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ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL DOCUMENTO DE TRABAJO N 3
A)
Anote A lo menos cinco definiciones del concepto “IMPERIUM”, tratando de ejemplificar
cada una de ellas a partir del desarrollo de la historia republicana de Roma.
a)
Mandato, orden.
b)
Una ley propiamente dicha.
c)
El poder supremo del pueblo romano.
d)
Poder oficial de los más altos magistrados.
B)
Establezca relaciones de diferencia entre los principios de IMPERIUM Y POTESTAS.
POTESTAS “poder" que, de hecho, se posee y, en particular, una "facultad legal" en virtud de la
cual se tiene un derecho (ius) que se ejerce.
IMPERIUM En sentido técnico es el poder oficial de los más altos magistrados (magistratus
maiores) en la República y del César en el Imperio, vinculado estrechamente a carcterísticas que no
dependen sólo del IUS, sino del FAS
D)
Explique el funcionamiento del “CURSUS HONORUM”, tanto en el ámbito de la
magistratura como en el senatorial.
Se comienza siendo joven, sirviendo como mando auxiliar en el entorno de un magistrado curul
(cónsul, pretor) al frente de las legiones.
Se entrena en la vida pública ejerciendo una serie de funciones menores (luego se reglamentarán: un
total de 26 y luego 20 plazas por año), tales como cuidarse de la acuñación de moneda, del
cumplimiento de las sentencias con penas graves, etc.
El primer puesto electivo es el de cuestor, auxiliar importante de los altos magistrados.
El segundo, el de edil (4 puestos), encargado de la administración de Roma-ciudad.
Después, la pretura y el consulado.
Una vez que ha sido elegido edil, será inscrito por los censores en el "album Senatus".
Pero el joven "nobilis" tiene, por nacimiento, el privilegio de asistir (como oyente) a las sesiones del
Senado. Los linajes son aún importantes: entre 233 y 133 hubo unos doscientos cónsules: 52 eran de
sólo cinco familias: Cornelii, Aemilii, Fulvii, Claudii Marcelli y Postumii.
Tras diez años de disponibilidad militar y en los que puede ejercer funciones menores, el "nobilis"
aspira a la cuestura.
Guarda intervalos de dos años mínimo entre un cargo y otro y no puede aspirar al consulado antes de
los 36, según establece la "lex Villia", del 180.
.
E)
Anote la funciones de los siguientes funcionarios sacerdotales:
PONTIFICES:
Los pontífices, presididos por el Pontifex maximus, son un collegium de carácter,
en principio, consultivo y encargado de velar por el desarrollo de los ritos y prescripciones de la
religión de Roma. Solían celebrar sesiones en el edificio de la Regia, la antigua morada del rex Numa
Pompilio, padre de la religión romana organizada, en el extremo E. del Foro, entre la Vía Sacra y la
Casa de las Vestales.
Su función era consultiva, pero cuando emitían decreta sobre consultas hechas o asuntos de su
incumbencia, podía tenerse un caso como zanjado.
Tenían a su cargo, entre otras destacadas funciones, la validez de los rituales, el registro de los
Annales y el importante control del calendario público
FLAMINES Eran quince. Los maiores eran el flamen Dialis o de Júpiter, el Martialis y el Quirinalis,
de Marte y Quirino respectivamente: es decir, de la vieja triada indoeuropea anterior a la oficial de
origen etrusco (Júpiter, Juno, Minerva). Los otros doce servían el culto de otros tantos dioses, aunque
sólo nos constan diez: Volturno, Pales, Furrina, Flora, Falácer, Pomona, Vulcano, Ceres, Carmentis y
Portunus. Con. El Dialis debía conservarse permanentemente en perfecto estado de pureza ritual,
pues se le consideraba persona sacratísima, obligada a evitar situaciones inmundas, evitar
contemplar malos presagios, ser objeto de hechizos, etc., por el desvalimiento en que podía, por tales
causas, quedar la comunidad.
REX
Desempeñó las funciones religiosas del rey, tras el 509. Sujeto a la autoridad del
pontifex, era de rango superior a los flamines. Como en el caso del princeps senatus, era patricio e
hijo de matrimonio romano pleno. Su puesto era vitalicio y su esposa era la regina.
VESTALES
F.
. Las vírgenes vestales se encargaban del culto a Vesta, la diosa del hogar.
En relación a las “Kalendas”:
¿Cómo funcionaba conteo del tiempo en la época de los
romanos? Establezca relaciones con el nuestro
En Roma, en tiempos de Rómulo el año constaba de 10 meses, cuatro de 31 días y seis de 30, en
total 304 días.
El año comenzaba el 1 de marzo. Los meses eran: martius (31 días), aprilis (30), maius (31), junius
(30), quintilis (31), sextilis (30), september (30), october (31), november (30) y december (30). Los
cuatro primeros meses están dedicados a Marte, Apolo (Aperta), Júpiter (Maius) y Juno,
respectivamente. Los demás se denominan según el ordinal correspondiente.
Este calendario era demasiado corto, por lo que se usó sólo hasta que Numa Pompilo (716-673 a.C.)
añadió los meses de januarius, dedicado a Jano, al comienzo del año, y februarius, dedicado a Plutón
(Februus) dios del infierno, al final del año. Además redujo el número de días de los meses para
sumar un total de 355 días, con lo que adaptaba el calendario al ciclo lunar
Los meses quedarían así: januarius (29 días), februarius (28), martius (31), aprilis (29), maius (31),
junius (29), quintilis (31), sextilis (29), september (29), october (31), november (29) y december (29).
No existen meses con un número de días par porque se consideraban de mal agüero, excepto
febrero, y por esa misma razón el año tiene 355 días, en lugar de los 354 de ciclo lunar. .
Como este año era demasiado corto cada dos años se añadía un mes de 22 ó 23 días (mercedinus, o
mercedonius). Este mes se intercalaba entre el 23 y el 24 de febrero, y los cuatro días que quedaban
de febrero se consideraban incluidos en mercedinus. Sin embargo, este cómputo era demasiado
largo, ya que daba un total de 366 días y cuarto. Para evitar este desfase en el año 450 a.C. se
acordó que cada ocho años se intercalara tres veces el mercedinus: la octoetérida. La octoetérida se
fundamenta en los cálculos que realizó Cleostrato de Tenedos en el año 500 a.C. La intercalación, y
el cómputo de los años, estaba en manos de los sacerdotes, quienes obraban, según sus intereses.
Las reglas de cálculo del calendario fueron secretas hasta que Cneo Flavio las robó en el 304 a.C. El
sistema era demasiado complicado y arbitrario, incluso para sus contemporáneos. En tiempos de
Julio César había un desfase de tres meses entre el año civil y el astronómico, por lo que se hacía
imprescindible una reforma.
La manera de contar los días era muy peculiar. El mes tenía tres fechas señaladas: las calendas, las
nonas y los idus. Los días se denominaban dependiendo de los días que faltasen hasta la próxima
fecha señalada. Las calendas eran el primer día del mes, las nonas eran el día 5 (excepto en marzo,
mayo, julio y octubre que eran el día 7), y los idus eran el día 13 (excepto en marzo, mayo, julio y
octubre que eran el día 15). Esta división procede del ciclo lunar. Teóricamente las calendas
corresponden al novilunio, las nonas al cuarto creciente y los idus al plenilunio. El día anterior también
se llamaba vísperas, y el anterior a las vísperas antevísperas. De esta manera el 20 de octubre era el
decimotercer día antes de las calendas de noviembre. No existían semanas propiamente dichas
aunque se celebraba un mercado cada ocho días, y los días entre mercados se designaban: A, B, C,
D, E, F, G y H, que se sucedían correlativamente comenzando a contar con A desde el 1 de enero.
Los romanos contaban los años, en los documentos oficiales, según la serie de cónsules y
emperadores (era de los Cónsules, 509 a.C.), pero la era Romana se contaba desde la creación de
Roma: ab urbe condita. Fue Terencio Varrón quien estableció, definitivamente, que la fundación de
Roma había tenido lugar en el año 753 a.C. No obstante hubo intentos anteriores como el de Fabio
Pictor, que la estableció en el 747 a.C.; Polibio, 750 a.C.; Marco Porcio Catón, 751 a.C.; y Verrio
Flaco, 752 a.C.; datos que se deben tener en cuenta a la hora de datar hechos. Tito Livio se adhiere a
la fecha de Catón, aunque en ocasiones usa la de Fabio Pictor. Cicerón usa el cómputo de Varrón,
que al final es el usado por Plinio, y el empleado por los historiadores modernos. Esta era comenzaba
el 21 de abril, aunque normalmente se reduce al 1 de enero.
G:
Haga un esquema explicativo de los tipos “NO ROMANOS” según los “ROMANOS”
Los no romanos no poseen la "civitas Romana".
Son "peregrini", extranjeros, Algunos son aliados, "socii"; otros tienen un pacto ("foedus") especial con
Roma (raramente), firmado en pie de igualdad ("foederati").
Los pueblos no romanos son entendidos por Roma como compuestos por "civitates", análogas a
Roma misma. A cada una se le asigna un estatuto jurídico determinado: excepcionalmente, se le
concede la "civitas Romana".
Un nivel privilegiado es conceder el "ius Latii", al modo de los antiguos aliados de la Liga Latina
arcaica, que tendía a asimilarlos a los romanos cuando los latinos no romanos se trasladaban a
Roma.
Otros niveles son los de "civitates liberae", "immunes" o "stipendiariae", según la benevolencia de
Roma.
Casi todas conservan su legislación e instituciones, lengua y costumbres y renuncian a política
exterior propia. Según su grado de resistencia su territorio ("ager") es declarado por Roma, en todo o
en parte, "ager publicus populi Romani" y se entrega, en ese caso, en "posessio" (no en "proprietas")
a ciudadanos romanos. Estos repartos son decididos por la "nobilitas" (el Senado), cuyos miembros
se lucran extraordinariamente de tales lotes, en detrimento del resto de la ciudadanía.
Las categorías de "municipium" y "colonia (civium Romanorum)" aluden a entidades cuyos habitantes
libres son ciudadanos romanos.