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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº
4575
30 de abril, 2004
DAGJ-948-2004
Doctor
Daniel Quesada Rodríguez
Director General a.i.
HOSPITAL MÉXICO
Estimado señor:
Asunto: Se autoriza la contratación en forma directa de 250 frascos del medicamento
oxaliplatino 50 mg (código 1-10-41-4153) utilizado en el servicio de oncología para el tratamiento
de cáncer de colon, por un monto total de treinta y cinco millones de colones.
Nos referimos a su oficio DGHM-1150-2004 de fecha 19 de abril del 2004, mediante el cual
solicita nuestra autorización para contratar en forma directa 250 frascos del medicamento
oxaliplatino 50 mg (código 1-10-41-4153) utilizado en el servicio de oncología para el tratamiento
de cáncer de colon, por un monto total de treinta y cinco millones de colones.
I. ANTECEDENTES DE LA SOLICITUD.
De importancia para la resolución de la presente gestión cabe resaltar los siguientes elementos:
1) Que el medicamento se necesita en forma urgente para el tratamiento de los pacientes con
cáncer de colon.
2) Que la cantidad solicitada cubre las necesidades de los pacientes autorizados por el Comité
Local de Farmacoterapia.
3) Que la solicitud se hace con base en el artículo 2 inciso d) y h) de la Ley de Contratación
Administrativa.
II. CRITERIO DEL DESPACHO.
Vistas las justificaciones y antecedentes que rodean la solicitud bajo estudio, este Despacho
—de conformidad con la normativa vigente y los principios que rigen la contratación
administrativa, y con fundamento jurídico en el artículo 2 inciso h) de la Ley de Contratación
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Administrativa— no tiene objeción en autorizar la compra en forma directa de 250 frascos del
medicamento oxaliplatino 50 mg. (código 1-10-41-4153) utilizado en el servicio de oncología para
el tratamiento de cáncer de colon, por un monto total de treinta y cinco millones de colones. Por el
uso específico del medicamento, queda evidenciada la necesidad institucional de adquirirlo a la
brevedad posible, y el interés público envuelto, como es la salud pública y en forma específica la
atención de los pacientes con cáncer de colon.
III.
CONDICIONES BAJO LAS QUE SE OTORGA LA AUTORIZACION.
La autorización que se otorga, queda condicionada al cumplimiento de las siguientes
condiciones:
a) De previo al inicio de su trámite, la Administración deberá verificar que se cuenta con
la partida presupuestaria que demuestre que se cuentan con los fondos suficientes para
hacer frente a las obligaciones, derivadas de la presente autorización.
b) Se deberá cursar invitación a —al menos— tres proveedores, no necesariamente,
inscritos en el Registro de Proveedores de la Institución, lo cual no obsta que otros
proveedores no invitados sometan su oferta a concurso.
c) La presente autorización se otorga por un monto de treinta y cinco millones de colones,
para la compra de 250 frascos del medicamento oxaliplatino 50 mg (código 1-10-414153).
d) La adjudicación del presente concurso, deberá darse en un plazo máximo de un mes.
e) En vista de que las autorizaciones se otorgan bajo un marco de hechos determinado —
principalmente en cuanto a monto y plazo—, el cual nos permite valorar si, bajo esas
circunstancias especificas procede o no, brindar la autorización, en caso de que la
Administración desee variar esas condiciones bajo las cuales fue autorizada la
contratación, deberá, entonces, comunicarlo a este Despacho, con el fin de que se valore
si procede o no tal modificación contractual.
Atentamente,
Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada.
Gerente Asociado
BCHA/Rbr
NI: 7671.
 Autorizaciones y aprobaciones.
Licda. Berta María Chaves Abarca
Fiscalizadora