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Guía de Programas
de Residencias Médicas
2006
Asociación Civil para la
Acreditación y Evaluación
de Programas de Educación
Médica de Postgrado en
la República Argentina
COMISION DIRECTIVA
Presidente de Honor
Dr. Wolfgang G. Lange
Autoridades 2006
Presidente
Acad. Dr. Roberto Pradier
Asociación
Civil para la
Acreditación
y Evaluación
de Programas
de Educación
Médica de
Postgrado en
la República
Argentina
Vicepresidente
Acad. Dr. Manuel Marti
Secretario
Dr. Enrique S. Caruso
Prosecretario
Dr. Roberto Iermoli
Tesorero
Dr. Miguel A. Galmés
Protesorero
Dr. Antonio Tempone
Vocales Titulares
Dr. Tomás Gutierrez
Dr. Jorge Luis Manrrique
Dr. Luis Moggi
Dr. Jorge H. Schiappapietra
Vocales Suplentes
Dr. Armando J. Basso
Dr. Luis Jost
Dr. Raúl Valli
Organismo de Fiscalización
Titulares
Dr. Oscar L. Aguilar
Dr. Delio Aguilar Giraldes
Dr. Héctor J. Vidal
Suplentes
Dr. Rodolfo D. Fahrer
Dr. Carlos Lago
Dr. Gustavo Piantoni
Coordinador del Foro Nacional de Residencias Médicas
(FONAREME)
Dr. Fernando Silberman
Contenido
Página Nº
1- INFORMACION
Reglamento Interno / Miembros Institucionales / Definiciones
2- REQUISITOS GENERALES PARA DESARROLLAR UN PROGRAMA DE RESIDENCIAS
3- REQUISITOS PARTICULARES DE LOS PROGRAMAS DE RESIDENCIAS
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN ANATOMIA PATOLOGICA
Academia Internacional de Patología - División Argentina
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN ANESTESIOLOGIA
Federación Argentina de Anestesia, Analgesia y Reanimación
PROGRAMA DE RESIDENCIAS EN CARDIOLOGÍA
Sociedad Argentina de Cardiología
PROGRAMA DE RESIDENCIAS EN CIRUGIA CARDIOVASCULAR
Colegio Argentino de Cirujanos Cardiovasculares
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN CIRUGIA GENERAL
Asociación Argentina de Cirugía
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN CIRUGIA INFANTIL
Asociación Argentina de Cirugía Infantil
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN CIRUGIA ONCOLOGICA
Instituto de Oncología Angel H. Roffo
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN CIRUGIA PLASTICA
Sociedad Argentina de Cirugía Plástica
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN CIRUGIA TORACICA
Hospital de Clínicas José de San Martín - Departamento de Cirugía
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN CLINICA PEDIATRICA
Hospital de Pediatría “Juan P. Garrahan” - Dirección Asociada de Docencia e Investigación
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN DERMATOLOGIA
Sociedad Argentina de Dermatología
REQUISITOS MINIMOS PARA UN MODELO DE RESIDENCIA EN DIAGNOSTICO POR IMAGENES
Sociedad Argentina de Radiología
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN INFECTOLOGIA
Sociedad Argentina de Infectología
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN MEDICINA FAMILIAR
CEMIC
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN MEDICINA INTERNA
Facultad de Medicina - UBA. Hospital de Clínicas José de San Martín
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN NEUROCIRUGIA
Asociación Argentina de Neurocirugía
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN OBSTETRICA Y GINECOLOGIA
Hospital de Clínicas José de San Martín de Buenos Aries (UBA)
PROGRAMA DE RESIDENCIA MEDICA EN OFTALMOLOGIA
Sociedad Argentina de Oftalmología
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN ONCOLOGÍA CLÍNICA
Universidad de Buenos Aires
Instituto de Oncología Ángel H. Roffo
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGIA
Sociedad Argentina de Ortopedia y Traumatología
PROGRAMA DE RESIDENCIAS EN OTORRINOLARINGOLOGIA
Federación Argentina de Sociedades de Otorrinolaringología
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN PSIQUIATRIA
Hospital de Clínicas José de San Martín de Buenos Aires (UBA) - Departamento de Salud Mental
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN RADIOTERAPIA ONCOLÓGICA
Instituto de Oncología Ángel H. Roffo
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN TERAPIA INTENSIVA
Sociedad Argentina de Terapia Intensiva
PROGRAMA DE RESIDENCIA EN UROLOGIA
Sociedad Argentina de Urología
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Programas de Residencias Médicas
5
1- INFORMACION
El sistema de Residencias Médicas constituye la base
de la Educación Médica de Postgrado y es el único
procedimiento apto que permite la transición del estudiante graduado al médico general o al especializado.
La evaluación externa de los Programas de Residencia
corresponde a un principio vigente en el tiempo de
las organizaciones eficientes y del control de su calidad.
Se trata de una actitud voluntaria de las partes involucradas para lograr la excelencia del sistema y la mejor atención de los pacientes, proveyendo a las instituciones responsables del juicio técnico de sus pares
que avala el programa o que- detectando deficiencias– propone recomendaciones para subsanarlas y finalmente, informa a los Médicos Residentes y a los aspirantes que el programa cumple con los estándares
establecidos por la sociedad de la especialidad correspondiente.
Las sociedades de las especialidades médicas y quirúrgicas están unidas por vez primera en la A.C.A.P. con
el único objeto de participar técnicamente en este
proceso.
Esta unión es la culminación del esfuerzo de muchos
años para desarrollar un instrumento de evaluación o
auditoria externa que cumple con los requisitos necesarios de autonomía, representatividad, imparcialidad, experiencia y está a disposición de todas las instituciones que desarrollan Programas de Residencias
Médicas.
DEFINICIONES
Evaluación:
Procedimiento que permite en forma válida, confiable y objetiva, valorar, verificar o medir algo permitiendo establecer una comparación y consiguientemente definir una clasificación.
Habilitación:
Procedimiento que posibilita cumplir con los requisitos legales exigidos por la autoridad sanitaria.
Acreditación:
Evaluación dinámica de los recursos institucionales
mediante el mecanismo de control periódico del cumplimiento de estándares que permitan auditar estructuras, procesos y resultados.
DEL REGLAMENTO INTERNO
TITULO III - ASOCIADOS, CONDICIONES DE
ADMISION, OBLIGACIONES Y DERECHOS
ARTICULO 5º:
...”d) Institucionales: La A.C.A.P. está constituída
naturalmente por las sociedades científicas de las
especialidades médicas y quirúrgicas que sean reconocidas por la Universidad (CONEAU - Procedimientos, criterios y solicitud de acreditación de las
especialidades en Ciencias de la Salud - Buenos Aires 1997) como asociados institucionales.
Cada una de las sociedades debe constituir a estos
efectos un Comité o Comisión de Residencias propio, formado por Directores o exDirectores de Programas, preferentemente docentes universitarios,
con permanencia en el cargo para garantizar la
continuidad (6 años).
Las instituciones asociadas son así las únicas entidades legalmente representativas que actúan en un
cuerpo colegiado, designando delegados para actuar con voz y voto en las Asambleas y ser elegibles
para formar parte de la Comisión Directiva.
Las Instituciones Asociadas cumplirán con las normas o requisitos generales que por consenso paute
la Comisión Directiva, elaborando cada una de ellas
a través de su Comisión de Residencias las normas
o requisitos especiales de cada programa (Programa Básico), definiendo y manteniendo actualizados los Standards que permitan evaluarlos periódicamente.
Las instituciones asociadas asumirán la responsabilidad exclusiva de la integración de los equipos de
evaluación y del nivel de acreditación otorgado,
proveyendo a la sociedad, a los Médicos Residentes
y a los aspirantes a ingresar al sistema, del juicio
técnico que el programa cumple con los Standards
definidos por los profesionales de la especialidad.
Las instituciones asociadas deberán incluir en sus
Congresos anuales sesiones dedicadas a promover
su actividad.
...........................
Categorización:
Procedimiento que tiene como finalidad clasificar según grado o nivel de complejidad que permita tipificar niveles de atención.
Certificación:
Procedimiento que garantiza a la sociedad que un
profesional posee los requisitos técnicos y morales
que aseguran la calidad de su práctica en la especialidad. El procedimiento es planificado y ejecutado por
la sociedad correspondiente y auditado por el Consejo de Certificación de Profesionales Médicos.
Programas de Residencias Médicas
7
MIEMBROS INSTITUCIONALES
Entidades que integran la A.C.A.P.
Academia Argentina de Cirugía
[email protected] / [email protected]
[email protected]
Asociación Argentina de Angiología
y Cirugía Cardiovascular
[email protected]
Asociación Argentina de Cirugía
[email protected]
Sociedad Argentina de Cardiología
[email protected]
Sociedad Argentina de Cirugía Infantil
[email protected]
Sociedad Argentina de Cirugía Torácica
[email protected] / educació[email protected]
Sociedad Argentina de Coloproctología
[email protected]
Asociación Argentina de Médicos
Residentes de Cirugía General
[email protected]
Sociedad Argentina de Dermatología
[email protected]
Asociación Argentina de Neurocirugía
[email protected]
Sociedad Argentina de Hematología
[email protected].
Asociación Argentina de
Ortopedia y Traumatología
[email protected]
Sociedad Argentina de Infectología
[email protected]
Asociación Argentina de Psiquiatras
[email protected]
Asociación de Anestesiología, Analgesia
y Reanimación de Buenos Aires
[email protected]
Asociación de Psiquiatras Argentinos
[email protected]
Asociación Médica Argentina
[email protected] / [email protected]
Consejo Argentino de Oftalmología
[email protected]
Consejo de Certificación de Profesionales Médicos
[email protected]
Sociedad Argentina de Mastología
[email protected]
Sociedad Argentina de Nefrología
[email protected]
Sociedad Argentina de Oftalmología
[email protected]
Sociedad Argentina de Pediatría
[email protected]
Sociedad Argentina de Psiquiatras de Enlace
[email protected]
Sociedad Argentina de Radiología
[email protected]
Sociedad Argentina de Terapia Intensiva
[email protected]
Federación Argentina de
Sociedades de Anestesiología
[email protected]
Sociedad Argentina de Urología
[email protected]
Federación Argentina de Sociedades
de Otorrinolaringología
[email protected]
Sociedad de Medicina Interna de Buenos Aires
[email protected] /
[email protected]
Sociedad Argentina de Cancerología
[email protected] / [email protected]
8 A.C.A.P. < Guía 2006
2- NORMAS GENERALES PARA
LA EVALUACION Y
ACREDITACION DE UN
PROGRAMA DE RESIDENCIAS
PROGRAMA REGISTRADO CON ACREDITACION
PROBATORIA: Por tratarse de un Programa en desarrollo. Con extensión de hasta dos años por evaluación y cuatro años en total.
1) El Director del Programa o Director Médico de
la Institución podrá, sin más trámite, solicitar su
inscripción en el Registro de la Sociedad de la especialidad correspondiente (PROGRAMA REGISTRADO).
PROGRAMA REGISTRADO CON ACREDITACION
CONDICIONAL: Por presentar deficiencias subsanables en reevaluaciones. Duración máxima: hasta
dos años.
2) Simultáneamente o en un tiempo posterior, de
acuerdo a la etapa evolutiva del Programa (PROGRAMA CUMPLIDO), se podrá solicitar su evaluación formal con una anticipación no menor a 60
días.
3) El procedimiento a emplear determinará la
ACREDITACION DEL PROGRAMA.
4) El Director del Programa deberá acompañar la
solicitud con un ejemplar del “Formulario para la
evaluación de un Programa de Residencia” de la
especialidad, debidamente completo en todos sus
items, y agregar la documentación específicamente requerida.
5) La Sociedad recepcionará y revisará la información recibida que deberá estar completa antes de
la evaluación.
6) La Sociedad de la especialidad designará al
equipo evaluador, quien acordará con el Director
del Programa la fecha y hora de la visita, con la
coordinación de la A.C.A.P.
7) Los evaluadores se entrevistarán con el Director
del Programa, miembros del Departamento de
Docencia, Médicos del Servicio y Médicos Residentes, a fin de completar toda la información verificando los REQUISITOS ESENCIALES O BASICOS
DEL PROGRAMA (estándares).
8) El equipo evaluador presentará un informe escrito (conjuntamente o por separado), en el término de 20 días.
9) El Comité de Residencias de la Sociedad correspondiente revisará en detalle toda la información,
efectuará las recomendaciones y conclusiones que
correspondieran y determinará el tipo de Acreditación de acuerdo a la compatibilidad de los estándares:
PROGRAMA REGISTRADO SIN ACREDITACIÓN: Por
no solicitada o retirada. Sin límite de tiempo.
PROGRAMA REGISTRADO CON ACREDITACIÓN
COMPLETA: Por dar cumplimiento a todos los estándares. Duración máxima: la del Programa (hasta cinco años).
PROGRAMA REGISTRADO CON ACREDITACION RETIRADA: Por deficiencias graves persistentes.
10) Estas recomendaciones y conclusiones serán informadas por la Sociedad o Asociación que corresponda, al Director del Programa/Director de la Institución en forma escrita y reservada en un plazo
máximo de 60 días; remitiendo una copia del informe a la A.C.A.P. para su consideración y archivo.
11) En caso de disconformidad con lo resuelto, los
Directores de Programa/Directores de Instituciones podrán solicitar su reconsideración dentro del
término de 30 días exponiendo en forma escrita
los argumentos que concretamente correspondan.
INSTRUCCIONES PARA LOS EVALUADORES
DE UN PROGRAMA DE RESIDENCIAS
Los equipos estarán integrados básicamente por
dos Miembros Titulares de la sociedad de la especialidad correspondiente –preferentemente Directores o exDirectores de Programa. En los casos de
Programas Universitarios se agregará un representante de la Facultad de Medicina, que será el responsable de evaluar los requisitos docentes y el
marco académico en el que se desarrolla el Programa. El procedimiento aplicado será el mismo, entendiéndose que la calificación de universitaria implica imprescindiblemente una “Acreditación Completa” (que da cumplimiento a todos los estándares).
PROCEDIMIENTO:
1) Recibirán la documentación correspondiente,
previamente chequeada (cuestionario -anexos- resultado de evaluaciones anteriores).
2) Coordinarán la fecha y hora de la visita al Servicio con el Director del Programa a evaluar.
Programas de Residencias Médicas
9
3) Durante ésta, analizarán en primer lugar con el
Director del Programa cada uno de los ítems del
cuestionario y sus anexos, completando la información en los puntos en que resulte necesario.
4) Verificarán personalmente el grado de cumplimiento de cada uno de los requisitos básicos o estándares, que se encuentran destacados en el cuestionario.
5) Recorrerán el Servicio comprobando las actividades de los Médicos Residentes y solicitarán y examinarán historias clínicas tomadas al azar, observando su forma, contenido, progresión y supervisión.
6) Inspeccionarán los espacios privados destinados
a los Médicos Residentes y se reunirán con el mayor número posible de ellos, escuchando, en grupo informal, sus apreciaciones sobre los distintos
aspectos del Programa.
7) Se preocuparán particularmente de informarse
sobre su actividad vespertina y de la respuesta dada por el staff al requerimiento de la actitud permanente de supervisión y apoyo.
8) En los casos de reevaluaciones comprobarán el
nivel de cumplimiento de cada una de las observaciones y/o recomendaciones efectuadas en los informes anteriores.
9) Volcarán en un informe escrito, en forma objetiva y sintética, la descripción de lo actuado, detallando especialmente el nivel de cumplimiento de
cada uno de los requisitos básicos o estándares.
10) Este informe será presentado a la sociedad o
asociación que corresponda en el término de 20
días de haber realizado la visita, adjuntando el
cuestionario y todos los elementos suficientes para
determinar el tipo de acreditación otorgada.
coginecología) coordinados por un Departamento
de Docencia.
Deben proveer a los Médicos Residentes de los ámbitos de trabajo y privados necesarios, alojamiento,
racionamiento, uniformes y su limpieza, cobertura
médica y legal y una retribución digna, estimada
en no menos de $ 1.000.Con respecto a la cobertura de riesgos legales, esta
debe proteger al Médico Residente en forma amplia ante imputaciones o demandas por culpa galénica en actos médicos efectuados dentro de las
normas del proceso de aprendizaje.
A estos efectos resulta necesario que la figura del
Médico Residente (Becario transitorio/alumno en
formación) quede claramente definida en la relación contractual y que los derechos y obligaciones
de los Médicos Residentes sean establecidos por
una reglamentación adecuada.
2. De los Servicios
Deben cumplir con todos los requisitos y disponer
de todos los recursos que las sociedades de cada especialidad haya determinado para su categorización, con un esfuerzo permanente para alcanzar la
extensión máxima de su horario de atención.
Deben contar con normatización escrita de procedimientos diagnósticos y terapéuticos en forma
de algoritmos prácticos aprovechables en términos
de calidad de atención, costo/beneficio y prevención de culpa galénica.
3. De los Directores de Programas
Deben poseer las condiciones personales, técnicas,
docentes y administrativas que les permitan ejercer
un liderazgo natural y una actitud de apoyo y consulta permanente con los Médicos Residentes.
4. De los Médicos de Planta
3- REQUISITOS GENERALES
PARA DESARROLLAR UN
PROGRAMA DE RESIDENCIAS
1. De las Instituciones
Deben contar con la infraestructura, la organización, los medios y el personal necesarios para asumir la responsabilidad de asegurar un Programa
educacionalmente válido. Es aconsejable el desarrollo simultáneo de por lo menos dos o tres Programas Básicos (Medicina – Cirugía – Pediatría – To10 A.C.A.P. < Guía 2006
Son los instructores naturales de los Médicos Residentes y responsables por la atención de pacientes
que derive de su actividad. Tal responsabilidad
quedará documentada al avalar con su firma la Historia Clínica y todo tramite escrito sobre la asistencia de enfermos que produzca el Médico Residente.
Estarán compenetrados de la metodología del sistema que exige la participación activa del Médico
Residente en todo acto médico, bajo su supervisión. Para ello deberán transferir en forma programada parte de sus tareas, sin declinar por ello su
responsabilidad.
Los asistirán en el quirófano en todos los casos y serán responsables de su actividad y de sus consecuencias mientras se cumplan dentro de las normas.
5. De los Programas
6. De la selección de los Médicos Residentes
Las sociedades de cada especialidad elaborarán y
mantendrán actualizado un Programa Básico que
defina: el objetivo de formación, los contenidos curriculares correspondientes y los indicadores fácilmente verificables que permitan su evaluación y
acreditación periódica por sus pares.
Será efectuada por cada institución e idealmente
por todas en conjunto (ingreso unificado), sin restricciones ni discriminaciones, a través de un procedimiento que considere como items el promedio
de la carrera, una entrevista personal de contenido
previamente estructurado y un examen cognitivo
sobre temas generales de pregrado. Es aconsejable
la realización de un examen psicofísico de ingreso
y otros anuales de control.
Se entiende como Programa Básico aquel que cumple con los objetivos fijados, con los estándares determinados y que puede razonablemente ser implementado y mantenido. Se aplicarán en el Programa las técnicas docentes apropiadas para obtener el cambio de actitud y la motivación necesarias,
evitando en todo momento la saturación informativa y la pasividad pedagógica.
Deberá enfatizar la prioridad educacional sobre el
servicio y la continuidad del cuidado del paciente
sobre el horario de trabajo.
Es conveniente en todo momento manejar información sobre microeconomía práctica, referida a
costos de internación, procedimientos diagnósticos, estudios y medicamentos, tantas veces innecesarios o reiterados.
Resulta necesario contar con manejo bibliográfico
adecuado y formación en metodología científica y
bioestadística que permitan comprender la estructura y redacción de un trabajo científico, de un
proyecto de investigación y el análisis y crítica de
publicaciones médicas.
7. De los Médicos Residentes
Deberán cumplir con todas las tareas, horarios y
obligaciones que les asigne el programa, como así
también con las reglamentaciones administrativas
que le determine cada institución, pero teniendo
en todo momento prioridad absoluta el cuidado
del paciente a su cargo.
El número de Médicos Residentes debe ser congruente con la capacidad del servicio y resulta deseable que todos ellos puedan acceder al nivel de
“Residentes Avanzados” para poder asumir así en
su formación las responsabilidades máximas que el
sistema permite.
La distribución rectangular favorece esta situación.
Es recomendable la asociación con otras instituciones para permitir o completar el aprendizaje, en
forma convenida y controlada.
La carga horaria no debería exceder las 80 horas
semanales, con un día libre ni ser menor de 48 hs.
Programas de Residencias Médicas
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