Download consentimiento informado

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado inicia en 1947 sus ideas legales. Código de Núremberg. Juzgan a médicos por experimentos sin información. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado inicia en 1947 sus ideas legales. Código de Núremberg. Juzgan a médicos por experimentos sin información. En 1964 promulga la Declaración de Helsinki y resalta el consen;miento para experimentos a sujetos de estudio. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado inicia en 1947 sus ideas legales. Código de Núremberg. Juzgan a médicos por experimentos sin información. Información de las relaciones paciente – médico. El obje4vo es que el paciente haga una elección fundamentada, para que pueda aceptar o rechazar el estudio, tratamiento o lo que se desea efectuar, En el. En 1964 promulga la Declaración de Helsinki y resalta el consen;miento para experimentos a sujetos de estudio. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado inicia en 1947 sus ideas legales. Código de Núremberg. Juzgan a médicos por experimentos sin información. Información de las relaciones paciente – médico. El obje4vo es que el paciente haga una elección fundamentada, para que pueda aceptar o rechazar el estudio, tratamiento o lo que se desea efectuar, En el. En 1964 promulga la Declaración de Helsinki y resalta el consen;miento para experimentos a sujetos de estudio. La información en forma escrita no dispensa de una información verbal. Son complementarias. Y debe ser sencilla, inteligible y fidedigna. Ayudar al paciente a entender los procedimientos que se proponen. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado inicia en 1947 sus ideas legales. Código de Núremberg. Juzgan a médicos por experimentos sin información. Información de las relaciones paciente – médico. El obje4vo es que el paciente haga una elección fundamentada, para que pueda aceptar o rechazar el estudio, tratamiento o lo que se desea efectuar, En el. En 1964 promulga la Declaración de Helsinki y resalta el consen;miento para experimentos a sujetos de estudio. La información en forma escrita no dispensa de una información verbal. Son complementarias. Y debe ser sencilla, inteligible y fidedigna. Ayudar al paciente a entender los procedimientos que se proponen. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado inicia en 1947 sus ideas legales. Código de Núremberg. Juzgan a médicos por experimentos sin información. Información de las relaciones paciente – médico. El obje4vo es que el paciente haga una elección fundamentada, para que pueda aceptar o rechazar el estudio, tratamiento o lo que se desea efectuar, En el. En 1964 promulga la Declaración de Helsinki y resalta el consen;miento para experimentos a sujetos de estudio. La información en forma escrita no dispensa de una información verbal. Son complementarias. Y debe ser sencilla, inteligible y fidedigna. Ayudar al paciente a entender los procedimientos que se proponen. En 1994 Hospital Medica Sur. Edito su código de é4ca, principales preceptos: la beneficencia la no maleficencia, la hones4dad, el consen4miento informado. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado inicia en 1947 sus ideas legales. Código de Núremberg. Juzgan a médicos por experimentos sin información. Información de las relaciones paciente – médico. El obje4vo es que el paciente haga una elección fundamentada, para que pueda aceptar o rechazar el estudio, tratamiento o lo que se desea efectuar, En el. En 1964 promulga la Declaración de Helsinki y resalta el consen;miento para experimentos a sujetos de estudio. La información en forma escrita no dispensa de una información verbal. Son complementarias. Y debe ser sencilla, inteligible y fidedigna. Ayudar al paciente a entender los procedimientos que se proponen. En 1994 Hospital Medica Sur. Edito su código de é4ca, principales preceptos: la beneficencia la no maleficencia, la hones4dad, el consen4miento informado. Se define como: “Facultad del paciente válidamente informado y libre de coacción, para aceptar o no la atención médica que se le ofrezca o la par4cipación en proyectos de inves4gación que se le propongan”. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado inicia en 1947 sus ideas legales. Código de Núremberg. Juzgan a médicos por experimentos sin información. Información de las relaciones paciente – médico. El obje4vo es que el paciente haga una elección fundamentada, para que pueda aceptar o rechazar el estudio, tratamiento o lo que se desea efectuar, En el. En 1964 promulga la Declaración de Helsinki y resalta el consen;miento para experimentos a sujetos de estudio. La información en forma escrita no dispensa de una información verbal. Son complementarias. Y debe ser sencilla, inteligible y fidedigna. Ayudar al paciente a entender los procedimientos que se proponen. En 1994 Hospital Medica Sur. Edito su código de é4ca, principales preceptos: la beneficencia la no maleficencia, la hones4dad, el consen4miento informado. Se define como: “Facultad del paciente válidamente informado y libre de coacción, para aceptar o no la atención médica que se le ofrezca o la par4cipación en proyectos de inves4gación que se le propongan”. Que lo integro la comisión Nacional de Arbitraje Médico en el 2001. dentro de sus 7 recomendaciones para mejorar la prac4ca de la medicina. En su 2da recomendación. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado debe tener mínimo estos 4 elementos: CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado debe tener mínimo estos 4 elementos: 1. 
2. 
3. 
4. 
Enunciado de lo planeado, que el sujeto comprenda de manera suficiente. Técnica propuesta con descripción resumida sobre todo si es proceso invasivo. Los incidentes y accidentes potenciales, riesgos graves, consecuencias que pueden ser mortales, o invalidantes. Si el que informa será el tratante o no. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado debe tener mínimo estos 4 elementos: 1. 
2. 
3. 
El consen4miento informado debe reunir mínimo 4 requisitos: 4. 
Enunciado de lo planeado, que el sujeto comprenda de manera suficiente. Técnica propuesta con descripción resumida sobre todo si es proceso invasivo. Los incidentes y accidentes potenciales, riesgos graves, consecuencias que pueden ser mortales, o invalidantes. Si el que informa será el tratante o no. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado debe tener mínimo estos 4 elementos: 1. 
2. 
3. 
El consen4miento informado debe reunir mínimo 4 requisitos: 1. 
2. 
3. 
4. 
4. 
Enunciado de lo planeado, que el sujeto comprenda de manera suficiente. Técnica propuesta con descripción resumida sobre todo si es proceso invasivo. Los incidentes y accidentes potenciales, riesgos graves, consecuencias que pueden ser mortales, o invalidantes. Si el que informa será el tratante o no. Capacidad: el individuo debe tener la habilidad de tomar decisiones. Voluntariedad: los sujetos deben decidir libremente someterse a un tratamiento, o par4cipar en un estudio sin que haya persuasión, manipulación ni coerción. El carácter voluntario del consen4miento es vulnerado cuando es solicitado por personas en posición de autoridad o no se ofrece un 4empo suficiente al paciente para reflexionar, consultar o decidir. Información: Las opciones deben ser comprensibles y deben incluir el obje4vo del tratamiento o del estudio, su procedimiento, los beneficios y riesgos potenciales y que siempre existe la opción del paciente de rechazar el tratamiento o estudio una vez iniciado en cualquier momento, sin que ello le pueda perjudicar en otros tratamientos. Comprensión: Es la capacidad del paciente de comprender la información relevante. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado incluye los siguientes conceptos: CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado incluye los siguientes conceptos: 1. 
2. 
3. 
4. 
5. 
6. 
7. 
Conocer la reglamentación y norma4vidad de los establecimientos de salud y en par4cular de los hospitales donde va a recibir atención, aplicables a su conducta como paciente. Si no lo sabe debe ser informado, acerca de quien es el médico responsable de su atención. Ser informado con veracidad, claridad, suficiencia y obje4vidad, de todo lo rela4vo al proceso de su atención y par4cularmente lo relacionado con el programa de estudio y tratamiento, con el diagnos4co presuncional o defini4vo o el pronos4co de su padecimiento. El médico debe verificar que el paciente haya comprendido la información que se le proporcionó. Que previamente a la realización de cualquier procedimiento o tratamiento, se le informe sobre el mismo, incluyendo los beneficios que se espera lograr, las moles4as que le ocasionará, los riesgos significa4vos asociados, posibilidad de complicaciones y consecuencias adversas, así como la duración de las discapacidades que pudieran ocurrir. Conocer las expecta4vas de curación, control, mejoría o paliación de su enfermedad. Ser asesorado y que se le otorgue más información cuando la solicite. Conocer los riesgos de 4po csico, emocional o de otra índole, así como y los beneficios esperados, de los proyectos de inves4gación en que se le proponga par4cipar. Que se de respuesta a sus preguntas y se aclaren sus dudas. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado incluye los siguientes conceptos: 1. 
2. 
3. 
4. 
5. 
6. 
7. 
Conocer la reglamentación y norma4vidad de los establecimientos de salud y en par4cular de los hospitales donde va a recibir atención, aplicables a su conducta como paciente. Si no lo sabe debe ser informado, acerca de quien es el médico responsable de su atención. Ser informado con veracidad, claridad, suficiencia y obje4vidad, de todo lo rela4vo al proceso de su atención y par4cularmente lo relacionado con el programa de estudio y tratamiento, con el diagnos4co presuncional o defini4vo o el pronos4co de su padecimiento. El médico debe verificar que el paciente haya comprendido la información que se le proporcionó. Que previamente a la realización de cualquier procedimiento o tratamiento, se le informe sobre el mismo, incluyendo los beneficios que se espera lograr, las moles4as que le ocasionará, los riesgos significa4vos asociados, posibilidad de complicaciones y consecuencias adversas, así como la duración de las discapacidades que pudieran ocurrir. Conocer las expecta4vas de curación, control, mejoría o paliación de su enfermedad. Ser asesorado y que se le otorgue más información cuando la solicite. Conocer los riesgos de 4po csico, emocional o de otra índole, así como y los beneficios esperados, de los proyectos de inves4gación en que se le proponga par4cipar. Que se de respuesta a sus preguntas y se aclaren sus dudas. La información es una relación médico paciente con comunicación abierta bilateral, de confianza y cooperación mutua, es un compromiso ineludible, el debe asegurarse de su plena comprensión. Sin presiones y con libertad absoluta de decisión, para otorgar o no su consen4miento. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado permite evitar coacciones y define la responsabilidad profesional, no obstante 4ene riesgos e inconvenientes. CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado permite evitar coacciones y define la responsabilidad profesional, no obstante 4ene riesgos e inconvenientes. Ser explicito en demasía, causar angus4a , miedo en los pacientes. Información deshonesta, malintencionada para eludir el procedimiento, información alarmante, para eludir el procedimiento CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado permite evitar coacciones y define la responsabilidad profesional, no obstante 4ene riesgos e inconvenientes. Condiciones que requieren consen4miento informado: 1.  La hospitalización no pueden hospitalizar en contra de su voluntad. Psiquiátricos. 2.  intervención quirúrgica. 3.  Control de la fer4lidad. 4.  Protocolos de inves4gación. 5.  Procedimientos terapéu4cos o diagnós4cos. 6.  Procedimientos invasivos. 7.  Compromiso de cumplir normas hospitalarias. 8.  Procedimientos dolorosos. 9.  En urgencias el consen4miento esta implícito. 10.  Derecho a rechazar la prolongación de vida. Ser explicito en demasía, causar angus4a , miedo en los pacientes. Información deshonesta, malintencionada para eludir el procedimiento, información alarmante, para eludir el procedimiento CONSENTIMIENTO INFORMADO El consen4miento informado permite evitar coacciones y define la responsabilidad profesional, no obstante 4ene riesgos e inconvenientes. Condiciones que requieren consen4miento informado: 1.  La hospitalización no pueden hospitalizar en contra de su voluntad. Psiquiátricos. 2.  intervención quirúrgica. 3.  Control de la fer4lidad. 4.  Protocolos de inves4gación. 5.  Procedimientos terapéu4cos o diagnós4cos. 6.  Procedimientos invasivos. 7.  Compromiso de cumplir normas hospitalarias. 8.  Procedimientos dolorosos. 9.  En urgencias el consen4miento esta implícito. 10.  Derecho a rechazar la prolongación de vida. Ser explicito en demasía, causar angus4a , miedo en los pacientes. Información deshonesta, malintencionada para eludir el procedimiento, información alarmante, para eludir el procedimiento El consen4miento informado 4ene mayor complejidad, en pacientes con nivel de conciencia en niveles no óp4mos o mal de sus facultades mentales, derivando la responsabilidad a los familiares, no teniendo certeza de la buena fe, o buscan beneficio, se encuentran también los niños y los ancianos. CONSENTIMIENTO INFORMADO NO ES UN DOCUMENTO PARA EXIMIR UNA RESPONSABILIDAD JURÍDICA. CONSENTIMIENTO INFORMADO NO ES UN DOCUMENTO PARA EXIMIR UNA RESPONSABILIDAD JURÍDICA. El documento no lo exime en una demanda, le ayuda, pero si no lo 4ene si le perjudica CONSENTIMIENTO INFORMADO NO ES UN DOCUMENTO PARA EXIMIR UNA RESPONSABILIDAD JURÍDICA. El derecho a ser informado es amparado desde el punto de vista é4co, como también legal. El documento no lo exime en una demanda, le ayuda, pero si no lo 4ene si le perjudica CONSENTIMIENTO INFORMADO NO ES UN DOCUMENTO PARA EXIMIR UNA RESPONSABILIDAD JURÍDICA. El derecho a ser informado es amparado desde el punto de vista é4co, como también legal. El documento no lo exime en una demanda, le ayuda, pero si no lo 4ene si le perjudica La base fundamental de dar el consen4miento esta basado en una buena información , reafirmando la relación médico paciente, la estrecha relación basada en la información y la veracidad, aleja al médico de reclamos legales en la praxis médica. “Pero no lo exime” CONSENTIMIENTO INFORMADO Desde una perspec4va jurídica el consen4miento es un elemento esencial para la perfección de un acuerdo CONSENTIMIENTO INFORMADO Desde una perspec4va jurídica el consen4miento es un elemento esencial para la perfección de un acuerdo El dilema; esta en saber cuando finaliza la persuasión y da inicio o comienza la coacción y la manipulación. CONSENTIMIENTO INFORMADO Desde una perspec4va jurídica el consen4miento es un elemento esencial para la perfección de un acuerdo En los casos de nega4va se debe buscar siempre la prac4ca alterna4va par evitar la imputación de abandono de persona. El dilema; esta en saber cuando finaliza la persuasión y da inicio o comienza la coacción y la manipulación. CONSENTIMIENTO INFORMADO Desde una perspec4va jurídica el consen4miento es un elemento esencial para la perfección de un acuerdo En los casos de nega4va se debe buscar siempre la prac4ca alterna4va par evitar la imputación de abandono de persona. El dilema; esta en saber cuando finaliza la persuasión y da inicio o comienza la coacción y la manipulación. EXCEPCIONES AL CONSENTIMIENTO INFORMADO. El paciente 4ene el derecho a no ser informado si lo expresa previamente, y puede revocar su consen4miento en cualquier momento, en caso de riesgo para la salud publica, se admite el que no tenga consen4miento informado la ausencia de él. Para internamiento, cuarentena, en menores, discapacitados legalmente, será dado a su representante legal. CONSENTIMIENTO INFORMADO CAPACIDAD DE DECISIÓN: Está basado en el principio de autonomía, que el paciente es reconocido como persona libre y dueña de tomar sus decisiones. Y en condiciones de comunicarlas, la decisión del paciente es consistente con sus valores, los familiares no están en el derecho de requerir al medico que no se le comunique ciertos detalles o información. Debe tener la capacidad de tomar decisiones, incluye tener la capacidad y habilidad de comprender y entender las consecuencias de escoger la opción y poder evaluar el beneficio personal, costo y relacionarla a sus valores y prioridades. CONSENTIMIENTO INFORMADO CAPACIDAD DE DECISIÓN: Está basado en el principio de autonomía, que el paciente es reconocido como persona libre y dueña de tomar sus decisiones. Y en condiciones de comunicarlas, la decisión del paciente es consistente con sus valores, los familiares no están en el derecho de requerir al medico que no se le comunique ciertos detalles o información. Debe tener la capacidad de tomar decisiones, incluye tener la capacidad y habilidad de comprender y entender las consecuencias de escoger la opción y poder evaluar el beneficio personal, costo y relacionarla a sus valores y prioridades. En algunos casos si el paciente no es capaz, sus familiares o representante designado por una corte, es quien toma las decisiones por el paciente. CONSENTIMIENTO INFORMADO CAPACIDAD DE DECISIÓN: Está basado en el principio de autonomía, que el paciente es reconocido como persona libre y dueña de tomar sus decisiones. Y en condiciones de comunicarlas, la decisión del paciente es consistente con sus valores, los familiares no están en el derecho de requerir al medico que no se le comunique ciertos detalles o información. Debe tener la capacidad de tomar decisiones, incluye tener la capacidad y habilidad de comprender y entender las consecuencias de escoger la opción y poder evaluar el beneficio personal, costo y relacionarla a sus valores y prioridades. En algunos casos si el paciente no es capaz, sus familiares o representante designado por una corte, es quien toma las decisiones por el paciente. COMPETENCIA: es la capacidad de tomar decisiones, se conoce legalmente como “competencia”. Termino que se usa en la medicina par indicar si una persona 4enen capacidad de decisión. Técnicamente, una persona sólo puede ser declarada “incompetente” por un tribunal de jus4cia. CONSENTIMIENTO INFORMADO CAPACIDAD DE DECISIÓN: Está basado en el principio de autonomía, que el paciente es reconocido como persona libre y dueña de tomar sus decisiones. Y en condiciones de comunicarlas, la decisión del paciente es consistente con sus valores, los familiares no están en el derecho de requerir al medico que no se le comunique ciertos detalles o información. Debe tener la capacidad de tomar decisiones, incluye tener la capacidad y habilidad de comprender y entender las consecuencias de escoger la opción y poder evaluar el beneficio personal, costo y relacionarla a sus valores y prioridades. En algunos casos si el paciente no es capaz, sus familiares o representante designado por una corte, es quien toma las decisiones por el paciente. COMPETENCIA: es la capacidad de tomar decisiones, se conoce legalmente como “competencia”. Termino que se usa en la medicina par indicar si una persona 4enen capacidad de decisión. Técnicamente, una persona sólo puede ser declarada “incompetente” por un tribunal de jus4cia. CONSENTIMIENTO INFORMADO Para muchos procedimientos; exámenes de sangre de ru4na, férulas de yeso, radiogracas, y otras no invasivas el consen4miento suele estar implícito. Para pruebas invasivas o con riesgo se debe efectuar el consen4miento, y en idioma na4vo, con esplicación de eventos o efectos adversos. CONSENTIMIENTO INFORMADO Para muchos procedimientos; exámenes de sangre de ru4na, férulas de yeso, radiogracas, y otras no invasivas el consen4miento suele estar implícito. Para pruebas invasivas o con riesgo se debe efectuar el consen4miento, y en idioma na4vo, con esplicación de eventos o efectos adversos. El formulario del consen4miento debe estar firmado y fechado tanto por el profesional como por el paciente o representante legal. Una copia para ambos. CONSENTIMIENTO INFORMADO Norma Oficial Mexicana NOM-­‐006-­‐SSA3-­‐2011, Para la prac4ca de la Anestesiología Definiciones; inciso 4.4 4.4-­‐ Carta de consen4miento informado, el documento escrito y signado por el paciente, su representante legal o el familiar más cercano en vinculo, mediante el cual se acepta un procedimiento médico o quirúrgico con fines diagnós4cos, terapéu4cos, rehabilitatorios, palia4vos o de inves4gación, una ves que se ha recibido información de los riesgos más frecuentes y de los beneficios esperados para el paciente. A TODOS LOS PRESENTES
Dr. EDUARDO NUCHE CABRERA. [email protected]