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REGLAMENTO INTERNO PARA RESIDENCIAS MÉDICAS
EN EL HOSPITAL GENERAL “ DR. MANUEAL GEA GONZÁLEZ”
ANTECEDENTES
Hospital General “Dr. Manuel Gea González”
Dirección de Enseñanza
Subdirección de Enseñanza
División de Enseñanza de Pregrado y Posgrado
“Reglamento Interno para Residencias Médicas”
México, D.F.
Enero 2011
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El Hospital se fundó en 1947 como sanatorio de enfermos tuberculosos avanzados. En 1952 surge el primer curso de
especialización en Neumología, cuando el hospital se transforma en Instituto Nacional de Neumología.
En 1972 el Instituto se transforma en Hospital General, surgiendo los cursos de las cuatro especialidades básicas: Medicina
Interna, Ginecología y Obstetricia, Pediatría y Cirugía General.
En la actualidad el Hospital realiza 20 cursos universitarios de posgrado: 13 Especialidades Médicas, 3 Subespecialidades y
5 Cursos de Posgrado para Médicos Especialistas.
OBJETIVO
Establecer las reglas para el desempeño de las actividades académicas de los médicos residentes, durante su período de
entrenamiento, en los cursos de posgrado en el hospital.
MARCO LEGAL
Este reglamento tiene su fundamento en la Norma Oficial Mexicana para la Organización y Funcionamiento de Residencias
Médicas, publicado el 29 de Abril de 1994 en el Diario Oficial de la federación.
I.- DERECHOS DE LOS RESIDENTES
Son derechos de los médicos residentes además de los señalados en la Norma Oficial los siguientes:
1.1
Recibir el pago mensual oportuno, en su momento los incrementos a dicho pago que sean autorizados por las
autoridades correspondientes de la Secretaria de Salud de Hacienda.
1.2
Conocer al inicio del curso, el Programa Académico y el Operativo correspondiente a su especialidad, así como la
forma de evaluación.
1.3
Recibir enseñanza de calidad, bajo la dirección, asesoría, supervisión y compromiso académico del profesor titular y
adjuntos, bajo un ambiente de mutuo respeto y responsabilidad.
1.4
Disfrutar de dos periodos vacacionales de diez días hábiles cada uno, según la programación del Profesor titular y
dando aviso al área de Enseñanza de Posgrado del Hospital.
1.5
Recibir alimentos higiénicos y de buena calidad, pudiendo asistir al comedor tres veces al día, organizándose de tal
manera de no descuidar sus actividades en el servicio, ni poner en riesgo la vida de sus pacientes.
1.6
Recibir anualmente el uniforme, consistente en dos batas blancas y una pijama quirúrgica.
1.7
Utilizar los servicios de Bibliohemeroteca y Laboratorio de Cómputo y de Apoyo audiovisual ajustándose a los
reglamentos correspondientes.
1.8
Disponer de un área de descanso con servicio sanitario higiénico durante la guardia.
1.9
Acudir a eventos académicos extracurriculares, cuando a juicio del profesor titular y en forma conjunta con el área de
enseñanza tengan utilidad en relación al programa académico y entregando constancias de asistencia al área de
enseñanza.
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1.10
Recibir información oportuna sobre los trámites de promoción de ciclo escolar, calificación, así como de titulación
oportuna, que determine la institución educativa.
1.11
Recibir los diplomas respectivos de la SSA, de la Institución Académica y del Hospital, una vez aprobado el curso y
haber cumplido con los requisitos establecidos en la Norma Oficial.
1.12
Recibir la constancia de inscripción o de los años cursados por parte de enseñanza de Posgrado del Hospital, en
aquellos casos que lo soliciten y que se compruebe la información señalada.
1.13
Recibir asesoría y defensa jurídica por parte del área jurídica del hospital, en aquellos casos de demanda de terceros
por acciones medicas realizadas durante su estancia en el hospital.
1.14
Hacer uso de un lugar de estacionamiento del hospital, siempre y cuando se demuestre la propiedad de un vehículo, y
estará en relación a la capacidad del estacionamiento.
1.15
Los médicos residentes nacionales gozarán de servicio medico del ISSSTE, debiendo realizar personalmente los
tramites de filiación en la clínica correspondiente; los residentes extranjeros podrán hacer uso de los servicios médicos
del hospital, así como de sus familiares médicos: padres, cónyuge, hijos, en forma gratuita.
1.16
Las investigaciones realizadas durante su ciclo académico podrán acceder a todos de presentación y publicación, con
autorización de Dirección de Enseñanza y de la Dirección de Investigación.
2.- OBLIGACIONES
Son obligaciones de los médicos residentes nacionales y extranjeros de los cursos de posgrado además de las señaladas en la
Norma Oficial, las siguientes:
2.1.
Cumplir las actividades académicas designadas de acuerdo al programa académico y operativo señalado por el
Hospital y la Institución Educativa.
2.2.
Cumplir debidamente las órdenes de los profesores o médicos adscritos designados en el desarrollo de las actividades
inherentes a la residencia.
2.3.
Cumplir las disposiciones de los lineamientos de enseñanza y generales del Hospital.
2.4.
Permanecer en su servicio o área asignada dentro del hospital, durante practicas clínicas y jornada establecida.
2.5.
Aprobar los exámenes periódicos de conocimientos y destrezas dentro del hospital en la institución Educativa.
2.6.
Realizar un proyecto de investigación durante el curso, debiendo presentar el proyecto por escrito, durante el primer
año; la recolección de la muestra que se llevará a cabo durante el segundo año y se dará por concluido en el último
año. Deberá ser asesorada durante todas sus etapas, por el Profesor titular del curso, quien podrá designar un tutor
para dicha actividad, siguiendo las normas y procedimientos específicos del área de Investigación y Comité de Ética
del Hospital, así como de la institución educativa.
2.7
Cumplir con el servicio social profesional durante el último año de las especialidades básicas: Medicina Interna,
Pediatría, Ginecología y obstetricia, Cirugía General, así como de Anestesiología y Medicina Familiar, en las
unidades de atención médica que determine el Sistema Nacional de Servicio Social Profesional de la SSA.
2.8
Realizar en forma completa el estudio y tratamiento de los pacientes que le sean asignados bajo su responsabilidad,
bajo la supervisión de los médicos adscritos o del profesor titular / adjunto, así como mantenerlos informados sobre
la evolución de los mismos.
2.9
Cumplir con estricta puntualidad y permanencia en las practicas clínicas complementarias dispuestas por el Profesor
titular .
2.10 Todo residente tiene la obligación de solicitar por escrito, con tres días de anticipación, los cambios de practicas
clínicas complementarias o permisos para ausentarse, directamente al profesor titular y en su ausencia al profesor
adjunto, justificando la petición y sólo en causas de fuerza mayor.
2.11 Entregar la guardia en forma personal al médico adscrito en turno o en su ausencia al residente que lo releva
señalando los pendientes de cada paciente.
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3.-ESTIMULOS
3.1
Serán acreedores a constancias de reconocimiento, aquellos residentes que se hayan distinguido por su entrega al
servicio o por sus excelentes calificaciones.
3.2
Podrán recibir diversos premios o estímulos, auspiciados en forma conjunta por el Hospital, la UNAM y algunos
laboratorios farmacéuticos, aquellos trabajos de investigación realizados por los residentes, y que a juicio de los
comités dictaminadores sean seleccionados.
4.-INCAPACIDADES
4.1
Las incapacidades médicas de los médicos residentes deberán ampararse con el formato expedido por el ISSSTE,
debiendo presentarla en su servicio y enseñanza de posgrado, en un lapso no mayor a cuatro días consecutivos; en
caso de enfermedad durante la guardia o jornada de trabajo, el Jefe de Servicio o del Servicio de Urgencias puede
autorizar la suspensión de sus labores, pero al reanudarlas deberá exhibir la constancia de incapacidad médica
emitida por el ISSSTE.
4.2
Se concederá incapacidad por maternidad, por 30 días continuos como máximo, debiendo presentar en los siguientes 3
días el formato de incapacidad del ISSSTE, en su servicio y ante enseñanza de posgrado.
4.3
Los residentes extranjeros, deben solicitar sus incapacidades al Jefe del Servicio de Urgencias del Hospital, debiendo
presentarla en su servicio y en el área de enseñanza de posgrado en un plazo no mayor de 3 días.
5.- SANCIONES
Son sanciones aquellas acciones que se aplicarán al médico residente en caso de faltas de cumplimiento de sus funciones:
disciplina, moral y ética, que deben ser notificadas al área de enseñanza:
5.1
Amonestaciones verbales: se aplica cuando en primera ocasión se incumple a sus obligaciones, y será aplicada por el
profesor titular.
5.2
Extrañamientos: Se realiza por escrito al médico residente que reincida en faltas en su desempeño de sus funciones, se
aplica por el Profesor titular y se envía copia a Enseñanza de Posgrado.
5.3
Nota mala: Es la constancia por escrito de demérito en la actuación de un medico residente en cuesta por el Profesor
titular y con copia a enseñanza de posgrado.
5.4
Será rescisión de nombramiento las siguientes: Acumular mas de tres faltas de asistencia consecutivas en un período
de 30 días, sin permiso o causa justificada.
 Asistir a sus labores en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas
 No cubrir el programa académico de la especialidad o no aprobar las evaluaciones realizadas.
 El incumplimiento a las normas generales del hospital.
 La rebeldía para acatar las disposiciones de los profesores o autoridades del hospital
 La inasistencia injustificada al 25% de las sesiones académicas programadas.
 La reiterancia a las sanciones 5.1, 5.2, y 5.3 serán causa de baja o rescisión del nombramiento.
 Otras que se desarrollen en el transcurso de la especialidad y que sean analizadas en forma conjunta por el
profesor y el área de Enseñanza
6.-PROHIBICIONES
Son aquellas acciones que por ninguna razón son permitidas para los residentes, dentro del Hospital: ABSTENERSE DE:
6.1
6. 2
Aceptar remuneración de los pacientes y familiares, por los servicios médicos otorgados dentro del hospital.
Ingerir, presentarse o permanecer en las instalaciones del hospital, bajo el efecto de bebidas alcohólicas, sustancias
tóxicas o drogas.
6.3
Ingerir alimentos y bebidas en las aulas o áreas de servicio del hospital.
6.4
Realizar juegos de azar, deportivos y de otra índole dentro de las aulas y las áreas de servicio del hospital.