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Consejo Directivo de Filosofía UNA ratifica compromiso con la libertad de expresión y garantía para actividades siempre que se preserven derecho de terceros Los miembros del Consejo Directivo de la Facultad de Filosofía conformado por docentes, egresados, estudiantes y funcionarios emitieron un comunicado donde ratifican su compromiso de velar por la preservación de los derechos de terceros y el orden público, conforme lo establece el Art. 32° de la Constitución Nacional que se refiere a la libertad de reunión y de manifestación. Asimismo, expresan que el predio es de todos los que conforman la comunidad universitaria. Es decir, alumnos, docentes y funcionarios quienes conviven en base a una norma que busca racionalizar el uso de los recursos, espacio e infraestructura de la institución para planificar las diversas actividades internas. La Universidad Nacional de Asunción se rige por el Art. 79 que se refiere a la autonomía universitaria y brinda potestad para establecer su forma de gobierno y promover el buen curso de la convivencia en la institución. En otra parte del comunicado, las autoridades institucionales, manifiestan que la convivencia universitaria requiere una práctica más fluida de la comunicación entre todos los estamentos para garantizar el normal desarrollo de las clases, la investigación y la extensión universitaria que hacen a la gestión prioritaria de la Facultad de Filosofía de la Universidad Nacional de Asunción. Las autoridades de la institución señalan que todos los que forman parte de la Casa de Estudios siempre se mantuvieron en el marco de lo que dicta la Ley 4995/2013 “De Educación Superior” y el Estatuto de la UNA, tener conocimiento de las distintas actividades que se desarrollan en el predio. Y así también, la citada Ley que expresa en su Art. 33º, Inciso ñ) “Hacer respetar la inviolabilidad de sus recintos, salvo orden judicial”. Los directivos señalan, que en la institución nunca hubo inconveniente en cuanto al cumplimiento de la norma de convivencia y que siempre estuvo vigente el Estatuto de la UNA. Por consiguiente, manifiestan su compromiso de apoyar las iniciativas y actividades que favorezcan el desarrollo de la formación profesional y humana de los estudiantes, egresados, docentes y funcionarios de la institución y ratifica su convicción acerca de la observancia de los principios de la libertad de expresión consagrados universalmente. Consejo Directivo - Facultad de Filosofía UNA Asunción, 24 de agosto de 2015 UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION FACULTAD DE FILOSOFÍA COMUNICADO DEL CONSEJO DIRECTIVO Ante las publicaciones periodísticas y solicitudes de diversos grupos estudiantiles respecto a la resolución del Consejo Directivo Nº 0798-13-2015 “Por la cual se adoptan medidas académicas y administrativas”, el Consejo Directivo de la Facultad de Filosofía – UNA comunica a la opinión pública en general, a la comunidad educativa de la institución conformada por docentes, egresados, estudiantes y funcionarios, cuanto sigue: Se busca preservar los derechos de terceros y el orden público conforme lo establece el Art. 32º de la Carta Magna, que se refiere a la libertad de reunión y de manifestación. En el marco del Art. 79º de la Constitución Nacional, que se refiere a la Autonomía y potestad de las Universidades para establecer su forma de gobierno, la Resolución se propone: o Racionalizar el uso de los recursos, espacios e infraestructura de la Institución para la planificaciónde las diversas actividades internas. o Fomentar la práctica de la comunicación entre todos los estamentos institucionales. o Enfatizar las actividades relacionadas a los fines de la UNA, y garantizar el normal desarrollo de las clases, la investigación y la extensión universitaria. o Velar por la seguridad de las personas que concurren a la Institución. o Como autoridades responsables de la marcha de la institución, deber establecido en la Ley 4995/2013 “De Educación Superior” y el Estatuto de la UNA, tener conocimiento de las distintas actividades que se desarrollan en el predio. Cabe acotar que la citada Ley expresa en su Art. 33º, Inciso ñ) “Hacer respetar la inviolabilidad de sus recintos, salvo orden judicial”. Consejo Directivo Asunción, agosto de 2015