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DE LA EUTANASIA: LA ETICA, LA LIBERTAD, LA AUTONOMIA Y EL
EJERCICIO MEDICO
César Prieto Avila M.D. - Vicepresidente de Etica y Ejercicio Profesional de la Federación
Medica Colombiana
“No administraré a nadie un fármaco mortal, aunque me lo pida, ni tomaré iniciativa de una
sugerencia de este tipo” JURAMENTO HIPOCRATICO. Siglo V (A.C.)
ARTICULO 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.
ARTICULO 12. Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes.
ARTICULO 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus
convicciones o creencias ni obligado a actuar contra su conciencia.
CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA . 1991.
“La Medicina es una profesión que tiene como fin cuidar de la salud del hombre. El respeto por
la vida y los fueros de la persona humana constituyen su esencia espiritual”.
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA LEY 23 DE 1.981
“El médico usará los métodos y medicamentos a su disposición o alcance mientras exista
esperanza de aliviar o curar la enfermedad: Cuando exista diagnóstico de muerte cerebral, no es
su obligación mantener el funcionamiento de otros órganos o aparatos por medios artificiales”.
ARTÍCULO 13º LEY 23 DE 1.981
“El que matare a otro por piedad, para poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión
corporal o enfermedad grave e incurable incurrirá en prisión de tres a seis años” ARTICULO
326 CODIGO PENAL COLOMBIANO.
“El Médico debe recordar siempre la obligación de preservar la vida humana”
CODIGO INTERNACIONAL DE ETICA MEDICA DE LA ASOCIACION MEDICA MUNDIAL
“Cuando el médico ayuda a una persona a poner fin a su vida intencional y deliberadamente,
entonces el médico actúa contra la ética. Sin embargo, el derecho de rechazar un tratamiento
médico es un derecho básico del paciente y el médico actúa éticamente, incluso si al respetar ese
deseo el paciente muere”. DECLARACION DE LA ASOCIACION MEDICA MUNDIAL.
Aprobada en la 44ª Asamblea Medica Mundial. Marbella España. Septiembre 1.992.
La Libertad se expresa en el ser humano, como la manifestación de su soberana determinación
personal, esto es lo que se conoce como La Autonomía, que consagra y ampara la Constitución
Nacional y está implícita en las decisiones que toma quien se somete a un tratamiento médico.
“En el caso de tratamientos médicos la libertad individual debe ser preservada, aun si el enfermo
toma una decisión imprudente o en perjuicio de su salud y no permitiría desconocerla, en
aquellos eventos en los cuales el médico considera que el paciente ha tomado una opción
equivocada”. SENTENCIA CORTE CONSTITUCIONAL T-401/94
En este último caso se debe haber cumplido el Artículo 16 de la Ley 23 de 1.981 (Ley de Etica
Médica) que establece la obligación al médico de mantener informado a su paciente en forma
completa y precisa, siempre que sea posible, sobre su condición de salud, opciones de
tratamiento, sus complicaciones y sus secuelas.
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“La Junta Directiva y el Consejo de Presidentes de la Federación Medica Colombiana
consideran que por ser el médico la defensa de la vida y la salud su papel principal, no acepta la
eutanasia activa ni pasiva como método para aliviar el presunto sufrimiento del paciente, pues
está de acuerdo con que la vida es el principio fundamental” DECLARACION APROBADA EN
MEDELLIN EL 2 DE AGOSTO DE 1997.
Con todo este bagaje de antecedentes con los cuales se ve claramente la complejidad del
asunto, sin adentrarnos, a propósito, en los campos que lo complican aún más, como son la
Filosofía y la Religión, haremos una aproximación al tema de la Eutanasia con una serie de
interrogantes importantes, para definir un marco conceptual y así poder dejar el tema en el
campo que nos compete: el humanista en el cual el hombre como ser mortal debe dar
inexorablemente el paso de la vida a la muerte y ese es el concepto etimológico de la palabra:
eutanasia: muerte normal.
¿Que se entiende como EUTANASIA?
Se entiende corrientemente como un comportamiento mediante el cual, por razones
humanitarias relacionadas con el sufrimiento o la calidad de vida, se provoca intencionalmente
la muerte de una persona, sea mediante acción directa (ACTIVA ) con la producción o la
anticipación de la muerte o por omisión ( PASIVA ) cuando no se intenta detenerla, debido a
cualquier evento que cause en el paciente un gran dolor físico o moral.
La Eutanasia pasiva puede ser PASIVA ABSOLUTA cuando no se le suministran al paciente ni
siquiera elementos básicos de supervivencia como líquidos o alimentación, o PASIVA
RELATIVA cuando se administran estos elementos básicos y en caso de eventos más críticos
en el proceso de la enfermedad, no se efectúan maniobras para tratar de reanimarlo o
prolongarle la vida.
¿Que es la ORTOTANASIA?
Es el comportamiento en el cual no se utilizan tratamientos agresivos o de grandes reacciones
secundarias o demasiado costosos a pacientes críticos o en estado terminal cuando las
posibilidades de recuperación son mínimas, aceptando el curso de la enfermedad hacia la
muerte.
¿Qué es la DISTANASIA?
Es el comportamiento en el cual se prolonga la vida o la agonía de un paciente critico o terminal
en forma innecesaria, inhumana e ilógica, a cualquier costo ( monetario, físico o emocional).
¿Qué es la VIDA HUMANA’
La definición más biológica es aquella que considera la vida como un estado de organización de
la materia, caracterizado por un conjunto de fenómenos, denominados funciones, en continua
interacción con el entorno, que permiten el desarrollo acorde con la esencia típica de cada
especie. Esto es, posibilitan las capacidades inherentes a su esencia, como crecimiento,
desarrollo y reproducción. Pero la vida involucra en la persona humana, además de estas
nociones puramente orgánicas, la voluntad, la libertad, la conciencia y aun el bienestar.
¿Qué es la MUERTE?
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No hay una definición clara ni correctamente expresada; se sigue utilizando la definición en
forma negativa y simple: Muerte es lo contrario a la vida.
La definición medico-legal es la detención del proceso que preserva la integridad física del
cuerpo que implica la detención del proceso de la vida, y como tal, es una secuencia de hechos
que culmina en la cesación de las funciones fisiológicas. Los médicos y abogados forenses
confirman la muerte cuando se comprueba la extinción de las funciones nerviosas, las funciones
circulatorias y las funciones respiratorias.
El termino agonía se entiende como sinónimo de combate o de lucha, aunque no
necesariamente termine en victoria, es simplemente la ultima etapa del ciclo vital.
¿Qué es MUERTE CEREBRAL?
Sin entrar en disquisiciones teológicas o filosóficas, con respecto al alma, se ha aceptado que es
el cerebro el órgano que puede definir la muerte biológica. Y, por consiguiente, se entiende que
la vida de un ser humano termina cuando el cerebro deja de funcionar en forma irreversible, es
el punto de no retorno y es el momento biológico en que un tratamiento para revertir las
condiciones biológicas, puede atentar contra la voluntad del paciente o crear en la familia falsas
expectativas con costo monetarios y emocionales no justificables. La muerte biológica total es la
extinción de la actividad de todas las unidades funcionantes del organismo: las células,
solamente es cuestión de tiempo.
¿Qué es un ENFERMO TERMINAL?
Es aquella persona que padece una enfermedad que a la luz de los conocimientos científicos
actuales y la tecnología disponible, no es susceptible de recuperación, entrando en un proceso de
deterioro progresivo de sus funciones orgánicas, que lo conducirá irremediablemente hacia la
muerte, en un periodo de tiempo no muy largo.
La gran diferencia entre un enfermo terminal y un enfermo crítico es que en éste ultimo su
estado, a pesar de ser grave, por un accidente o un proceso de enfermedad severo, es susceptible
de recuperación. En este caso las unidades de cuidados intensivos e intermedios con toda su
tecnología, son las encargadas de revertir la situación critica y ayudar a los médicos a devolver
al paciente a unas condiciones de vida, si no plenas por lo menos las mejores, tanto para el
paciente como para su familia.
¿Qué es un enfermo en ESTADO VEGETATIVO?
Es aquella persona que pierde en forma irreversible la capacidad de conciencia de sí misma y de
su entorno, sin posibilidades de recuperación, es independiente de si todavía existe algún tipo de
actividad cerebral manifestada por movimientos reflejos o por ondas eléctricas en el
encefalograma.
¿ESTAMOS PREPARADOS PARA MORIR?
Creo que no es fácil evaluar que cambios ha tenido y con que rapidez, la forma de pensar y de
sentir nuestra sociedad, cuan profundamente se han cambiado los valores, los paradigmas que
nosotros conocimos, cómo ha cambiado la forma de visualizar la vida en forma individual y
colectiva con el advenimiento del culto a la belleza, al placer, a lo light, y el rechazo a todo lo
que no sea bello y al sufrimiento y con mayor razón a la muerte, a la que se ha tratado de sacar
de nuestras vidas, quitándole su lugar y desplazándola al último rincón de nuestra mente, hasta
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cuando ciertas situaciones y hechos que, naturalmente por ser simples mortales, aparecen y
vuelven a validarla.
Hasta hace poco cuando el paciente estaba en estado critico, era llevado a su casa donde se
reunía la familia, se trataba de dejar organizado el grupo familiar de la mejor manera posible, se
pedía y se concedía el perdón, con lo cual paciente y familia quedaban en un estado de armonía
y esto tranquilizaba al enfermo, el cual hacia su transito hacia la muerte en forma apacible,
contando con el apoyo y el calor de su familia; ahora se le ha quitado ese derecho al paciente y
se le condena a morir en un medio frío, sin el cariño de su familia en la cama de un centro
hospitalario.
Y esto lo hemos visto con los cambios vertiginosos en nuestras costumbres sociales: al ritual
respetuoso y ceremonioso con los familiares del difunto, la usanza del luto, el acompañamiento
al duelo, etc., se ha pasado a una actitud de frialdad, casi de indiferencia, en la que se evita el
tema o se sale del compromiso social lo más rápido posible. El enfermo debe durar
hospitalizado el mayor tiempo que se pueda, delegando su cuidado y atención en el personal
medico y sanitario, y si fallece allí mucho mejor, se acabó el velorio y las costumbres religiosas
en casa, el cadáver pasa a la brevedad posible a una sala de velación, donde se delega
igualmente, la atención a los visitantes y el cuidado del difunto, para de allí ser llevado a una
capilla y a un horno crematorio para que desaparezcan rápidamente las evidencias del
sufrimiento.
¿Y los DERECHOS DEL PACIENTE?
Como una premisa fundamental o como corolario de los conceptos expresados hasta ahora,
debemos dejar claramente establecido que es el paciente en su real saber y entender el único
responsable y dueño de su vida ejerciendo su autonomía.
El deber del médico ante un paciente con una enfermedad terminal , intenso sufrimiento,
irreversible proceso de la enfermedad es, como en todos los actos médicos que realice,
mantener informado al paciente de su condición de salud, de las opciones terapéuticas existentes
y disponibles, de las secuelas que de estas opciones se deriven, de los costos, procurando de esta
manera que el paciente pueda procesar esa información con el objeto de llegar a una
determinación responsable, la cual debe ser respetada independientemente de si el médico o sus
familiares están de acuerdo o no.
Se exceptúa claro está, aquellas situaciones en las que el paciente no tiene o tiene disminuída su
capacidad de decidir por causas orgánicas (inconsciencia, inmadurez) o por otros factores
(presiones familiares, creencias religiosas) en que puede ser inducido a error en el
procesamiento mental de la información y a terminar en decisiones equivocadas.
En aquellos casos de consentimientos o solicitudes previos firmados por los pacientes, es
indispensable estar seguros que el paciente firmó esa solicitud conciente, libre y
responsablemente o es el producto de un momento emocional, inducido o coyuntural, el cual fue
realizado sin la debida información en las condiciones como se anotó anteriormente y que puede
ser susceptible de retractarse, con lo que el médico puede resultar involucrado en problemas
legales serios.
De todas maneras con los elementos de juicio actuales la practica de la Eutanasia va en
contravía con el ordenamiento jurídico del país, contra la estructura ética y la conciencia de los
médicos por lo que obviamente no podemos aprobarla, pero tampoco podemos permitir que
nos señalen como únicos responsables de una decisión de esa naturaleza y así debe quedar
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claramente establecido, escrito y firmado en la historia clínica para evitarse problemas de tipo
jurídico y ético en aquellos casos en que tengamos que intervenir.
Es claro entonces, que el respeto por la decisión del paciente en condiciones terminales, sin
esperanza de recuperación, debe llevarnos a defender el derecho del paciente a morir
dignamente, pues este se constituye en una clara manifestación de respeto a la dignidad humana
pero que, igualmente existen los derechos, la dignidad y la autonomía del médico que no deben
nunca violentarse, por la voluntad de un paciente, o de su familia, que quiere disponer de su
vida obligando al médico a actuar contra su propia conciencia.
CESAR AUGUSTO PRIETO AVILA
Vicepresidente de Etica y Ejercicio Profesional Federación Medica Colombiana
Presidente Colegio Medico del Valle