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SC-CP-20-14
San José, 30 de abril de 2014.
COMUNICADO DE PRENSA
INFORME DE ASUNTOS RELACIONADOS CON DERECHO A LA SALUD
VOTADOS EN LA SEMANA DEL 21 AL 25 DE ABRIL DE 2014
Con el fin de mantenerles informados sobre los principales asuntos resueltos por la
Sala Constitucional en materia de Salud, se emite el presente comunicado con la
información de los recursos de amparo declarados con lugar y con alguna orden expresa, de
la semana del 21 al 25 de abril de 2014.
En total fueron 33 asuntos declarados con lugar y con orden expresa que se detallan
de la siguiente manera:
El martes 22 de abril se resolvieron 13 recursos de amparo relacionados con salud
con orden y sobre los siguientes temas:
Tema
Intervención quirúrgica, cirugía
Medicamentos
Traslado a cita médica
Cita médica
TOTAL
Cantidad
9
3
1* (este caso es uno solo que requería la
cirugía y ser trasladado)
1
13
Expediente: 14-3015-0007-CO, Sentencia 2014-5092
Recurso de amparo presentado por un privado de libertad del Centro Penitenciario La
Reforma, quien indicó que fue valorado por un especialista de otorrinolaringología de la
Clínica Dr. Marcial Rodríguez Conejo y quien determinó que debían realizarle una
intervención quirúrgica, sin embargo no se le programado ni se le realizaron los exámenes
previos. La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó al Director del
Centro Penitenciario a adoptar las medidas necesarias para garantizar el traslado a las citas
médicas del recurrente. Además ordenó al Director del Hospital San Rafael de Alajuela
coordinar con la Dirección del CAI La Reforma para que le realicen al recurrente la
intervención quirúrgica que requiere, según el criterio del médico tratante y en el plazo de 3
meses a partir de la notificación de esta sentencia.
Expediente: 14-3569-0007-CO, Sentencia 2014-5096
Recurso de amparo presentado por una recurrente que indicó que el detectaron cálculos
renales en uno de sus riñores y que fue remitida al Hospital Rafael Angel Calderon
Guardia, en donde la internaron varias veces pero nunca fue operada. Desde marzo de 2011
le programan la intervención quirúrgica y no la llevan a cabo, al punto que en la última
ocasión, en diciembre de 2013 le informaron que le perdieron el expediente y le trasladaron
la cita para septiembre de 2014. La recurrente manifestó que su problema se agrava cada
día, al punto de que en la Clínica del Dolor de Barrio San Rafael de Turrialba le indicaron
que requiere una cirugía urgente. La Sala declaró con lugar el recurso ordenando al
Director y Jefe del Servicio de Urología, ambos del Hospital Dr. Rafael A. Calderon
Guardia coordinar y disponer en forma inmediata, todas las actuaciones que se encuentren
dentro de sus competencias, a fin de que a la paciente se le practique el procedimiento
NLPC en un plazo de tres meses, a partir de la notificación de esta sentencia, si otro criterio
médico no lo desaconseja.
Expediente: 14-4214-0007-CO, Sentencia 2014-5126
Recurso de amparo presentado por una adulta mayor quien sufre de un dolor al punto de no
poder dormir. A la fecha de interponer el amparo no le han realizado la cirugía que
originalmente le programaron el 27 de mayo de 2013, lo que considera que viola su derecho
a la salud. La Sala declaró con lugar el recurso y ordenó a la Dirección General y Jefe de
Servicio de Urología, ambos del Hospital San Juan de Dios a girar las órdenes necesarias
para que a la recurrente en el plazo de 1 mes, contado a partir de la notificación de esta
sentencias, se le realice el procedimiento quirúrgico prescrito, si otro criterio médico no lo
desaconseja. Procedimiento bajo la responsabilidad del médico tratante.
Expediente: 14-3984-0007-CO, Sentencia 2014-5109
Recurso de amparo presentado por un recurrente debido a que le diagnosticaron un
problema en la glándula submaxilar derecha, por lo que se le dejó la orden abierta para una
cirugía en el Hospital Dr. Rafael A. Calderón Guardia. El recurrente indicó que varias
veces se tuvo que presentar en emergencias por el malestar que presentaba y que los
especialistas confirmaban la necesidad de operarlo. Se le indicó que en marzo del 2014
sería intervenido y que lo llamarían para indicarle la fecha, sin embargo solo le informaron
que el doctor que lo iba a intervenir se encontraba en vacaciones y que ningún medico
estaba a cargo de sus casos. Considera el recurrente que fueron violentados sus derechos.
La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó a la Dirección General y Jefe
de Servicio de Otorrinolaringología, ambos del Hospital Dr. Rafael A. Calderon Guardia
llevar a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para
que de manera inmediata, se le realice la intervención quirúrgica que requiere el amparado,
de acuerdo con el criterio y bajo estricta responsabilidad de su médico tratante.
Expediente: 14-4100-0007-CO, Sentencia 2014-5113
Recurso de amparo presentado por un adulto mayor que sufre desde hace más de seis años
de cáncer de próstata metastático. El indica sigue cabalmente las recomendaciones de sus
médicos con el fin de tener una mejor calidad de vida. No obstante, su enfermedad
actualmente le genera dolores y molestias que le dificultan atender sus obligaciones
laborales de forma normal, por lo que su médico tratante solicito a la institución recurrida
un tratamiento menos invasivo y menos tóxico llamado Abiraterona Acetato, por un
periodo de seis meses, puesto que constituye una serie de beneficios para atender su
padecimiento. Sin embargo el Secretario Técnico del Comité Central de Farmacoterapia de
la CCSS comunicó al Comité Local de Farmacoterapia del Hospital San Juan de Dios que
no avala el tratamiento solicitado por una serie de razones expuestas en el documento
enviado. Agrega el recurrente que dicho medicamento esta en la lista de medicamentos
autorizados. La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó a la Coordinadora
del Comité Local de Farmacoterapia del Hospital San Juan de Dios y a la Dirección Médica
y Gerencia Médica, ambas de la CCSS que de inmediato se le proporcione al recurrente el
medicamento recomendado por su médico tratante, durante el plazo establecido por y bajo
la responsabilidad de ese especialista.
Expediente: 14-3295-0007-CO, Sentencia 2014-5094
Recurso de amparo presentado por una recurrente quien fue en el 2010 diagnosticada con
hepatitis C y fue remitida al Hospital San Juan de Dios, lugar en que su médico tratante le
recetó junto a otros medicamentos, el llamado Boceprevir. Sin embargo desde junio del
2012 a la fecha (marzo de 2014) no ha podido obtener el medicamento que tanto necesita.
Alega que no le dan ninguna explicación y que simplemente necesita más exámenes y una
aprobación, a pesar de contar con la recomendación del médico especialista. La Sala
Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó al Director General y Coordinadora
del Comité Local de Farmacoterapia, ambos del Hospital San Juan de Dios y a la Directora
de Farmacoterapia y la Coordinadora del Comité Central de Farmacoterapia, ambos de la
CCSS que giren las órdenes que están dentro de su ámbito de atribuciones y competencias
para que de forma inmediata y de acuerdo al consentimiento informado, se le brinde a la
recurrente el tratamiento de Boceprevir, prescrito por su médico tratante, bajo la estricta
responsabilidad de éste.
Expediente: 14-4162-0007-CO, Sentencia 2014-5118
Recurso de amparo presentado por un privado de libertad, adulto mayor quien se encuentra
recluido en el Pabellón E1 del Centro de Atención Institucional de Pérez Zeledón. Alega el
recurrente que su estado de salud ha venido empeorando debido a su avanzada edad y que
sufre de diferentes patologías. Acusa que la Clínica de Pérez Zeledón no le da una atención
médica que requiere. La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar el recurso por
la falta de coordinación en el traslado del privado de libertad a la cita programada en el
Servicio de Urología del Hospital Dr. Fernando Escalante Padilla. Además a los médicos
del Centro de Atención Institucional de Pérez Zeledón se les ordena abstenerse de incurrir,
nuevamente, en hechos similares.
Expediente: 14-4171-0007-CO, Sentencia 2014-5119
Recurso de amparo presentado por una recurrente a favor de su madre quien fue
diagnosticada con la enfermedad Linfomas Cutáneos de Células T. por lo que ha sido
sometida a varios tratamientos y ninguno ha funcionado. Agrega que desde junio de 2011
se le recetó el medicamento Interferón Alfa 2ª de 4,5 millones de unidades y que desde
hace un mes no se le suministra el medicamento que necesita porque, según las autoridades,
esta agotado o en trámite de compra. La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y
ordenó al Director General y Subdirectora Técnico Clínica del Servicio de Farmacia ambos
del Hospital San Juan de Dios que giren las órdenes pertinentes, dentro del marco de sus
competencias, para que de manera inmediata se coordine la compra y entrega del
medicamento Interferón Alfa 2A, conforme a las indicaciones y bajo la estricta
responsabilidad de su médico tratante.
Expediente: 14-3903-0007-CO, Sentencia 2014-5104
Recurso de amparo presentado por una recurrente que indica que en marzo de 2012 fue
intervenida quirúrgicamente para colocarle un implante total de cadera derecha, en el
Centro de Rehabilitación. Luego de varias valoraciones médicas, su médico tratante le
indico que debida realizarse la misma intervención pero del lado izquierdo de la cadera.
Indica que luego de múltiples solicitudes y evaluaciones, le entregan una fórmula de
solicitud de hospitalización en la que establecen la fecha de la operación (octubre, 2013).
Sin embargo, al presentarse le indican que por aspectos administrativos no se le puede
realizar la cirugía a pesar de que viene desde Pérez Zeledón. Agrega que a la fecha, no se
le ha intervenido y sufre de fuertes dolores, imposibilidad para caminar y cambios en su
estructura ósea. La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó al Director
General del Centro de Rehabilitación que realice las gestiones necesarias para que, en el
plazo de 1 mes, contado a partir de la notificación de este pronunciamiento, se practique a
la recurrente, la cirugía que requiere, bajo la supervisión y responsabilidad de su médico
tratante y si otra causa médica no lo impide.
Expediente, 14-4160-0007-CO, Sentencia 2014-5117
Recurso de amparo presentado a favor de un menor de edad, quien desde un año y medio
está en lista de espera para que se le practique una operación ya que en una intervención
anterior le practicaron supuestamente una mala técnica. Además indica que debe comprar
medicamentos adicionales para el dolor e inflamación. La Sala declaró con lugar el recurso
y ordenó al Director General, Jefe del Servicio de Cirugía y Médico Especialista en
Urología, todos del Hospital Dr. Tony Facio Castro, que de forma inmediata a la
comunicación de esta resolución, ejecuten las acciones necesarias, para que el
procedimiento quirúrgico que el amparado requiere sea efectivamente practicado en la
fecha programada pro el hospital con motivo de este amparo, todo bajo estricta
responsabilidad y supervisión de su médico tratante, siempre que una variación de las
circunstancias médicas del paciente no contraindique tal intervención.
Expediente: 14-4175-0007-CO, Sentencia 2014-5120
Recurso de amparo presentado por un recurrente que sufrió un accidente de tránsito en julio
de 2013 y fue atendido de emergencia en el Hospital Tony Facio de Limón. Fue trasladado
al INS donde se le indicó que su póliza no alcanzaba para una operación y se le remitió a la
CCSS, donde fue referido al Servicio de Neurocirugía del Hospital Dr. Calderón Guardia.
Sin embargo no se le ha llamado para que le den la fecha de internamiento. Acusa que
sufre de dolor intenso que no lo deja dormir. La Sala Constitucional declaró con lugar el
recurso y ordenó que el Subdirector Médico y el Jefe de Servicio de Neurología, ambos del
Hospital Dr. Calderón Guardia realicen las acciones que estén dentro del ámbito de sus
competencias para que el amparado sea sometido a la intervención quirúrgica que le fuera
prescrita, dentro del plazo de 3 meses, contado a partir de la notificación de esta sentencia.
Expediente: 14-4252-0007-CO, Sentencia 2014-5129
Recurso de amparo presentado a favor de una adulta mayor que fue diagnosticada de
cataratas en ambos ojos por lo que fue remitida al Servicio de Oftalmología del Hospital
Dr. Carlos L. Valverde V. en San Ramón. En abril de 2013 le indicaron que debía ser
operada y se le dio una nueva cita en noviembre de 2013. Fue remitida al Hospital San
Rafael de Alajuela donde le asignaron la cirugía en febrero de 2016. La Sala Constitucional
declaró con lugar el recurso y ordenó al Director General, al Jefe del Servicio de
Oftalmología y al Jefe del Servicio de Cirugía, todos del Hospital San Rafael de Alajuela,
que giren las órdenes pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del
ámbito de sus competencias, para que a la amparada se le realice la cirugía que requiere, en
la fecha programada por el Hospital San Rafael de Alajuela, con motivo de este amparo,
todo bajo estricta responsabilidad y supervisión de su médico tratante, siempre que una
variación de las circunstancias médicas del paciente no contraindique tal intervención.
Expediente: 14-4301-0007-CO, Sentencia 2014-5134
Recurso de amparo presentado por una adulta mayor que sufre un padecimiento en sus
rodillas por desgaste en los huesos y es paciente desde varios años del Hospital Dr.
Calderón Guardia. Que a la fecha no le han dado cita para su intervención quirúrgica. La
Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó al Director Médico y al Jefe del
Servicio de Ortopedia, ambos del Hospital Dr. Calderón Guardia que gieren las órdenes
pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro de ámbito de sus
competencias, para que en el plazo de 3 meses contado a partir de la notificación de esta
sentencia, se efectúe la cirugía que la amparada requiere, todo bajo escrita responsabilidad
y supervisión de su médico tratante, siempre que una variación de las circunstancias
médicas de la paciente no contraindique tal intervención.
El miércoles 23 de abril se resolvieron 11 recursos de amparo de salud con orden y sobre
los siguientes temas:
Tema
Intervención quirúrgica, cirugía
Medicamentos
Traslado a cita médica
Cita médica
Atención Médica
TOTAL
Cantidad
5
2
1
2
1
11
Expediente: 14-3888-0007-CO, Sentencia: 2014-5258.
Recurso de amparo presentado por una mujer que sufre un padecimiento en la vista y fue
remitida al Servicio de Oftalmología del Hospital de Alajuela para que le dieran una cita.
Indica que se presentó varias veces en el centro hospitalario y que se el indicó que los
especialistas estaban de vacaciones. Posteriormente le otorgaron la cita para junio de 2015.
La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó al Director General y el Jefe
de Servicio de Oftalmología del Hospital de San Rafael de Alajuela que adopten las
medidas necesarias para garantizar que se mantenga la cita de valoración de la amparada en
junio de 2014.
Expediente: 14-4055-0007-CO, Sentencia 2014-5264.
Recurso de amparo a favor de un adulto mayor que es portador de hidrocele en su testículo
izquierdo. Indica que en 2012 es referido por su médico tratante al Servicio de Urología del
Hospital Max Peralta para ser valorado y le dieron una cita para enero de 2015. A pesar de
que ha manifestado que sufre de mucho dolor no han querido adelantarle la fecha. La Sala
Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó a la Directora General y Coordinador
de la Especialidad de Urología, ambos del Hospital Max Peralta Jiménez, que adopten las
medidas que sean necesarias para que al amparado, se le realice la cita de valoración en el
Servicio de Urología, en la fecha en que se ha programado y se establezca de manera
definitiva el tratamiento posterior que requiere para atender su padecimiento según la
recomendación y responsabilidad de su médico tratante.
Expediente: 14-4200-0007-CO, Sentencia: 2014-5268.
Recurso de amparo presentado por una mujer que en el 2002 fue sometida a una
intervención quirúrgica por padecer de cáncer de ovario. Luego fue remitida al Servicio de
Oncología del Hospital San Juan de Dios. Posteriormente se le detecta otro padecimiento
relacionado con su enfermedad y se le recomienda el medicamento Vinorelbina pero el
Comité Central de Farmacoterapia no avala el tratamiento solicitado. La Sala
Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó a la Dirección de
Farmacoepidemiología, Comité Central de Farmacoterapia, Director General del Hospital
San Juan de Dios y Comité Local de Farmacoterapia del Hospital, que adopten las medidas
necesarias y ejecuten las acciones pertinentes para que la amparada, reciba inmediatamente
el medicamento Vinorelbina, por el tiempo y en las dosis prescritas por su médico tratante,
bajo la estricta responsabilidad de éste.
Expediente 14-4225-0007-CO, Sentencia: 2014-5269.
Recurso de amparo presentado por un recurrente que se le diagnóstico una hernia inguinal y
fue referido a la Clínica Marcial Fallas para que le realizaran un ultrasonido. Sin embargo,
se le indicó que el equipo no estaba en funcionamiento. Por lo anterior tuvo que recurrir a
un laboratorio privado, en donde le diagnosticaron dos hernias inguinales y se confirmó qué
debía operarse. Indica que llevo la referencia al Hospital San Juan de Dios y que le
programaron una cita para el 31 de marzo de 2017. La Sala Constitucional declaró con
lugar el recurso y ordenó a la Dirección General del Hospital San Juan de Dios, tomar las
medidas necesarias para que dentro del plazo de 6 meses, contado a partir de la
comunicación de esta sentencia, se lleve a cabo la cirugía que requiere el amparado, bajo la
vigilancia y responsabilidad de su médico tratante.
Expediente: 14-4244-0007-CO, Sentencia: 2014-5270.
Recurso de amparo presentado a favor de una mujer que sufre de una enfermedad
hematológica denominada Púrpura Trombocitopénica Idiomática (PTI) que el tratamiento
que recibe le causa muchos efectos secundarios, por lo que su médico tratante le recomendó
el medicamento denominado Revolade, pero el Comité Central de Farmacoterapia rechazó
su solicitud. La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar el recurso únicamente
contra el Comité Central de Farmacoterapia de la Caja Costarricense de Seguro Social y
ordenó a la Dirección de Fármaco Epidemiología y al Comité Central de Farmacoterapia de
la Caja Costarricense de Seguro Social que en coordinación con la Gerencia Médica de la
CCSS, se giren las órdenes que correspondan para que se le suministre a la amparada, de
forma inmediata el medicamento Eltrombopag, según el criterio de su médico tratante, y
adoptar las previsiones necesarias para que en el futuro no se presenten los hechos que
motivaron este amparo.
Expediente: 14-4293-0007-CO, Sentencia: 2014-5272.
Recurso de amparo presentado por un hombre que es paciente del Servicio de Ortopedia del
Hospital Alega que tiene 6 años de estar en lista de espera para un reemplazo de rodilla, que
utiliza un bordón y no puede caminar. La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y
ordenó al Director General, realizar las acciones que estén dentro del ámbito de sus
competencias para que dentro del plazo de UN MES, contado a partir de la notificación de
esta sentencia, se practique al recurrente la cirugía que requiere, conforme el criterio de su
médico tratante.
Expediente: 14-4335-0007-CO, Sentencia: 2014-5276.
Recurso de amparo presentado por un adulto mayor, paciente del Servicio de Oftalmología
del Hospital Rafael A. Calderón Guardia. Indica que sufre de una catarata en su ojo derecho
que no le permite ver y que se encuentra expuesto a una lesión que podría ser irreversible y
que su otro ojo se esta viendo afectado. Manifiesta que solicitó la cirugía pero que aún no le
avisan para la intervención. La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó al
Director General y Jefe del Servicio de Oftalmología, ambos del Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia, realizar las acciones que estén dentro del ámbito de sus competencias
para que el amparado sea sometido a la intervención quirúrgica que le fuera prescrita,
dentro del plazo de TRES MESES, contado a partir de la notificación de esta sentencia.
Expediente: 14-4368-0007-CO, Sentencia: 2014-5277.
Recurso de amparo a favor de un hombre que se encuentra recluido en el Centro de
Atención Institucional La Reforma, quien sufre de una patología y por ello requiere de
atención médica urgente. El Servicio de Urología del Hospital San Rafael de Alajuela le
programó la cita para diciembre de 2016. La Sala Constitucional declaró con lugar el
recurso y ordenó al Director General del Hospital San Rafael de Alajuela, que lleve a cabo
todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para que dentro del
plazo de 15 días, contados a partir de la comunicación de la sentencia, se brinde la atención
médica que requiere el amparado, en el Servicio de Urología de ese centro hospitalario, en
coordinación con las autoridades del CAI La Reforma.
Expediente: 14-4370-0007-CO, Sentencia: 2014-5278.
Recurso de amparo presentado por un hombre, privado de libertad que esta recluido en el
Centro Semi institucional San Luis de Heredia. Manifiesta que solicitó atención médica y
que a finales del 2012 fue valorado por Medicatura Forense, en donde le indicaron que su
pierna estaba delicada, debido a la enfermedad que padece. Agrega que el centro
penitenciario en el cual se encuentra no cuenta con las condiciones mínimas necesarias para
el internamiento de un adulto mayor discapacitado, ya que no le brindan la atención médica
que requiere. Manifiesta que ha tenido varias citas en el Cenare y que este centro lo refirió
al Hospital de Alajuela por su estado de salud, pero no tiene medios económicos para
trasladarse. La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar el recurso y ordenó al
Director del Centro Semi Institucional San Luis, que adopte las medidas necesarias, dentro
de su ámbito de competencia, para que garantice el efectivo traslado del recurrente al centro
hospitalario que requiera, cuando le sea necesario acudir a una cita médica.
Expediente: 14-4394-0007-CO, Sentencia: 2014-5279.
Recurso de amparo presentado por una mujer quien indica que desarrolló una hernia en el
lado derecho del abdomen, que ha crecido y le dificulta tener una vida normal y saludable.
En el Hospital Dr. Max Peralta de Cartago le indicaron que requería una cirugía y que
necesita una malla especial y una faja para antes y después de la operación y que ninguna
entidad privada tiene ese producto. Además le ha reprogramado la cirugía varias veces y la
última vez por falta de la malla. La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y
ordenó a la Dirección General y Jefe de Servicio de Cirugía, ambos del Hospital Max
Peralta de Cartago, disponer lo necesario para que se programe y practique la cirugía que
requiere la amparada, según la recomendación y responsabilidad de su médico tratante,
todo esto dentro de un plazo de 1 mes, a partir de la comunicación de esta sentencia, para lo
cual deberán hacer las gestiones pertinentes para contar con los implementos médicos
necesarios para la cirugía.
Expediente: 14-4610-0007-CO, Sentencia: 2014-5295.
Recurso de amparo a favor de una adulta mayor paciente del Servicio de Ortopedia del
Hospital San Juan de Dios, quien sufre una patología que no le permite realizar sus
actividades cotidianas con normalidad y requiere de un reemplazo de rodilla urgente.
Manifiesta que se encuentra en lista de espera y no le han llamado. La Sala Constitucional
declaró con lugar el recurso y ordenó a la Directora General y Jefe de Ortopedia,
Traumatología y Rehabilitación, ambas del Hospital San Juan de Dios, realizar las acciones
que estén dentro del ámbito de sus competencias para que la amparada sea sometida a la
intervención quirúrgica que le fuera prescrita, dentro del plazo de 3 meses, contado a partir
de la notificación de esta sentencia.
El viernes 25 de abril se resolvieron 09 recursos de amparo relacionados con salud con
orden y sobre los siguientes temas:
Tema
Intervención quirúrgica, cirugía
Medicamentos
Valoración y exámenes preparatorios
Valoración y tratamiento
TOTAL
Cantidad
5
2
1
1
9
Expediente: 14-4132-0007-CO, Sentencia: 2014-5399
Recurso de amparo presentado a favor de un menor de edad de 9 años, quien requiere una
cirugía para colocar una fijación externa que logre el alargamiento de 3 centímetro de su
pierna derecho y que según su médico tratante es necesaria la cirugía antes de que entre en
la etapa de crecimiento acelerado. y tendrá que esperar 4 años para ser operado. El doctor
realizó la orden de internamiento, la cual llevó a la oficina de fisioterapia, en donde se le
indicó que tienen vencido el contrato con el proveedor de las fijaciones externas que el
menor ocupa y que se puede atrasar la compra por varios procesos de apelación que hay.
La madre del menor indica estar indignada pues no es la primera vez que su hijo se ve
sometido a carencias de materiales para acceder a una cirugía y señala que existe un recurso
de amparo anterior. Manifiesta, además, que en el hospital le dijeron que no hay salas de
operación disponibles por estar en remodelación y la lista de espera esta a 4 años (tiene cita
de internamiento para marzo de 2018). La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso
y ordenó al Director General del Hospital de Niños y el Gerente de Logística de la CCSS,
coordinar lo necesario para que de inmediato se adquieran los fijadores externos que se
requieren para someter al amparado a la cirugía que se le prescribió, la que deberá
realizarse dentro del mes siguiente a la notificación de esta resolución.
Expediente: 14-4185-0007-CO, Sentencia: 2014-5403
Recurso de amparo presentado a favor de un adulto mayor a quien le niegan el
medicamento Abiraterona, tratamiento alterno y superior a los que les han recetado para
combatir el cáncer de próstata. Alega que su médico tratante le ha recomendado el
tratamiento y que el Comité Central de Farmacoterapia lo ha rechazado en dos ocasiones,
bajo el argumento de que el medicamento es muy caro. La Sala Constitucional declaró con
lugar el recurso y ordenó a la Dirección de Farmacoepidemiología y al Comité Central de
Farmacoterapia de la CCSS, que de inmediato gire las instrucciones pertinentes para que se
autorice el suministro al amparado del tratamiento prescrito de Abiraterona, en las dosis y
durante el plazo que determine su médico tratante del Servicio de Oncología Médica del
Hospital Dr. San Juan de Dios, bajo su entera responsabilidad profesional y contando con la
debida supervisión médica.
Expediente: 14-4598-0007-CO, Sentencia: 2014-5433
Recurso de amparo presentado a favor de un hombre que desde el 201, luego de la
evaluación médica, le indicaron realizarse una cirugía ambulatoria (artroscopia) con alta
prioridad, a nivel de la rodilla derecha. Sin embargo ha esperado un año y un mes y no le
han programado la fecha para la operación y lo único que le indican es que esta en el puesto
número 144 y aún no han ni atendido a la persona en el puesto 1. La Sala Constitucional
declaró con lugar el recurso y ordenó a la Director General y Jefe del Servicio de
Ortopedia, ambos del Hospital Calderón Guardia, realizar las acciones que estén dentro del
ámbito de sus competencias para que dentro del plazo de UN MES, contado a partir de la
notificación de esta sentencia, se practique al amparado la cirugía prescrita por su médico
tratante, bajo la responsabilidad de dicho profesional.
Expediente: 14-3738-0007-CO, Sentencia: 2014-5365
Recurso de amparo presentado por una mujer diagnosticada con diabetes mellitas tipo 1
desde el año 2000. Manifiesta que desde 2008, la CCSS le suministraba la insulina Glargina
Lantus, la cual tiene un costo en el mercado que ronda los ¢34.000. Menciona que desde
enero del 2014, el medicamento Glargina Lantus se encuentra agotado en el Servicio de
Farmacia del Hospital, por lo que su médico tratante dirigió una nota al nosocomio con el
fin de que el brindaran un medicamento similar que le compensara las necesidades de
salud. Sin embargo le denegaron indicando que su situación socioeconómica le permitía
adquirir el medicamento por sus propios medios, lo cual, aduce ser falso ya que el mismo es
sumamente oneroso. La Sala declaró con lugar el recurso y ordenó al Director General, al
Jefe del Servicio de Endocrinología y la Directora de la Farmacia, todos del Hospital Dr.
Rafael Ángel Calderón Guardia, así como al Director de Farmacoepidemiología, al
Coordinador del Comité Central de Farmacoterapia y a la Gerente Médica de la Caja
Costarricense de Seguro Social, que giren las órdenes que están dentro del ámbito de sus
atribuciones y competencias, para que en FORMA INMEDIATA y de acuerdo al
consentimiento informado, se le brinde a la recurrente el tratamiento de Glulisina, prescrito
por su médico tratante, bajo la estricta responsabilidad de ésta.
Expediente: 14-4549-0007-CO, Sentencia: 2014-5430
Recurso de amparo presentado por un hombre a quien en la Unidad de Oncología del
Hospital, en marzo de 2014 le diagnosticaron colangiocarsinoma hipoecogenica intraductal,
por lo que requiere de una operación inmediata. Señala que los informes técnicos le
diagnosticaron un plazo de vida incierto sino se le interviene pronto, por lo que su vida
corre peligro. A pesar de lo anterior se encuentra en lista de espera. La Sala Constitucional
declaró con lugar el recurso y ordenó al Jefe de la Clínica y Director General del Hospital
San Juan de Dios, que lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus
competencias, para que, en el plazo de UN MES contado a partir de la notificación de esta
sentencia, se realicen al tutelado los exámenes preparatorios pertinentes y, de conformidad con
sus resultados, se le practique la cirugía que necesita, todo bajo criterio y responsabilidad de su
médico tratante.
Expediente: 14-4240, Sentencia: 2014-5408
Recurso de amparo presentado a favor de una mujer que espera una cirugía de cadera desde
hace 6 años. La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó a la Dirección
Médica y al Jefe de Servicio de Ortopedia, ambos del Hospital Dr. Calderón Guardia que
adopten las medidas que sean necesarias dentro del ejercicio de sus competencias para que
a la amparada se le realice el procedimiento quirúrgico de cadera que le ha sido indicado
dentro de un plazo máximo de TRES MESES y se establezca de manera definitiva el
tratamiento posterior que requiere para atender su padecimiento según la recomendación y
responsabilidad de su médico tratante, siempre y cuando no sobrevenga una variación de
las circunstancias médicas de la paciente que contraindiquen tal procedimiento quirúrgico.
Expediente 14-4543-0007-CO, Sentencia: 2014-5429
Recurso de amparo presentado por una mujer que le cancelaron en abril de 2014, la cita
programada en el Servicio de Neumatología y reprogramada para mayo de 2015, plazo que
considera excesivo ya que sufre de problemas de asma severa y persistente y no cuenta con
control ni medicamentos. La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó al
Director General del Hospital San Juan de Dios, que adopte las medidas que sean
necesarias para que a la amparada se le realice la cita de valoración en el Servicio de
Neumología, en la fecha en que se ha programado y se establezca de manera definitiva el
tratamiento posterior que requiere para atender su padecimiento según la recomendación y
responsabilidad de su médico tratante.
Expediente 14-4497-0007-CO, Sentencia: 2014-5424
Recurso de amparo presentado por una mujer que se encuentra en silla de ruedas y que
desde hace 4 años espera una operación de transplante de cadera para lograr tener la calidad
de vida que merece. Indica que desde julio de 2013 esta en lista de espera y su número es
495. Manifiesta que aunque la catalogaron como paciente urgente, le dieron una nueva cita
para el 2015 pero para valorarla. La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y
ordenó al Director General y Jefe de Servicio de Ortopedia, ambos del Hospital San Juan de
Dios, proceder a girar las órdenes que estén dentro del ámbito de sus competencias, para
que, en el plazo de UN MES, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se
proceda a intervenir quirúrgicamente a la amparada, todo bajo estricta responsabilidad y
supervisión de su médico tratante, siempre que una variación de las circunstancias médicas
de la paciente no contraindique tal intervención.
Expediente 14-4679-0007-CO, Sentencia: 2014-5436
Recurso de amparo presentado por una adulta mayor que indica que desde 2012 es tratada
en el Servicio de Oftalmología del Hospital Enrique Baltodano de Liberia por un
padecimiento en sus ojos (cataratas), que ha sido atendida y medicada para corregir el
problema pero no ha sido posible, por lo que le debían practicar una cirugía en el 2013.
Indica que tiene más de un año esperando la cirugía y que su problema se ha incrementado.
Este año, le llamaron en dos ocasiones para realizarle la operación, la primera en febrero no
le practicaron la cirugía porque no estaban los lentes a su medida y la segunda, en marzo,
suspendieron la cirugía por el mismo motivo. La Sala Constitucional declaró con lugar el
recurso y ordenó a la Directora General y al Jefe del Servicio de Oftalmología del Hospital
Dr. Enrique Baltodano Briceño y médico tratante de la recurrente, que giren las órdenes
pertinentes y lleven a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus
competencias, para que en el plazo de UN MES contado a partir de la comunicación de esta
sentencia, se programe y realice la cirugía de colocación de lente intraocular por catarata de
ojo izquierdo que la amparada requiere para atender de manera integral su padecimiento,
todo bajo estricta responsabilidad y supervisión de su médico tratante, siempre que una
variación de las circunstancias médicas del paciente no contraindique tal intervención.