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CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL PROFESIONAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS HOSPITALARIOS Y ASISTENCIALES E INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN Y PRODUCCIÓN DEPENDIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD, HOMOLOGADO POR DECRETO Nº 1133 DEL 25 DE AGOSTO DE 2009 PERFIL: FARMACÉUTICO HOSPITALARIO ADJUNTO Convocatoria GENERAL En los procesos por convocatoria General podrá participar todo el personal comprendido en el referido Convenio Identificación del Puesto: FARMACÉUTICO HOSPITALARIO ADJUNTO Cantidad de Cargos a cubrir: Número del Registro Central de Ofertas de Empleo Público Nivel Escalafonario: ADJUNTO Tipo de Cargo: Simple Agrupamiento: Asistencial Remuneración: PESOS DIECISIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($17.980) Asiento (Lugar de trabajo): Pte. Illia s/n y Horario de trabajo: 40 horas semanales Marconi - El Palomar (1684). Buenos Aires – Argentina Objetivo General del Puesto Garantizar la actividad de dispensación y expendio de drogas, medicamentos o especialidades medicinales y los productos destinados a la atención de pacientes, de cualquier origen y naturaleza, así como la preparación de fórmulas magistrales y oficinales, material aséptico, inyectables, productos cosméticos o cualquier otra forma farmacéutica. a través de la selección, preparación, adquisición control, dispensación, información de medicamentos y otras actividades orientadas a conseguir una utilización apropiada, segura y costo-efectiva de los medicamentos y productos sanitarios, en beneficio de los pacientes atendidos en el establecimientos asistencial. Principales actividades 1. 2. 3. 4. 5. 6. Atención de Emergencias de la Especialidad. Desarrollar Investigación Básica y Clínica. Análisis de problemas en la alta complejidad. Implementar herramientas para la Gestión de calidad Implementación de Guías de buenas prácticas. Garantizar la Farmacovigilancia, tecnovigilancia, farmacocinética clínica, toxicología de fármacos, farmacoepidemiología, seguridad de los pacientes y seguimiento farmacoterapéutico de pacientes. 7. Supervisar las tareas de técnicos y demás personal del equipo de trabajo. 8. Aplicar los conocimientos inherentes a la profesión farmacéutica en el desarrollo y ejecución de protocolos de ensayos clínicos y otros estudios de investigación de medicamentos y productos médicos y otros productos para la salud del ser humano y otros seres vivos. 9. Intervenir en la actualización y capacitación del personal a su cargo. 10. Ejercer la docencia en temática de su especialidad dirigida a estudiantes, profesionales farmacéuticos, personal técnico y otros profesionales del equipo de salud. 11. Asesorar en la redacción y actualización de la Farmacopea Nacional Argentina, Formularios Terapéuticos, Códigos, Reglamentos y todo otro texto o disposición legal cuyo ámbito de aplicación sea la de su especialidad. 12. Asesorar y participar en la acreditación, supervisión técnica y categorización en todo establecimiento donde ejerza un farmacéutico de su especialidad. 13. Aplicar los conocimientos inherentes a su especialidad colaborando en los programas que promueva la autoridad sanitaria dirigidos a otros profesionales sanitarios y a la población promoviendo el uso racional de medicamentos, medicamentos de origen vegetal y productos sanitarios. 14. Organizar y dirigir centros de información de medicamentos y productos médicos. Responsabilidad en el Puesto Supone responsabilidad sobre el cumplimiento de los objetivos a su cargo con sujeción a planes y marcos normativos y profesionales, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas por la institución y las directivas de sus superiores, y de la actualización de sus capacidades y contribuciones profesionales. Requisitos para desempeñarse en el Puesto Requisitos excluyentes: a) Edad límite de ingreso: hasta la edad prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio de la jubilación, según lo dispuesto en el artículo 5º, inciso f) del Anexo de la Ley Nº 25.164”. b) Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4 del Anexo a la Ley Nº 25.164). c) Título de Farmacéutico d) Matrícula Profesional Nacional emitida por el Ministerio de Salud. e) Revistar en la categoría ASISTENTE 1, o, cumplir con los requisitos exigidos para el ingreso por esa Categoría a saber: experiencia profesional no inferior a SEIS (6) AÑOS, Lectura y comprensión de textos de al menos un idioma extranjero, Herramientas Informáticas de dominio básico (procesador de textos, planilla de cálculo; herramientas web). f) Certificación profesional en término de las leyes 17132 y 23873, Decretos y resoluciones complementarias o residencia completa de profesiones del equipo de salud, o Carrera de especialización Universitaria atinente o acorde a la función o puesto en los términos de la Ley de educación Superior o formación especializada a través de organizaciones reconocidas en el ámbito de las competencias que implique el cargo. Requisitos deseables: Capacitación certificada de participación en proyectos de investigación relacionados con la función. Experiencia laboral superior a la requerida como excluyente. Docencia universitaria o profesional Trabajos de Investigación Publicaciones Competencias Técnicas: Deberá demostrar: 1. Destreza en el diseño, planificación de un Servicio de Farmacia Hospitalaria. 2. Aplicar procesos de gestión farmacoeconómica para la provisión, custodia y conservación de medicamentos, productos médicos y materias primas de utilización farmacéutica. 3. Destreza en procesos de Gestión de Calidad, a través de las actividades de selección, preparación, adquisición, control, dispensación, distribución, información de medicamentos y otras, orientadas a conseguir una utilización apropiada, segura y costo-efectiva de los medicamentos y productos sanitarios tanto en la Emergencia como en las unidades de internación por cuidados progresivos y atención ambulatoria de pacientes. 4. Habilidades para la aplicación de buenas prácticas de: dispensación de medicamentos y productos médicos, de preparación y formulación de medicamentos magistrales y oficinales no estériles, oficiales, normalizadas y huérfanas y de preparación de mezclas intravenosas estériles, mezclas oncológicas y formulas para nutrición parenteral y enteral. 5. Contribuir al uso adecuado, igualitario y oportuno de las tecnologías de salud y recursos terapéuticos. 6. Destreza en la gestión de residuos patológicos. 7. Conocimientos avanzados de las Normas de Creación y Estructura organizativa del Hospital Nacional Prof. Alejandro Posadas; Decreto N° 2250/57 y Decreto N° 1342/07, respectivamente. 8. Capacitación en técnicas pedagógicas. 9. Capacitación en técnicas de evaluación epidemiológica y casuística. 10. Conocimiento de Epidemiología y de los determinantes sociales de la salud. 11. Conocimiento de las incumbencias y políticas prioritarias del MINISTERIO DE SALUD y de la Estrategia de Atención Primaria de la Salud. 12. Conocimientos de principios generales de ética para el equipo de salud y la investigación. 13. Conocimiento de normas de bioseguridad para su ámbito de trabajo. 14. Dominio de la Ley 26.529 - Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud. Conocimientos básicos de: 1. Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, Decreto reglamentario N° 1.421/02 - Capítulos II - “Requisitos para el Ingreso”, III,- “Relación de Empleo Público”; IV – “Derechos”, V - “Deberes”. y sus correspondientes en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional (Decreto N° 214/06). 2. Ley Ética en el Ejercicio de la Función Pública Nº 25.188, Capítulo I “ Objeto y Sujetos”; Capítulo II “Deberes y pautas de Comportamiento Ético”. Código de Ética de la Función Pública (Decreto N° 3. 4. 5. 6. 41/99) Capítulo I “Fin de la Función Pública”; Capítulo II “Definiciones y Alcances”; Capítulo III y IV “Principios Generales y Particulares”. Decreto N° 1133/09 “Adiministración Pública Nacional, Convenio Colectivo, Homologación” Ley de Seguridad e Higiene Laboral Nº 19.587, Artículos 4: “Normas Técnicas y Medidas Sanitarias”, 7: “Reglamentaciones de las Condiciones de Seguridad en el Trabajo”; 10:”Obligaciones del Trabajador”. Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557, Capítulo I – “Objetivos y Ámbito de aplicación”, Capítulo II “De la prevención de los Riesgos de Trabajo”, Artículo 4 “Obligaciones de las partes”; Capítulo IX “Derechos, Deberes, Prohibiciones”. Decreto (DNU) N° 1278/2000, modificatorio de la Ley N° 24.557: Artículo 2 “Enfermedades Profesionales”. Competencias Institucionales: Trabajo en equipo y cooperación Proactividad Compromiso con el aprendizaje Orientación al usuario Contribuye a los esfuerzos del equipo y coopera para los objetivos comunes. Mantiene un clima de cordialidad en el grupo promoviendo una comunicación fluida entre sus integrantes. Reporta dificultades y actúa para resolver los problemas que se presentan en su trabajo. Está comprometido con la calidad del resultado de su trabajo. Genera acciones de mejora personal a partir del conocimiento de sus fortalezas y debilidades. Hace un uso racional y eficiente de los recursos disponibles Progresa consistentemente en sus conocimientos en el área de su competencia. Participa en el proceso de formación permanente personal y de sus compañeros de tareas Brinda atención apropiada a los usuarios internos y externos. Otorga un trato digno y respetuoso al paciente, manteniendo la confianza, empatía, sensibilidad y el respeto a sus valores y principios. Se compromete con la salud pública y la voluntad de trabajar conjuntamente en beneficio de la salud y el bienestar de las personas.