Download ASISTENCIA MÉDICA 1) Asistencia Médica, Medicina de

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
ASISTENCIA MÉDICA
1) Asistencia Médica, Medicina de Familia
El pasado 22 de febrero de 2008 la Universidad y el Gobierno de Navarra
firmaron un convenio que garantiza a los empleados de los centros de
Pamplona y empadronados en Navarra la capacidad de elegir su atención
médica entre la Clínica y el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. La Clínica
asumirá las mismas prestaciones que la Seguridad Social ofrece a sus
asegurados en materia de asistencia sanitaria en supuestos de enfermedad
común y accidente no laboral.
Aquellas personas empadronadas en Navarra y que han optado por recibir la
asistencia sanitaria en la Clínica Universidad de Navarra, no pueden acudir a
otro centro sanitario, sea o no de la Seguridad Social (Hospital de Navarra,
Virgen del Camino, etc.) Si lo hacen, tendrán que hacerse cargo de la factura
correspondiente.
Cambio de opción en la asistencia sanitaria
El cambio de opción en el modo de recibir la asistencia sanitaria (en la
Clínica Universidad de Navarra a través del Servicio de Medicina de Familia, o
en los centros de la red pública sanitaria) podrá ejercitarse tan sólo durante el
mes de enero de cada año. A estos efectos deberán dirigirse al Servicio de
Personal en donde se informará y proporcionará la documentación necesaria.
Elección de médico de cabecera
Para realizar su elección deberá contactar con el Servicio de Medicina
de Familia (CUN) eligiendo entre los facultativos del servicio. Quienes no
ejerciten su opción se les asignará un médico. El médico asignado será el de
referencia para cualquier problema de salud o consulta, y quien coordinará su
asistencia sanitaria, hará el seguimiento de sus enfermedades, prescripciones,
etc.
Como ya se anunció en su momento, no se debe solicitar hora
directamente con ningún especialista (salvo para Ginecología y Pediatría), sino
acudir al médico de cabecera que en su caso derivará al especialista
correspondiente.
Avda. Pío XII, 55
E-31008 Pamplona
T +34 948 194 700
F +34 948 194 718
[email protected]
www.cima.es
Petición de recetas
La petición de recetas en el Servicio de Medicina de Familia, se puede hacer
de tres formas:
1. Mediante el envío de un correo electrónico a la dirección:
[email protected]
2. Utilizando el buzón, instalado en la sala de espera de Medicina de
Familia, en el que puede introducir el impreso disponible en la misma
sala de espera a tal efecto.
3. De manera directa en el Servicio de Medicina de Familia, todos los días
de 11;00 a 13;00 horas.
Se pueden solicitar las recetas necesarias para dos meses de
tratamiento.
Se recuerda que solo se dispensarán aquellas recetas que figuren
electrónicamente en la Historia Clínica.
Siempre que se pidan recetas, por correo electrónico o mediante el buzón,
es necesario especificar los datos siguientes:
-
Nombre y dos apellidos del paciente.
Nombre del fármaco; presentación (dosis y tamaño) y número de
envases.
En caso de que el paciente sea Pensionista o utilice recetas rojas, debe
indicarlo.
Los pacientes mayores de sesenta y cinco años o con patología crónica,
serán citados por enfermería del Servicio de Medicina de Familia, cada dos
meses, para dispensarles las recetas y poder hacerles un seguimiento.
Las recetas solicitadas de forma electrónica o en el buzón, se recogerán al
día siguiente de realizar la petición, en Información de la IV FASE de la
Clínica de 9 a 14 horas y de 16 a 19 horas.
Las recetas tienen una caducidad de diez días, una vez realizadas. En caso
de no recogerlas en ese periodo serán destruidas.
Avda. Pío XII, 55
E-31008 Pamplona
T +34 948 194 700
F +34 948 194 718
[email protected]
www.cima.es
2) Actuación en caso de enfermedad común y accidente no laboral
Cuando un empleado de la Fundación para la Investigación Médica Aplicada
enferma o sufre cualquier tipo de accidente no laboral que le impide acudir al
puesto de trabajo (Incapacidad Temporal), además de informar al jefe
inmediato lo antes posible para que se le pueda sustituir en sus cometidos,
debe acudir al médico de cabecera para que extienda el parte de baja, y se
hace responsable de que el Servicio de Personal del CIMA lo reciba.
a) Si recibe la asistencia sanitaria en la Clínica Universidad de Navarra, el
médico de cabecera le entregará el parte de baja para entregarlo en el
Servicio de Personal del Cima.
b) Si depende de la Seguridad Social, el empleado hará llegar al Servicio
de Personal el parte de baja, entregándolo personalmente o enviándolo
al día siguiente de causar baja en el puesto de trabajo.
Mientras se mantenga el motivo de baja, se hará llegar al Servicio de Personal
la renovación de la baja semanalmente mediante el “parte de confirmación”
expedido por el médico que extendió el de baja. Se exceptúan de este trámite
las bajas por maternidad.
En el caso de bajas maternales, la interesada deberá ponerse en contacto con
el Servicio de Personal del CIMA 10 ó 12 días antes de solicitar la baja.
Cuando un empleado se reincorpora al puesto de trabajo debe hacer llegar al
Servicio de Personal el parte de alta.
3) Actuación en caso de accidente de trabajo
Son accidentes de trabajo los que se produzcan con ocasión o a consecuencia
del trabajo, así como los que ocurran al ir o al volver del lugar de trabajo.
Todas las personas contratadas por la Fundación para la Investigación Médica
Aplicada (también el Personal Investigador en Formación que disfrute de una
beca de la Fundación) serán atendidas en el Servicio de Urgencias de la
Clínica Universidad de Navarra. Deberán ponerse en contacto cuando las
circunstancias lo permitan con el área médica del Servicio de Prevención de
Riesgos Laborales, para tramitar el oportuno parte de accidente y, si fuera
necesario, el parte de baja, que tramitará la Mutua.
En el caso de que acudan voluntariamente a otro centro sanitario, deberán
hacerse cargo personalmente de la factura que se origine.
Importante: Ver documento NORMAS DE ATENCIÓN MÉDICA.
Avda. Pío XII, 55
E-31008 Pamplona
T +34 948 194 700
F +34 948 194 718
[email protected]
www.cima.es