a su situación financiera individual. PROCEDIMIENTOS: I. DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA A. La asistencia financiera podría ser proporcionada a pacientes que no están asegurados, tienen seguros insuficientes, no son elegibles para beneficiarse de ningún programa gubernamental de atención médica o que de otra manera son incapaces de pagar por servicios de salud, sobre la base de una determinación de necesidad financiera en concordancia con esta Política. B. Los servicios elegibles para la asistencia financiera incluyen los servicios de emergencia o atención de urgencias, servicios considerados médicamente necesarios por el Hospital, y Página 1 de 9 en general, atención médica que no es electiva para prevenir el fallecimiento o efectos adversos a la salud del paciente. C. Cuando se determina la elegibilidad de un paciente, el Hospital no toma en cuenta la raza, credo, color, origen nacional, edad, ascendencia, nacionalidad, estado marital, afiliación religiosa, asociación doméstica o estado de unión civil, sexo, identidad de género o de expresión, servicio militar, orientación afectiva o sexual, discapacidad física o mental, o cualquier otra característica protegida bajo la ley Estatal y Federal. D. La necesidad financiera será determinada en concordancia con las regulaciones del Estado de Nueva Jersey N.J.A.C. 10:52, Subchapters 11, 12, 13 Charity Care, New Jersey Statute 26:2H-12.52 y el descuento por asistencia financiera del Hospital para paciente elegibles, como se describe en esta Política. E. La determinación de la elegibilidad para recibir asistencia financiera requerirá que los pacientes presenten llenada una aplicación de la Financial Assistance [Asistencia Financiera] (incluyendo documentación requerida para la aplicación) y podría requerir citas o entrevistas con los concejeros de los servicios financieros para pacientes del Hospital. El Patient Financial Services Department [Departamento de Servicios Financieros para Pacientes] será responsable de hacer esfuerzos razonables para determinar la elegibilidad financiera de los pacientes. II. CRITERIO DE ELEGIBILIDAD DE PACIENTES A. Fuente Alternativa de Asistencia- A pacientes en busca de asistencia se les podría solicitar que primero apliquen por la asistencia de programas externos (tales como el Medicaid o un seguro a través del mercado público) como una opción más apropiada antes de que la elegibilidad bajo esta Política sea determinada. Adicionalmente, cualquier paciente sin seguro al cual se le cree capaz poder comprar un seguro de salud podría ser animado a hacerlo para ayudar a asegurar el acceso a la atención médica y en general al bienestar. B. Guía acerca del Nivel de Pobreza Federal- La elegibilidad para recibir la asistencia financiera será determinada en base al ingreso familiar del paciente y el número de miembros de la familia, conocido también como el Federal Poverty Level [Nivel de Pobreza Federal] (FPL). El Hospital aplicará los datos del FPL a la cuenta de un paciente en base a la fecha calendario en que la aplicación de asistencia financiera fue recibida. III. PROGRAMAS DE ASISTENCIA FINANCIERA A. El Charity Care- El New Jersey Hospital Care Assistance Program [Programa de Asistencia para la Atención Hospitalaria de Nueva Jersey] (Charity Care Assistance [Asistencia de Atención Caritativa]) es gratuito o de costo reducido para la atención médica el cual es proporcionado a pacientes que reciben servicios hospitalarios y ambulatorios en hospitales de cuidados intensivos a lo largo del Estado de Nueva Jersey. La asistencia hospitalaria y la atención a costo reducido están disponibles sólo para atención médica de emergencia o medicamente necesaria. Página 2 de 9 1. La New Jersey State Law [Ley del Estado de Nueva Jersey] exige que el charity care y/o atención médica gratuita o de costo reducido sea proporcionado a cualquier residente de Nueva Jersey que: no tiene cubierta su atención de salud o tiene una cobertura que sólo paga parte de la cuenta; y no es elegible para ninguna cobertura de atención médica con respaldo privado o gubernamental (tal como el Medicaid); y satisface ambos criterios de elegibilidad según los ingresos y activos listados en (Exhibit A). 2. Pacientes que no están asegurados y tienen unos ingresos familiares y activos de hasta o por debajo del 200% del FPL son elegibles para recibir atención médica gratuita. 3. Pacientes con un ingreso familiar anual mayor al 200% pero no más al 300% del FPL son elegibles para recibir descuentos en base a una escala descendente usada para determinar el porcentaje de reducción en los cobros que se aplicarán (Exhibit A). 4. Los activos personales no pueden exceder los $7,500 y los activos familiares no pueden exceder los $15,000. Si los activos de un solicitante exceden estos montos, él/ella puede “spend down” [gastar] los activos hasta los límites elegibles a través del pago del exceso para la factura del Hospital y de otros gastos médicos aprobados pagados de su propio bolsillo. 5. Una determinación de necesidades y la aprobación de la asistencia financiera por medio de este programa requerirá haber completado la New Jersey Hospital Care Assistance Application [Aplicación de la Asistencia de Atención Hospitalaria de Nueva Jersey] (Exhibit B). B. Descuento para Pacientes Sin Seguro de Nueva Jersey – En concordancia con el New Jersey Statute 26:2H12.52, los pacientes sin seguro que no califican para recibir los servicios del Charity Care y cuyos ingresos son menor o igual al 500% del FPL podrían ser elegibles para un porcentaje de descuento sobre los gastos brutos del Hospital por atención médicamente necesaria o de emergencia que recibieron. Para ser elegible para este programa, el paciente debe ser un residente de Nueva Jersey. Los pacientes que califican para el descuento de no asegurados se les cobrará el 115% de la tasa del Medicare o el Amount Generally Billed [Monto Generalmente Facturado], cualquiera que sea menos. 1. Una determinación de necesidades y la aprobación de la asistencia financiera por medio de este programa requerirá haber completado la Hospital’s Financial Assistance Application [Aplicación de la Asistencia Financiera del Hospital] (Exhibit C). C. Descuento por Asistencia Financiera – En concordancia con las IRS Section 501(r) Regulations, los pacientes sin seguro o con seguros insuficientes que no califican para la Charity Care Assistance o los New Jersey Uninsured Patient Discount Programs [Programas de Descuento para Pacientes sin Seguro de Nueva Jersey] y cuyos ingresos son menor o igual al 500% del FPL podrían ser elegibles para el descuento por asistencia financiera del Hospital. Los pacientes no tienen que ser residentes de Nueva Jersey para ser elegibles para este programa. Los pacientes que califican para el programa de descuento Página 3 de 9 por asistencia financiera recibirán el porcentaje del monto generalmente facturado, el cual es un descuento del 33% sobre los gastos brutos por la atención de emergencia o médicamente necesaria que recibieron, según es descrito bajo la “Determining Discount Amount” [Determinación del Monto de Descuento] de la página 5. 1. Una determinación de necesidades y la aprobación de la asistencia financiera por medio de este programa requerirá haber completado la Hospital’s Financial Assistance Application [Aplicación de la Asistencia Financiera del Hospital] (Exhibit C). IV. PRESUNTA ELEGIBILIDAD A. Si los pacientes no logran proporcionar suficiente información para apoyar su elegibilidad para la asistencia financiera, el Hospital podrían hacer referencia a o confiar en fuentes externas y/o recursos de inscripción de otro programa para determinar la elegibilidad cuando: • • • • • • El paciente no tiene un hogar El paciente es elegible para otros programas de asistencia estatal o local sin financiamiento El paciente es elegible para el programa de estampillas de comida o para el subsidio de almuerzo escolar El paciente es elegible para el programa de prescripción de medicamentos con financiamiento estatal La dirección efectiva del paciente es considerada de bajos ingresos o es una vivienda subsidiada. El paciente recibió atención médica gratuita de una clínica comunitaria y es referido al Hospital para recibir más tratamiento. 1. El Hospital también podría usar una determinación previa de elegibilidad de asistencia financiera como una base para determinar la elegibilidad en el caso en el cual el paciente no proporcione suficiente documentación para apoyar la determinación de elegibilidad. Las aplicaciones de la asistencia financiera en el archivo del Hospital podrían ser usadas por un período de tiempo de hasta 12 meses después de la fecha de presentación. El Hospital se reserva el derecho de cambiar la determinación del beneficio si las circunstancias financieras del paciente han cambiado. V. DETERMINACIÓN DE ELEGIBILIDAD A. El Patient Financial Services Department [Departamento de Servicios Financieros para Pacientes] será responsable hacer esfuerzos razonables para determinar la elegibilidad financiera de los pacientes. B. El Hospital informará a los pacientes o garantes acerca de su elegibilidad para la asistencia financiera por medio de la notificación al solicitante por escrito tan pronto sea posible, pero antes de 30 días después de la recepción de una aplicación completa y de la documentación solicitada. Página 4 de 9 C. Si un paciente o garante no es elegible para la asistencia financiera según esta política, el paciente o garante será informado por escrito tan pronto sea posible pero no después de 30 días desde la recepción de la aplicación. La carta incluirá una breve explicación de la razón del rechazo y/o una solicitud de información adicional. D. Si un paciente o garante desea apelar la determinación de la asistencia financiera, podría presentar una solicitud por escrito junto con documentación al Patient Financial Services Department [Departamento de Servicios Financieros para Pacientes] para una consideración y revisión adicional. VI. DETERMINACIÓN DEL MONTO DE DESCUENTO A. Una vez que la elegibilidad para la asistencia financiera ha sido establecida, el Hospital no cobrará a los pacientes que son elegibles para la asistencia financiera más que los montos generalmente facturados (AGB) a los pacientes asegurados por atención de emergencia o por atención médicamente necesaria. B. Para calcular el AGB, el Hospital usa el método “look-back” [mirar atrás], descrito en la section 4(b)(2) of the IRS Treasury’s 501(r) final rule. En este método el Hospital usa datos que están basados en reclamos pasados efectivos pagados por 1) Medicare fee-for-service [Tarifa por servicio del Medicare] y 2) aseguradoras de salud privadas (incluyendo cualquier porción asociada de estos reclamos pagados por los beneficiarios del Medicare o personas aseguradas) durante el pasado año para determinar el porcentaje de los gastos brutos que es generalmente permitido por estas aseguradoras. C. Entonces, para determinar el AGB, el porcentaje del AGB es multiplicado por los gastos brutos de los servicios de emergencia y médicamente necesarios. El Hospital recalcula este porcentaje cada año. En el 2015, el porcentaje del AGB por servicios hospitalarios y ambulatorios es del 33%. Ejemplo- Si los gastos brutos por un procedimiento médicamente necesario son de $1,000, y el porcentaje del AGB es del 33%, cualquier paciente elegible para asistencia financiera bajo esta política no se le cobrará más de $330 por el procedimiento. VII. CÓMO APLICAR A LA ASISTENCIA FINANCIERA A. Los pacientes o garantes pueden obtener una aplicación de las siguientes maneras: 1. En persona en el Patient Financial Services Department [Departamento de Servicios Financieros para Pacientes] del Hospital localizado en el 15 Essex Road, Paramus, NJ 07652, 4th floor, Kraft Center. 2. Solicite que una aplicación sea enviada por correo hasta su dirección llamando al (201) 291-6080. Página 5 de 9 3. Solicite una aplicación enviando un correo al: Attn: Patient Financial Services, 223 North Van Dien Avenue, Ridgewood, NJ 07450. 4. Descargue una aplicación a través del sitio http://www.valleyhealth.com/PatientFinancialServices.aspx web del Hospital: B. Para ser considerado elegible para la asistencia financiera, los pacientes deben cooperar con el Hospital para explorar si es necesario medios alternativos de asistencia, incluyendo el Medicare y el Medicaid. A los pacientes se les pedirá proporcionar información y documentación necesaria cuando aplique a la asistencia financiera del Hospital o de otros programas de pagos privados o públicos. C. Para pacientes que hablan idiomas diferentes a los cuales la Política está impresa, se pondrán a disposición traductores para comunicar claramente la Política y proporcionar ayuda en el llenado de los formularios necesarios. D. Las aplicaciones de asistencia financiera deben ser llenadas y reenviadas en persona al Patient Financial Services Department [Departamento de Servicios Financieros para Pacientes], 15 Essex Road, Paramus, NJ, 4th floor, Kraft Center o por correo al Attn: Patient Financial Services, 223 North Van Dien Avenue, Ridgewood NJ 07450, con la documentación de respaldo solicitada, incluyendo pero no limitado a: 1. Copia de la identificación (i.e., licencia de conducir, tarjeta de seguridad social, certificado de nacimiento); 2. Estados de cuenta bancarios; 3. Comprobante de ingresos del solicitante (y del esposo(a) si el caso se aplica) tales como recibos de pago recientes, recibos de pago por seguro de desempleo o información suficiente sobre cómo los pacientes pueden mantenerse a sí mismos financieramente; 4. Más reciente declaración federal de impuestos; 5. Tarjetas de seguro de salud, si hay disponible; 6. Historial de pagos de cualquier cuenta sobresaliente de previos servicios hospitalarios; 7. Información de indemnización por accidente de trabajo con terceros; 8. En algunos casos, información sobre activos disponibles u otros recursos financieros. E. Fuentes externas o públicas tales como calificaciones de crédito también podrían ser usadas para verificar la elegibilidad. Página 6 de 9 F. Las personas que no tienen ninguna documentación listada arriba, tienen preguntas acerca de la aplicación de asistencia financiera del Hospital, o les gustaría ayuda para llenar la aplicación, pueden contactar a los Hospital’s Patient Financial Services Counselors [Concejeros de los Servicios Financieros para Pacientes del Hospital], ya sea en persona en el 15 Essex Road, Paramus, NJ 07652, 4th floor, Kraft Center o por teléfono. G. Los Patient Financial Services Counselors [Concejeros de los Servicios Financieros para Pacientes] pueden ser contactados llamando al (201) 291-6080 y están disponibles de Lunes a Viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m. VIII. COMUNICACIÓN DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA A LA COMUNIDAD A. El Hospital publicitará la disponibilidad de su Programa de Asistencia Financiera el cual puede incluir, pero no está limitado a lo siguiente: 1. El Hospital pondrá a disposición en su sitio web su Política actual, un resumen en lenguaje sencillo y las aplicaciones de asistencia financiera en: http://www.valleyhealth.com/PatientFinancialServices.aspx 2. Señalización será desplegada en lugares apropiados tales como el Emergency Department [Departamento de Emergencia], áreas de registro y el Patient Financial Services Department [Departamento de Servicios Financieros para Pacientes]. 3. El Hospital incluirá una notificación respecto a cómo solicitar información sobre la Política en todas las facturas posteriores de pacientes dados de alta. 4. Los Patient Financial Services Counselors [Concejeros de los Servicios Financieros para Pacientes] están a disposición de Lunes a Viernes, de 8:30 a.m. a 5:00 p.m. por vía telefónica al (201) 291-6080 para atender preguntas relacionadas con la asistencia financiera y explicar el programa que ofrece el Hospital. 5. Los Patient Financial Services Counselors [Concejeros de los Servicios Financieros para Pacientes] también enviarán por correo información adicional y formularios de aplicaciones que los pacientes hayan requerido. IX. ACCIONES EN EL CASO DE INCUMPLIMIENTO DE PAGOS A. El Hospital realizará ciertos esfuerzos para proporcionar a los pacientes con información acerca de su política de asistencia financiera antes de que el Hospital o sus representantes de agencia tomen ciertas acciones para reunir el monto facturado al paciente. El Hospital no impondrá acciones extraordinarias para reunir el monto de la cuenta por ningún paciente sin primero hacer esfuerzos razonables para determinar si el paciente es elegible para la asistencia financiera bajo esta Política. Los esfuerzos razonables incluirán: 1. Notificación al paciente de la Financial Assistance Policy [Política de Asistencia Financiera] con un resumen en términos sencillos al momento del ingreso y admisión, en comunicados por escrito y orales; Página 7 de 9 2. Provisión de información sobre la Financial Assistance Policy [Política de Asistencia Financiera] en los estados de cuenta; 3. Documentación escrita de que el Hospital ha intentado ofrecer al paciente la oportunidad de aplicar a la asistencia financiera en conformidad con esta Política y que el paciente no ha satisfecho con los requerimientos de aplicación del hospital; 4. Confirmación de que el paciente debe las facturas pendientes de pago y que todas las fuentes de pagos de terceros han sido identificadas y facturadas por el Hospital; 5. Documentación de que al paciente se le ha ofrecido un plan de pagos pero no ha honrado los términos de ese plan. B. Si la elegibilidad no está determinada después del período de notificación, finalizando los 120 días después de que el primer estado de cuenta es enviado, el Hospital puede iniciar acciones extraordinarias para reunir el monto adeudado, pero el Hospital aún aceptará y procesará aplicaciones FAP durante el período de solicitudes. Las Extraordinary Collection Actions [Acciones Extraordinarias para Reunir el Monto Adeudado] podrían incluir: 1. Establecer un gravamen sobre una propiedad de la persona; 2. Ejecución hipotecaria sobre un bien inmueble de una persona; 3. Reportar información adversa a las agencias de crédito; 4. Hacer que una persona sea arrestada; 5. Obtener una sentencia y entablar una demanda; 6. Vender la deuda de una persona a un tercero; 7. Embargar o apoderarse de una cuenta bancaria de una persona o cualquier otra propiedad personal; 8. Causar que una persona sea sujeta a una orden de presentación a una corte judicial; and 9. Deducir un monto de los salarios de una persona. X. PROVEEDORES ELEGIBLES A. En adición a la atención médica provista por el Hospital, la atención médicamente necesaria y de emergencia provista por los proveedores listados abajo también está cubierta bajo esta Política. Página 8 de 9 • • Valley Medical Group Valley Emergency Associates B. Atención médica provista por los siguientes proveedores NO será elegible para los descuentos descritos en esta Política. • • • • • • • Bergen Anesthesia Ridgewood Pathology Radiology Associates Ridgewood Cardiology/EKG/Stress Test Radiation Therapy Maternal Fetal Medicine Neurology Group of Bergen Country C. Los pacientes preocupados acerca de su capacidad para pagar por los servicios o que les gustaría saber más acerca de la asistencia financiera deben contactarse con el Patient Financial Services Department [Departamento de Servicios Financieros para Pacientes] llamando al (201) 291-6080. RESPONSABILIDAD: Senior Vice President – Finance EN EFECTO: Diciembre del 2015 Documentos Adjuntos: Exhibit A- New Jersey Hospital Care Payment Assistance Fact Sheet [Hechos sobre la Asistencia de Pagos por Atención Médica Hospitalaria de Nueva Jersey] Exhibit B- New Jersey Hospital Care Assistance Program. Determination of Application for Participation [Programa de Asistencia de Atención Médica Hospitalaria de Nueva Jersey. Determinación de la Aplicación para la Participación] Exhibit C- Financial Assistance Policy Application [Aplicación de la Política de Asistencia Financiera] Página 9 de 9