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Eutanasia: preguntas y respuestas
La Ley holandesa de verificación de la terminación de la
vida a petición propia y ayuda al suicidio, en la práctica
CONTENIDO
PREGUNTAS:
1. ¿Por qué una ley de la eutanasia?
2. ¿Están exentos de responsabilidad penal en Holanda los médicos que practican la eutanasia?
3. ¿Cuáles son los requisitos de diligencia que se deben cumplir?
4. ¿Se accede en Holanda a cualquier solicitud de eutanasia?
5. ¿Está el médico obligado a acceder a la solicitud de eutanasia?
5b: ¿Está el médico obligado a remitir al paciente a otro profesional si no está dispuesto a
acceder a la solicitud de eutanasia?
6. ¿Por qué los pacientes solicitan al médico la terminación de la vida cuando existen buenos
cuidados paliativos y terminales?
7. ¿Cuál es el procedimiento de notificación?
8. ¿Cómo se debe realizar la consulta a un médico independiente?
9. ¿Cómo funcionan las comisiones regionales de verificación y por quién están compuestas?
10. ¿Se aceptan las declaraciones de voluntad manifestadas tanto de palabra como por escrito?
11. ¿Cómo se determina si existe un sufrimiento insoportable y sin perspectivas de mejora?
12. ¿Puede accederse a una petición de eutanasia de un paciente psiquiátrico crónico?
13. ¿Puede accederse a una petición de eutanasia de un paciente con demencia?
14. ¿La tarea del médico no es mantener a las personas con vida?
15. ¿Puede un paciente ir a Holanda desde el extranjero para que se le practique la eutanasia?
16. ¿Puede un menor de edad solicitar la eutanasia?
17. La ley holandesa de la eutanasia, ¿es contraria a los convenios internacionales que velan por
el derecho a la vida?
18. ¿Cuál es la disposición que muestran los médicos de comunicar los casos de eutanasia?
19: ¿Los pacientes que solicitan la eutanasia pueden acudir también a la Clínica para el Final de
la Vida?
Pregunta 1: ¿Por qué una ley de la eutanasia?
Respuesta: En Holanda se entiende por eutanasia la terminación de la vida a petición expresa de un
paciente, llevada a cabo por un médico. No se entiende por eutanasia el desistimiento de un
tratamiento cuando (ya) no tenga sentido continuar con el mismo. Esto forma parte del ámbito propio
de actuación del médico que, de común acuerdo con el paciente y sus familiares más cercanos, desiste
de la aplicación de un tratamiento. Tampoco constituyen eutanasia los cuidados paliativos, incluida la
administración de medios para paliar el dolor con la consecuencia añadida de que sobreviene antes la
muerte.
La Administración holandesa no cierra los ojos ante el hecho de que la eutanasia se practica. La
cuestión de la despenalización limitada de la eutanasia y del modo en que debe hacerse es objeto de
una amplia discusión política y social en Holanda desde hace casi treinta años.
Al haberse recogido una eximente especial en el código penal holandés, el médico que termina la vida
del paciente a petición propia o ayuda a su suicidio queda ahora exento de responsabilidad penal,
siempre que haya observado los requisitos legales de debida diligencia (véase la pregunta 3) y
notifique la muerte no natural a una comisión regional de verificación de eutanasia (véase la pregunta
8).
Los objetivos principales de la política son, en primer lugar, crear seguridad jurídica para los médicos
que se encuentran en una situación de conflicto de obligaciones, en segundo lugar la transparencia y el
control social y en tercer lugar garantizar, vigilar y fomentar la máxima diligencia y la calidad de este
acto médico tan especial, con una actitud abierta y un sistema uniforme de verificación de los actos de
terminación de la vida.
Pregunta 2: ¿Están exentos de responsabilidad penal en Holanda los médicos que practican la
eutanasia?
Respuesta: La eutanasia, o terminación de la vida a petición propia y la ayuda al suicidio son hechos
punibles, salvo que el médico notifique que ha llevado a cabo un acto de eutanasia o de ayuda al
suicidio y que haya cumplido con los requisitos de diligencia que exige la ley. A tal fin se ha incluido
en el código penal holandés una eximente especial. La actuación de un médico consistente en terminar
con la vida del paciente es objeto de verificación por una comisión nombrada por el Ministro de
Seguridad y Justicia y el Ministro de Sanidad, Bienestar y Deportes. Cuando un médico ha notificado
el acto de terminación de la vida y la comisión de verificación, tras examinar el expediente, ha llegado
al convencimiento de que el médico ha obrado con la debida diligencia, termina el procedimiento. En
ese caso, no se informa al Ministerio Fiscal. Si la comisión de verificación opina que existen indicios
de una actuación negligente por parte del médico por no haber observado los requisitos de la debida
diligencia, el caso se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal y de la Inspección de Sanidad.
Estas instancias examinarán si el médico ha de ser perseguido penalmente o disciplinariamente (véase
la pregunta 7).
Pregunta 3: ¿Cuáles son los requisitos de diligencia que se deben cumplir?:
Respuesta: Cuando un médico recibe una solicitud expresa de eutanasia o ayuda al suicidio de un
paciente, tiene que cumplir los siguientes requisitos de diligencia. El médico tiene que: a. haber
llegado al convencimiento de que la solicitud del paciente es voluntaria y ha sido bien pensada;
b. haber llegado al convencimiento de que el sufrimiento del paciente es insoportable y que no tiene
perspectivas de mejora;
c. haber informado al paciente sobre la situación en que se encuentra y sus perspectivas de futuro;
d. haber llegado al convencimiento junto con el paciente de que no existe otra solución razonable en la
situación en que se encuentra;
e. haber consultado al menos con otro médico independiente que también haya visto al paciente y haya
emitido un dictamen escrito sobre los requisitos mencionados en los puntos a, b, c y d; y
f. llevar a cabo la eutanasia o la ayuda al suicidio con la máxima diligencia médica.
Solo cuando se cumplen todos los requisitos de diligencia de las letras a, b, c, d y e puede el médico
proceder a la eutanasia o la ayuda al suicidio.
Pregunta 4: ¿Se accede en Holanda a cualquier solicitud de eutanasia?
Respuesta: No, dos terceras partes de las solicitudes de eutanasia que se presentan al médico (de
familia) son rechazadas. Con frecuencia todavía existen tratamientos que dan resultado y, a veces, el
paciente fallece antes de haberse adoptado una decisión sobre la solicitud. Los médicos no están
obligados a acceder a las solicitudes de eutanasia. La práctica demuestra que muchos pacientes se
sienten más tranquilos sabiendo que el médico está dispuesto a practicar la eutanasia, y no llegan a
hacer uso de esta posibilidad.
Pregunta 5: ¿Está el médico obligado a acceder a la solicitud de eutanasia?
Respuesta: No. Los médicos no están obligados a colaborar en la práctica de la eutanasia, porque no
se trata de un acto médico ordinario. Los médicos sí que tienen una obligación moral de remitir al
paciente a otro profesional si no están dispuestos a colaborar en una petición de eutanasia. La
posibilidad de rechazar una solicitud de eutanasia o de ayuda al suicidio garantiza que la actuación del
médico sea conforme a su propia ética. El punto de partida de la ley es que el paciente no tiene un
derecho a la eutanasia y el médico no está obligado a practicarla.
Los médicos sí que tienen una obligación moral de ayudar al paciente a que otro profesional se
encargue de su petición de eutanasia, cuando ellos se nieguen a considerar la petición.
Los enfermeros no tienen permitido practicar la eutanasia, lo máximo que pueden hacer es
determinados actos preparatorios. Los enfermeros también pueden negarse a hacer los preparativos
para que pueda practicarse la eutanasia.
Pregunta 5b: ¿Está el médico obligado a remitir al paciente a otro profesional si no está
dispuesto a acceder a la solicitud de eutanasia?
No, no existe ninguna ley que obligue a los médicos a remitir al paciente a otro profesional si se
niegan a acceder a una solicitud de eutanasia. Pero según la postura de la organización de médicos
KNMG, sí que tienen una obligación moral de ayudar al paciente a que otro profesional se encargue
de su petición de eutanasia, cuando ellos no estén dispuestos a considerar la petición. Pueden remitir al
paciente a un compañero de su mismo centro de trabajo o de cualquier otro. No obstante, esta
obligación no existe cuando la petición se ha rechazado por motivos de fondo (por ejemplo, porque el
médico opina que el sufrimiento del paciente no es insoportable y sin perspectivas de mejora).
Pregunta 6: ¿Por qué los pacientes solicitan al médico la terminación de la vida cuando existen
buenos cuidados paliativos y terminales?
Respuesta: En Holanda, todo el mundo tiene acceso a la asistencia sanitaria y los cuidados paliativos
(disminución del sufrimiento) y terminales están totalmente cubiertos. No obstante, incluso los
mejores cuidados paliativos no siempre pueden evitar que algunos pacientes sufran de forma tan
insoportable que solicitan a su médico la terminación de la vida. En estos casos, la terminación de la
vida de un paciente a petición propia puede representar un final digno para unos buenos cuidados
paliativos.
Pregunta 7: ¿Cuál es el procedimiento de notificación y verificación?
Respuesta:
- El médico tiene que notificar todo caso de muerte no natural al forense municipal. En los casos de
eutanasia o ayuda al suicidio, el médico redactará un informe basándose en un modelo preexistente.
Puede encontrar este informe en www.euthanasiecommissie.nl, www.rijksoverheid.nl o
www.knmg.nl.
- El forense redactará su propio informe, en el que hará constar que la muerte del paciente se ha
producido de forma no natural. Después enviará este informe al Fiscal, que es quien debe dar permiso
para enterrar.
- La comisión regional de verificación de los casos de eutanasia recibirá el informe del médico y el del
forense. La comisión de verificación también recibirá la declaración del asesor independiente que
tuvo que consultar el médico encargado del tratamiento y, en su caso, la declaración de voluntad
escrita del paciente fallecido (véase 10). El informe del forense también se entregará al fiscal.
- La comisión verificará que el médico haya actuado con la debida diligencia (véase 3). Si la comisión
estima que el médico ha obrado con la debida diligencia, se aplicará la exención penal y el médico no
será procesado.
- Si la comisión estima que el médico no ha obrado conforme a los requisitos de debida diligencia
comunicará su opinión al Ministerio Fiscal y al inspector regional de sanidad.
Tanto el fiscal como el inspector regional examinarán si deben tomarse medidas con respecto al
médico y, en caso afirmativo, qué medidas deben adoptarse.
Un aspecto importante de la Ley de la Eutanasia es que las comisiones regionales de verificación (de
las que también forman parte un médico, un jurista y un experto en ética) son las que evalúan si el
médico ha obrado con la debida diligencia. Se ha optado por esta solución, porque diversos estudios
han puesto de manifiesto que los médicos están más dispuestos a notificar la práctica de la eutanasia
si, en primera instancia, realizan la verificación personas de la misma profesión, excluyendo así la
amenaza de una verificación llevada a cabo únicamente por el Ministerio Fiscal (véase la pregunta 9).
Pregunta 8: ¿Cómo se debe realizar la consulta a un médico independiente?
Respuesta: Antes de acceder a la petición de eutanasia, el médico está obligado a consultar con otro
médico independiente que no esté implicado en el tratamiento del paciente y que no tenga ninguna
relación (personal) con el médico que asiste al paciente. Tras haber visto al paciente, el médico
independiente (el asesor) vuelve a evaluar si se han cumplido todos los requisitos de la debida
diligencia, incluido que la petición de eutanasia haya sido voluntaria y bien pensada. El asesor
redactará un informe escrito sobre todo lo anterior.
En Holanda existe un colectivo de médicos (de familia) preparados para prestar asesoramiento
experto. La red se llama SCEN (abreviatura en neerlandés de Apoyo y Consultas en casos de
Eutanasia en los Países Bajos) y está vinculada a la asociación profesional de médicos KNMG. Es
conveniente que el médico que asiste al paciente consulte con uno de estos asesores. y esto es lo que
sucede en la gran mayoría de los casos. En los casos restantes, se consulta con otro médico
independiente.
Pregunta 9: ¿Cómo funcionan las comisiones regionales de verificación de casos de eutanasia y
por quién están compuestas?
Respuesta: Existen cinco comisiones regionales de verificación de la eutanasia1 que comprueban que
el médico haya observado los requisitos de la debida diligencia en casos de eutanasia y de ayuda al
suicidio. Cada comisión está formada por tres miembros y tres miembros suplentes, que incluyen a un
jurista que, a su vez, es el presidente, un médico y un experto en ética (véase el artículo 3 de la Ley de
la Eutanasia). Tanto el presidente como los demás miembros de las comisiones son nombrados por el
ministro de Seguridad y Justicia y el ministro de Sanidad, Bienestar y Deportes, por un periodo de
cuatro años con posibilidad de un nuevo nombramiento de otros cuatro años. Si una comisión
considera que un médico no ha cumplido los requisitos de la debida diligencia, informará al Ministerio
Fiscal y a la Inspección de Sanidad. El Ministerio Fiscal y la Inspección de Sanidad evaluarán (cada
uno desde su propia responsabilidad) si es necesario adoptar medidas subsiguientes.
1. La región de Groninga, Friesland y Drenthe; la región de Overijssel, Gelderland, Utrecht y Flevoland; la región de Holanda Septentrional; la región de
Holanda del Sur y Zelanda y la región de Brabante del Norte y Limburgo
Pregunta 10: ¿Se aceptan como peticiones de eutanasia las declaraciones de voluntad
manifestadas tanto de palabra como por escrito?
Respuesta: En la Ley se reconocen tanto la declaración de voluntad manifestada de forma verbal
como la manifestada de forma escrita. Ambas formas de declaración de voluntad podrán ser
consideradas por el médico como una solicitud legítima de eutanasia. El reconocimiento de una
declaración de voluntad escrita es importante sobre todo cuando el médico tiene que decidir si accede
a la solicitud de eutanasia del paciente que ya no puede manifestar su voluntad verbalmente. La
declaración de voluntad escrita es considerada como una solicitud de eutanasia. No obstante, la
existencia de una declaración de voluntad no exime nunca al médico de su obligación de formarse su
propio juicio sobre si el paciente y la petición cumplen los requisitos de la debida diligencia aplicables
a la eutanasia.
El médico no podrá entrar a considerar la petición (escrita) de eutanasia si tiene indicios de que,
cuando redactó la petición, el paciente no tenía capacidad para expresar su voluntad (esto es: no estaba
en condición de discernir sus propios intereses). Esto significa que el paciente (ya) no podía prever
plenamente las consecuencias de su petición. . Es importante que siempre que la situación lo permita,
el médico comente con el paciente el contenido de la declaración, para que el médico esté informado
de su existencia y del contenido de la declaración escrita de voluntad.
Con la regulación legal de la declaración escrita de voluntad se ofrece a los pacientes la posibilidad de
manifestar su deseo de terminar la vida si en un momento dado se encuentran en una situación sin
perspectivas, sufren de forma insoportable y ya no son capaces de expresar su voluntad.
Pregunta 11: ¿Cómo se determina si existe un sufrimiento insoportable y sin perspectivas de
mejora?
Respuesta: El médico es el encargado de determinar si se trata o no de un sufrimiento sin perspectivas
de mejora, según la opinión médica dominante. Debe constatarse conforme a una opinión médica
profesional, que el estado del paciente no es susceptible de mejora. El médico y el paciente deberán
comentar detalladamente todas las alternativas de tratamiento. Mientras exista una alternativa real de
tratamiento, no podrá considerarse, en términos médicos, que no hay perspectivas de mejora.
El sufrimiento insoportable es muy difícil de fijar objetivamente, porque depende mucho de cada
persona. El médico debe poder comprender en cualquier caso que el sufrimiento es insoportable. Para
constatarlo, el médico debe ponerse en el lugar del paciente y juzgar si el sufrimiento es insoportable
para este paciente específico. Para ello cuenta con sus conocimientos sobre la personalidad y el
historial del paciente. La comisión de verificación evaluará caso por caso si el médico podía haber
concluido de manera razonable que el paciente sufría de forma insoportable.
Pregunta 12: ¿Puede accederse a una petición de eutanasia de un paciente psiquiátrico crónico?
Respuesta: En algunos casos, la expresión de un deseo de terminar la vida por parte de un paciente
psiquiátrico crónico encubre una auténtica petición de ayuda Por eso, la asistencia debe encaminarse
primeramente a encontrar una perspectiva de vida. Pero esto no significa que en todos los casos esté
excluida la ayuda al suicidio por parte de un médico a un paciente psiquiátrico crónico. En algunos
casos, un deseo duradero de morir debido a un sufrimiento insoportable y sin perspectivas de mejora
ocasionado por un trastorno psiquiátrico puede ser motivo para pedir la ayuda al suicidio
voluntariamente y de forma bien pensada. En esos casos y si se cumplen los demás requisitos de la
debida diligencia, estará permitida la ayuda al suicidio en virtud de la Ley de la Eutanasia. Alrededor
de dos terceras partes de los psiquiatras holandeses opinan que puede ser aceptable en determinadas
situaciones la ayuda al suicidio a un paciente psiquiátrico, aunque no todos esos psiquiatras estarían
dispuestos a proporcionar realmente esa ayuda.
Pregunta 13: ¿Puede accederse a una petición de eutanasia de un paciente con demencia?
Respuesta: En determinados casos puede ser posible acceder a una petición de eutanasia realizada por
un paciente con demencia. El paciente debe encontrarse en las primeras fases de un proceso de
demencia y comprender todavía su enfermedad y los síntomas de pérdida de orientación y
personalidad. Si ese paciente todavía puede comprender correctamente las consecuencias de su
petición de terminación de la vida, en determinadas circunstancias puede ser considerado capaz para
pedir que se ponga fin a su vida. Si el paciente ya no puede prever conscientemente las consecuencias
de su petición, posiblemente el médico lo considerará incapaz de velar por sus intereses y se negará a
practicar la eutanasia.
El sufrimiento insoportable lo constituye la forma en que el paciente vive la decadencia en progreso de
su personalidad, sus funciones y aptitudes, siendo consciente de que este proceso únicamente va a
empeorar y llevará a una dependencia fundamental y a una pérdida total del propio yo.
De forma general, se parte de que debe reaccionarse con una enorme cautela cuando los pacientes que
se encuentran en este tipo de procesos hacen una petición de eutanasia. El proceso de evaluación del
médico en estas situaciones debe ser especialmente cuidadoso. Es aconsejable que el médico consulte
a uno o más expertos, por ejemplo a un geriatra u otro experto en el campo de la demencia, además del
médico independiente que se utiliza como consultor en los procesos de eutanasia. En este tipo de
casos, además del aspecto de voluntariedad y la oportuna consideración de la petición, el aspecto de la
ausencia de perspectivas de mejora y, sobre todo, el sufrimiento insoportable exigen una cuidadosa
apreciación. Cuando un paciente es consciente de su enfermedad y de sus perspectivas, puede padecer
la presión de un sufrimiento real de grandes dimensiones. El miedo al sufrimiento futuro puede ser
además un cálculo real de la evolución que se espera que tenga la enfermedad. También aquí son las
circunstancias específicas de la situación las que determinan que el médico pueda entender que el
paciente padece un sufrimiento insoportable.
Pregunta 14: ¿La tarea del médico no es mantener a las personas con vida?
Respuesta: Sí, velar por la vida es la tarea primordial del médico. En el caso de la eutanasia, el
médico se encuentra ante un conflicto de obligaciones. Por una parte, está obligado a hacer todo lo
posible para mantener con vida al paciente. Por otra parte, el médico tiene obligación de mitigar el
sufrimiento del paciente.
Pregunta 15: ¿Puede un paciente ir a Holanda desde el extranjero para que se le practique la
eutanasia?
Respuesta: No, esto no es posible ya que es imprescindible la existencia de una relación estable entre
el médico y el paciente, derivada del tratamiento continuado que presta el médico al paciente concreto.
El procedimiento para la notificación y la verificación de cada caso de eutanasia exige que el paciente
haya solicitado la eutanasia de forma voluntaria y bien pensada y que su sufrimiento sea insoportable y
sin perspectivas de mejora. Para poder evaluar estos aspectos, el médico debe conocer bien al paciente.
Esto implica que el paciente debe estar durante cierto tiempo bajo tratamiento del médico (véase 3).
Acceder a una solicitud de eutanasia supone una pesada carga emocional para el médico.
Los médicos no toman una decisión de este tipo a la ligera. También desde ese punto de vista,
desempeña un papel importante el contacto personal con el paciente durante todo el tiempo que este
haya estado bajo tratamiento.
Pregunta 16: ¿Puede un menor de edad solicitar la eutanasia?
Respuesta: La ley incluye también una regulación de las solicitudes de terminación de la vida a
petición propia presentadas por menores de edad (entre los 12 y los 17 años). En la diferenciación
entre categorías de edad, dicha regulación respeta las normas existentes sobre actuaciones médicas con
menores de edad. Una petición de eutanasia solo puede ser presentada por el propio paciente, con
capacidad para expresar su voluntad. Esto es: no se permite que presenten la petición los padres o los
representantes legales del paciente.
Los pacientes de 12 a 16 años necesitan además que los padres o tutores estén conformes con la
petición. Por lo que se refiere a los menores que tengan 16 y 17 años, ya no necesitan la conformidad
de los padres, pero sí que estos estén implicados en el proceso de toma de decisión.
No está permitida la eutanasia para menores de 12 años. Las notificaciones de este tipo irán
directamente al Ministerio Fiscal. Constituye una excepción la terminación de la vida de recién
nacidos con graves sufrimientos. Este tipo de notificaciones son verificadas en primera instancia por la
comisión central de expertos sobre interrupción tardía del embarazo y la terminación de la vida de
recién nacidos. Puede encontrar más información sobre esta cuestión en los sitios web
www.rijksoverheid.nl y www.lza-lp.nl.
La práctica ha demostrado que la eutanasia se aplica principalmente a personas con cánceres
terminales (más del 80 por ciento). También las solicitudes de eutanasia de menores de edad suelen
estar presentadas por menores gravemente enfermos que sufren de cáncer. En estos casos sumamente
extremos, se necesita que los padres o tutores estén de acuerdo con la solicitud. En la práctica siempre
ha habido antes un amplio diálogo entre el médico, el paciente y los padres o el tutor. Prácticamente
no se han dado casos en que no se haya alcanzado el consenso entre las partes.
Pregunta 17: La ley holandesa de la eutanasia, ¿es contraria a los convenios internacionales que
velan por el derecho a la vida?
Respuesta: La Ley de la Eutanasia no es contraria a los tratados internacionales ni a los derechos
humanos más fundamentales que recogen, como el derecho a la vida en virtud del artículo 6 del Pacto
de las Naciones Unidas de Derechos Civiles y Políticos y del artículo 2 del Convenio Europeo de
Derechos Humanos. El fundamento de estas disposiciones es el respeto a la vida. El gobierno holandés
suscribe plenamente estos derechos, pero opina que no impiden que pueda accederse a una petición de
terminación de la vida en casos de sufrimiento insoportable y sin perspectivas de curación.
Pregunta 18: ¿Cuál es la disposición que muestran los médicos de comunicar los casos de
eutanasia?
Respuesta: Investigaciones realizadas entre 1991 y 2005 por encargo del gobierno holandés sobre el
estado de la cuestión de los actos de terminación de la vida a petición del paciente han demostrado que
la apertura sobre la práctica ha llevado a un aumento de la debida diligencia. En 2005, el porcentaje de
notificaciones había subido al 80 por ciento, esto es: el 80 por ciento de todos los casos de eutanasia se
notifican a las comisiones de verificación. En 2011/2012 se realizará una nueva evaluación de la ley en
la que también se investigará la disposición que muestran los médicos de comunicar los casos de
eutanasia.
El 20 por ciento que no se notifica se debe principalmente a que los médicos no consideraron la
actuación en cuestión como eutanasia, aunque sí administraron una sustancia con el objetivo
específico de acelerar la terminación de la vida. Tampoco utilizaron las sustancias prescritas para la
eutanasia. Cuando los médicos consideraron sus actos como eutanasia, utilizaron las sustancias
prescritas y lo notificaron. Por tanto, se calcula que la disposición real de notificar los casos de
eutanasia es superior al 80 por ciento (más bien del 99 por ciento).
La información sobre el número real de casos de terminación de la vida a petición del paciente se
obtiene mediante cuestionarios repartidos entre los médicos y que se contestan de forma confidencial,
con la promesa del Ministerio Fiscal de que la información obtenida no se utilizará para ninguna
investigación penal subsiguiente.
Pregunta 19: ¿Los pacientes que solicitan la eutanasia pueden acudir también a la Clínica para
el Final de la Vida?
La Clínica para el Final de la Vida (Levenseindekliniek) comenzó sus actividades en marzo de 2012,
con varios equipos ambulantes formados por un médico y un enfermero. Estos equipos reciben
peticiones de eutanasia de personas cuyo médico no está dispuesto a llevarla a la práctica. Los
equipos mantienen conversaciones con el paciente y con el médico que le trata, para evaluar si el
paciente cumple los criterios legales de debida diligencia. Si el médico no está dispuesto a practicar la
eutanasia y se cumplen todos los requisitos de debida diligencia (incluso sin el apoyo de los empleados
de la Clínica para el Final de la Vida), entonces los equipos ambulantes pueden encargarse de acceder
a la petición de eutanasia o ayuda al suicidio. Si no fuera posible acceder a la petición de eutanasia en
la casa del paciente o en la institución donde esté ingresado, posiblemente a partir del verano de 2012
también se ofrecerá la posibilidad de emplear las instalaciones que tiene la Clínica para el Final de la
Vida en La Haya.
¿Desea obtener más información?
Si tiene preguntas personales sobre la eutanasia, diríjase en primer lugar a su médico de familia. Si
tiene preguntas de tipo general o desea solicitar folletos, puede ponerse en contacto con:
Postbus 51, línea informativa 0800 8051 (gratuita),
(de lunes a viernes, de 8.00 a 20.00 horas).
Si tiene preguntas sobre la política de la administración sobre la eutanasia y la ayuda al suicidio, puede
dirigirse a:
El Ministerio de Sanidad, Bienestar y Deporte, en la siguiente dirección:
Ministerie van Volksgezondheid, Welzijn en Sport
Directie Voorlichting en Communicatie
Postbus 20350
2500 EJ Den Haag
http://www.rijksoverheid.nl/ministeries/vws
El Ministerio de Seguridad y Justicia, en la siguiente dirección:
Ministerie van Veiligheid en Justitie
Directie Voorlichting
Postbus 20301
2500 EH Den Haag
Si desea más información sobre la declaración de eutanasia, puede encontrarla en
www.rijksoverheid.nl, o bien ponerse en contacto con:
La Asociación Holandesa para la Terminación Voluntaria de la Vida, en la siguiente dirección:
Nederlandse Vereniging voor een Vrijwillig Levenseinde (NVVE)
Postbus 75331
1070 AH Amsterdam
0900 6060606 (0,10 € por minuto)
www.nvve.nl
La Asociación Holandesa de Pacientes (NPV) ha abierto un punto de consulta para preguntas urgentes
sobre el tratamiento y sobre cuestiones médico-éticas en la última fase de la vida. Puede consultarlo
las 24 horas del día en el número de teléfono: (0318) 547 878.
La dirección de la NPV es:
Nederlandse Patiëntenvereniging
Postbus 178
3900 AD Veenendaal
[email protected].