Download clausula adicional a la poliza de incendio registrada bajo el

Document related concepts

Represa de corrimiento wikipedia , lookup

Seguro marítimo (Chile) wikipedia , lookup

Transcript
CLAUSULA ADICIONAL A LA POLIZA DE INCENDIO REGISTRADA BAJO EL
CODIGO POL 1 90 006.
__________________________________________________________________
CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR FILTRACION DE LLUVIA,
INUNDACION Y DESBORDAMIENTO DE CAUCES.
Inscrita en el Registro de Pólizas bajo el código CAD 1 90 015.
1.
COBERTURA:
En consideración al pago de la prima adicional correspondiente, el presente seguro se extiende a
cubrir las pérdidas causadas al objeto asegurado por daños materiales excluidos por el Nº 2 de la
cláusula 4º de las condiciones generales de esta póliza, que directa e inmediatamente tuvieran su
origen o fueran una consecuencia de filtración de lluvias, inundación y desbordamiento de cauces,
siempre que éstos tengan su origen en fenómenos de la naturaleza, exceptuando sismos y
terremotos, y sean causadas por la acción del agua.
La compañía no será responsable por pérdidas ocurridas al interior de los edificios donde se
ubican los bienes asegurados, causadas por filtración de lluvias, a menos que el edificio sufra
primero un daño a la techumbre o muro por acción directa del fenómeno climático que ocasiona la
filtración de lluvias.
Serán considerados como una sola reclamación, todos los daños que ocurran dentro de cualquier
periodo de 72 horas consecutivas.
2.
EXCLUSIONES:
Este adicional no cubre los daños materiales causados por:
a.
Avalancha, aluviones o deslizamientos de tierra.
Avalancha es el derrumbamiento de una gran masa de nieve, o
los montes cercanos.
rocas o tierra desde
Aluvión es la avenida fuerte de agua que se produce como consecuencia de la saturación y
desbordamiento de sus cauces naturales o artificiales; y
Deslizamiento es la caída de tierra o rocas desde una pendiente.
b.
Inundación o desbordamiento de origen sísmico o volcánico.
Página 1 de 2
c.
d.
3.
Salida de mar.
Afloramiento de napas de agua, hundimiento o ablandamiento de terrenos.
BIENES CUBIERTOS BAJO ESTIPULACION EXPRESA.
Salvo estipulación expresa, esta póliza no cubre:
a.
Construcciones, edificios o estructuras subterráneas.
b.
Instalaciones y equipos subterráneos.
c.
Contenidos depositados en subterráneos.
4.
DEDUCIBLE:
En caso de siniestro se aplicará un deducible de cargo exclusivo del asegurado, por un valor total
igual a.....% del total de la suma asegurada fijada para los bienes asegurados que se encuentren
en una misma situación o ubicación. Se entiende por situación o ubicación afectada la
correspondiente al edificio o conjunto de edificios, maquinarias, instalaciones, mercaderías y otros
bienes o contenidos que se encuentren en un mismo lugar delimitado por calles, muros, cierros u
otros medios similares.
Esta estipulación prevalecerá sobre la del inciso tercero de la cláusula 12. de las Condiciones
Generales de esta póliza.
Página 2 de 2