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Transcript
GOBIERNO DE PUERTO RICO
ta
16 Asamblea
Legislativa
6ta Sesión
Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 2042
INFORME NEGATIVO
1 de noviembre de 2011
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico,
previo estudio y consideración del P. de la C. 2042, no recomienda su aprobación.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto de la Cámara 2042 tiene como propósito añadir la Sección 1040M al
Subtítulo A de la Ley Núm. 120 de 31 de octubre de 1994, según enmendada,
conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994”, a fin de
crear un crédito, dentro de cada año contributivo, igual a la cantidad en los
gastos incurridos por el contribuyente en el cuidado médico y atención de su
cónyuge y/o hijos menores de edad contra la enfermedad de cáncer; y disponer
sobre la reglamentación a imponerse por el Secretario del Departamento de
Hacienda.
En su parte expositiva dispone que el cáncer es un conjunto de enfermedades en
las cuales el organismo produce un exceso de células malignas (conocidas como
cancerígenas o cancerosas, con crecimiento y división más allá de los límites
normales, (invasión del tejido circundante y, a veces, metástasis). La metástasis
es la propagación a distancia, por vía fundamentalmente linfática o sanguínea,
de las células originarias del cáncer, y el crecimiento de nuevos tumores en los
lugares de destino de dicha metástasis. Estas propiedades diferencian a los
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tumores malignos de los benignos, que son limitados y no invaden ni producen
metástasis.
El cáncer es generalmente clasificado según el tejido a partir del cual las células
cancerosas se originan.
Un diagnóstico definitivo requiere un examen
histológico, aunque las primeras indicaciones de cáncer pueden ser dadas a
partir de síntomas o radiografías. Ha habido además un significativo progreso en
el desarrollo de medicamentos que actúan específicamente en anormalidades
moleculares de ciertos tumores y minimizan el daño a las células normales. El
diagnóstico del cáncer en pacientes está, en gran medida, influenciado por el tipo
de cáncer, así como por la etapa o la extensión de la enfermedad (frecuentemente
en estados iniciales suele ser confundido con otra patología si no se realizan los
diagnósticos diferenciales adecuados).
Por otro lado, el cáncer es la segunda causa principal de muertes, detrás de las
enfermedades cardíacas.
Sin embargo, las muertes por enfermedades
cardiovasculares están disminuyendo, mientras que las muertes por cáncer están
aumentando. Se estima que a lo largo del siglo XXI, el cáncer será la principal
causa de muerte en los países desarrollados. A pesar de esto, se ha producido un
aumento en la supervivencia de los pacientes con cáncer. El cáncer puede afectar
a todas las edades, incluso a fetos, pero el riesgo de sufrir los más comunes se
incrementa con la edad. El cáncer causa cerca del 13% de todas las muertes. De
acuerdo con al Sociedad Americana del Cáncer, 7.6 millones de personas
murieron de cáncer en el mundo durante el 2007.
Muchos cánceres pueden ser tratados y algunos curados, dependiendo del tipo,
la localización y la etapa o estado en el que se encuentre. Según investigaciones,
los tratamientos se especifican según el tipo de cáncer y, recientemente, también
del propio paciente. El tratamiento del cáncer se fundamenta en tres pilares:
cirugía, quimioterapia y radioterapia. Existe un cuarto pilar llamado terapia
biológica que incluiría la hormonoterapia, y nuevas dianas terapéuticas no
citotóxicas. El tratamiento del cáncer es multidisciplinar donde la cooperación
entre los distintos profesionales que intervienen (cirujanos, oncólogos médicos y
oncólogos radioterápicos), es de máxima importancia para la planificación del
mismo.
Con el alto costo de vida y el gasto en cuidados médicos, es obvio que la
ciudadanía que sufre de cáncer necesita un alivio en estos tiempos en que
vivimos que la economía esta tan difícil. Dado que el tratamiento de cáncer
puede ser muy costoso, aun cuando se recurra a la ayuda de planes de salud
Comisión de Hacienda
Informe Negativo P. de la C. 2042
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médicos privados o del gobierno, es necesario brindar una necesaria ayuda
adicional a estas personas tan agobiadas.
Por todo lo cual, la Asamblea Legislativa estima justo y apropiado crear un
crédito, dentro de cada año contributivo, igual a la cantidad en los gastos
incurridos por el contribuyente en el cuidado médico y atención de su cónyuge
y/o hijos menores de edad contra la enfermedad de cáncer, hasta un tope que no
sobrepasará los mil (1,000) dólares anuales.
ANÁLISIS
Esta medida pretende enmendar el Código de Rentas Internas de 1994, el cual
fue en efecto sustituido por el nuevo Código de Rentas Internas para un Nuevo
Puerto Rico creado por la Ley Núm. 1 de 31 de enero de 2011, según enmendada.
Por tanto, su consideración se torna académica al no dirigirse a una enmienda al
Código vigente.
CONCLUSIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Hacienda no recomienda la
aprobación del P. de la C. 2042.
Respetuosamente sometido,
Antonio Silva Delgado
Presidente
Comisión de Hacienda
ASD/mmr
Comisión de Hacienda