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Consejo Directivo de Filosofía UNA ratifica compromiso con la libertad de
expresión y garantía para actividades siempre que se preserven derecho de terceros
Los miembros del Consejo Directivo de la Facultad de Filosofía conformado por
docentes, egresados, estudiantes y funcionarios emitieron un comunicado donde ratifican
su compromiso de velar por la preservación de los derechos de terceros y el orden
público, conforme lo establece el Art. 32° de la Constitución Nacional que se refiere a la
libertad de reunión y de manifestación.
Asimismo, expresan que el predio es de todos los que conforman la comunidad
universitaria. Es decir, alumnos, docentes y funcionarios quienes conviven en base a una
norma que busca racionalizar el uso de los recursos, espacio e infraestructura de la
institución para planificar las diversas actividades internas.
La Universidad Nacional de Asunción se rige por el Art. 79 que se refiere a la autonomía
universitaria y brinda potestad para establecer su forma de gobierno y promover el buen
curso de la convivencia en la institución.
En otra parte del comunicado, las autoridades institucionales, manifiestan que la
convivencia universitaria requiere una práctica más fluida de la comunicación entre todos
los estamentos para garantizar el normal desarrollo de las clases, la investigación y la
extensión universitaria que hacen a la gestión prioritaria de la Facultad de Filosofía de la
Universidad Nacional de Asunción.
Las autoridades de la institución señalan que todos los que forman parte de la Casa de
Estudios siempre se mantuvieron en el marco de lo que dicta la Ley 4995/2013 “De
Educación Superior” y el Estatuto de la UNA, tener conocimiento de las distintas
actividades que se desarrollan en el predio.
Y así también, la citada Ley que expresa en su Art. 33º, Inciso ñ) “Hacer respetar la
inviolabilidad de sus recintos, salvo orden judicial”.
Los directivos señalan, que en la institución nunca hubo inconveniente en cuanto al
cumplimiento de la norma de convivencia y que siempre estuvo vigente el Estatuto de la
UNA.
Por consiguiente, manifiestan su compromiso de apoyar las iniciativas y actividades que
favorezcan el desarrollo de la formación profesional y humana de los estudiantes,
egresados, docentes y funcionarios de la institución y ratifica su convicción acerca de la
observancia de los principios de la libertad de expresión consagrados universalmente.
Consejo Directivo - Facultad de Filosofía UNA
Asunción, 24 de agosto de 2015
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION
FACULTAD DE FILOSOFÍA
COMUNICADO DEL CONSEJO DIRECTIVO
Ante las publicaciones periodísticas y solicitudes de diversos grupos estudiantiles
respecto a la resolución del Consejo Directivo Nº 0798-13-2015 “Por la cual se adoptan
medidas académicas y administrativas”, el Consejo Directivo de la Facultad de Filosofía –
UNA comunica a la opinión pública en general, a la comunidad educativa de la
institución conformada por docentes, egresados, estudiantes y funcionarios, cuanto
sigue:
Se busca preservar los derechos de terceros y el orden público conforme lo
establece el Art. 32º de la Carta Magna, que se refiere a la libertad de reunión y de
manifestación.
En el marco del Art. 79º de la Constitución Nacional, que se refiere a la Autonomía y
potestad de las Universidades para establecer su forma de gobierno, la Resolución
se propone:
o Racionalizar el uso de los recursos, espacios e infraestructura de la Institución
para la planificaciónde las diversas actividades internas.
o Fomentar la práctica de la comunicación entre todos los estamentos
institucionales.
o Enfatizar las actividades relacionadas a los fines de la UNA, y garantizar el normal
desarrollo de las clases, la investigación y la extensión universitaria.
o Velar por la seguridad de las personas que concurren a la Institución.
o Como autoridades responsables de la marcha de la institución, deber establecido
en la Ley 4995/2013 “De Educación Superior” y el Estatuto de la UNA, tener
conocimiento de las distintas actividades que se desarrollan en el predio. Cabe
acotar que la citada Ley expresa en su Art. 33º, Inciso ñ) “Hacer respetar la
inviolabilidad de sus recintos, salvo orden judicial”.
Consejo Directivo
Asunción, agosto de 2015