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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
ta
2 da Sesión
Ordinaria
16 Asamblea
Legislativa
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. del S. 957
INFORME POSITIVO
12 DE NOVIEMBRE DE 2009
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico,
recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 957 sin enmiendas.
ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA
El P. del S. 957 pretende establecer que solamente los dentistas debidamente
autorizados para practicar en Puerto Rico puedan realizar procedimientos de blanqueo
dental o mejor conocido como “bleaching”. Esta comisión toma conocimiento de lo
establecido en la Exposición de Motivos por lo que procedemos a establecer los
hallazgos de nuestra investigación.
En las puertas hacia el nuevo siglo, la estética es hoy en día una referencia de
salud que lleva al individuo a cambios significativos de sus hábitos de vida y su
comportamiento. La estética la podemos definir como todo aquello que es grato a
nuestros sentidos, es personal, varía de acuerdo con la época y la región en la cual viven
las personas y es aplicable a la naturaleza, el arte y al cuerpo humano, a sus partes o en
conjunto.
Cada vez son más frecuentes los pacientes en busca de una mejor imagen, y los
dientes no se escapan de esta realidad. Tener una sonrisa perfecta es un deseo de
muchos pacientes quienes no toman en cuenta las consecuencias a las que pueden
quedar sometidos, sólo les interesa la satisfacción de tener una sonrisa "blanca".
Esto es producto del constante bombardeo de los medios de comunicación
visuales, lo cual también ha traído como consecuencia, la aparición de ciertos productos
utilizados, para tal fin, que están disponibles en el mercado y que son utilizados por el
consumidor sin ningún control por parte del Odontólogo. Como respuesta a esta
demanda consideramos importante dar a conocer cuales son los riesgos y los beneficios
de las técnicas de blanqueamiento dental, tanto en dientes vitales como en no vitales;
2
técnicas que a lo largo de los años han sufrido modificaciones para asegurar la
comodidad de los pacientes durante su aplicación y evitar los efectos adversos que se
puedan presentar.
La intención de este trabajo no es hacer una revisión bibliográfica de las
diferentes técnicas y los materiales utilizados, sino mencionar los beneficios y los
riesgos a los que están expuestas las personas que se someten a las técnicas de
blanqueamiento, tanto en dientes vitales: con protector nocturno y técnica
termocatalítica en el consultorio o combinación de ambas, como en los dientes tratados
endodónticamente.
El principal beneficio es la satisfacción personal de tener una dentición más
blanca que le permita al paciente sentirse cómodo y agradable con su sonrisa. Sin
embargo, el factor psicológico no es el único beneficio ya que numerosos estudios han
demostrado los efectos del peróxido de carbamida como antiséptico oral y su acción en
la reducción de placa y la curación de heridas, sin reportar efectos secundarios. Bóveda
(1991).
El éxito del blanqueamiento tanto en dientes vitales como en no vitales es
impredecible, ya que la longevidad de los resultados no puede ser 100% garantizado
por el Odontólogo. Howell (1981) comprobó en un estudio que el 50% de los dientes
blanqueados presentaron regresión del color después de un año de haberse realizado el
tratamiento. Fasanaro (1992) estableció que el tratamiento debe repetirse cada dos años.
Por otra parte, Albers (1991) reportó una longevidad de uno a tres años para el
blanqueamiento interno con peróxido de hidrógeno y perborato de sodio. En cuanto al
tratamiento en dientes no vitales se ha recomendado que todo diente que reciba
blanqueamiento intracoronal debe ser controlado durante siete años aproximadamente,
tanto clínica como radiográficamente; si se diagnostica una respuesta cervical
inflamatoria, se deberá realizar de inmediato una terapia con hidróxido de calcio. Cabe
destacar que el éxito del tratamiento se ve influenciado por la causa que produjo el
cambio de coloración; cuando la decoloración ha sido causada por materiales
restauradores que contienen plata y/u óxido de zinc eugenol en su composición, el
pronóstico es reservado. A diferencia de esto, si el origen es la necrosis o hemorragia
pulpar, generalmente existe mejor respuesta al blanqueamiento. Además, mientras más
joven sea el diente, éste se blanquea con mayor facilidad debido a la permeabilidad
dentinaria característica de estos dientes. Otro aspecto que se debe tomar en cuenta, es
el tiempo que ha transcurrido desde que el diente se oscureció, ya que mientras más
reciente haya sido la decoloración, más efectivo y rápido se logrará el blanqueamiento.
Debido al mayor diámetro que presentan los túbulos de la dentina de dientes
jóvenes, a la solución del blanqueamiento se le facilita el paso a través de estos hacia los
tejidos periodontales y así se estimula la resorción ósea inflamatoria. Kehoe (1987),
demostró que el blanqueamiento (perborato de sodio y peróxido de hidrógeno
combinados, utilizando el método termocatalítico) realizado inferior a la unión cemento
–esmalte-produce cambios del pH en la superficie cervical del conducto, que podrían
contribuir a la inflamación y resorción externa del conducto del diente. Debido a esto
3
Montgomery (1984), sugirió la colocación de una base dejando así la obturación del
conducto a un nivel más coronal, para que el efecto de los agentes blanqueadores esté
restringido a la cámara pulpar. Esto ocurre porque los túbulos dentinales están más
coronales en el exterior de la raíz que en el origen del conducto radicular. Madison y
Walton (1990), estudiaron la resorción cervical radicular como consecuencia del
blanqueamiento en dientes tratados endodónticamente, y determinaron que la causa de
la resorción ósea se asocia con la aplicación de calor y del peróxido de hidrógeno al
30%.
Por lo tanto, como medida preventiva, previo al blanqueamiento se recomienda
la colocación de una base, de dos milímetros aproximadamente compuesta por una
delgada capa de hidróxido de calcio protegida de una capa de vidrio ionomérico tipo I,
de esta manera se reduce la penetración del agente blanqueador a los túbulos dentinales
de esa zona, ya que al parecer obstruye los orificios de los túbulos; previamente se debe
haber desobturado el conducto ligeramente por debajo del límite amelo-cementario. La
base debe ser colocada ligeramente coronal a la unión cemento-esmalte, para asegurar
que el peróxido de hidrógeno no penetre en la raíz a nivel proximal de dicha unión.
La sensibilidad gingival debe estar relacionada con la respuesta del paciente a la
concentración de la solución de peróxido, además, si no se toman las debidas
precauciones cuando se aplica calor en el tratamiento de dientes no vitales, pueden
provocarse quemaduras térmicas, quemaduras químicas o un daño significativo de los
tejidos blandos.
Clínicamente, no se han reportado con frecuencia problemas en los tejidos
blandos, sin embargo, puede existir una irritación de la encía o mucosa durante la fase
inicial del tratamiento. Histológicamente, varios autores como Hoffman, Meneghini
(1979) y Tenovuo, Larjava (1984), reportaron que los fibroblastos gingivales son
afectados por el peróxido de hidrógeno. Igualmente Tipton y colaboradores (1995),
refieren que el peróxido de carbamida también es citotóxico para los fibroblastos
gingivales, produciendo así efectos significativos en la viabilidad y morfología celular y
en la proliferación y producción de fibronectina y colágeno, los cuales fueron
significativamente reducidos.
Para disminuir esta irritación se sugiere reducir el tiempo de exposición al agente
blanqueador, si el problema persiste, se debe suspender el tratamiento por uno o dos
días mientras mejora la condición gingival.
Cuando se realiza el blanqueamiento en dientes vitales con el uso del protector
nocturno, debe asegurarse el perfecto adaptado de este a los márgenes gingivales; si el
blanqueamiento es realizado en el consultorio, utilizando altas concentraciones de
peróxido de hidrógeno, debe realizarse un buen aislamiento absoluto acompañado del
uso de un aislante de los tejidos blandos como el Opal-dam o el Ora-seal putty
(Ultradent), el cual se coloca por debajo del dique de goma y previene el contacto del
agente blanqueador con los tejidos gingivales.
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La sensibilidad dental parece estar relacionada con el paso de peróxido de
hidrógeno a través del esmalte y la dentina, lo que produce una ligera irritación pulpar
(Feinman, 1995), por esta razón, se contraindica el tratamiento en pacientes con
hipersensibilidad dentaria no controlada.
El paciente generalmente refiere presentar sensibilidad durante una semana
después de haberse realizado el blanqueamiento. La sensibilidad dentaria es
significativamente mayor cuando se utiliza soluciones de carbamida al 15% o más, las
cuales son efectivas a corto plazo (Haywood, 1997).
El efecto secundario que se presenta con más frecuencia durante el
blanqueamiento de dientes vitales con el uso de férulas nocturnas, es la sensibilidad
dental a los cambios de temperatura, que se presenta con mayor frecuencia en la
primera hora después de remover el protector o durante las primeras fases del
tratamiento, esto se le atribuye a la naturaleza de libertad de difusión del material, más
que al bajo pH de la solución (Croll, Cavanaugh, 1986; citados por Bóveda, 1991). En
realidad todavía se desconocen los efectos provocados en la pulpa por los tratamientos
a largo plazo con peróxido de carbamida. Por otra parte, decenas de años de prácticas
en el consultorio utilizando soluciones de peróxido de hidrógeno al 35% con calor o luz,
nunca han provocado necrosis pulpar excepto cuando el diente se sobrecalienta o se
traumatiza (Goldstein - 1987; Zach, Cohen, 1965; citados por Bóveda, 1991).
El blanqueamiento de los dientes no vitales va seguido generalmente por una
restauración estética. Uno de los requisitos fundamentales es que la restauración
estética prevenga la microfiltración marginal (Barkhordar y col. (1998)) Hicieron un
estudio donde sus resultados corroboran los de otros estudios publicados en los que se
ha observado que el blanqueamiento tiene efectos nocivos sobre la interfase dienterestauración. Por lo tanto, recomiendan la colocación de la restauración estética
indicada a los dos días de haberse culminado el blanqueamiento para minimizar el
efecto del agente blanqueador sobre las propiedades adhesivas de dicha restauración.
Sin embargo, se considera más seguro realizar las restauraciones estéticas necesarias,
siete días después de finalizado el blanqueamiento.
Los odontólogos deben ser precavidos al usar la solución de peróxido de
hidrógeno al 35%, ya que pueden quemarse ellos y el paciente. El blanqueamiento se ve
limitado cuando el paciente refiere tener manifestaciones alérgicas en relación con la
solución blanqueadora o al material de confección de la cubeta, tales como: sensación de
quemadura, garganta seca, nauseas, irritación o edema (Goldstein (1996)), recomienda
determinar la sensibilidad y translucidez de los dientes antes del tratamiento, ya que los
dientes altamente translúcidos no blanquean bien, a veces apareciendo más grises.
Cuando existe la presencia de restauraciones de resina, corona u otro material
estético, puede que necesiten cambiarse por razones de modificación del color que se
provoca en la superficie dentaria. Puede que haya remoción superficial de pigmentos
extrínsecos de sobre o alrededor de alguna restauración presente. Sin embargo, el color
intrínseco actual de la resina compuesta no parece alterarse significativamente por
ninguna de las soluciones blanqueadoras (Bóveda, 1991).
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A pesar de que existen autores como Seghi y Denry (1992), que comunicaron en
un estudio in vitro el aumento de la susceptibilidad de fractura de dientes blanqueados;
Ernst y colaboradores (1996), realizaron un estudio in vitro donde concluyeron que la
aplicación superficial de los agentes blanqueadores no parece afectar la superficie
externa del esmalte de los dientes humanos. 1
Es un tratamiento que según lo define la Asociación Dental Americana, existen
tres tipos de formas de blanquear los dientes, a saber:
 En las oficinas dentales
 En el hogar
 Pastas con blanqueadores
La primera alternativa es donde un dentista certificado y licenciado para
practicar la odontología, verificará sus encías y dientes para asegurase que estos estén
saludables para realizar el tratamiento. Las restauraciones defectuosas y/o dientes
cariados deben de ser corregidos previo al tratamiento. Se procede a tomar unas
impresiones dentales, para luego fabricar modelos de estudio; donde luego en estos se
fabrican cubetas o boquillas hechas a la medida y se procede con el blanqueo.
Baratieri LM., Ritter AV., Monteiro S. Jr., de Andrada MAC., Vieira LCC.: (1995) Nonvital tooth bleaching:
guidelines to the clinician. Quintessence Int., 26 (9): 597-608.
1
Barkhordar RA., Kempler D., Plesh O.: (1.998) Efecto del blanqueamiento de dientes no vitales sobre la
microfiltración de restauraciones de composite. Quintessence (ed. esp.), 11 (4): 209-212.
Bóveda C.: (1.991) El blanqueamiento de dientes vitales con protector nocturno. Acta Odont. Ven., 29 (2): 65-69.
Carrillo A., Arredondo MV., Haywood V.: (1.998) Simultaneous bleaching of vital teeth and an open–chamber
nonvital tooth with 10% carbamide peroxide. Quintessence Int., 29: 643-648.
Ernst C., Briceño B., Willershausen-Zönnchen B.: (1.997) Efectos de los agentes blanqueantes con peróxido de
hidrógeno sobre la morfología del esmalte humano. Quintessence (ed. esp.), 10 (1): 13-16.
Feinman RA.: (1.995) Safe and effective bleaching. Ultradent Restaurative Monograph, 11-18.
Feinman RA., Mandray G., Yarborough D.: (1.991) Chemical, optical, and physiologic mechanisms of bleaching
products: A review. The Bleaching Report.
Haywood VB.: (1.997) Historical development of whiteners: clinical safety and efficacy. Aesthetics, 98-104.
Heymann HO.: (1.997) Bleaching of vital teeth. Quintessence Int., 28 (6): 420-427.
Madison S., Walton R.: (1.990) Cervical root resorption following bleaching of endodontically treated teeth. J.
Endodon., 16 (12): 570-574.
Montgomery S.: (1.984) External cervical resorption after bleaching a pulpless tooth. Oral Surg., 57 (2): 203-206.
Leonard RH., Haywood VB., Phillips C.: (1.998) Factores de riesgo en el desarrollo de sensibilidad dentaria e
irrigación gingival en los tratamientos de blanqueamiento vital con férulas nocturnas. Quintessence (ed. esp.), 11:
283-289.
Smith J., Cunningham C., Montgomery S.: (1.992) Cervical canal leakage after internal bleaching procedures. J.
Endodon., 18 (10): 476-481.
Od.
Onelia
Lozada,
Docente
Temporal
de
la
Facultad
de
Odontología
de
la
Od.
Claudia
García,
Colaborador
Docente
de
la
Facultad
de
Odontología
Tutor: Dr. Iván Alfonso. Profesor Asistente de la Facultad de Odontología de la U.C.V.
U.C.V.
U.C.V.
6
El tratamiento en el hogar, el paciente lo realiza en su casa, pero bajo estricta
supervisión de su dentista, luego que este haga un examen clínico y revisión de su
historial médico. El tratamiento de pastas dentales que contienen blanqueador, es el que
el paciente compra en su farmacia y lo utiliza; el cual contiene un porciento bajo de
blanqueador haciéndolo lento en ver los resultados.
A diferencia de las oficinas dentales, últimamente han surgido quioscos
improvisados de blanqueamiento dental dentro de los centros comerciales, salones de
belleza etc., en donde no existe control de salubridad (ya que es un espacio abierto),
donde las personas que realizan estos tratamientos no tienen ningún tipo de licencia
dental, estudios o conocimiento en el manejo de respuestas adversas al tratamiento. No
se realiza un examen dental antes del tratamiento, que determine que sus encías están
saludables y que usted no tiene dientes cariados. No existe una revisión a su historial
médico, lo que puede causar que de usted ser alérgico a algún componente utilizado
para la fabricación de los blanqueadores o al látex, pueda usted responder
adversamente y no exista personal entrenado para asistirlo en caso de una emergencia.
Además son personas practicando la medicina dental sin licencia, en caso de usted
querer reclamar por algún daño sufrido, no existiría entidad para reclamar, por dejarse
realizar un tratamiento dental por personal no certificado sin supervisión de un dentista
licenciado. 2
En los últimos años, individuos inescrupulosos y entidades irresponsables han
pretendido lucrarse a costa de la salud del pueblo. En muchas instancias intervienen las
áreas reservadas para profesionales de la salud, que son los que están cualificados para
ofrecer dichos servicios. Una de las áreas más afectadas ha sido la de la estética. Hemos
visto recientemente cómo estas personas ofrecen servicios donde crean unas
expectativas falsas, pero peor aún, como le ocasionan daños a las personas con las que
intervienen consecuencia de su falta de pericia. Muchas de estas personas, al no estar
colegiadas ni reguladas por el estado, no se exponen a grandes sanciones como
consecuencia de su mala práctica o de ejercer sin autorización una profesión par la cual
no están cualificados ni certificados.
Es y debe continuar siendo política pública del Gobierno de Puerto Rico que la
salud del pueblo quede en manos de profesionales y no de mercaderes y comerciantes.
Es por ello que es imperativo que esta Asamblea Legislativa enmiende la Ley Número
75 de 8 de agosto de 1925 para especificar que el procedimiento de blanqueamiento
dental, también conocido como “bleaching”, podrá ser ofrecido exclusivamente por
profesionales autorizados a ejercer la cirugía dental en Puerto Rico. Cónsono con lo
anterior, aquella persona que ofrezca el referido procedimiento sin estar debidamente
autorizado, incurrirá en violación de ley, y estará expuesto a las sanciones penales
contempladas en la Ley Dental.
Blanquear o no blanquear los dientes en los Centros Comerciales, ¿Un riesgo para usted y su salud?
Por: Dr. José L. Rivera-Zayas
2
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PONENCIAS
COLEGIO DE CIRUJANOS DENTISTAS DE PUERTO RICO
Agradecen la oportunidad que se les brinda para deponer sobre el Proyecto del
Senado 957 y endosan la medida. Esta pieza legislativa va encaminada a enmendar la
“Ley Dental de Puerto Rico”, a fin de aclarar que sólo las personas autorizadas para
ejercer la Cirugía Dental en Puerto Rico están autorizadas a realizar el procedimiento de
blanqueamiento dental, también conocido comúnmente como “bleaching”. Esto
implicaría que cualquier persona que realice dicho procedimiento fuera de ley, estará
sujeta a las sanciones penales contempladas en la Ley Núm. 75 de 8 de agosto de 1925.
Inician su ponencia haciendo una trayectoria histórica sobre la búsqueda del hombre
por mantener su sonrisa. Desde las primeras civilizaciones, el ser humano ha puesto un
alto valor a una sonrisa atractiva, aunque en muchas ocasiones únicamente por vanidad
o razones puramente estéticas. Lo que no podemos olvidar, es que más allá de unos
dientes blancos y atractivos, debemos procurar tener una buena higiene oral y tener una
dentadura saludable y perdurable.
A la luz de ese principio, aunque se pueda percibir como un tratamiento
puramente estético, el proceso de blanqueamiento es uno dental, que en su opinión
requiere del peritaje de un dentista licenciado y autorizado para ejercer la profesión en
la Isla. Hacen la distinción, de que a pesar de que se mercadeen comercialmente en
farmacias y tiendas al detal productos para uso doméstico que ayudan al
blanqueamiento de los dientes, esto no significa que este proceso se tome a la ligera y se
coloque en el mismo nivel que un recorte o masaje corporal. El hecho de que los
procesos de blanqueamiento se perciban como cosméticos parece haberle dado un
permiso no autorizado e ilegal, a la proliferación de quioscos en centros comerciales y
ofrecimiento de dichos servicios en salones de belleza y de estética, atendidos por
manos inexpertas. Lejos de oponernos a que los pacientes tengan opciones para escoger,
se oponen a que:
1. no se respeten los cánones de nuestra profesión,
2. se relegue a un segundo plano los estrictos estándares de limpieza, seguridad,
confidencialidad, entiéndase cumplimiento con HIPAA, control de infecciones y
contagios en lugares sin privacidad y básicamente a la intemperie,
3. se pasen por alto evaluaciones previas de un profesional para garantizar un
tratamiento seguro y realmente óptimo, de acuerdo al historial dental particular
de ese paciente,
4. se manejen sustancias peligrosas (químicas) por manos inexpertas que pueden
resultar en quemaduras, aspiraciones y complicaciones/efectos secundarios que
podrían inclusive, tener un resultado nefasto para el paciente,
5. no se cumpla con la ley y con el pronunciamiento reciente de la Junta Dental
Examinadora que claramente define que blanqueamiento es practicar la medicina
dental y de que sólo dicho profesional está autorizado en ley para llevar a cabo
dicho tratamiento.
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Su posición no defiende los intereses de una clase. Estamos hablando de tres
responsabilidades ineludibles:
-Prevención de complicaciones,
-Protección de información confidencial protegida por ley, que de otro modo podría
quedar a la merced de terceros,
-Control de riesgos, si lo enmarcamos dentro de la crisis actual del virus AH1N1
que requiere de un compromiso aún mayor de limpieza, esterilidad y sanidad
que minimice su contagio. Independientemente de esta situación, estos
procedimientos requieren tomar medidas de prevención y control de infecciones
y de contaminación cruzada.
Los dentistas piden un “ALTO” a la proliferación de “pseudo” dentistas que sin
estudios, ni experiencia, ni peritaje pretenden realizar un procedimiento que requiere
previsiones y que, mal manejado, podría resultar en malas consecuencias. Expresan que
“Los dentistas atendemos pacientes…estos “pseudo dentistas” o mercaderes de nuestra
profesión, atienden clientes, cual si se tratara de la venta de zapatos o productos de
belleza.”
Cabe señalar que los dentistas tienen oficinas que cumplen con los más altos
estándares de la Ley estatal y federal, poseen y reanudan permisos y licencias que
validan su peritaje, bajo varios controles estatales y federales. Estos quioscos de cuatro
paredes y dos sillas, se multiplican de la mano de salones de belleza, “spas” y centros
comerciales con el simple pago de una renta y están liderados por comerciantes, no por
profesionales de la salud.
Los dentistas tiene el bagaje de una serie de estudios postgraduados con un
mínimo de 8 años, más varios adicionales para los especialistas, y toman 45 créditos de
educación continua cada tres años. Por otro lado las personas que lo realizan en salones,
toman cursos cortos o reciben un adiestramiento superficial que, a su juicio, les
“autoriza” a emular la función de un dentista sin el bagaje adecuado. Estos
comerciantes carecen de “enforcement” en el sentido que el Estado no provee remedios
a prácticas indebidas, contrario a los dentistas que son sancionados por sus actos por la
Junta y se les requiere seguros para cubrir posibles reclamaciones por impericia.
En la práctica de los dentistas este procedimiento se ciñe a las siguientes etapas:
El blanqueamiento dental es un proceso químico oxidativo que implica la alteración
intrínseca del color del diente con el propósito de mejorar la apariencia estética de los
dientes naturales. Este proceso requiere diferentes concentraciones de químicos de
acuerdo a cada paciente, que deben ser manejados con precaución y con mayor
responsabilidad durante su aplicación y tiempo de exposición que permanecen en la
dentadura, así como durante su remoción.
EVALUACIÓN
El dentista primeramente evalúa la condición del paciente, incluyendo su historial y
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condiciones preexistentes como, por ejemplo, diabetes y padecimientos
cardiovasculares. Se evalúa el además el estado bucal actual, condición física total,
estilo de vida, expectativas o resultado deseado por el paciente y complicaciones que
pudieran afectar la aplicación segura del material de blanqueamiento. Durante este
examen inicial, se evalúa si el paciente en realidad es candidato para el procedimiento,
dado que no puede tener caries dentales sin tratar, enfermedad periodental y otras
condiciones que sólo pueden ser diagnosticadas por un dentista. Mujeres embarazadas,
así como pacientes con condiciones especiales, no son candidatos para blanqueamiento
dental.
APLICACIÓN
Una vez el dentista realiza una limpieza dental completa para que el esmalte esté libre
de placa, procede a colocar los químicos oxidativos, en las concentraciones que
corresponden a cada caso, que oscilan entre 20% y 38% y exponer dicho químico a una
fuente de luz por un tiempo determinado que también varía de acuerdo al nivel de
blancura que se desea obtener.
SEGUIMIENTO
A través de una visita de seguimiento, el dentista puede evaluar el progreso del
paciente y que se haya logrado el efecto deseado, así como atender cualquier efecto del
tratamiento en materiales restaurativos que requieran atención. Este seguimiento puede
incluir cambios en la dieta, uso de ciertos productos de higiene bucal y retoques
subsiguientes.
Efectos secundarios potenciales y precauciones
Desde el manejo de los químicos y las concentraciones de los mismos, hasta el tiempo
de exposición a la fuente de luz, tienen que ser monitoreados con cuidado porque
pueden presentar complicaciones inesperadas. Bajo manos inexpertas la fuente de luz
puede resultar en daños a tejidos orales, faciales y de los ojos. Otros efectos secundarios
más serios incluyen alteración del sentido del gusto, quemazón en la cavidad oral,
alteración en restauraciones dentales, reacciones alérgicas, quemaduras en la boca o
cara porque se corren los químicos, que es uno de los casos que muchas veces llegan a
nuestras oficinas como resultado de tratamientos “de pasillo”, salones y quioscos bajo
personal no autorizado.
Existen aun riesgos mayores, como choque anafiláctico, bronco espasmos aspiraciones
físicas y químicas que pudieran tener un desenlace mortal, situación que se agrava si
ocurren en un lugar y con personal que no está preparado para atender este tipo de
emergencias. En claro entendimiento y apoyo de las responsabilidades y manejo de
riesgos asociados con el procedimiento de blanqueamiento, la Junta Dental
Examinadora emitió el pasado septiembre, un Pronunciamiento sobre la Práctica del
Procedimiento de Blanqueamiento Dental donde:
-Establece que sólo el Dentista Certificado está capacitado y entrenado para el manejo
del tratamiento de blanqueamiento dental y de otras condiciones y establece las
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certificaciones y licencias necesarias par ejercer la práctica de Medicina Dental u
Odontología en la Isla, que sobrepasan una docena.
-No autoriza el tratamiento de blanqueamiento dental brindado por personas que no
sean Dentistas Certificados por dicha Junta.
-Prohíbe la aplicación de agentes de uso corporal, que no estén bajo clasificación de
“Over the Counter”/OTC, por cualquier persona que no sea dentista o esté supervisado
por un dentista durante el procedimiento de aplicación de dicho tratamiento.
-Advierte que personas que no sean Dentistas Certificados por la Junta Dental
Examinadora de Puerto Rico y que brinden este tratamiento, se exponen a ser
procesados por la práctica ilegal de la odontología en Puerto Rico, con sus subsiguientes
consecuencias y penalidades.
CONCLUSIÓN
Luego de evaluada las ponencias y de la investigación esta Honorable Comisión
concurre sobre las mismas en el sentido de que la práctica de “bleaching”, aunque en su
abstracción inicial se puede entender que es uno de carácter cosmético, el mismo
envuelve la exposición a químicos y procedimientos abrasivos a los dientes. Su
aplicación puede conllevar consecuencias adversas a la salud, si no se toman las
medidas cautelares adecuadas para salvaguardar la salud de las personas que se
someten a los mismos. El gobierno de Puerto Rico tiene la obligación de asegurarse que
el manejo y el cuidado de la salud, es realizado exclusivamente por personas
profesionales. La formación académica de estos profesionales, así como las destrezas
adquiridas tanto en las clínicas como en el ejercicio de la profesión, garantizan que la
salud del pueblo estará en manos de personas competentes.
Basado en ello, entendemos que las personas que apliquen los mismos, deben de
estar debidamente capacitados para poder atender adecuadamente situaciones que
puedan surgir por estos procedimientos. Por consiguiente esto debe recaer en un
profesional capacitado y debidamente adiestrado, que posea las herramientas y
destrezas necesarias para atender al paciente.
Por todas las razones antes expuestas, vuestra Comisión de Salud recomienda la
aprobación del Proyecto del Senado 957 sin enmiendas.
Respetuosamente sometido,
HON. JULISSA NOLASCO ORTIZ
Presidenta
Comisión de Salud