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Rosario, 30 de noviembre de 2015.- VISTO, la presentación realizada por el profesor Titular Dr. Miguel Ángel Ciuro Caldani de la asignatura “Derecho de la Salud y Bioderecho”, y CONSIDERANDO, que el programa propuesto cumple con las exigencias curriculares necesarias para el dictado de la asignatura, QUE, asimismo, se ha establecido que la vigencia del referido Programa, principiará: del año académico 2016, QUE, ha sido tratado y aprobado por el Consejo Directivo en su Sesión del día de la fecha, Por ello, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE DERECHO RESUELVE: ARTICULO 1º: Aprobar la proposición de la materia electiva “Derecho de Salud y Bioderecho” presentada por el Profesor Titular Dr. Miguel Ángel Ciuro Caldani, que en Anexo único forma parte de la presente, y tiene académico 2016.ARTICULO 2º: Inscríbase, comuníquese y archívese.RESOLUCIÓN C.D.Nº648/15.Fdo. Dr. Marcelo Vedrovnik-Decano.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL.- vigencia a partir del año ANEXO FORMULARIO PARA PRESENTACIÓN DE ASIGNATURAS ELECTIVAS (Presentar por Mesa de Entradas y enviar por correo electrónico a Secretaría Académica el PROGRAMA en soporte digital) NOMBRE CARGA HORARIA Derecho de la Salud y Bioderecho DICTADO: (1º cuatrimestre) DÍAS Y HORARIOS: lunes, martes y jueves de 14 a 15,30 hs. METODOLOGÍA CORRELATIVID ADES Teórico práctico. Clases “frontales” y trabajo de grupos. Derecho Civil II. Derecho Constitucional II. MÉTODOS DE EVALUACIÓN FUNDAMENTA CIÓN Examen oral o escrito. El alumno puede presentar, además, un trabajo de investigación referido a algún contenido del programa. La dinámica de la vida jurídica y la complejidad de la integridad tridimensional que propone la teoría trialista del mundo jurídico permiten reconocer la necesidad de tratar nuevas ramas jurídicas “transversales” que enriquezcan la consideración de los planteos tradicionales (Derecho Constitucional, Derecho Internacional, Derecho Administrativo, Derecho Civil, Derecho Comercial, Derecho Procesal, etc.) con otros enfoques donde se atienda a los grandes problemas de la vida, que cada vez son más atendidos en declaraciones de derechos, como el Derecho de la Salud y el Bioderecho, el Derecho de la Educación, el Derecho de la Ciencia y la Tecnología, el Derecho del Arte, etc. e incluso el enfoque abarcador de la Teoría General del Derecho (pueden v. por ej. nuestras investigaciones “Las ramas del mundo jurídico”, en “Jurisprudencia Argentina”, 13 de febrero de 2008, págs. 3/14; "Lecciones de Teoría General del Derecho", en "Investigación ..." cit., Nº 32, págs. 33/76; "Relaciones entre las ramas del mundo jurídico", en "Investigación..." cit., Nº 21, págs. 51 y ss.; "Las ramas del mundo jurídico, sus centros críticos y sus esferas críticas", en "Boletín del Centro de Investigaciones ..." cit., Nº 21, págs. 73 y ss.; "Filosofía de las ramas del mundo jurídico", en "Investigación ..." cit., Nº 27, págs. 65 y ss.; "Las ramas del mundo jurídico en la postmodernidad (Las ramas del mundo jurídico en tiempos de la "crisis de la materia")", en "Investigación ..." cit., Nº 31 y ss., págs. 51 y ss.; ”La conjetura del funcionamiento de las normas jurídicas. Metodología Jurídica”, Rosario, Fundación para las Investigaciones Jurídicas, 2000 y, en colaboración con Ariel ARIZA, Mario E. CHAUMET, Carlos A. HERNÁNDEZ, Alejandro Aldo MENICOCCI, Alfredo M. SOTO y Jorge STÄHLI, "Las ramas del mundo jurídico en la Teoría General del Derecho", en "El Derecho", t. 150, págs. 859 y ss.). En este marco, hemos propuesto y se desarrolla con notable éxito el curso de Derecho de la Educación y, ahora, venimos a presentar el de Derecho de la Salud y Bioderecho. El Derecho de la Salud con su proyección al Bioderecho, dotado de consistencia jurídica propia, diverso del mero derecho a la salud, supera también el campo de la responsabilidad médica para incluir todos los despliegues jurídicos referidos a la salud. Las personas, las instituciones y las cosas en el marco de la salud se diferencian de la concepción que pueden brindarles, por ejemplo, el Derecho Administrativo o el Derecho Comercial. El cierre de un hospital es diverso que el cierre de una oficina administrativa común; el de un sanatorio, distinto que el cierre de una empresa comercial común. El tema central del Derecho de la Salud es el logro de la salud misma y uno de los sujetos más importantes en su desarrollo es el paciente. Dado mi carácter de ex presidente de la Asociación Argentina de Bioética y contando con un muy calificado grupo de colaboradores, integrado por la becaria del CONICET y profesora adjunta Marianela Fernández Oliva, y el docente regular Dr. Elvio Galati, estimo que es un deber ofrecer a la Facultad la posibilidad del curso que ahora presento. Cursos análogos se dictan en otras sedes universitarias, correspondiendo hacer especial mención al CPO que se desarrolla en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires a cargo del Mag. Elian Pregno, cuya caracterización acompaño. Asimismo, en la mencionada Facultad se dictan el Programa de Actualización y Profundización en Derecho de la Salud (Facultad de Derecho UBA, http://www.derecho.uba.ar/academica/posgrados/prog_actua_der_salud_flah.php (18-5-2008) y el Programa de Actualización en Derecho y Servicios de Salud (Contratos y Responsabilidad Médica). (http://www.derecho.uba.ar/academica/posgrados/prog_actua_servsalud.php (18-52008). También cabe mencionar el curso “Gestión de las organizaciones de salud” que dicta en otra sede el doctor Elvio Galati. V. http://www.inadee.com/Programa%20gestion%20de%20salud.htm (20.11.2012). En el Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social funciona un Área de Derecho de la Salud. Al servicio del mismo Centro se publicó la revista “Bioética y Bioderecho” (puede v. http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/byb 18-5-2008). También es posible c. por ej. Unesco, http://portal.unesco.org/search/ui/SearchServlet?formName=test2&hIndexName=am i_index&nbResultByPage=25&hUrlTemplateResult=http%3A%2F%2Fportal.unesco.org %2Fsearch%2Fen%2Fresults.html&output=text%2Fhtml&hPrefPages=prefpages&hPR MetaWeight=&hPRWordlistWeight=7&hPRTitleField=7&hPRDescriptionField=3&hPRR eferenceField=10&rThesaurus=&tUserInput=Bio%E9tica&fOk.x=8&fOk.y=7 18-5-2008; Programa de Educación permanente en Bioética, http://www.redbioetica-edu.com.ar/ 18-5-2008; “Bioderecho” (http://www.bioderecho.cl/ 18-5-2008); http://www.bioderecho.org.mx/; Asociación Argentina de Bioética, http://www.aabioetica.org/ 18-5-2008; Responsabilidad Médica, file:///C:/Documents%20and%20Settings/Administrador/Configuraci%F3n%20local/Ar chivos%20temporales%20de%20Internet/Content.IE5/4TE3WV6L/responsmed%5B1% 5D.ppt#257,1,RESPONSABILIDAD MÉDICA 18-5-2008; Centro de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social, http://www.centrodefilosofia.org.ar/ 18-5-2008; Cartapacio de Derecho http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/ctp 18-5-2008. El 16 de octubre de 2015 el Consejo Directivo de la Fac. de Derecho de la UNR creó el Centro de Investigaciones en Derecho de la Salud, integrado por su director, Miguel Ángel Ciuro Caldani y los co-subdirectores Marianela Fernández Oliva, Elvio Galati y Erika Nawojczyk. OBJETIVOS -Promover la conciencia jurídica acerca de la salud, reconociendo su complejidad y transversalidad a la problemática de las ramas jurídicas tradiconales. -Enriquecer los planteos de las ramas jurídicas tradicionales. -Favorecer la conciencia de la Teoría General del Derecho como enfoque no sólo común sino abarcador de las distintas ramas jurídicas. -Promover la conciencia jurídica de los alumnos. -Formar profesionales idóneos para la investigación, la docencia, la administración y la profesión en el Derecho de la Salud. CONTENIDOS MÍNIMOS * El mundo jurídico, el Derecho de la Salud y el Bioderecho. * La realidad social del Derecho de la Salud y el Bioderecho. * La normas del Derecho de la Salud y el Bioderecho. * Los valores del Derecho de la Salud y el Bioderecho: * El Derecho de la Salud y el Bioderecho en la Teoría General del Derecho. PROGRAMA Unidad I: El mundo jurídico, el Derecho de la Salud y el Bioderecho. Problemática de la compleja noción de salud. Diferentes propuestas. Derecho de la Salud y derecho a la salud. Especificidad del Bioderecho en relación con el Derecho de la Salud. La ciencia, la técnica y la salud. El Bioderecho y la Bioética. Unidad II: La realidad social del Derecho de la Salud y el Bioderecho. Sus distribuciones y repartos. La autoridad y la autonomía. La planificación y la ejemplaridad. Los límites. Unidad III. La normas del Derecho de la Salud y el Bioderecho. Su exactitud. Sus fuentes (constituciones formales, tratados internacionales, leyes, decretos, resoluciones, contratos, formalizaciones de los actos jurídicos personalísimos; fuentes especiales producidas en los ámbitos médicos). El funcionamiento de las normas. El papel de la jurisprudencia. Los conceptos integradores. La responsabilidad en el ámbito de la salud. El subordenamiento normativo. Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos. Ley de derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud. Ley de protección de la salud mental. Ley de medicina prepaga. Ley de sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad. Ley de identidad de género. Ley de contracepción quirúrgica. Ley de educación sexual integral. Ley de salud sexual y procreación responsable. Aspectos de Derecho de la Salud del Código Civil y Comercial de 2014. Unidad IV: Los valores del Derecho de la Salud y el Bioderecho: El complejo de valores: la justicia, salud, utilidad, etc. Las clases de justicia. La pantonomía. La legitimación de los repartos. La autonomía y la aristocracia. La autonomía, la beneficencia y la no maleficencia. El consentimiento informado. El secreto médico. La responsabilidad. Judicialización de la medicina. El régimen justo en el campo de la salud. El humanismo. La protección del individuo contra los demás, sí mismo y “lo demás” (la enfermedad, la miseria, la ignorancia, etc.). Unidad V: El Derecho de la Salud y el Bioderecho en la Teoría General del Derecho. Relaciones del Derecho de la Salud y el Bioderecho con otras ramas jurídicas: el Derecho Constitucional, el Derecho Internacional, el Derecho Administrativo, el Derecho Penal, el Derecho Civil, el Derecho Comercial, el Derecho Procesal, el Derecho Comparado, etc. BIBLIOGRAFÍA BENTOLILA, Juan José, “El Derecho de la Salud como rama transversal del complejo jurídico”, en “Investigación y Docencia”, n°48, Rosario, Univ. Nac. de Rosario, 2014, págs. 7-12. CIURO CALDANI, Miguel Ángel, “Filosofía trialista del Derecho de la Salud”, en “Revista del Centro de Investigaciones de Investigaciones de Filosofía Jurídica y Filosofía Social”., Nº 28, págs. 19/32 (también http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/centro/article/view/681/535 , 08-22012); "Cuestiones axiológicas críticas en el desarrollo del Bioderecho", en "Boletín del Centro de Investigaciones ... " cit., Nº 21, págs. 16 y ss. (también en "Bioética y Bioderecho" cit., Nº 1, págs. 23 y ss.); "Una cuestión axial del Bioderecho: la posición del jurista en la tensión actual entre economía y vida "inútil"", en "Bioética ..." cit., Nº 1, págs. 41/42; "Introducción general al Bioderecho", en "Boletín del Centro de Investigaciones ..." cit., Nº 22, págs. 19 y ss. (y en "Bioética ..." cit., Nº 2, págs. 11 y ss.); "El Bioderecho ante las posibilidades en el campo de la genética humana", en "Bioética ..." cit., Nº 2, págs. 65 y ss.; "La Bioética y el Bioderecho en la cultura de nuestro tiempo", en "Investigación ..." cit., Nº 29, págs. 29 y ss., (y en "Zeus", 27 de octubre de 1997; t. 75, págs. D 71/73); "Las disciplinas filosóficas, la Bioética y el Bioderecho", en "Bioética ..." cit., Nº 3, págs. 11 y ss.; "Filosofía Jurídica Menor, Bioética y Bioderecho", en "Bioética ..." cit. Nº 3, págs. 45 y ss.; "Líneas históricofilosóficas para la comprensión de la Bioética y el Bioderecho", en "Bioética ..." cit., Nº 3, págs. 49 y ss.; "La elaboración de las normas del Bioderecho", en "Jurisprudencia Argentina", 28/X/1998, págs. 14 y ss., t. 1998-IV, págs. 704/712; "El Bioderecho y la teoría trialista del mundo jurídico", en "Bioética ..." cit. Nº 4, págs. 17/23; "Perspectivas filosófico-jurídicas de la salud", en "Bioética ..." cit., Nº 4, págs. 25/32; "Un modelo teórico para el bioderecho (comprensión jurídica trialista de los principios básicos de la bioética)", en SOROKIN, Patricia (coord.), "Bioética: entre utopías y desarraigos" Libro homenaje a la Profesora Dra. Gladys J. Mackinson", Bs. As., Ad-Hoc, Villela Editor, págs. 341/350. Asimismo pueden c. nuestros "Lineamientos trialistas para una Filosofía de la Medicina", en "Bioética ... " cit., Nº 3, págs. 67 y ss. (disponible también en: http://www.carta pacio.edu.ar/ojs/index.php/ byb/article/viewFile/229/132, 08-2-2012); “El Derecho de la Salud ante una nueva era histórica”, en “Investigación y Docencia”, N° 42, págs. 61/75; “Significados de las respuestas acerca del comienzo de la existencia de la persona humana”, en “Investigación...”, n°47, Rosario, UNR, 2013, págs. 111-122; “Aportes conceptuales a la estrategia jurídica: en especial, la oportunidad”, en “Investigación...”, n°47, Rosario, UNR, 2013, págs. 13-42. FERNÁNDEZ OLIVA, Marianela e ISERN, Mariana, “El principio supremo de justicia y el desarrollo del derecho fundamental a la calidad de vida de los ancianos en la postmodernidad”, en “Oñati Socio Legal Series”, vol. 1, n°8, Oñati, Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati, 2011, págs. 1-11. FIDALGO, Maitena María, “Adiós al derecho a la salud. El desarrollo de la medicina prepaga”, Buenos Aires, Espacio Editorial. 2008. 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Una comprensión trialista y transdisciplinaria desde el Derecho de la Salud”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Teseo-Universidad Abierta Interamericana, 2015, https://www.uai.edu.ar/investigacion/publicaciones/TESEO/19Galati/Galati%20%20Los%20comit%C3%A9s%20hospitalarios.pdf (6.10.2015); “Comprehension transdisciplinaire et trialiste des comités d’éthique clinique”, en “Rencontres transdisciplinaires”, en http://basarab.nicolescu.perso.sfr.fr/ciret/ARTICLES/Galati.pdf (08-02-2012); “Consideraciones jurídico-sociales del aborto no punible. 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Corte Suprema de Justicia de la Nación, http://www.csjn.gov.ar/data/dsalud.pdf (22-11-2012). PLANTEL DOCENTE “Derecho a la Salud”, TITULAR: Miguel Ángel Ciuro Caldani ADJUNTOS: Marianela Fernández Oliva (Conforme planta docente actual) JTP: Elvio Galati y Erika Nawojczyk AUTORÍA Y ANTECEDENTES Esta asignatura es el resultado de la trayectoria de los docentes que conforman su plantel, que con su obra doctrinaria y el desarrollo de la materia desde 2012 hacen posible la vida de una nueva rama que es indispensable para el mundo actual y el que ya está en camino. Ha adquirido también amplio reconocimiento en otros espacios del país y el extranjero. FIRMA Esta presentación complementa la efectuada en 2015. PLAN DE ESTUDIOS 2012 Res. C.D. Nº415/11 5.2. ASIGNATURAS ELECTIVAS La nómina de materias electivas es abierta. Cada Cátedra deberá realizar anualmente su propuesta académica (que deberá incluir objetivos, contenidos, descripción analítica de las actividades teóricas y prácticas, bibliografía, metodología de dictado y formas de evaluación, correlatividades exigidas), en la fecha que establezca la Secretaría Académica, la que se elevará para su aprobación al Consejo Directivo de esta Facultad. Éste deberá: a) priorizar aquellas asignaturas electivas cuyos contenidos (según el correspondiente programa analítico presentado) tengan vinculación con los problemas locales y regionales; b) exigir el número de docentes que requiere la reglamentación vigente, tanto para el dictado de la asignatura como para la conformación de mesas examinadoras de alumnos regulares, regularizados y libres. RESOLUCIÓN C.D.Nº648/15 Fdo. Dr. Marcelo Vedrovnik-Decano.ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL.-