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Después de ver el documental “El severo me duele “damos apertura a la mesa de
la tarde
“EL DERECHO A UNA MUERTE DIGNA“, donde podréis escuchar y, espero que también,
preguntar a los ponentes, Luís Montes Mieza y Koldo Martínez Urionabarrenetxea, sobre
una cuestión tan delicada y seria como es el derecho a una buena muerte.
OSALDE, como ya sabéis, cumple un cuarto de siglo de actividad en defensa del
derecho a la salud que entendemos como un derecho fundamental, universal, sin
excepciones, que no admite discriminaciones por razón de género, nivel económico,
edad, creencias políticas o religiosas, orientación sexual…
Hoy, hablar del derecho a la salud es algo normal, que nadie cuestiona, arraigado
socialmente, defendible, irrenunciable.
Así lo reconocen la Declaración Universal de los Derechos Humanos de Naciones Unidas
(1948, Art. 25), la más reciente Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea
(2000, Art. 35) que lo articula de forma independiente respecto a otros derechos civiles y
sociales, así como las Cartas Magnas de los países democráticos desde hace, en algunos
casos, más de 60 años.
La creación de los servicios públicos de salud desde los Estados de Bienestar fue un
modo eficaz de abordar la defensa de este derecho, tratando de minimizar las
desigualdades o dificultades de accesibilidad a los servicios sanitarios derivadas de
diferencias económicas o culturales.
La sanidad ha mejorado mucho desde entonces, con grandes avances y enormes logros,
pero también con incertidumbres científicas y dudas éticas, con derroches y deficiencias,
con desigualdades e inequidades.Y debido a ello, hay cada vez más voces críticas contra
la conculcación de los derechos de los pacientes, la medicalización de la vida, la
investigación basada en el interés económico de la industria, la privatización de los
servicios sanitarios…
Han surgido los comités de ética asistencial y de investigación clínica para ayudar en la
toma de decisiones en problemas de índole moral que afectan a la relación asistencial y a
la práctica clínica e investigadora.
Existen diversas asociaciones profesionales y ciudadanas que trabajan por la defensa de
los derechos de los pacientes y otras muchas cuestiones relacionada con la salud, que
sería largo de enumerar.
Además, tenemos una legislación que avanza con los tiempos, reconociendo el derecho
del paciente a su autonomía en la toma de decisiones sobre su salud y a la
confidencialidad de sus datos clínicos y personales.
El derecho a la salud se defiende pero, ¿quien defiende el derecho a una
muerte digna?
(Título de esta mesa, quizás en si mismo un tanto polémico).
¿Es un derecho que, como tal, debe ser reconocido dentro de declaración de derechos
humanos?
¿O debemos entenderlo como una parte esencial del propio derecho a la vida y a la salud,
al mismo tiempo entrocado en el respeto debido a la dignidad de la personas?
La dignidad, en palabras de Adela Cortina acordes con el concepto Kantiano, derivaría del
“valor” intrínseco, no instrumental, que tiene una persona y que le viene de su capacidad
de darse a sí misma leyes, es decir de su autonomía. En esa capacidad todas las
personas son iguales y si alguna estuviera imposibilitada por alguna razón (enfermedad,
minusvalías,…), seguiría siendo igualmente respetable.
Vitoria Camps, presidenta del comité consultivo del Comité de Bioética de Cataluña que
propone una despenalización del suicidio asistido y la eutanasia, no cree que debamos
hablar del derecho a morir como un nuevo derecho fundamental más, sino que plantea
que es el ancestral derecho a la vida el que sigue estando ahí, y al que, por las
circunstancias que sean, ha de ser lícito renunciar.
Sigo planteando más problemas, en forma de cuestiones, que podremos tratar en el
debate:
¿Por qué en nuestra sociedad hablar de la muerte sigue siendo difícil?
¿Por qué nuestros políticos tiemblan si se les plantea la despenalización de la eutanasia o
el suicidio médicamente asistido?
¿Por qué, en el año 2008, aún hay personas que cuestionan el derecho a una buena
asistencia al final de la vida?, tratando de despojar a los pacientes de su derecho a la
salud en el momento de su ciclo vital en el que más necesita ser protegido, puesto que la
agonía, el final de la vida, es una etapa dura, en la que el paciente es muy vulnerable , a
veces incapaz, y donde puede (suele) haber mucho sufrimiento, tanto físico como moral,
no sólo del paciente si no también de su familia o cuidadores y también, hay que decirlo,
de los profesionales sanitarios que los atienden.
¿Por qué en un estado aconfesional, donde conviven diferentes culturas y creencias
religiosas, se acepta que la iglesia católica participe en ocasiones, más allá de lo
establecido legalmente, tratando de minar el derecho del paciente a una muerte libre de
sufrimiento?
¿Qué pasa con el desarrollo de los cuidados paliativos en los servicios sanitarios?
¿Por qué los gestores sanitarios y los políticos no han hecho aún sus deberes al
respecto?
Para terminar, quisiera aportar un extracto de lo que desde OSALDE opinamos
sobre la atención al enfermo terminal, tal como se recogió en su OP KOADERNOAK de
Junio de 2005, a propósito de la crisis de Leganés:
Prolongar la vida no debe ser, en si mismo, el fin exclusivo de la medicina, que debe
preocuparse igualmente por el alivio del sufrimiento humano. Todos, sanitarios y no
sanitarios, estamos obligados a respetar la dignidad humana en todos los momentos de la
vida de las personas. En la etapa final deben ser, especialmente, los políticos y sanitarios
los garantes de que todo ser humano tenga una muerte digna y respetuosa con las
decisiones manifestadas acerca de cómo desea morir.
Los avances en el tratamiento del dolor, en particular, y de la medicina paliativa, en
general, permiten en la mayoría de los casos un buen control de los síntomas físicos;
además, el planteamiento de una atención adecuada al sufrimiento psíquico del paciente
y de su familia, evitando el aislamiento social del moribundo, supone un gran avance
respecto a situaciones, desgraciadamente vigentes, de una asistencia insuficiente al
paciente terminal.
La recomendación nº 1418 de1999, del Consejo de Europa ( sobre Protección de los
Derechos Humanos y la Dignidad de los Enfermos Terminales y Moribundos) nombra
varios factores que pueden amenazar el derecho del ser humano a morir con dignidad y
en su apartado nº 1 se refiere a las dificultades de acceso a cuidados paliativos y a un
buen manejo del dolor, e insta a los Estados miembros a que su derecho interno incorpore
la protección legal y social necesaria para que el enfermo terminal o moribundo no muera
sometido a síntomas insoportables (dolor, ahogo…).
El Consejo Interterritorial del Ministerio de Sanidad, siguiendo un mandato del Senado de
diciembre del 2000, elaboró en el año 2001 un Plan Nacional de Cuidados Paliativos que
cuatro años después ( ahora ya son 7años) sigue sin aplicarse, salvo excepciones como
Cataluña, Extremadura,…
El desarrollo, a cargo de las Comunidades Autónomas, de un Plan Nacional de Cuidados
Paliativos de calidad, además de ser un compromiso político, es una necesidad para
garantizar el derecho que todo ciudadano tiene a una muerte digna, tanto en los servicios
hospitalarios como en su domicilio. En toda España hay apenas 350 equipos de los
cuales 150 son de atención a domicilio. La OMS, por su parte, recomienda un equipo
domiciliario por cada 150000 habitantes y uno de soporte en cada hospital general.
La mayoría de expertos aducen, además, que con un buen plan de cuidados paliativos las
peticiones de eutanasia se reducen de un modo significativo. Sin embargo, miles de
enfermos mueren actualmente con dolor y la mitad de quienes fallecen en el hospital lo
hacen en Urgencias o en Intensivos……..