Download Informe de Impacto en Función del Género

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ANEXO I A LAS DIRECTRICES
INFORME DE IMPACTO EN FUNCIÓN DEL GÉNERO
DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO DE NORMA O PROPUESTA DE
ACTO ADMINISTRATIVO
1.– Indicar la denominación del proyecto de norma o propuesta de acto administrativo:
Proyecto Decreto por el que se aprueba el Reglamento General del Juego en la Comunidad Autónoma de
Euskadi.
2.– Indicar el Departamento y la Dirección que lo promueve:
Lo promueve la Dirección de Juego y Espectáculos del Departamento de Seguridad
3.– Señalar, en su caso, otras normas, planes, etc. relacionados con el proyecto o propuesta:
- Ley 4/1991, de 8 de noviembre, reguladora del Juego en la Comunidad Autónoma del País Vasco,
- Decreto 277/1196, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Catálogo de Juegos de la Comunidad
Autónoma del País Vasco,
- Decreto 39/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de casinos de juego.
- Decreto 31/2004, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del juego del bingo de la Comunidad
Autónoma de Euskadi.
- Decreto 32/2005, de 22 de febrero, por el que se modifica el Reglamento del juego del bingo de la
Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Decreto 55/2008, de 1 de abril, de segunda modificación del Decreto por el que se aprueba el Reglamento del
juego del bingo de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Decreto 620/2009, de 15 de diciembre, de tercera modificación del Reglamento del juego del bingo de la
Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Decreto 14/2015, de 10 de febrero, de quinta modificación del Reglamento del juego del bingo de la
Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Decreto 380/1994, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Salones de Juego y Salones
Recreativos.
- Decreto 277/2000, de 26 de diciembre, de modificación del Reglamento de Salones de Juego y Salones
Recreativos.
- Decreto 95/2005, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Apuestas de la Comunidad
Autónoma de Euskadi.
- Decreto 68/2005, de 5 de abril, de Apuestas Hípicas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Decreto 600/2009, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas y sistemas de
juego.
- Decreto 25/2012, de 28 de febrero, de modificación del Reglamento de máquinas y sistemas de juego; de
1
segunda modificación del Reglamento de salones de juego y salones recreativos y de cuarta
4.– Exponer los objetivos generales del proyecto de norma o propuesta de acto administrativo:
El objeto del Decreto es el desarrollo de la Ley 4/1991, de 8 de noviembre, reguladora del Juego en la
Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación a la planificación, autorización, registro, organización,
explotación y régimen de control y de sanción de las actividades de juego.
El proyecto pretende abordar de una manera global y sistemática la actividad del juego y de las apuestas, en un
texto único que refunda y de coherencia a la regulación y la actualice conforme a las actuales exigencias
normativas y de mercado. De esta forma se pretende, dar fin a una normativa que ha sido objeto de varias
modificaciones, y garantizar el mejor conocimiento de este ordenamiento sectorial que proporcione mayor
claridad y seguridad jurídica en su interpretación y aplicación.
Otros objetivos de la norma, son la protección de las personas menores de edad, regular un estatuto de la
persona jugadora, así como promover el juego responsable y que las actividades de juegos se desarrollen con
sentido de la responsabilidad social corporativa por las empresas operadoras de juego.
5.– Exponer los objetivos para promover la igualdad de mujeres y hombres:
Debido a la naturaleza técnica de la norma sus objetivos no están específicamente dirigidos a promover la
igualdad de mujeres y hombres, si bien tal objetivo, obviamente, es una obligación legal y constitucional de
todos los poderes
No obstante, se efectúa la redacción del texto teniendo en consideración el lenguaje de género en aras a un
avance efectivo de la igualdad de mujeres y hombres.
EVALUACIÓN PREVIA DEL IMPACTO EN FUNCIÓN DEL GÉNERO
2
6. – ¿Se prevé que la presencia de mujeres y hombres en los beneficios o resultados
derivados de la futura norma o acto administrativo contribuya a la disminución de las
desigualdades en el sector?
Dado el carácter técnico de la norma proyectada en el mismo no se prevén medidas dirigidas a disminuir las
desigualdades de mujeres y hombres.
El juego en Euskadi, históricamente ha representado una parte muy relevante del sector del ocio. La gran
evolución que ha sufrido en los últimos años ha llevado a adaptar la oferta del juego tanto del juego presencial
y principalmente la oferta de los juegos online y a la demanda de las personas usuarias.
La actividad del juego destina muchos recursos tanto económicos como humanos, y dicha evolución en el
Juego obliga a una restructuración del sector en toda su dimensión, tanto empresarial como normativa para
adecuarse a la nueva realidad social.
Tal y como se recoge en el II Libro blanco del juego de Euskadi, desde la perspectiva puramente económica,
actualmente el mercado de juego se desarrolla en un contexto económico complejo, debido a que la
contratación de la demanda derivada de la crisis económica del 2008, ha hecho mella en este sector igual que
en el conjunto de la actividad económica de Euskadi. Aun así, sigue representando una parte significativa del
sector del ocio, suponiendo en 2013 un 26% del gasto total en ocio realizado por los ciudadanos de Euskadi y,
en la actualidad, el sector ha acumulado una cantidad jugada total de 881 millones de euros.
Sector empresarial del Juego
El sector de juego es un sector mayoritariamente masculino, si bien poco a poco se está incorporando la mujer.
La citada crisis económica del 2008, ha provocado la contracción de la demanda general y se observa también
en el caso del gasto de los jugadores una disminución de la cantidad total jugada en el conjunto de demanda de
juegos de Euskadi, con un decrecimiento medio del 6,1% anual entre 2006 y 2013. No obstante, en el último
periodo 2012-2013 se observa una ligera mejoría.
Oferta de Juegos
La oferta de juego en Euskadi en la actualidad abarca la modalidad del juego presencial y la del juego online:
Dentro la oferta distinguimos los Juegos de casino; Juego del bingo; Máquinas de juego de tipo B que están
clasificadas en distintos subtipos según las características en cuanto a la potencia (premios, potencia...) se
instalan en locales de hostelería o similares o en establecimientos específicos de juego como son los salones de
juego, bingos, locales de apuestas; apuestas generales y apuestas hípicas; y los juegos de Loterías y Apuestas
del Estado (LAE) y los juegos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE)
Entre las modalidades más demandadas del conjunto de juegos de Euskadi, se observa que los juegos de la
Lotería y Apuestas del Estado se posicionan en primer lugar, por delante de las máquinas B, que representan
un 52% y 24% de la cantidad total jugada respectivamente. El juego online regulado representa todavía
únicamente un 3% de la cantidad jugada en 2013 en Euskadi, aunque la tendencia es que irá ganando cuota
cada año, al ser una modalidad cada vez más demandada.
La evolución del juego en los últimos años resalta el crecimiento del juego onlinePersonas usuarias/jugadoras consumidoras
En cuanto a los hábitos de juego las motivaciones que inducen al juego están cambiando, en cuanto que en la
actualidad la percepción de la ciudadanía es que se juega más con el fin de ganar más dinero que por adicción.
Entre las razones por las que las personas juegan, el II Libro del juego, los resultados del estudio realizado
señalan una evolución respecto las razones para la práctica del juego, señalan los siguientes datos:
Valoración del juego en los años 1990, 2007 y 2014:
año 1990: Algo peligroso que puede tener graves consecuencias dado que puede generar adicción 58,3%; Algo
que da ilusión a la vida 10,9%; como un simple pasatiempo 21,3%, NS/NC 2,2%, otros 2,7%.
año 2007: Algo peligroso que puede tener graves consecuencias dado que puede generar adicción 52,1%; Algo
que da ilusión a la vida 14,8%; como un simple pasatiempo 19,5%, NS/NC 10,5%, otros 3,1%.
año 2014: Algo peligroso que puede tener graves consecuencias dado que puede generar adicción 62,0%; Algo
que da ilusión a la vida 14,1%; como un simple pasatiempo 12,6%, NS/NC 9,5%, otros 1,8%
Los datos resultantes nos señalan la percepción del juego como algo peligroso que puede tener graves
consecuencias como que generen adicción al juego.
3
La mayoría de las personas que juegan lo hacen de una manera esporádica, siendo un 80% el número de
hombres que juega frente al 76,1% de mujeres. Desde el punto de vista de la formación de las personas
jugadoras, las que menos juegan son las universitarias, las personas casadas o en pareja las que más juegan en
el conjunto de modalidades, frente a las personas solteras que son las que menos lo hacen.
En cuanto al uso de las nuevas tecnologías, en Euskadi la mayoría juega y apuestas de manera tradicional,
aunque se aprecia que va creciendo el uso de las nuevas tecnologías en el juego, así un 13,4 de la ciudadanía
utiliza el canal presencial y el online. El perfil de estas personas es de hombre de entre 25 a 44 años, soltero,
empleado y que juega al resto de modalidades de juego.
Si bien en principio la tanto como desde el punto de vista del empresario profesional del juego como desde el
punto de vista de la persona usuaria o jugadora la normativa es neutra desde la perspectiva de género, pues
afectan a hombres y mujeres por igual, en cuanto los comportamientos, tipos de juego, consecuencias son
diferentes en las mujeres y hombres.
La práctica del juego puede ocasionar en algunas personas la pérdida del control del comportamiento en
relación con el juego que le ocasiona graves consecuencias a ellas y a su entorno, lo que se conoce como juego
patológico.
Al respecto se han llevado a cabo varios estudios:
En el VI Plan de adicciones de la Comunidad Autónoma de Euskadi 2011-2015
Se dibuja el perfil sociológico de las personas jugadoras. El perfil de las personas jugadoras de bingo se inclina
algo hacia las mujeres, las personas menores de 35 años y las comprendidas entre 45 y 65. La persona
jugadora de casinos: Es un público más bien masculino, aunque los datos de 2013 mostraron un equilibrio
entre hombres y mujeres, básicamente menores de 35 años, de status social alto o medio alto maquinas en
hostelería; Sociológicamente su perfil es muy estable. Muy mayoritariamente son hombres, apenas juega a las
máquinas el 1,5% de las mujeres
En un análisis sociodemográfico del juego social de las mujeres catalanas, según los resultados
preliminares de un estudio sobre juego social y género que está realizando la unidad de juego patológico del
Hospital Universitario de Bellvitge, el perfil sociodemográfico obtenido sobre una población de 498 mujeres es
el de una mujer con una media de edad de 42 años, casada, laboralmente activa y con un estatus
socioeconómico medio. Se ha observado que la mayoría de las mujeres jugaba de forma social y responsable,
aunque casi un 3,5% presenta una conducta de juego de alto riesgo. Los factores asociados a estas conductas de
riesgo tienen que ver tanto con aspectos estrictamente conductuales (alcance de las apuestas y deseo de
recuperar el dinero perdido) como con factores familiares (ambiente de juego) e individuales (edad de inicio).
Las mujeres prefieren juegos pasivos, como las loterías y los Cupones de la ONCE, aunque entre las jugadoras
patológicas el bingo representa el primer tipo de juego, seguido por las máquinas recreativas. El porcentaje de
mujeres con problemas de juego en relación con las máquinas recreativas aumenta en el caso de haberse
autoprohibido la entrada en los bingos.
Análisis del perfil de juego patológico entre hombres y mujeres
Por lo que se refiere a las diferencias de género en el juego patológico, Paz Corral (2005) observa que hay
importantes diferencias entre hombres y mujeres en el perfil de juego patológico, que se manifiestan en varios
planos: los tipos de juego implicados, el grado de control en la obtención de dinero para jugar, la adquisición y
el desarrollo del trastorno, el nivel de psicopatología asociada y las repercusiones psicológicas en la familia
más
acentuadas.
Según la autora, el 30% de los jugadores detectados en los estudios epidemiológicos en la población general
son mujeres, aunque entre la población que recibe tratamiento el porcentaje de mujeres es sólo del 10-15%.
Otra diferencia entre hombres y mujeres con problemas de juego patológico es que las mujeres van a recibir el
tratamiento solas y una vez han dado el primer paso reconocen el problema, mientras que los hombres suelen
acudir
acompañados
y
se
muestran
"egoístas
y
orgullosos".
La Unidad de Juego Patológico del Consorcio Sanitario del Maresme está realizando un estudio sobre
prevención y detección del juego patológico en los centros de atención primaria de salud. En los resultados
preliminares se observa que en una muestra de 492 usuarios (59% mujeres y 41% hombres), el 3,9% presenta
una conducta de riesgo con los juegos de apuesta. La interacción entre la variable sexo y la presencia de
conductas de riesgo muestra una diferencia significativa entre hombres (78,9%) y mujeres (21,1%) por lo que
4
se
refiere
a
los
juegos
con
apuesta.
Estos
datos
concuerdan
con
el
estudio
anterior.
De otro estudio realizado por las unidades de juego patológico de Manresa, Girona y el Consorcio
Sanitario de Terrassa, obtenemos que el comportamiento de las mujeres en el juego patológico es un poco
diferente al de los hombres. Es importante entender estas diferencias para poder diseñar programas de
tratamiento específicos. En este estudio, se incluyeron un total de 48 mujeres y 49 hombres. La media de edad
de la muestra fue de 44,2 años, el 94% cumplía criterios diagnósticos de juego patológico y un 6% tenía
problemas con el juego (un 85% con las máquinas recreativas con premio y un 8% con el bingo). Los datos
clínicos hicieron conocer la dependencia del tabaco en casi un 80% de la muestra, pero no la adicción a otras
sustancias. Se encontraron diferencias significativas entre mujeres y hombres. Las mujeres prefieren jugar al
bingo y los hombres a las máquinas recreativas con premio. Las mujeres realizan apuestas todos los días,
mientras que los hombres juegan 2-4 veces a la semana. La media de la edad de inicio en el juego es menor en
los hombres que en las mujeres, pero las mujeres desarrollan más rápidamente problemas con el juego.
Clínicamente, las mujeres muestran más comorbididad psiquiátrica, especialmente trastornos afectivos.
La igualdad entre mujeres y hombres ha hecho que la adicción al juego ya no sea una cuestión meramente
masculino. Algunos estudios sugieren que el 30% de los ludópatas son mujeres, y que esta cifra sigue
creciendo. ¿Las causas? Los expertos creen que el mayor acceso a las nuevas tecnologías es responsable de
esta situación que cada vez más altera la vida diaria de los afectados.
La adicción al juego, explica Francisco Ferre, psiquiatra del Hospital Gregorio Marañón de Madrid, «es un
trastorno crónico incapacitante que tiene importantes consecuencias negativas para las personas que lo
padecen, pero también para su entorno». En este sentido, la creciente oferta de juego a través de Internet y
la presencia incontrolada de máquinas tragaperras, bingos y casinos ha incrementado los casos de
ludopatía. Así, se calcula que entre el 2% y el 3% de la población adulta española tiene problemas con el
juego, (más de un millón de personas) un trastorno que puede afectar a hombres y mujeres, aunque suelen tener
un perfil de adicción distinto. «Hoy, las mujeres constituyen el 30% del total de ludópatas, pero sin embargo
solo el 10%-15% acuden a centros de tratamiento en busca de ayuda», señala el doctor Enrique Echeburúa, de
la Universidad del País Vasco.
Según este experto, la mujer afectada por el trastorno de juego es más reacia a reconocer su problema y se
enfrenta a una doble moral social ya que «al hombre se le tolera el juego excesivo, pero a la mujer en cambio
se le tilda de viciosa, lo que conlleva una ocultación del problema más tenaz y una mayor resistencia a la
búsqueda de ayuda».
Al hombre se le tolera el juego excesivo, pero a la mujer en cambio se le tilda de viciosa
El juego patológico, explica Ferre, es una alteración grave que impacta en el paciente y en su entorno y es que,
esta adicción suele ir acompañada de otros problemas psiquiátricos como el consumo de alcohol y drogas en
hombres, y la depresión en las mujeres. «El juego interfiere en sus horas de sueño o reduce los contactos
con las familias, etc.».
En este contexto, los expertos insisten en la necesidad de considerar la existencia de una patología dual, esto
es, la presencia simultánea de una adicción y otro trastorno mental. «El sufrimiento causado por las pérdidas
económicas y la inseguridad de ser descubierta generan un estado de inestabilidad emocional. Además, los
autoengaños deterioran la autoestima de la mujer ludópata facilitando la aparición de un estado de ánimo
deprimido» aclara Echeburúa.
Entorno familiar
En el ámbito familiar es llamativo señalar la intransigencia que se produce cuando la ludopatía entra en una
casa, ya que la reacción de la pareja masculina es mucho más intransigente que cuando es él quien tiene
problemas con el juego y, como consecuencia se ha evidenciado que existe violencia de pareja en un 70% de
las mujeres afectadas, especialmente en aquellas que están en baja prolongada y/o jubiladas. «Este dato
multiplica por seis la tasa de violencia de género registrada en la población normal que se sitúa en el 11%»,
señala Echeburúa.
Ambos sexos presentan patrones y perfiles diferenciales de comportamiento ante el juego patológico que se
manifiesta tanto en los tipos de juego elegidos para la adicción, la motivación, los factores psicopatológicos y
el impacto en la vida cotidiana. Así, el perfil de la ludópata corresponde a una mujer de entre 46 y 65 años y
adicta al bingo que recurre al juego para hacer frente a problemas personales como el estrés, la soledad o la
evasión de los problemas.
Las mujeres tardan más en empezar a jugar, pero se ‘enganchan’ al juego antes
En líneas generales, «las mujeres se inician más tardíamente en el juego, pero desarrollan problemas más
rápidamente y la progresión hacia el trastorno es más rápida. Es decir, las mujeres tardan más en empezar a
jugar, pero se ‘enganchan’ al juego antes», resume Echeburúa.
Lo que sí que parece claro es que a medida que se desarrollan las Tecnologías de la Información y
Comunicación y conforme se incentiva su consumo y aumenta su disponibilidad, algunas personas llegan a
5
desarrollar problemas con una sintomatología similar a la de los trastornos adictivos. Muchas personas, señala
Ferre, «están permanentemente pendientes de su teléfono o de su tableta y no pueden separarse de ella. Y,
aunque no son realmente adictos, es una conducta peligrosa», concluye Ferre .
7.– ¿Se prevé que la futura norma o acto administrativo produzca la eliminación o, al menos, una
disminución de las desigualdades en cuanto al acceso a los recursos?
La norma proyectada ofrece las mismas oportunidades a mujeres y hombres tanto para el acceso al ejercicio de
la actividad de juego como para el uso y disfrute del juego.
No obstante, no se prevé una disminución de las desigualdades en cuanto al acceso a los recursos.
8.– ¿En cuanto a la toma de decisiones, la futura norma o acto administrativo prevé una representación
equilibrada de mujeres y hombres o, al menos, una representación similar al de su presencia en el
ámbito?
No, como se deduce de lo expuesto
9. – ¿Se prevé que los objetivos y las medidas planteadas en la futura norma o acto administrativo
contribuyan a la superación o modificación de las normas sociales o valores de lo que se atribuye a las
mujeres o a los hombres?
No, como se deduce de lo expuesto
10. – ¿Se garantiza el cumplimiento de las normas y otros instrumentos jurídicos dirigidos a evitar la
discriminación y promover la igualdad y se prevé una mejora de las mismas?
No, como se deduce de lo expuesto
.
MEDIDAS PARA ELIMINAR LAS DESIGUALDADES Y PROMOVER LA
IGUALDAD DE MUJERES Y HOMBRES
¿Se ha incluido en el texto del proyecto de norma o
Indicar los artículos en que
acto administrativo alguna medida …
se incluyen las medidas y su
descripción.
6
… para promover la mejorando
el
incorporación de la conocimiento
de
la
perspectiva de género? situación diferencial de
mujeres y hombres
incorporando
la
Si No
igualdad de mujeres y
hombres como principio,
objetivo o a título
declarativo o expositivo
haciendo
o
promoviendo un uso no
sexista del lenguaje
… para promover una
participación
equilibrada de mujeres
y hombres?
Si No
… de acción positiva?
Si No
…
aparentemente
neutra pero con un
previsible impacto de
género positivo?
promoviendo
la
participación de personas
con
formación
en
cuestiones de género y/o
entidades que trabajan
por la igualdad
incluyendo la igualdad
como contenido o criterio
(de admisión, valoración
o ejecución) en procesos
selectivos, subvenciones,
convenios o actividades
formativas, etc.
otras,
especificar
___________
en
tribunales
de
selección
en jurados de premios
en órganos consultivos
en órganos directivos
otras,
especificar
___________
para las mujeres
para la implicación de
los hombres a favor de la
igualdad
otras,
especificar
___________
para
víctimas
de
violencia
para
familias
monoparentales
para quienes asumen el
cuidado de personas
7
La redacción del texto de la norma
se ha realizado teniendo en
consideración el lenguaje de
género en aras
a un avance
efectivo de la igualdad de mujeres
y hombres.
Si No
… para disminuir las
desigualdades de las
mujeres que sufren
múltiple
discriminación?
Si No
…
prohibitiva
sancionadora?
o
dependientes
otras,
especificar
____________
por edad
por clase social
por opción sexual
por discapacidad
por etnia y/o raza
por origen nacional
otras,
especificar____________
por
incurrir
en Artículo 19 “Condiciones de
y derecho de admisión”.
discriminación por razón admisión
El derecho de admisión se ejercerá en todo
de sexo
caso de conformidad con los principios de
no discriminación e igualdad de trato,
quedando excluida igualmente cualquier
aplicación que suponga un ataque a la
dignidad de las personas o una vulneración
de sus derechos fundamentales.
Si No
Artículo 100 d) “Infracciones
graves”. La utilización del derecho de
admisión de forma discriminatoria o
arbitraria, o imponer condiciones de
admisión distintas de las previstas en este
Reglamento, sin la autorización de la
Autoridad Reguladora del Juego en la
Comunidad de Euskadi.
por hacer un uso Artículo 77 h).- La publicidad que
mensajes racistas, sexistas,
sexista del lenguaje y las contenga
pornográficos, que haga apología de la
imágenes
violencia, que fomente comportamientos
compulsivos
o
cualquier
trato
discriminatorio o contrario a los derechos
fundamentales de la persona.
otras,
especificar
___________
¿Se prevé más allá del contenido del proyecto de
norma o acto administrativo la adopción de alguna
medida…
…
dirigida
a acciones de refuerzo a
complementar
o la difusión
incrementar la eficacia actuaciones
de
de los objetivos y seguimiento y evaluación
medidas
para
la
adecuación
de
igualdad?
estadísticas y realización
de estudios específicos
Si No
acciones
de
información,
sensibilización
y
8
Descripción
formación
adecuación o adopción
de normas, planes o
programas
elaboración de planes
para la igualdad
creación de estructuras
o servicios
otras,
especificar
___________
FIRMADO DIGITALMENTE POR
Mª José Rezola Eskisabel
Dirección de Régimen Jurídico,
Servicios y Procesos Electorales
Eugenio Artetxe Palomar
Director de Régimen Jurídico, Servicios
y Procesos Electorales
9