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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS
CONTRATO DE SERVICIO DE ELABORACIÓN DE PROYECTO Y DIRECCIONES
FACULTATIVAS DE LA OBRA DE EDIFICIO ADMINISTRATIVO EN AVDA DE
FRANCIA, 4 DE TOLEDO
1. INTRODUCCION Y OBJETO DE ESTE CONTRATO.
Se trata de un edificio administrativo localizado en la Avda. de Francia, 4 de
Toledo, que completará el complejo administrativo ya existente y que corresponde a
los servicios centrales de las Consejerías de Bienestar Social y de Sanidad de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Se construirá sobre dos sótanos de aparcamientos ya existentes.
La propuesta arquitectónica que se presente debe integrar los demás edificios
ya construidos en la parcela de forma que se configure un único edificio para dichas
Consejerías.
Se valorará la flexibilidad y versatilidad de los espacios resultantes, para su
adaptación a posibles cambios de uso que se pudieran producir en el tiempo, así como
la resolución de circulaciones interiores con la suficiente autonomía de las áreas
funcionales diferenciadas.
La solución propuesta deberá considerar la viabilidad dentro de la edificación de
ampliación de instalaciones necesarias para su funcionamiento, así como prever
espacios y capacidad para la incorporación de otras instalaciones que fuesen
necesarias en el futuro.
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Se valorarán igualmente soluciones que faciliten el posterior mantenimiento de
la obra y de las instalaciones, así como el ahorro energético.
Muy importante resulta la consecución de un edificio accesible a cualquier
persona incluso en situación de limitación temporal o permanente, de forma que sus
espacios, instalaciones y servicios carezcan de barreras en su totalidad. Se pretende
ser ejemplo de edificio accesible según criterios de accesibilidad universal.
2. UBICACIÓN Y TERRENO.
El terreno se localiza en la Avda. de Francia, 4 de Toledo. Está parcialmente
construído. El nuevo edificio se ubicará en la zona delantera del solar con fachada a la
Avda. de Francia. Se aporta a los licitadores planos de conjunto y del área de
intervención en formato DWG.
3. CONSIDERACIONES GENERALES.
Los
licitadores
ejecutarán
la
PROPUESTA
ARQUITECTONICA
y
el
adjudicatario el PROYECTO BASICO y de EJECUCION de la construcción del edificio
ya citado, ajustándose al PROGRAMA de USOS y funciones que se describen en este
Pliego.
El edificio y sus instalaciones se proyectarán y construirán dentro de los
siguientes condicionantes.
Se cumplirán estrictamente las disposiciones legales de aplicación, como es el
Código Técnico de la Edificación aprobado por Real Decreto 314/2006, de 17 de
marzo. Se cumplirá con DB-HR, Documento básico de Protección frente al ruido,
aprobado por RD 1371/2007, de 19 de octubre. El Proyecto de ejecución cumplirá con
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el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios aprobado por Real Decreto
1027/2007, de 20 de julio. Cuando, durante la ejecución del presente contrato, entre
en vigor una nueva disposición legal de aplicación o modificada una vigente, de las
aplicables al Proyecto Básico y de Ejecución, y el órgano de contratación manifieste
expresamente su criterio de que debe cumplirse, el adjudicatario estará obligado a su
cumplimiento, sin que suponga una modificación del presente contrato.
Las soluciones constructivas referentes a cimentaciones, muros, estructura,
cerramientos, acometidas, enganches, instalaciones en general y demás elementos
relacionados con el funcionamiento normal del Centro, así como los costes que se
deriven de estos tales como ejecución de proyectos técnicos: de instalaciones, de
actividades, etc., tasas oficiales de tramitación de los mismos, licencias de
acometidas, etc., no se considerarán nunca apriorísticos o hipotéticos a resulta de
posteriores estudios, sino que se considerarán definitivos, debiendo el adjudicatario
realizar los estudios necesarios y ampliarlos si lo considera necesario y a su costa,
mediante dictámenes, peritaciones, consultas o cualquier otra documentación, que
complete el desarrollo de la documentación a presentar, siempre antes de la licitación.
En la misma línea del punto anterior, en la PROPUESTA ARQUITECTÓNICA
presentada, con el resto de la documentación exigida, se incluirán todos los trabajos,
materiales e instalaciones precisas para que la obra tenga la consideración de obra
completa, a lo que se refiere el artículo 125 del Reglamento General de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP), y por lo tanto será
a su terminación susceptible de ser entregada al uso general ó al servicio
correspondiente.
En este sentido, la Recepción de las Obras, se realizará después de terminadas
las obras, de haberse cumplido totalmente las estipulaciones del Contrato y se hayan
obtenido todas y cada una de las documentaciones oficiales acreditativas de puesta en
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servicio definitivo de las instalaciones integrantes del edificio, así como todas aquellas
que avalen, definan y justifiquen el proceso constructivo.
El licitador aportará Memoria específica del proceso de construcción con sus
fases, así como estimación de plazos de todo el proceso.
El licitador aportará un Avance de Presupuesto con una Memoria de Calidades
que lo fundamente. Dichas calidades podrán ser modificadas por la Consejería durante
el proceso de redacción del proyecto, aportando al adjudicatario Memoria de
Calidades específicas de esta obra a tener en cuenta en la redacción del Proyecto
Básico y de Ejecución.
El adjudicatario está obligado a presentar a la Consejería de Bienestar Social, en
adelante Consejería promotora, al menos, tres empresas capacitadas para la
realización del Control de Calidad del proyecto, de entre las que aquella designará la
empresa que realizará dicho control. Se adjuntará al proyecto de ejecución el informe
final del control de calidad sobre el mismo, que se presentará para su tramitación por
los Servicios Técnicos.
Al tratarse de un edificio de uso público de carácter administrativo y sede de los
Servicios Centrales de la Consejería de Bienestar Social y de la Consejería de
Sanidad, deberá tener la condición de Accesibilidad Plena.
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4. PROGRAMA DE NECESIDADES.
Las diferentes áreas a tener en cuenta son las siguientes:
1. Garaje-aparcamiento. Se encuentra construida su estructura. Se incluirá en
el Proyecto su terminación, instalaciones, acabados, conexiones con el resto
del complejo y accesos.
2. Urbanización interior de la parcela y su conexión a la vía pública. Se debe
tener en cuenta la servidumbre de paso de una parcela de propiedad privada
existente.
3. Accesos al complejo incluyendo el Acceso principal del edificio, localización
del punto de Información, Registros de ambas Consejerías, Centro de
control para la seguridad donde estarán las pantallas de circuito cerrado,
centralita de incendios, …; Zonas comunes y de conexión con el resto del
complejo.
4. Dependencias administrativas, distribuidas en servicios, secciones y zonas
comunes hasta el máximo de edificabilidad permitida por la normativa
urbanística municipal. Todos los aseos serán accesibles.
5. Se incluirán los ascensores y escaleras necesarios para el volumen de
trabajadores y visitas del complejo. Se revisará el cumplimiento del conjunto
en cuanto a la normativa de protección contra incendios.
6. Se ubicará una zona para uno de los Consejeros y su Gabinete. Se
dispondrá una Sala de espera de visitas, despachos de asesores y Sala de
juntas.
7. Los despachos de Altos cargos dispondrán de servicio higiénico propio.
8. Se diseñará un espacio para Centro de Atención a la Infancia que cumplirá
las especificaciones descritas en la Instrucción para el diseño y construcción
de Centros de Atención a la Infancia redactada por la Consejería de
Bienestar Social. El número de Aulas no será inferior a 6.
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9. Se ubicará un espacio para Centro de Documentación que constará de un
despacho con capacidad para al menos cuatro puestos de trabajo, una Sala
de Lectura de al menos 50 m2 útiles y un Archivo-Almacén. Se dispondrá
una Sala de reuniones.
10. Cada 1000 m2 útiles o fracción se dispondrá una Sala de reuniones, dos
almacenes con posibilidad de ubicar focopiadoras, y un núcleo de aseos con
separación de sexos, todos accesibles.
11. Se dispondrán dos cuartos de limpieza por planta, con vertedero y toma de
agua.
12. Se dispondrá una sala para visitas por planta.
13. Todos los espacios e instalaciones tendrán características similares a los del
edificio ya existente, en cuanto a distribuciones, acabados, luz natural, etc…
Las instalaciones y equipos se construirán completamente registrables para
su mantenimiento y reposición, en su caso.
14. Se incluirán los cambios solicitados por la Administración actuante aún
cuando se ubiquen fuera del ámbito de actuación previsto, siempre que se
localicen dentro del complejo.
15. Se incluirán los espacios necesarios para completar las instalaciones tanto
del nuevo edificio objeto de este contrato como del complejo al que
pertenece, según las indicaciones de la Administración actuante. También
se incluirá en el Proyecto las modificaciones necesarias para el correcto
funcionamiento de las instalaciones del complejo, aunque no estuviesen
dentro del ámbito de actuación.
16. Se pueden proponer por el adjudicatario cambios de las condiciones iniciales
descritas siempre que no minoren las condiciones de seguridad y confort,
pero requerirán aprobación expresa de la Administración actuante para su
inclusión en el Proyecto definitivo.
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5. MATERIALES E INSTALACIONES.
El anterior programa funcional de la edificación servirá de base para la
realización de la propuesta arquitectónica a los licitadores y del Proyecto Básico y de
Ejecución por el Adjudicatario. Para ello se deberán tener en cuenta los siguientes
puntos:

El proyectista deberá eliminar todas las trabas, obstáculos e impedimentos tales
como barreras arquitectónicas, físicas, de alcance, de uso y manejo de forma que
como tal edificio público sea accesible en todos sus recorridos.

Se dotará al edificio de televisión con conexiones en el despacho del Consejero,
Altos Cargos, Salas de reuniones, etc.

Se dotará al edificio con preinstalación de red de voz y datos.

Se proyectarán los sistemas de calefacción y aire acondicionado de forma que
sean los más adecuados a las características del edificio, teniendo en cuenta
soluciones de acondicionamiento bioclimático y eficiencia energética.

Se proyectarán y se colocarán todos los accesorios para aseos.

Luminarias bajo consumo, potencia suficiente y adecuadas al destino previsto. Se
proyectarán y colocarán todas la luminarias, incluso las especiales o decorativas.

Falsos techos de planchas registrables, con las luminarias empotradas o similares.

Habilitar un sistema que permita un cableado bajo suelo del tipo “Suelo Técnico”
que incluya todos los espacios del edificio inclusive zonas no destinadas a personal
(Salas de reuniones, almacenes, etc).

Suelos de gres, terrazos o piedras naturales, madera,..., adecuados al carácter del
edificio.

La construcción se debe plantear de forma que puedan modificarse, en el futuro,
las distribuciones sin grandes obras.
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
Fachadas de acuerdo con las características del entorno y del edificio ya
construído.

Debe contemplarse la instalación de ascensores o elevadores adecuados y
suficientes. Se valora la ubicación de ascensores en recintos protegidos que
puedan utilizarse como ascensores de emergencia. Se ubicarán recintos o zonas
de refugio delimitadas por elementos resistentes al fuego para rescate y
salvamento de personas con discapacidad en todos los niveles donde no esté
prevista una salida de emergencia accesible.

Cada puesto de trabajo debe tener, al menos, una caja que contenga:
-
Una toma de datos.
-
Una toma de teléfono.
-
Dos tomas de corriente protegida por UPS.
-
Dos tomas de corriente general del edificio, bien diferencias de las anteriores.
-
Un interruptor magnetotérmico de 10 A.
En los cuadros de corriente estarán protegidos cada cuatro líneas de puestos de
trabajo por un interruptor magnetotérmico de 16 A. y un interruptor diferencial de 40
A. superinmunizado, además de los generales del cuadro.

La existencia de locales específicos para aparcamiento garaje llevarán una
central automática para la detección de CO (localizada en conserjería), combinada
con un sistema de extracción de gases.
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6. PREVISIONES DE TAMAÑO DEL EDIFICIO.
Se estima en unos 7.200 m2 construídos de nueva construcción, en un edificio
de baja más tres plantas. Se acondicionarán los dos sótanos de aparcamientos cuya
estructura está ya construída.
El presupuesto estimado como Base de Licitación de la obra se calcula en 8,5
millones de Euros.
7. PROYECTO DE EJECUCIÓN.
7.1. Desarrollo del proyecto Básico y de Ejecución.
El Proyecto Básico y de Ejecución se desarrollará a partir de la PROPUESTA
ARQUITECTÓNICA presentada por el adjudicatario. Podrá modificarse, en todo o en
parte, a requerimiento de la Consejería promotora, el contenido de dicha Propuesta
Arquitectónica para adaptarse tanto a la normativa de obligado cumplimiento como al
presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
El desarrollo del Proyecto Básico y de Ejecución será tutelado por un
funcionario designado por la Consejería promotora, que establecerá, conjuntamente
con él, un calendario al efecto. Dicho calendario tendrá carácter vinculante y deberá
cumplir siempre lo definido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que
rige la duración de este contrato.
La Consejería promotora podrá exigir al adjudicatario la presentación de un
Proyecto Básico, si fuese necesario para la solicitud de Licencia de Obras u otras
razones, con carácter previo a la presentación del Proyecto de Ejecución, y sin que la
demora en el plazo que requiere su aprobación resulte, en este caso, incumplimiento
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de los plazos totales establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares.
7.2. Contenidos del Proyecto Básico y de Ejecución.
El Proyecto Básico y de Ejecución deberá contener, al menos, los documentos
establecidos en el art. 124 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas (Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio)
Se presentarán Anexos o Memorias independientes del Cálculo de la Estructura
y de todas las Instalaciones incluidas en el Proyecto. Se incorporarán los Proyectos
independientes firmados por técnico competente que demande la normativa sectorial
de obligado cumplimiento.
Se presentarán Anexos o Memorias independientes del cumplimiento de la
Accesibilidad y del cumplimiento de la normativa de Protección contra Incendios en los
edificios.
El Pliego de Condiciones recogerá únicamente condiciones de tipo técnico,
absteniéndose de considerar prescripciones de índole facultativo, administrativo,
económico y legal, para evitar reiteraciones o contradicciones con la legislación
vigente en materia de Contratos del Sector Público, con el Pliego de Cláusulas
Administrativas que rigen la adjudicación, y demás disposiciones y normativas
sectoriales aplicables.
El
Presupuesto
incluirá
Cuadro
de
Precios
Simples,
Auxiliares
y
Descompuestos. El Presupuesto por Contrata se obtendrá incrementando al
Presupuesto total de Ejecución Material con los porcentajes legalmente establecidos
en concepto de Gastos Generales (13%) y de Beneficio Industrial (6%), ambos
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aplicados sobre el Presupuesto de Ejecución Material, y con el porcentaje legalmente
establecido en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) aplicado sobre la
suma del Presupuesto de Ejecución Material, los Gastos Generales y el Beneficio
Industrial antes señalados.
Se presentará el correspondiente Estudio de Seguridad y Salud con el
contenido exigido por el RD 1627/1997, de 24 de octubre, de disposiciones mínimas
de seguridad y salud en las obras de construcción.
Todos los documentos y planos que componen el Proyecto deberán presentarse
en carpetas o cajas para formato DIN A-4, provistas de cierre que impidan la salida de
hojas o planos sueltos, aportándose 6 copias completas.
Se aportarán 2 copias del Proyecto en formato digital, grabando todos los
documentos integrantes en formato habitual o apto para intercambio (PDF, DOC, TXT,
XLS,…). Al menos una de las copias contendrá los planos en formato DWG de
AUTOCAD y el presupuesto en formato de PRESTO o en formato de compatibilidad
BC3.
La Consejería promotora podrá sustituir la forma de presentación en papel, por
dos copias en papel y el resto en formato digital según lo descrito anteriormente.
La carpeta o caja deberá contener encuadernados los documentos de Memoria,
Pliego y Presupuesto General del Proyecto.
Irán también encuadernados por separado los documentos particulares
correspondientes a las instalaciones y al Estudio de Seguridad y Salud.
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El número y formato de los planos serán de libre decisión del equipo redactor del
Proyecto. Se recomienda tamaños normalizados de planos, que sean manejables. Se
presentarán doblados y sueltos sin coser.
Se aportará un listado completo de planos en las solapas de las cajas que los
contengan.
Cada uno de los documentos no gráficos, deberá llevar todas sus hojas
numeradas correlativamente, diferenciando debidamente sus principales apartados para
una fácil localización. Cada documento irá encuadernado independientemente excepto
los planos que irán sueltos.
Todos los planos llevarán en su parte inferior derecha un sello o carátula de
identificación. En cada plano deberá figurar los técnicos que intervengan en su redacción
y el responsable del Proyecto.
Siempre que se empleen símbolos, deberá indicarse el significado adoptado para
los mismos, en leyenda situada en el mismo plano.
Independientemente de la escala alfanumérica de cada plano, se incluirá una
escala gráfica, en previsión de posibles reducciones o ampliaciones.
Los planos se numerarán correlativamente comenzando por el número ordinal 1, y
sin que pueda existir duplicidad de numeración independientemente del número ordinal,
llevarán además una letra indicativa de su contenido con arreglo a la siguiente
clasificación:
S -- Situación e información básica.
A -- Arquitectura.
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C -- Construcción.
E -- Estructura.
I -- Instalación.
U – Urbanización.
No serán admisibles partidas alzadas (salvo que justificadas debidamente, sean
autorizadas por la Consejería de Bienestar Social).
En las definiciones de las unidades o de los materiales se evitará la mención de
las marcas comerciales, tipos o similares, debiendo identificarse por sus características
técnicas. En caso necesario se mencionará la marca comercial incluyendo el término “o
similar”.
Al comienzo de cada capítulo de instalaciones, se hará expresa mención de que
en el precio de cada unidad está incluida la parte proporcional de costo de puesta en
funcionamiento, permisos, boletines, licencias, tasas o similares, considerándose
siempre la instalación completamente terminada, probada y en funcionamiento.
Todos los documentos irán firmados por el técnico correspondiente de forma
original en su versión en papel.
8. DIRECCIÓN DE LA OBRA Y DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE LA OBRA.
Los facultativos Directores de la obra son las personas con titulación adecuada y
suficiente, directamente responsables de la comprobación y vigilancia de la correcta
realización de la obra contratada. Asumen la inspección continuada y directa de las obras
que la Cláusula 21 del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la
contratación de obras del Estado atribuye a la Administración.
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Actúan como representantes, defensores y administradores de la obra en
representación de la Administración hasta el transcurso del plazo de garantía de la
misma, por lo que cuidarán de la exacta ejecución del proyecto tanto en su aspecto
técnico como económico.
Además de las obligaciones que procedan de los actos derivados de su condición
profesional y de las que se reflejan en la vigente legislación de contratos del Sector
Público y de la edificación, tiene la obligación de:
a) Velar por una ejecución con estricta sujeción al proyecto.
b) Velar por el cumplimiento de los plazos parciales y el plazo total.
c) Autorizar el inicio de las obras, una vez realizada la comprobación del
replanteo sin reservas, haciéndose constar este extremo explícitamente en el
acta extendida.
d) Informar y exigir el cumplimiento del Programa de Trabajo presentado por el
contratista.
e) Dar su conformidad al lugar elegido por el contratista para la instalación de la
“Oficina de obra” y de los almacenes y autorizar su posible cambio o traslado.
f) Examinar los materiales a emplear en la obra comprobando el cumplimiento
de las características exigidas para los mismos en el Proyecto.
g) Realizar cuantas visitas de inspección a la obra sean necesarias, al menos
una semanal, de lo que quedará constancia en el Libro de Ordenes, así como
de cuantas incidencias observe en la ejecución de la obra. Las órdenes e
instrucciones que en interpretación del Proyecto diere la Dirección Facultativa
deberán consignarse por escrito en el Libro de Órdenes.
h) Aportar mensualmente informe sobre el avance de las obras y las
comprobaciones realizadas sobre su ejecución.
i) Realizar mensualmente, la medición de las unidades de obra ejecutadas
durante el periodo de tiempo anterior.
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j) Redactar mensualmente la correspondiente relación valorada al origen,
tomando como base las mediciones de las unidades de obra ejecutada y los
precios contratados.
k) Tramitar, dentro de los diez días siguientes a cada mensualidad, la
correspondiente certificación de la obra, que despachará todos los meses a
partir de la fecha de comprobación del replanteo, tanto si hay obra a acreditar
como si no la hay, debiendo, en este caso, aclarar las razones de la
certificación de cuantía cero.
l)
En el caso de abonos a cuenta por materiales acopiados, apreciar el riesgo
que estos corren y fijar el porcentaje a pagar al contratista. En el caso de
abonos a cuenta por instalaciones y equipos, fijarlos discrecionalmente con las
limitaciones establecidas en la Ley.
m) Seguir y acatar, en todo momento, las indicaciones que reciba de la
Consejería promotora, respecto de la redacción del proyecto, dirección,
recepción y liquidación de la obra.
n) Fijar y valorar los daños y perjuicios ocasionados a la Administración, por la
resolución del contrato por causas imputables al contratista.
o) Remitir a la Consejería de Bienestar Social, con una antelación de un mes a la
fecha de terminación de las obras, la comunicación del contratista indicando la
fecha prevista para la terminación, junto con su informe al respecto.
p) Asistir a la recepción de la obra firmando el acta junto con el representante de
la Administración y el contratista.
q) Dar instrucciones al contratista acerca de la conservación de la obra durante el
plazo de garantía.
r) Realizar la medición general y formular, en el plazo de tres meses desde la
recepción, certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al
contratista a cuenta de la liquidación del contrato.
s) Emitir, dentro del plazo de 15 días anteriores al cumplimiento del plazo de
garantía, el informe sobre el estado de las obras a que se refiere el artículo
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147 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas (Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio) con los efectos
que en dicho artículo se señalan.
t) Realizar la liquidación de las obras pendientes, una vez transcurrido el plazo
de garantía y emitido el informe a que se refiere la letra anterior con carácter
favorable.
u) La Dirección Facultativa deberá recopilar en el curso de la obra toda la
documentación que se haya elaborado para reflejar la realmente ejecutada, de
modo que se pueda conocer, tras su conclusión y con el debido detalle,
cuantos datos sean precisos para llevar a cabo posteriormente los trabajos de
mantenimiento, conservación y, en su caso, de reparación y rehabilitación.
Toda esta documentación será entregada a la Consejería promotora a la
finalización de la obra, acompañada del Libro del Edificio con el contenido
exigido por el Decreto 81/2007, de 19-06-2007 de la Consejería de Vivienda y
Urbanismo (DOCM de 22 de junio de 2007)
v) Además de todas estas obligaciones el adjudicatario tendrá las que se señalan
en Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
(Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio), el Decreto 3854/1970, de
31 de diciembre, por el que se aprueba el Pliego de Cláusulas Administrativas
Generales para la contratación de obras del Estado, la Ley 38/1999, de 2 de
noviembre, de Ordenación de la Edificación y demás disposiciones vigentes en
materia de contratación.
9. COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD.
Con carácter general el adjudicatario asumirá todas las obligaciones establecidas
en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre (B.O.E nº 256, de 25 de octubre de
1997) y concretamente las siguientes:
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1. En fase de Redacción de Proyecto:
-
Estudio de Seguridad conforme al artículo 5 del R.D. 1627/97.
-
Coordinación de proyectistas en materia de seguridad.
2. Exigir el cumplimiento de las medidas de seguridad y salud en obra, conforme
al artículo 9 del R. D. 1627/97.
ANEXO 1: CONTENIDO DOCUMENTAL DE LA PROPUESTA ARQUITECTÓNICA A
PRESENTAR POR EL LICITADOR
Los licitadores presentarán una propuesta arquitectónica con el siguiente contenido
mínimo:
1. Contenido:
Se presentarán los siguientes apartados perfectamente diferenciados:
1. Memoria justificativa de la solución adoptada. Una memoria en la que se
justifique la solución adoptada, detallándose los factores de todo orden a tener
en cuenta, desde el punto de vista funcional, constructivo, económico, de su
accesibilidad y de otros que se consideren trascendentes en función del
proyecto. Se aportará Cuadro de Superficies del edificio.
2. Memoria constructiva y de calidades. Se aportará la justificación de los
materiales y sistemas constructivos propuestos y su incidencia en el plazo de
ejecución. Se aportará avance del presupuesto y plazo estimado para la
ejecución de la obra.
3. Documentación gráfica, La que se estime conveniente en función de la
propuesta presentada. Se incluirá un estudio de la volumetría de la edificación
en el entorno próximo.
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2. Presentación de propuestas arquitectónicas:
Se presentarán 2 copias de la propuesta arquitectónica en formato DIN-A3.
Como máximo se admitirán 20 hojas.
En Toledo, a 10 de marzo de 2008
EL JEFE DE SERVICIO DE
SUPERVISIÓN DE PROYECTOS Y ACCESIBILIDAD
Fdo.: José Carlos Valero Irala
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