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AGÈNCIA
VALENCIANA
DE SALUT
01/06/2011
DEPARTAMENTO DE SALUD ALICANTE – HOSPITAL GENERAL
PROGRAMA DE USO RACIONAL DEL MEDICAMENTO
Código: PT_AF_1004_Programa de uso racional del medicamento.doc
Fecha de aprobación: 01/06/2011
PROGRAMA DE USO RACIONAL DEL
MEDICAMENTO
Redactado por:
Dr. Marta Aparicio Cueva
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Revisado por:
Dr. Eduardo Climent Grana
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Aprobado por:
Dr. Selva Otaolaurruchi
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PROTOCOLO: Programa de uso racional del medicamento
A. Definición:
Los pacientes reciben la medicación adecuada a sus necesidades clínicas, en las
dosis correspondientes a sus requisitos individuales, durante un período de tiempo
adecuado y al menor coste posible para ellos y para la comunidad”. (OMS, 1985).
Las actividades relacionadas con el uso racional del medicamento que se describen
en este procedimiento se centran en la información, sistema de guía
farmacoterapéutica, medicamentos de especial control. El proceso de atención
farmacéutica se describe en el protocolo PT_AF_1003_Atención Farmacéutica.
B. Responsable: Farmacéutico, médico, enfermera
C. Localización: Zona de atención farmacéutica y validación de prescripciones
D. Procedimiento:
1) Medicamentos de especial control farmacéutico.
El Servicio de Farmacia dispone de procedimientos para la dispensación de
medicamentos que por sus características requieren un especial control.
Los tipos de medicamentos que se incluyen en este procedimiento son:
 Medicamentos estupefacientes y psicotropos.
 Medicamentos de uso restringido(1)
 Medicamentos no autorizados en España.
 Medicamentos de uso compasivo en fase de investigación.
 Medicamentos en condiciones de uso distintas a las autorizadas en España.
 Medicamentos de especial control médico (EC).
 Medicamentos de dispensación hospitalaria para pacientes ambulatorios
(medicamentos H de pacientes externos).
 Medicamentos de alto riesgo.
 Medicamentos no incluidos en la guía farmacoterapéutica.
 Medicamentos destinados a los preparados estériles centralizadas.
 Formulas magistrales.
 Medicamentos que a criterio de la Comisión de Farmacia y Terapéutica
requieran una especial supervisión, seguimiento y control.
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Los métodos de restricción de medicamentos se pueden clasificar:
(1)
 según el agente responsable de la prescripción o la validación previa a la
dispensación. El Servicio de Farmacia dispone de procedimientos que
definen que tipo de especialistas están autorizados para prescribir un
determinado medicamento (por ejemplo: antibióticos restringidos e
infectólogo; anticoagulantes orales y
hematólogo, citostáticos y
oncólogo/hematólogo; eritropoyetinas y nefrología/oncología/hematología).
 según el agente responsable de la validación previa a la dispensación. La
validación previa del farmacéutico es la más usual por producirse a tiempo
real, y cubre los siguientes productos: medicamentos de alto riesgo,
medicamentos no incluidos en la guía farmacoterapéutica, preparaciones
estériles centralizadas, fórmulas magistrales y todos aquellos
medicamentos que a criterio de la Comisión de Farmacia y Terapéutica
requieran una especial supervisión, seguimiento y control, por ejemplo:
hemoderivados (gammaglobulinas iv, albúmina y factores de la
coagulación).
 Según el área médica, que consiste en definir qué áreas o servicios tendrán
el medicamento disponible y cuales no. El máximo exponente de este tipo
es el pacto de botiquines complementarios al sistema de dispensación por
dosis unitaria.
 Según la duración del tratamiento se ejecuta directamente introduciendo un
tiempo máximo en el sistema informático (p.ej., AINEs parenterales,
secuenciación oral de determinados analgésicos (paracetamol) y
antiulcerosos (omeprazol), programas de desescalada de antibióticos y
medicamentos de elevado coste económico.
 Según kits de medicación contemplados en protocolos asistenciales,
incluyen las dispensaciones de fin de semana al alta, la medicación de
carro de paradas.
En el caso que el medicamento prescrito no se adecue a los criterios de utilización
establecidos, el farmacéutico procede a garantizar su cumplimiento, previa
comunicación con el médico prescriptor para conocer las causas/motivos y su
adecuación más óptima.
El proceso de adaptación a la GFT sigue la metodología descrita en el protocolo
“Adaptaciones al sistema de GFT” (PT_AF_1001_Adaptaciones GFT) y no precisa
confirmación inmediata del médico responsable del tratamiento del paciente.
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2) Adaptaciones al sistema de guía farmacoterapéutica
Comprende aquellos procesos por los cuales se lleva a cabo la evaluación de la
prescripción con el objetivo de adaptar el tratamiento farmacológico del paciente
hospitalizado al Sistema de Guía Farmacoterapéutica (SGFT). Esta adaptación
implica múltiples acciones: que van desde el intercambio de medicamentos según el
PT_GFT_1002_Protocolo de intercambio terapéutico, hasta la adaptación del uso de
los medicamentos según los criterios evaluados por la Comisión de Farmacia y
Terapéutica.
El proceso de adaptación a la GFT sigue la metodología descrita en el protocolo
“Adaptaciones al sistema de GFT” (PT_AF_1001_Adaptaciones GFT). Hay siete
tipos de actuaciones al respecto:
169 aF00_Equivalente genérico a:
173 aF00_Validada línea tratamiento x Farmacéutico_Dr.
146 aF01_Adaptación al SGFT_FormFarm equivalente a:
148 aF02_Adaptación al SGFT_EqTer a:
149 aF03_Adaptación al SGFT_Horario de dispensacion definido
150 aF04_Adaptación al SGFT_Dispensación segun criterios de uso
160 aF05_Adaptación_al SGFT_Requiere Proc.especial: UsoCompasivo
171 aF06_medicamento1 -->
Valorar suspender en ingreso
159 aF07_medicamento1 -->
Valorar alternativa en GFT
187 aF08_Aporta&paciente:
En el caso de que el principio activo no esté incluido en la Guía Farmacoterapéutica,
en el Servicio de Farmacia existen documentos aprobados por la Comisión de
Farmacia y Terapéutica, donde se indican grupos de medicamentos susceptibles de
suspensión así como de intercambio terapéutico.
Se distinguen distintas situaciones:
a) Intercambio terapéutico del medicamento prescrito siguiendo el protocolo
aprobado.
b) Intercambio terapéutico del medicamento prescrito no contemplado en el
protocolo de intercambio.
 Si se trata de un medicamento con un índice terapéutico amplio y un
valor terapéutico intrínseco bajo, tras el estudio y análisis de la
prescripción, se decide si se procede o no a la supresión del
tratamiento. Si ésta se lleva a cabo, se notifica mediante hoja de
informe a la Unidad de Hospitalización correspondiente.
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 Si se trata de un medicamento con un índice terapéutico amplio y un
valor terapéutico intrínseco alto, tras el estudio y análisis de la
prescripción, se decide si se procede o no al intercambio terapéutico
por la alternativa del mismo grupo terapéutico incluida en GFT. Si éste
se lleva a cabo, se notifica mediante hoja de informe. En el caso de no
aceptación por parte del médico prescriptor esté justificada, se
procederá a la adquisición del medicamento a la Oficina de Farmacia.
 Si se trata de un medicamento con un índice terapéutico estrecho, tras
el estudio y análisis de la prescripción y previa consulta con el médico
prescriptor, se decide si proceder al intercambio terapéutico o a la
adquisición en Oficina de Farmacia (en caso de no existir una
sustitución segura). Notificando, en el caso de realizarse el intercambio,
mediante hoja de informe a la Unidad de Hospitalización
correspondiente.
Para mejorar la eficacia del proceso de dispensación de medicamentos no incluidos
en la GFT se dispone de un catálogo de productos con el acrónimo “MNIGF” que se
gestiona de forma individualizada y se revisa anualmente para la actualización del
sistema de GFT.
3) Modificaciones del tratamiento
El Servicio de Farmacia dispone de procedimientos para las modificaciones de
tratamientos. Se contemplan las siguientes situaciones:
 Acciones que contemplan un bloqueo de la dispensación de un
medicamento.
165 eFb01_Alergia a: medicamento1
166 eFb02_Duplicidad: medicamento1 <<-->> medicamento2
167 eFb03_Interacción: medicamento1 <<-->> medicamento2
154 eFb04_RAM a: medicamento1
168 eFb05_Duración máxima de: medicamento1
156 eFb06_Precisa clarificar: [….]
 Acciones que contemplan la dispensación de un medicamento cuya
prescripción omite la dosis y/o intervalo o bien omite un medicamento o
bien omite la vía o técnica de administración.
163 eFo01_Dispensado s/ pauta posologica estimada. Preciso confirmar
174 eFo02_Medicamento omitido. Rogamos confirmación.
155 eFo03_Dispensado s/ vía/técnica estimada. Preciso confirmar
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 Acciones que contemplan la modificación farmacoterapéutica de algún
aspecto de la prescripción
161 eFm01_Modificada dosis y/o intervalo
151 eFm02_Medicamento modificado:
170 eFm03_Modificada via y/o tecnica de administración
 Acciones que contemplan subsanar errores de medicación en otros
procesos de la cadena farmacoterapéutica:
Errores en los procesos de transcripción, dispensación, preparación, administración
iGoogle Doc EM formulario
4) Sustitución genérica.
Se entiende por sustitución genérica el cambio de un producto farmacéutico prescrito
por otro de idéntica composición (principio activo), dosis, forma farmacéutica y vía de
administración. La Unidad Central de Compras (UCL) es la responsable a través del
asesor técnico de evaluar periódicamente la idoneidad a tal efecto de los
medicamentos en el mercado y teniendo en consideración aspectos
biofarmacéuticos.
Si el principio activo está incluido en la Guía Farmacoterapéutica se procede a la
sustitución genérica. Dicha sustitución sigue la metodología descrita en el protocolo
“Adaptaciones al sistema de GFT” (PT_AF_1001_Adaptaciones GFT). El registro de
conformidad es como sigue y no precisa comunicación a la Unidad de
Hospitalización:
169 aF00_Equivalente genérico a:
El catálogo de medicamentos genéricos está disponible en la unidad de gestión del
Servicio de Farmacia en cumplimiento de la normativa de compras centralizadas.
Aquellos medicamentos que puedan originar confusiones en su nomenclator o
presentación deberán ser comunicados a la unidad de hospitalización mediante hoja
de informe.
5) Consultas farmacoterapéuticas
La
información
de
medicamentos
en
el
área
de
Dosis
Unitaria también se centra en la información farmacoterapéutica pasiva. Dicha
actividad consiste en la resolución por parte del farmacéutico de las consultas
realizadas por el personal sanitario del Hospital, en el entorno de los procesos de
prescripción y administración de medicamentos.
Las consultas que se realizan pueden ser de tres tipos: administrativo, técnico, clínico
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Para la resolución de las mismas, el farmacéutico acude a las fuentes bibliográficas
habituales. Cuando proceda (relevancia de la consulta o necesidad de emitir informe)
se registra en iFarmaconsult en la web del servicio de Farmacia (Centro de
Información de Medicamentos). Esta base de datos permite: búsqueda por distintos
campos de datos, realizar un informe escrito, valorar los tiempos de respuesta y
permitir una rápida recuperación de la información.
La
información
de
medicamentos
en
el
área
de
Dosis
Unitaria también se centra en la información farmacoterapéutica activa a
profesionales sanitarios, para lo cual, está habilitada en la pagina web del Servicio de
Farmacia: centro de información de medicamentos y Comisión de Farmacia y
Terapéutica. Dicha actividad consiste en difundir la información generada por estas
unidades funcionales del Servicio de Farmacia al resto de profesionales sanitarios:
boletín farmacoterapéutica, actualización de la guía farmacoterapéutica, informes
escritos sobre la inclusión/utilización de medicamentos para la CFT, así como la
información sobre alertas de calidad y seguridad que requiere medidas cautelares.
6) Protocolos farmacoterapéuticos
El Servicio de Farmacia dispone de protocolos farmacoterapéuticos, elaborados y
consensuados con otros servicios clínicos, para indicaciones predefinidas en función
de la situación del paciente:
 profilaxis antibiótica quirúrgica
 profilaxis de tromboembolismo venoso
 tratamiento de la hiperglucemia
 síndrome de abstinencia alcohólica
 Medidas de contención terapéutica de episodios de agitación/violencia
protagonizados por pacientes tanto con patología orgánica como psiquiátrica
 manejo de medicación de carro de paradas
 urgencias y emergencias hipertensivas.
 intoxicaciones en urgencias.
 nutrición parenteral/enteral.
 esquemas oncohematológicos.
En el caso que la prescripción no se adecúe a los protocolos farmacoterapéuticos
establecidos, el farmacéutico procede a garantizar su cumplimiento, previa
comunicación con el médico prescriptor para conocer las causas/motivos y su
adecuación más óptima.
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Las variables que definen el protocolo farmacoterapéutico son:









cobertura de pacientes
indicación
medicamentos
forma farmacéutica, vía, método y sistema de administración, dosis e
intervalo posológico y duración del tratamiento
condiciones especiales de prescripción y dispensación
instrucciones para la preparación de la dosis (preparaciones
extemporáneas) y para la administración (tópicos, comprimidos
sublinguales, relación con alimentos, inhaladores, etc.)
seguimiento del paciente, definiendo los parámetros clínicos a monitorizar
evaluación del resultado, definiendo los parámetros clínicos a evaluar
periodicidad prevista de actualización
7) Sistema de guía farmacoterapéutica
Resultado de del proceso continuo en el que los profesionales de la salud del
hospital, a través de la Comisión de farmacia y terapéutica, seleccionan y evalúan los
medicamentos en base a criterios de eficacia, seguridad y coste. En este sentido, la
Guía Farmacoterapéutica del hospital cumple los siguientes objetivos:
a) informar de los medicamentos aceptados para su utilización por la
Comisión de Farmacia y Terapéutica
b) proporcionar al personal sanitario información farmacoterapéutica básica
relacionada con los medicamentos
c) recoger y difundir las normas y procedimientos que rigen la utilización
segura y eficaz de los medicamentos
d) incluir aspectos puntuales de utilidad terapéutica que contribuyen a una
educación sanitaria integral
En la actualidad, la guía farmacoterapéutica está edita en formato papel y en formato
electrónico. El tipo de información contenida facilita la toma decisiones por parte de
los profesionales.
Dado el perfil de prescripción de los Servicios de Urgencias y de
Pediatría/Neonatología se dispone de una guía específica para estas áreas. Así
mismo se dispone de formularios específicos de administración (enfermería),
medicamentos de especial control.
E. Horario: 24 horas
F. Recursos materiales:
 Sistemas de información de biblioteca y del servicio de farmacia
 PT_GFT_1002_Protocolo de intercambio terapêutico

PT_AF_1001_Adaptaciones GFT

PT_AF_1003_Atención Farmacéutica
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